SlideShare ist ein Scribd-Unternehmen logo
1 von 38
COLEGIO DE ABOGADOS DE LIMA

     “DIPLOMADO ESPECIALIZADO EN LA
      “DIPLOMADO ESPECIALIZADO EN LA
 FORMALIZACIÓN DE LA PROPIEDAD PREDIAL”
  FORMALIZACIÓN DE LA PROPIEDAD PREDIAL”

“ANTECEDENTES, REFORMA YY SOLUCIÓN DE LA
 “ANTECEDENTES, REFORMA SOLUCIÓN DE LA
   INFORMALIDAD DE LA PROPIEDAD EN EL
    INFORMALIDAD DE LA PROPIEDAD EN EL
                 PERÚ”
                  PERÚ”
                      EXPOSITOR: LUIS ALIAGA JIBAJA
            Investigador Principal del ILD. Profesor de
        Derecho Registral y Notarial en la UNMSM. Ex-
          Gerente General del Registro Predial Urbano
                                                  28/06/2012
¿“PROPIEDAD INFORMAL”?


• Es el derecho que recae sobre activos inmobiliarios
  que carece de una adecuada representación legal,
  privando a sus titulares de seguridad legal y de la
  posibilidad de darles una utilización económica ( por
  ejemplo venderlos a precio de mercado, utilizarlos
  como garantía de créditos, como medio de
  identificación de sus propietarios, etc.) (ILD)
¿“PROPIEDAD INFORMAL”?

• Es aquella que no está identificada y que no se moviliza
  en el mercado ampliado para captar tanto valor
  económico como sea posible. Al no estar legalmente
  inscritos, los derechos sobre los bienes de los
  propietarios “extralegales” no pueden ser rastreados.
  Estos activos se encuentran condenados a permanecer
  como “capital muerto” – Incapaz de ser usado para
  garantizar los intereses de potenciales partes
  contratantes o de servir como mecanismo de
  apalancamiento para garantizar inversión y negocios a
  largo plazo). (ILD)
¿“PROPIEDAD INFORMAL”?

Son las formas de tenencia individual de la tierra que para el
sistema formal han quedado fuera del comercio y tienen el
status legal de derechos de propiedad no transables en
términos de mercado.


Si el Estado no reconoce que un bien le pertenece a su
propietario o no reconoce los contratos que celebra sobre el
a favor de terceros, convierte esa propiedad en informal
porque su titular goza de un "derecho disminuido" ante la
ley.
TIPOS DE PROPIEDAD INFORMAL

PROPIEDAD INFORMAL ORIGINARIA
Acceso ilegal al suelo. Se origina en un acceso de hecho (ocupación
espontánea y progresiva o invasión planificada) a la tierra, es decir, por
la sola ocupación de terrenos ajenos (esto es, formalmente asignados al
Estado o a un particular), sin mediar autorización, pacto o acuerdo alguno
del propietario y, que ha logrado resistir cualquier eventual desalojo.


PROPIEDAD INFORMAL DERIVADA
Aquélla que ha devenido en informal con ocasión de su uso. En estos
casos la adquisición de la propiedad sobre el suelo es legalmente
inobjetable, sin embargo al no haberse cumplido con las "normas
oficiales", ni con las distintas autorizaciones o permisos establecidos por
el Estado, ha derivado en una propiedad al margen de la legalidad.
ULTIMAS EXPERIENCIAS EN
FORMALIZACIÓN DE LA PROPIEDAD
         EN EL PERÚ

    ENTIDAD       INICIO      TERMINO




    REGISTRO       1988          2004
 PREDIAL URBANO


      PETT         1992          2007


    COFOPRI        1996    Vigente a la fecha
ANTECEDENTES DEL REGISTRO
          PREDIAL
1.- Se tomaron en cuenta las características técnicas y legales de la
informalidad y de los derechos de propiedad en el Perú.

2.- El modelo fue el Sistema Registral Australiano “TORRENS”-
Características:
    • "South Australian Property Act de 1858“.
    • Era más que un sistema registral, era un sistema de formalización
      de la propiedad
    • Incluye: el registro jurídico, todo el proceso anterior de
      saneamiento físico/geográfico y legal, y, el otorgamiento del titulo
      de propiedad (para generar la inmatriculación registral).
    • Desarrolla mecanismos para simplificar y facilitar la inscripción de
      las transacciones.
ANTECEDENTES DEL REGISTRO
         PREDIAL
En el sistema TORRENS la inmatriculación es muy laboriosa:
•Saneamiento técnico (ubicación geográfica y linderación)
•Saneamiento legal (acopio histórico y análisis de títulos anteriores, y
calificación del titular),
•Trabajo de campo,
•Notificación a colindantes,
•Publicaciones
•Reclamaciones. (ficción: tierra vuelve a la corona).
•Certificado de titularidad y plano en dos ejemplares, uno para el
titular y otro para el Registro. Este certificado prueba el contenido del
registro a una fecha determinada y siempre que coincida con el registro,
no incorpora en sí mismo al inmueble.

3.- ESTRATEGIA DE IMPLEMENTACIÓN.- REGISTRO PARALELO AL RPI
LEGISLACIÓN DEL SISTEMA DEL
           REGISTRO PREDIAL

• D.L. 495 y D.L.496 (14 de Noviembre 1988). Denominación: Registro
  Predial de Pueblos Jóvenes y Urbanizaciones Populares
• Ley 25035 Ley de Simplificación Administrativa.
• Resolución Suprema 018-89-VC-1100 de 31-3-1989. Comisión Especial
  de puesta en marcha del Registro presidida por el Ministro de Vivienda.
• D.S. 001-90.VC     (Enero 1990) Reglamento del D.L. 495
• D.L. 667 (Setiembre 1991). Crea el Registro de Predios Rurales
• D.L. 803 Cambia nombre a Registro Predial Urbano - RPU
• Más de 200 directivas internas aprobadas por el Directorio.
• Ley 27755 (14-6-2002) (vigente a partir del 15-6-2004). Crea el Registro
  de Predios que unifica el RPU, el RPI y la Sección Especial de Predios
  Rurales.
CARACTERÍSTICAS DEL SISTEMA DE
FORMALIZACIÓN DEL REGISTRO PREDIAL
SISTEMA DEL REGISTRO PREDIAL URBANO
   ACTIVIDADES DE FORMALIZACIÓN

• Saneamiento Técnico/ (base de datos geográfica)
• Saneamiento Legal
• Trabajo de campo (Ubicación, linderación, empadronamiento y
  declaración de vecinos y colindantes, recojo de pruebas de
  posesión)
• Titulación ( firma del Alcalde)
• Registro
• Utilización económica (mecanismos para promover el
  mantenimiento en la formalidad)

• TIPOS DE PROCESOS: Formalización masiva e individual
COFOPRI
Ley Nº 26557 (26-12-1995) Congreso transfirió facultades al Poder
Ejecutivo. Se le otorgó la facultad de legislar por un plazo de 120 días
sobre:
•saneamiento físico-legal de asentamientos humanos en terrenos de
propiedad fiscal, municipal o privada, la reforma de las competencias,
de las entidades públicas y de los procedimientos relacionados con la
formalización de la propiedad en todas sus etapas,
•la creación de un organismo especializado encargado de diseñar y
ejecutar un       programa nacional de formalización que incluya el
reconocimiento, la adjudicación, el saneamiento físico-legal, la
titulación, la habilitación urbana y el registro de la propiedad predial de
la población de menores recursos,
•normas relacionadas a impuestos, contribuciones, aportaciones y
demás tributos;
COFOPRI (AMBITO URBANO)
D.L. 803 (15.3.1996) Ley de Promoción del Acceso a la Propiedad Formal:

•Declara de interés nacional la promoción del acceso a la propiedad
formal y su inscripción registral con el fin de garantizar los derechos de
todos los ciudadanos a la propiedad y al ejercicio de la iniciativa privada
en una economía social de mercado
•Se crea la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal
(COFOPRI), como organismo rector máximo encargado de diseñar y
ejecutar de manera integral, comprehensiva y rápida un Programa de
Formalización de la Propiedad y de su mantenimiento dentro de la
formalidad, a nivel nacional, centralizando las competencias y toma de
decisiones a este respecto.
•La inscripción de los títulos de propiedad formalizados por COFOPRI se
realizará en el Registro Predial Urbano.
REGÍMENES DE FORMALIZACIÓN
         PREDIOS URBANOS
1.- REGIMEN ORDINARIO.
•         A cargo de las Municipalidades Provinciales.
•         Ley 28687 de 15-03-2006 (COFOPRI órgano técnico de asesoramiento -
        por convenio)

2.- REGIMEN TEMPORAL Y EXTRAORDINARIO.
•       A cargo de COFOPRI .
•       Ley 28923 por 3 años hasta el 7-12-2006
•       Ley 29320 prorroga plazo por 2 años más hasta el 7 de Diciembre de 2011
•       Ley 29802 prorroga plazo por cinco años más hasta el 7 de Diciembre de
        2016

•       Durante la vigencia del plazo adicional antes indicado, COFOPRI efectuará
        las acciones de capacitación y fortalecimiento a los gobiernos locales que
        así lo soliciten en las materias comprendidas en el Título I de la Ley
        28687.
LEGISLACIÓN

