Participacion Ciudadana y Gestion Publica Argenis Orellana
1. UNIVERSIDAD FERMIN TORO
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
ESCUELA DE DERECHO
BARQUISIMETO – ESTADO LARA
PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y GESTIÓN PÚBLICA
Argenis Orellana
C.I.: 6.009.968
Participación Ciudadana y Gestión Local SAIA B
Barquisimeto, enero 2016
2. PARTICIPACIÓN CIUDADANA
La participación ciudadana en Venezuela es un reivindicación y un
derecho social y política que después de muchos años la ciudadanía ha
conquistado para mejorar su desarrollo y es a partir de la novedosa pero
perfectible constitución de 1999 cuando inicialmente los constituyentitas
incluyeron en nuestro texto legal las normas que dieron origen a una
creciente política de participación ciudadana que va desde el derecho a
participar que tienen los niños, niñas y adolescentes en las aulas de clase
así como los integrantes de la familia lo tienen de manera igualitaria en el
hogar ,o los trabajadores en sus fábricas y oficinas ,también lo tienen los
empresarios y en general todos los ciudadanos y ciudadanas enmarcados
en una figura denominada por algunos como el poder popular todo esto
en atención a aquellas decisiones que incidan profundamente en la
realidad social, política, cultural, económica que pueda afectar a cada uno
de los grupos sociales que hacen vida en esta maravillosa pero muy
maltratada patria .
Desde el preámbulo de la Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela donde dice “con el fin supremo de refundar la Republica para
establecer una sociedad democrática, participativa y protagónica…”se nos
obliga prácticamente a que de allí en más todas las decisiones deben ser
consultadas con el pueblo o soberano.
Es entonces, o es a partir de allí que en la mayoría del articulado de
nuestra constitución se exprese el espíritu bolivariano de participación
popular, sentimiento que a mi juicio no está negado por ninguna de las
parcialidades políticas que hacen vida activa en la república.
En el artículo 6 de nuestra carta magna se establece lo siguiente: El
gobierno de la República Bolivariana de Venezuela y de las entidades
políticas que la componen es y será siempre democrático, participativo,
electivo, descentralizado, alternativo, responsable, pluralista y de
3. mandatos revocables, es este último inciso el que a mi manera de ver
hace a esta maravillosa constitución la más democrática y completa de
toda América para no decir del mundo , reconociendo que puede y debe
ser mejorada de acuerdo a las nuevas realidades internas y externas que
puedan sucederse y en consecuencia puedan afectarnos.
Luego de esta corta introducción podemos decir que la sociedad
venezolana amparada en nuestra carta magna consta con muchos
principios de participación los cuales podemos mencionar algunos de
ellos, está contemplada en la constitución y en leyes especiales u
orgánicas de la republica el reconocimiento explícito sobre los diferentes
niveles de participación ciudadana en nuestro país, por ejemplo:
- Se reconoce el derecho a la organización sindical de los trabajadores y
trabajadoras.
- Se reconocen las organizaciones patronales.
- Se reconocen las cooperativas.
- Se reconocen todo tipo de asociaciones u organizaciones civiles.
- Los derechos económicos de asociación son garantizados en
Venezuela.
- Las cajas de ahorro están constitucionalmente garantizadas en lo que
respecta a su organización y participación libre de sus socios.
- El estado ha legislado y en tal sentido garantiza la participación popular
en los diferentes medios de opinión tanto públicos como privados
incluyendo los diferentes medios alternativos de comunicación.
De la misma manera o en el mismo orden de ideas en la República
Bolivariana de Venezuela se reconoce la participación como un derecho
consagrado en la constitución y en ese orden de ideas mencionare
algunas formas de participación que los venezolanos tenemos:
a- Los venezolanos podemos elegir y ser electos.
4. b- Los venezolanos electos o electas deben rendir cuenta de sus
actos a los electores.
c- Los ciudadanos y ciudadanas pueden organizarse en asociaciones
con fines políticos y tienen derecho a postular candidatos y
candidatas.
d- Nuestra legislación reconoce la participación de los pueblos
indígenas en todos los ámbitos especialmente en la elaboración,
ejecución y gestión de programas y políticas en el marco del
desarrollo sustentable.
Así como existe la participación ciudadana reconocida en nuestra
constitución como derecho también es reconocida en su carácter de
deber ciudadano es decir todo ciudadano tiene el derecho y el deber de
participar en la toma de decisiones que le atañen como sujetos activos.
Nuestra constitución provee muchas formas de participación, alguna de
ellas como lo hemos expresado previamente están en el área económica,
así como en lo referente a la participación política, electoral,
organizacional vecinal entre otras formas.
