La ley peruana regula el teletrabajo y establece los derechos de los teletrabajadores. Promueve el teletrabajo para aumentar el empleo a través de las TIC. El sector privado en Perú ha adoptado iniciativas de teletrabajo que han tenido buenos resultados. El sector público podría implementar teletrabajo sin mayores costos y generando ahorros.
1. Alumno Pablo Aro Galindo
Curso Informática Jurídica
Turno Mañana
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TELETRABAJO – LEY N° 30036
2. INFORMÁTICA JURÍDICA 2
TELETRABAJO – LEY N° 30036
La nueva Ley 30036, que regula el Teletrabajo, tiene por finalidad
establecer el marco normativo de dicha modalidad especial de prestación de
servicios que se caracteriza por la utilización de tecnologías de la
información y las telecomunicaciones (TIC), en las instituciones públicas y
privadas.
Según la ley, el teletrabajo se caracteriza por el desempeño subordinado de
labores sin la presencia física del trabajador, denominado "teletrabajador",
en la empresa con la que mantiene vínculo laboral, a través de medios
informáticos, de telecomunicaciones y análogos, mediante los cuales se
ejercen a su vez el control y la supervisión de las labores. La norma precisa
que cuando los equipos sean proporcionados por el empleador, el
“teletrabajador” es responsable de su correcto uso y conservación, para lo
cual evita que los bienes sean utilizados por terceros ajenos a la relación
laboral. Por su parte, cuando el “teletrabajador” aporte sus propios equipos
o elementos de trabajo, el empleador debe compensar la totalidad de los
gastos, sin perjuicio de los mayores beneficios que pudieran pactarse por
acuerdo individual o convenio colectivo.
3. INFORMÁTICA JURÍDICA 3
TELETRABAJO – LEY N° 30036
Si el “teletrabajador” realiza sus labores en una cabina de
Internet o en un equipo proporcionado por terceras personas,
el empleador asume los gastos que esto conlleva.
Agrega, además, que, por razones debidamente sustentadas,
el empleador puede variar la modalidad de prestación de
servicios a la de teletrabajo, previo consentimiento del
trabajador. Dicho cambio no debe afectar la naturaleza del
vínculo laboral, categoría, remuneración y demás condiciones
laborales, salvo aquellas vinculadas a la asistencia al centro de
trabajo. No obstante, el “teletrabajador” puede solicitar al
empleador la reversión de la prestación de sus servicios bajo
dicha modalidad, es decir, retornar a su habitual modalidad de
prestación de servicios. Al respecto, el empleador podrá
denegar dicha solicitud en uso de su facultad directriz.
4. INFORMÁTICA JURÍDICA 4
PARÁMETROS DE LA OIT
La Organización Internacional del Trabajo ha publicado
diversas monografías y estudios vinculados con el
teletrabajo y el trabajo a domicilio.
Por lo que toca al teletrabajo, en la reunión de la OIT
celebrada en Ginebra del 20 al 24 de abril de 1998 se
adoptó por unanimidad la denominada “Resolución sobre
el teletrabajo en los servicios de correos y
telecomunicaciones”.
En términos generales, en la Resolución se invita al
Consejo de Administración de la Oficina Internacional del
Trabajo a que:
5. INFORMÁTICA JURÍDICA 5
PARÁMETROS DE LA OIT
1) exhorte a los Estados Miembros a que consideren los derechos de
los “teletrabajadores” y adopten medidas apropiadas, de carácter
legislativo o de otra índole, para protegerlos;
2) pida a los Estados Miembros y a las organizaciones de empleadores
y de trabajadores que reconozcan que el teletrabajo puede constituir
un medio para aumentar las oportunidades de empleo, mejorar la
calidad de la vida activa y organizar eficazmente el trabajo en aras de
la buena marcha de las empresas;
3) pida al Director General que:
a) intensifique las investigaciones en la materia tomando en
consideración las diferencias de trato entre hombres y mujeres, con
especial referencia a la formulación de una definición más clara del
teletrabajo;
b) Convoque una reunión de expertos encargada de examinar las
repercusiones del teletrabajo, incluida la posibilidad de que la OIT
6. INFORMÁTICA JURÍDICA 6
REFERENCIAS AL TELETRABAJO EN
LA AGENDA DIGITAL
1) exhorte a los Estados Miembros a que consideren los derechos de los
“teletrabajadores” y adopten medidas apropiadas, de carácter legislativo o de
otra índole, para protegerlos;
2) pida a los Estados Miembros y a las organizaciones de empleadores y de
trabajadores que reconozcan que el teletrabajo puede constituir un medio para
aumentar las oportunidades de empleo, mejorar la calidad de la vida activa y
organizar eficazmente el trabajo en aras de la buena marcha de las empresas;
3) pida al Director General que:
a) intensifique las investigaciones en la materia tomando en consideración las
diferencias de trato entre hombres y mujeres, con especial referencia a la
formulación de una definición más clara del teletrabajo;
b) Convoque una reunión de expertos encargada de examinar las repercusiones
del teletrabajo, incluida la posibilidad de que la OIT adopte normas laborales
sobre esa cuestión.”
