1. Universidad Fermin Toro
Vice Rectorado Académico.
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas.
Escuela de Derecho.
Barquisimeto Estado Lara.
La Actividad Financiera del
Estado Venezolano y El Derecho
Financiero
DOCENTE: PARTICIPANTE:
ABG. EMILY RAMIREZ CARLOS ALBERTO SIFONTES
C.I: V-6.137.851
SECCIÓN: SAIA “E”
Barquisimeto, Diciembre de 2014
2. La Actividad Financiera
Acciones de índole económica desplegadas por el Estado,
destinadas a lograr y disponer de recursos, para cumplir
sus fines públicos.
Fases
Gastos Públicos Ingresos Públicos
Según Villegas (1992) “...son las
erogaciones dinerarias que
realiza el Estado en virtud de
ley para cumplir sus fines
consistentes en la satisfacción
de necesidades públicas.
Son aquellas entradas de
dinero que recibe el Estado y
que le permiten financiar la
satisfacción de necesidades
de la colectividad
Aspectos de la actividad económica
Político, El gobierno, pone énfasis en los fines que a su criterio debe
perseguir la actividad financiera.
Social, El fin del Estado es la satisfacción de necesidades en la
colectividad pero en la mayoría de los casos resulta imposible atenderlas en
su totalidad.
Económico, El Estado a través de su A.F elige los medios menos onerosos,
de manera çde obtener el mayor rendimiento, al menor costo y en el menor
tiempo posible.
Jurídico, La actuación del Estado debe estar fundamentada en la legislación
vigente, en materia financiera, la tributaria, administrativa, presupuestaria,
contralora.
Administrativo, La organización administrativa le concierne la actividad
financiera, la contabilidad, las medidas de control y fiscalización del
correcto desempeño de la administración fiscal, a los procedimientos
tributarios de liquidación, a la mecanización de la función financiera.
3. Actividad Financiera
del Estado
Actividad Financiera
Privada
DIFERENCIAS
1.- Se encuentra en situación
dominante con respecto al sector
privado, lo que le permite extraer
buena parte de sus ingresos.
1.- Opera de manera independiente, sin
ocupar posiciones de dominación
diferentes a las que obtengan como
consecuencia de su actividad
económica.
2.- Se vale de transacciones de tipo
voluntario para comercializar sus bienes
y servicios y generar ingresos que le
permitan financiar sus actividades.
2.- Puede generarse ingresos por vía
voluntaria, pero comúnmente sus
entradas provienen de fuentes que
implican la coacción o la exigencia
de tributos al sector privado.
3.- Intenta satisfacer las
necesidades de un número limitado de
sujetos,.
3.- Intenta satisfacer las
necesidades que afectan a toda o la
mayor parte de la colectividad.
4.- El sector privado persigue un afán
lucrativo con su actividad financiera.
4.- El cumplimiento de los fines
sociales es prioritario antes que la
obtención de una utilidad.
5.- Es fácil estimar la ganancia o
pérdida que resulta de la actividad
financiera.
5.- Es más complicado y menos
preciso estimar la ganancia y la
pérdida en el sector público por el
tipo de funciones que éste cumple.
6.- Los gastos deben ajustarse a los
ingresos disponibles, estimándose en
primer lugar la cuantía de ingresos que
pueden generarse para poder
establecer un plan de gastos que
responda a esas entradas.
6.- Trata de obtener los ingresos
que se requieren para financiar un
determinado nivel de gasto, que a
su vez se destinan al cumplimiento
de los fines del Estado.
BASES LEGALES DE LA ACTIVIDAD FINANCIERA DEL ESTADO VENEZOLANO
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, especialmente lo establecido
en el Título VI (Sobre el Sistema Socioeconómico, Régimen Fiscal, Tributario,
Presupuestario, entre otros.
Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, Ley Orgánica de la
Contraloría General de la República, Ley Orgánica de la Hacienda Pública Nacional, Ley
Orgánica del Poder Público Municipal, Ley Orgánica de la Administración Pública,
Código Orgánico Tributario
Leyes especiales, que establecen tributos (impuestos, tasas, contribuciones), así como
también ciertos reglamentos y normas
4. Hacienda:
Conjunto de bienes que son propiedad de una persona (natural, jurídica) y las
obligaciones que tiene pendientes por cumplir.
Hacienda Pública,
Conjunto de bienes, rentas, deudas y obligaciones que pertenecen a un ente del
sector público, ya sea que se trate del nivel nacional, estadal, municipal o de
institutos descentralizados.
