1. Ente Público de Infraestructuras y Servicios Educativos
Gerencia Provincial de Huelva
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS PARA LA CONTRATACION DE LOS
SERVICIOS RELACIONADOS CON EL AULA MATINAL EN LOS CENTROS
DOCENTES PÚBLICOS DE LA PROVINCIA DE HUELVA DEPENDIENTES DE LA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN
1.- INTRODUCCION
El presente documento tiene por objeto la descripción de las prescripciones técnicas correspondientes a
los servicios que, en virtud del artículo 14 del Decreto 137/2002, de 30 de abril, de apoyo a las familias
andaluzas, modificado por el Decreto 59/2009, de 10 de marzo por el que se modifica el Decreto
137/2002, de 30 de abril, de apoyo a las familias andaluzas, y el Decreto 18/2003, de 4 de febrero, de
ampliación de las medidas de apoyo a las familias andaluzas, sean necesarios para el desarrollo de la
actividad denominada Aula Matinal, en consonancia con lo establecido en la Orden de 6 de mayo de
2002, por la que se regula la ampliación del horario de los centros docentes públicos dependientes de la
Consejería de Educación y la Resolución de 21 de mayo de 2002, de la Viceconsejería de Educación, por
la que se dictan instrucciones en relación con las actuaciones contenidas en la Orden de 6 de mayo de
2002, por la que se regula la ampliación del horario de los centros docentes públicos dependientes de la
Consejería de Educación. Asimismo se tendrá en cuenta lo dispuesto en el Decreto 66/2005, de 8 de
marzo, de ampliación y adaptación de medidas de apoyo a las familias andaluzas, en la Orden de 27 mayo
de 2005 por la que se regula la organización y el funcionamiento de las medidas contempladas en el plan
de apoyo a las familias andaluzas relativas a la ampliación del horario de los centros docentes públicos y
al desarrollo de los servicios de aula matinal, comedor y actividades extraescolares.
Las empresas a las que se le adjudique el presente contrato de servicio realizarán todos los trabajos
necesarios en orden a conseguir los objetivos fijados en este documento.
2.- CONTENIDO DEL CONTRATO
2.1.- Objeto del contrato
El objeto de esta contratación consiste en la realización de las actividades necesarias para la adecuada
prestación del servicio de “aula matinal” en los centros indicado en el anexo del presente pliego.
El servicio de aula matinal funcionará de lunes a viernes en horario de 7’30 hasta la hora de comienzo de
la jornada lectiva, esto es, hasta las 9’00 horas, resultando en total 177 días de servicio de aula matinal.
2.2.- Descripción de las actividades
1) Apertura y puesta en marcha de las instalaciones, para que las actividades puedan comenzar a las 7:30
horas.
2) Recepción y control de acceso al centro de los usuarios del servicio contratado, custodia y vigilancia
del buen uso de las instalaciones.
3) Cuidado de los alumnos en el aula destinada al efecto que irá en consonancia a la edad y/o
discapacidad del alumnado. En concreto desarrollará las siguientes actividades:
a) Facilitar la ingesta de alimentos a aquellos alumnos que lo requieran.
b) Proporcionar a los padres la información necesaria al objeto de incentivar un desayuno
saludable, consistente en zumos, leche con cereales, pan y fruta del tiempo.
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c) Durante su estancia en el aula matinal a los/as niños/as se les ofertarán actividades, lecturas,
etc, encaminadas a la consecución de los objetivos siguientes:
• Desarrollar las habilidades y las relaciones sociales del alumnado en un ambiente
educativo propicio, motivador y generador de actitudes y valores positivos.
• Potenciar la autoestima del alumnado.
• Favorecer las relaciones sociales.
• Enseñar normas de educación y convivencia en la mesa.
• Enseñar métodos para colaborar entro todos a crear juegos y evitar así peleas,
discriminaciones.
• Concienciar a los alumnos/as de la necesidad de un desayuno saludable que les
proporcionará la energía suficiente para el resto de la mañana.