•D.L. 803 (15.3.1996) Ley de Promoción del Acceso a la Propiedad Formal. COFOPRI.
•Ley 27046 (31.12.1998) Ley Complementaria de Promoción del Acceso a la P.F.
•D. S. 009-99-MTC (29-4-1999) T.U.O. de la Ley de Promoción del Acceso a la P. F.
•Ley 28687 (15-03-2006) Ley de desarrollo y complementaria de Formalización de la
Propiedad informal, acceso al suelo y dotación de servicios básicos.
•D.S. 013-99-MTC (05-05-1999) Reglamento de F. de la Propiedad a cargo de
COFOPRI
•D.S. 005-2005-JUS (15-3-2005) Modifica D.S. 013-99-MTC. (Vigente en parte)
•D.S. 006-2006-VIVIENDA (16-3-2006) Reglamento del Título I de Ley 28687 –
Formalización de Posesiones informales.
•D.S.017-2006-VIVIENDA (27-07-2006) Rgto. de los Títulos II y III de Ley 28687 –
Acceso al suelo y Facilidades para la prestación de servicios básicos.
•D.S. 021-2006-VIVIENDA (19-08-2006) modifica art. 9 D.S. 006-2006- VIVIENDA
•D.S. 030-2008-VIVIENDA (29-11-2008) modifica arts. D.S. 006-2006- VIVIENDA
LEGISLACIÓN

REGIMEN TEMPORAL Y EXTRAORDINARIO. - Leyes 28923, Ley 29320 y Ley 29802


D.S. 008-2007-VIVIENDA (23-2-2007) Reglamento de la ley 28923.
Precisa competencia de COFOPRI para realizar todas las etapas y proceso de
   formalización sobre predios de propiedad del Estado según las normas antes
   mencionadas y para organizar y decidir cronogramas y actividades en forma
   progresiva. Asimismo, se confirma que los procedimientos de Declaración de
   propiedad previstos en el artículo 11 (posesión sobre propiedad privada)
   serán llevados a cabo por COFOPRI por delegación de Municipalidades.
   (convenios)
D.S. 006-2009-VIVIENDA (27-3-2009) Establecen disposiciones aplicables durante
   la vigencia del Régimen Temporal Extraordinaria aprobado mediante Ley Nº
   28923. Se suspende el cobro de S/. 1.00 por m2. previsto en el inc. 8.2 del
   artículo 8 del reglamento del Título I de la ley 28687 aprobado por D.S. 006-
   2006-VIVIENDA (numerales a y g).
ALGUNAS DEFINICIONES

   Posesiones informales: Asentamientos humanos, pueblos jóvenes, barrios marginales,
    barriadas, programas de vivienda municipales, centros poblados y toda otra forma de
    posesión, ocupación o titularidad informal de predios con fines urbanos, cualquiera sea su
    denominación. (lotes de vivienda no mayores a 300 m2 - excepción centros poblados y
    pueblos tradicionales-actividad comercial o similar).

   Centros urbanos informales: Conjunto de manzanas determinadas y vías trazadas, que no
    constituyen una habilitación urbana, que cuentan con construcciones parcialmente
    consolidadas y cuyos lotes de vivienda han sido individual y directamente adquiridos por
    cada uno de los integrantes del centro urbano informal.

   Urbanizaciones populares: Aquellas de las que son titulares las cooperativas de vivienda,
    asociaciones pro-vivienda, asociaciones de vivienda, junta de propietarios, junta de
    compradores y cualquier otra forma asociativa con fines de vivienda, que cuenten o no con
    resolución de aprobación de habilitación urbana.
COFOPRI: AMBITO URBANO

1.-   POSESIONES INFORMALES Y CENTROS URBANOS INFORMALES

  Ley 28687 (15-3-2006)
  D.S. 013-99-MTC
  D.S. 006-2006-VIVIENDA.

Ocupaciones de terrenos de propiedad del Estado (hasta el 31 de
  Diciembre del 2004)
    – Proceso de Formalización (Integral e individual)


Ocupaciones de terrenos de propiedad privada
    – Tracto sucesivo
    – Prescripción Adquisitiva
    – Conciliación
    – Expropiación (Art.21 Ley 28687 y Ley 29320 de 10-2-09, ocupaciones
      hasta el 31 de diciembre de 2004)
COFOPRI: AMBITO URBANO

2.- URBANIZACIONES POPULARES. Ley 28687 (15-3-2006).
  D.S. 013-99-MTC y     D.S. 006-2006-VIVIENDA.
       • Tracto sucesivo
       • Prescripción Adquisitiva
       • Conciliación
       • Expropiación ((Art.21 Ley 28687 y Ley 29320 de 10-2-09)


3.- PROGRAMAS DE VIVIENDA DEL ESTADO PROMOVIDOS POR EL
   ESTADO Y POR PRIVADOS
   D.S. 010-2000-MTC y Ley 27313. (D.S. 017-2008-VIVIENDA),


4.- MERCADOS PÚBLICOS
   Ley 27304 (11-07-2000).
   D.S. Nº 038-2000-MTC (Reglamento)
COFOPRI - AMBITO RURAL

Por D.S. 005-2007-Vivienda (21-2-2007) el COFOPRI absorve al PETT y asume sus
competencias de formalización y catastro de predios rústicos de propiedad del
Estado como de privados, adjudicación de terrenos eriazos y formalización de
Comunidades Campesinas y Nativas.

El literal n) del artículo 51 de la Ley Nº 27867, LOGR, (Nov. 2002), establece como
función de los Gobiernos Regionales, en materia agraria:
   “promover, gestionar y administrar el proceso de saneamiento físico-legal de
la propiedad agraria” .

D.S. 068-2006-PCM. Estableció que esta función debió ser transferida al
31.12.2007.
Sin embargo, el traslado de funciones (los archivos, recursos y capacidad legal),
ha sido un proceso largo que todavía no ha terminado. A fines del año pasado se
había trasladado las funciones a casi todas las regiones, sólo quedaron pendientes
dos: Arequipa y otro, que hasta la fecha no se ha terminado.
PREDIOS DE COMUNIDADES CAMPESINAS POR
       TITULAR A AGOSTO DE 2010
 (Fuente COFOPRI en Informativo Legal Agrario de CEPES No. 25)


                    Reconocidas Tituladas      Por titular


   Comunidades         6,067         5,095        972
    Campesinas



   Comunidades         1,461         1267         194
     Nativas
PROYECTO ESPECIAL TITULACIÓN DE
TIERRAS Y CATASTRO RURAL - PETT
Por Decreto Ley 25902 - Octava Disposición Complementaria se crea el PETT,
(Integra el Programa Nacional de Catastro (PRONAC) y el Proyecto Especial de
Desarrollo Cooperativo y Comunal (PRODACC).

Objetivo inicial: titular y/o perfeccionar la titulación para inscribir todos los
predios rústicos adjudicados en aplicación del Decreto Ley 17716 normas
modificatorias, complementarias y conexas. El Reglamento de Organización y
Funciones del PETT (D.S.006-98-AG, 24-3-1998), amplia sus objetivos: el
saneamiento físico y legal de predios rurales de particulares;

El Art. 1 del citado Reglamento establece que el plazo de duración del PETT es
hasta el 31.12.1999. Por sucesivos Decretos Supremos se amplia el plazo de
vigencia del PETT : D.S. 040-99-AG, hasta el 31-12-2001, D.S. 064-2000-AG, hasta el
31-08-2005 y el D.S. 035-2005-AG, hasta el 31 de diciembre del 2009.

Por D.S. 005-2007-Vivienda (21-2-2007) el PETT fue absorvido por COFOPRI.
PROYECTO ESPECIAL TITULACIÓN DE
     TIERRAS Y CATASTRO RURAL - PETT

Con el fin de cumplir sus funciones el PETT utilizó la metodología de
formalización del Registro de Predios Rurales que formaba parte del
Registro Predial (D.L. 667)

El PETT debía constituirse en el ejecutor y ente técnico encargado de la
formalización, mientras el Registro de Predios Rurales debía cumplir una
doble función, ser apoyo del PETT en el desarrollo de procedimientos
masivos, eficientes y seguros para la formalización y el desarrollo del
catastro y, actuar como un supervisor de las acciones de formalización
desarrolladas por el PETT.

Para ello, el Registro de Predios Rurales debía nutrirse de la experiencia
que el Registro Predial había desarrollado desde su creación.
PROYECTO ESPECIAL TITULACIÓN DE
   TIERRAS Y CATASTRO RURAL - PETT


Sin embargo, el Registro de Predios Rurales solo asumió
competencia en el Departamento de Lima.

La formalización de predios rurales en el resto del país fue
llevada a cabo por el PETT y por la Sección Especial de
Predios Rurales que se creo para esos efectos en el
Registro de la Propiedad Inmueble administrado por la
SUNARP.
SITUACIÓN DE PREDIOS URBANOS Y RURALES
            A ABRIL DE 2011
   (Fuente: COFOPRI, Informe Ejecutivo de PTR3 y estimados ILD)




                 Titulados     Por titular          Total

   Predios      2,071,350       928,650           3,000,000
   Urbanos



   Predios      2,010,348      1,522,290          3,522,431
   Rurales



    TOTAL       4,081,698      2,450,940          6,522,431
PREDIOS REGISTRADOS EN SUNARP




TOTAL: 6´440,033 PREDIOS INSCRITOS AL 31 DE ENERO DE 2005
LINEAMIENTOS DE REFORMA
1.- La reforma debe ser integral y apuntar no sólo a modernizar registros y
facilitar el saneamiento de predios sino a establecer procedimientos
simplificados, masivos y seguros para regularizar el universo de activos
prediales afectados por un nivel distinto de extralegalidad.

