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Colegio Cooperativo
Educación Preescolar - Básica Primaria
      Básica Secundaria y Media
Con Profundización en Medio Ambiente
Misión
El Colegio Cooperativo es una comunidad educativa comprometida con
la formación de capital humano que busca la excelencia, en el desarrollo
del potencial académico, científico y social a través de la promoción de
niños y niñas, jóvenes y señoritas como integrantes de una sociedad
solidaria, equitativa y justa, fundamentada en el respeto entre los seres
humanos y entre los seres humanos y la naturaleza.

Visión
El Colegio Cooperativo en cumplimiento de su misión y comprometido
con los cambios que exigen los adelantos de la ciencia, la tecnología y
la globalización, proyecta su acción educativa para consolidarse al 2012
como el primer plantel bilingüe que construye cultura ambiental en la
región.
Nuestros egresados, por su calidad, eficiencia académica y formación
integral podrán desempeñarse laboralmente y/o acceder a los diferentes
espacios de educación superior oficiales y privados a escala regional,
nacional e internacional.

Filosofía
El Colegio Cooperativo de Barbosa es una institución educativa privada,
creada en el marco de las teorías del Cooperativismo mundial para
fortalecer los lazos de solidaridad, cooperación y formación de las
comunidades del Municipio de Barbosa, las Provincias del Sur de
Santander y la Provincia Ricaurte de Boyacá.

El Colegio Cooperativo consciente de que durante los últimos veinte
años, la población colombiana ha venido sufriendo las inclemencias del
facilismo generado por diferentes tópicos que inician su carrera en el
comercio ilícito y las teorías del sindicalismo dirigidas al bienestar de los
dirigentes, introduce en la comunidad la transformación de los
parámetros de progreso fundamentados en el capital humano de un
país como el tesoro para el desarrollo sostenible, además del trabajo
constante como elemento principal para alcanzar familias responsables
con alto sentido de pertenencia por su región y el país.

En este orden, la ecología significa economía a largo plazo que tiene
como marco un ciclo cerrado y fortalece los principios del
cooperativismo con la expresión que acuñó Theodore Schultz, premio
Nóbel de Economía en 1961, cuando expresó que “Formar Capital
Humano” comprende habilidades, experiencia y conocimientos.

Sobre esta teoría, el economista Gary Becker añade personalidad,
apariencia, reputación y credenciales. Otros, como el consultor de
gestión Richard Crawford, equiparan el capital con sus propietarios,
señalando que el Capital Humano consiste en formar personas hábiles
pero instruidas.

En beneficio de nuestro modelo y combinando las teorías del
cooperativismo, nos atrevemos a direccionar la definición de Capital
Humano, como el conjunto de elementos tales como: solidaridad,
habilidad, conocimiento, destreza, sensibilidad y talento que sumados al
comportamiento y multiplicados por el esfuerzo en el tiempo, fortalecen
el capital humano que necesita el país.


Objetivos Generales

Generar un espacio abierto para la reflexión y el debate, la formación y
la investigación.
Promover el desarrollo sostenible, social y comunitario, fortaleciendo el
ejercicio de una ciudadanía moderna, democrática y tolerante de la
justicia, la equidad de género, los derechos humanos y el respeto a las
características y necesidades de la comunidad educativa.

Contribuir mediante alternativas flexibles y pertinentes a la formación
cultural, científica y tecnológica para fortalecer el desarrollo de
conocimientos, destrezas y habilidades relacionadas con el mundo
laboral y la producción de bienes y servicios.

Desarrollar actitudes y valores que estimulen la creatividad, la
recreación, la convivencia, el buen uso del tiempo libre y la identidad
Nacional, soportados en criterios definidos de respeto, responsabilidad y
solidaridad.

Recuperar y compartir los saberes y experiencias de los estudiantes con
los profesionales docentes de la región para el mejoramiento de la
calidad de vida y la formación integral de hombres y mujeres con
pensamiento crítico al servicio de la sociedad Santandereana.



Principios Institucionales
Sus principios se enmarcan en la “Solidaridad, la formación de capital
humano” y el desarrollo sostenible de la región fundamentados en la
integridad, la pertinencia, la flexibilidad y la participación de la
comunidad, de tal manera que el proceso formativo complementario en
los jóvenes fortalezca su autonomía y sentido de responsabilidad,
facilitando a su vez el actuar con creatividad en las transformaciones
económicas, sociales, políticas, científicas y culturales de la región.

El Colegio Cooperativo durante 35 años ha generado un espacio de
responsabilidad y cumplimiento. Fortalece su existencia en el servicio a
la población.