• Fomentar una autoestima positiva.
• Potenciar actitudes de integración para el comienzo de la jornada escolar.
• Adquirir hábitos saludables de higiene y alimentación.
Las mencionadas actividades que tratarán de lograr una atención educativa en función de la
edad y/o discapacidad del alumnado consistirán en:
• Realizar manualidades diversas durante todo el curso escolar que versarán sobre temas
específicos en época de navidades, semana santa, etc.
• Juegos populares, tantos dirigidos por el personal de la empresa adjudicataria como
creados por los niños/as mismos.
• Juegos de mesa, de ritmo,…
• Visionado de programas educativos.
• Fomentar la lectura
• Etc.
4) Traslado del alumnado hasta sus aulas respectivas, especialmente si el centro se compone de varios
edificios, o entre diferentes centros.
5) El adjudicatario realizará las actividades de limpieza necesarias para que los locales en los que se
realiza la prestación del servicio mantengan las condiciones de uso e higiene adecuadas.
2.3.- Personal
2.3.1.- El personal necesario para la prestación normal del servicio, así como otro que podrá tomar
transitoriamente para determinados casos, será contratado por el adjudicatario, siendo de su cuenta el
pago de todas las obligaciones derivadas de estos contratos (en materia legal, de convenios colectivos,
etc.). El licitador especificará de forma detallada en su oferta el número total de trabajadores que pondrá a
disposición del Centro Educativo, que ha de ser la adecuada para mantener un óptimo nivel de calidad en
el servicio objeto de contratación.
Este personal deberá contar al menos con la siguiente titulación y/o experiencia:
Técnico Superior en Educación Infantil, en Animación Sociocultural, en Integración Social o
titulación equivalente a efectos profesionales.
Técnico en Atención Sociosanitaria o titulación equivalente a efectos profesionales.
2.3.2.- A este respecto, la empresa licitadora garantizará que la presencia del personal adscrito al servicio
de aula matinal estará en función del número total y de las características del alumnado, de acuerdo con
los siguientes módulos:
a) Hasta 60 alumnos/as:
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• Un técnico Superior en Educación Infantil, en Animación Sociocultural, en Integración
Social o titulación equivalente a efectos profesionales.
• Un técnico en Atención Sociosanitaria o titulación equivalente a efectos
profesionales.
b) Cuando el número de alumnos y alumnas del aula matinal sea superior a 60, por cada 30
alumnos y alumnas o fracción superior a 5 se incrementará, previa autorización del órgano de
contratación, alternativamente, con un técnico superior en Educación Infantil, en Animación
Sociocultural, en Integración Social o titulación equivalente o un técnico en Atención
Sociosanitaria o titulación equivalente.
c) Cuando al aula matinal asista alumnado con necesidades educativas específicas,
debidamente acreditadas por dictámenes de los organismos competentes de la Delegación
Provincial de Educación, previa petición de la Dirección del centro a la Gerencia Provincial y
análisis de las circunstancias que concurren, podrá flexibilizarse la ratio expuesta en el punto
anterior.
3.- ORGANIZACION DEL TRABAJO
El Órgano de Contratación determinará todos los aspectos concretos del servicio contratado, asimismo
interpretará cualquier duda en la ejecución del contrato.
De conformidad con el artículo 18 del Decreto 137/2002, de 30 de abril, de apoyo a las familias
andaluzas, modificado por el Decreto 66/2005, de 8 de marzo, de ampliación y adaptación de medidas de
apoyo a las familias andaluzas y por el Decreto 59/2009, de 10 de marzo por el que se modifica el
Decreto 137/2002, de 30 de abril, de apoyo a las familias andaluzas, y el Decreto 18/2003, de 4 de
febrero, de ampliación de las medidas de apoyo a las familias andaluzas, el establecimiento del servicio
objeto de contratación exige una demanda mínima de diez alumnos/as por centro, sin perjuicio del libre
acceso a los mismos una vez establecidos, por tanto si durante la ejecución del contrato se incumple la
demanda mínima para el establecimiento del servicio se podrá suspender el referido servicio y en su caso,
resolver el contrato.