2.- La reforma debe estar dirigida a crear un sistema de propiedad inclusivo
y ser construida considerando las prácticas extralegales que son
reconocidas y respetadas por la mayoría de ciudadanos y son utilizadas para
acreditar y defender sus derechos y garantizar sus transacciones.

3.- Se debe otorgar a los ciudadanos la posibilidad de escoger el tipo de
tenencia de la tierra que más convenga a sus necesidades e intereses,
evitando imposiciones de modelos pre-establecidos

4.- No se requiere del uso de sofisticadas tecnologías de procesamiento de
datos y de catastro, que además de ser innecesarias demoran y encarecen
sustancialmente la formalización.
SISTEMAS DE INFORMACIÓN GEOGRAFICA
(SIG - base de datos espacial) Y CATASTRO


• SIG: Es cualquier sistema de información capaz de integrar,
  almacenar, editar, analizar, compartir y mostrar la información
  geográficamente referenciada. En un sentido más genérico, los SIG
  son herramientas que permiten a los usuarios crear consultas
  interactivas, analizar la información espacial, editar datos, mapas y
  presentar los resultados de todas estas operaciones. (Wikipedia)

• La construcción de una base de datos geográfica implica un proceso
  de abstracción para pasar de la complejidad del mundo real a una
  representación simplificada que pueda ser procesada por el lenguaje
  de las computadoras actuales. Este proceso de abstracción tiene
  diversos niveles y normalmente comienza con la concepción de la
  estructura de la base de datos, generalmente en capas.(Wikipedia)
SISTEMAS DE INFORMACIÓN GEOGRAFICA
(SIG - base de datos espacial) Y CATASTRO

CATASTRO…Inventario de la totalidad de los bienes inmuebles de un país o
región de éste, permanente y metódicamente actualizado mediante
cartografiado de los límites de las parcelas y de los datos asociados a ésta en
todos sus ámbitos.” (w). Utiliza una metodología y técnica rigurosa y costosa.

Ley 28294 .- Catastro de predios, es el inventario físico de los predios orientado
a un uso multipropósito, y se encuentra constituido por la suma de predios
contiguos que conforman el territorio de la República…
El catastro comprende la información gráfica (planos) , con las coordenadas de
los vértices de los linderos de predios, en el Sistema de Referencia Geodésica
Oficial en vigencia, y un banco de datos alfanumérico con la información de los
derechos registrados.

Los planos son representaciones o referencias de la realidad en un
determinado momento del tiempo, pero no es la realidad misma, “es una foto
de la realidad” La realidad geográfica es cambiante.
¿CÓMO SE CONSIGUE UBICAR UN PREDIO
           EN LA TIERRA?

Para determinar la ubicación de un predio se requiere determinar la
ubicación de un punto de su perímetro (y de allí todos los puntos que lo
conforman) sobre la superficie terrestre, para ello se utilizan los
“Sistemas de coordenadas geodésicos y geográficos”.

Existen modelos matemáticos que permiten ubicar un punto en la
superficie de la tierra utilizando 3 dimensiones y coordenadas: Latitud,
longitud y altitud considerando la superficie curva de la tierra. Estas
coordenadas se expresan en grados, minutos y segundos.

Sistemas geodésicos utilizados en el Perú: Datum PSAD 56 y Datum
WGS-84 (Oficializado por el IGN desde el 2012)
LA TIERRA
¿CÓMO REPRESENTO UN PREDIO UBICADO
  POR 3 DIMENSIONES EN UN PLANO?

Una vez ubicado un punto en la superficie de la tierra, utilizando 3
dimensiones, se requiere trasladar dicha ubicación a un plano que sólo tiene
2 dimensiones.

Existen diferentes sistemas de proyecciones cartográficas para transferir
información desde un modelo de la tierra de 3 dimensiones a otro de dos
dimensiones (papel, pantalla de computadora) (coordenadas cartográficas).
El sistema de coordenadas cartográficas más utilizado en el Perú es el
Sistema de Coordenadas “Universal Transversal de Mercator” - UTM.

No existen modelos perfectos, todos tienen margen de error. Cada vez son
más pequeños pero la geografía real cambia por diversos factores día a día.
Este error se visualiza más cuando llevo el plano al terreno y en base al
plano busco encontrar la ubicación real del predio (GPS).
FUNCIONES DEL REGISTRO DE PREDIOS Y
             DEL CATASTRO

REGISTRO DE LA PROPIEDAD.- Su función principal es proteger los
derechos de propiedad,(de los peruanos que soliciten su
protección) desde 1888.

Para dar mayor seguridad jurídica, determinar la localización de
los predios, evitar superposiciones y duplicidad de
inmatriculaciones, el RP empieza a utilizar una base geográfica
geo-referenciada (Antes la “Oficina de Catastro” de cada Oficina
Registral utilizaban planos. En Lima planos distritales del IGN) que
le servía de control.

CATASTRO.- Su función es identificar físicamente los predios del
país generando una cartografía nacional (planos) donde estén
ubicados todos los predios del país (inmatriculados, o, no
inmatriculados) en base a coordenadas oficiales.
DESARROLLO DEL CATASTRO DEBE SER
     PARALELO A LA FUNCIÓN REGISTRAL

Para dar seguridad jurídica a los derechos de propiedad y se promueva el trafico
inmobiliario el Registro de Predios debe:

•Determinar antes de la inscripción, la ubicación física y real del predio, no
necesariamente en planos ni exigir que el predio esté catastrado. El Registro no es
catastro ni protege la perfección técnica de los planos. (El desarrollo del catastro y
la determinación y registro del CUC debe ser de oficio y la vinculación entre
Catastro y Registro debe

•El plano no forma parte de la partida registral. (elementos complementarios de la
calificación registral).

•Lección aprendida: El RPU se proveía además de una base geográfica
(proporcionada por verificadores privados), que le permitía determinar en planos la
ubicación de los predios, de la opinión y la declaración de los colindantes y
vecinos.
LINEAMIENTOS DE REFORMA

5.- La reforma debe orientarse no sólo a eliminar los obstáculos institucionales
para acceder a la formalidad, sino a facilitar el uso económico de los activos
formalizados y a estimular su permanencia en la legalidad.


6.- El éxito de la formalización depende en gran parte de la creación de
vehículos institucionales eficientes y eficaces para:
Estandarizar normas y procedimientos,         administrar el programa de
formalización, coordinar con todas las entidades y programas involucrados, y
ejecutar una estrategia integral para implementar la reforma y perfeccionarla.


7.- Diseñar y aplicar una estrategia para construir consenso de los principales
actores involucrados. Campañas de difusión y educación pueden lograr la
aprobación de la reforma y el apoyo para su implementación. Elementos
claves: la transparencia, la retroalimentación y la Participación Ciudadana.
LINEAMIENTOS DE REFORMA

8.- La formalización de la propiedad otorga seguridad legal sobre activos
prediales y mejora las condiciones de vida de sus propietarios que debe
estar acompañada de otros mecanismos dirigidos a generar riqueza,
crecimiento y capital.

9.- Las reformas no pueden limitarse a regularizar hechos consumados. Se
requieren alternativas legales de acceso a la vivienda para la población de
menores recursos, no sólo programas tradicionales de vivienda pública,
también otras alternativas al alcance de familias de menos ingresos. Es
indispensable un inventario de tierras estatales y de privados para este
fin.

10.- La agenda para la reforma debe estar abierta. Implica una continua
retroalimentación y perfeccionamiento para enfrentar nuevos retos y un
“estar alerta” respecto de cambios que pudieran generar un retroceso o
“contrarreforma”.
MUCHAS GRACIAS

Weitere ähnliche Inhalte

Was ist angesagt?