Metas institucionales

      Alcanzar el auto sostenimiento del plantel incrementando la oferta
      de servicios a la comunidad y demás Instituciones educativas del
      nivel y/o superior.
      Alcanzar     reconocimiento por Organizaciones de Cooperación
      Nacional e Internacional.
      Al 2012 como el primer plantel bilingüe que construye cultura
      ambiental en la región.
      Formar capital humano procurando en el estudiante el desarrollo
      de las competencias y cualidades que le posibiliten alcanzar la
      excelencia como personas con alto grado de dignidad y autoestima
      frente a la dinámica social y natural.
      Fortalecer en la comunidad el sentido de pertenencia por el
      plantel.
      Potenciar el desarrollo del Proyecto Educativo resaltando la
      modalidad ambiental y el trabajo formativo durante todo el día.

               FUNCIONES DE LAS ORGANIZACIONES

    Consejo directivo
   1. Tomar decisiones que puedan beneficiar o solucionar problemas
      que afecten la institución
   2. Adoptar el reglamento o manual de convivencia
   3. Fijar criterios para la asignación de cupos escolares disponibles
   4. Participar en la elaboración y evaluación del proyecto educativo
      institucional (PEI), del currículo y del plan de estudios
   5. Participar en la evaluación del personal de la institución (docentes,
      directivos y personal administrativo)
   6. Establecer procedimientos para el uso de todos los bienes de la
      institución educativa
   7. Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos
   8. Darse su propio reglamento


       Consejo académico
   1. Servir de órgano consultor del Consejo Directivo en la revisión de
      la propuesta del Proyecto Educativo Institucional.
2. Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento,
     supervisar el proceso general de evaluación en la Institución
     Educativa, introduciendo las modificaciones y ajustes de acuerdo
     con el procedimiento previsto en los decretos 1860/ 94 y 1290/09.
  3. Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución.
     Determinando la profundización acorde con los resultados del
     diagnóstico a la comunidad y sus necesidades.

  4. Participar en la evaluación Institucional anual.
  5. Integrar los Consejos de Docentes para la evaluación periódica del
     rendimiento de l@s estudiantes y para la promoción, asignarles
     sus funciones y supervisar el proceso general de evaluación.
  6. Verificar que se socialice el sistema de evaluación institucional con
     la comunidad educativa.
  7. Hacer un continuo análisis a los cambios del nuevo proceso de
     evaluación cuando sean pertinentes.
  8. Realizar reuniones de docentes y directivos docentes para
     analizar, diseñar e implementar estrategias permanentes de
     evaluación y de apoyo para la superación de debilidades de los
     estudiantes y dar recomendaciones a estudiantes, padres de
     familia y docentes a través del Consejo Académico en pleno o de
     sus comités delegados.
  9. Analizar periódicamente los informes de evaluación con el fin de
     identificar prácticas escolares que puedan estar afectando el
     desempeño de los estudiantes e introducir las modificaciones que
     sean necesarias para mejorar.

Funciones consejo de padres

  1. Contribuir con el rector o director en el análisis, difusión y uso de
     los resultados de las evaluaciones periódicas de competencias y
     las pruebas de Estado.
  2. Exigir que el establecimiento con todos sus estudiantes participe
     en las pruebas de competencias y de Estado realizadas por el
     Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior,
     ICFES.
  3. Apoyar las actividades artísticas, científicas, técnicas y deportivas
     que organice el establecimiento educativo, orientadas a mejorar
     las competencias de los estudiantes en las distintas áreas, incluida
     la ciudadana y la creación de la cultura de la legalidad.
  4. Participar en la elaboración de planes de mejoramiento y en el
     logro de los objetivos planteados.
  5. Promover actividades de formación de los padres de familia
     encaminadas a desarrollar estrategias de acompañamiento a los
estudiantes para facilitar el afianzamiento de los aprendizajes,
     fomentar la práctica de hábitos de estudio extraescolares, mejorar
     la autoestima y el ambiente de convivencia y especialmente
     aquellas destinadas a promover los derechos del niño.
  6. Propiciar un clima de confianza, entendimiento, integración,
     solidaridad y concertación entre todos los estamentos de la
     comunidad educativa.
  7. Presentar propuestas de mejoramiento del manual de convivencia
     en el marco de la Constitución y la ley.
  8. Colaborar en las actividades destinadas a la promoción de la salud
     física y mental de los educandos, la solución de las dificultades de
     aprendizaje, la detección de problemas de integración escolar y el
     mejoramiento del medio ambiente.
  9. Elegir al padre de familia que participará en la comisión de
     evaluación y promoción de acuerdo con el Decreto 230 de 2002.
  10. Presentar las propuestas de modificación, del proyecto educativo
     institucional que surjan de los padres de familia de conformidad
     con lo previsto en los artículos 14, 15 y 16 del Decreto 1860 de
     1994.
  11. Elegir los dos representantes de los padres de familia en el
     consejo directivo del establecimiento educativo con la excepción
     establecida en el parágrafo 2º del artículo 9º del presente decreto.