La Dirección del Centro Educativo facilitará a la empresa adjudicataria un listado mensual de los alumnos
inscritos en el servicio por meses completos. Para el efectivo establecimiento del aula matinal se deberá
cumplir la demanda mínima establecida de 10 alumnos de acuerdo con lo establecido en la legislación
vigente. No se procederá a la prestación del citado servicio si en cada uno de los listados mensuales
presentados no se cumpliera esa demanda mínima. Para el caso del alumnado que utilice el servicio en
días sueltos, el centro educativo comunicará a la empresa la relación con la antelación suficiente para
proceder a la facturación mensual. La presencia ocasional de estos alumnos no supondrá el incremento
de la ratio del personal de atención al mismo.
El adjudicatario se compromete a mantener en perfecto estado de conservación el mobiliario y material
proporcionado por el Ente Público Andaluz de Infraestructuras y Servicios Educativos para la prestación
del servicio objeto de contratación, con responsabilidad plena por toda perdida, deterioro, destrucción,
inutilización, etcétera. Será de su cuenta y riesgo el reponer mobiliario y/o material destinado al Centro
Educativo inmediatamente cuando se inutilice, deteriore o menoscabe por el mal uso, dolo o mala fe, por
otro de idéntica calidad, marca y rendimiento. Será de su exclusiva responsabilidad y cuenta el pago del
importe a que ascienda la reposición. El material repuesto deberá ser aprobado previamente por la
Dirección de Equipamiento, Logística y Tecnología del Ente Público o persona en quien delegue.
La empresa adjudicataria deberá realizar en colaboración con la Dirección del Centro Educativo un
inventario de todo el equipamiento entregado e incorporados en el Centro, que será entregado al órgano
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de contratación. A la finalización del contrato, el mobiliario y/material será devuelto, al menos, en las
mismas condiciones en que se recibió. En caso de no ser así, su reparación será con cargo a la empresa.
Como Anexo I al presente documento se incluye el inventario del equipamiento facilitado por el Ente
Público Andaluz de Infraestructuras y Servicios Educativos que se encuentra en las dependencias donde
se prestarán los servicios objeto de la presente contratación.
La empresa adjudicataria deberá informar al órgano de contratación de cuantas incidencias o
circunstancias se produzcan o se determinen tanto en relación con los alumnos como con las instalaciones
y/o mobiliario. Además se presentará por la empresa adjudicataria un parte mensual donde se recojan
todas las incidencias y actividades realizadas durante el mes.
En todo caso elaborará, quince días antes de la conclusión del contrato, una memoria final sobre la
prestación del servicio y las actuaciones realizadas, especificando todos los gastos efectuados tanto
directos como indirectos y los derivados del personal que haya intervenido en las actuaciones.
4.- CONDICIONES DEL PERSONAL
La empresa adjudicataria estará obligada a proporcionar al personal, los cursos de reciclaje y
actualización necesarios para la mejora de la prestación del servicio.
La empresa adjudicataria facilitará, a través del interlocutor designado por la empresa, al Director del
Centro Educativo y al órgano de contratación, ficha con fotografía y datos personales y profesionales del
personal que vaya a prestar sus servicios en el Centro Educativo. El personal destinado a estos servicios
será fijo para el servicio a prestar y cualquier cambio programado por necesidades del personal destinado
a estos servicios así como cualquier alta o baja del personal adscrito al servicio, deberá ser comunicado
con 24 horas de antelación al órgano de contratación.
En cualquier caso, toda sustitución será cubierta de forma inmediata, por otro personal conocedor del
servicio a prestar, para lo cual la empresa adjudicataria dispondrá de un número de suplentes, con la
formación exigida para la prestación del servicio.
