2. PROMULGACION
El día martes, 22 de octubre del 2013 La Ley de
Delitos Informáticos, aprobada por el pleno del
Congreso el 12 de setiembre, tuvo el visto bueno
del Presidente de la República y fue publicada en
el Boletín de Normas Legales del diario oficial “El
Peruano”
• firmas de : Humala; el primer ministro, Juan
Jiménez Mayor; el titular del Parlamento, Fredy
Otárola; y la vicepresidenta del Legislativo,
Carmen Omonte.
3. Erick Iriarte abogado especialista en temas de
Internet, ha señalado que la ley tiene muchas
ambigüedades en su redacción que la hacen
peligrosa. Por ejemplo se castiga hasta con seis
años de prisión a los que borren, deterioren,
alteren o supriman datos informáticos que no
sean suyos, pero no hay una valorización de en
qué circunstancia debe aplicarse.
ANALISIS DE LA LEY
4. El lunes 10 de marzo del 2014, el Gobierno del
presidente Ollanta Humala promulgó las
modificaciones de siete de sus artículos. La norma,
fue publicada en el diario oficial El Peruano, y
detalla las modificaciones en los artículos 2, 3, 4, 5,
7, 8 y 10, tal y como acordó la Comisión
Permanente, cuatro semanas antes de su
promulgación. Estas correcciones apuntan a mejor
algunas generalidades expuestas en el texto original,
las cuales podrían originan aplicaciones arbitrarias
que atentarían contra la libertad de empresa y el
periodismo de investigación.
MODIFICATORIA
5. Se precisa los agravantes en caso de
discriminación e incitación a la discriminación
cuando se perpetren mediante el uso de
internet. La promulgación de la ley cuenta con la
rúbrica del presidente Ollanta Humala y el
primer ministro René Cornejo.
OBJETIVO