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SUMARIO
MIÉRCOLES 7 DE AGOSTO DE 2019
NORMAS LEGALES
AÑO DE LA LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN Y LA IMPUNIDAD
1
Gerente de Publicaciones Oficiales : Ricardo Montero Reyes
Año XXXVI - Nº 15038
PODER EJECUTIVO
AGRICULTURA Y RIEGO
R.D. Nº 151-2019-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE.-
Designan Sub Directora de la Sub Dirección de Obras y
Supervisión de la Dirección de Infraestructura Agraria del
Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO
RURAL 3
R.D.Nº152-2019-MINAGRI-DVDIAR-AGRORURAL-DE.-
Designan Sub Director de la Sub Dirección de Gestión de
Proyectos e Ingeniería de la Dirección de Infraestructura
Agraria del Programa de Desarrollo Productivo Agrario
Rural - AGRO RURAL 3
R.D.Nº153-2019-MINAGRI-DVDIAR-AGRORURAL-DE.-
Designan Director de la Dirección Zonal La Libertad del
Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO
RURAL 4
R.J. Nº 154-2019-ANA.- Prorrogan reserva de agua
superficial proveniente del río Tumbes, para uso agrícola, a
favor del Proyecto Especial Binacional Puyango Tumbes 4
CULTURA
Res. N° 138-2019-SG/MC.- Designan Secretario Técnico
de Procedimientos Administrativos Disciplinarios del
Ministerio 5
DEFENSA
R.M. Nº 0967-2019 DE/FAP.- Autorizan viaje de personal
militar FAP a EE.UU., en misión de estudios 5
R.M. Nº 0968-2019 DE/EP.- Autorizan viaje de oficial del
Ejército del Perú a República Dominicana, en comisión de
servicios 7
R.M. Nº 0969-2019 DE/SG.- Autorizan viaje de personal
de la Escuela Conjunta de las Fuerzas Armadas del Perú a
Colombia, en comisión de servicios 8
R.M. Nº 0977-2019-DE/SG.- Aprueban Reglamento del
Personal Militar de las Fuerzas Armadas nombrado en
Agregaduría del Exterior 9
DESARROLLO E
INCLUSION SOCIAL
Res. Nº 1060-2019-MIDIS/PCNM.- Designan Jefa de la
Unidad Territorial de Puno del Programa Nacional Cuna
Más 9
ECONOMIA Y FINANZAS
R.D. Nº 012-2019-EF/51.01.- Oficializan el “VII Congreso
Nacional de Contabilidad y Finanzas Públicas”, organizado
por el Colegio de Contadores Públicos de Lima, a llevarse a
cabo en la ciudad de Lima 10
EDUCACION
R.M. Nº 391-2019-MINEDU.- Designan Jefe de la Oficina
General de Comunicaciones, dependiente de la Secretaría
General del Ministerio 10
R.M. Nº 393-2019-MINEDU.- Autorizan al Ministerio
otorgar subvenciones a favor de CÁRITAS DEL PERÚ y CARE
PERÚ, destinadas a implementar propuestas de servicio
educativo en Instituciones Educativas del nivel primaria,
que brindan el servicio educativo multigrado monolingüe
castellano 11
INTERIOR
R.M. Nº 1182-2019-IN.- Dan por concluida designación de
Vocal del Tribunal de Disciplina Policial 12
RR.MM. Nºs. 1183 y 1184-2019-IN.- Dan por concluidas
designaciones de Vocales de la Cuarta Sala del Tribunal de
Disciplina Policial 12
JUSTICIA Y
DERECHOS HUMANOS
R.M. Nº 0306-2019-JUS.- Autorizan viaje de Procurador
Público Ad Hoc para el caso Odebrecht y otras a Brasil, en
comisión de servicios 13
MUJER Y POBLACIONES
VULNERABLES
Res. Nº 058-2019-CONADIS/PRE.- Encargan funciones
de funcionario responsable de brindar información pública
solicitada al Consejo Nacional para la Integración de la
Persona con Discapacidad - CONADIS 14
PRODUCE
Res. N° 172-2019-ITP/DE.- Designan responsable titular
de brindar información pública del Instituto Tecnológico
de la Producción (ITP) y ratifican a la alterna responsable
15
Firmado Digitalmente por:
EDITORA PERU
Fecha: 07/08/2019 04:33:07
2 NORMAS LEGALES Miércoles 7 de agosto de 2019 / El Peruano
TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
R.M. Nº 200-2019-TR.- Aprueban el Plan Operativo
Institucional (POI) Anual 2019 Modificado Versión 2 del
Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) 17
TRANSPORTES Y
COMUNICACIONES
R.M. Nº 597-2019 MTC/01.03.- Otorgan a Cable Selva
y Sierra E.I.R.L. concesión única para la prestación de
los servicios públicos de telecomunicaciones en todo el
territorio nacional 18
ORGANISMOS EJECUTORES
AGENCIA PERUANA DE COOPERACION INTERNACIONAL
Res. Nº 103-2019/APCI-DE.- Aprueban los formatos de
Plan de Operaciones de las Intervenciones de Cooperación
Técnica Internacional (CTI) 19
SUPERINTENDENCIA DE TRANSPORTE TERRESTRE
DE PERSONAS, CARGA Y MERCANCIAS
Res. Nº 083-2019-SUTRAN/01.1.- Designan Auxiliares
Coactivos de la SUTRAN 23
ORGANISMOS REGULADORES
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE
SERVICIOS DE SANEAMIENTO
Res. Nº 014-2019-SUNASS-GRT.- Rectifican de oficio el
error material incurrido en la Res. N° 013-2019-SUNASS-GRT
23
ORGANISMOSTECNICOSESPECIALIZADOS
AUTORIDAD DE TRANSPORTE URBANO
PARA LIMA Y CALLAO
Res.Nº015-2019-ATU/PE.- Designan Jefe de la Unidad de
Planeamiento y Organización de la Oficina de Planeamiento
y Presupuesto de la ATU 24
ORGANISMO TÉCNICO DE LA ADMINISTRACIÓN
DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO
R.D. Nº 053-2019-OTASS/DE.- Dan por concluida
designación y designan Gerente de Ingeniería, Proyectos y
Medio Ambiente de la Unidad Ejecutora 002: Servicios de
Saneamiento Tumbes 24
SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES
Res. Nº 020-2019-SMV/01.- Modifican denominación de
“Normas sobre la organización de entidades que requieren
autorización de la SMV” por la de “Normas comunes a las
entidades que requieren autorización de organización y
funcionamiento de la SMV”, y dictan otras disposiciones
25
SUPERINTENDENCIA NACIONAL
DE ADUANAS Y
DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Res. Nº 161-024-0002001.- Designan Auxiliar Coactivo
de la Intendencia Regional Cajamarca 28
Res. N° 060-00-0000015-SUNAT/7G0000.- Designan
Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional La Libertad
28
SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE LOS
REGISTROS PUBLICOS
Res. N° 162 -2019-SUNARP/SN.- Autorizan nueva
funcionalidad en el Trámite de Constitución de Empresas
por el Sistema de Intermediación Digital de la SUNARP
29
PODER JUDICIAL
CORTES SUPERIORES
DE JUSTICIA
Res. Adm. Nº 393-2019-P-CSJLI/PJ.- Establecen
conformación de la Primera Sala Constitucional y de la
Primera Sala de Familia Permanente de la Corte Superior
de Justicia de Lima 30
Res. Adm. Nº 091-2019-P-CSJEDDCOyCF-PJ.-
Procedimiento para el reparto de causas jurisdiccionales
en los sistemas especializados en delitos de crimen
organizado y de corrupción de funcionarios de la
CSJEDDCOyCF 31
ORGANISMOS AUTONOMOS
JURADO NACIONAL
DE ELECCIONES
Res. Nº 0100-2019-JNE.- Declaran fundado recurso de
apelación y nula la Res. N° 749-2018-DNROP/JNE 32
Res. Nº 0102-2019-JNE.- Declaran nulo acto de
notificación a ceremonia de juramentación del Concejo
Municipal para el periodo 2019 - 2022, dirigida a regidora
electa, y requieren al alcalde de la Municipalidad Provincial
de Caravelí, departamento de Arequipa, para que cumpla
con notificar y otros actos 39
Res. Nº 0104-2019-JNE.- Declaran nulidad de acto de
notificación de acta de sesión de concejo extraordinaria
y requieren al alcalde y miembros del Concejo Distrital
de Namballe, provincia de San Ignacio, departamento de
Cajamarca cumplan con notificar, y dictan otra disposición
40
SUPERINTENDENCIA DE BANCA,
SEGUROS Y ADMINISTRADORAS
PRIVADAS DE FONDOS
DE PENSIONES
Res. Nº 3379-2019.- Autorizan inscripción de persona
natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares
de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y
Actividades de Seguros Transfronterizas 42
3NORMAS LEGALESMiércoles 7 de agosto de 2019El Peruano /
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE
Ordenanza Nº 544-MPL.- Ordenanza que regula el
reordenamiento, reubicación y retiro de redes aéreas y
postes en áreas de uso público en el distrito 42
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA
OrdenanzaNº017-2019-MDB.- Ordenanza que ratifica el
Plan Local Distrital de Seguridad Ciudadana del distrito de
Bellavista - Callao 2019 45
MUNICIPALIDAD PROV. DE HUALGAYOC
Ordenanza Nº 007-2019-MPH-BCA.- Ordenanza que
aprueba el Reglamento de Regulación del Tránsito y
Transporte Terrestre en la Ciudad de Bambamarca 45
Ordenanza Nº 008-2019-MPH-BCA.- Ordenanza que
aprueba el Reglamento del Proceso del Presupuesto
Participativo Basado en Resultados 2020-2022 de la
Municipalidad Provincial de Hualgayoc-Bambamarca
46
Ordenanza Nº 010-2019-MPH-BCA.- Ordenanza que
aprueba el Reglamento de Regulación del Servicio de
Transporte Público en la Ciudad de Bambamarca 47
Ordenanza Nº 011-2019-MPH-BCA.- Aprueban
Ordenanza Municipal que establece incentivos tributarios,
para los contribuyentes que pagan puntualmente el
Impuesto Predial y Arbitrios Municipales - Fiesta Patronal
2019 y aprueban bases para el sorteo de los contribuyentes
que pagan puntualmente de la Municipalidad Provincial de
Hualgayoc - Bambamarca 48
Ordenanza Nº 012-2019-MPH-BCA.- Ordenanza que
crea de la Instancia Provincial de Concertación para
Erradicar la Violencia Contra la Mujer y los Integrantes del
Grupo Familiar de la Provincia de Hualgayoc - Bambamarca
49
Ordenanza Nº 013-2019-MPH-BCA.- Ordenanza que
aprueba declarar días feriados no laborables en el Distrito
de Bambamarca, Provincia de Hualgayoc - Bambamarca
51
PODER EJECUTIVO
AGRICULTURA Y RIEGO
Designan Sub Directora de la Sub Dirección
de Obras y Supervisión de la Dirección de
Infraestructura Agraria del Programa de
Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO
RURAL
RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA
Nº 151-2019-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE
Lima, 6 de agosto de 2019
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº
140-2019-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE de fecha
22 de julio de 2019, se encargó las funciones de Sub Director
de la Sub Dirección de Obras y Supervisión de la Dirección
de InfraestructuraAgraria y Riego del Programa de Desarrollo
Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de
Agricultura y Riego, al Ingeniero Industrial LORENZO ELOY
CASTILLO FLORIAN, quien ejerce dicho cargo en adición a
sus funciones hasta que se designe a su titular;
Que, de acuerdo a lo referido en el párrafo precedente
se ha visto por conveniente expedir el acto administrativo
que dé por concluida la encargatura en mención, y se
designe a su Titular;
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27594,
Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el
Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos,
y en uso de las atribuciones conferidas en el Manual de
Operaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial
Nº 0015-2015-MINAGRI;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- DAR POR CONCLUIDA, a partir de la
fecha, la encargatura de funciones al Ingeniero Industrial
Lorenzo Eloy Castillo Florián como Sub Director de la
Sub Dirección de Obras y Supervisión de la Dirección
de Infraestructura Agraria del Programa de Desarrollo
Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio
de Agricultura y Riego, dándosele las gracias por los
servicios prestados.
Artículo 2.- DESIGNAR, a partir de la fecha, a la Ing.
Civil GLORIA MARIA DELGADO VERA, en el cargo de
Sub Directora de la Sub Dirección de Obras y Supervisión
de la Dirección de Infraestructura Agraria del Programa
de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL
del Ministerio de Agricultura y Riego, cargo considerado
de confianza.
Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente
resolución en el Diario Oficial “El Peruano” y en el Portal
Electrónico del Programa de Desarrollo Productivo Agrario
Rural – AGRO RURAL (www.agrorural.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JACQUELINE QUINTANA FLORES
Directora Ejecutiva
Programa de Desarrollo Productivo
Agrario Rural - AGRO RURAL
1794839-1
Designan Sub Director de la Sub Dirección
de Gestión de Proyectos e Ingeniería de la
Dirección de Infraestructura Agraria del
Programa de Desarrollo Productivo Agrario
Rural - AGRO RURAL
RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA
Nº 152-2019-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE
Lima, 6 de agosto de 2019
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº
085-2019-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE de fecha
22 de abril de 2019, se encargó las funciones de Sub Director
de la Sub Dirección de Gestión de Proyectos e Ingeniería de
la Dirección de Infraestructura Agraria y Riego del Programa
de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL
del Ministerio de Agricultura y Riego, al Ingeniero Agrícola
ANTONIO QUISPE CHUQUIYAURI, quien ejerce dicho cargo
en adición a sus funciones hasta que se designe a su titular;
Que, de acuerdo a lo referido en el párrafo precedente
se ha visto por conveniente expedir el acto administrativo
que dé por concluida la encargatura en mención, y se
designe a su Titular;
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27594,
Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el
Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos,
y en uso de las atribuciones conferidas en el Manual de
Operaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial
Nº 0015-2015-MINAGRI;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- DAR POR CONCLUIDA, a partir de la
fecha, la encargatura de funciones al Ingeniero Agrícola
4 NORMAS LEGALES Miércoles 7 de agosto de 2019 / El Peruano
Antonio Quispe Chuquiyauri como Sub Director de la
Sub Dirección de Gestión de Proyectos e Ingeniería de
la Dirección de Infraestructura Agraria del Programa de
Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del
Ministerio de Agricultura y Riego, dándosele las gracias
por los servicios prestados.
Artículo 2.- DESIGNAR, a partir de la fecha, al Ing.
ALBERTO NUÑEZ LEONARDO, en el cargo de Sub
Director de la Sub Dirección de Gestión de Proyectos e
Ingeniería de la Dirección de Infraestructura Agraria del
Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO
RURAL del Ministerio de Agricultura y Riego, cargo
considerado de confianza.
Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente
resolución en el Diario Oficial “El Peruano” y en el Portal
Electrónico del Programa de Desarrollo Productivo Agrario
Rural – AGRO RURAL (www.agrorural.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JACQUELINE QUINTANA FLORES
Directora Ejecutiva
Programa de Desarrollo Productivo
Agrario Rural - AGRO RURAL
1794839-2
Designan Director de la Dirección Zonal
La Libertad del Programa de Desarrollo
Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL
RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA
Nº 153-2019-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE
Lima, 6 de agosto de 2019
VISTO:
El documento que contiene la Carta de Renuncia
presentada por el Director de la Dirección Zonal La
Libertad del Programa de Desarrollo Productivo Agrario
Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Agricultura y
Riego, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº
342-2018-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE de
fecha 17 de agosto de 2018, se designó al Ingeniero
Agrícola Héctor Eneque Gonzáles en el cargo de
Director de la Dirección Zonal La Libertad del Programa
de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL
del Ministerio de Agricultura y Riego, cargo considerado
de confianza;
Que, el citado servidor ha presentado renuncia al
cargo que venía desempeñando; por lo que corresponde
aceptarla, y designar a su reemplazante;
Que, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº
27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo
en el Nombramiento y Designación de Funcionarios
Públicos, y en uso de las atribuciones conferidas en el
Manual de Operaciones, aprobado mediante Resolución
Ministerial Nº 0015-2015-MINAGRI;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- ACEPTAR, a partir de la fecha, la renuncia
efectuada por el Ingeniero Agrícola Héctor Eneque
Gonzáles en el cargo de Director de la Dirección Zonal La
Libertad del Programa de Desarrollo Productivo Agrario
Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Agricultura y
Riego, dándosele las gracias por los servicios prestados.
Artículo 2.- DESIGNAR, a partir de la fecha, al
Ingeniero Agrónomo BRINER ENRIQUE ORRILLO
PAREDES, en el cargo de Director de la Dirección Zonal
La Libertad del Programa de Desarrollo Productivo Agrario
Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Agricultura y
Riego, cargo considerado de confianza.
Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente
resolución en el Diario Oficial “El Peruano” y en el Portal
Electrónico del Programa de Desarrollo Productivo Agrario
Rural – AGRO RURAL (www.agrorural.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JACQUELINE QUINTANA FLORES
Directora Ejecutiva
Programa de Desarrollo Productivo
Agrario Rural - AGRO RURAL
1794839-3
Prorrogan reserva de agua superficial
proveniente del río Tumbes, para uso
agrícola, a favor del Proyecto Especial
Binacional Puyango Tumbes
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 154-2019-ANA
Lima, 6 de agosto de 2019
VISTOS:
El Oficio N° 487-2019-MINAGRI-DVDIAR-PEBPT-DE-
OPPyS de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial
Binacional Puyango Tumbes del Ministerio de Agricultura
y Riego, el Memorándum N° 1656-2019-ANA-DCERH
de la Dirección de Calidad y Evaluación de Recursos
Hídricos y el Informe Legal N° 649-2019-ANA-OAJ de la
Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, según numeral 5 del artículo 15° de la Ley Nº
29338, Ley de Recursos Hídricos, establece que es
función de la Autoridad Nacional del Agua, aprobar
previo estudio técnico, reservas de agua por un tiempo
determinado cuando así lo requiera el interés de la Nación;
Que, el numeral 208.1 del artículo 208° del Reglamento
de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto
Supremo N° 001-2010-AG y sus modificatorias, establece
que las reservas de recursos hídricos se otorgan por un
período de dos (02) años prorrogables, mientras subsistan
las causas que la motivan;
Que, mediante Resolución Jefatural N° 303-2010-
ANA, se otorgó la reserva de las aguas del río Tumbes a
favor del Proyecto Especial Binacional Puyango Tumbes
del Ministerio de Agricultura y Riego, por un periodo de
dos (02) años, para uso agrícola y por un volumen anual
de 530 hm3, habiéndose cumplido el plazo de la última
prórroga otorgada con Resolución Jefatural N° 072-2017-
ANA, el 27 de enero de 2019;
Que, con el Oficio del Visto, la Dirección Ejecutiva
del Proyecto Especial Binacional Puyango Tumbes del
Ministerio de Agricultura y Riego, solicitó la prórroga de
reserva de recursos hídricos en las mismas condiciones
previstas por Resolución Jefatural N° 303-2010-ANA;
Que, mediante el Memorándum del Visto, la Dirección
de Calidad y Evaluación de Recursos Hídricos remitió
el Informe Técnico N° 125-2019-ANA-DCERH-AERH
elaborado por el área de Evaluación de Recursos
Hídricos, el cual concluye que no habiéndose efectuado
modificaciones a la reserva de recursos hídricos,
y considerando la documentación justificatoria, es
procedente prorrogar a favor del Proyecto Especial
Binacional Puyango Tumbes del Ministerio de Agricultura
y Riego por dos (02) años adicionales y en las mismas
condiciones de la reserva hídrica primigenia, la reserva
de agua superficial proveniente del río Tumbes, por un
volumen anual de 530 hm3, en el punto de captación
Linda Chara, para uso agrícola;
Que, asimismo, la Dirección de Calidad y Evaluación
de Recursos Hídricos recomendó disponer la prórroga con
eficacia anticipada al 28 de enero de 2019 manifestando
que lo evaluado cuenta con los requisitos de eficacia
anticipada establecida en el numeral 17.1 del artículo 17°
de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo,
aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-
JUS, tales como: a) Que el acto sea más favorable a
5NORMAS LEGALESMiércoles 7 de agosto de 2019El Peruano /
los administrados, b) Que el acto no lesione derechos
fundamentales o intereses de buena fe legalmente
protegidos a terceros; y c) Que el supuesto de hecho
justificativo de la dación del acto exista a la fecha en la
que se pretenda retrotraerse la eficacia del acto;
Que, en concordancia con lo manifestado en los
párrafos precedentes y según lo establecido en la Ley de
Procedimiento Administrativo, dado que se mantienen las
condiciones de la reserva de recursos hídricos; asimismo,
no se otorgaron derechos de uso de agua con cargo a la
reserva, corresponde se otorgue con eficacia anticipada,
la prórroga de la reserva de recursos hídricos, a favor
del Proyecto Especial Binacional Puyango Tumbes del
Ministerio de Agricultura y Riego;
Estando a lo opinado por la Dirección de Calidad y
Evaluación de Recursos Hídricos, el visto bueno de la
Oficina de Asesoría Jurídica y la Gerencia General, así
como de conformidad con lo establecido en el artículo
103° de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos y el
artículo 206° de su Reglamento, aprobado por Decreto
Supremo N° 001-2010-AG;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Prórroga de reserva de recursos
hídricos
Prorróguese, con eficacia anticipada al 28 de enero
de 2019, por el plazo de dos (02) años, en las mismas
condiciones establecidas en la Resolución Jefatural
N° 303-2010-ANA y prorrogadas con las Resoluciones
Jefaturales N° 024-2015-ANA y N° 072-2017-ANA, a
favor del Proyecto Especial Binacional Puyango Tumbes
del Ministerio de Agricultura y Riego, la reserva de agua
superficial proveniente del río Tumbes, para uso agrícola,
por un volumen anual de 530 hm3, en el punto de
captación Linda Chara.
