1. LOS COMICIOS
Los comicios fueron organizaciones políticas que representaban los tres grupos étnicos :
latinos, etruscos y sabinos conformando así una sola ciudad Roma, donde la comunidad
organizada por curias (de 10 gens) votaba para elegir al monarca, tomar decisiones de
asuntos políticos, conceder el derecho de ciudadanía; los comicios más antiguos son los
comitia calata en donde se solemnizaba actos religiosos.
Los Comicios Curiales o Asambleas Curiales se desarrollaban por votaciones
igualitarias por parte de los patricios y eran dirigidas por el curio en presencia de un
sacerdote (flamen curialis) convocadas por el rey cada 24 de marzo y 24 de mayo y
cuando este lo considerara conveniente, para la aprobación de alguna ley o propuesta se
requerían 16 curias a favor ya que una curia era un voto, para un total de 30 curias
participantes. A su vez el rey de las curias cumplía funciones como ser jefe del Ejército en
tiempo de guerra, ser el magistrado judicial tanto en lo civil como en lo criminal y ser el
alto sacerdote velando por el cumplimiento de las ceremonias del culto público.
Cada familia patricia “adoptaba” a un cierto numero de personas conocidas como clientes,
y podían ser parte de la gens del patrón, quien les brindaba protección y les otorgaba
tierras para que las cultivaran y vivieran de su producto.
Esta organización presento muchos problemas cuando los plebeyos no clientes iban
creciendo en población y no participaban de las cargas públicas como el impuesto y
servicio militar, pero si pudo ser parte con su voto de las Asambleas desde el 493 a. C.
Poco a poco los Comicios Curiales se fueron debilitando con el fraccionamiento de sus
funciones y perdieron atribuciones por estar a favor de la nueva división por ciudadanos
sujetos al servicio militar, solo participaban en recibir el juramento de los cónsules y actos
menores, así desaparecieron a finales del siglo III a.C. Dando origen a los Comicios por
Centurias.
Los Comicios por Centurias o Comicios Centuriados adquirieron funciones de los
curiados, esto se refería a la elección de los Cónsules, Senadores y Magistrados,
decidían sobre la guerra y la paz, hacían leyes y las aprobaban. En el gobierno de Servio
Tulio (535 a.C.) surge una nueva división del pueblo fundamentada sobre la fortuna de la
población y ya no del origen familiar de los ciudadanos. En esta división los plebeyos y
patricios debían integrar el servicio militar, pagar impuestos y participar en las reformas de
la nueva asamblea.
Con esta reforma Roma fue dividida en cuatro regiones o tribus urbanas y el campo
romano en un número de tribus rusticas; con esto la división eran netamente geográfica y
administrativa.
Servio Tulio estableció después el censo en el que todos los jefes de familias debían ser
inscritos en la tribu donde estaba su casa y bajo juramento declarar al inscribirse todos
sus datos personales y los de su hogar y el importe de su fortuna en el cual también
incluía a sus esclavos. Al no someterse a esta obligación eran castigados con la
esclavitud y sus bienes eran confiscados.
Posterior a esto los ciudadanos fueron divididos en cinco clases según el valor de su
patrimonio, por ejemplo si tenia 100.000 ases para la primera clase, 75.000 haces para la
segunda, 50.000 para la tercera, 25.000 ases para la cuarta, 11.000 ases para la quinta;
y estas clases estaban divididas en centurias, habían dos centurias por cada clase social
la de los Seniores ( de 46 a 60 años) y la de los Iuniores(de 17 a 46 años). En la primera
clase hay 80 centurias la mas importante por la riqueza, en la segunda, tercera y cuarta
2. 20 centurias, 30 en la quinta clase en total 170 centurias de infantes conformando así el
ejercito regular. Los ciudadanos que poseían 11.000 ases a modo de obreros formaban 5
centurias colocadas como séquito del ejército; aquellas personas que tenían 1.500 ases
estaban exentas de pagar los impuestos.
Después de una monarquía derribada, el rey fue sustituido por dos magistrados patricios.
En este mismo tiempo la autoridad religiosa es separa de los poderes civiles y otorgada al
gran pontífice, este cambio perjudico a los plebeyos ya que fueron excluidos de todas las
magistraturas y por causa de las guerras su economía fue decayendo a pasos
agigantados dando paso al endeudamiento con los patricios y posteriormente al cabo de
un tiempo por la gran deuda e intereses eran llevados a prisión en casa del prestamista
donde eran tratados como esclavos.
De esta forma aproximadamente en el año 494 a.C. los plebeyos por la presión que vivían
salieron de Roma y se acentuaron en el monte Aventino una de las siete colinas dentro de
Roma cerca del Tiber.
Así se da inicio a otra etapa de los comicios, esto refiere a los Comicios por Tribus o
Comicios Tribunados funcionando como reuniones de la plebe con cuatro tribus, luego
21 y después 53 que al inicio no tenían poder decisorio pero mas adelante cobran fuerza
y sus acuerdos se convirtieron en leyes y sus decisiones sustituyeron a las de otros
comicios. Se logro el nombramiento de algunos magistrados y luego tenia atribuciones
importantes como anular decisiones del Senado, y asumió la competencia en los tratados
de paz y alianza.
Por medio del sufragio en los comicios los ciudadanos con derecho elegían a magistrados
y estos para ser elegidos presentaban propuestas llamadas edictos.
Los tribunos reunían a la plebe en la asamblea en donde deliberaban y votaban las
resoluciones llamadas plebiscitos, estas asambleas no tenían el carácter de comicios sino
de consejo, y cumplían las funciones de elección de cuestores, ediles, curules, tribunos, y
ediles de la plebe, mas la elección de los censores, cónsules y pretores les correspondía
a los comicios centuriados.
Los patricios convocaron después a los tribunados ya no por centurias sino por tribus. La
unidad de voto para estas asambleas era por tribu.
Después de mucha constancia y esfuerzo consiguen los tribunados la concesión de una
ley fija conocida de todos y para aplicación de todos, llamada Ley de las XII Tablas o Ley
Decenviral para regular la convivencia del pueblo romano con inclinaciones a favorecer
mas al derecho privado que público.