Cofopri formalizacion de la propiedad informal en el perú
Cofopri   formalizacion de la propiedad informal en el perúCofopri   formalizacion de la propiedad informal en el perú
Cofopri formalizacion de la propiedad informal en el perúWilder Elí Mora Rodríguez
 
Manual de contrataciones de obras publicas osce modulo ii
Manual de contrataciones de obras publicas   osce modulo iiManual de contrataciones de obras publicas   osce modulo ii
Manual de contrataciones de obras publicas osce modulo iiGenrry Smith Huaman Almonacid
 
Subdivisión e independización urbano
Subdivisión e independización urbanoSubdivisión e independización urbano
Subdivisión e independización urbanoIndyceCampus
 
cofopri legal-de-predios-rurales
cofopri legal-de-predios-ruralescofopri legal-de-predios-rurales
cofopri legal-de-predios-ruralesstevie arenas
 
MEMORIA DESCRIPTIVA VISACION DE PLANOS
MEMORIA DESCRIPTIVA VISACION DE PLANOSMEMORIA DESCRIPTIVA VISACION DE PLANOS
MEMORIA DESCRIPTIVA VISACION DE PLANOSHernan Antonio Cortez
 
El Sistema Nacional de Catastro y su vinculación con el registro de predios
El Sistema Nacional de Catastro y su vinculación con el registro de prediosEl Sistema Nacional de Catastro y su vinculación con el registro de predios
El Sistema Nacional de Catastro y su vinculación con el registro de prediosIndyceCampus
 
Memoria descriptiva PARA FINES DE INMATRICULACIÓN
Memoria descriptiva PARA FINES DE INMATRICULACIÓNMemoria descriptiva PARA FINES DE INMATRICULACIÓN
Memoria descriptiva PARA FINES DE INMATRICULACIÓNt-construye
 
DESLINDE Y TITULACIÓN DE TIERRAS COMUNALES
DESLINDE Y TITULACIÓN DE TIERRAS COMUNALESDESLINDE Y TITULACIÓN DE TIERRAS COMUNALES
DESLINDE Y TITULACIÓN DE TIERRAS COMUNALEScqam
 
Pdfcoffee.com 2 informe-de-corte-de-obra-30docx-pdf-free (1)
Pdfcoffee.com 2 informe-de-corte-de-obra-30docx-pdf-free (1)Pdfcoffee.com 2 informe-de-corte-de-obra-30docx-pdf-free (1)
Pdfcoffee.com 2 informe-de-corte-de-obra-30docx-pdf-free (1)JhonValdiviaUracahua
 
Capeco liquidacion obra
Capeco liquidacion obraCapeco liquidacion obra
Capeco liquidacion obraAlfredo Ramos
 
IOARR memoria descriptiva losa huancayoc pitec
IOARR memoria descriptiva   losa huancayoc pitecIOARR memoria descriptiva   losa huancayoc pitec
IOARR memoria descriptiva losa huancayoc pitecwadenash7
 
Catastro de la propiedad del estado
Catastro de la propiedad del estadoCatastro de la propiedad del estado
Catastro de la propiedad del estadoIndyceCampus
 
Generacion de información Catastral Rural
Generacion de información Catastral RuralGeneracion de información Catastral Rural
Generacion de información Catastral RuralIndyceCampus
 
Terminos de referencia de asistente tecnico
Terminos de referencia de asistente tecnicoTerminos de referencia de asistente tecnico
Terminos de referencia de asistente tecnicoJesús Yosef
 

Was ist angesagt? (20)

Cofopri formalizacion de la propiedad informal en el perú
Cofopri   formalizacion de la propiedad informal en el perúCofopri   formalizacion de la propiedad informal en el perú
Cofopri formalizacion de la propiedad informal en el perú
 
Manual de contrataciones de obras publicas osce modulo ii
Manual de contrataciones de obras publicas   osce modulo iiManual de contrataciones de obras publicas   osce modulo ii
Manual de contrataciones de obras publicas osce modulo ii
 
Guía Saneamiento Físico - Legal
Guía Saneamiento Físico - Legal  Guía Saneamiento Físico - Legal
Guía Saneamiento Físico - Legal
 
Subdivisión e independización urbano
Subdivisión e independización urbanoSubdivisión e independización urbano
Subdivisión e independización urbano
 
Cofopri saneamiento fisico
Cofopri saneamiento fisicoCofopri saneamiento fisico
Cofopri saneamiento fisico
 
PIP DE INFRAESTRUCTURA PEATONAL
PIP DE INFRAESTRUCTURA PEATONAL PIP DE INFRAESTRUCTURA PEATONAL
PIP DE INFRAESTRUCTURA PEATONAL
 
cofopri legal-de-predios-rurales
cofopri legal-de-predios-ruralescofopri legal-de-predios-rurales
cofopri legal-de-predios-rurales
 
MEMORIA DESCRIPTIVA VISACION DE PLANOS
MEMORIA DESCRIPTIVA VISACION DE PLANOSMEMORIA DESCRIPTIVA VISACION DE PLANOS
MEMORIA DESCRIPTIVA VISACION DE PLANOS
 
El Sistema Nacional de Catastro y su vinculación con el registro de predios
El Sistema Nacional de Catastro y su vinculación con el registro de prediosEl Sistema Nacional de Catastro y su vinculación con el registro de predios
El Sistema Nacional de Catastro y su vinculación con el registro de predios
 
Memoria descriptiva MANUEL PALOMINO
Memoria descriptiva MANUEL PALOMINOMemoria descriptiva MANUEL PALOMINO
Memoria descriptiva MANUEL PALOMINO
 
Memoria descriptiva PARA FINES DE INMATRICULACIÓN
Memoria descriptiva PARA FINES DE INMATRICULACIÓNMemoria descriptiva PARA FINES DE INMATRICULACIÓN
Memoria descriptiva PARA FINES DE INMATRICULACIÓN
 
DESLINDE Y TITULACIÓN DE TIERRAS COMUNALES
DESLINDE Y TITULACIÓN DE TIERRAS COMUNALESDESLINDE Y TITULACIÓN DE TIERRAS COMUNALES
DESLINDE Y TITULACIÓN DE TIERRAS COMUNALES
 
Pdfcoffee.com 2 informe-de-corte-de-obra-30docx-pdf-free (1)
Pdfcoffee.com 2 informe-de-corte-de-obra-30docx-pdf-free (1)Pdfcoffee.com 2 informe-de-corte-de-obra-30docx-pdf-free (1)
Pdfcoffee.com 2 informe-de-corte-de-obra-30docx-pdf-free (1)
 
liquidacion de obras publicas
liquidacion de obras publicasliquidacion de obras publicas
liquidacion de obras publicas
 
Capeco liquidacion obra
Capeco liquidacion obraCapeco liquidacion obra
Capeco liquidacion obra
 
IOARR memoria descriptiva losa huancayoc pitec
IOARR memoria descriptiva   losa huancayoc pitecIOARR memoria descriptiva   losa huancayoc pitec
IOARR memoria descriptiva losa huancayoc pitec
 
Saneamiento de predios rurales
Saneamiento de predios ruralesSaneamiento de predios rurales
Saneamiento de predios rurales
 
Catastro de la propiedad del estado
Catastro de la propiedad del estadoCatastro de la propiedad del estado
Catastro de la propiedad del estado
 
Generacion de información Catastral Rural
Generacion de información Catastral RuralGeneracion de información Catastral Rural
Generacion de información Catastral Rural
 
Terminos de referencia de asistente tecnico
Terminos de referencia de asistente tecnicoTerminos de referencia de asistente tecnico
Terminos de referencia de asistente tecnico
 

Ähnlich wie Formalización de la propiedad informal en el Perú

Aspectos normativos propiedad_inmoviliaria_raquel_huapaya
Aspectos normativos propiedad_inmoviliaria_raquel_huapayaAspectos normativos propiedad_inmoviliaria_raquel_huapaya
Aspectos normativos propiedad_inmoviliaria_raquel_huapayaAsheninka Gran Pajonal
 
Presentacion luis ojeda portugal octubre_ 2014
Presentacion luis ojeda portugal octubre_ 2014Presentacion luis ojeda portugal octubre_ 2014
Presentacion luis ojeda portugal octubre_ 2014luiseojedap69
 
Catastro y legislacion territorial 6
Catastro y legislacion territorial 6Catastro y legislacion territorial 6
Catastro y legislacion territorial 6Juan Sanchez
 
SANEAMIENTO FISICO LEGAL .EXAMEN ING CIVIL-convertido.pptx
SANEAMIENTO FISICO LEGAL .EXAMEN ING CIVIL-convertido.pptxSANEAMIENTO FISICO LEGAL .EXAMEN ING CIVIL-convertido.pptx
SANEAMIENTO FISICO LEGAL .EXAMEN ING CIVIL-convertido.pptxDianna Yamely
 
EVOLUCION HISTORICA DEL CENTRO NACIONAL DEL REGISTRO 1.2.pptx
EVOLUCION HISTORICA DEL CENTRO NACIONAL DEL REGISTRO 1.2.pptxEVOLUCION HISTORICA DEL CENTRO NACIONAL DEL REGISTRO 1.2.pptx
EVOLUCION HISTORICA DEL CENTRO NACIONAL DEL REGISTRO 1.2.pptxNOEAREVALO
 
Nociones básicas sobre Catastro y derecho propietario
Nociones básicas sobre Catastro y derecho propietarioNociones básicas sobre Catastro y derecho propietario
Nociones básicas sobre Catastro y derecho propietarioJuancasalas1
 
MODULO JURIDICO AGENTE INMOBILIARIO2024.pdf
MODULO JURIDICO  AGENTE INMOBILIARIO2024.pdfMODULO JURIDICO  AGENTE INMOBILIARIO2024.pdf
MODULO JURIDICO AGENTE INMOBILIARIO2024.pdfOSCARALEXANDERCEPEDA
 
Guía de Saneamiento Físico - Legal de Propiedades
Guía de Saneamiento Físico - Legal de PropiedadesGuía de Saneamiento Físico - Legal de Propiedades
Guía de Saneamiento Físico - Legal de PropiedadesJuan Carlos Sanchez Montes
 
2.1. ley 29090 ley de edificaciones y habilitaciones urbanas-
2.1. ley 29090  ley de edificaciones y habilitaciones urbanas-2.1. ley 29090  ley de edificaciones y habilitaciones urbanas-
2.1. ley 29090 ley de edificaciones y habilitaciones urbanas-emanuel anccasi ramos
 