Artículo 2°.- Supervisión de la reserva de recursos
hídricos
La Autoridad Administrativa del Agua Jequetepeque
- Zarumilla y la Administración Local de Agua Tumbes,
son los responsables de supervisar el cumplimiento de lo
dispuesto en la presente Resolución, debiendo informar
periódicamente a la Dirección de Calidad y Evaluación de
Recursos Hídricos.
Artículo 3°.- Publicación
Publíquese la presente Resolución en el Diario Oficial
El Peruano y en el Portal Web Institucional de la Autoridad
Nacional del Agua (www.ana.gob.pe)
Regístrese y comuníquese.
WALTER OBANDO LICERA
Jefe
Autoridad Nacional del Agua
1795066-1
CULTURA
Designan Secretario Técnico de
Procedimientos Administrativos
Disciplinarios del Ministerio
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL
N° 138-2019-SG/MC
Lima, 6 de agosto de 2019
VISTO: el Informe N° D000114-2019-OGRH/MC de la
Oficina General de Recursos Humanos;
CONSIDERANDO:
Que, por Ley N° 29565 se crea el Ministerio de Cultura
como organismo del Poder Ejecutivo con personería
jurídica de derecho público;
Que, mediante la Ley N° 30057, Ley del Servicio
Civil, se establece un régimen único y exclusivo para
las personas que prestan servicios en las entidades
públicas del Estado, así como para aquellas personas
que están encargadas de su gestión, del ejercicio de
sus potestades y de la prestación de servicios a cargo
de estas;
Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 92 de la
Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, concordado con
el artículo 94 de su Reglamento General, aprobado por
Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, las autoridades de
los órganos instructores del procedimiento disciplinario
cuentan con el apoyo de una Secretaría Técnica que
puede estar compuesta por uno o más servidores;
quienes, a su vez, pueden ser servidores civiles de la
entidad y ejercer dicha función en adición a sus funciones
regulares; estableciéndose que de preferencia serán
abogados y que son designados mediante resolución del
titular de la entidad;
Que, de acuerdo con el literal j) del artículo IV del
Título Preliminar del mencionado Reglamento General,
para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de
Recursos Humanos, se entiende que el Titular de la
entidad es la máxima autoridad administrativa de una
entidad pública; titularidad que recae en el Secretario
General, conforme lo establece el artículo 13 del
Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio
de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-
MC;
Que, mediante Resolución de Secretaría General
N° 202-2018-SG/MC se designó a la abogada Deysi
Anahí Durand Durand como Secretaria Técnica de
Procedimientos Administrativos Disciplinarios del
Ministerio de Cultura, designación que se considera
conveniente dar por concluida;
Que,enesesentido,correspondedesignaralapersona
que desempeñará la función de Secretario/a Técnico/a
de Procedimientos Administrativos Disciplinarios del
Ministerio de Cultura;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29565,
Ley de Creación del Ministerio de Cultura; la Ley N°
30057, Ley del Servicio Civil; su Reglamento General,
aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM; y, el
Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por
Decreto Supremo N° 005-2013-MC;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Dar por concluida con eficacia anticipada
al 1 de agosto de 2019, la designación de la abogada
Deysi Anahí Durand Durand como Secretaria Técnica
de Procedimientos Administrativos Disciplinarios del
Ministerio de Cultura; dándosele las gracias por los
servicios prestados.
Artículo 2.- Designar al abogado Juan Carlos
Benavente Serrano como Secretario Técnico de
Procedimientos Administrativos Disciplinarios del
Ministerio de Cultura, en adición a sus funciones.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PATRICIA AÍDA DÁVILA TASAICO
Secretaria General
1795093-1
DEFENSA
Autorizan viaje de personal militar FAP a
EE.UU., en misión de estudios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 0967-2019 DE/FAP
Lima, 2 de agosto de 2019
Visto, el Oficio NC-50-DEPE-Nº 0827 de fecha 12
de junio de 2019 del Director General de Educación y
Doctrina de la Fuerza Aérea del Perú.
6 NORMAS LEGALES Miércoles 7 de agosto de 2019 / El Peruano
CONSIDERANDO:
Que, por medio de la Carta S/N de fecha 09 de enero
de 2019, la Directora del Programa de Dirección General
del PAD-Escuela de Dirección de la Universidad de Piura,
hace de conocimiento al Director General de Educación
y Doctrina de la Fuerza Aérea del Perú, el desarrollo del
Programa de Dirección General-PDG 2019, el mismo
que contempla una Semana Internacional en la sede del
IESE-Business School, estado de Nueva York-Estados
Unidos de América, del 13 de agosto de 2019 al 16 de
agosto de 2019;
Que, mediante la Carta S/N de fecha 20 de marzo de
2019, la Directora del Programa de Dirección General del
PAD-Escuela de Dirección de la Universidad de Piura,
comunica al Director General de Educación y Doctrina de
la Fuerza Aérea del Perú, que el Comité del Programa de
Dirección General-PDG 2019 ha aprobado la admisión de
los Oficiales que se detallan en la parte resolutiva, para
participar en la Semana Internacional, a realizarse en la
sede del IESE Business School, estado de Nueva York-
Estados Unidos de América, del 13 de agosto de 2019 al
16 de agosto de 2019;
Que, a través del Oficio NC-50-DEPE-Nº 0827
de fecha 12 de junio de 2019, el Director General de
Educación y Doctrina de la Fuerza Aérea del Perú, solicita
se inicien los trámites para la formulación del proyecto de
resolución que autorice el viaje al exterior en Misión de
Estudios del personal que se detalla en la parte resolutiva,
para participar en la Semana Internacional, a realizarse
en la sede del IESE Business School, estado de Nueva
York-Estados Unidos de América, del 13 de agosto de
2019 al 16 de agosto de 2019;
Que, según lo indicado en la Exposición de
Motivos suscrita por el Jefe del Departamento de
Especialización, Capacitación y Perfeccionamiento
de la Dirección General de Educación y Doctrina
de la Fuerza Aérea del Perú, anexada al Oficio NC-
50-DEPE-Nº 0827 de fecha 12 de junio de 2019,
es conveniente para los intereses institucionales
autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios
del personal militar que se detalla a continuación, por
cuanto permitirá contar en la institución con Oficiales
Superiores perfeccionados académicamente y con una
cultura de unidad, entendimiento y responsabilidad,
fortaleciendo la esencia del cargo directivo y
generando gran expectativa en la institución;
Que, teniendo en consideración los itinerarios de los
vuelos internacionales y con la finalidad de garantizar
la participación oportuna del personal autorizado en la
referida actividad, resulta necesario autorizar su salida
del país con un (01) día de anticipación, así como, su
retorno un (01) día después de la fecha programada,
sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al
Tesoro Público;
Que, el PAD-Escuela de Dirección de la Universidad
de Piura asumirá los gastos académicos y alojamiento de
los participantes en el mencionado evento;
Que, no encontrándose cubierto los gastos de
alimentación del personal designado, corresponde
otorgarse el pago del 40% diarios de la escala de
viáticos, de conformidad a lo establecido en la Resolución
Ministerial Nº 696-2013-DE/SG de fecha 16 de agosto
de 2013, la cual aprueba los porcentajes máximos de
viáticos en función de la escala detallada en el artículo 1
del Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM de fecha 18 de
mayo de 2013, para el caso de invitaciones que incluyan
financiamiento parcial de viajes al exterior del personal
militar y civil del Sector Defensa;
Que, conforme a lo mencionado según documento
HG-N° 0092 DGVC-ME/SIAF-SP del 19 de junio de 2019
del Jefe del Departamento de Viajes y Comisiones de la
Dirección General de Personal de la FuerzaAérea del Perú,
los gastos derivados por pasajes aéreos internacionales
(ida y retorno) y viáticos por Misión de Estudios en el
Exterior que ocasione la presente autorización de viaje,
se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año
Fiscal 2019, de la Unidad Ejecutora Nº 005-Fuerza Aérea
del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto
Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002
y en concordancia a lo establecido en los incisos a) y b)
del artículo 7 del Decreto Supremo N° 002-2004-DE-SG;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134-
Ley de Organización y Funciones del Ministerio de
Defensa; la Ley Nº 30879-Ley de Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2019; la Ley N° 27619-Ley que
Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores
y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el
Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio
de 2002 y sus modificatorias; el Decreto Supremo Nº 002-
2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias,
que reglamentan los viajes al exterior del personal militar
y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 002-
2015-DE de fecha 28 de enero de 2015 que determina
la jerarquía y uso de normas de carácter administrativo
que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio
de Defensa; y,
Estando a lo propuesto por el señor Comandante
General de la Fuerza Aérea del Perú;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de
Estudios al personal militar que se detalla a continuación,
para participar en la Semana Internacional, a realizarse
en la sede del IESE Business School, estado de Nueva
York-Estados Unidos de América, del 13 de agosto de
2019 al 16 de agosto de 2019; así como, su salida del
país el 12 de agosto de 2019 y retorno el 17 de agosto
de 2019:
Coronel FAP JUAN PABLO TRYON CARBONE
NSA: O-9546087 DNI: 43560969
Coronel FAP LUIS FERNANDO BOURONCLE LUNA
NSA: O-9555688 DNI: 09383467
Artículo 2.- La Fuerza Aérea del Perú, efectuará
los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto
institucional Año Fiscal 2019, de acuerdo a los conceptos
siguientes:
Pasaje aéreo: Lima - Nueva York (Estados Unidos de América)
- Lima
US $ 1,597.11 x 02 personas (Incluye TUUA) = US $ 3,194.22
Viáticos
US$ 440.00 x 04 días x 02 personas x 40% = US$ 1,408.00
--------------------
Total = US$ 4,602.22
Artículo 3.- Los gastos académicos y de alojamiento
que demande la participación del personal designado,
serán cubiertos por el Programa de Dirección General-
PDG 2019, no irrogando gastos al Tesoro Público; a
excepción de los pasajes aéreos internacionales y viáticos
por alimentación;
Artículo 4.- El señor Comandante General de la
Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la
fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere
el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados y sin
variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el
nombre del personal autorizado.
Artículo 5.- El personal designado, deberá cumplir
con presentar un informe detallado ante el titular de
la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los
resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro
de los quince (15) días calendario contados a partir de la
fecha de retorno al país.
Artículo 6.- La presente autorización no da derecho
a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de
ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE MOSCOSO FLORES
Ministro de Defensa
1794756-1
7NORMAS LEGALESMiércoles 7 de agosto de 2019El Peruano /
Autorizan viaje de oficial del Ejército del
Perú a República Dominicana, en comisión
de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0968-2019 DE/EP
Jesús María, 2 de agosto de 2019
VISTOS:
La Hoja Informativa N° 115/DRIE/SECC RESOL del 01
de julio de 2019, del Comandante General del Ejército;
y, el Dictamen N° 1635-2019/OAJE/L-2, del 01 de julio
de 2019, del Jefe de la Oficina de Asuntos Jurídicos del
Ejército.
CONSIDERANDO:
Que, la Conferencia de los EjércitosAmericanos (CEA),
es una organización militar de carácter internacional,
integrada y dirigida por Ejércitos del Continente
Americano, con la autorización de los gobiernos de los
diferentes países, cuya finalidad es constituirse en un foro
de debates para el intercambio de experiencias entre los
Ejércitos del Continente Americano;
Que, en el artículo 1 del Reglamento de la Conferencia
de Ejércitos Americanos (CEA), establece que la
finalidad de la citada Conferencia es el análisis, debate
e intercambio de ideas y experiencias relacionadas con
materias de interés común en el ámbito de la defensa para
acrecentar la colaboración e integración entre los Ejércitos
y contribuir desde el punto de vista del pensamiento militar
la seguridad, y el desarrollo democrático de los países
miembros;
Que, con Carta de invitación del 20 de mayo de
2019, el Comandante General del Ejército de República
Dominicana, Presidente de la Conferencia de Ejércitos
Americanos (CEA), hace extensivo la invitación al
Comandante General del Ejército; para que, el Oficial
de Enlace ante la Conferencia de Ejércitos Americanos
(CEA), asista a la Reunión Preparatoria de la Conferencia
de Comandantes de Ejércitos Americanos, a realizarse en
la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana, del
12 al 16 de agosto de 2019;
Que, mediante Resolución Directoral N° 03-2019/
DRIE/EP del 20 de enero de 2019, el Director de
Relaciones Internacionales del Ejército, designa al Coronel
EP Héctor Alejandro CELIZ KUONG, para desempeñarse
como Oficial de Enlace ante la Conferencia de Ejércitos
Americanos (CEA) durante el AF-2019;
Que, mediante Hoja de Recomendación N°
0034/W-b.a del 18 de junio de 2019, el Comandante
General del Ejército, propuso la designación del Coronel
EP Héctor Alejandro CELIZ KUONG, Oficial de Enlace
ante la Conferencia de Ejércitos Americanos (CEA), para
participar en la Reunión Preparatoria de la Conferencia de
Comandantes de Ejércitos Americanos, a realizarse en la
ciudad de Santo Domingo, República Dominicana, del 12
al 16 de agosto de 2019;
Que, conforme a lo señalado en la Exposición de
Motivos del 18 de junio de 2019, del Director de Relaciones
Internacionales del Ejército, resulta conveniente para
los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior
en Comisión de Servicio al Oficial de Enlace ante la
Conferencia de Ejércitos Americanos (CEA), para
participar en la Reunión Preparatoria de la Conferencia de
Comandantes de Ejércitos Americanos, en razón de que
contribuirá a coordinar y definir los principales aspectos
administrativos para el desarrollo de la Conferencia de
Comandantes de Ejércitos Americanos; fortaleciendo
permanentemente la imagen y el prestigio del Ejército del
Perú a nivel internacional;
Que, conforme a lo dispuesto en los incisos a) y d)
del artículo 263, del Reglamento de la Conferencia de
Ejércitos Americanos, de junio de 2017, los gastos de
alojamiento y pasajes de ida y vuelta serán sufragados
por las respectivas delegaciones; siendo de cargo
del país anfitrión la alimentación del participante ; en
consecuencia, corresponde otorgar viáticos diarios hasta
por un setenta por ciento (70%) del que corresponde a
la zona geográfica, de acuerdo a lo establecido en la
Resolución Ministerial N° 696-2013-DE/SG, de 16 de
agosto de 2013, que aprueba los porcentajes máximos de
viáticos, en función de la escala detallada en el artículo 1
del Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, para el caso de
invitaciones que incluyan financiamiento parcial de viajes
al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa;
Que, conforme a lo señalado en la Hoja de Gastos
suscrita por el Jefe del Departamento de Presupuesto de
la Dirección de Relaciones Internacionales del Ejército
del 27 de junio de 2019, ningún organismo internacional
cubrirá los gastos de viáticos por alojamiento y pasajes
aéreos internacionales de ida y vuelta, que ocasione
la participación del personal militar en el mencionado
evento; por lo que los gastos se efectuarán con cargo
al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2019 de
la Unidad Ejecutora 003: Ejército Peruano, conforme
a lo establecido en el artículo 13 del Decreto Supremo
N°047-2002-PCM que aprueba normas reglamentarias
sobre autorización de viajes al exterior de servidores y
funcionarios públicos ; y los incisos a) y b) del artículo 10
del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar
y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto
Supremo N° 002-2004-DE/SG;
Que, teniendo en consideración los itinerarios de
los vuelos internacionales y con el fin de prever la
presentación del personal militar nombrado en la fecha
requerida, es necesario autorizar su salida del país con
un (01) día de anticipación, así como su retorno un (01)
día posterior al término del mismo, sin que estos días
adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público;
Estando a lo propuesto por el Comandante General
del Ejército; y,
De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1143,
que aprueba la Ley de Organización y Funciones
del Ministerio de Defensa; la Ley N° 30879, Ley de
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019;
la Ley N° 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes
al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, y su
Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 047-
2002-PCM, y su modificatoria; aprobado con Decreto
Supremo N° 047-2013-PCM, y el Decreto Supremo N°
002-2015-DE, que determina la jerarquía y uso de las
normas de carácter administrativo que se aplicarán en los
distintos órganos del Ministerio;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión
de Servicio, al Coronel EP Héctor Alejandro CELIZ
KUONG, identificado con CIP N° 115911900, DNI N°
43749907, Oficial de Enlace ante la Conferencia de
Ejércitos Americanos (CEA), para participar en la Reunión
Preparatoria de la Conferencia de Comandantes de
Ejércitos Americanos, a realizarse en la ciudad de Santo
Domingo, República Dominicana, del 12 al 16 de agosto
de 2019; así como autorizar su salida del país el 11 de
agosto de 2019 y su retorno al país el 17 de agosto de
2019.
Artículo 2.- El Ministerio de Defensa – Ejército del
Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo
al presupuesto institucional de la Unidad Ejecutora 003:
Ejército del Perú, Año Fiscal 2019, de acuerdo a los
conceptos siguientes:
Pasajes Aéreos:
Lima – Santo Domingo – Lima (Clase Económica)
US$ 1,950.00 x 01 persona (Incluye TUUA) US$. 1,950.00
Viáticos por Comisión de Servicio al Exterior
US$ 315.00 x 01 persona X 05 días X 70 % (12 al 16 Ago 19) US$. 1,102.50
---------------------
Total, a pagar en Dólares Americanos US$. 3,052.50
Artículo 3.- El Comandante General del Ejército
queda facultado para variar la fecha de inicio y término de
la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder
el total de días autorizados, sin variar la actividad para
la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal
autorizado.
8 NORMAS LEGALES Miércoles 7 de agosto de 2019 / El Peruano
Artículo 4.- El Oficial Superior designado deberá
cumplir con presentar un informe detallado ante el titular
de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los
resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro
de los quince (15) días calendario contados a partir de la
fecha de retorno al país.
Artículo 5.- La presente autorización no dará derecho
a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de
ninguna clase o denominación
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE MOSCOSO FLORES
Ministro de Defensa
1794755-1
Autorizan viaje de personal de la Escuela
Conjunta de las Fuerzas Armadas del Perú a
Colombia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0969-2019 DE/SG
Lima, 2 de agosto de 2019
VISTO:
El Oficio Nº 1094-2019-MINDEF/VPD/DIGRIN/e del
17 de julio de 2019, de la Dirección General de Relaciones
Internacionales del Ministerio de Defensa.
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Radicado 108829 MDN-COGFM-
JEMCO-ESDEG-SABESG-VPROI-DEINT-93.1 del 09
de mayo de 2019, el Director de la Escuela Superior
de Guerra General “General Rafael Reyes Prieto” de
la República de Colombia, extiende una invitación para
que cuatro (04) Oficiales Superiores de la Escuela
Conjunta de las Fuerzas Armadas-ECOFFAA, visiten la
referida Institución de Educación Superior con sede en la
ciudad de Bogotá, República de Colombia, en el período
comprendido del 12 al 15 de agosto del año en curso;
en el marco del Entendimiento No. 3 de la XXIII Ronda
de Conversaciones entre el Comando Conjunto de las
Fuerzas Armadas del Perú y el Comando General de las
Fuerzas Militares de Colombia, realizado en setiembre de
2018;
Que, la indicada visita tiene por objeto conocer
los avances académicos alcanzados por la Escuela
Superior de Guerra de Colombia, lo cual redundará
en beneficio del Sector Defensa puesto que serán
introducidos en la mejora continua de la calidad
educativa de la Escuela Conjunta de las Fuerzas
Armadas del Perú; por lo que, la delegación de la
citada Escuela estará conformada por personal de
Oficiales de la planta orgánica;
Que, por medio del Oficio Nº 1065-2019-MINDEF/
VPD/DIGEDOC/DIGCCA del 10 de junio de 2019, el
Director General de Educación y Doctrina solicita al señor
Viceministro de Políticas para la Defensa autorizar la
participación de la delegación de la Escuela Conjunta de
las Fuerzas Armadas que se detalla en la parte resolutiva,
la misma que ha sido aprobada;
Que, con el Oficio Nº 0230-2019-MINDEF/DIGEDOC/
ECOFFAA/ECOPL del 09 de julio de 2019, el Director
General de la Escuela Conjunta de las Fuerzas Armadas
propone al Director General de Educación y Doctrina la
participación del Mayor General FAP, Rommel Enrique
MALPARTIDA Reátegui, Director General de la Escuela
Conjunta de las Fuerzas Armadas; y del Capitán de NAVIO
Luis Alberto CABALLERO Rengifo, Director Académico
de la Escuela Conjunta de las Fuerzas Armadas, para
que conformen la delegación que realizará la actividad
anteriormente referida;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8
del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las
normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al
exterior de servidores y funcionarios públicos, los viáticos
que se otorguen serán por cada día que dure la misión
oficial o el evento;
Que, de acuerdo con la Declaración de Gastos,
suscrita por el Director General de Administración,
corresponde asumir los gastos de pasajes aéreos
internacionales y viáticos que ocasione el presente
viaje al exterior, con cargo al Presupuesto Institucional
del Año Fiscal 2019, de la Unidad Ejecutora 001:
Administración General, conforme a lo establecido en
los literales a) y b) del artículo 10 del Reglamento de
Viajes al exterior del Personal Militar y Civil del Sector
Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-
2004-DE/SG;
Que, teniendo en consideración los itinerarios
de los vuelos internacionales y con el fin de prever
la participación del personal comisionado durante la
totalidad del evento, es necesario autorizar su salida
del país con un (01) día de anticipación, así como
su retorno un (01) día después de la misma, sin que
estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro
Público;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134,
que aprueba la Ley de Organización y Funciones del
Ministerio de Defensa y su Reglamento, aprobado
por Decreto Supremo Nº 006-2016-DE; la Ley Nº
308789, Ley de Presupuesto del Sector Público para
el Año Fiscal 2019; la Ley Nº 27619; Ley que regula
la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y
Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado por
el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto
Supremo Nº 002-2004-DE/SG, y sus modificatorias
que reglamentan los viajes al Exterior del Personal
Militar y Civil del Sector Defensa.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión
de Servicio, del Personal de la Escuela Conjunta de las
Fuerzas Armadas del Perú, que conforma la delegación
que participará en una visita profesional a la Escuela
Superior de Guerra de Colombia, con sede en la ciudad
de Bogotá, República de Colombia, del 12 al 15 de
agosto de 2019; así como autorizar su salida del país
el 11 de agosto de 2019 y el retorno el 16 de agosto de
2019, conforme al detalle siguiente:
- Mayor General FAP Rommel Enrique MALPARTIDA
REÁTEGUI, Director General de la Escuela Conjunta de
las Fuerzas Armadas del Perú, identificado con DNI Nº
10301924.