Tesoro Público
Terminología
Representa los fondos financieros
originados por la administración de
la Hacienda Pública y por la actividad
recaudatoria del Estado, y la
erogación de estos fondos para
hacer frente a los compromisos de
gasto público; constituye la
materialización de las entradas y
salidas de dinero que caracterizan a
la actividad financiera pública.
Artículo 106. LOAFSP, hace
referencia a los elementos que
conforman al Tesoro Nacional y la
administración del Tesoro Público
Bienes de Dominio Público: son
aquellos bienes que son propiedad
del Estado y cuya utilización y
disfrute no está limitada a un grupo
particular de usuarios.
Bienes de Dominio Privado: Estos
también son propiedad del
Estado,, pero su utilización y
disfrute no se destina a todos los
miembros de una colectividad, sino
que está limitado a grupos
particulares que han adquirido el
derecho para usarlos,
administrarlos, o tienen algún
contrato que les autoriza a
hacerlo
Administración Financiera del Sector Público
Artículo 2. LOAFSP.- La administración financiera del sector público comprende el
conjunto de sistemas, órganos, normas y procedimientos que intervienen en la
captación de ingresos públicos y en su aplicación para el cumplimiento de los fines del
Estado, y estará regida por los principios Constitucionales de legalidad, eficiencia,
solvencia, transparencia, responsabilidad, equilibrio fiscal y coordinación
macroeconómica
Artículo 3. LOAFSP.- Los sistemas de presupuesto, crédito público, tesorería y
contabilidad, regulados en esta Ley; así como los sistemas tributario y de
administración de bienes, regulados por Leyes especiales, conforman la
administración financiera del sector público. Dichos sistemas estarán
interrelacionados y cada uno de ellos actuará bajo la coordinación de un órgano
rector
5. Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público
Regula, materias como:
1) El marco plurianual del presupuesto para articular los presupuestos anuales a la política fiscal de largo
plazo y garantizar el equilibrio fiscal a largo plazo,
2) El acuerdo de coordinación macroeconómica para asegurar la consistencia de las políticas fiscales,
monetarias y cambiarias.
3) El fondo de estabilización macroeconómica para garantizar la estabilidad de las variables fiscales;
adicionalmente incorpora la creación del fondo de ahorro intergeneracional.
El Presupuesto Público
Según Duverger “Es un acto mediante el cual se prevén los ingresos y gastos estatales
y se autoriza estos últimos para un periodo futuro determinado, que generalmente es
de un año”.
Principios Presupuestarios
Equilibrio: Establece que los ingresos y los gastos deben ser iguales.
Programación: Debe incluir el contenido y la forma de la programación.
Universalidad: Debe contemplar la totalidad de ingresos y gastos.
Unidad: Deben ser elaborados con influencia de una política presupuestaria única definida en la Ley.
Periodicidad / Anualidad: Duración debe formularse para un año y ejecutarse en el mismo, se inicia el 1ro de
enero y concluye el 31 de diciembre de cada ejercicio.
Flexibilidad: Debe evitar ser rígido para que constituya un instrumento eficaz de administración, gobierno y
planificación.
Continuidad: Debe seguir una secuencia.
Claridad: Debe expresarse forma clara y ordenada para facilitar la comprensión de todos los sectores.
Especialización Cualitativa y Cuantitativa: Los recursos asignados para un fin deben ser invertidos
exclusivamente en él, Cuantitativa, hace referencia a que los gastos se realizan según el caso y monto previsto.
Publicidad: Exige que las diversas fases del presupuesto se verifiquen en público de modo que todo el mundo
pueda enterarse de la administración financiera.
Gestión Mínima: Debe limitar a la gestión básica que debe cumplir el Estado.
Neutralidad: No debe afectar la situación material y financiera del contribuyente.
Nivelación: Los gastos ordinarios deberán cubrirse con ingresos ordinarios.
Deuda Auto liquidable: Destinar el dinero de la deuda en actividades que generen los recursos para pagarla
6. Base Teórica del Presupuesto por Programas
Se asignarán los recursos con base a los resultados expresados mediante los bienes y servicios que se
producirán en la entidad, a través de este presupuesto por programas, se permite conocer qué
actividades se pretenden realizar, en qué magnitud, a qué costo y cuál es el organismo que se dedica a
su ejecución.
Ciclo Presupuestario en la República Bolivariana de Venezuela
La LOAFSP (2009), Establece: En la República Bolivariana de Venezuela exista un marco plurianual del
presupuesto que establezca los límites máximos de gastos y de endeudamiento que haya de contemplarse en
los presupuestos nacionales para un período de tres años, los indicadores y demás reglas de disciplina fiscal
que permitan asegurar la solvencia y sostenibilidad fiscal y equilibrar la gestión financiera nacional en dicho
período, de manera que los ingresos ordinarios sean suficientes para cubrir los gastos ordinarios
Fases del Ciclo Presupuestario
1) Formulación: El Presidente de la República, en Consejo de Ministros, fijará anualmente los lineamientos
generales para la formulación del proyecto de Ley de presupuesto y las prioridades de gasto.