PRESC. ADQ. DE DOMINIO VÍA ADM. (A CARGO DE LOS MUN) VINCULACIÓN CON EL REGIS...
PRESC. ADQ. DE DOMINIO VÍA ADM. (A CARGO DE LOS MUN) VINCULACIÓN CON EL REGIS...PRESC. ADQ. DE DOMINIO VÍA ADM. (A CARGO DE LOS MUN) VINCULACIÓN CON EL REGIS...
PRESC. ADQ. DE DOMINIO VÍA ADM. (A CARGO DE LOS MUN) VINCULACIÓN CON EL REGIS...IndyceCampus
 
Marco juridico restitucion de tierras dr. ochoa
Marco juridico restitucion de tierras dr. ochoaMarco juridico restitucion de tierras dr. ochoa
Marco juridico restitucion de tierras dr. ochoaJohana201225
 
Presentacion definitiva congreso notarios sta marta
Presentacion  definitiva  congreso notarios sta martaPresentacion  definitiva  congreso notarios sta marta
Presentacion definitiva congreso notarios sta martaJohana201225
 
Sistema torrens o australiano
Sistema torrens o australianoSistema torrens o australiano
Sistema torrens o australianoLey Law Law
 
Derecho registral
Derecho registralDerecho registral
Derecho registraljecapiscis
 
Administración pública, ley 489 de 1998 y estado social de derecho
Administración pública, ley 489 de 1998 y estado social de derechoAdministración pública, ley 489 de 1998 y estado social de derecho
Administración pública, ley 489 de 1998 y estado social de derechoManuel Bedoya D
 

Ähnlich wie Formalización de la propiedad informal en el Perú (20)

Aspectos normativos propiedad_inmoviliaria_raquel_huapaya
Aspectos normativos propiedad_inmoviliaria_raquel_huapayaAspectos normativos propiedad_inmoviliaria_raquel_huapaya
Aspectos normativos propiedad_inmoviliaria_raquel_huapaya
 
La titulación aumenta el valor de la propiedad
La titulación aumenta el valor de la propiedadLa titulación aumenta el valor de la propiedad
La titulación aumenta el valor de la propiedad
 
14 08-12[1]
14 08-12[1]14 08-12[1]
14 08-12[1]
 
14 08-12[1]
14 08-12[1]14 08-12[1]
14 08-12[1]
 
Presentacion luis ojeda portugal octubre_ 2014
Presentacion luis ojeda portugal octubre_ 2014Presentacion luis ojeda portugal octubre_ 2014
Presentacion luis ojeda portugal octubre_ 2014
 
Catastro y legislacion territorial 6
Catastro y legislacion territorial 6Catastro y legislacion territorial 6
Catastro y legislacion territorial 6
 
SANEAMIENTO FISICO LEGAL .EXAMEN ING CIVIL-convertido.pptx
SANEAMIENTO FISICO LEGAL .EXAMEN ING CIVIL-convertido.pptxSANEAMIENTO FISICO LEGAL .EXAMEN ING CIVIL-convertido.pptx
SANEAMIENTO FISICO LEGAL .EXAMEN ING CIVIL-convertido.pptx
 
FormalizaciondelaPropiedad.pdf
FormalizaciondelaPropiedad.pdfFormalizaciondelaPropiedad.pdf
FormalizaciondelaPropiedad.pdf
 
EVOLUCION HISTORICA DEL CENTRO NACIONAL DEL REGISTRO 1.2.pptx
EVOLUCION HISTORICA DEL CENTRO NACIONAL DEL REGISTRO 1.2.pptxEVOLUCION HISTORICA DEL CENTRO NACIONAL DEL REGISTRO 1.2.pptx
EVOLUCION HISTORICA DEL CENTRO NACIONAL DEL REGISTRO 1.2.pptx
 
Nociones básicas sobre Catastro y derecho propietario
Nociones básicas sobre Catastro y derecho propietarioNociones básicas sobre Catastro y derecho propietario
Nociones básicas sobre Catastro y derecho propietario
 
MODULO JURIDICO AGENTE INMOBILIARIO2024.pdf
MODULO JURIDICO  AGENTE INMOBILIARIO2024.pdfMODULO JURIDICO  AGENTE INMOBILIARIO2024.pdf
MODULO JURIDICO AGENTE INMOBILIARIO2024.pdf
 
Guía de Saneamiento Físico - Legal de Propiedades
Guía de Saneamiento Físico - Legal de PropiedadesGuía de Saneamiento Físico - Legal de Propiedades
Guía de Saneamiento Físico - Legal de Propiedades
 
2.1. ley 29090 ley de edificaciones y habilitaciones urbanas-
2.1. ley 29090  ley de edificaciones y habilitaciones urbanas-2.1. ley 29090  ley de edificaciones y habilitaciones urbanas-
2.1. ley 29090 ley de edificaciones y habilitaciones urbanas-
 
PRESC. ADQ. DE DOMINIO VÍA ADM. (A CARGO DE LOS MUN) VINCULACIÓN CON EL REGIS...
PRESC. ADQ. DE DOMINIO VÍA ADM. (A CARGO DE LOS MUN) VINCULACIÓN CON EL REGIS...PRESC. ADQ. DE DOMINIO VÍA ADM. (A CARGO DE LOS MUN) VINCULACIÓN CON EL REGIS...
PRESC. ADQ. DE DOMINIO VÍA ADM. (A CARGO DE LOS MUN) VINCULACIÓN CON EL REGIS...
 
Marco juridico restitucion de tierras dr. ochoa
Marco juridico restitucion de tierras dr. ochoaMarco juridico restitucion de tierras dr. ochoa
Marco juridico restitucion de tierras dr. ochoa
 
Derecho Registral
Derecho RegistralDerecho Registral
Derecho Registral
 
Presentacion definitiva congreso notarios sta marta
Presentacion  definitiva  congreso notarios sta martaPresentacion  definitiva  congreso notarios sta marta
Presentacion definitiva congreso notarios sta marta
 
Sistema torrens o australiano
Sistema torrens o australianoSistema torrens o australiano
Sistema torrens o australiano
 
Derecho registral
Derecho registralDerecho registral
Derecho registral
 
Administración pública, ley 489 de 1998 y estado social de derecho
Administración pública, ley 489 de 1998 y estado social de derechoAdministración pública, ley 489 de 1998 y estado social de derecho
Administración pública, ley 489 de 1998 y estado social de derecho
 

Mehr von calacademica

27 11. procedimiento administrativo sancionador en materia de contrataciones ...
27 11. procedimiento administrativo sancionador en materia de contrataciones ...27 11. procedimiento administrativo sancionador en materia de contrataciones ...
27 11. procedimiento administrativo sancionador en materia de contrataciones ...calacademica
 
Normativida aplicada a_la_ejecucion_del_control_gubernamental
Normativida aplicada a_la_ejecucion_del_control_gubernamentalNormativida aplicada a_la_ejecucion_del_control_gubernamental
Normativida aplicada a_la_ejecucion_del_control_gubernamentalcalacademica
 
08 12. las faltas administrativas. dr. roberto baca.[1]
08 12. las faltas administrativas. dr. roberto baca.[1]08 12. las faltas administrativas. dr. roberto baca.[1]
08 12. las faltas administrativas. dr. roberto baca.[1]calacademica
 
Tema 15 levantamiento de cargas
Tema 15   levantamiento de cargasTema 15   levantamiento de cargas
Tema 15 levantamiento de cargascalacademica
 
Responsabilidad civil 04 12
Responsabilidad civil  04 12Responsabilidad civil  04 12
Responsabilidad civil 04 12calacademica
 
Control difuso 04 12
Control difuso 04 12Control difuso 04 12
Control difuso 04 12calacademica
 
Tribunal const. y c.i.d.h. 29 11
Tribunal const. y c.i.d.h. 29 11Tribunal const. y c.i.d.h. 29 11
Tribunal const. y c.i.d.h. 29 11calacademica
 
Contrato de arrendamiento 29 11[1] (pinedo)
Contrato de arrendamiento 29 11[1] (pinedo)Contrato de arrendamiento 29 11[1] (pinedo)
Contrato de arrendamiento 29 11[1] (pinedo)calacademica
 
La duraci..[1] 29 11 (rondon)
La duraci..[1] 29 11 (rondon)La duraci..[1] 29 11 (rondon)
La duraci..[1] 29 11 (rondon)calacademica
 
Modalidades de compraventa 27-11
Modalidades de compraventa 27-11Modalidades de compraventa 27-11
Modalidades de compraventa 27-11calacademica
 

Mehr von calacademica (20)

03 12-12[1]
03 12-12[1]03 12-12[1]
03 12-12[1]
 
27 11. procedimiento administrativo sancionador en materia de contrataciones ...
27 11. procedimiento administrativo sancionador en materia de contrataciones ...27 11. procedimiento administrativo sancionador en materia de contrataciones ...
27 11. procedimiento administrativo sancionador en materia de contrataciones ...
 