- Capitán de Navío Luis Alberto CABALLERO
RENGIFO, Director Académico de la Escuela Conjunta de
las Fuerzas Armadas del Perú, identificado con DNI Nº
09490157.
Artículo 2.- El Ministerio de Defensa – Unidad
Ejecutora 001: Administración General, efectuará los
pagos que corresponda, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes Aéreos:
Lima - Bogotá (República de Colombia) - Lima:
US$ 621.36 x 2 personas (Incluye TUUA) US$ 1,242.72
Viáticos:
US$. 370.00 x 2 personas x 4 días US$ 2,960.00
TOTAL US$ 4,202.72
Artículo 3.- El personal comisionado, debe cumplir
con presentar un informe detallado ante el titular de
la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los
resultados obtenidos durante el viaje autorizado dentro
de los quince (15) días calendario contados a partir de
la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo
plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a
lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-
2002-PCM.
9NORMAS LEGALESMiércoles 7 de agosto de 2019El Peruano /
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no
da derecho a exoneración ni liberación de impuestos
aduaneros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE MOSCOSO FLORES
Ministro de Defensa
1794757-1
Aprueban Reglamento del Personal Militar
de las Fuerzas Armadas nombrado en
Agregaduría del Exterior
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0977-2019-DE/SG
Jesús María, 5 de agosto de 2019
VISTOS:
El Oficio Nº 1107-2019-VPD/DIGRIN/f del 18 de julio
de 2019 y los Informes Técnicos Nº 309-2019-MINDEF/
VPD/DIGRIN del 10 de junio de 2019 y 399-2019-MINDEF/
VPD/DIGRIN del 17 de julio de 2019, de la Dirección
General de Relaciones Internacionales; el Informe Nº
00094-2019-MINDEF/VRD-DGPP del 18 de junio de
2019, de la Dirección de Desarrollo Organizacional y
Modernización; y, el Informe Legal de la Oficina General
de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 7) del artículo 6 del Decreto
Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y
Funciones del Ministerio de Defensa establece como una
de sus funciones específicas promover el fortalecimiento
de las relaciones internacionales en materia de Seguridad
y Defensa Nacional, en coordinación con el Ministerio de
Relaciones Exteriores;
Que, el literal j) del artículo 56 del Reglamento de
Organización y Funciones del Ministerio de Defensa,
aprobado por el Decreto Supremo Nº 006-2016-DE,
establece como función de la Dirección de Asuntos
Bilaterales y Agregadurías de Defensa, de la Dirección
General de Relaciones Internacionales, realizar la
actualización de la normativa legal relacionada a las
actividades que desempeña el Personal Militar de las
Fuerzas Armadas en Misión Diplomática;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 028-2006-DE-
SG, se aprueba el Reglamento del Personal Militar de las
Fuerzas Armadas en Misión Diplomática, cuya finalidad
es establecer los requisitos y procedimientos para la
adecuada designación del personal militar, así como los
cargos y funciones que desempeñarán;
Que, mediante los Informes Técnicos Nº
309-2019-MINDEF/VPD/DIGRIN del 10 de junio de
2019 y Nº 399-2019-MINDEF/VPD/DIGRIN del 17
de julio de 2019, la Dirección General de Relaciones
Internacionales sustenta la necesidad de actualizar el
Reglamento antes referido, a fin de hacerlo concordante
con la organización vigente del Ministerio de Defensa,
así como para realizar precisiones en el proceso de
selección del personal militar que será nombrado en
Misión Diplomática;
Que, el numeral 15 del literal B) del artículo 1 del
Decreto Supremo Nº 002-2015-DE, que determina la
jerarquía y uso de normas de carácter administrativo
que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio
de Defensa, establece que con Resolución Ministerial se
aprueba el Reglamento de Agregadurías Militares, razón
por la cual, existe una habilitación expresa para que el
Ministro de Defensa pueda aprobar el instrumento que
regule lo relacionado a las Agregadurías Militares a través
de una resolución ministerial;
Que, el literal jj) del artículo 11 del Reglamento de
Organización y Funciones del Ministerio de Defensa,
aprobado por el Decreto Supremo Nº 006-2016-DE,
establece que el Ministro de Defensa tiene entre sus
funciones: “Dictar las disposiciones normativas que le
correspondan”, lo cual concuerda con la facultad prevista
en el numeral 37) del artículo 10 del Decreto Legislativo
Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones
del Ministerio de Defensa;
Estando a lo propuesto por la Dirección General de
Relaciones Internacionales, con la opinión favorable de la
Dirección de Desarrollo Organizacional y Modernización;
y, con el visto de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto
Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización
y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento
de Organización y Funciones, aprobado por Decreto
Supremo Nº 006-2016-DE.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el Reglamento del Personal
Militar de las Fuerzas Armadas nombrado en Agregaduría
del Exterior, que como anexo forma parte integrante de la
presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente
Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano, y su
anexo, en el portal institucional del Ministerio de Defensa
(www.gob.pe/mindef).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE MOSCOSO FLORES
Ministro de Defensa
1794758-1
DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Designan Jefa de la Unidad Territorial de
Puno del Programa Nacional Cuna Más
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA
Nº 1060-2019-MIDIS/PNCM
Lima, 2 de agosto de 2019
VISTO:
El Memorando Nº 349-2019-MIDIS/PNCM/DE, de la
Dirección Ejecutiva del Programa Nacional Cuna Más;
el Memorando Nº 1456-2019-MIDIS/PNCM/UGTH, de la
Unidad de Gestión del Talento Humano; y el Informe Nº
1193-2019-MIDIS/PNCM/UAJ, de la Unidad de Asesoría
Jurídica y;
CONSIDERANDO:
Que,medianteelDecretoSupremoNº003-2012-MIDIS
y sus modificatorias, se crea el Programa Nacional
Cuna Más, como programa social focalizado, adscrito
al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, con el
propósito de brindar atención integral a niñas y niños
menores de 36 meses de edad en zonas en situación de
pobreza y pobreza extrema;
Qué, los literales c) y j) del artículo 9 del Manual de
Operaciones del Programa Nacional Cuna Más aprobado
mediante Resolución Ministerial Nº 274-2017-MIDIS,
establece como función de la Dirección Ejecutiva, entre
otras: c) Encargar las funciones, delegar funciones y
dar por concluidos dichos cargos cuando lo considere
conveniente, otorgando los poderes necesarios dentro
de los límites legales; y j) Autorizar las acciones y
contrataciones de personal, bajo cualquier régimen
de contratación, de conformidad con los lineamientos
y políticas sectoriales del MIDIS, y en el marco de la
legislación vigente;
Que, el artículo 4, numeral 2, de la Ley Nº 28175, Ley
Marco del Empleo Público, establece que el empleado
de confianza es: El que desempeña cargo de confianza
técnico o político, distinto al del funcionario público. Se
encuentra en el entorno de quien lo designa o remueve
libremente (...);
10 NORMAS LEGALES Miércoles 7 de agosto de 2019 / El Peruano
Que, mediante Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil,
se establece un régimen único y exclusivo para las
personas que prestan servicios en las entidades públicas
del Estado, así como para aquellas personas que están
encargadas de su gestión, del ejercicio de sus potestades
y de la prestación de servicios a cargo de estas;
Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva
Nº 962-2019-MIDIS/PNCM, se encarga a la señora
ROSARIO CONDORI CONDORI como Jefa de la Unidad
Territorial Puno del Programa Nacional Cuna Más;
Que, mediante el Memorando Nº 1456-2019-MIDIS/
PNCM/UGTH, de la Unidad de Gestión del Talento Humano,
solicita se designe como jefa de la Unidad Territorial Puno del
ProgramaNacionalCunaMásalaseñoraYELITZALINARES
PORTILLA, de acuerdo a la propuesta de la Dirección
Ejecutiva efectuada por Memorando Nº 349-2019-MIDIS/
PNCM/DE, precisando que se ha procedido a verificar el
cumplimiento de los requisitos mínimos para el cargo en
mención, conforme al Manual Clasificador de Cargos del
Programa Nacional Cuna Más, aprobado por Resolución de
Dirección Ejecutiva Nº 1603-2017-MIDIS/PNCM, el cual se
encuentra conforme;
Que, teniéndose en cuenta el memorando del Visto,
la Unidad de Asesoría Jurídica emite opinión favorable,
señalando que corresponde se emita el acto resolutivo
que designe, a partir del 07 de agosto de 2019, a la señora
YELITZA LINARES PORTILLA en el cargo de Jefa de la
Unidad Territorial Puno del Programa Nacional Cuna Más;
Con el visado de la Unidad de Gestión del Talento
Humano, y de la Unidad de Asesoría Jurídica; y,
Que, de conformidad con el Decreto Supremo Nº
003-2012-MIDIS modificado por el Decreto Supremo
Nº 014-2017-MIDIS, la Resolución Ministerial
Nº 274-2017-MIDIS, la Resolución Ministerial
Nº 311-2018-MIDIS, la Resolución Ministerial Nº
082-2019-MIDIS, y conforme los instrumentos internos de
gestión del Programa Nacional Cuna Más del Ministerio
de Desarrollo e Inclusión Social;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- DAR POR CONCLUIDA, a partir del 07 de
agosto de 2019, la encargatura de la señora ROSARIO
CONDORI CONDORI, como Jefa de la Unidad Territorial
de Puno del Programa Nacional Cuna Más, dándosele las
gracias por los servicios prestados.
Artículo 2.- DESIGNAR a la señora YELITZA
LINARES PORTILLA, en el cargo de Jefa de la Unidad
Territorial de Puno del Programa Nacional Cuna Más, a
partir del 07 de agosto de 2019.
Artículo 3.- NOTIFICAR la presente resolución a la
servidora y a la Unidad de Gestión del Talento Humano,
para conocimiento y fines.
Artículo 4.- DISPONER la publicación de la presente,
en el diario oficial “El Peruano” y en el Portal Institucional
del Programa Nacional Cuna Más (www.cunamas.gob.
pe).
Regístrese, notifíquese y publíquese.
MARÍA MÓNICA MORENO SAAVEDRA
Directora Ejecutiva
Programa Nacional Cuna Más
1794854-1
ECONOMIA Y FINANZAS
Oficializan el “VII Congreso Nacional
de Contabilidad y Finanzas Públicas”,
organizado por el Colegio de Contadores
Públicos de Lima, a llevarse a cabo en la
ciudad de Lima
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 012-2019-EF/51.01
Lima, 25 de julio de 2019
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el párrafo 5.1
del artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1438, Decreto
Legislativo del Sistema Nacional de Contabilidad,
la Dirección General de Contabilidad Pública del
Ministerio de Economía y Finanzas, como ente rector
del Sistema, vela por una permanente capacitación y
actualización del profesional contable, a efecto que
ejerza su actividad con idoneidad en los sectores
público y privado;
Que, con ese propósito, el inciso 12 del párrafo 5.2 del
artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1438, establece como
función de la Dirección General de Contabilidad Pública,
oficializar los eventos relacionados con la contabilidad que
organicen la Junta de Decanos de Colegios de Contadores
Públicos del Perú y sus Colegios de Contadores Públicos
Departamentales;
Que, mediante Oficio Nº 269-2019-CCPL, el Colegio
de Contadores Públicos de Lima, solicita oficializar el
evento académico “VII Congreso Nacional de Contabilidad
y Finanzas Públicas”, que se llevará a cabo en la ciudad
de Lima los días 17 y 18 de octubre del presente año
y cuyo propósito, es dotar de conocimiento técnico y
práctico sobre las normas y procedimientos que rigen los
sistemas administrativos del Sector Público; y,
De conformidad con lo dispuesto en el inciso 12 del
párrafo 5.2 del artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1438,
Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Contabilidad
Pública;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Oficialización de Evento Contable
Oficializar el “VII Congreso Nacional de Contabilidad
y Finanzas Públicas”, organizado por el Colegio de
Contadores Públicos de Lima, a llevarse a cabo en la
ciudad de Lima los días 17 y 18 de octubre de 2019.
Artículo 2.- Publicación y Difusión
Disponer la publicación de la presente Resolución
Directoral en el Diario Oficial “El Peruano”, así como, en el
Portal Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas:
http://www.mef.gob.pe en la misma fecha de publicación
que en el Diario Oficial.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OSCAR A. PAJUELO RAMÍREZ
Director General
Dirección General de Contabilidad Pública
1794884-1
EDUCACION
Designan Jefe de la Oficina General de
Comunicaciones, dependiente de la
Secretaría General del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 391-2019-MINEDU
Lima, 5 de agosto de 2019
VISTOS, el Expediente Nº DMM2019-EXT-0157204,
el Informe Nº 00215-2019-MINEDU/SG-OGRH de la
Oficina General de Recursos Humanos; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante el artículo 2 de la Resolución
Ministerial Nº 136-2019-MINEDU, se designó a la Jefa de
la Oficina General de Comunicaciones, dependiente de la
Secretaría General del Ministerio de Educación;
Que, la citada funcionaria ha presentado su renuncia
al cargo que venía desempeñando, por lo que resulta
necesario aceptar la referida renuncia y designar al
11NORMAS LEGALESMiércoles 7 de agosto de 2019El Peruano /
funcionario que ejercerá el cargo de Jefe de la Oficina
General de Comunicaciones;
Con la visación de la Secretaría General, de la Oficina
General de Recursos Humanos y de la Oficina General de
Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo previsto en el Decreto Ley
Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación,
modificado por la Ley Nº 26510; en la Ley Nº 27594,
Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el
nombramiento y designación de funcionarios públicos;
y, en el Reglamento de Organización y Funciones del
Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo
Nº 001-2015-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por la
señora ZULLY PAMELA BISMARCK DEXTRE al cargo
de Jefa de la Oficina General de Comunicaciones,
dependiente de la Secretaría General del Ministerio
de Educación, dándosele las gracias por los servicios
prestados.
Artículo 2.- Designar al señor JOAO MANUEL
PACHECO CASTRO en el cargo de Jefe de la Oficina
General de Comunicaciones, dependiente de la Secretaría
General del Ministerio de Educación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FLOR PABLO MEDINA
Ministra de Educación
1794869-1
Autorizan al Ministerio otorgar
subvenciones a favor de CÁRITAS DEL PERÚ
y CARE PERÚ, destinadas a implementar
propuestas de servicio educativo en
Instituciones Educativas del nivel primaria,
que brindan el servicio educativo
multigrado monolingüe castellano
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 393-2019-MINEDU
Lima, 5 de agosto de 2019
VISTOS, el Expediente Nº 2019-0102996 y el Informe
Nº 202-2019-MINEDU/VMGP-DIGEIBIRA-DISER de la
Dirección de Servicios Educativos en el Ámbito Rural,
el Oficio Nº 0355-2019-MINEDU/VMGP-DIGEIBIRA de
la Dirección General de Educación Básica Alternativa,
Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el
Ámbito Rural y el Memorándum Nº 00602-2019-MINEDU/
SPE-OPEP de la Oficina de Planificación Estratégica y
Presupuesto; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 3 de la Ley Nº 28044, Ley General
de Educación, establece que la educación es un derecho
fundamental de la persona y de la sociedad; y que el
Estado garantiza el ejercicio del derecho a una educación
integral y de calidad para todos y la universalización de la
educación básica;
Que, asimismo, el artículo 12 de la citada Ley,
señala que para asegurar la universalización de la
educación básica en todo el país como sustento del
desarrollo humano, la educación es obligatoria para
los estudiantes de los niveles de inicial, primaria y
secundaria. El Estado provee los servicios públicos
necesarios para lograr este objetivo y garantiza que
el tiempo educativo se equipare a los estándares
internacionales;
Que, mediante Resolución de Secretaría General
Nº 256-2016-MINEDU se aprueban los Lineamientos
para el Mejoramiento del Servicio Educativo Multigrado
Rural, que establece en su numeral 6.2 como objetivo
específico “implementar ofertas pedagógicas pertinentes,
que respondan a las características de los contextos
socioculturales, lingüísticos y del servicio educativo
multigrado rural, en concordancia con las normas y
documentos curriculares vigentes”;
Que, el artículo 36 de la Ley Nº 30879, Ley de
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019,
autoriza, excepcionalmente, al Ministerio de Educación,
para otorgar subvenciones, hasta por el monto de S/ 8
158 400,00 (OCHO MILLONES CIENTO CINCUENTA Y
OCHO MIL CUATROCIENTOS Y 00/100 SOLES) a favor
de entidades privadas sin fines de lucro e instituciones
comprendidas en el Acuerdo Internacional aprobado
por Decreto Ley Nº 23211, en el marco de lo dispuesto
en la Ley Nº 28044, Ley General de Educación y su
Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-
2012-ED, para la implementación de propuestas de
servicio educativo en instituciones educativas públicas
del nivel de educación primaria y secundaria, ubicadas
en el ámbito rural y en instituciones educativas públicas
que brindan servicio bajo el modelo de servicio
educativo Secundaria con Residencia Estudiantil.
