Análisis de la Temporada Turística 2024 en Uruguay
Innovación Institucional sobre la Administración de la Deuda Publica en Argentina
1. "Innovación Institucional sobre la
Administración de la Deuda Publica en
Argentina"
Alfredo Schclarek Curutchet
alfredo@cippes.org
www.cippes.org
Junio 2014
2. Contexto y motivación
Fallos judiciales adversos y riesgo de default
Endeudamiento irresponsable e insostenible
Desarrollo del país condicionado por el pago de la deuda
Manejo de información privilegiada y corrupción en las operaciones
de crédito público
Trato desigual de acreedores durante las ultimas renegociaciones
Falta de credibilidad de la Argentina: Encarecimiento del crédito
3. Características de la Administración de la
Deuda en Argentina
Regulado por la Constitución Nacional: potestad Congreso de la
Nación
Marcado protagonismo del Poder Ejecutivo
Rol pasivo del Congreso de la Nación: Limitado a la autorización casi
automática de créditos en el presupuesto y leyes
Falta de transparencia y democracia
Nulo debate sobre la política de endeudamiento y
desendeudamiento: Impide control previo.
Falta de auditorias y evaluación estrategias: Escaso control
posterior
6. Comisión Bicameral de Control
y Seguimiento de la Deuda Pública
Órgano permanente, compuesto por representantes de ambas
cámaras legislativas, destinado a aumentar el protagonismo del
congreso en el endeudamiento público.
Principales funciones:
Conformar la comisión para la auditoria de la
Deuda.
Elegir y remover, junto al PE y al BCRA los
miembros de la Oficina Nacional del Crédito
Público.
Dictaminar previo al tratamiento del
presupuesto y de las cuentas de inversión, en lo
referido a la Deuda Pública Nacional.
Controlar y dar cuenta al congreso de la marcha
de los procesos judiciales y extrajudiciales en
que el Estado Argentino sea parte, como actor o
demandado, en organismos del país y del
extranjero, en los que directa o indirectamente
se debata un asunto de deuda pública.
Emitir informes, formular observaciones,
proyectos de ley, propuestas y recomendaciones
al Congreso sobre cualquier aspecto de la deuda
pública argentina.
Dictaminar sobre los resultados finales de la
auditoria de la Deuda Pública
Coordinar acciones con los estados provinciales
y de la ciudad de Buenos Aires, para la
determinación de sus respectivas deudas
públicas, sin invadir las competencias de
aquellos estados.
Asegurar la transparencia de todo el proceso de
endeudamiento.
Rendir cuentas periódicamente al Congreso
Nacional sobre los trabajos de la comisión y sus
oficinas
7. Oficina Nacional del Crédito Público
Órgano permanente, encargado de la administración y gestión del
Crédito Público.
Estará dirigido por un directorio integrado por miembros elegidos
por el Poder Ejecutivo, la Comisión Bicameral y el BCRA.
Principales funciones, obligaciones y objetivos:
Promover una política de endeudamiento
sustentable, que priorice el desarrollo del país.
Asegurar la transparencia de todo el proceso
de endeudamiento.
Gestionar los procesos de desendeudamiento,
canjes, reestructuraciones, pagos, etc,
relacionados al endeudamiento nacional.
Representar al Estado Nacional en los procesos
judiciales y extrajudiciales en que el Estado
Argentino sea parte, como actor o demandado,
en organismos del país y del extranjero, en los
que directa o indirectamente se debata un
asunto de deuda pública.
Emitir informes, formular observaciones,
proyectos de ley, propuestas y recomendaciones
al Congreso sobre cualquier aspecto de la deuda
pública argentina.
Solicitar la colaboración y dar participación a
organismos, científicos, técnicos y de
profesionales, que tengan probada idoneidad
sobre el tema.
8. Comisión de Auditoria de la
Deuda Pública Nacional
Órgano transitorio, encargado de realizar una auditoria integral del
Endeudamiento Público
Bajo responsabilidad directa de la Comisión Bicameral.
Principales funciones, obligaciones y objetivos:
Establecer de la legitimidad y legalidad de
todas las operaciones de endeudamiento del
Sector Público Nacional.
Contratar, por medio de la Comisión Bicameral,
personal especializado y requerir la colaboración
de organismos, científicos, técnicos y de
profesionales, que tengan probada idoneidad
sobre el tema.
Presentar, dentro de los 365 días a partir de su
constitución, un Informe Final de las
irregularidades e ilícitos en el endeudamiento
contraído, si los hubiere, desde el 24 de marzo
de 1976 en adelante, hasta la actualidad, como
así también deberá pronunciarse sobre los
procesos de reestructuración, canjes,
negociaciones y demás actos relacionados al
desendeudamiento.
9. Conclusiones
• Innovación institucional permite:
– Mejor administración de la deuda pública
– Mayor sustentabilidad del endeudamiento público
– Menores intereses y costo del endeudamiento
– Mayor transparencia y democracia
– Menos corrupción y trafico de influencias
– Cumplimiento de la Constitución Nacional