2. Artículo 49,
Numeral 1
MARCO CONSTITUCIONAL
… Toda persona tiene derecho a ser
notificada de los cargos por los cuales se le
investiga, de acceder a las pruebas y de
disponer del tiempo y de los medios
adecuados para ejercer su defensa. Serán
nulas las pruebas obtenidas mediante
violación
del debido proceso...
3. Artículo 181
MARCO LEGAL
Los elementos de convicción sólo
tendrán valor si han sido obtenidos por
un medio lícito e incorporados al
proceso conforme a las disposiciones
de este Código.
PRINCIPIO DE LICITUD O LEGALIDAD
4. LICITUD DE LA PRUEBA
Prueba, según el jurista venezolano Roberto
Delgado Salazar, es: “Lo que sirve para
producir en las partes y en el juez
convencimiento sobre la veracidad o
falsedad de los hechos que son materia de
un proceso y, por consiguiente, para
sustentar las decisiones judiciales”.
Para ser licita debe ser obtenida bajo el
principio de licitud y el debido proceso
5. FASE INICIAL O NACIMIENTO DE LA PRUEBA
“… la garantía legal que permite el
manejo idóneo de las evidencias
digitales, físicas o materiales, con el
objeto de evitar su modificación,
alteración o contaminación desde el
momento de su ubicación en el sitio
del suceso o lugar del hallazgo, su
trayectoria por las distintas
dependencias de investigaciones
penales, criminalísticas y forenses, la
consignación de los resultados a la
autoridad competente, hasta la
culminación del proceso...”
6. FASE INICIAL O NACIMIENTO DE LA PRUEBA
La cadena de custodia de la prueba,
encuentra fundamento en los
siguientes principios probatorios:
Principio de aseguramiento de la
prueba.
Principio de la licitud de la prueba.
Principio de la veracidad de la
prueba.
Principio de la necesidad de la
prueba.
Principio de la obtención coactiva de
la prueba.
7. ACTOS DE INVESTIGACIÓN CON FINES
PROBATORIOS
Allanamientos
Inspecciones
Experticias
Entrevistas
8. Hernando Devis Echandía (1981) citado por
Pereira (2014) la define como:
“…aquellas que están expresa o tácitamente
prohibidas por la ley o atentan contra la moral y
las buenas costumbres del respectivo medio
social o contra la dignidad y libertad de la
persona humana o violan sus derechos
fundamentales que la Constitución y la ley
amparan”.
9. Manuel Miranda Estrampes (2010):
“Por prueba ilícita debe entenderse aquella
prueba obtenida y/o practicada con vulneración
de derechos fundamentales”
10. Hamilton Castro (2008):
“Prueba ilícita es aquella que ha sido obtenida
con lesión de derechos fundamentales y, en
esencia, se constituye en un límite para el
principio general de averiguación de la verdad
en el proceso.”
11. Granadillo y Pinto (2012):
“Por prueba ilegitima o ilícita debe entenderse
no solo aquella en cuya obtención o práctica se
ha violentado derechos fundamentales, sino
también aquellas que han sido obtenidas con
infracción de la legalidad procesal ordinaria.”
12. Según los autores Calzadillo y Pinto (2012)
indican se pueden clasificar de acuerdo:
Al momento de producirse la ilicitud
La causa motivante de la ilicitud
13. Ilicitud Extraprocesal:
“Es aquella producida fuera de la esfera o marco
del proceso propiamente dicho, en el momento
de la obtención de las fuentes de prueba”.
Ilicitud Intraprocesal:
“Es aquella que afecta un acto procesal, es
decir, cuando afecta a la proposición, admisión
y práctica de la prueba durante el proceso”.
Granadillo y Pinto (2012)
14. Causa de la Ilicitud:
“Atendiendo a la causa que origina su ilicitud
podemos distinguir entre pruebas
expresamente prohibidas por la ley, pruebas
irregulares y/o ilegales y pruebas obtenidas o
practicadas con infracción de los derechos
fundamentales de las personas (pruebas
inconstitucionales)”.
Granadillo y Pinto (2012)