Dichas subvenciones se aprueban mediante resolución
del titular del pliego Ministerio de Educación, previa
suscripción de convenio, para lo cual se requiere el
informe favorable de la oficina de presupuesto o la que
haga sus veces;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº
054-2019-MINEDU, se aprueba la Norma Técnica que
establece disposiciones para el otorgamiento, ejecución
y rendición de cuentas de los recursos financieros
otorgados mediante subvenciones a favor de entidades
privadas sin fines de lucro e instituciones comprendidas
en el acuerdo internacional aprobado por Decreto Ley
Nº 23211 para la implementación de propuestas de
servicio educativo en instituciones educativas públicas
del nivel de educación primaria que brindan el servicio
educativo multigrado monolingüe castellano en el
ámbito rural;
Que, mediante Convenio Nº 122-2019-MINEDU,
de fecha 19 de julio 2019, el Ministerio de Educación
y CÁRITAS DEL PERÚ han suscrito un Convenio de
Colaboración Interinstitucional para la implementación
del servicio educativo contemplado en la Resolución
Ministerial Nº 054-2019-MINEDU;
Que, mediante Convenio Nº 123-2019-MINEDU,
de fecha 19 de julio 2019, el Ministerio de Educación y
CARE PERÚ han suscrito un Convenio de Colaboración
Interinstitucional, para la implementación del servicio
educativo contemplado en la Resolución Ministerial Nº
054-2019-MINEDU;
Que, el artículo 123 del Reglamento de Organización
y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por
Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU, establece
que la Dirección de Servicios Educativos en el Ámbito
Rural es responsable de formular e implementar
articuladamente las políticas, planes, propuestas
pedagógicas de los servicios educativos brindados
en instituciones educativas multigrado monolingüe
castellano; así como los servicios educativos
específicos para el ámbito rural;
Que, con Informe Nº 202-2019-MINEDU/VMGP-
DIGEIBIRA-DISER, la Dirección de Servicios
Educativos en el ámbito Rural manifiesta que la
subvención a la propuesta de servicio educativo
de CÁRITAS DEL PERÚ permitirá incrementar los
niveles de comprensión lectora y de matemática en los
estudiantes de 1º a 6º grado, para lo cual desarrollarán
actividades pedagógicas, de gestión y de soporte
con elementos innovadores, alineados a la política
educativa nacional vigente. La propuesta de servicio
educativo permitirá beneficiar a mil ciento ochenta y un
(1 181) estudiantes de instituciones educativas primaria
multigrado monolingüe castellano, de las regiones de
Huánuco y Pasco;
Que, asimismo, mediante el Informe al que se hace
referencia en el considerando anterior, la Dirección de
Servicios Educativos en el ámbito Rural señala que la
subvención a la propuesta de servicio educativo de CARE
12 NORMAS LEGALES Miércoles 7 de agosto de 2019 / El Peruano
PERÚ permitirá incrementar los niveles de comprensión
lectora y de matemática en los estudiantes de 1º a 6º
grado, para lo cual desarrollarán actividades pedagógicas,
de gestión y de soporte con elementos innovadores,
alineados a la política educativa nacional vigente. La
propuesta de servicio educativo permitirá beneficiar a mil
doscientos quince (1 215) estudiantes de instituciones
educativas primaria multigrado monolingüe castellano, de
las regiones de Amazonas y Cajamarca;
Que, mediante Memorándum Nº
00602-2019-MINEDUDU/SPE-OPEP, la Oficina de
Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría
de Planificación Estratégica emite opinión favorable en
materia presupuestal; adicionalmente, informa que el
otorgamiento de la subvención corresponde a la Fuente
de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios;
Con el visado del Despacho Viceministerial de
Gestión Pedagógica, de la Secretaría General, de la
Secretaría de Planificación Estratégica, de la Oficina de
Planificación Estratégica y Presupuesto, de la Unidad de
Planificación y Presupuesto, de la Dirección General de
Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de
Servicios Educativos en el Ámbito Rural, de la Dirección
de Servicios Educativo en el Ámbito Rural y de la Oficina
de Asesoría Jurídica;
De conformidad, con lo previsto en el Decreto
Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de
Educación, modificado por la Ley Nº 26510; DL Nº
1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional
de Presupuesto Público, La Ley Nº 30879, Ley de
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2019 y el Reglamento de Organización y Funciones
del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto
Supremo Nº 001-2015-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizase al Ministerio de Educación
otorgar la subvención según lo establecido en el artículo
36 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector
Público del Año Fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 2
125 677,91 (DOS MILLONES CIENTO VEINTICINCO
MIL SEISCIENTOS SETENTA Y SIETE CON 91/100
SOLES), por la Fuente de Financiamiento 1: Recursos
Ordinarios, a favor de CÁRITAS DEL PERÚ, destinada
a implementar una propuesta de servicio educativo
en Instituciones Educativas del nivel primaria, que
brindan el servicio educativo multigrado monolingüe
castellano ubicadas en las regiones de Huánuco y
Pasco, beneficiando a mil ciento ochenta y un (1 181)
estudiantes, en cumplimiento de los establecido en el
Convenio Nº 122-2019-MINEDU.
Artículo 2.- Autorizase al Ministerio de Educación
otorgar la subvención según lo establecido en el artículo
36 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector
Público del año fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 2 187
000,00 (DOS MILLONES CIENTO OCHENTAY SIETE MIL
CON 00/100 SOLES), por la Fuente de Financiamiento 1:
Recursos Ordinarios, a favor de CARE PERÚ, destinada
a implementar una propuesta de servicio educativo en
Instituciones Educativas del nivel primaria, que brindan
el servicio educativo multigrado monolingüe castellano
ubicadas en las regiones de Amazonas y Cajamarca,
beneficiando a mil doscientos quince (1 215) estudiantes,
en cumplimiento de los establecido en el Convenio Nº
123-2019-MINEDU.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente
Resolución en el Sistema de Información Jurídica de
Educación - SIJE, ubicado en el Portal Institucional del
Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo
día de la publicación de la presente Resolución en el
Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FLOR PABLO MEDINA
Ministra de Educación
1794869-2
INTERIOR
Dan por concluida designación de Vocal del
Tribunal de Disciplina Policial
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 1182-2019-IN
Lima, 5 de agosto de 2019
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 30714, Ley que regula el Régimen
Disciplinario de la Policía Nacional del Perú, establece en
el artículo 41 que el Tribunal de Disciplina Policial “tiene
su sede principal en la capital de la República, pudiendo
contar con Salas Descentralizadas a nivel nacional. El
reglamento dispondrá las condiciones para la creación
de Salas, en función de la carga procesal. Cada Sala
estará compuesta por tres (3) Vocales, cuya designación
y conformación se dispone por resolución ministerial (…)”;
Que, a través del artículo 2 de la Resolución Ministerial
N° 006-2018-IN, se dispuso la conformación del Tribunal
de Disciplina Policial del Ministerio del Interior, según
la siguiente estructura: (i) Primera Sala del Tribunal
de Disciplina Policial, (ii) Segunda Sala del Tribunal
de Disciplina Policial, (iii) Tercera Sala del Tribunal de
Disciplina Policial y Cuarta Sala del Tribunal de Disciplina
Policial, cada una de ellas compuesta por tres (03) vocales
y una Secretaría Técnica;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 007-2018-IN,
se designó a los Vocales del Tribunal de Disciplina Policial
del Ministerio del Interior, entre otros, al señor Kenneth
Eduard Garcés Trelles;
Que, se ha visto por conveniente dar por concluida la
designación antes referida;
Con la visación de la Oficina General de Gestión de
Recursos Humanos y de la Oficina General de Asesoría
Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158,
la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30714,
Ley que regula el Régimen Disciplinario de la Policía
Nacional del Perú; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley
de Organización y Funciones del Ministerio del Interior
y modificatorias; el Decreto Supremo N° 014-2019-IN,
que aprueba la Sección Primera del Reglamento de
Organización y Funciones del MININTER; y, la Resolución
Ministerial N° 1050-2019-IN, que aprueba la Sección
Segunda del Reglamento de Organización y Funciones
del MININTER;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Dar por concluida la designación del
señor Kenneth Eduard Garcés Trelles, como Vocal del
Tribunal de Disciplina Policial del Ministerio del Interior,
agradeciéndole por los servicios prestados a la institución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS MORÁN SOTO
Ministro del Interior
1794761-1
Dan por concluidas designaciones de
Vocales de la Cuarta Sala del Tribunal de
Disciplina Policial
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 1183-2019-IN
Lima, 5 de agosto de 2019
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 30714, Ley que regula el Régimen
Disciplinario de la Policía Nacional del Perú, establece
13NORMAS LEGALESMiércoles 7 de agosto de 2019El Peruano /
en el artículo 41 que el Tribunal de Disciplina Policial
“tiene su sede principal en la capital de la República,
pudiendo contar con Salas Descentralizadas a nivel
nacional. El reglamento dispondrá las condiciones para
la creación de Salas, en función de la carga procesal.
Cada Sala estará compuesta por tres (3) Vocales, cuya
designación y conformación se dispone por resolución
ministerial (…)”;
Que, a través del artículo 2 de la Resolución Ministerial
N° 006-2018-IN, se dispuso la conformación del Tribunal
de Disciplina Policial del Ministerio del Interior, según
la siguiente estructura: (i) Primera Sala del Tribunal
de Disciplina Policial, (ii) Segunda Sala del Tribunal
de Disciplina Policial, (iii) Tercera Sala del Tribunal de
Disciplina Policial y Cuarta Sala del Tribunal de Disciplina
Policial, cada una de ellas compuesta por tres (03) vocales
y una Secretaría Técnica;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 589-2018-IN,
se designó al señor Gonzalo Raúl Ames Ramello, como
Vocal de la Cuarta Sala del Tribunal de Disciplina Policial
del Ministerio del Interior;
Que, se ha visto por conveniente dar por concluida la
designación antes referida;
Con la visación de la Oficina General de Gestión de
Recursos Humanos y de la Oficina General de Asesoría
Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158,
la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30714,
Ley que regula el Régimen Disciplinario de la Policía
Nacional del Perú; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley
de Organización y Funciones del Ministerio del Interior
y modificatorias; el Decreto Supremo N° 014-2019-IN,
que aprueba la Sección Primera del Reglamento de
Organización y Funciones del MININTER; y, la Resolución
Ministerial N° 1050-2019-IN, que aprueba la Sección
Segunda del Reglamento de Organización y Funciones
del MININTER;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Dar por concluida la designación
del señor Gonzalo Raúl Ames Ramello, como Vocal
de la Cuarta Sala del Tribunal de Disciplina Policial del
Ministerio del Interior, agradeciéndole por los servicios
prestados a la institución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS MORÁN SOTO
Ministro del Interior
1794761-2
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 1184-2019-IN
Lima, 5 de agosto de 2019
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 30714, Ley que regula el Régimen
Disciplinario de la Policía Nacional del Perú, establece en
el artículo 41 que el Tribunal de Disciplina Policial “tiene
su sede principal en la capital de la República, pudiendo
contar con Salas Descentralizadas a nivel nacional. El
reglamento dispondrá las condiciones para la creación
de Salas, en función de la carga procesal. Cada Sala
estará compuesta por tres (3) Vocales, cuya designación
y conformación se dispone por resolución ministerial (…)”;
Que, a través del artículo 2 de la Resolución Ministerial
N° 006-2018-IN, se dispuso la conformación del Tribunal
de Disciplina Policial del Ministerio del Interior, según
la siguiente estructura: (i) Primera Sala del Tribunal
de Disciplina Policial, (ii) Segunda Sala del Tribunal
de Disciplina Policial, (iii) Tercera Sala del Tribunal de
Disciplina Policial y Cuarta Sala del Tribunal de Disciplina
Policial, cada una de ellas compuesta por tres (03) vocales
y una Secretaría Técnica;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 589-2018-IN,
se designó a la señora Rebeca Alexandra Prado Monge,
como Vocal de la Cuarta Sala del Tribunal de Disciplina
Policial del Ministerio del Interior;
Que, se ha visto por conveniente dar por concluida la
designación antes referida;
Con la visación de la Oficina General de Gestión de
Recursos Humanos y de la Oficina General de Asesoría
Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158,
la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30714,
Ley que regula el Régimen Disciplinario de la Policía
Nacional del Perú; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley
de Organización y Funciones del Ministerio del Interior
y modificatorias; el Decreto Supremo N° 014-2019-IN,
que aprueba la Sección Primera del Reglamento de
Organización y Funciones del MININTER; y, la Resolución
Ministerial N° 1050-2019-IN, que aprueba la Sección
Segunda del Reglamento de Organización y Funciones
del MININTER;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Dar por concluida la designación de
la señora Rebeca Alexandra Prado Monge, como Vocal
de la Cuarta Sala del Tribunal de Disciplina Policial del
Ministerio del Interior, agradeciéndole por los servicios
prestados a la institución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS MORÁN SOTO
Ministro del Interior
1794761-3
JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Autorizan viaje de Procurador Público Ad
Hoc para el caso Odebrecht y otras a Brasil,
en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0306-2019-JUS
Lima, 6 de agosto de 2019
VISTOS, los Oficios N° 678-2019-JUS/CDJE-PPAH
y N° 705-2019-JUS/CDJE-PPAH de la Procuraduría
Pública Ad Hoc para que ejerza la defensa jurídica de
los derechos e intereses del Estado peruano ante los
órganos jurisdiccionales y no jurisdiccionales, nacionales
e internacionales, en las investigaciones y procesos
vinculados a delitos de corrupción de funcionarios, lavado
de activos y otros conexos en los que habría incurrido la
empresa Odebrecht y otras; los Oficios N° 3098-2019-JUS/
CDJE y N° 3646-2019-JUS/CDJE de la Secretaría Técnica
del Consejo de Defensa Jurídica del Estado; el Informe
N° 275-2019-JUS/OGPM y el Oficio N° 1852-2019-JUS/
OGPM-OPRE, de la Oficina General de Planeamiento,
Presupuesto y Modernización; y, el Informe N° 825-2019-
JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, mediante documentos de vistos, la
Procuraduría Pública Ad Hoc para que ejerza la defensa
jurídica de los derechos e intereses del Estado peruano
ante los órganos jurisdiccionales y no jurisdiccionales,
nacionales e internacionales, en las investigaciones
y procesos vinculados a delitos de corrupción de
funcionarios, lavado de activos y otros conexos en los
que habría incurrido la empresa Odebrecht y otras,
en adelante, Procuraduría Pública Ad Hoc para el
caso Odebrecht y otras, informa que, en atención a lo
comunicado en la Providencias Fiscales N° 372-2019
y N° 373-2019 del Noveno Despacho Transitorio de la
14 NORMAS LEGALES Miércoles 7 de agosto de 2019 / El Peruano
Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en
Delitos de Corrupción de Funcionarios, la declaración
del señor Valfredo de Assis Ribeiro, programada para el
día 23 de julio de 2019, ha sido cancelada, teniéndose
como nueva fecha para dicha diligencia el 08 de
agosto de 2019 a las 14:00 horas (hora Brasil) en la
Procuraduría de Bahía, ciudad de Salvador de Bahía,
República Federativa del Brasil; asimismo, informa que
la declaración del señor Marcos de Moura Wanderley
ha sido programada para el día 09 de agosto de 2019
a las 14:00 horas (hora Brasil), en la Procuraduría
de la República de Sao Paulo, ciudad de Sao Paulo,
República Federativa del Brasil;
Que, en estos términos, se solicita la autorización de
viaje del señor Jorge Miguel Ramírez Ramírez, Procurador
Público Ad Hoc para el caso Odebrecht y otras, a
efectos que participe en las mencionadas diligencias, en
representación del Estado peruano;
Que, asimismo, de los documentos que se acompañan,
se verifica que la participación del citado Procurador
Público Ad Hoc podrá reforzar los argumentos de
defensa del Estado peruano y ayudar al esclarecimiento
de los hechos, así como identificar a los implicados y
adoptarse las medidas que permitan cautelar el cobro de
la reparación civil;
Que, teniendo en cuenta la importancia y trascendencia
de las diligencias a realizarse, resulta de interés
institucional autorizar el viaje del señor Jorge Miguel
Ramírez Ramírez, a efectos que participe en dichos actos
en representación del Estado peruano. Asimismo, por
razones de itinerario es pertinente autorizar el viaje del
Procurador Público Ad Hoc para el caso Odebrecht y
otras, del 07 al 10 de agosto de 2019;
Que, los gastos que genere dicho viaje serán asumidos
con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de
Justicia y Derechos Humanos;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158,
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29809, Ley
de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia
y Derechos Humanos; el Decreto Supremo N° 013-
2017-JUS, Reglamento de Organización y Funciones
del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; la Ley
N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para
el Año Fiscal 2019; la Ley N° 27619, Ley que regula
la autorización de viajes al exterior de servidores
y funcionarios públicos, y sus modificatorias; y, el
Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba
normas reglamentarias sobre autorización de viajes
al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus
modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Jorge
Miguel Ramírez Ramírez, Procurador Público Ad Hoc
para el caso Odebrecht y otras, del 07 al 10 de agosto
de 2019, a las ciudades de Salvador de Bahía y Sao
Paulo, República Federativa del Brasil, por los motivos
expuestos en la parte considerativa de la presente
Resolución.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de lo dispuesto en la presente Resolución, serán
cubiertos con recursos del presupuesto del Ministerio
de Justicia y Derechos Humanos, de acuerdo al
siguiente detalle:
Jorge Miguel Ramírez Ramírez, Procurador
Público Ad Hoc para el caso Odebrecht y otras.
Pasajes US$ 1,989.62
Viáticos x 03 días US$ 1,110.00
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días
calendario siguientes a la culminación del viaje,
el servidor citado en el artículo 1 de la presente
Resolución deberá presentar ante el Titular de la
Entidad un informe dando cuenta de las acciones
realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de
cuentas por los viáticos entregados.
Artículo 4.- La presente autorización no otorga
derecho a exoneración o liberación de impuestos de
aduana de cualquier clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS
Ministro de Justicia y Derechos Humanos
1794883-1
MUJER Y POBLACIONES
VULNERABLES
Encargan funciones de funcionario
responsabledebrindarinformaciónpública
solicitada al Consejo Nacional para la
Integración de la Persona con Discapacidad
- CONADIS
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA
Nº 058-2019-CONADIS/PRE
Lima, 5 de agosto de 2019
VISTO:
El Memorando Nº 644-2019-CONADIS/SG de la
Secretaría General; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 63 de la Ley Nº 29973, Ley General
de la Persona con Discapacidad, establece que el
Consejo Nacional para la Integración de la Persona con
Discapacidad – CONADIS, es el órgano especializado en
cuestiones relativas a la discapacidad, el mismo que está
constituido como un organismo público ejecutor adscrito
al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, con
autonomía técnica, administrativa, de administración,
económica y financiera, el cual es además un pliego
presupuestario;
Que, el Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº
27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información
Pública, aprobado con Decreto Supremo Nº 043-2003–
PCM, tiene por finalidad promover la transparencia
y acceso a la información consagrado en el numeral
5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú;
estableciendo que el Estado tiene la obligación de
entregar la información que demanden las personas en
aplicación del Principio de Publicidad; así también, precisa
que las entidades identificarán, bajo responsabilidad de
su máximo representante, al funcionario responsable de
brindar información pública;
Que, conforme al segundo párrafo del artículo 4
del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso
a la Información Pública, aprobado por Decreto
Supremo Nº 072-2003-PCM, la designación de los
funcionarios responsables de entregar la información
y del funcionario responsable de la elaboración y
actualización del Portal se efectúa mediante Resolución
de la máxima autoridad de la Entidad, y se publica en el
Diario Oficial “El Peruano”;
Que, a través de la Resolución de Presidencia Nº
021-2018-CONADIS/PRE, se designó al señor Eduardo
Ulises Arroyo Villacorta como responsable de brindar la
información pública solicitada al Consejo Nacional para la
Integración de la Persona con Discapacidad – CONADIS;
Que, mediante Nota Nº 343-2019-CONADIS/OAD-
UREH, la Unidad de Recursos Humanos informa que el
servidor Eduardo Ulises Arroyo Villacorta iniciará el goce
de su periodo vacacional de treinta (30) días calendario, a
partir del 05 de agosto de 2019;
Que, con Resolución de Presidencia Nº
52-2019-CONADIS/PRE, se designó a la señora Haydee
15NORMAS LEGALESMiércoles 7 de agosto de 2019El Peruano /
Roxana Alviar Luperdi como Asesora de la Secretaría
General (Asesora II CAP Nº 009) del Consejo Nacional
para la Integración de la Persona con Discapacidad –
CONADIS;
Que, mediante documento de visto, la Secretaría
General del CONADIS solicita se encargue a la señora
Haydee RoxanaAlviar Luperdi, en adición a sus funciones,
la responsabilidad de brindar información pública del
Consejo Nacional para la Integración de la Persona
con Discapacidad; por lo tanto, resulta procedente la
aprobación del presente acto resolutivo;
Con la visación de la Secretaría General y de la Oficina
de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº
29973, Ley General de la Persona con Discapacidad,
y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº
002-2014-MIMP; el Texto Único Ordenado (TUO) de
la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la
Información Pública, aprobado con Decreto Supremo
Nº 043-2003-PCM, y su Reglamento aprobado por
Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM; el Reglamento
de Organización y Funciones del Consejo Nacional
para la Integración de la Persona con Discapacidad
– CONADIS, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-
2016-MIMP; y, la Resolución Suprema Nº 006-2017-
MIMP;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Encargar a la señora Haydee Roxana
Alviar Luperdi, a partir del 05 de agosto de 2019, en
adición a sus funciones la responsabilidad de brindar la
información pública solicitada al Consejo Nacional para la
Integración de la Persona con Discapacidad – CONADIS,
en tanto dure la ausencia del servidor designado en dicha
función.
