2. Es aquella acción u omisión que atenta
contra la organización bélica. Son todos
aquellos actos que, atentando de una
manera u otra contra la organización de las
fuerzas armadas, se encuentren reprimidos
por el Código Orgánico de Justicia Militar
A) Que el acto de que se trate atente
contra la organización de las
fuerzas armadas.
B) Que sea reprimido por el Código de
justicia militar.
DEFINICIÓN
REQUISITOS
3. REBELIÓN
ART. 476 DEL CÓDIGO ORGÁNICO DE JUSTICIA MILITAR
Dado el carácter político de la rebelión militar y teniendo en cuenta la
expresión “alterar la paz interior de la República”, contenida en el
artículo 476 del Código Orgánico de Justicia Militar, no podría
TRAICIÓN A LA PATRIA
ART. 464 DEL CÓDIGO ORGÁNICO DE
JUSTICIA MILITAR
cuando se toman las armas contra la Nación o
al unirse a sus enemigos prestándoles ayuda
y socorro,
Tipos
4. SUBLEVACIÓN ART. 497 DEL CÓDIGO ORGANICO DE
JUSTICIA MILITAR
Rebelión de una persona o
grupo de personas contra
una autoridad o poder
establecido al que se niegan
a seguir obedeciendo,
utilizando la fuerza o las
armas negándose a
obedecer la ley.
Tipos
5. DESERCIÓN, ART. 523, DEL
CÓDIGO ÓRGANICO DE
JUSTICIA MILITAR
Este tipo penal contiene un
elemento objetivo o material, como
lo es los militares que se separen
ilegalmente del servicio activo.
Tipos
6. MOTÍN
Artículo 488. El motín es la insubordinación ejecutada conjuntamente, por dos
o más militares, con armas o sin ellas.
Artículo 489. Son reos de delito de motín los militares que en las condiciones
del artículo anterior ejecuten algunos de los actos siguientes:
1. Hacer reclamaciones o peticiones al superior, tumultuosamente.
2. Hacer reclamaciones o peticiones colectivas a nombre del cuerpo y sin
tumultos, siempre que no se las haga en las formas permitidas por la ley y los
reglamentos militares.
3. Tomar las armas sin autorización y proceder sin orden de los superiores.
4. Cualquier acto de violencia haciendo o no uso de las armas, sin atender a la
orden del superior, conforme a la disciplina.
Tipos
7. ULTRAJES AL CENTINELA, A LA BANDERA Y FUERZAS ARMADAS
Artículo 501. El ataque al centinela será castigado con pena de catorce a veinte
años de presidio:
1. Si ocurre en campaña.
2. En cualquier otra circunstancia, si ocasiona la muerte del centinela o queda éste
incapacitado para cumplir sus deberes.
Artículo 502. El que amenace u ofenda de palabras o gestos al centinela, será
castigado con arresto de seis meses a un año. Si el hecho se cometiere en campaña
la pena será de uno a dos años de prisión.
Artículo 503. Se considerarán también como centinela a los efectos de los dos
artículos anteriores, a los encargados del servicio telegráfico o telefónico, o
cualquier otro servicio de comunicaciones militares; los imaginarias o cuarteleros
dentro del buque, cuartel o establecimiento militar, y los estafetas o conductores
de órdenes y demás comunicaciones
militares.
Tipos
8. INSUBORDINACIÓN
Artículo 512. Incurre en delito de insubordinación:
1. El militar que viola manifiestamente una orden del servicio o se resista al
cumplimiento de ella.
2. El militar que en cualquier forma falte al respeto debido a la autoridad o a la
dignidad del superior.
Artículo 513. En los casos del inciso 1º del artículo anterior, la insubordinación
será
castigada:
1. Con pena de diez a dieciséis años de presidio, cuando ocurre frente al
enemigo.
2. Con presidio de tres a seis años, cuando ocurre en formación o en cualquiera
otro acto del servicio.
3. Con prisión de uno a tres años, en todos los demás casos.
Tipos
9. DESOBEDIENCIA
Artículo 519. Comete delito de desobediencia el que, sin rehusar de un
modo expreso el cumplimiento de una orden del servicio, deje de
ejecutarla.
Artículo 520. Si la desobediencia hubiese causado daño o perturbación
en el servicio, se castigará con prisión de uno a dos años; y si este
delito se cometiese frente al enemigo, será castigado con prisión de
dos a seis años.
Cuando la desobediencia no hubiese ocasionado daño o perturbación
en el servicio, será castigado con tres a seis meses de arresto.
Tipos
10. • Código Orgánico de Justicia Militar
•http://confepuv.blogspot.com/2009/02/naturaleza-juridica-de-los-
delitos.html
• http://sisbiv.bnv.gob.ve/cgi-bin/koha/opac-search.pl?q=su:{Delitos
%20militares}
•http://200.35.84.131/portal/php/buscar.php?
base=marc&cipar=marc.par&epilogo=&Formato=w&Opcion=detalle&Expre
sion=]KDelitos+militares