2) Aprobación: La Asamblea Nacional debe discutir y sancionar el presupuesto a más tardar el quince de
diciembre de cada año. En caso de reconducción, si la Asamblea Nacional sancionare la Ley de
presupuesto durante el curso del primer trimestre del año en que hubieren entrado en vigencia los
presupuestos reconducidos.
3) Ejecución: Son un conjunto de acciones para lograr los objetivos y metas establecidas en el presupuesto,
la ejecución del presupuesto para la República y entes descentralizados está prevista en los Artículos
43 al 55. LOAFSP.
4) Control del Presupuesto: Son una serie de actividades que se realizan a los fines de medir los resultados
obtenidos en la ejecución, evaluarlos y establecer medidas correctivas, si es el caso.
Elementos de un sistema de control
A) Determinación de los objetivos;
B) Medición de los resultados;
C) Registro de la ejecución;
D) Determinación de las desviaciones, mediante comparación física y financiera de lo presupuestado con lo
ejecutado;
E) Emisión de informes de ejecución presupuestaria;
F) Adopción de medidas correctivas.
EL DERECHO FINANCIERO
Conjunto de normas jurídicas que se encarga de regular la Actividad Financiera de un
Estado en el establecimiento, obtención, manejo y erogación del gasto público; además
de ajustar la relación entre el Estado, sus órganos y los particulares.
7. Principios
Autonomía
Corriente
Administrativa
Corriente
Autonomista
Este forma parte del Derecho Administrativo, porque
su objeto es una función administrativa que se
sintetiza en la actividad que despliega el Estado para
conseguir recurso.
Los problemas jurídicos que surgen de la Actividad
Financiera del Estado se resuelven mediante
principios propios de carácter unitario.
Fuentes del Derecho Financiero
Fuentes Directas
1) Fuentes Escritas:
Constitución: Es la primera norma del ordenamiento jurídico, que aprueba el poder
constituyente y de la que dimana todo otro poder, que aparece así ordenado por ella y
sometido a sus disposiciones, sobreponiéndose a los ciudadanos, a todos los Poderes
Públicos y, por tanto, a todas las normas de cualquier naturaleza que de estos dimanen.
Ley: Es el acto votado por el Poder Legislativo y promulgado por el Presidente de la
República, que se impone al libre albedrío de los hombres y de las mujeres, indicándoles lo
que debe ser, en qué forma deben obrar para conseguir una conducta recta.
Disposiciones del Ejecutivo con Fuerza de Ley:
Decretos Leyes: Se trata de disposiciones legislativas provisionales que el Presidente de
la República, puede dictar en caso de extraordinaria y urgente necesidad.
Decretos Legislativos: Son normas del Poder Ejecutivo con valor de Ley, son el resultado
de la colaboración en la producción normativa entre la Asamblea, y el Poder Ejecutivo.
Reglamentos: Son aprobadas el Poder Ejecutivo, y la Administración Pública, y tienen por
objeto legislar sobre materias no previstas en la Ley, o desarrollar las normas sentadas en
una Ley con el fin de facilitar su aplicación.
2) Fuentes No Escritas:
Costumbre: La costumbre sólo regirá en defecto de Ley aplicable, siempre que no sea
contraria a la moral y al orden público y que resulte probada.
Principios Generales del Derecho: Estos se aplicarán en defecto de Ley o costumbre, sin
perjuicio de su carácter informador del ordenamiento jurídico.
Fuentes Indirectas
Tratados Internacionales: ante la inexistencia de un poder legislativo institucionalizado
en la comunidad internacional ha conferido al Tratado Internacional una importancia
primordial como medio de creación y de codificación tanto de las normas internacionales
no escritas como de las que adolecen de falta de presión por encontrarse dispersas en
varios tratados.
La Doctrina: Se conoce como la opinión de los jurisconsultos y de las asociaciones
especializadas; pudiendo ser la misma de carácter filosófico, sociológico o histórico.
Jurisprudencia: es el conjunto de sentencias concordantes, dictadas por los jueces en
casos similares. Cuando un juez decide una cuestión sobre un tema determinado, sienta un
precedente, que podrá ser alegado por quien reclama un derecho semejante, y el juez, el
mismo u otro, en su nueva sentencia, puede utilizarla.