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente
Resolución en el Diario Oficial “El Peruano” y en el Portal
Institucional del Consejo Nacional para la Integración de
la Persona con Discapacidad (https://www.gob.pe/mimp/
conadis).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DARÍO PORTILLO ROMERO
Presidente
Consejo Nacional para la Integración
de la Persona con Discapacidad
1794866-1
PRODUCE
Designan responsable titular de brindar
información pública del Instituto
Tecnológico de la Producción (ITP) y
ratifican a la alterna responsable
INSTITUTO TECNOLÓGICO
DE LA PRODUCCIÓN
RESOLUCIÓN EJECUTIVA
Nº 172-2019-ITP/DE
Lima, 2 de agosto de 2019
CONSIDERANDO:
Que, en virtud de lo dispuesto por el artículo 3 del Texto
Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia
y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto
Supremo Nº 43-2003-PCM, la máxima autoridad de
cada una de las entidades de la administración pública,
tiene la obligación de adoptar las medidas necesarias,
dentro de su ámbito funcional, que permitan garantizar el
ejercicio del derecho de acceso a la información pública
y el cumplimiento de las obligaciones de transparencia
en la Entidad; para cuyo efecto deberá designar a los
funcionarios responsables de entregar la información de
acceso público;
Que, mediante el artículo 2 de la Resolución Ejecutiva
Nº 14-2019-ITP/DE de fecha 21 de enero de 2019, se
designa a Rocío Armas Cárdenas, Jefa de la Oficina de
Gestión de Recursos Humanos, como titular responsable
de brindar información pública del Instituto Tecnológico
de la Producción (ITP) y a su alterna, conforme a las
disposiciones establecidas en el Texto Único Ordenado
de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la
Información Pública, aprobado por el Decreto Supremo
Nº 43-2003-PCM y su Reglamento, aprobado mediante
Decreto Supremo Nº 72-2003-PCM;
Que, por la Resolución Ejecutiva Nº 115-2019-ITP/
DE de fecha 31 de mayo de 2019, se acepta la renuncia
efectuada por Rocío Armas Cárdenas, al cargo de
confianza de Jefa de la Oficina de Gestión de Recursos
Humanos del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP),
siendo su último día de funciones el 31 de mayo de 2019,
dándole las gracias por los servicios prestados;
Que, por necesidad del servicio, resulta necesario
designar al responsable de brindar información pública
del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP);
Con la visación de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto
Legislativo Nº 92, modificado por el Decreto
Legislativo Nº 1451 se crea el Instituto Tecnológico
de la Producción (ITP); el Texto Único Ordenado de
la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la
Información Pública, aprobado por el Decreto Supremo
Nº 43-2003-PCM, su Reglamento, aprobado mediante
Decreto Supremo Nº 72-2003-PCM; el Reglamento de
Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de
la Producción (ITP), aprobado por el Decreto Supremo
Nº 005-2016-PRODUCE;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Dar por concluida la designación de la
señora Rocío Armas Cárdenas, como titular responsable
de brindar información pública del Instituto Tecnológico
de la Producción (ITP), efectuada por el artículo 2 de la
Resolución Ejecutiva Nº 14-2019-ITP/DE.
Artículo 2.- Designar al señor Alejandro Lorenzo
Gonzales González, Jefe de la Oficina de Gestión de
Recursos Humanos, como titular responsable de brindar
información pública del Instituto Tecnológico de la
Producción (ITP).
Artículo 3.- Ratificar la designación de la señorita
Diana Julia Canaval Zenon, personal contratado bajo
el régimen de contratación administrativa de servicios –
CAS, como alterna responsable de brindar información
pública del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP)
quien reemplazará al titular en su ausencia.
Artículo 4.- Los órganos del Instituto Tecnológico
de la Producción (ITP), bajo responsabilidad, deberán
proporcionar la información y/o documentación necesaria
dentro de los plazos establecidos en las normas vigentes,
para que los servidores designados mediante la presente
resolución cumplan la labor encomendada.
Artículo 5.- Disponer que la Oficina de Administración
coloque una copia de la presente Resolución en un lugar
visible en cada una de las sedes administrativas del
Instituto Tecnológico de la Producción (ITP).
Artículo 6.- Publíquese la presente Resolución en el
Diario Oficial “El Peruano”.
Artículo 7.- Disponer que la Oficina de Tecnologías
de la Información publique la presente Resolución en
el Portal Institucional del Instituto de Tecnológico de la
Producción (ITP) https://www.gob.pe/produce/itp el mismo
día de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SERGIO RODRIGUEZ SORIA
Director Ejecutivo
1794254-1
16 NORMAS LEGALES Miércoles 7 de agosto de 2019 / El Peruano
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17NORMAS LEGALESMiércoles 7 de agosto de 2019El Peruano /
TRABAJO Y PROMOCION
DEL EMPLEO
Aprueban el Plan Operativo Institucional
(POI) Anual 2019 Modificado Versión 2
del Ministerio de Trabajo y Promoción del
Empleo (MTPE)
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 200-2019-TR
Lima, 6 de agosto de 2019
VISTOS: El Acta N° 05-2019-CPEMTPE de la Reunión
de la Comisión de Planeamiento Estratégico del Ministerio
de Trabajo y Promoción del Empleo, de fecha 10 de julio
de 2019, el Memorándum Nº 855-2019-MTPE/4/9 de
la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el
Informe Técnico Nº 154-2019-MTPE/4/9.1 de la Oficina
de Planeamiento e Inversiones de la Oficina General de
Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 1810-2019-
MTPE/4/8, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo al artículo 25 de la Ley N° 29158
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y modificatorias,
corresponde a los Ministros de Estado la función de dirigir
el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el
marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico
y determinar los objetivos sectoriales funcionales
nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno;
aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos
necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las
asignaciones presupuestarias correspondientes, entre
otras.
Que, el numeral 12 del artículo 2 del Decreto
Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema
Nacional de Presupuesto Público, establece que la
Programación Multianual consiste en que el Presupuesto
del Sector Público tiene una perspectiva multianual
orientada al logro de resultados a favor de la población,
en concordancia con las reglas fiscales establecidas en
el Marco Macroeconómico Multianual y los instrumentos
de planeamiento elaborados en el marco del Sistema
Nacional de Planeamiento Estratégico (SINAPLAN);
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 085-2018-
TR, de fecha 27 de marzo de 2018, se aprueba el Plan
Operativo Institucional (POI) para el Año Fiscal 2019
del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, y a
través de la Resolución Ministerial Nº 026-2019-TR, de
fecha 18 de enero de 2019, se aprueba el Plan Operativo
Institucional (POI) consistente con el Presupuesto
Institucional de Apertura (PIA) 2019 del Ministerio de
Trabajo y Promoción del Empleo;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 126-2019-TR,
de fecha 30 de abril de 2019, se aprobó el Plan Operativo
Institucional (POI) Anual 2019 Modificado Versión 1 del
Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;
Que, el numeral 6.3 de la Sección 6 de la “Guía
para el Planeamiento Institucional” modificada por
Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº
00016-2019-CEPLAN/PCD, establece las circunstancias
que ocasionan la modificación del POI anual en ejecución,
precisando que, “Si el POI Anual es afectado, la entidad
realiza su modificación con intervención de la Comisión
de Planeamiento y el apoyo del órgano de planeamiento,
previo análisis al seguimiento de la ejecución”;
Que, mediante el Acta N° 05-2019-CPEMTPE de la
Reunión de la Comisión de Planeamiento Estratégico
del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo para
la validación del Plan Operativo Institucional (POI)
Anual Modificado Versión 2 del Ministerio de Trabajo y
Promoción del Empleo – MTPE, de fecha 10 de julio de
2019, se da conformidad a la propuesta de Plan Operativo
Institucional (POI) Anual 2019 Modificado Versión 2 del
Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE);
Que, mediante Informe Técnico Nº 154-2019-
MTPE/4/9.1, la Oficina de Planeamiento e Inversiones
de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto,
emite opinión favorable y remite para la aprobación
respectiva, el Plan Operativo Institucional (POI) Anual
2019 Modificado Versión 2 del Ministerio de Trabajo y
Promoción del Empleo (MTPE), que ha sido motivado
principalmente por las Modificaciones Presupuestarias en
el Nivel Institucional y en el Nivel Funcional Programático,
efectuadas en el segundo trimestre de su ejecución;
Que, a través del Memorándum Nº 855-2019-
MTPE/4/9 la Oficina General de Planeamiento y
Presupuesto emite opinión técnica favorable sobre la
propuesta del Plan Operativo Institucional (POI) Anual
2019 Modificado Versión 2 del Ministerio de Trabajo y
Promoción del Empleo (MTPE);
Que, en ese contexto, resulta necesario emitir el acto
de administración interna que apruebe el Plan Operativo
Institucional (POI) Anual 2019 Modificado Versión 2 del
Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE);
Con las visaciones del Viceministerio de Promoción del
Empleo y Capacitación Laboral, del Viceministerio de Trabajo,
de la Secretaría General, y de las Oficinas Generales de
Asesoría Jurídica y de Planeamiento y Presupuesto; y,
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8)
del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del
Poder Ejecutivo; el artículo 11 de la Ley Nº 29381, Ley
de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo
y Promoción del Empleo y modificatorias; el artículo 2
del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo
del Sistema Nacional de Presupuesto Público; y el
literal b) del artículo 7 del Reglamento de Organización
y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del
Empleo, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2014-TR
y modificado con Decreto Supremo Nº 020-2017-TR;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobación del Plan Operativo
Institucional (POI) Anual 2019 Modificado Versión
2 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
(MTPE)
Aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) Anual
2019 Modificado Versión 2 del Ministerio de Trabajo y
Promoción del Empleo (MTPE) conforme a los Reportes
del POI obtenidos del Aplicativo CEPLAN V.01, que como
anexos forman parte integrante de la presente resolución
ministerial.
Artículo 2.- Del cumplimiento
Los Órganos, Unidades Orgánicas y Programas
del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo,
comprendidos en la modificación que se aprueba en el
artículo 1 de la presente resolución ministerial, dan estricto
cumplimiento, bajo responsabilidad al contenido del Plan
Operativo Institucional (POI) Anual 2019 Modificado
Versión 2 del Ministerio de Trabajo y Promoción del
Empleo (MTPE).
Artículo 3.- Del seguimiento y evaluación
La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto
a través de la Oficina de Planeamiento e Inversiones,
efectúa el seguimiento y evaluación de la ejecución del Plan
Operativo Institucional (POI) Anual 2019 Modificado Versión
2 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).
Artículo 4.- De la publicación
Disponer la publicación de la presente resolución
ministerial y sus anexos en el Portal Institucional del
Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.gob.
pe/mtpe), el mismo día de su publicación en el Diario
Oficial “El Peruano”, siendo responsable de dicha acción
el Jefe de la Oficina General de Estadística y Tecnologías
de la Información y Comunicaciones.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SYLVIA E. CÁCERES PIZARRO
Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo
1795047-1
07 08-2019
07 08-2019
07 08-2019
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07 08-2019

  • 1. SUMARIO MIÉRCOLES 7 DE AGOSTO DE 2019 NORMAS LEGALES AÑO DE LA LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN Y LA IMPUNIDAD 1 Gerente de Publicaciones Oficiales : Ricardo Montero Reyes Año XXXVI - Nº 15038 PODER EJECUTIVO AGRICULTURA Y RIEGO R.D. Nº 151-2019-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE.- Designan Sub Directora de la Sub Dirección de Obras y Supervisión de la Dirección de Infraestructura Agraria del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL 3 R.D.Nº152-2019-MINAGRI-DVDIAR-AGRORURAL-DE.- Designan Sub Director de la Sub Dirección de Gestión de Proyectos e Ingeniería de la Dirección de Infraestructura Agraria del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL 3 R.D.Nº153-2019-MINAGRI-DVDIAR-AGRORURAL-DE.- Designan Director de la Dirección Zonal La Libertad del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL 4 R.J. Nº 154-2019-ANA.- Prorrogan reserva de agua superficial proveniente del río Tumbes, para uso agrícola, a favor del Proyecto Especial Binacional Puyango Tumbes 4 CULTURA Res. N° 138-2019-SG/MC.- Designan Secretario Técnico de Procedimientos Administrativos Disciplinarios del Ministerio 5 DEFENSA R.M. Nº 0967-2019 DE/FAP.- Autorizan viaje de personal militar FAP a EE.UU., en misión de estudios 5 R.M. Nº 0968-2019 DE/EP.- Autorizan viaje de oficial del Ejército del Perú a República Dominicana, en comisión de servicios 7 R.M. Nº 0969-2019 DE/SG.- Autorizan viaje de personal de la Escuela Conjunta de las Fuerzas Armadas del Perú a Colombia, en comisión de servicios 8 R.M. Nº 0977-2019-DE/SG.- Aprueban Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas nombrado en Agregaduría del Exterior 9 DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL Res. Nº 1060-2019-MIDIS/PCNM.- Designan Jefa de la Unidad Territorial de Puno del Programa Nacional Cuna Más 9 ECONOMIA Y FINANZAS R.D. Nº 012-2019-EF/51.01.- Oficializan el “VII Congreso Nacional de Contabilidad y Finanzas Públicas”, organizado por el Colegio de Contadores Públicos de Lima, a llevarse a cabo en la ciudad de Lima 10 EDUCACION R.M. Nº 391-2019-MINEDU.- Designan Jefe de la Oficina General de Comunicaciones, dependiente de la Secretaría General del Ministerio 10 R.M. Nº 393-2019-MINEDU.- Autorizan al Ministerio otorgar subvenciones a favor de CÁRITAS DEL PERÚ y CARE PERÚ, destinadas a implementar propuestas de servicio educativo en Instituciones Educativas del nivel primaria, que brindan el servicio educativo multigrado monolingüe castellano 11 INTERIOR R.M. Nº 1182-2019-IN.- Dan por concluida designación de Vocal del Tribunal de Disciplina Policial 12 RR.MM. Nºs. 1183 y 1184-2019-IN.- Dan por concluidas designaciones de Vocales de la Cuarta Sala del Tribunal de Disciplina Policial 12 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS R.M. Nº 0306-2019-JUS.- Autorizan viaje de Procurador Público Ad Hoc para el caso Odebrecht y otras a Brasil, en comisión de servicios 13 MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Res. Nº 058-2019-CONADIS/PRE.- Encargan funciones de funcionario responsable de brindar información pública solicitada al Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad - CONADIS 14 PRODUCE Res. N° 172-2019-ITP/DE.- Designan responsable titular de brindar información pública del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) y ratifican a la alterna responsable 15 Firmado Digitalmente por: EDITORA PERU Fecha: 07/08/2019 04:33:07
  • 2. 2 NORMAS LEGALES Miércoles 7 de agosto de 2019 / El Peruano TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO R.M. Nº 200-2019-TR.- Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2019 Modificado Versión 2 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) 17 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES R.M. Nº 597-2019 MTC/01.03.- Otorgan a Cable Selva y Sierra E.I.R.L. concesión única para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones en todo el territorio nacional 18 ORGANISMOS EJECUTORES AGENCIA PERUANA DE COOPERACION INTERNACIONAL Res. Nº 103-2019/APCI-DE.- Aprueban los formatos de Plan de Operaciones de las Intervenciones de Cooperación Técnica Internacional (CTI) 19 SUPERINTENDENCIA DE TRANSPORTE TERRESTRE DE PERSONAS, CARGA Y MERCANCIAS Res. Nº 083-2019-SUTRAN/01.1.- Designan Auxiliares Coactivos de la SUTRAN 23 ORGANISMOS REGULADORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO Res. Nº 014-2019-SUNASS-GRT.- Rectifican de oficio el error material incurrido en la Res. N° 013-2019-SUNASS-GRT 23 ORGANISMOSTECNICOSESPECIALIZADOS AUTORIDAD DE TRANSPORTE URBANO PARA LIMA Y CALLAO Res.Nº015-2019-ATU/PE.- Designan Jefe de la Unidad de Planeamiento y Organización de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la ATU 24 ORGANISMO TÉCNICO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO R.D. Nº 053-2019-OTASS/DE.- Dan por concluida designación y designan Gerente de Ingeniería, Proyectos y Medio Ambiente de la Unidad Ejecutora 002: Servicios de Saneamiento Tumbes 24 SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES Res. Nº 020-2019-SMV/01.- Modifican denominación de “Normas sobre la organización de entidades que requieren autorización de la SMV” por la de “Normas comunes a las entidades que requieren autorización de organización y funcionamiento de la SMV”, y dictan otras disposiciones 25 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Res. Nº 161-024-0002001.- Designan Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Cajamarca 28 Res. N° 060-00-0000015-SUNAT/7G0000.- Designan Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional La Libertad 28 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Res. N° 162 -2019-SUNARP/SN.- Autorizan nueva funcionalidad en el Trámite de Constitución de Empresas por el Sistema de Intermediación Digital de la SUNARP 29 PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Res. Adm. Nº 393-2019-P-CSJLI/PJ.- Establecen conformación de la Primera Sala Constitucional y de la Primera Sala de Familia Permanente de la Corte Superior de Justicia de Lima 30 Res. Adm. Nº 091-2019-P-CSJEDDCOyCF-PJ.- Procedimiento para el reparto de causas jurisdiccionales en los sistemas especializados en delitos de crimen organizado y de corrupción de funcionarios de la CSJEDDCOyCF 31 ORGANISMOS AUTONOMOS JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Res. Nº 0100-2019-JNE.- Declaran fundado recurso de apelación y nula la Res. N° 749-2018-DNROP/JNE 32 Res. Nº 0102-2019-JNE.- Declaran nulo acto de notificación a ceremonia de juramentación del Concejo Municipal para el periodo 2019 - 2022, dirigida a regidora electa, y requieren al alcalde de la Municipalidad Provincial de Caravelí, departamento de Arequipa, para que cumpla con notificar y otros actos 39 Res. Nº 0104-2019-JNE.- Declaran nulidad de acto de notificación de acta de sesión de concejo extraordinaria y requieren al alcalde y miembros del Concejo Distrital de Namballe, provincia de San Ignacio, departamento de Cajamarca cumplan con notificar, y dictan otra disposición 40 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Res. Nº 3379-2019.- Autorizan inscripción de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas 42
  • 3. 3NORMAS LEGALESMiércoles 7 de agosto de 2019El Peruano / GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE Ordenanza Nº 544-MPL.- Ordenanza que regula el reordenamiento, reubicación y retiro de redes aéreas y postes en áreas de uso público en el distrito 42 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA OrdenanzaNº017-2019-MDB.- Ordenanza que ratifica el Plan Local Distrital de Seguridad Ciudadana del distrito de Bellavista - Callao 2019 45 MUNICIPALIDAD PROV. DE HUALGAYOC Ordenanza Nº 007-2019-MPH-BCA.- Ordenanza que aprueba el Reglamento de Regulación del Tránsito y Transporte Terrestre en la Ciudad de Bambamarca 45 Ordenanza Nº 008-2019-MPH-BCA.- Ordenanza que aprueba el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2020-2022 de la Municipalidad Provincial de Hualgayoc-Bambamarca 46 Ordenanza Nº 010-2019-MPH-BCA.- Ordenanza que aprueba el Reglamento de Regulación del Servicio de Transporte Público en la Ciudad de Bambamarca 47 Ordenanza Nº 011-2019-MPH-BCA.- Aprueban Ordenanza Municipal que establece incentivos tributarios, para los contribuyentes que pagan puntualmente el Impuesto Predial y Arbitrios Municipales - Fiesta Patronal 2019 y aprueban bases para el sorteo de los contribuyentes que pagan puntualmente de la Municipalidad Provincial de Hualgayoc - Bambamarca 48 Ordenanza Nº 012-2019-MPH-BCA.- Ordenanza que crea de la Instancia Provincial de Concertación para Erradicar la Violencia Contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de la Provincia de Hualgayoc - Bambamarca 49 Ordenanza Nº 013-2019-MPH-BCA.- Ordenanza que aprueba declarar días feriados no laborables en el Distrito de Bambamarca, Provincia de Hualgayoc - Bambamarca 51 PODER EJECUTIVO AGRICULTURA Y RIEGO Designan Sub Directora de la Sub Dirección de Obras y Supervisión de la Dirección de Infraestructura Agraria del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 151-2019-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE Lima, 6 de agosto de 2019 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 140-2019-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE de fecha 22 de julio de 2019, se encargó las funciones de Sub Director de la Sub Dirección de Obras y Supervisión de la Dirección de InfraestructuraAgraria y Riego del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Agricultura y Riego, al Ingeniero Industrial LORENZO ELOY CASTILLO FLORIAN, quien ejerce dicho cargo en adición a sus funciones hasta que se designe a su titular; Que, de acuerdo a lo referido en el párrafo precedente se ha visto por conveniente expedir el acto administrativo que dé por concluida la encargatura en mención, y se designe a su Titular; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, y en uso de las atribuciones conferidas en el Manual de Operaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 0015-2015-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1.- DAR POR CONCLUIDA, a partir de la fecha, la encargatura de funciones al Ingeniero Industrial Lorenzo Eloy Castillo Florián como Sub Director de la Sub Dirección de Obras y Supervisión de la Dirección de Infraestructura Agraria del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Agricultura y Riego, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- DESIGNAR, a partir de la fecha, a la Ing. Civil GLORIA MARIA DELGADO VERA, en el cargo de Sub Directora de la Sub Dirección de Obras y Supervisión de la Dirección de Infraestructura Agraria del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Agricultura y Riego, cargo considerado de confianza. Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano” y en el Portal Electrónico del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL (www.agrorural.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JACQUELINE QUINTANA FLORES Directora Ejecutiva Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL 1794839-1 Designan Sub Director de la Sub Dirección de Gestión de Proyectos e Ingeniería de la Dirección de Infraestructura Agraria del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 152-2019-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE Lima, 6 de agosto de 2019 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 085-2019-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE de fecha 22 de abril de 2019, se encargó las funciones de Sub Director de la Sub Dirección de Gestión de Proyectos e Ingeniería de la Dirección de Infraestructura Agraria y Riego del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Agricultura y Riego, al Ingeniero Agrícola ANTONIO QUISPE CHUQUIYAURI, quien ejerce dicho cargo en adición a sus funciones hasta que se designe a su titular; Que, de acuerdo a lo referido en el párrafo precedente se ha visto por conveniente expedir el acto administrativo que dé por concluida la encargatura en mención, y se designe a su Titular; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, y en uso de las atribuciones conferidas en el Manual de Operaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 0015-2015-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1.- DAR POR CONCLUIDA, a partir de la fecha, la encargatura de funciones al Ingeniero Agrícola