Normativida aplicada a_la_ejecucion_del_control_gubernamental
Normativida aplicada a_la_ejecucion_del_control_gubernamentalNormativida aplicada a_la_ejecucion_del_control_gubernamental
Normativida aplicada a_la_ejecucion_del_control_gubernamental
 
27 11-12
27 11-1227 11-12
27 11-12
 
27 11-12
27 11-1227 11-12
27 11-12
 
01 12-12
01 12-1201 12-12
01 12-12
 
Contratos 06 11
Contratos 06 11Contratos 06 11
Contratos 06 11
 
Final pend grab
Final pend grabFinal pend grab
Final pend grab
 
24 11
24 1124 11
24 11
 
08 12. las faltas administrativas. dr. roberto baca.[1]
08 12. las faltas administrativas. dr. roberto baca.[1]08 12. las faltas administrativas. dr. roberto baca.[1]
08 12. las faltas administrativas. dr. roberto baca.[1]
 
Tema 15 levantamiento de cargas
Tema 15   levantamiento de cargasTema 15   levantamiento de cargas
Tema 15 levantamiento de cargas
 
Responsabilidad civil 04 12
Responsabilidad civil  04 12Responsabilidad civil  04 12
Responsabilidad civil 04 12
 
Control difuso 04 12
Control difuso 04 12Control difuso 04 12
Control difuso 04 12
 
20 11
20 1120 11
20 11
 
Tribunal const. y c.i.d.h. 29 11
Tribunal const. y c.i.d.h. 29 11Tribunal const. y c.i.d.h. 29 11
Tribunal const. y c.i.d.h. 29 11
 
Iura novit 27 11
Iura novit 27 11Iura novit 27 11
Iura novit 27 11
 
Garantías..28 11
Garantías..28 11Garantías..28 11
Garantías..28 11
 
Contrato de arrendamiento 29 11[1] (pinedo)
Contrato de arrendamiento 29 11[1] (pinedo)Contrato de arrendamiento 29 11[1] (pinedo)
Contrato de arrendamiento 29 11[1] (pinedo)
 
La duraci..[1] 29 11 (rondon)
La duraci..[1] 29 11 (rondon)La duraci..[1] 29 11 (rondon)
La duraci..[1] 29 11 (rondon)
 
Modalidades de compraventa 27-11
Modalidades de compraventa 27-11Modalidades de compraventa 27-11
Modalidades de compraventa 27-11
 