Parágrafo 1º. El rector o director del establecimiento educativo
proporcionará toda la información necesaria para que el consejo de
padres pueda cumplir sus funciones.

Parágrafo 2º. El consejo de padres de cada establecimiento educativo
ejercerá estas funciones en directa coordinación con los rectores o
directores y requerirá de expresa autorización cuando asuma
responsabilidades que comprometan al establecimiento educativo ante
otras instancias o autoridades.

Funciones consejo de estudiantes

ARTICULO 36.
El Consejo de Estudiantes es el máximo órgano colegiado que asegura y
garantiza el continuo ejercicio de la participación por parte de los
educandos en las decisiones que impliquen el buen funcionamiento del
plantel.
Las Directivas del Plantel facilitarán los espacios necesarios para su
oportuno funcionamiento.

  1. El Consejo de Estudiantes debe conocer todos los procesos que
atañen con el comportamiento de los miembros de la comunidad
     educativa.
  2. Todas las decisiones del Consejo de Estudiantes serán tomadas
     por mayoría de sus miembros y quedarán registradas en un libro
     de actas numeradas y consecutivas con las firmas del Presidente y
     el (la) Secretari@.
  3. El Consejo de Estudiantes se reunirá ordinariamente todos los
     lunes al finalizar la jornada escolar y extraordinariamente cuando
     sea convocado por la Rectoría o a solicitud de cuatro miembros.
  4. Los miembros del Consejo de Estudiantes no podrán ser
     sancionados por el ejercicio de sus funciones como voceros.

Funciones del personero

  1. Promover el ejercicio honesto de los derechos y el cumplimiento
      responsable de los deberes o compromisos por parte de los
      estudiantes.
  2. . Asumir, apoyar y difundir la Filosofía Educativa de la institución y
      velar para que se viva y se aplique en todas las actividades y
      proyectos de la misma.
  3. Motivar el alumnado en el ejercicio de sus derechos en la activa y
      responsable participación para una convivencia pacífica.
  4. Concienciar a los estudiantes para que cumplan con los
      compromisos adquiridos con la institución y así superar la
      mediocridad y crear un clima de superación constante.
  5. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los
      estudiantes sobre las lesiones de sus derechos.
  6. Recibir y evaluar quejas y reclamos de cualquier miembro de la
      comunidad educativa sobre el incumplimiento de los compromisos
      por parte de los alumnos.
  7. Presentar ante las distintas instancias del plantel según los casos
      y competencias, las solicitudes que consideren necesarias para
      salvaguardar los derechos de los estudiantes y asegurar el
      cumplimiento de los compromisos.
  8. Cuando lo considere necesario podrá solicitar revisión o apelar a
      las instancias superiores las decisiones, con el fin de dar solución
      equitativa a conflictos propios de su competencia.
  9. Capacitarse por medio de la Secretaría de Educación o Personero
      Municipal, para asumir el cargo.
  10. Conocer el Manual de Convivencia.
  11. Ser líder estudiantil y tener espíritu de superación.
  12. Gestionar y facilitar las relaciones interinstitucionales en pro del
      mejoramiento del proceso educativo
13. Las propuestas elaboradas por personero electo serán apoyadas
      por cada curso según la elección que se haga de las mismas.
  14. Gestionar proyectos dirigidos a la consecución de recursos
      económicos para el mantenimiento del establecimiento.

                         DECRETO 1860 DE 1994
                                      (Agosto 3)
                  Diario Oficial No 41.473, del 5 de agosto de 1994
                       MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
    Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 115 de 1994, en los aspectos
                       pedagógicos y organizativos generales.

                           CAPITULO III.
               EL PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL

ARTICULO       14.    CONTENIDO        DEL    PROYECTO       EDUCATIVO
INSTITUCIONAL. Todo establecimiento educativo debe elaborar y poner
en práctica con la participación de la comunidad educativa, un proyecto
educativo institucional que exprese la forma como se ha decidido
alcanzar los fines de la educación definidos por la ley, teniendo en
cuenta las condiciones sociales, económicas y culturales de su medio.
Para lograr la formación integral de los educandos, debe contener por lo
menos los siguientes aspectos:

  1. Los principios y fundamentos que orientan la acción de la
     comunidad educativa en la institución.
  2. El análisis de la situación institucional que permita la
     identificación de problemas y sus orígenes.
  3. Los objetivos generales del proyecto.
  4. La estrategia pedagógica que guía las labores de formación de los
     educandos.
  5. La organización de los planes de estudio y la definición de los
     criterios para la evaluación del rendimiento del educando.
  6. Las acciones pedagógicas relacionadas con la educación para el
     ejercicio de la democracia, para la educación sexual, para el uso
     del tiempo libre, para el aprovechamiento y conservación del
     ambiente, y en general, para los valores humanos.
  7. El reglamento o manual de convivencia y el reglamento para
     docentes.
  8. Los órganos, funciones y forma de integración del Gobierno
     Escolar.
  9. El sistema de matrículas y pensiones que incluya la definición de
     los pagos que corresponda hacer a los usuarios del servicio y en el
     caso de los establecimientos privados, el contrato de renovación
     de matrícula.
10. Los procedimientos para relacionarse con otras organizaciones
     sociales, tales como los medios de comunicación masiva, las
     agremiaciones, los sindicatos y las instituciones comunitarias.
  11. La evaluación de los recursos humanos, físicos, económicos y
     tecnológicos disponibles y previstos para el futuro con el fin de
     realizar el proyecto.
  12. Las estrategias para articular la institución educativa con las
     expresiones culturales locales y regionales.
  13. Los criterios de organización administrativa y de evaluación de la
     gestión.
  14. Los programas educativos de carácter no formal e informal que
     ofrezca el establecimiento, en desarrollo de los objetivos generales
     de la institución.

                        PLAN DE ESTUDIOS


OBJETIVO
En cuanto a las áreas fundamentales, cumplir los estándares definidos
por el Ministerio de Educación Nacional en el marco de las competencias


EDUCACIÓN PREESCOLAR


                           PRE – ESCOLAR
                        ÁREAS                                 Intensidad
                                                               Semanal
Dimensión Cognitiva                                                3
Dimensión Comunicativa                                             3
Dimensión Ética y Valores                                          1
Dimensión Estética y Creativa                                      2
Lecto – Escritura                                                  5
Pre – Matemáticas                                                  5
Inglés                                                             5
Tecnología e Informática                                           1
Dimensión Corporal                                                 3
TOTAL                                                             28


EDUCACIÓN BÁSICA PRIMARIA
Áreas Fundamentales (Art. 23 Ley 115/94)
EDUCACIÓN BÁSICA                   PRIMARIA
                                                              GRADOS
                                                       Intensidad Semanal
                     ÁREAS                             1° 2° 3° 4° 5°
Ciencias Naturales y Educación Ciencias                 3   4   5   5  5
Ambiental                          Medio                1   1   1   1  1
                                   Ambiente
Ciencias Sociales                                      3    3       4        4    5
(Historia, Geografía, Const. Polit., y
Democracia)
Educación Artística                                    1    1       1        1    1
Educación Ética y en Valores Humanos                   1    1       1        1    1
Educación Física,             Educación Física         1    1       1        1    1
Recreación y Deportes         Recreación           y   3    3       3        3    3
                              Deportes
Educación Religiosa                                    1    1       1        1    1
                       Lengua Castellana               10   9       8        8    7
Humanidades            Inglés                          5    5       5        5    5
Matemáticas                                             9    9       8        8    8
Tecnología e Informática                                2    2       2        2    2
Educación Solidaria: Cooperativismo                     1    1       1        1    1
Dirección de Grupo                                      1    1       1        1    1
TOTAL                                                  42   42      42       42   42

EDUCACIÓN BÁSICA SECUNDARIA
Áreas Fundamentales (Art. 23 Ley 115/94)

            EDUCACIÓN BÁSICA                 SECUNDARIA
                                                             GRADOS
                                                       Intensidad Semanal
                      ÁREAS                            6°    7°   8°  9°
                             Biología                   4    4    4    4
Ciencias Naturales y         Física                     1    1    1    1
Educación Ambiental          Química                    1    1    1    1
                             Medio Ambiente             1    1    1    1
Ciencias Sociales (Historia,      Sociales              4    4    4    4
Geografía, Constitución           Filosofía             1    1    1    1
Política y Democracia)
Educación Artística               Dibujo Técnico       1        1        1        1
                                  Danzas               1        1        1        1
Educación Ética y en Valores Humanos                 1         1    1         1
Educación Física,            Educación Física        1         1    1         1
Recreación y Deportes        Recreación       y      3         3    3         3
                             Deportes
Educación Religiosa                                  1         1    1         1
                     Lengua Castellana               6         6    6         6
Humanidades          Inglés                          5         5    5         5
Matemáticas                                           6         6    6         6
Tecnología e Informática                              3         3    3         3
Educación Solidaria: Cooperativismo                   1         1    1         1
Dirección de Grupo                                    1         1    1         1
TOTAL                                                42        42   42        42