  • 4. 4 NORMAS LEGALES Miércoles 7 de agosto de 2019 / El Peruano Antonio Quispe Chuquiyauri como Sub Director de la Sub Dirección de Gestión de Proyectos e Ingeniería de la Dirección de Infraestructura Agraria del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Agricultura y Riego, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- DESIGNAR, a partir de la fecha, al Ing. ALBERTO NUÑEZ LEONARDO, en el cargo de Sub Director de la Sub Dirección de Gestión de Proyectos e Ingeniería de la Dirección de Infraestructura Agraria del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Agricultura y Riego, cargo considerado de confianza. Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano” y en el Portal Electrónico del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL (www.agrorural.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JACQUELINE QUINTANA FLORES Directora Ejecutiva Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL 1794839-2 Designan Director de la Dirección Zonal La Libertad del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 153-2019-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE Lima, 6 de agosto de 2019 VISTO: El documento que contiene la Carta de Renuncia presentada por el Director de la Dirección Zonal La Libertad del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Agricultura y Riego, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 342-2018-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE de fecha 17 de agosto de 2018, se designó al Ingeniero Agrícola Héctor Eneque Gonzáles en el cargo de Director de la Dirección Zonal La Libertad del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Agricultura y Riego, cargo considerado de confianza; Que, el citado servidor ha presentado renuncia al cargo que venía desempeñando; por lo que corresponde aceptarla, y designar a su reemplazante; Que, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, y en uso de las atribuciones conferidas en el Manual de Operaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 0015-2015-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1.- ACEPTAR, a partir de la fecha, la renuncia efectuada por el Ingeniero Agrícola Héctor Eneque Gonzáles en el cargo de Director de la Dirección Zonal La Libertad del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Agricultura y Riego, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- DESIGNAR, a partir de la fecha, al Ingeniero Agrónomo BRINER ENRIQUE ORRILLO PAREDES, en el cargo de Director de la Dirección Zonal La Libertad del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Agricultura y Riego, cargo considerado de confianza. Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano” y en el Portal Electrónico del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL (www.agrorural.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JACQUELINE QUINTANA FLORES Directora Ejecutiva Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL 1794839-3 Prorrogan reserva de agua superficial proveniente del río Tumbes, para uso agrícola, a favor del Proyecto Especial Binacional Puyango Tumbes RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 154-2019-ANA Lima, 6 de agosto de 2019 VISTOS: El Oficio N° 487-2019-MINAGRI-DVDIAR-PEBPT-DE- OPPyS de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial Binacional Puyango Tumbes del Ministerio de Agricultura y Riego, el Memorándum N° 1656-2019-ANA-DCERH de la Dirección de Calidad y Evaluación de Recursos Hídricos y el Informe Legal N° 649-2019-ANA-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, según numeral 5 del artículo 15° de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos, establece que es función de la Autoridad Nacional del Agua, aprobar previo estudio técnico, reservas de agua por un tiempo determinado cuando así lo requiera el interés de la Nación; Que, el numeral 208.1 del artículo 208° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG y sus modificatorias, establece que las reservas de recursos hídricos se otorgan por un período de dos (02) años prorrogables, mientras subsistan las causas que la motivan; Que, mediante Resolución Jefatural N° 303-2010- ANA, se otorgó la reserva de las aguas del río Tumbes a favor del Proyecto Especial Binacional Puyango Tumbes del Ministerio de Agricultura y Riego, por un periodo de dos (02) años, para uso agrícola y por un volumen anual de 530 hm3, habiéndose cumplido el plazo de la última prórroga otorgada con Resolución Jefatural N° 072-2017- ANA, el 27 de enero de 2019; Que, con el Oficio del Visto, la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial Binacional Puyango Tumbes del Ministerio de Agricultura y Riego, solicitó la prórroga de reserva de recursos hídricos en las mismas condiciones previstas por Resolución Jefatural N° 303-2010-ANA; Que, mediante el Memorándum del Visto, la Dirección de Calidad y Evaluación de Recursos Hídricos remitió el Informe Técnico N° 125-2019-ANA-DCERH-AERH elaborado por el área de Evaluación de Recursos Hídricos, el cual concluye que no habiéndose efectuado modificaciones a la reserva de recursos hídricos, y considerando la documentación justificatoria, es procedente prorrogar a favor del Proyecto Especial Binacional Puyango Tumbes del Ministerio de Agricultura y Riego por dos (02) años adicionales y en las mismas condiciones de la reserva hídrica primigenia, la reserva de agua superficial proveniente del río Tumbes, por un volumen anual de 530 hm3, en el punto de captación Linda Chara, para uso agrícola; Que, asimismo, la Dirección de Calidad y Evaluación de Recursos Hídricos recomendó disponer la prórroga con eficacia anticipada al 28 de enero de 2019 manifestando que lo evaluado cuenta con los requisitos de eficacia anticipada establecida en el numeral 17.1 del artículo 17° de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019- JUS, tales como: a) Que el acto sea más favorable a
  • 5. 5NORMAS LEGALESMiércoles 7 de agosto de 2019El Peruano / los administrados, b) Que el acto no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros; y c) Que el supuesto de hecho justificativo de la dación del acto exista a la fecha en la que se pretenda retrotraerse la eficacia del acto; Que, en concordancia con lo manifestado en los párrafos precedentes y según lo establecido en la Ley de Procedimiento Administrativo, dado que se mantienen las condiciones de la reserva de recursos hídricos; asimismo, no se otorgaron derechos de uso de agua con cargo a la reserva, corresponde se otorgue con eficacia anticipada, la prórroga de la reserva de recursos hídricos, a favor del Proyecto Especial Binacional Puyango Tumbes del Ministerio de Agricultura y Riego; Estando a lo opinado por la Dirección de Calidad y Evaluación de Recursos Hídricos, el visto bueno de la Oficina de Asesoría Jurídica y la Gerencia General, así como de conformidad con lo establecido en el artículo 103° de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos y el artículo 206° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Prórroga de reserva de recursos hídricos Prorróguese, con eficacia anticipada al 28 de enero de 2019, por el plazo de dos (02) años, en las mismas condiciones establecidas en la Resolución Jefatural N° 303-2010-ANA y prorrogadas con las Resoluciones Jefaturales N° 024-2015-ANA y N° 072-2017-ANA, a favor del Proyecto Especial Binacional Puyango Tumbes del Ministerio de Agricultura y Riego, la reserva de agua superficial proveniente del río Tumbes, para uso agrícola, por un volumen anual de 530 hm3, en el punto de captación Linda Chara. Artículo 2°.- Supervisión de la reserva de recursos hídricos La Autoridad Administrativa del Agua Jequetepeque - Zarumilla y la Administración Local de Agua Tumbes, son los responsables de supervisar el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución, debiendo informar periódicamente a la Dirección de Calidad y Evaluación de Recursos Hídricos. Artículo 3°.- Publicación Publíquese la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Web Institucional de la Autoridad Nacional del Agua (www.ana.gob.pe) Regístrese y comuníquese. WALTER OBANDO LICERA Jefe Autoridad Nacional del Agua 1795066-1 CULTURA Designan Secretario Técnico de Procedimientos Administrativos Disciplinarios del Ministerio RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 138-2019-SG/MC Lima, 6 de agosto de 2019 VISTO: el Informe N° D000114-2019-OGRH/MC de la Oficina General de Recursos Humanos; CONSIDERANDO: Que, por Ley N° 29565 se crea el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público; Que, mediante la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, se establece un régimen único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado, así como para aquellas personas que están encargadas de su gestión, del ejercicio de sus potestades y de la prestación de servicios a cargo de estas; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 92 de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, concordado con el artículo 94 de su Reglamento General, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, las autoridades de los órganos instructores del procedimiento disciplinario cuentan con el apoyo de una Secretaría Técnica que puede estar compuesta por uno o más servidores; quienes, a su vez, pueden ser servidores civiles de la entidad y ejercer dicha función en adición a sus funciones regulares; estableciéndose que de preferencia serán abogados y que son designados mediante resolución del titular de la entidad; Que, de acuerdo con el literal j) del artículo IV del Título Preliminar del mencionado Reglamento General, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, se entiende que el Titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa de una entidad pública; titularidad que recae en el Secretario General, conforme lo establece el artículo 13 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013- MC; Que, mediante Resolución de Secretaría General N° 202-2018-SG/MC se designó a la abogada Deysi Anahí Durand Durand como Secretaria Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de Cultura, designación que se considera conveniente dar por concluida; Que,enesesentido,correspondedesignaralapersona que desempeñará la función de Secretario/a Técnico/a de Procedimientos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de Cultura; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; su Reglamento General, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM; y, el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida con eficacia anticipada al 1 de agosto de 2019, la designación de la abogada Deysi Anahí Durand Durand como Secretaria Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de Cultura; dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al abogado Juan Carlos Benavente Serrano como Secretario Técnico de Procedimientos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de Cultura, en adición a sus funciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA AÍDA DÁVILA TASAICO Secretaria General 1795093-1 DEFENSA Autorizan viaje de personal militar FAP a EE.UU., en misión de estudios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0967-2019 DE/FAP Lima, 2 de agosto de 2019 Visto, el Oficio NC-50-DEPE-Nº 0827 de fecha 12 de junio de 2019 del Director General de Educación y Doctrina de la Fuerza Aérea del Perú.
  • 6. 6 NORMAS LEGALES Miércoles 7 de agosto de 2019 / El Peruano CONSIDERANDO: Que, por medio de la Carta S/N de fecha 09 de enero de 2019, la Directora del Programa de Dirección General del PAD-Escuela de Dirección de la Universidad de Piura, hace de conocimiento al Director General de Educación y Doctrina de la Fuerza Aérea del Perú, el desarrollo del Programa de Dirección General-PDG 2019, el mismo que contempla una Semana Internacional en la sede del IESE-Business School, estado de Nueva York-Estados Unidos de América, del 13 de agosto de 2019 al 16 de agosto de 2019; Que, mediante la Carta S/N de fecha 20 de marzo de 2019, la Directora del Programa de Dirección General del PAD-Escuela de Dirección de la Universidad de Piura, comunica al Director General de Educación y Doctrina de la Fuerza Aérea del Perú, que el Comité del Programa de Dirección General-PDG 2019 ha aprobado la admisión de los Oficiales que se detallan en la parte resolutiva, para participar en la Semana Internacional, a realizarse en la sede del IESE Business School, estado de Nueva York- Estados Unidos de América, del 13 de agosto de 2019 al 16 de agosto de 2019; Que, a través del Oficio NC-50-DEPE-Nº 0827 de fecha 12 de junio de 2019, el Director General de Educación y Doctrina de la Fuerza Aérea del Perú, solicita se inicien los trámites para la formulación del proyecto de resolución que autorice el viaje al exterior en Misión de Estudios del personal que se detalla en la parte resolutiva, para participar en la Semana Internacional, a realizarse en la sede del IESE Business School, estado de Nueva York-Estados Unidos de América, del 13 de agosto de 2019 al 16 de agosto de 2019; Que, según lo indicado en la Exposición de Motivos suscrita por el Jefe del Departamento de Especialización, Capacitación y Perfeccionamiento de la Dirección General de Educación y Doctrina de la Fuerza Aérea del Perú, anexada al Oficio NC- 50-DEPE-Nº 0827 de fecha 12 de junio de 2019, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del personal militar que se detalla a continuación, por cuanto permitirá contar en la institución con Oficiales Superiores perfeccionados académicamente y con una cultura de unidad, entendimiento y responsabilidad, fortaleciendo la esencia del cargo directivo y generando gran expectativa en la institución; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de garantizar la participación oportuna del personal autorizado en la referida actividad, resulta necesario autorizar su salida del país con un (01) día de anticipación, así como, su retorno un (01) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, el PAD-Escuela de Dirección de la Universidad de Piura asumirá los gastos académicos y alojamiento de los participantes en el mencionado evento; Que, no encontrándose cubierto los gastos de alimentación del personal designado, corresponde otorgarse el pago del 40% diarios de la escala de viáticos, de conformidad a lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 696-2013-DE/SG de fecha 16 de agosto de 2013, la cual aprueba los porcentajes máximos de viáticos en función de la escala detallada en el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM de fecha 18 de mayo de 2013, para el caso de invitaciones que incluyan financiamiento parcial de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; Que, conforme a lo mencionado según documento HG-N° 0092 DGVC-ME/SIAF-SP del 19 de junio de 2019 del Jefe del Departamento de Viajes y Comisiones de la Dirección General de Personal de la FuerzaAérea del Perú, los gastos derivados por pasajes aéreos internacionales (ida y retorno) y viáticos por Misión de Estudios en el Exterior que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2019, de la Unidad Ejecutora Nº 005-Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y en concordancia a lo establecido en los incisos a) y b) del artículo 7 del Decreto Supremo N° 002-2004-DE-SG; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134- Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30879-Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley N° 27619-Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y sus modificatorias; el Decreto Supremo Nº 002- 2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 002- 2015-DE de fecha 28 de enero de 2015 que determina la jerarquía y uso de normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio de Defensa; y, Estando a lo propuesto por el señor Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios al personal militar que se detalla a continuación, para participar en la Semana Internacional, a realizarse en la sede del IESE Business School, estado de Nueva York-Estados Unidos de América, del 13 de agosto de 2019 al 16 de agosto de 2019; así como, su salida del país el 12 de agosto de 2019 y retorno el 17 de agosto de 2019: Coronel FAP JUAN PABLO TRYON CARBONE NSA: O-9546087 DNI: 43560969 Coronel FAP LUIS FERNANDO BOURONCLE LUNA NSA: O-9555688 DNI: 09383467 Artículo 2.- La Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2019, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasaje aéreo: Lima - Nueva York (Estados Unidos de América) - Lima US $ 1,597.11 x 02 personas (Incluye TUUA) = US $ 3,194.22 Viáticos US$ 440.00 x 04 días x 02 personas x 40% = US$ 1,408.00 -------------------- Total = US$ 4,602.22 Artículo 3.- Los gastos académicos y de alojamiento que demande la participación del personal designado, serán cubiertos por el Programa de Dirección General- PDG 2019, no irrogando gastos al Tesoro Público; a excepción de los pasajes aéreos internacionales y viáticos por alimentación; Artículo 4.- El señor Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 5.- El personal designado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 6.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MOSCOSO FLORES Ministro de Defensa 1794756-1
  • 7. 7NORMAS LEGALESMiércoles 7 de agosto de 2019El Peruano / Autorizan viaje de oficial del Ejército del Perú a República Dominicana, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0968-2019 DE/EP Jesús María, 2 de agosto de 2019 VISTOS: La Hoja Informativa N° 115/DRIE/SECC RESOL del 01 de julio de 2019, del Comandante General del Ejército; y, el Dictamen N° 1635-2019/OAJE/L-2, del 01 de julio de 2019, del Jefe de la Oficina de Asuntos Jurídicos del Ejército. CONSIDERANDO: Que, la Conferencia de los EjércitosAmericanos (CEA), es una organización militar de carácter internacional, integrada y dirigida por Ejércitos del Continente Americano, con la autorización de los gobiernos de los diferentes países, cuya finalidad es constituirse en un foro de debates para el intercambio de experiencias entre los Ejércitos del Continente Americano; Que, en el artículo 1 del Reglamento de la Conferencia de Ejércitos Americanos (CEA), establece que la finalidad de la citada Conferencia es el análisis, debate e intercambio de ideas y experiencias relacionadas con materias de interés común en el ámbito de la defensa para acrecentar la colaboración e integración entre los Ejércitos y contribuir desde el punto de vista del pensamiento militar la seguridad, y el desarrollo democrático de los países miembros; Que, con Carta de invitación del 20 de mayo de 2019, el Comandante General del Ejército de República Dominicana, Presidente de la Conferencia de Ejércitos Americanos (CEA), hace extensivo la invitación al Comandante General del Ejército; para que, el Oficial de Enlace ante la Conferencia de Ejércitos Americanos (CEA), asista a la Reunión Preparatoria de la Conferencia de Comandantes de Ejércitos Americanos, a realizarse en la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana, del 12 al 16 de agosto de 2019; Que, mediante Resolución Directoral N° 03-2019/ DRIE/EP del 20 de enero de 2019, el Director de Relaciones Internacionales del Ejército, designa al Coronel EP Héctor Alejandro CELIZ KUONG, para desempeñarse como Oficial de Enlace ante la Conferencia de Ejércitos Americanos (CEA) durante el AF-2019; Que, mediante Hoja de Recomendación N° 0034/W-b.a del 18 de junio de 2019, el Comandante General del Ejército, propuso la designación del Coronel EP Héctor Alejandro CELIZ KUONG, Oficial de Enlace ante la Conferencia de Ejércitos Americanos (CEA), para participar en la Reunión Preparatoria de la Conferencia de Comandantes de Ejércitos Americanos, a realizarse en la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana, del 12 al 16 de agosto de 2019; Que, conforme a lo señalado en la Exposición de Motivos del 18 de junio de 2019, del Director de Relaciones Internacionales del Ejército, resulta conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio al Oficial de Enlace ante la Conferencia de Ejércitos Americanos (CEA), para participar en la Reunión Preparatoria de la Conferencia de Comandantes de Ejércitos Americanos, en razón de que contribuirá a coordinar y definir los principales aspectos administrativos para el desarrollo de la Conferencia de Comandantes de Ejércitos Americanos; fortaleciendo permanentemente la imagen y el prestigio del Ejército del Perú a nivel internacional; Que, conforme a lo dispuesto en los incisos a) y d) del artículo 263, del Reglamento de la Conferencia de Ejércitos Americanos, de junio de 2017, los gastos de alojamiento y pasajes de ida y vuelta serán sufragados por las respectivas delegaciones; siendo de cargo del país anfitrión la alimentación del participante ; en consecuencia, corresponde otorgar viáticos diarios hasta por un setenta por ciento (70%) del que corresponde a la zona geográfica, de acuerdo a lo establecido en la Resolución Ministerial N° 696-2013-DE/SG, de 16 de agosto de 2013, que aprueba los porcentajes máximos de viáticos, en función de la escala detallada en el artículo 1 del Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, para el caso de invitaciones que incluyan financiamiento parcial de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; Que, conforme a lo señalado en la Hoja de Gastos suscrita por el Jefe del Departamento de Presupuesto de la Dirección de Relaciones Internacionales del Ejército del 27 de junio de 2019, ningún organismo internacional cubrirá los gastos de viáticos por alojamiento y pasajes aéreos internacionales de ida y vuelta, que ocasione la participación del personal militar en el mencionado evento; por lo que los gastos se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2019 de la Unidad Ejecutora 003: Ejército Peruano, conforme a lo establecido en el artículo 13 del Decreto Supremo N°047-2002-PCM que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos ; y los incisos a) y b) del artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la presentación del personal militar nombrado en la fecha requerida, es necesario autorizar su salida del país con un (01) día de anticipación, así como su retorno un (01) día posterior al término del mismo, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Estando a lo propuesto por el Comandante General del Ejército; y, De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1143, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley N° 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM, y su modificatoria; aprobado con Decreto Supremo N° 047-2013-PCM, y el Decreto Supremo N° 002-2015-DE, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio, al Coronel EP Héctor Alejandro CELIZ KUONG, identificado con CIP N° 115911900, DNI N° 43749907, Oficial de Enlace ante la Conferencia de Ejércitos Americanos (CEA), para participar en la Reunión Preparatoria de la Conferencia de Comandantes de Ejércitos Americanos, a realizarse en la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana, del 12 al 16 de agosto de 2019; así como autorizar su salida del país el 11 de agosto de 2019 y su retorno al país el 17 de agosto de 2019. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa – Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional de la Unidad Ejecutora 003: Ejército del Perú, Año Fiscal 2019, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima – Santo Domingo – Lima (Clase Económica) US$ 1,950.00 x 01 persona (Incluye TUUA) US$. 1,950.00 Viáticos por Comisión de Servicio al Exterior US$ 315.00 x 01 persona X 05 días X 70 % (12 al 16 Ago 19) US$. 1,102.50 --------------------- Total, a pagar en Dólares Americanos US$. 3,052.50 Artículo 3.- El Comandante General del Ejército queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado.
