2. PROPIEDAD INTELECTUAL
¿Qué es la Propiedad Intelectual?
Es la posesión que recae sobre bienes
inmateriales (creaciones del intelecto)
protegidas por el Estado mediante las
leyes correspondientes.
3. ¿CÓMO SE DIVIDE LA PROPIEDAD INTELECTUAL?
Derecho de Autor y Derechos Conexos
Propiedad Industrial
4. ¿Y QUE TIENE QUE VER LA PROPIEDAD INTELECTUAL CON EL
DERECHO LABORAL?
Mishel!!!
Claudia!!!
Walter!!!
5. EN CONCLUSIÓN
Siendo el Derecho Laboral una rama del Derecho Público, que a
su vez es tutelado por el Estado, la Propiedad Intelectual es una
muestra más de la protección y tutela que se le da al trabajador.
6. ENTRANDO EN MATERIA
De las divisiones de la Propiedad Intelectual que
fueron ya expuestas…
¿Cómo dijimos que se divide la Propiedad Intelectual?
7.
8. DERECHO DE AUTOR
¿Qué es el Derecho de Autor?
Constitución Política de la República de Guatemala
Art. 42 Derecho de autor o inventor
Art. 57 Derecho a la cultura
Art. 62 Protección al arte, folklore y artesanías
tradicionales.
9. EN EL CÓDIGO CIVIL
Artículo 442. Son bienes las cosas que son o puedan ser objeto
de apropiación y se clasifican en inmuebles y muebles.”
Artículo 451. Son bienes muebles: …. Y 6º. Los derechos de autor
o inventor comprendidos en la propiedad literaria, artística e
industrial.”
10. “Artículo 470. El producto o valor de trabajo o industria lícitos,
así como las producciones del ingenio o del talento de cualquiera
persona, son propiedad suya y se rigen por las leyes relativas a la
propiedad en general y por las especiales sobre estas materias.”
11. Artículo 5 de la Ley de Derecho de Autor.
Autor es la persona física que realiza la creación intelectual.
Solamente las personas naturales pueden ser autores de una
obra; sin embargo, el Estado, las entidades de derecho público y
las personas jurídicas pueden ser titulares de los derechos
previstos en esta ley para los autores, en los casos mencionados
en la misma”
12. ¿A QUIENES SE LES CONSIDERA AUTORES?
Salvo prueba en contrario, a la persona
natural cuyo nombre o seudónimo
conocido esté indicado en ella, o se enuncie
en la declamación, ejecución, representación,
interpretación o cualquier otra forma de
difusión pública de dicha obra.”
13. OBRA
Qué es la obra? En
qué consiste la
obra?
La obra debe ser
original e individual
Clases:
Literaria
Artística
Científica
14. ¿ENTONCES, QUÉ PUEDE SER UNA OBRA?
Un libro
Una pintura
Una melodía
Un poema
Una obra cinematográfica
Una obra teatral
Una fotografía
Una obra arquitectónica
Una interpretación
16. AHORA BIEN EN MATERIA LABORAL
En las obras creadas para una persona natural o jurídica, por
encargo, en cumplimiento de una relación laboral o en función pública,
el titular originario de los derechos morales y patrimoniales es la
persona natural que ha creado la obra o ha participado en su
creación.
17. EN CUANTO A LOS DERECHOS PATRIMONIALES
Se presumen –salvo pacto en
contrario- que han sido cedidos a
favor de quien encarga o del
patrono.
18. IMPORTANTE
En caso de conflicto entre las
disposiciones de esta ley (Ley de
Derecho de Autor y Derechos
Conexos) y las del Código de
Trabajo, prevalecerá la primera
cuando el conflicto se derive o
relacione con el Derecho de Autor.