EDUCACIÓN MEDIA
Áreas Fundamentales (Art. 23 Ley 115/94)

                       EDUCACIÓN MEDIA
                                                           GRADOS
                                                     Intensidad Semanal
                    ÁREAS                              10°        11
Ciencias Naturales y            Química                  5         5
Educación Ambiental             Física                   5         5
                                Medio Ambiente           3         3
Ciencias Sociales
(Ciencias Políticas y Económicas )                        2              2
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Colegio cooperativo barbosa santander

  • 1. Colegio Cooperativo Educación Preescolar - Básica Primaria Básica Secundaria y Media Con Profundización en Medio Ambiente
  • 2. Misión El Colegio Cooperativo es una comunidad educativa comprometida con la formación de capital humano que busca la excelencia, en el desarrollo del potencial académico, científico y social a través de la promoción de niños y niñas, jóvenes y señoritas como integrantes de una sociedad solidaria, equitativa y justa, fundamentada en el respeto entre los seres humanos y entre los seres humanos y la naturaleza. Visión El Colegio Cooperativo en cumplimiento de su misión y comprometido con los cambios que exigen los adelantos de la ciencia, la tecnología y la globalización, proyecta su acción educativa para consolidarse al 2012 como el primer plantel bilingüe que construye cultura ambiental en la región. Nuestros egresados, por su calidad, eficiencia académica y formación integral podrán desempeñarse laboralmente y/o acceder a los diferentes espacios de educación superior oficiales y privados a escala regional, nacional e internacional. Filosofía El Colegio Cooperativo de Barbosa es una institución educativa privada, creada en el marco de las teorías del Cooperativismo mundial para fortalecer los lazos de solidaridad, cooperación y formación de las comunidades del Municipio de Barbosa, las Provincias del Sur de Santander y la Provincia Ricaurte de Boyacá. El Colegio Cooperativo consciente de que durante los últimos veinte años, la población colombiana ha venido sufriendo las inclemencias del facilismo generado por diferentes tópicos que inician su carrera en el comercio ilícito y las teorías del sindicalismo dirigidas al bienestar de los dirigentes, introduce en la comunidad la transformación de los parámetros de progreso fundamentados en el capital humano de un país como el tesoro para el desarrollo sostenible, además del trabajo constante como elemento principal para alcanzar familias responsables con alto sentido de pertenencia por su región y el país. En este orden, la ecología significa economía a largo plazo que tiene como marco un ciclo cerrado y fortalece los principios del cooperativismo con la expresión que acuñó Theodore Schultz, premio Nóbel de Economía en 1961, cuando expresó que “Formar Capital Humano” comprende habilidades, experiencia y conocimientos. Sobre esta teoría, el economista Gary Becker añade personalidad, apariencia, reputación y credenciales. Otros, como el consultor de
  • 3. gestión Richard Crawford, equiparan el capital con sus propietarios, señalando que el Capital Humano consiste en formar personas hábiles pero instruidas. En beneficio de nuestro modelo y combinando las teorías del cooperativismo, nos atrevemos a direccionar la definición de Capital Humano, como el conjunto de elementos tales como: solidaridad, habilidad, conocimiento, destreza, sensibilidad y talento que sumados al comportamiento y multiplicados por el esfuerzo en el tiempo, fortalecen el capital humano que necesita el país. Objetivos Generales Generar un espacio abierto para la reflexión y el debate, la formación y la investigación. Promover el desarrollo sostenible, social y comunitario, fortaleciendo el ejercicio de una ciudadanía moderna, democrática y tolerante de la justicia, la equidad de género, los derechos humanos y el respeto a las características y necesidades de la comunidad educativa. Contribuir mediante alternativas flexibles y pertinentes a la formación cultural, científica y tecnológica para fortalecer el desarrollo de conocimientos, destrezas y habilidades relacionadas con el mundo laboral y la producción de bienes y servicios. Desarrollar actitudes y valores que estimulen la creatividad, la recreación, la convivencia, el buen uso del tiempo libre y la identidad Nacional, soportados en criterios definidos de respeto, responsabilidad y solidaridad. Recuperar y compartir los saberes y experiencias de los estudiantes con los profesionales docentes de la región para el mejoramiento de la calidad de vida y la formación integral de hombres y mujeres con pensamiento crítico al servicio de la sociedad Santandereana. Principios Institucionales Sus principios se enmarcan en la “Solidaridad, la formación de capital humano” y el desarrollo sostenible de la región fundamentados en la integridad, la pertinencia, la flexibilidad y la participación de la comunidad, de tal manera que el proceso formativo complementario en los jóvenes fortalezca su autonomía y sentido de responsabilidad, facilitando a su vez el actuar con creatividad en las transformaciones