  • 8. 8 NORMAS LEGALES Miércoles 7 de agosto de 2019 / El Peruano Artículo 4.- El Oficial Superior designado deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 5.- La presente autorización no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MOSCOSO FLORES Ministro de Defensa 1794755-1 Autorizan viaje de personal de la Escuela Conjunta de las Fuerzas Armadas del Perú a Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0969-2019 DE/SG Lima, 2 de agosto de 2019 VISTO: El Oficio Nº 1094-2019-MINDEF/VPD/DIGRIN/e del 17 de julio de 2019, de la Dirección General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa. CONSIDERANDO: Que, mediante el Radicado 108829 MDN-COGFM- JEMCO-ESDEG-SABESG-VPROI-DEINT-93.1 del 09 de mayo de 2019, el Director de la Escuela Superior de Guerra General “General Rafael Reyes Prieto” de la República de Colombia, extiende una invitación para que cuatro (04) Oficiales Superiores de la Escuela Conjunta de las Fuerzas Armadas-ECOFFAA, visiten la referida Institución de Educación Superior con sede en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, en el período comprendido del 12 al 15 de agosto del año en curso; en el marco del Entendimiento No. 3 de la XXIII Ronda de Conversaciones entre el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Perú y el Comando General de las Fuerzas Militares de Colombia, realizado en setiembre de 2018; Que, la indicada visita tiene por objeto conocer los avances académicos alcanzados por la Escuela Superior de Guerra de Colombia, lo cual redundará en beneficio del Sector Defensa puesto que serán introducidos en la mejora continua de la calidad educativa de la Escuela Conjunta de las Fuerzas Armadas del Perú; por lo que, la delegación de la citada Escuela estará conformada por personal de Oficiales de la planta orgánica; Que, por medio del Oficio Nº 1065-2019-MINDEF/ VPD/DIGEDOC/DIGCCA del 10 de junio de 2019, el Director General de Educación y Doctrina solicita al señor Viceministro de Políticas para la Defensa autorizar la participación de la delegación de la Escuela Conjunta de las Fuerzas Armadas que se detalla en la parte resolutiva, la misma que ha sido aprobada; Que, con el Oficio Nº 0230-2019-MINDEF/DIGEDOC/ ECOFFAA/ECOPL del 09 de julio de 2019, el Director General de la Escuela Conjunta de las Fuerzas Armadas propone al Director General de Educación y Doctrina la participación del Mayor General FAP, Rommel Enrique MALPARTIDA Reátegui, Director General de la Escuela Conjunta de las Fuerzas Armadas; y del Capitán de NAVIO Luis Alberto CABALLERO Rengifo, Director Académico de la Escuela Conjunta de las Fuerzas Armadas, para que conformen la delegación que realizará la actividad anteriormente referida; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, los viáticos que se otorguen serán por cada día que dure la misión oficial o el evento; Que, de acuerdo con la Declaración de Gastos, suscrita por el Director General de Administración, corresponde asumir los gastos de pasajes aéreos internacionales y viáticos que ocasione el presente viaje al exterior, con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2019, de la Unidad Ejecutora 001: Administración General, conforme a lo establecido en los literales a) y b) del artículo 10 del Reglamento de Viajes al exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002- 2004-DE/SG; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal comisionado durante la totalidad del evento, es necesario autorizar su salida del país con un (01) día de anticipación, así como su retorno un (01) día después de la misma, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2016-DE; la Ley Nº 308789, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley Nº 27619; Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, y sus modificatorias que reglamentan los viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio, del Personal de la Escuela Conjunta de las Fuerzas Armadas del Perú, que conforma la delegación que participará en una visita profesional a la Escuela Superior de Guerra de Colombia, con sede en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 12 al 15 de agosto de 2019; así como autorizar su salida del país el 11 de agosto de 2019 y el retorno el 16 de agosto de 2019, conforme al detalle siguiente: - Mayor General FAP Rommel Enrique MALPARTIDA REÁTEGUI, Director General de la Escuela Conjunta de las Fuerzas Armadas del Perú, identificado con DNI Nº 10301924. - Capitán de Navío Luis Alberto CABALLERO RENGIFO, Director Académico de la Escuela Conjunta de las Fuerzas Armadas del Perú, identificado con DNI Nº 09490157. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa – Unidad Ejecutora 001: Administración General, efectuará los pagos que corresponda, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Aéreos: Lima - Bogotá (República de Colombia) - Lima: US$ 621.36 x 2 personas (Incluye TUUA) US$ 1,242.72 Viáticos: US$. 370.00 x 2 personas x 4 días US$ 2,960.00 TOTAL US$ 4,202.72 Artículo 3.- El personal comisionado, debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM.
  • 9. 9NORMAS LEGALESMiércoles 7 de agosto de 2019El Peruano / Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MOSCOSO FLORES Ministro de Defensa 1794757-1 Aprueban Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas nombrado en Agregaduría del Exterior RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0977-2019-DE/SG Jesús María, 5 de agosto de 2019 VISTOS: El Oficio Nº 1107-2019-VPD/DIGRIN/f del 18 de julio de 2019 y los Informes Técnicos Nº 309-2019-MINDEF/ VPD/DIGRIN del 10 de junio de 2019 y 399-2019-MINDEF/ VPD/DIGRIN del 17 de julio de 2019, de la Dirección General de Relaciones Internacionales; el Informe Nº 00094-2019-MINDEF/VRD-DGPP del 18 de junio de 2019, de la Dirección de Desarrollo Organizacional y Modernización; y, el Informe Legal de la Oficina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, el numeral 7) del artículo 6 del Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa establece como una de sus funciones específicas promover el fortalecimiento de las relaciones internacionales en materia de Seguridad y Defensa Nacional, en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, el literal j) del artículo 56 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 006-2016-DE, establece como función de la Dirección de Asuntos Bilaterales y Agregadurías de Defensa, de la Dirección General de Relaciones Internacionales, realizar la actualización de la normativa legal relacionada a las actividades que desempeña el Personal Militar de las Fuerzas Armadas en Misión Diplomática; Que, mediante Decreto Supremo Nº 028-2006-DE- SG, se aprueba el Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas en Misión Diplomática, cuya finalidad es establecer los requisitos y procedimientos para la adecuada designación del personal militar, así como los cargos y funciones que desempeñarán; Que, mediante los Informes Técnicos Nº 309-2019-MINDEF/VPD/DIGRIN del 10 de junio de 2019 y Nº 399-2019-MINDEF/VPD/DIGRIN del 17 de julio de 2019, la Dirección General de Relaciones Internacionales sustenta la necesidad de actualizar el Reglamento antes referido, a fin de hacerlo concordante con la organización vigente del Ministerio de Defensa, así como para realizar precisiones en el proceso de selección del personal militar que será nombrado en Misión Diplomática; Que, el numeral 15 del literal B) del artículo 1 del Decreto Supremo Nº 002-2015-DE, que determina la jerarquía y uso de normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio de Defensa, establece que con Resolución Ministerial se aprueba el Reglamento de Agregadurías Militares, razón por la cual, existe una habilitación expresa para que el Ministro de Defensa pueda aprobar el instrumento que regule lo relacionado a las Agregadurías Militares a través de una resolución ministerial; Que, el literal jj) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 006-2016-DE, establece que el Ministro de Defensa tiene entre sus funciones: “Dictar las disposiciones normativas que le correspondan”, lo cual concuerda con la facultad prevista en el numeral 37) del artículo 10 del Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Relaciones Internacionales, con la opinión favorable de la Dirección de Desarrollo Organizacional y Modernización; y, con el visto de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2016-DE. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas nombrado en Agregaduría del Exterior, que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano, y su anexo, en el portal institucional del Ministerio de Defensa (www.gob.pe/mindef). Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MOSCOSO FLORES Ministro de Defensa 1794758-1 DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL Designan Jefa de la Unidad Territorial de Puno del Programa Nacional Cuna Más RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 1060-2019-MIDIS/PNCM Lima, 2 de agosto de 2019 VISTO: El Memorando Nº 349-2019-MIDIS/PNCM/DE, de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional Cuna Más; el Memorando Nº 1456-2019-MIDIS/PNCM/UGTH, de la Unidad de Gestión del Talento Humano; y el Informe Nº 1193-2019-MIDIS/PNCM/UAJ, de la Unidad de Asesoría Jurídica y; CONSIDERANDO: Que,medianteelDecretoSupremoNº003-2012-MIDIS y sus modificatorias, se crea el Programa Nacional Cuna Más, como programa social focalizado, adscrito al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, con el propósito de brindar atención integral a niñas y niños menores de 36 meses de edad en zonas en situación de pobreza y pobreza extrema; Qué, los literales c) y j) del artículo 9 del Manual de Operaciones del Programa Nacional Cuna Más aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 274-2017-MIDIS, establece como función de la Dirección Ejecutiva, entre otras: c) Encargar las funciones, delegar funciones y dar por concluidos dichos cargos cuando lo considere conveniente, otorgando los poderes necesarios dentro de los límites legales; y j) Autorizar las acciones y contrataciones de personal, bajo cualquier régimen de contratación, de conformidad con los lineamientos y políticas sectoriales del MIDIS, y en el marco de la legislación vigente; Que, el artículo 4, numeral 2, de la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público, establece que el empleado de confianza es: El que desempeña cargo de confianza técnico o político, distinto al del funcionario público. Se encuentra en el entorno de quien lo designa o remueve libremente (...);
  • 10. 10 NORMAS LEGALES Miércoles 7 de agosto de 2019 / El Peruano Que, mediante Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, se establece un régimen único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado, así como para aquellas personas que están encargadas de su gestión, del ejercicio de sus potestades y de la prestación de servicios a cargo de estas; Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 962-2019-MIDIS/PNCM, se encarga a la señora ROSARIO CONDORI CONDORI como Jefa de la Unidad Territorial Puno del Programa Nacional Cuna Más; Que, mediante el Memorando Nº 1456-2019-MIDIS/ PNCM/UGTH, de la Unidad de Gestión del Talento Humano, solicita se designe como jefa de la Unidad Territorial Puno del ProgramaNacionalCunaMásalaseñoraYELITZALINARES PORTILLA, de acuerdo a la propuesta de la Dirección Ejecutiva efectuada por Memorando Nº 349-2019-MIDIS/ PNCM/DE, precisando que se ha procedido a verificar el cumplimiento de los requisitos mínimos para el cargo en mención, conforme al Manual Clasificador de Cargos del Programa Nacional Cuna Más, aprobado por Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 1603-2017-MIDIS/PNCM, el cual se encuentra conforme; Que, teniéndose en cuenta el memorando del Visto, la Unidad de Asesoría Jurídica emite opinión favorable, señalando que corresponde se emita el acto resolutivo que designe, a partir del 07 de agosto de 2019, a la señora YELITZA LINARES PORTILLA en el cargo de Jefa de la Unidad Territorial Puno del Programa Nacional Cuna Más; Con el visado de la Unidad de Gestión del Talento Humano, y de la Unidad de Asesoría Jurídica; y, Que, de conformidad con el Decreto Supremo Nº 003-2012-MIDIS modificado por el Decreto Supremo Nº 014-2017-MIDIS, la Resolución Ministerial Nº 274-2017-MIDIS, la Resolución Ministerial Nº 311-2018-MIDIS, la Resolución Ministerial Nº 082-2019-MIDIS, y conforme los instrumentos internos de gestión del Programa Nacional Cuna Más del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; SE RESUELVE: Artículo 1.- DAR POR CONCLUIDA, a partir del 07 de agosto de 2019, la encargatura de la señora ROSARIO CONDORI CONDORI, como Jefa de la Unidad Territorial de Puno del Programa Nacional Cuna Más, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- DESIGNAR a la señora YELITZA LINARES PORTILLA, en el cargo de Jefa de la Unidad Territorial de Puno del Programa Nacional Cuna Más, a partir del 07 de agosto de 2019. Artículo 3.- NOTIFICAR la presente resolución a la servidora y a la Unidad de Gestión del Talento Humano, para conocimiento y fines. Artículo 4.- DISPONER la publicación de la presente, en el diario oficial “El Peruano” y en el Portal Institucional del Programa Nacional Cuna Más (www.cunamas.gob. pe). Regístrese, notifíquese y publíquese. MARÍA MÓNICA MORENO SAAVEDRA Directora Ejecutiva Programa Nacional Cuna Más 1794854-1 ECONOMIA Y FINANZAS Oficializan el “VII Congreso Nacional de Contabilidad y Finanzas Públicas”, organizado por el Colegio de Contadores Públicos de Lima, a llevarse a cabo en la ciudad de Lima RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 012-2019-EF/51.01 Lima, 25 de julio de 2019 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el párrafo 5.1 del artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1438, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Contabilidad, la Dirección General de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, como ente rector del Sistema, vela por una permanente capacitación y actualización del profesional contable, a efecto que ejerza su actividad con idoneidad en los sectores público y privado; Que, con ese propósito, el inciso 12 del párrafo 5.2 del artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1438, establece como función de la Dirección General de Contabilidad Pública, oficializar los eventos relacionados con la contabilidad que organicen la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú y sus Colegios de Contadores Públicos Departamentales; Que, mediante Oficio Nº 269-2019-CCPL, el Colegio de Contadores Públicos de Lima, solicita oficializar el evento académico “VII Congreso Nacional de Contabilidad y Finanzas Públicas”, que se llevará a cabo en la ciudad de Lima los días 17 y 18 de octubre del presente año y cuyo propósito, es dotar de conocimiento técnico y práctico sobre las normas y procedimientos que rigen los sistemas administrativos del Sector Público; y, De conformidad con lo dispuesto en el inciso 12 del párrafo 5.2 del artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1438, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Contabilidad Pública; SE RESUELVE: Artículo 1.- Oficialización de Evento Contable Oficializar el “VII Congreso Nacional de Contabilidad y Finanzas Públicas”, organizado por el Colegio de Contadores Públicos de Lima, a llevarse a cabo en la ciudad de Lima los días 17 y 18 de octubre de 2019. Artículo 2.- Publicación y Difusión Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Oficial “El Peruano”, así como, en el Portal Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas: http://www.mef.gob.pe en la misma fecha de publicación que en el Diario Oficial. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR A. PAJUELO RAMÍREZ Director General Dirección General de Contabilidad Pública 1794884-1 EDUCACION Designan Jefe de la Oficina General de Comunicaciones, dependiente de la Secretaría General del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 391-2019-MINEDU Lima, 5 de agosto de 2019 VISTOS, el Expediente Nº DMM2019-EXT-0157204, el Informe Nº 00215-2019-MINEDU/SG-OGRH de la Oficina General de Recursos Humanos; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 136-2019-MINEDU, se designó a la Jefa de la Oficina General de Comunicaciones, dependiente de la Secretaría General del Ministerio de Educación; Que, la citada funcionaria ha presentado su renuncia al cargo que venía desempeñando, por lo que resulta necesario aceptar la referida renuncia y designar al
  • 11. 11NORMAS LEGALESMiércoles 7 de agosto de 2019El Peruano / funcionario que ejercerá el cargo de Jefe de la Oficina General de Comunicaciones; Con la visación de la Secretaría General, de la Oficina General de Recursos Humanos y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo previsto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por la señora ZULLY PAMELA BISMARCK DEXTRE al cargo de Jefa de la Oficina General de Comunicaciones, dependiente de la Secretaría General del Ministerio de Educación, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor JOAO MANUEL PACHECO CASTRO en el cargo de Jefe de la Oficina General de Comunicaciones, dependiente de la Secretaría General del Ministerio de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. FLOR PABLO MEDINA Ministra de Educación 1794869-1 Autorizan al Ministerio otorgar subvenciones a favor de CÁRITAS DEL PERÚ y CARE PERÚ, destinadas a implementar propuestas de servicio educativo en Instituciones Educativas del nivel primaria, que brindan el servicio educativo multigrado monolingüe castellano RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 393-2019-MINEDU Lima, 5 de agosto de 2019 VISTOS, el Expediente Nº 2019-0102996 y el Informe Nº 202-2019-MINEDU/VMGP-DIGEIBIRA-DISER de la Dirección de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, el Oficio Nº 0355-2019-MINEDU/VMGP-DIGEIBIRA de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural y el Memorándum Nº 00602-2019-MINEDU/ SPE-OPEP de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que la educación es un derecho fundamental de la persona y de la sociedad; y que el Estado garantiza el ejercicio del derecho a una educación integral y de calidad para todos y la universalización de la educación básica; Que, asimismo, el artículo 12 de la citada Ley, señala que para asegurar la universalización de la educación básica en todo el país como sustento del desarrollo humano, la educación es obligatoria para los estudiantes de los niveles de inicial, primaria y secundaria. El Estado provee los servicios públicos necesarios para lograr este objetivo y garantiza que el tiempo educativo se equipare a los estándares internacionales; Que, mediante Resolución de Secretaría General Nº 256-2016-MINEDU se aprueban los Lineamientos para el Mejoramiento del Servicio Educativo Multigrado Rural, que establece en su numeral 6.2 como objetivo específico “implementar ofertas pedagógicas pertinentes, que respondan a las características de los contextos socioculturales, lingüísticos y del servicio educativo multigrado rural, en concordancia con las normas y documentos curriculares vigentes”; Que, el artículo 36 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, autoriza, excepcionalmente, al Ministerio de Educación, para otorgar subvenciones, hasta por el monto de S/ 8 158 400,00 (OCHO MILLONES CIENTO CINCUENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS Y 00/100 SOLES) a favor de entidades privadas sin fines de lucro e instituciones comprendidas en el Acuerdo Internacional aprobado por Decreto Ley Nº 23211, en el marco de lo dispuesto en la Ley Nº 28044, Ley General de Educación y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 011- 2012-ED, para la implementación de propuestas de servicio educativo en instituciones educativas públicas del nivel de educación primaria y secundaria, ubicadas en el ámbito rural y en instituciones educativas públicas que brindan servicio bajo el modelo de servicio educativo Secundaria con Residencia Estudiantil. Dichas subvenciones se aprueban mediante resolución del titular del pliego Ministerio de Educación, previa suscripción de convenio, para lo cual se requiere el informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 054-2019-MINEDU, se aprueba la Norma Técnica que establece disposiciones para el otorgamiento, ejecución y rendición de cuentas de los recursos financieros otorgados mediante subvenciones a favor de entidades privadas sin fines de lucro e instituciones comprendidas en el acuerdo internacional aprobado por Decreto Ley Nº 23211 para la implementación de propuestas de servicio educativo en instituciones educativas públicas del nivel de educación primaria que brindan el servicio educativo multigrado monolingüe castellano en el ámbito rural; Que, mediante Convenio Nº 122-2019-MINEDU, de fecha 19 de julio 2019, el Ministerio de Educación y CÁRITAS DEL PERÚ han suscrito un Convenio de Colaboración Interinstitucional para la implementación del servicio educativo contemplado en la Resolución Ministerial Nº 054-2019-MINEDU; Que, mediante Convenio Nº 123-2019-MINEDU, de fecha 19 de julio 2019, el Ministerio de Educación y CARE PERÚ han suscrito un Convenio de Colaboración Interinstitucional, para la implementación del servicio educativo contemplado en la Resolución Ministerial Nº 054-2019-MINEDU; Que, el artículo 123 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU, establece que la Dirección de Servicios Educativos en el Ámbito Rural es responsable de formular e implementar articuladamente las políticas, planes, propuestas pedagógicas de los servicios educativos brindados en instituciones educativas multigrado monolingüe castellano; así como los servicios educativos específicos para el ámbito rural; Que, con Informe Nº 202-2019-MINEDU/VMGP- DIGEIBIRA-DISER, la Dirección de Servicios Educativos en el ámbito Rural manifiesta que la subvención a la propuesta de servicio educativo de CÁRITAS DEL PERÚ permitirá incrementar los niveles de comprensión lectora y de matemática en los estudiantes de 1º a 6º grado, para lo cual desarrollarán actividades pedagógicas, de gestión y de soporte con elementos innovadores, alineados a la política educativa nacional vigente. La propuesta de servicio educativo permitirá beneficiar a mil ciento ochenta y un (1 181) estudiantes de instituciones educativas primaria multigrado monolingüe castellano, de las regiones de Huánuco y Pasco; Que, asimismo, mediante el Informe al que se hace referencia en el considerando anterior, la Dirección de Servicios Educativos en el ámbito Rural señala que la subvención a la propuesta de servicio educativo de CARE
  • 12. 12 NORMAS LEGALES Miércoles 7 de agosto de 2019 / El Peruano PERÚ permitirá incrementar los niveles de comprensión lectora y de matemática en los estudiantes de 1º a 6º grado, para lo cual desarrollarán actividades pedagógicas, de gestión y de soporte con elementos innovadores, alineados a la política educativa nacional vigente. La propuesta de servicio educativo permitirá beneficiar a mil doscientos quince (1 215) estudiantes de instituciones educativas primaria multigrado monolingüe castellano, de las regiones de Amazonas y Cajamarca; Que, mediante Memorándum Nº 00602-2019-MINEDUDU/SPE-OPEP, la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica emite opinión favorable en materia presupuestal; adicionalmente, informa que el otorgamiento de la subvención corresponde a la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios; Con el visado del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, de la Secretaría General, de la Secretaría de Planificación Estratégica, de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, de la Unidad de Planificación y Presupuesto, de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, de la Dirección de Servicios Educativo en el Ámbito Rural y de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad, con lo previsto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; DL Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, La Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizase al Ministerio de Educación otorgar la subvención según lo establecido en el artículo 36 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público del Año Fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 2 125 677,91 (DOS MILLONES CIENTO VEINTICINCO MIL SEISCIENTOS SETENTA Y SIETE CON 91/100 SOLES), por la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor de CÁRITAS DEL PERÚ, destinada a implementar una propuesta de servicio educativo en Instituciones Educativas del nivel primaria, que brindan el servicio educativo multigrado monolingüe castellano ubicadas en las regiones de Huánuco y Pasco, beneficiando a mil ciento ochenta y un (1 181) estudiantes, en cumplimiento de los establecido en el Convenio Nº 122-2019-MINEDU. Artículo 2.- Autorizase al Ministerio de Educación otorgar la subvención según lo establecido en el artículo 36 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público del año fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 2 187 000,00 (DOS MILLONES CIENTO OCHENTAY SIETE MIL CON 00/100 SOLES), por la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor de CARE PERÚ, destinada a implementar una propuesta de servicio educativo en Instituciones Educativas del nivel primaria, que brindan el servicio educativo multigrado monolingüe castellano ubicadas en las regiones de Amazonas y Cajamarca, beneficiando a mil doscientos quince (1 215) estudiantes, en cumplimiento de los establecido en el Convenio Nº 123-2019-MINEDU. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. FLOR PABLO MEDINA Ministra de Educación 1794869-2 INTERIOR Dan por concluida designación de Vocal del Tribunal de Disciplina Policial RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1182-2019-IN Lima, 5 de agosto de 2019 CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 30714, Ley que regula el Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú, establece en el artículo 41 que el Tribunal de Disciplina Policial “tiene su sede principal en la capital de la República, pudiendo contar con Salas Descentralizadas a nivel nacional. El reglamento dispondrá las condiciones para la creación de Salas, en función de la carga procesal. Cada Sala estará compuesta por tres (3) Vocales, cuya designación y conformación se dispone por resolución ministerial (…)”; Que, a través del artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 006-2018-IN, se dispuso la conformación del Tribunal de Disciplina Policial del Ministerio del Interior, según la siguiente estructura: (i) Primera Sala del Tribunal de Disciplina Policial, (ii) Segunda Sala del Tribunal de Disciplina Policial, (iii) Tercera Sala del Tribunal de Disciplina Policial y Cuarta Sala del Tribunal de Disciplina Policial, cada una de ellas compuesta por tres (03) vocales y una Secretaría Técnica; Que, mediante Resolución Ministerial N° 007-2018-IN, se designó a los Vocales del Tribunal de Disciplina Policial del Ministerio del Interior, entre otros, al señor Kenneth Eduard Garcés Trelles; Que, se ha visto por conveniente dar por concluida la designación antes referida; Con la visación de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30714, Ley que regula el Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior y modificatorias; el Decreto Supremo N° 014-2019-IN, que aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del MININTER; y, la Resolución Ministerial N° 1050-2019-IN, que aprueba la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del MININTER; SE RESUELVE: Artículo Único.- Dar por concluida la designación del señor Kenneth Eduard Garcés Trelles, como Vocal del Tribunal de Disciplina Policial del Ministerio del Interior, agradeciéndole por los servicios prestados a la institución. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MORÁN SOTO Ministro del Interior 1794761-1 Dan por concluidas designaciones de Vocales de la Cuarta Sala del Tribunal de Disciplina Policial RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1183-2019-IN Lima, 5 de agosto de 2019 CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 30714, Ley que regula el Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú, establece