Formalización de la propiedad informal en el Perú

  • 1. COLEGIO DE ABOGADOS DE LIMA “DIPLOMADO ESPECIALIZADO EN LA “DIPLOMADO ESPECIALIZADO EN LA FORMALIZACIÓN DE LA PROPIEDAD PREDIAL” FORMALIZACIÓN DE LA PROPIEDAD PREDIAL” “ANTECEDENTES, REFORMA YY SOLUCIÓN DE LA “ANTECEDENTES, REFORMA SOLUCIÓN DE LA INFORMALIDAD DE LA PROPIEDAD EN EL INFORMALIDAD DE LA PROPIEDAD EN EL PERÚ” PERÚ” EXPOSITOR: LUIS ALIAGA JIBAJA Investigador Principal del ILD. Profesor de Derecho Registral y Notarial en la UNMSM. Ex- Gerente General del Registro Predial Urbano 28/06/2012
  • 2. ¿“PROPIEDAD INFORMAL”? • Es el derecho que recae sobre activos inmobiliarios que carece de una adecuada representación legal, privando a sus titulares de seguridad legal y de la posibilidad de darles una utilización económica ( por ejemplo venderlos a precio de mercado, utilizarlos como garantía de créditos, como medio de identificación de sus propietarios, etc.) (ILD)
  • 3. ¿“PROPIEDAD INFORMAL”? • Es aquella que no está identificada y que no se moviliza en el mercado ampliado para captar tanto valor económico como sea posible. Al no estar legalmente inscritos, los derechos sobre los bienes de los propietarios “extralegales” no pueden ser rastreados. Estos activos se encuentran condenados a permanecer como “capital muerto” – Incapaz de ser usado para garantizar los intereses de potenciales partes contratantes o de servir como mecanismo de apalancamiento para garantizar inversión y negocios a largo plazo). (ILD)
  • 4. ¿“PROPIEDAD INFORMAL”? Son las formas de tenencia individual de la tierra que para el sistema formal han quedado fuera del comercio y tienen el status legal de derechos de propiedad no transables en términos de mercado. Si el Estado no reconoce que un bien le pertenece a su propietario o no reconoce los contratos que celebra sobre el a favor de terceros, convierte esa propiedad en informal porque su titular goza de un "derecho disminuido" ante la ley.
  • 5. TIPOS DE PROPIEDAD INFORMAL PROPIEDAD INFORMAL ORIGINARIA Acceso ilegal al suelo. Se origina en un acceso de hecho (ocupación espontánea y progresiva o invasión planificada) a la tierra, es decir, por la sola ocupación de terrenos ajenos (esto es, formalmente asignados al Estado o a un particular), sin mediar autorización, pacto o acuerdo alguno del propietario y, que ha logrado resistir cualquier eventual desalojo. PROPIEDAD INFORMAL DERIVADA Aquélla que ha devenido en informal con ocasión de su uso. En estos casos la adquisición de la propiedad sobre el suelo es legalmente inobjetable, sin embargo al no haberse cumplido con las "normas oficiales", ni con las distintas autorizaciones o permisos establecidos por el Estado, ha derivado en una propiedad al margen de la legalidad.
  • 6.
  • 7. ULTIMAS EXPERIENCIAS EN FORMALIZACIÓN DE LA PROPIEDAD EN EL PERÚ ENTIDAD INICIO TERMINO REGISTRO 1988 2004 PREDIAL URBANO PETT 1992 2007 COFOPRI 1996 Vigente a la fecha
  • 8. ANTECEDENTES DEL REGISTRO PREDIAL 1.- Se tomaron en cuenta las características técnicas y legales de la informalidad y de los derechos de propiedad en el Perú. 2.- El modelo fue el Sistema Registral Australiano “TORRENS”- Características: • "South Australian Property Act de 1858“. • Era más que un sistema registral, era un sistema de formalización de la propiedad • Incluye: el registro jurídico, todo el proceso anterior de saneamiento físico/geográfico y legal, y, el otorgamiento del titulo de propiedad (para generar la inmatriculación registral). • Desarrolla mecanismos para simplificar y facilitar la inscripción de las transacciones.
  • 9. ANTECEDENTES DEL REGISTRO PREDIAL En el sistema TORRENS la inmatriculación es muy laboriosa: •Saneamiento técnico (ubicación geográfica y linderación) •Saneamiento legal (acopio histórico y análisis de títulos anteriores, y calificación del titular), •Trabajo de campo, •Notificación a colindantes, •Publicaciones •Reclamaciones. (ficción: tierra vuelve a la corona). •Certificado de titularidad y plano en dos ejemplares, uno para el titular y otro para el Registro. Este certificado prueba el contenido del registro a una fecha determinada y siempre que coincida con el registro, no incorpora en sí mismo al inmueble. 3.- ESTRATEGIA DE IMPLEMENTACIÓN.- REGISTRO PARALELO AL RPI
  • 10. LEGISLACIÓN DEL SISTEMA DEL REGISTRO PREDIAL • D.L. 495 y D.L.496 (14 de Noviembre 1988). Denominación: Registro Predial de Pueblos Jóvenes y Urbanizaciones Populares • Ley 25035 Ley de Simplificación Administrativa. • Resolución Suprema 018-89-VC-1100 de 31-3-1989. Comisión Especial de puesta en marcha del Registro presidida por el Ministro de Vivienda. • D.S. 001-90.VC (Enero 1990) Reglamento del D.L. 495 • D.L. 667 (Setiembre 1991). Crea el Registro de Predios Rurales • D.L. 803 Cambia nombre a Registro Predial Urbano - RPU • Más de 200 directivas internas aprobadas por el Directorio. • Ley 27755 (14-6-2002) (vigente a partir del 15-6-2004). Crea el Registro de Predios que unifica el RPU, el RPI y la Sección Especial de Predios Rurales.
  • 11. CARACTERÍSTICAS DEL SISTEMA DE FORMALIZACIÓN DEL REGISTRO PREDIAL
  • 12. SISTEMA DEL REGISTRO PREDIAL URBANO ACTIVIDADES DE FORMALIZACIÓN • Saneamiento Técnico/ (base de datos geográfica) • Saneamiento Legal • Trabajo de campo (Ubicación, linderación, empadronamiento y declaración de vecinos y colindantes, recojo de pruebas de posesión) • Titulación ( firma del Alcalde) • Registro • Utilización económica (mecanismos para promover el mantenimiento en la formalidad) • TIPOS DE PROCESOS: Formalización masiva e individual
  • 13. COFOPRI Ley Nº 26557 (26-12-1995) Congreso transfirió facultades al Poder Ejecutivo. Se le otorgó la facultad de legislar por un plazo de 120 días sobre: •saneamiento físico-legal de asentamientos humanos en terrenos de propiedad fiscal, municipal o privada, la reforma de las competencias, de las entidades públicas y de los procedimientos relacionados con la formalización de la propiedad en todas sus etapas, •la creación de un organismo especializado encargado de diseñar y ejecutar un programa nacional de formalización que incluya el reconocimiento, la adjudicación, el saneamiento físico-legal, la titulación, la habilitación urbana y el registro de la propiedad predial de la población de menores recursos, •normas relacionadas a impuestos, contribuciones, aportaciones y demás tributos;
  • 14. COFOPRI (AMBITO URBANO) D.L. 803 (15.3.1996) Ley de Promoción del Acceso a la Propiedad Formal: •Declara de interés nacional la promoción del acceso a la propiedad formal y su inscripción registral con el fin de garantizar los derechos de todos los ciudadanos a la propiedad y al ejercicio de la iniciativa privada en una economía social de mercado •Se crea la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal (COFOPRI), como organismo rector máximo encargado de diseñar y ejecutar de manera integral, comprehensiva y rápida un Programa de Formalización de la Propiedad y de su mantenimiento dentro de la formalidad, a nivel nacional, centralizando las competencias y toma de decisiones a este respecto. •La inscripción de los títulos de propiedad formalizados por COFOPRI se realizará en el Registro Predial Urbano.
  • 15. REGÍMENES DE FORMALIZACIÓN PREDIOS URBANOS 1.- REGIMEN ORDINARIO. • A cargo de las Municipalidades Provinciales. • Ley 28687 de 15-03-2006 (COFOPRI órgano técnico de asesoramiento - por convenio) 2.- REGIMEN TEMPORAL Y EXTRAORDINARIO. • A cargo de COFOPRI . • Ley 28923 por 3 años hasta el 7-12-2006 • Ley 29320 prorroga plazo por 2 años más hasta el 7 de Diciembre de 2011 • Ley 29802 prorroga plazo por cinco años más hasta el 7 de Diciembre de 2016 • Durante la vigencia del plazo adicional antes indicado, COFOPRI efectuará las acciones de capacitación y fortalecimiento a los gobiernos locales que así lo soliciten en las materias comprendidas en el Título I de la Ley 28687.
  • 16. LEGISLACIÓN •D.L. 803 (15.3.1996) Ley de Promoción del Acceso a la Propiedad Formal. COFOPRI. •Ley 27046 (31.12.1998) Ley Complementaria de Promoción del Acceso a la P.F. •D. S. 009-99-MTC (29-4-1999) T.U.O. de la Ley de Promoción del Acceso a la P. F. •Ley 28687 (15-03-2006) Ley de desarrollo y complementaria de Formalización de la Propiedad informal, acceso al suelo y dotación de servicios básicos. •D.S. 013-99-MTC (05-05-1999) Reglamento de F. de la Propiedad a cargo de COFOPRI •D.S. 005-2005-JUS (15-3-2005) Modifica D.S. 013-99-MTC. (Vigente en parte) •D.S. 006-2006-VIVIENDA (16-3-2006) Reglamento del Título I de Ley 28687 – Formalización de Posesiones informales. •D.S.017-2006-VIVIENDA (27-07-2006) Rgto. de los Títulos II y III de Ley 28687 – Acceso al suelo y Facilidades para la prestación de servicios básicos. •D.S. 021-2006-VIVIENDA (19-08-2006) modifica art. 9 D.S. 006-2006- VIVIENDA •D.S. 030-2008-VIVIENDA (29-11-2008) modifica arts. D.S. 006-2006- VIVIENDA
  • 17. LEGISLACIÓN REGIMEN TEMPORAL Y EXTRAORDINARIO. - Leyes 28923, Ley 29320 y Ley 29802 D.S. 008-2007-VIVIENDA (23-2-2007) Reglamento de la ley 28923. Precisa competencia de COFOPRI para realizar todas las etapas y proceso de formalización sobre predios de propiedad del Estado según las normas antes mencionadas y para organizar y decidir cronogramas y actividades en forma progresiva. Asimismo, se confirma que los procedimientos de Declaración de propiedad previstos en el artículo 11 (posesión sobre propiedad privada) serán llevados a cabo por COFOPRI por delegación de Municipalidades. (convenios) D.S. 006-2009-VIVIENDA (27-3-2009) Establecen disposiciones aplicables durante la vigencia del Régimen Temporal Extraordinaria aprobado mediante Ley Nº 28923. Se suspende el cobro de S/. 1.00 por m2. previsto en el inc. 8.2 del artículo 8 del reglamento del Título I de la ley 28687 aprobado por D.S. 006- 2006-VIVIENDA (numerales a y g).
  • 18. ALGUNAS DEFINICIONES  Posesiones informales: Asentamientos humanos, pueblos jóvenes, barrios marginales, barriadas, programas de vivienda municipales, centros poblados y toda otra forma de posesión, ocupación o titularidad informal de predios con fines urbanos, cualquiera sea su denominación. (lotes de vivienda no mayores a 300 m2 - excepción centros poblados y pueblos tradicionales-actividad comercial o similar).  Centros urbanos informales: Conjunto de manzanas determinadas y vías trazadas, que no constituyen una habilitación urbana, que cuentan con construcciones parcialmente consolidadas y cuyos lotes de vivienda han sido individual y directamente adquiridos por cada uno de los integrantes del centro urbano informal.  Urbanizaciones populares: Aquellas de las que son titulares las cooperativas de vivienda, asociaciones pro-vivienda, asociaciones de vivienda, junta de propietarios, junta de compradores y cualquier otra forma asociativa con fines de vivienda, que cuenten o no con resolución de aprobación de habilitación urbana.
  • 19. COFOPRI: AMBITO URBANO 1.- POSESIONES INFORMALES Y CENTROS URBANOS INFORMALES Ley 28687 (15-3-2006) D.S. 013-99-MTC D.S. 006-2006-VIVIENDA. Ocupaciones de terrenos de propiedad del Estado (hasta el 31 de Diciembre del 2004) – Proceso de Formalización (Integral e individual) Ocupaciones de terrenos de propiedad privada – Tracto sucesivo – Prescripción Adquisitiva – Conciliación – Expropiación (Art.21 Ley 28687 y Ley 29320 de 10-2-09, ocupaciones hasta el 31 de diciembre de 2004)
  • 20. COFOPRI: AMBITO URBANO 2.- URBANIZACIONES POPULARES. Ley 28687 (15-3-2006). D.S. 013-99-MTC y D.S. 006-2006-VIVIENDA. • Tracto sucesivo • Prescripción Adquisitiva • Conciliación • Expropiación ((Art.21 Ley 28687 y Ley 29320 de 10-2-09) 3.- PROGRAMAS DE VIVIENDA DEL ESTADO PROMOVIDOS POR EL ESTADO Y POR PRIVADOS D.S. 010-2000-MTC y Ley 27313. (D.S. 017-2008-VIVIENDA), 4.- MERCADOS PÚBLICOS Ley 27304 (11-07-2000). D.S. Nº 038-2000-MTC (Reglamento)