  • 4. económicas, sociales, políticas, científicas y culturales de la región. El Colegio Cooperativo durante 35 años ha generado un espacio de responsabilidad y cumplimiento. Fortalece su existencia en el servicio a la población. Metas institucionales Alcanzar el auto sostenimiento del plantel incrementando la oferta de servicios a la comunidad y demás Instituciones educativas del nivel y/o superior. Alcanzar reconocimiento por Organizaciones de Cooperación Nacional e Internacional. Al 2012 como el primer plantel bilingüe que construye cultura ambiental en la región. Formar capital humano procurando en el estudiante el desarrollo de las competencias y cualidades que le posibiliten alcanzar la excelencia como personas con alto grado de dignidad y autoestima frente a la dinámica social y natural. Fortalecer en la comunidad el sentido de pertenencia por el plantel. Potenciar el desarrollo del Proyecto Educativo resaltando la modalidad ambiental y el trabajo formativo durante todo el día. FUNCIONES DE LAS ORGANIZACIONES Consejo directivo 1. Tomar decisiones que puedan beneficiar o solucionar problemas que afecten la institución 2. Adoptar el reglamento o manual de convivencia 3. Fijar criterios para la asignación de cupos escolares disponibles 4. Participar en la elaboración y evaluación del proyecto educativo institucional (PEI), del currículo y del plan de estudios 5. Participar en la evaluación del personal de la institución (docentes, directivos y personal administrativo) 6. Establecer procedimientos para el uso de todos los bienes de la institución educativa 7. Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos 8. Darse su propio reglamento Consejo académico 1. Servir de órgano consultor del Consejo Directivo en la revisión de la propuesta del Proyecto Educativo Institucional.
  • 5. 2. Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, supervisar el proceso general de evaluación en la Institución Educativa, introduciendo las modificaciones y ajustes de acuerdo con el procedimiento previsto en los decretos 1860/ 94 y 1290/09. 3. Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución. Determinando la profundización acorde con los resultados del diagnóstico a la comunidad y sus necesidades. 4. Participar en la evaluación Institucional anual. 5. Integrar los Consejos de Docentes para la evaluación periódica del rendimiento de l@s estudiantes y para la promoción, asignarles sus funciones y supervisar el proceso general de evaluación. 6. Verificar que se socialice el sistema de evaluación institucional con la comunidad educativa. 7. Hacer un continuo análisis a los cambios del nuevo proceso de evaluación cuando sean pertinentes. 8. Realizar reuniones de docentes y directivos docentes para analizar, diseñar e implementar estrategias permanentes de evaluación y de apoyo para la superación de debilidades de los estudiantes y dar recomendaciones a estudiantes, padres de familia y docentes a través del Consejo Académico en pleno o de sus comités delegados. 9. Analizar periódicamente los informes de evaluación con el fin de identificar prácticas escolares que puedan estar afectando el desempeño de los estudiantes e introducir las modificaciones que sean necesarias para mejorar. Funciones consejo de padres 1. Contribuir con el rector o director en el análisis, difusión y uso de los resultados de las evaluaciones periódicas de competencias y las pruebas de Estado. 2. Exigir que el establecimiento con todos sus estudiantes participe en las pruebas de competencias y de Estado realizadas por el Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior, ICFES. 3. Apoyar las actividades artísticas, científicas, técnicas y deportivas que organice el establecimiento educativo, orientadas a mejorar las competencias de los estudiantes en las distintas áreas, incluida la ciudadana y la creación de la cultura de la legalidad. 4. Participar en la elaboración de planes de mejoramiento y en el logro de los objetivos planteados. 5. Promover actividades de formación de los padres de familia encaminadas a desarrollar estrategias de acompañamiento a los