  • 13. 13NORMAS LEGALESMiércoles 7 de agosto de 2019El Peruano / en el artículo 41 que el Tribunal de Disciplina Policial “tiene su sede principal en la capital de la República, pudiendo contar con Salas Descentralizadas a nivel nacional. El reglamento dispondrá las condiciones para la creación de Salas, en función de la carga procesal. Cada Sala estará compuesta por tres (3) Vocales, cuya designación y conformación se dispone por resolución ministerial (…)”; Que, a través del artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 006-2018-IN, se dispuso la conformación del Tribunal de Disciplina Policial del Ministerio del Interior, según la siguiente estructura: (i) Primera Sala del Tribunal de Disciplina Policial, (ii) Segunda Sala del Tribunal de Disciplina Policial, (iii) Tercera Sala del Tribunal de Disciplina Policial y Cuarta Sala del Tribunal de Disciplina Policial, cada una de ellas compuesta por tres (03) vocales y una Secretaría Técnica; Que, mediante Resolución Ministerial N° 589-2018-IN, se designó al señor Gonzalo Raúl Ames Ramello, como Vocal de la Cuarta Sala del Tribunal de Disciplina Policial del Ministerio del Interior; Que, se ha visto por conveniente dar por concluida la designación antes referida; Con la visación de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30714, Ley que regula el Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior y modificatorias; el Decreto Supremo N° 014-2019-IN, que aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del MININTER; y, la Resolución Ministerial N° 1050-2019-IN, que aprueba la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del MININTER; SE RESUELVE: Artículo Único.- Dar por concluida la designación del señor Gonzalo Raúl Ames Ramello, como Vocal de la Cuarta Sala del Tribunal de Disciplina Policial del Ministerio del Interior, agradeciéndole por los servicios prestados a la institución. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MORÁN SOTO Ministro del Interior 1794761-2 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1184-2019-IN Lima, 5 de agosto de 2019 CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 30714, Ley que regula el Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú, establece en el artículo 41 que el Tribunal de Disciplina Policial “tiene su sede principal en la capital de la República, pudiendo contar con Salas Descentralizadas a nivel nacional. El reglamento dispondrá las condiciones para la creación de Salas, en función de la carga procesal. Cada Sala estará compuesta por tres (3) Vocales, cuya designación y conformación se dispone por resolución ministerial (…)”; Que, a través del artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 006-2018-IN, se dispuso la conformación del Tribunal de Disciplina Policial del Ministerio del Interior, según la siguiente estructura: (i) Primera Sala del Tribunal de Disciplina Policial, (ii) Segunda Sala del Tribunal de Disciplina Policial, (iii) Tercera Sala del Tribunal de Disciplina Policial y Cuarta Sala del Tribunal de Disciplina Policial, cada una de ellas compuesta por tres (03) vocales y una Secretaría Técnica; Que, mediante Resolución Ministerial N° 589-2018-IN, se designó a la señora Rebeca Alexandra Prado Monge, como Vocal de la Cuarta Sala del Tribunal de Disciplina Policial del Ministerio del Interior; Que, se ha visto por conveniente dar por concluida la designación antes referida; Con la visación de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30714, Ley que regula el Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior y modificatorias; el Decreto Supremo N° 014-2019-IN, que aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del MININTER; y, la Resolución Ministerial N° 1050-2019-IN, que aprueba la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del MININTER; SE RESUELVE: Artículo Único.- Dar por concluida la designación de la señora Rebeca Alexandra Prado Monge, como Vocal de la Cuarta Sala del Tribunal de Disciplina Policial del Ministerio del Interior, agradeciéndole por los servicios prestados a la institución. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MORÁN SOTO Ministro del Interior 1794761-3 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Autorizan viaje de Procurador Público Ad Hoc para el caso Odebrecht y otras a Brasil, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0306-2019-JUS Lima, 6 de agosto de 2019 VISTOS, los Oficios N° 678-2019-JUS/CDJE-PPAH y N° 705-2019-JUS/CDJE-PPAH de la Procuraduría Pública Ad Hoc para que ejerza la defensa jurídica de los derechos e intereses del Estado peruano ante los órganos jurisdiccionales y no jurisdiccionales, nacionales e internacionales, en las investigaciones y procesos vinculados a delitos de corrupción de funcionarios, lavado de activos y otros conexos en los que habría incurrido la empresa Odebrecht y otras; los Oficios N° 3098-2019-JUS/ CDJE y N° 3646-2019-JUS/CDJE de la Secretaría Técnica del Consejo de Defensa Jurídica del Estado; el Informe N° 275-2019-JUS/OGPM y el Oficio N° 1852-2019-JUS/ OGPM-OPRE, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe N° 825-2019- JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante documentos de vistos, la Procuraduría Pública Ad Hoc para que ejerza la defensa jurídica de los derechos e intereses del Estado peruano ante los órganos jurisdiccionales y no jurisdiccionales, nacionales e internacionales, en las investigaciones y procesos vinculados a delitos de corrupción de funcionarios, lavado de activos y otros conexos en los que habría incurrido la empresa Odebrecht y otras, en adelante, Procuraduría Pública Ad Hoc para el caso Odebrecht y otras, informa que, en atención a lo comunicado en la Providencias Fiscales N° 372-2019 y N° 373-2019 del Noveno Despacho Transitorio de la
  • 14. 14 NORMAS LEGALES Miércoles 7 de agosto de 2019 / El Peruano Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios, la declaración del señor Valfredo de Assis Ribeiro, programada para el día 23 de julio de 2019, ha sido cancelada, teniéndose como nueva fecha para dicha diligencia el 08 de agosto de 2019 a las 14:00 horas (hora Brasil) en la Procuraduría de Bahía, ciudad de Salvador de Bahía, República Federativa del Brasil; asimismo, informa que la declaración del señor Marcos de Moura Wanderley ha sido programada para el día 09 de agosto de 2019 a las 14:00 horas (hora Brasil), en la Procuraduría de la República de Sao Paulo, ciudad de Sao Paulo, República Federativa del Brasil; Que, en estos términos, se solicita la autorización de viaje del señor Jorge Miguel Ramírez Ramírez, Procurador Público Ad Hoc para el caso Odebrecht y otras, a efectos que participe en las mencionadas diligencias, en representación del Estado peruano; Que, asimismo, de los documentos que se acompañan, se verifica que la participación del citado Procurador Público Ad Hoc podrá reforzar los argumentos de defensa del Estado peruano y ayudar al esclarecimiento de los hechos, así como identificar a los implicados y adoptarse las medidas que permitan cautelar el cobro de la reparación civil; Que, teniendo en cuenta la importancia y trascendencia de las diligencias a realizarse, resulta de interés institucional autorizar el viaje del señor Jorge Miguel Ramírez Ramírez, a efectos que participe en dichos actos en representación del Estado peruano. Asimismo, por razones de itinerario es pertinente autorizar el viaje del Procurador Público Ad Hoc para el caso Odebrecht y otras, del 07 al 10 de agosto de 2019; Que, los gastos que genere dicho viaje serán asumidos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo N° 013- 2017-JUS, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias; y, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Jorge Miguel Ramírez Ramírez, Procurador Público Ad Hoc para el caso Odebrecht y otras, del 07 al 10 de agosto de 2019, a las ciudades de Salvador de Bahía y Sao Paulo, República Federativa del Brasil, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución, serán cubiertos con recursos del presupuesto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, de acuerdo al siguiente detalle: Jorge Miguel Ramírez Ramírez, Procurador Público Ad Hoc para el caso Odebrecht y otras. Pasajes US$ 1,989.62 Viáticos x 03 días US$ 1,110.00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la culminación del viaje, el servidor citado en el artículo 1 de la presente Resolución deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe dando cuenta de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1794883-1 MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Encargan funciones de funcionario responsabledebrindarinformaciónpública solicitada al Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad - CONADIS RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 058-2019-CONADIS/PRE Lima, 5 de agosto de 2019 VISTO: El Memorando Nº 644-2019-CONADIS/SG de la Secretaría General; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 63 de la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, establece que el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad – CONADIS, es el órgano especializado en cuestiones relativas a la discapacidad, el mismo que está constituido como un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, con autonomía técnica, administrativa, de administración, económica y financiera, el cual es además un pliego presupuestario; Que, el Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado con Decreto Supremo Nº 043-2003– PCM, tiene por finalidad promover la transparencia y acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú; estableciendo que el Estado tiene la obligación de entregar la información que demanden las personas en aplicación del Principio de Publicidad; así también, precisa que las entidades identificarán, bajo responsabilidad de su máximo representante, al funcionario responsable de brindar información pública; Que, conforme al segundo párrafo del artículo 4 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, la designación de los funcionarios responsables de entregar la información y del funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal se efectúa mediante Resolución de la máxima autoridad de la Entidad, y se publica en el Diario Oficial “El Peruano”; Que, a través de la Resolución de Presidencia Nº 021-2018-CONADIS/PRE, se designó al señor Eduardo Ulises Arroyo Villacorta como responsable de brindar la información pública solicitada al Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad – CONADIS; Que, mediante Nota Nº 343-2019-CONADIS/OAD- UREH, la Unidad de Recursos Humanos informa que el servidor Eduardo Ulises Arroyo Villacorta iniciará el goce de su periodo vacacional de treinta (30) días calendario, a partir del 05 de agosto de 2019; Que, con Resolución de Presidencia Nº 52-2019-CONADIS/PRE, se designó a la señora Haydee
  • 15. 15NORMAS LEGALESMiércoles 7 de agosto de 2019El Peruano / Roxana Alviar Luperdi como Asesora de la Secretaría General (Asesora II CAP Nº 009) del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad – CONADIS; Que, mediante documento de visto, la Secretaría General del CONADIS solicita se encargue a la señora Haydee RoxanaAlviar Luperdi, en adición a sus funciones, la responsabilidad de brindar información pública del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad; por lo tanto, resulta procedente la aprobación del presente acto resolutivo; Con la visación de la Secretaría General y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2014-MIMP; el Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado con Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM; el Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad – CONADIS, aprobado por Decreto Supremo Nº 002- 2016-MIMP; y, la Resolución Suprema Nº 006-2017- MIMP; SE RESUELVE: Artículo 1.- Encargar a la señora Haydee Roxana Alviar Luperdi, a partir del 05 de agosto de 2019, en adición a sus funciones la responsabilidad de brindar la información pública solicitada al Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad – CONADIS, en tanto dure la ausencia del servidor designado en dicha función. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano” y en el Portal Institucional del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (https://www.gob.pe/mimp/ conadis). Regístrese, comuníquese y publíquese. DARÍO PORTILLO ROMERO Presidente Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad 1794866-1 PRODUCE Designan responsable titular de brindar información pública del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) y ratifican a la alterna responsable INSTITUTO TECNOLÓGICO DE LA PRODUCCIÓN RESOLUCIÓN EJECUTIVA Nº 172-2019-ITP/DE Lima, 2 de agosto de 2019 CONSIDERANDO: Que, en virtud de lo dispuesto por el artículo 3 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 43-2003-PCM, la máxima autoridad de cada una de las entidades de la administración pública, tiene la obligación de adoptar las medidas necesarias, dentro de su ámbito funcional, que permitan garantizar el ejercicio del derecho de acceso a la información pública y el cumplimiento de las obligaciones de transparencia en la Entidad; para cuyo efecto deberá designar a los funcionarios responsables de entregar la información de acceso público; Que, mediante el artículo 2 de la Resolución Ejecutiva Nº 14-2019-ITP/DE de fecha 21 de enero de 2019, se designa a Rocío Armas Cárdenas, Jefa de la Oficina de Gestión de Recursos Humanos, como titular responsable de brindar información pública del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) y a su alterna, conforme a las disposiciones establecidas en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por el Decreto Supremo Nº 43-2003-PCM y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 72-2003-PCM; Que, por la Resolución Ejecutiva Nº 115-2019-ITP/ DE de fecha 31 de mayo de 2019, se acepta la renuncia efectuada por Rocío Armas Cárdenas, al cargo de confianza de Jefa de la Oficina de Gestión de Recursos Humanos del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), siendo su último día de funciones el 31 de mayo de 2019, dándole las gracias por los servicios prestados; Que, por necesidad del servicio, resulta necesario designar al responsable de brindar información pública del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); Con la visación de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 92, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1451 se crea el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por el Decreto Supremo Nº 43-2003-PCM, su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 72-2003-PCM; el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2016-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación de la señora Rocío Armas Cárdenas, como titular responsable de brindar información pública del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), efectuada por el artículo 2 de la Resolución Ejecutiva Nº 14-2019-ITP/DE. Artículo 2.- Designar al señor Alejandro Lorenzo Gonzales González, Jefe de la Oficina de Gestión de Recursos Humanos, como titular responsable de brindar información pública del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP). Artículo 3.- Ratificar la designación de la señorita Diana Julia Canaval Zenon, personal contratado bajo el régimen de contratación administrativa de servicios – CAS, como alterna responsable de brindar información pública del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) quien reemplazará al titular en su ausencia. Artículo 4.- Los órganos del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), bajo responsabilidad, deberán proporcionar la información y/o documentación necesaria dentro de los plazos establecidos en las normas vigentes, para que los servidores designados mediante la presente resolución cumplan la labor encomendada. Artículo 5.- Disponer que la Oficina de Administración coloque una copia de la presente Resolución en un lugar visible en cada una de las sedes administrativas del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP). Artículo 6.- Publíquese la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”. Artículo 7.- Disponer que la Oficina de Tecnologías de la Información publique la presente Resolución en el Portal Institucional del Instituto de Tecnológico de la Producción (ITP) https://www.gob.pe/produce/itp el mismo día de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. SERGIO RODRIGUEZ SORIA Director Ejecutivo 1794254-1
  • 16. 16 NORMAS LEGALES Miércoles 7 de agosto de 2019 / El Peruano www.elperuano.pe Suscríbeteal Diario Oficial Teléfonos: (01) 315-0400 anexo 2207 Directo: (01) 433-4773 Email: suscripciones@editoraperu.com.pe www.segraf.com.pe Editora Perú AV. Alfonso Ugarte N° 873 – Cercado de Lima www.editoraperu.com.pe www.andina.pe La más completa información con un solo clic Teléfonos: (01) 315-0400 anexo 2175 Email: ventapublicidad@editoraperu.com.pe Teléfono: 315-0400, anexo 2183 Email: ventasegraf@editoraperu.com.pe Somoslo que Ud.necesita y atodoCOLOR... Libros Revistas Memorias Brochures Folletos, Dípticos Trípticos, Volantes Formatos especiales entre otros...
  • 17. 17NORMAS LEGALESMiércoles 7 de agosto de 2019El Peruano / TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2019 Modificado Versión 2 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 200-2019-TR Lima, 6 de agosto de 2019 VISTOS: El Acta N° 05-2019-CPEMTPE de la Reunión de la Comisión de Planeamiento Estratégico del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, de fecha 10 de julio de 2019, el Memorándum Nº 855-2019-MTPE/4/9 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Técnico Nº 154-2019-MTPE/4/9.1 de la Oficina de Planeamiento e Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 1810-2019- MTPE/4/8, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al artículo 25 de la Ley N° 29158 Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y modificatorias, corresponde a los Ministros de Estado la función de dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes, entre otras. Que, el numeral 12 del artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que la Programación Multianual consiste en que el Presupuesto del Sector Público tiene una perspectiva multianual orientada al logro de resultados a favor de la población, en concordancia con las reglas fiscales establecidas en el Marco Macroeconómico Multianual y los instrumentos de planeamiento elaborados en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico (SINAPLAN); Que, mediante Resolución Ministerial Nº 085-2018- TR, de fecha 27 de marzo de 2018, se aprueba el Plan Operativo Institucional (POI) para el Año Fiscal 2019 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, y a través de la Resolución Ministerial Nº 026-2019-TR, de fecha 18 de enero de 2019, se aprueba el Plan Operativo Institucional (POI) consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) 2019 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 126-2019-TR, de fecha 30 de abril de 2019, se aprobó el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2019 Modificado Versión 1 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, el numeral 6.3 de la Sección 6 de la “Guía para el Planeamiento Institucional” modificada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 00016-2019-CEPLAN/PCD, establece las circunstancias que ocasionan la modificación del POI anual en ejecución, precisando que, “Si el POI Anual es afectado, la entidad realiza su modificación con intervención de la Comisión de Planeamiento y el apoyo del órgano de planeamiento, previo análisis al seguimiento de la ejecución”; Que, mediante el Acta N° 05-2019-CPEMTPE de la Reunión de la Comisión de Planeamiento Estratégico del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo para la validación del Plan Operativo Institucional (POI) Anual Modificado Versión 2 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo – MTPE, de fecha 10 de julio de 2019, se da conformidad a la propuesta de Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2019 Modificado Versión 2 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE); Que, mediante Informe Técnico Nº 154-2019- MTPE/4/9.1, la Oficina de Planeamiento e Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, emite opinión favorable y remite para la aprobación respectiva, el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2019 Modificado Versión 2 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), que ha sido motivado principalmente por las Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Institucional y en el Nivel Funcional Programático, efectuadas en el segundo trimestre de su ejecución; Que, a través del Memorándum Nº 855-2019- MTPE/4/9 la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto emite opinión técnica favorable sobre la propuesta del Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2019 Modificado Versión 2 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE); Que, en ese contexto, resulta necesario emitir el acto de administración interna que apruebe el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2019 Modificado Versión 2 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE); Con las visaciones del Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, del Viceministerio de Trabajo, de la Secretaría General, y de las Oficinas Generales de Asesoría Jurídica y de Planeamiento y Presupuesto; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 11 de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y modificatorias; el artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; y el literal b) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2014-TR y modificado con Decreto Supremo Nº 020-2017-TR; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación del Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2019 Modificado Versión 2 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) Aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2019 Modificado Versión 2 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) conforme a los Reportes del POI obtenidos del Aplicativo CEPLAN V.01, que como anexos forman parte integrante de la presente resolución ministerial. Artículo 2.- Del cumplimiento Los Órganos, Unidades Orgánicas y Programas del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, comprendidos en la modificación que se aprueba en el artículo 1 de la presente resolución ministerial, dan estricto cumplimiento, bajo responsabilidad al contenido del Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2019 Modificado Versión 2 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE). Artículo 3.- Del seguimiento y evaluación La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto a través de la Oficina de Planeamiento e Inversiones, efectúa el seguimiento y evaluación de la ejecución del Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2019 Modificado Versión 2 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE). Artículo 4.- De la publicación Disponer la publicación de la presente resolución ministerial y sus anexos en el Portal Institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.gob. pe/mtpe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”, siendo responsable de dicha acción el Jefe de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. SYLVIA E. CÁCERES PIZARRO Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 1795047-1