7. INFORMÁTICA JURÍDICA 7
REFERENCIAS AL TELETRABAJO EN
LA AGENDA DIGITAL
La agenda digital peruana establece la
necesidad de promover un programa
nacional para el desarrollo del
Teletrabajo “Contribuir a la promoción
del empleo digno mediante el uso
intensivo de las TIC” siendo beneficiario
un sector de la población con
discapacidad, tercera edad, mujeres.
8. INFORMÁTICA JURÍDICA 8
IMPACTO DE LA LEY EN EL SECTOR
PRIVADO
Como ya hemos podido ver, el teletrabajo es una
tendencia en auge en Latinoamérica. En la mayoría de
los países esta medida de conciliación ha sido impulsada,
en primer lugar, por empresas privadas, que han
identificado las necesidades de sus empleados
relacionadas con la movilidad y un mejor equilibrio entre
la vida personal y laboral. Pero además, también ha sido
apoyada por los gobiernos nacionales.
Perú es uno de los países donde el teletrabajo está
aumentando de forma considerable. En este país existe
un proyecto de ley para regular el teletrabajo. Sin
embargo, hoy en día el mayor impulso del teletrabajo en
este país viene del sector privado.
9. INFORMÁTICA JURÍDICA 9
IMPACTO DE LA LEY EN EL SECTOR
PRIVADO
Repsol es una de las empresas que contribuye con ese
impulso. En Perú hemos empezado, como en todos los
casos, con programa piloto formado inicialmente por 26
empleados, la mitad de ellos hombres. Las modalidades
de trabajo entre las que han podido escoger son: un día
a la semana, dos días a la semana, dos tardes a la
semana y dos horas diarias.
Para comprobar la eficacia del piloto, se realizó una
encuesta entre los teletrabajadores, con una valoración
de la experiencia, en la que también se evaluó el punto
de vista de los jefes y de los compañeros.
10. INFORMÁTICA JURÍDICA 10
IMPACTO DE LA LEY EN EL SECTOR
PRIVADO
En relación a sus entornos laboral y profesional, los
datos son muy positivos, ya que compaginan de forma
adecuada sus obligaciones personales con las reuniones
en la oficina. Compañeros y superiores tienen una visión
positiva de la realización del teletrabajo, así como la
familia, en la que el 100% de los casos valora de forma
muy positiva que sus familiares puedan teletrabajar.
Estos resultados son el mejor impulso para avanzar en la
ampliación del Programa de Teletrabajo en ese país
donde ya suman a la fecha 35 colaboradores, además de
realizar un análisis por parte del equipo de teletrabajo de
acciones para superar las áreas de mejora detectadas en
el estudio. Como siempre, poco a poco, pero con paso
firme y seguro.
11. INFORMÁTICA JURÍDICA 11
IMPACTO DE LA LEY EN EL SECTOR
PÚBLICO
La norma establece que se empleara esta modalidad
cuando lo requieran las necesidades, adurmiéndose eta
forma laboral sin ningún costo adicional al erario del
Estado, inclusive el empleo de computadores podrán ser
las mismas con las que se encuentra en su hogar del
teletrabajador “Cuando el teletrabajador aporte sus
propios equipos o elementos de trabajo, el empleador
debe compensar la totalidad de los gastos, incluidos los
gastos de comunicación, sin perjuicio de los mayores
beneficios que pudieran pactarse por acuerdo individual
o convenio colectivo. Si el teletrabajador realiza sus
labores en una cabina de internet o en un equipo
proporcionado por terceras personas, el empleador
asume los gastos que esto conlleva”.
12. INFORMÁTICA JURÍDICA 12
IMPACTO DE LA LEY EN EL SECTOR
PÚBLICO
Para el Estado, en su calidad de empleador, la implementación
del teletrabajo no le significara mayores costos sino mas bien
ahorros por lo siguiente. No habrá necesidad de comprar
nuevas computadoras o equipos pues los teletrabajadores
podrán usar los actualmente existentes, aunque en un lugar
diferente del actual.
Será que el trabajador realice su actividad en su domicilio o en
otro, el Estado generara economías adicionales al ahorrar
costos de adquisición o alquiler de oficinas, así como en
mobiliario, limpieza, mantenimiento, agua, luz, teléfono.
En caso que el empleador público reconozca una retribución al
trabajador que utilice un equipo propio, se mantendrá la mayor
economía antes señalada.
13. INFORMÁTICA JURÍDICA 13
IMPACTO DE LA LEY EN EL SECTOR
PÚBLICO
Por las razones expuestas la creación de nuevas plazas en el
sector público tendrá siempre un costo menor bajo la
modalidad de teletrabajo.
Los trabajadores públicos también se beneficiaran ya que el
teletrabajo les permitirá generar ahorros importantes en
movilidad, ya sean que se trasladen a su trabajo mediante
transporte público o privado.
Considerando que el teletrabajo se mide por resultados, su
implementación en el sector público permitirá mejorar el
rendimiento y la eficiencia de los trabajadores y con ello
reducir los efectos nocivos de la burocracia.