Existe una novedosa y muy democrática forma de participación popular
establecida en la constitución la cual conocemos en Venezuela a partir la
carta magna aprobada en 1999 y nos referimos a : El referendo, definido
como el procedimiento mediante el cual se hace consulta previa al pueblo
sobre la ley o medida que se piensa tomar, o se le pide opinión después
de haberse dictado o en ejecución.
Para Zamora (2008) es: “…un procedimiento jurídico por el que se somete
al voto popular una medida constitucional o legislativa…”.
Existen cuatro tipos de referendo en la legislación venezolana, estos a mi
manera de ver son unos de los mayores aportes constitucionales a la
figura de participación ciudadana los mismos están identificados en
nuestra constitución de la manera siguiente:
5. Referendo Consultivo: En esta modalidad las materias de interés nacional
,estadal, municipal, o parroquial podrán ser sometidas a referendo
consultivo solo cumpliendo con los requisitos de ley , expresados en la
misma constitución y de acuerdo al ámbito territorial correspondiente sea
este la parroquia, el municipio, el estado o la nación, condiciones
expresadas en el artículo 71 de la CRBV.
El Referendo Revocatorio o Revocatoria de Mandato que se encuentra
fundamentado en el artículo 72 de carta magna, el cual se refiere a que
todos los cargos de elección popular y las magistraturas son revocables
siempre y cuando haya pasado por lo menos la mitad del periodo para el
cual fue electo, esta solicitud la pueden realizar los electores en un
numero nunca inferior al 20 % del padrón electoral de la circunscripción
correspondiente.
El Referendo Aprobatorio artículo 73 de la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela, este tipo de referendo está dirigido a los
proyectos de ley , los tratados, convenios o acuerdos internacionales que
pudiesen comprometer la soberanía nacional o transferir competencias a
los órganos supranacionales.
El cuarto y último de estos instrumentos de participación se encuentra en
el artículo 74 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
el cual expresa lo siguiente “Serán sometidos a referendo Abrogatorio de
manera total o parcial las leyes cuya abrogación fuere solicitada por un
número no menor del 10 % de los electores o electoras inscritos el
registro electoral o por el Presidente o Presidenta de la Republica en
Consejo de ministros, también pueden ser sometidos a referendo
abrogatorio los decretos con fuerza de ley que dicte el Presidente o
Presidenta de la Republica.
6. Otros elementos de la participación ciudadana lo son: La iniciativa propia,
el cabildo abierto, la asamblea de ciudadanos y ciudadanas, la cogestión,
la autogestión y la contraloría social
Gestión Pública
Podemos entender la Gestión Publica como el ejercicio de la
administración de los diferentes organismos del poder público en
cualquiera de sus áreas de influencias es decir parroquiales, municipales,
estadales o nivel nacional y que se refiere al uso eficaz, adecuado y
eficiente de los bienes ,recursos tanto económicos como logísticos con la
intención de satisfacer los requerimientos, compromisos y necesidades
básicas de las y los ciudadanos de manera tal que exista una sensación
de bienestar tanto individual como colectivo en los temas de seguridad
social, educación, salud y alimentación que generen al colectivo una
disminución importantísima de los niveles de estrés que tanto nos agobia
a todos los ciudadanos.
Para garantizar una buena Gestión Publica se debe contar con un buen
equipo, responsable y preparado técnica y académicamente en cada una
de las áreas del saber administrativo así como también es necesaria la
existencia de un ente contralor con independencia en el ejercicio de la
actividad contralora, más que otra cosa, ese trabajo contralor debe
permitir mejorar los servicios públicos prestados a la ciudadanía por los
funcionarios o servidores de la administración es por ello que con una
corresponsabilidad, participación ciudadana y la contraloría social
tendremos un mejor país en beneficio de todos y sobremanera para las
generaciones por venir.
La constitución tiene algunos elementos que pudiesen garantizar la
excelencia en la Gestión Publica entre algunos de ellos podemos
mencionar el poder popular por intermedio de los consejos comunales y
sus diferentes vocerías así mismo en Venezuela constamos con
7. diferentes leyes que van dirigidas a perfeccionar la Gestión del estado
venezolano y las instituciones que la conforman pudiésemos hablar de la
ley orgánica de los consejos comunales, la ley orgánica de los consejos
locales de planificación de políticas públicas, instrumentos legales que
pueden marchar unidos a la Gestión Pública para garantizar el éxito
político y administrativo de una gestión gubernamental asi mismo es
importante acotar que para que la gestión pública se sienta en La
colectividad esta de planificarse considerando las necesidades básicas
del ciudadano, consultándolo sobre esas necesidades que el como pueblo
requiere para sentirse realmente incluido en todas las decisiones que el
estado toma y que seguramente van afectar tanto positivamente como
seguramente de manera negativa en algunos casos.