  • 6. estudiantes para facilitar el afianzamiento de los aprendizajes, fomentar la práctica de hábitos de estudio extraescolares, mejorar la autoestima y el ambiente de convivencia y especialmente aquellas destinadas a promover los derechos del niño. 6. Propiciar un clima de confianza, entendimiento, integración, solidaridad y concertación entre todos los estamentos de la comunidad educativa. 7. Presentar propuestas de mejoramiento del manual de convivencia en el marco de la Constitución y la ley. 8. Colaborar en las actividades destinadas a la promoción de la salud física y mental de los educandos, la solución de las dificultades de aprendizaje, la detección de problemas de integración escolar y el mejoramiento del medio ambiente. 9. Elegir al padre de familia que participará en la comisión de evaluación y promoción de acuerdo con el Decreto 230 de 2002. 10. Presentar las propuestas de modificación, del proyecto educativo institucional que surjan de los padres de familia de conformidad con lo previsto en los artículos 14, 15 y 16 del Decreto 1860 de 1994. 11. Elegir los dos representantes de los padres de familia en el consejo directivo del establecimiento educativo con la excepción establecida en el parágrafo 2º del artículo 9º del presente decreto. Parágrafo 1º. El rector o director del establecimiento educativo proporcionará toda la información necesaria para que el consejo de padres pueda cumplir sus funciones. Parágrafo 2º. El consejo de padres de cada establecimiento educativo ejercerá estas funciones en directa coordinación con los rectores o directores y requerirá de expresa autorización cuando asuma responsabilidades que comprometan al establecimiento educativo ante otras instancias o autoridades. Funciones consejo de estudiantes ARTICULO 36. El Consejo de Estudiantes es el máximo órgano colegiado que asegura y garantiza el continuo ejercicio de la participación por parte de los educandos en las decisiones que impliquen el buen funcionamiento del plantel. Las Directivas del Plantel facilitarán los espacios necesarios para su oportuno funcionamiento. 1. El Consejo de Estudiantes debe conocer todos los procesos que
  • 7. atañen con el comportamiento de los miembros de la comunidad educativa. 2. Todas las decisiones del Consejo de Estudiantes serán tomadas por mayoría de sus miembros y quedarán registradas en un libro de actas numeradas y consecutivas con las firmas del Presidente y el (la) Secretari@. 3. El Consejo de Estudiantes se reunirá ordinariamente todos los lunes al finalizar la jornada escolar y extraordinariamente cuando sea convocado por la Rectoría o a solicitud de cuatro miembros. 4. Los miembros del Consejo de Estudiantes no podrán ser sancionados por el ejercicio de sus funciones como voceros. Funciones del personero 1. Promover el ejercicio honesto de los derechos y el cumplimiento responsable de los deberes o compromisos por parte de los estudiantes. 2. . Asumir, apoyar y difundir la Filosofía Educativa de la institución y velar para que se viva y se aplique en todas las actividades y proyectos de la misma. 3. Motivar el alumnado en el ejercicio de sus derechos en la activa y responsable participación para una convivencia pacífica. 4. Concienciar a los estudiantes para que cumplan con los compromisos adquiridos con la institución y así superar la mediocridad y crear un clima de superación constante. 5. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los estudiantes sobre las lesiones de sus derechos. 6. Recibir y evaluar quejas y reclamos de cualquier miembro de la comunidad educativa sobre el incumplimiento de los compromisos por parte de los alumnos. 7. Presentar ante las distintas instancias del plantel según los casos y competencias, las solicitudes que consideren necesarias para salvaguardar los derechos de los estudiantes y asegurar el cumplimiento de los compromisos. 8. Cuando lo considere necesario podrá solicitar revisión o apelar a las instancias superiores las decisiones, con el fin de dar solución equitativa a conflictos propios de su competencia. 9. Capacitarse por medio de la Secretaría de Educación o Personero Municipal, para asumir el cargo. 10. Conocer el Manual de Convivencia. 11. Ser líder estudiantil y tener espíritu de superación. 12. Gestionar y facilitar las relaciones interinstitucionales en pro del mejoramiento del proceso educativo