Cuando a criterio del órgano de contratación se considere necesaria la sustitución del personal destinado a
estos servicios, se lo comunicará a la empresa adjudicataria, en exposición razonada, para que proceda a
la sustitución requerida. Recibida por escrito dicha petición, la entidad adjudicataria deberá realizar, en un
plazo no superior a veinticuatro horas, la sustitución solicitada, sin que esta circunstancia implique gasto
adicional alguno para el Ente Público Andaluz de Infraestructuras y Servicios Educativos. Todo ello sin
perjuicio de las acciones legales que pudieran seguirse de la actuación de la persona sustituida.
El personal destinado a prestar el servicio contratado deberá pertenecer a la plantilla de la empresa
adjudicataria, no siendo admisible su pertenencia a otras empresas del mismo grupo.
El personal dependerá exclusivamente del adjudicatario por cuanto este tendrá todos los derechos y
deberes inherentes a su calidad de empresario y deberá cumplir las disposiciones vigentes en materia
laboral, de Seguridad Social y de Seguridad e Higiene en el trabajo referida al propio personal a su cargo.
Ni el Ente Público Andaluz de Infraestructuras y Servicios Educativos ni la Administración Educativa
resultarán responsables en ningún caso de las obligaciones nacidas entre el contratista y sus trabajadores,
aún cuando los despidos o medidas que se adopten sean como consecuencia directa o indirecta del
incumplimiento o interpretación del contrato.
En caso de enfermedad, sanciones de la empresa, baja del personal, vacaciones reglamentarias y otras
causas análogas, las plazas deberán ser cubiertas inmediatamente a costa del adjudicatario, de forma que
se mantenga de manera permanente el número de trabajadores en presencia física expresados en la oferta
de plantilla.
En el supuesto de huelga laboral que afecte al servicio objeto de contratación, el adjudicatario vendrá
obligado a requerimiento del órgano de contratación y en el plazo y forma que éste indique, a ofrecer las
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soluciones que garanticen los servicios mínimos imprescindibles que determine la autoridad gubernativa.
Si en el plazo y forma señalados el adjudicatario no ofreciera dichas soluciones o no las llevara a la
práctica, el Órgano de Contratación podrá realizar los contratos que estime precisos, que serán por cuenta
del adjudicatario, deduciéndose por tanto de su facturación el importe de los referidos contratos. La
responsabilidad que se derive de tales trabajos contratados a terceros será sin embargo del adjudicatario, a
todos los efectos que en este Pliego se contemplan.
Si una vez iniciada la ejecución del servicio, la plantilla ofertada por el adjudicatario se demuestra
insuficiente para las prestaciones objeto del contrato, conforme a los criterios de tiempo y calidad
exigidos, deberá ser incrementada a su costa en número suficiente.
Como ya se ha expresado, será de exclusiva cuenta del adjudicatario la retribución del personal que
emplee en la prestación del servicio objeto de contratación. En este sentido, el adjudicatario se
compromete a retribuirles adecuadamente, asumiendo de forma directa, y en ningún caso trasladable ni al
Ente Público Andaluz de Infraestructuras y Servicios Educativos ni a la Administración Educativa, el
coste de cualquier mejora en las condiciones de trabajo o en las retribuciones de dicho personal, tanto si
dicha mejora ha sido consecuencia de convenios colectivos, pactos o acuerdos de cualquier índole, como
si obedecen a cualquier otra circunstancia.
El adjudicatario queda obligado a que todo personal que utilice en los trabajos objeto de este contrato
quede dado de alta en la Seguridad Social así como a cumplir estrictamente, respecto de dicho personal,
toda la legislación laboral vigente y toda aquella que en lo sucesivo pudiera promulgarse. El Ente Público
de Infraestructuras y Servicios Educativos podrá realizar cuantos controles considere oportunos con el
objeto de comprobar que las personas que se encuentren trabajando corresponden a los registrados en los
mencionados impresos. Igualmente, cuantos tributos u obligaciones fiscales pudieran derivarse de dicho
personal, serán por cuenta del adjudicatario.