  • 21. COFOPRI - AMBITO RURAL Por D.S. 005-2007-Vivienda (21-2-2007) el COFOPRI absorve al PETT y asume sus competencias de formalización y catastro de predios rústicos de propiedad del Estado como de privados, adjudicación de terrenos eriazos y formalización de Comunidades Campesinas y Nativas. El literal n) del artículo 51 de la Ley Nº 27867, LOGR, (Nov. 2002), establece como función de los Gobiernos Regionales, en materia agraria: “promover, gestionar y administrar el proceso de saneamiento físico-legal de la propiedad agraria” . D.S. 068-2006-PCM. Estableció que esta función debió ser transferida al 31.12.2007. Sin embargo, el traslado de funciones (los archivos, recursos y capacidad legal), ha sido un proceso largo que todavía no ha terminado. A fines del año pasado se había trasladado las funciones a casi todas las regiones, sólo quedaron pendientes dos: Arequipa y otro, que hasta la fecha no se ha terminado.
  • 22. PREDIOS DE COMUNIDADES CAMPESINAS POR TITULAR A AGOSTO DE 2010 (Fuente COFOPRI en Informativo Legal Agrario de CEPES No. 25) Reconocidas Tituladas Por titular Comunidades 6,067 5,095 972 Campesinas Comunidades 1,461 1267 194 Nativas
  • 23. PROYECTO ESPECIAL TITULACIÓN DE TIERRAS Y CATASTRO RURAL - PETT Por Decreto Ley 25902 - Octava Disposición Complementaria se crea el PETT, (Integra el Programa Nacional de Catastro (PRONAC) y el Proyecto Especial de Desarrollo Cooperativo y Comunal (PRODACC). Objetivo inicial: titular y/o perfeccionar la titulación para inscribir todos los predios rústicos adjudicados en aplicación del Decreto Ley 17716 normas modificatorias, complementarias y conexas. El Reglamento de Organización y Funciones del PETT (D.S.006-98-AG, 24-3-1998), amplia sus objetivos: el saneamiento físico y legal de predios rurales de particulares; El Art. 1 del citado Reglamento establece que el plazo de duración del PETT es hasta el 31.12.1999. Por sucesivos Decretos Supremos se amplia el plazo de vigencia del PETT : D.S. 040-99-AG, hasta el 31-12-2001, D.S. 064-2000-AG, hasta el 31-08-2005 y el D.S. 035-2005-AG, hasta el 31 de diciembre del 2009. Por D.S. 005-2007-Vivienda (21-2-2007) el PETT fue absorvido por COFOPRI.
  • 24. PROYECTO ESPECIAL TITULACIÓN DE TIERRAS Y CATASTRO RURAL - PETT Con el fin de cumplir sus funciones el PETT utilizó la metodología de formalización del Registro de Predios Rurales que formaba parte del Registro Predial (D.L. 667) El PETT debía constituirse en el ejecutor y ente técnico encargado de la formalización, mientras el Registro de Predios Rurales debía cumplir una doble función, ser apoyo del PETT en el desarrollo de procedimientos masivos, eficientes y seguros para la formalización y el desarrollo del catastro y, actuar como un supervisor de las acciones de formalización desarrolladas por el PETT. Para ello, el Registro de Predios Rurales debía nutrirse de la experiencia que el Registro Predial había desarrollado desde su creación.
  • 25. PROYECTO ESPECIAL TITULACIÓN DE TIERRAS Y CATASTRO RURAL - PETT Sin embargo, el Registro de Predios Rurales solo asumió competencia en el Departamento de Lima. La formalización de predios rurales en el resto del país fue llevada a cabo por el PETT y por la Sección Especial de Predios Rurales que se creo para esos efectos en el Registro de la Propiedad Inmueble administrado por la SUNARP.
  • 26. SITUACIÓN DE PREDIOS URBANOS Y RURALES A ABRIL DE 2011 (Fuente: COFOPRI, Informe Ejecutivo de PTR3 y estimados ILD) Titulados Por titular Total Predios 2,071,350 928,650 3,000,000 Urbanos Predios 2,010,348 1,522,290 3,522,431 Rurales TOTAL 4,081,698 2,450,940 6,522,431
  • 27. PREDIOS REGISTRADOS EN SUNARP TOTAL: 6´440,033 PREDIOS INSCRITOS AL 31 DE ENERO DE 2005
  • 28. LINEAMIENTOS DE REFORMA 1.- La reforma debe ser integral y apuntar no sólo a modernizar registros y facilitar el saneamiento de predios sino a establecer procedimientos simplificados, masivos y seguros para regularizar el universo de activos prediales afectados por un nivel distinto de extralegalidad. 2.- La reforma debe estar dirigida a crear un sistema de propiedad inclusivo y ser construida considerando las prácticas extralegales que son reconocidas y respetadas por la mayoría de ciudadanos y son utilizadas para acreditar y defender sus derechos y garantizar sus transacciones. 3.- Se debe otorgar a los ciudadanos la posibilidad de escoger el tipo de tenencia de la tierra que más convenga a sus necesidades e intereses, evitando imposiciones de modelos pre-establecidos 4.- No se requiere del uso de sofisticadas tecnologías de procesamiento de datos y de catastro, que además de ser innecesarias demoran y encarecen sustancialmente la formalización.
  • 29. SISTEMAS DE INFORMACIÓN GEOGRAFICA (SIG - base de datos espacial) Y CATASTRO • SIG: Es cualquier sistema de información capaz de integrar, almacenar, editar, analizar, compartir y mostrar la información geográficamente referenciada. En un sentido más genérico, los SIG son herramientas que permiten a los usuarios crear consultas interactivas, analizar la información espacial, editar datos, mapas y presentar los resultados de todas estas operaciones. (Wikipedia) • La construcción de una base de datos geográfica implica un proceso de abstracción para pasar de la complejidad del mundo real a una representación simplificada que pueda ser procesada por el lenguaje de las computadoras actuales. Este proceso de abstracción tiene diversos niveles y normalmente comienza con la concepción de la estructura de la base de datos, generalmente en capas.(Wikipedia)
  • 30. SISTEMAS DE INFORMACIÓN GEOGRAFICA (SIG - base de datos espacial) Y CATASTRO CATASTRO…Inventario de la totalidad de los bienes inmuebles de un país o región de éste, permanente y metódicamente actualizado mediante cartografiado de los límites de las parcelas y de los datos asociados a ésta en todos sus ámbitos.” (w). Utiliza una metodología y técnica rigurosa y costosa. Ley 28294 .- Catastro de predios, es el inventario físico de los predios orientado a un uso multipropósito, y se encuentra constituido por la suma de predios contiguos que conforman el territorio de la República… El catastro comprende la información gráfica (planos) , con las coordenadas de los vértices de los linderos de predios, en el Sistema de Referencia Geodésica Oficial en vigencia, y un banco de datos alfanumérico con la información de los derechos registrados. Los planos son representaciones o referencias de la realidad en un determinado momento del tiempo, pero no es la realidad misma, “es una foto de la realidad” La realidad geográfica es cambiante.
  • 31. ¿CÓMO SE CONSIGUE UBICAR UN PREDIO EN LA TIERRA? Para determinar la ubicación de un predio se requiere determinar la ubicación de un punto de su perímetro (y de allí todos los puntos que lo conforman) sobre la superficie terrestre, para ello se utilizan los “Sistemas de coordenadas geodésicos y geográficos”. Existen modelos matemáticos que permiten ubicar un punto en la superficie de la tierra utilizando 3 dimensiones y coordenadas: Latitud, longitud y altitud considerando la superficie curva de la tierra. Estas coordenadas se expresan en grados, minutos y segundos. Sistemas geodésicos utilizados en el Perú: Datum PSAD 56 y Datum WGS-84 (Oficializado por el IGN desde el 2012)
  • 33. ¿CÓMO REPRESENTO UN PREDIO UBICADO POR 3 DIMENSIONES EN UN PLANO? Una vez ubicado un punto en la superficie de la tierra, utilizando 3 dimensiones, se requiere trasladar dicha ubicación a un plano que sólo tiene 2 dimensiones. Existen diferentes sistemas de proyecciones cartográficas para transferir información desde un modelo de la tierra de 3 dimensiones a otro de dos dimensiones (papel, pantalla de computadora) (coordenadas cartográficas). El sistema de coordenadas cartográficas más utilizado en el Perú es el Sistema de Coordenadas “Universal Transversal de Mercator” - UTM. No existen modelos perfectos, todos tienen margen de error. Cada vez son más pequeños pero la geografía real cambia por diversos factores día a día. Este error se visualiza más cuando llevo el plano al terreno y en base al plano busco encontrar la ubicación real del predio (GPS).
  • 34. FUNCIONES DEL REGISTRO DE PREDIOS Y DEL CATASTRO REGISTRO DE LA PROPIEDAD.- Su función principal es proteger los derechos de propiedad,(de los peruanos que soliciten su protección) desde 1888. Para dar mayor seguridad jurídica, determinar la localización de los predios, evitar superposiciones y duplicidad de inmatriculaciones, el RP empieza a utilizar una base geográfica geo-referenciada (Antes la “Oficina de Catastro” de cada Oficina Registral utilizaban planos. En Lima planos distritales del IGN) que le servía de control. CATASTRO.- Su función es identificar físicamente los predios del país generando una cartografía nacional (planos) donde estén ubicados todos los predios del país (inmatriculados, o, no inmatriculados) en base a coordenadas oficiales.
  • 35. DESARROLLO DEL CATASTRO DEBE SER PARALELO A LA FUNCIÓN REGISTRAL Para dar seguridad jurídica a los derechos de propiedad y se promueva el trafico inmobiliario el Registro de Predios debe: •Determinar antes de la inscripción, la ubicación física y real del predio, no necesariamente en planos ni exigir que el predio esté catastrado. El Registro no es catastro ni protege la perfección técnica de los planos. (El desarrollo del catastro y la determinación y registro del CUC debe ser de oficio y la vinculación entre Catastro y Registro debe •El plano no forma parte de la partida registral. (elementos complementarios de la calificación registral). •Lección aprendida: El RPU se proveía además de una base geográfica (proporcionada por verificadores privados), que le permitía determinar en planos la ubicación de los predios, de la opinión y la declaración de los colindantes y vecinos.
  • 36. LINEAMIENTOS DE REFORMA 5.- La reforma debe orientarse no sólo a eliminar los obstáculos institucionales para acceder a la formalidad, sino a facilitar el uso económico de los activos formalizados y a estimular su permanencia en la legalidad. 6.- El éxito de la formalización depende en gran parte de la creación de vehículos institucionales eficientes y eficaces para: Estandarizar normas y procedimientos, administrar el programa de formalización, coordinar con todas las entidades y programas involucrados, y ejecutar una estrategia integral para implementar la reforma y perfeccionarla. 7.- Diseñar y aplicar una estrategia para construir consenso de los principales actores involucrados. Campañas de difusión y educación pueden lograr la aprobación de la reforma y el apoyo para su implementación. Elementos claves: la transparencia, la retroalimentación y la Participación Ciudadana.
  • 37. LINEAMIENTOS DE REFORMA 8.- La formalización de la propiedad otorga seguridad legal sobre activos prediales y mejora las condiciones de vida de sus propietarios que debe estar acompañada de otros mecanismos dirigidos a generar riqueza, crecimiento y capital. 9.- Las reformas no pueden limitarse a regularizar hechos consumados. Se requieren alternativas legales de acceso a la vivienda para la población de menores recursos, no sólo programas tradicionales de vivienda pública, también otras alternativas al alcance de familias de menos ingresos. Es indispensable un inventario de tierras estatales y de privados para este fin. 10.- La agenda para la reforma debe estar abierta. Implica una continua retroalimentación y perfeccionamiento para enfrentar nuevos retos y un “estar alerta” respecto de cambios que pudieran generar un retroceso o “contrarreforma”.