  • 8. 13. Las propuestas elaboradas por personero electo serán apoyadas por cada curso según la elección que se haga de las mismas. 14. Gestionar proyectos dirigidos a la consecución de recursos económicos para el mantenimiento del establecimiento. DECRETO 1860 DE 1994 (Agosto 3) Diario Oficial No 41.473, del 5 de agosto de 1994 MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 115 de 1994, en los aspectos pedagógicos y organizativos generales. CAPITULO III. EL PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL ARTICULO 14. CONTENIDO DEL PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL. Todo establecimiento educativo debe elaborar y poner en práctica con la participación de la comunidad educativa, un proyecto educativo institucional que exprese la forma como se ha decidido alcanzar los fines de la educación definidos por la ley, teniendo en cuenta las condiciones sociales, económicas y culturales de su medio. Para lograr la formación integral de los educandos, debe contener por lo menos los siguientes aspectos: 1. Los principios y fundamentos que orientan la acción de la comunidad educativa en la institución. 2. El análisis de la situación institucional que permita la identificación de problemas y sus orígenes. 3. Los objetivos generales del proyecto. 4. La estrategia pedagógica que guía las labores de formación de los educandos. 5. La organización de los planes de estudio y la definición de los criterios para la evaluación del rendimiento del educando. 6. Las acciones pedagógicas relacionadas con la educación para el ejercicio de la democracia, para la educación sexual, para el uso del tiempo libre, para el aprovechamiento y conservación del ambiente, y en general, para los valores humanos. 7. El reglamento o manual de convivencia y el reglamento para docentes. 8. Los órganos, funciones y forma de integración del Gobierno Escolar. 9. El sistema de matrículas y pensiones que incluya la definición de los pagos que corresponda hacer a los usuarios del servicio y en el caso de los establecimientos privados, el contrato de renovación de matrícula.
  • 9. 10. Los procedimientos para relacionarse con otras organizaciones sociales, tales como los medios de comunicación masiva, las agremiaciones, los sindicatos y las instituciones comunitarias. 11. La evaluación de los recursos humanos, físicos, económicos y tecnológicos disponibles y previstos para el futuro con el fin de realizar el proyecto. 12. Las estrategias para articular la institución educativa con las expresiones culturales locales y regionales. 13. Los criterios de organización administrativa y de evaluación de la gestión. 14. Los programas educativos de carácter no formal e informal que ofrezca el establecimiento, en desarrollo de los objetivos generales de la institución. PLAN DE ESTUDIOS OBJETIVO En cuanto a las áreas fundamentales, cumplir los estándares definidos por el Ministerio de Educación Nacional en el marco de las competencias EDUCACIÓN PREESCOLAR PRE – ESCOLAR ÁREAS Intensidad Semanal Dimensión Cognitiva 3 Dimensión Comunicativa 3 Dimensión Ética y Valores 1 Dimensión Estética y Creativa 2 Lecto – Escritura 5 Pre – Matemáticas 5 Inglés 5 Tecnología e Informática 1 Dimensión Corporal 3 TOTAL 28 EDUCACIÓN BÁSICA PRIMARIA Áreas Fundamentales (Art. 23 Ley 115/94)
  • 10. EDUCACIÓN BÁSICA PRIMARIA GRADOS Intensidad Semanal ÁREAS 1° 2° 3° 4° 5° Ciencias Naturales y Educación Ciencias 3 4 5 5 5 Ambiental Medio 1 1 1 1 1 Ambiente Ciencias Sociales 3 3 4 4 5 (Historia, Geografía, Const. Polit., y Democracia) Educación Artística 1 1 1 1 1 Educación Ética y en Valores Humanos 1 1 1 1 1 Educación Física, Educación Física 1 1 1 1 1 Recreación y Deportes Recreación y 3 3 3 3 3 Deportes Educación Religiosa 1 1 1 1 1 Lengua Castellana 10 9 8 8 7 Humanidades Inglés 5 5 5 5 5 Matemáticas 9 9 8 8 8 Tecnología e Informática 2 2 2 2 2 Educación Solidaria: Cooperativismo 1 1 1 1 1 Dirección de Grupo 1 1 1 1 1 TOTAL 42 42 42 42 42 EDUCACIÓN BÁSICA SECUNDARIA Áreas Fundamentales (Art. 23 Ley 115/94) EDUCACIÓN BÁSICA SECUNDARIA GRADOS Intensidad Semanal ÁREAS 6° 7° 8° 9° Biología 4 4 4 4 Ciencias Naturales y Física 1 1 1 1 Educación Ambiental Química 1 1 1 1 Medio Ambiente 1 1 1 1 Ciencias Sociales (Historia, Sociales 4 4 4 4 Geografía, Constitución Filosofía 1 1 1 1 Política y Democracia) Educación Artística Dibujo Técnico 1 1 1 1 Danzas 1 1 1 1
  • 11. Educación Ética y en Valores Humanos 1 1 1 1 Educación Física, Educación Física 1 1 1 1 Recreación y Deportes Recreación y 3 3 3 3 Deportes Educación Religiosa 1 1 1 1 Lengua Castellana 6 6 6 6 Humanidades Inglés 5 5 5 5 Matemáticas 6 6 6 6 Tecnología e Informática 3 3 3 3 Educación Solidaria: Cooperativismo 1 1 1 1 Dirección de Grupo 1 1 1 1 TOTAL 42 42 42 42 EDUCACIÓN MEDIA Áreas Fundamentales (Art. 23 Ley 115/94) EDUCACIÓN MEDIA GRADOS Intensidad Semanal ÁREAS 10° 11 Ciencias Naturales y Química 5 5 Educación Ambiental Física 5 5 Medio Ambiente 3 3 Ciencias Sociales (Ciencias Políticas y Económicas ) 2 2 Educación Artística ( Danzas) 1 1 Educación Ética y en Valores Humanos 1 1 Educación Física, Educación Física 1 1 Recreación y Deportes Recreación y 3 3 Deportes Educación Religiosa 1 1 Filosofía 2 2 Lengua Castellana 4 4 Humanidades Inglés 5 5 Matemáticas 5 5 Tecnología e Informática 3 3 Dirección de Grupo 1 1 TOTAL 42 42