El adjudicatario será responsable ante la jurisdicción de lo social de los accidentes que pudieran
sobrevenir a su personal por el desempeño de sus funciones en el Centro Educativo, y con tal carácter
comparecerá ante la mutua de accidentes de trabajo. En este sentido, el adjudicatario dotará a su personal
de todos los medios de seguridad necesarios, obligándose a cumplir con cuantas disposiciones le sean
aplicables en cuanto a higiene y seguridad en el trabajo.
La situación del personal contratado por el adjudicatario, una vez llegado al término del contrato
dependerá de lo que al efecto establece la normativa vigente.
Las relaciones laborales del adjudicatario con su personal deberán estar regidas por la legalidad vigente
y/o por el convenio colectivo aplicable al sector.
Con el fin de garantizar el correcto funcionamiento del servicio en el Centro Docente el licitador
presentará una propuesta de garantía de funcionamiento de dicho servicio, previendo la cobertura del
mismo en caso de que se produjeran cualquier otro tipo de imprevistos.
5. PRECIO DEL CONTRATO.
El presupuesto del contrato, IVA excluido, asciende a la cantidad de:
Lote 1 35.620,10
Lote 2 32.747,39
Lote 3 44.812,02
Lote 4 37.343,35
Lote 5 40.216,06
Lote 6 50.557,44
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Lote 7 45.961,48
Lote 8 25.278,72
Lote 9 50.557,44
Lote 10 53.430,15
Lote 11 51.706,90
Lote 12 31.024,14
Lote 13 37.343,35
Lote 14 29.874,68
Lote 15 37.343,35
Lote 16 37.343,35
Lote 17 35.620,10
Lote 18 32.747,39
El presupuesto del presente contrato está calculado a precio unitario, teniendo en cuenta la naturaleza del
servicio a contratar y su carácter de regularidad, el presupuesto se ha determinado en función de contratos
similares existentes en el mercado y la evolución de precios del sector, asimismo, se ha tenido en cuenta
en la determinación del precio unitario el alto nivel de definición de los trabajos a realizar.
El precio indicado corresponde a la prestación del servicio durante la totalidad del período lectivo (177
días). Cuando el servicio no se preste durante la totalidad del curso escolar el precio del servicio se verá
prorrateado por la parte efectivamente ejecutada.
No se abonarán los incrementos de monitores referidos en el apartado 2.3.2 b) y c) si no han sido
previamente autorizados por el órgano de contratación.
El adjudicatario tiene derecho al abono del precio del servicio prestado. Dicho abono se efectuará por
mensualidades, que se abonarán mediante la presentación de la correspondiente factura por triplicado que
será conformada por el órgano de contratación, debiendo ser repercutido como partida independiente el
Impuesto sobre el Valor Añadido en el documento que se presente para el cobro, sin que el importe global
contratado experimente incremento alguno.
Las facturas se emitirán a nombre del Ente Público Andaluz de Infraestructura y Servicios Educativos.
6. DURACION DEL SERVICIO
El inicio del contrato se realizará a partir de la fecha de formalización del mismo, iniciándose la
actividad el día en que comience el período lectivo y concluyendo el ultimo día del mismo, ambos
inclusive, dejando a salvo los períodos de inactividad del contrato que se adecuaran al ritmo del curso
escolar.
7. FACULTADES DE INSPECCION
La Gerencia Provincial del Ente Público de Infraestructuras y Servicios Educativos a través de los
responsables de las Direcciones de los Centros Educativos, podrá inspeccionar al personal y a su trabajo
en todo lo que el contrato se refiere.
Como resultado de la inspección o como consecuencia de cualquier dejación de las obligaciones
expresadas en cualquiera de los documentos contractuales, se podrá levantar, si la Dirección del Centro
Educativo en el que se presta servicio así lo estima necesario, un acta de no conformidad en el momento
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de la inspección en la que se hará constar la calidad del servicio. El adjudicatario vendrá obligado de
forma inmediata a la corrección de las irregularidades o alteraciones observadas.
