Derecho a la capacidad jurídica. Personas con discapacidad..pdf
Filiacion
1. Expediente Nº :
Esp. Legal :
Cuaderno : Principal
Escrito Nº : 01
Sumilla : Demanda de Filiación
SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE AREQUIPA.-
KILES KAIS PEREZ MENDEZ, identificada con DNI Nº
41687650, con dirección domiciliaria en la Cooperativa
Cruce de Chilina X-21, Pampas de Polanco, del distrito
de Alto Selva Alegre, señalando domicilio procesal en la
Calle Moral No.123; a usted con el debido respeto me
presento y expongo:
I.- NOMBRE Y DIRECCIÓN DOMICILIARIA DEL DEMANDADO:
MANUEL FERNANDO PODER QUISPE, con dirección domiciliaría en la calle Guillermo
Billigurts K-48 de Pablo VI del cercado de Arequipa, y también en el Cruce de Vitor La
Joya de Arequipa, lugar donde deberá ser notificado válidamente.
II.- PETITORIO
Interpongo DEMANDA DE FILIACIÓN JUDICIAL DE PATERNIDAD
EXTRAMATRIMONIAL en contra del demandado, a fin de que su despacho declare la
Paternidad Extramatrimonial respecto a nuestra menor hija FERNANDA LUCIANA
PEREZ MENDEZ de 06 meses de nacida.
III. HECHOS EN QUE SE FUNDA EL PETITORIO:
3.1 En el mes de marzo del año 2008 a inicio de las labores escolares, es que conocí al
demandado en el Colegio 40065 de La Joya-San Isidro, cuando la recurrente trabajaba
como docente y el demandado también como docente es decir ambos en el mismo
colegio, es ahí que empezamos una relación de amistad.
3.2 A fines de marzo del 2008, iniciamos una relación de enamorados que transcurridos
unos meses ambos decidimos convivir en la Urbanización Villa Independiente Manzana
“R”, lote 1, Comité 4, Zona B, del P.J. Independencia del distrito de Alto Selva Alegre,
lugar donde antes vivía solo el demandado y es ahí donde tuvimos nuestra primera
2. relación sexual, comprometiéndose el demandado en conversar con mi familia para
formalizar nuestra situación.
3.3 Que a mediados del mes de septiembre del 2008, quedé embarazada y cuando le puse
en conocimiento al demandado de mi embarazo, éste sin ningún escrúpulo me sugirió
que abortara a nuestra hija porque según este no estaba planificado; ante su actitud, es
que opté por separarme del demandado.
3.4 Pero es el caso que ante mi inesperada decisión es que el demandado conversa con mi
señora madre indicándole que iba hacerse cargo de todos los gastos y que no se
preocupara por mi situación.
3.5 Que a fines del mes de septiembre del 2008 por suplicas del demandado es que vuelvo
a convivir con él; sin embargo me enteré que nuevamente estaba viviendo con su
cónyuge, donde decidí separarme definitivamente del demandado.
3.6 En enero del 2009 regresé con el demandado, quien empezó a libar licor y a traer a la
casa a amigos de dudosa reputación, el me metió la mano y me obligaba a tomar
estando en pleno estado de gestación, en el mes de marzo fui objeto de asalto en la que
perdió todos mis documentos y al regresar a la casa, el demandado me llama para
decirme que se separaba, y dudo de tu hijo si es mió y no quiero saber nada de ti.
3.7 Con fecha 28 de mayo del 2009, nace nuestra menor hija Fernanda Luciana Pérez
Méndez, quien hasta la fecha no ha sido reconocida por el demandado, quien se niega
aduciendo que no es su hija, razón por la cual es que me veo en la imperiosa necesidad
de interponer la presente demandada, con la finalidad de que se declare Judicialmente la
Paternidad Extramatrimonial mediante la Prueba genética del ADN.
IV. FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA DEL PETITORIO:
De orden Sustantivo:
IV.1Ley Nro. 28457, que regula el Proceso de Filiación Judicial de Paternidad
Extramatrimonial.
IV.2Art. 402 inc. 6 del C.C. que establece que la Paternidad Extramatrimonial puede ser
judicialmente declarada: Cuando se acredite el vínculo parental entre el presunto padre y
el hijo a través de la prueba del ADN u otras pruebas genéticas o científicas con igual o
mayor grado de certeza.
IV.3Art. 408 del C.C. que establece que la acción puede ejercitarse ante el juez del domicilio
del demandado o del demandante, por este dispositivo su despacho resulta competente
3. para conocer la presente acción en vista que el demandado domicilia en el distrito de
Paucarpata.
De orden Adjetivo:
IV.4Art. 424 y 425 del C.P.C. sobre los requisitos y anexos de la demanda.
V.- MONTO DEL PETITORIO:
Por la naturaleza de la Pretensión es inapreciable en dinero.
VI.- VIA PROCEDIMIENTAL:
De conformidad con lo dispuesto en la Ley 28457 del 17 de enero del 2005, se tramita
en la vía del Proceso Especial.
VII.- MEDIOS PROBATORIOS:
7.1 Copia Certificada de la Partida de Nacimiento de nuestro menor hijo…………………..,
expedida por la Municipalidad Provincial de Arequipa, con la que acredito la existencia legal
de nuestro menor hijo.
7.2 Prueba Genética del ADN que deberá practicarse al demandado, a la recurrente y a nuestro
menor hijo …………………….., la misma que deberá ser practicado por LABORATORIOS
BIO LINKS, a cargo del Biólogo Juan Martín Gavilán de la Cruz y la Dra. Isabel Montoya
Piedra, quienes Dictaminarán conforme a los Puntos que aparecen en el Pliego Abierto que
se adjunta a la presente, con la finalidad de acreditar que el demandado es el padre
biológico del menor; para este efecto su Despacho se servirá señalar día y hora para la toma
de muestras debiendo oficiar al laboratorio designado.
ANEXOS:
1.A.- Copia simple del DNI de la recurrente
1.B.- Copia Certificada de la Partida de Nacimiento.
1.C.- Pliego Abierto
POR LO EXPUESTO:
A usted señor Juez, pido admitir la demanda y darle
trámite con arreglo a ley.
4. PLIEGO ABIERTO QUE CONTIENE LOS PUNTOS SOBRE LOS QUE VERSARÁ EL
DICTAMEN PERICIAL PRACTICADO POR LABORATORIOS BIOLINKS
1.- Porcentaje al que asciende el Índice de Paternidad.
2.- Si el demandado JAVIER CHAVEZ NAVARRO es padre biológico de los menor MARCO
ANTONIO VARGAS HUMPIRE.
Arequipa, 2009, diciembre 15