Tres actas de no conformidad podrán ser causa de rescisión del contrato, expresándose así en la tercera. Si
este término no se explicita en el tercer acta de no conformidad, será necesaria una más para rescindir el
contrato.
8. SEGURO
La empresa adjudicataria presentará antes de la formalización del contrato en el plazo que se fije para ello
en la notificación de la adjudicación definitiva del contrato un certificado emitido por una entidad
aseguradora debidamente autorizada, que acredite la contratación de una póliza de seguros de
responsabilidad civil suficiente para cubrir los posibles siniestros y que ampare las posibles contingencias
que se pudieran derivar de la ejecución del contrato además cubrirá la responsabilidad civil del personal
al servicio de la empresa adjudicataria por los riesgos que por daños puedan sufrir los alumnos/as durante
el tiempo del servicio así como por daños a terceros, tanto a personas como a cosas, sino también por
daños producidos al Ente Público, o al personal dependiente de la misma, durante la vigencia del
contrato, equivalente a la totalidad del presupuesto de licitación o en su caso, a la suma de los
presupuestos de los lotes adjudicados y cuyo beneficiario único será el Ente Público Andaluz de
Infraestructuras y Servicios Educativos y remitirán copia de la póliza a la Gerencia Provincial, así como
los recibos posteriores y justificantes de pago, igualmente asumirán la obligación de mantenerla en vigor
durante toda la vigencia del contrato.
9. RESPONSABLIDAD
Hasta tanto tenga lugar la finalización del contrato, el adjudicatario responderá de la correcta realización
de los servicios contratados y de los defectos que en ellos hubiera, sin que sea eximente ni dé derecho
alguno la circunstancia de que el Director del Centro los hayan examinado o reconocido durante su
elaboración o aceptado en comprobaciones y valoraciones.
El contratista será responsable de todos los daños y perjuicios directos e indirectos que se causen a
terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Si los daños y
perjuicios ocasionados fueran consecuencia inmediata y directa de una orden dada por el Ente Público,
éste será responsable dentro de los límites señalados en las leyes. En todo caso, será de aplicación lo
preceptuado en el artículo 198 de la LCSP.
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ANEXO I
MATERIAL Y EQUIPAMIENTO FACILITADO POR EL ENTE PÚBLICO DE
INFRAESTRUCTURAS Y SERVICIOS EDUCATIVOS
Tipo Mat. Descripción Uds. Dot.
Mobiliario Percha de 8 ganchos 2
Mobiliario Armario casillero 1
Mobiliario Estantería abierta a una cara 1
Mobiliario Estantería móvil con gavetas 1
Didáctico Reproductor DVD con televisor 1
Didáctico Ludoteca 1
Didáctico Comunicación y representación 1
Didáctico Equipo compacto Hi-Fi 1
Didáctico
Cama apilable infantil (Máximo: 3
Uds) 3
Cocina Horno microondas 1
Cocina Frigorífico 1
El material didáctico de “comunicación y representación” está destinado para el ciclo de Educación
Infantil y estará constituido por el material necesario y suficiente para desarrollar en el aula matinal los
siguientes objetivos:
1.- Desarrollar la capacidad de representar de forma personal y creativa distintos aspectos de la
realidad vivida o imaginada, y expresarlos mediante las posibilidades simbólicas que ofrecen el juego y
otras formas de representación y expresión habituales.
2.- Utilizar el lenguaje verbal de forma cada vez más adecuada a las diferentes situaciones de
comunicación para comprender y ser comprendido por los otros y regular la actividad individual y grupal.
El mencionado material va dirigido al tratamiento de los siguientes aspectos:
1. Expresión plástica.
2. Expresión musical.
3. Uso y conocimiento de la lengua.
4. Expresión matemática.
El material didáctico de “ludoteca” destinado para su uso en las aulas matinales como material
complementario en Educación Primaria, estará constituido por el material necesario y suficiente para
desarrollar diversas actividades con el fin de conseguir los siguientes objetivos:
1.- Promover un adecuado desarrollo lógico- matemático de niños y niñas, incidiendo en aspectos
tales como la clasificación, seriación, concepto de número a través de distintos juegos de reglas,...
2.- Promover el desarrollo de la socialización en el niño, así como la construcción y compresión de las
reglas que rigen determinados juegos de grupo.
3.- Posibilitar el adecuado uso del tiempo libre y el fomento de aficiones diversas.
Los juegos y juguetes que se incluyen en el material de ludoteca están adaptados a las necesidades e
intereses del niño/a de 6 a 12 años, especificándose el intervalo de edad para el que está indicado cada
juego.
Ambos materiales se completarán con una guía didáctica o manual de explotación con cuantas
indicaciones se considere oportunas y que sirvan de orientación al personal de la empresa adjudicataria
del servicio contratado.
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ANEXO II
Lote 1
21000024 C.E.I.P. ANTONIO GUERRERO ALJARAQUE
21002963 C.E.I.P. PURA DOMINGUEZ ALJARAQUE
21601068 C.E.I.P. EL PUNTAL ALJARAQUE (BELLAVISTA)
21000048 C.E.I.P. TIERNO GALVAN ALJARAQUE (CORRALES)
Lote 2
21600842 C.E.I.P. LOS TARANJALES ALMONTE
21000191 C.E.I.P. NTRA.SRA. DEL ROCIO ALMONTE
21003566 C.E.I.P. LOS LLANOS ALMONTE
21001259 C.E.I.P. MARISMAS DE HINOJOS HINOJOS
Lote 3
21000334 C.E.I.P. JOSE NOGALES ARACENA
21600994 C.E.I.P. LA JULIANITA ARACENA
21001004 C.E.I.P. DIVINO SALVADOR CORTEGANA
21001223 C.E.I.P. MAESTRO RAFAEL CARBALLAR HIGUERA DE LA SIERRA
21002151 C.E.I.P. LOS SILOS JABUGO
21002458 C.E.I.P. MAESTRO ROJAS NERVA
Lote 4
21003943 C.E.I.P. MORENO Y CHACON AYAMONTE
21000516 C.C. GALDAMES AYAMONTE
21003530 C.E.I.P. SEBASTIAN URBANO VAZQUEZ ISLA CRISTINA
21002045 C.E.I.P. NTRA. SRA. DEL CARMEN ISLA CRISTINA
21002148 C.E.I.P. PEDRO DE LOPE LA REDONDELA
Lote 5
21003955 C.E.I.P. LAS VIÑAS BOLLULLOS DEL CONDADO
21003505 C.E.I.P. MANUEL PEREZ BOLLULLOS DEL CONDADO
21000671 C.E.I.P. REYES CATOLICOS BOLLULLOS DEL CONDADO
21601111 C.E.I.P. LOS PERALES ROCIANA DEL CONDADO
21002756 C.E.I.P. SAN SEBASTIAN ROCIANA DEL CONDADO
Lote 6
21002409 C.E.I.P. CASTILLO DE LOS ZUÑIGA CARTAYA
21000875 C.E.I.P. CONCEPCION ARENAL CARTAYA
21000863 C.E.I.P. JUAN RAMON JIMENEZ CARTAYA
21600672 C.E.I.P. MAESTRO JUAN DIAZ HACHERO CARTAYA
21000930 C.E.I.P. VIRGEN DEL CARMEN CARTAYA (EL ROMPIDO)
21600787 C.E.I.P. LA NORIA LEPE
Lote 7
21001326 C.E.I.P. MANUEL SIUROT HUELVA
21003517 C.E.I.P. ANDALUCIA HUELVA
21003840 C.E.I.P. LOS ROSALES HUELVA
21600829 C.E.I.P. TRES CARABELAS HUELVA
21001272 C.E.I.P. PRACTICAS HUELVA
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10. Ente Público de Infraestructuras y Servicios Educativos
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Lote 8
21003931 C.E.I.P. EL FARO MAZAGÓN
21002598 C.E.I.P. HERMANOS PINZON PALOS DE LA FRONTERA
21002604 C.E.I.P. SAN JORGE PALOS DE LA FRONTERA
Lote 9
21001387 C.E.I.P. ARIAS MONTANO HUELVA
21600751 C.E.I.P. FEDERICO GARCIA LORCA HUELVA
21600611 C.E.I.P. MARISMAS DEL ODIEL HUELVA
21601081 C.E.I.P. AL-ANDALUS HUELVA
21001399 C.E.I.P. DOCE DE OCTUBRE HUELVA
21003992 C.E.I.P. GINER DE LOS RIOS HUELVA
Lote 10
21003608 C.E.I.P. JOSE OLIVA HUELVA
21001338 C.E.I.P. JUVENAL DE VEGA HUELVA
21003724 C.E.I.P. ONUBA HUELVA
21001375 C.E.I.P. PRINCIPE DE ESPAÑA HUELVA
21600775 C.E.I.P. PROFESORA PILAR MARTINEZ CRUZ HUELVA
21600684 C.E.I.P. QUINTO CENTENARIO HUELVA
Lote 11
21003281 C.E.I.P. REYES CATOLICOS HUELVA
21001296 C.E.I.P. SAN FERNANDO HUELVA
21001314 C.E.I.P. TARTESSOS HUELVA
21003529 C.E.I.P. VIRGEN DEL PILAR HUELVA
21001302 C.E.I.P. TRES DE AGOSTO HUELVA
Lote 12
21002410 C.E.I.P. VIRGEN DE MONTEMAYOR MOGUER
21600659 C.E.I.P. ZENOBIA CAMPRUBI MOGUER
21002422 C.E.I.P. PEDRO ALONSO NIÑO MOGUER
Lote 13
21002677 C.E.I.P. EMILIO PEREZ MOLINA PAYMOGO
21002690 C.E.I.P. SEBASTIAN GARCIA PUEBLA DE GUZMAN
21002768 C.E.I.P. NTRA.SRA. DEL ROSARIO ROSAL DE LA FRONTERA
21002859 C.E.I.P. SAN SEBASTIAN SANTA BARBARA DE CASA
21000322 C.E.I.P. ARGANTONIO THARSIS
Lote 14
21600763 C.E.I.P. ENEBRAL PUNTA UMBRIA
21002744 C.E.I.P. SANTO CRISTO DEL MAR PUNTA UMBRIA
21002732 C.E.I.P. SAN SEBASTIAN PUNTA UMBRIA
21002720 C.E.I.P. VIRGEN DEL CARMEN PUNTA UMBRIA
Lote 15
21000607 C.E.I.P. JUAN RAMON JIMENEZ BEAS
21002781 C.E.I.P. ALCALDE JUAN JOSE REBOLLO SAN JUAN DEL PUERTO
21003104 C.E.I.P. NUEVO SAN JUAN DEL PUERTO
21002884 C.E.I.P. FRAY CLAUDIO TRIGUEROS
21600660 C.E.I.P. TRIANA TRIGUEROS
Lote 16
Alameda Sundheim, 8 – 1ºB, 21003 HUELVA
Telf.:959 650 204 – FAX: 959 650 214
Correo-e: huelva.ise@juntadeandalucia.es 10 de 11
11. Ente Público de Infraestructuras y Servicios Educativos
Gerencia Provincial de Huelva
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN
21000772 C.E.I.P. SAN JOSE DE CALASANZ CALAÑAS
21000802 C.E.I.P. SANTA BARBARA LA ZARZA
21002914 C.E.I.P. MENENDEZ Y PELAYO VALVERDE DEL CAMINO
21600738 C.E.I.P. LOS MOLINOS VALVERDE DEL CAMINO
21003554 C.E.I.P. JOSE NOGALES VALVERDE DEL CAMINO
Lote 17
21003682 C.E.I.P. AURORA MORENO GIBRALEON
21600702 C.E.I.P. FUENTEPLATA GIBRALEON
21001168 C.E.I.P. MIGUEL DE CERVANTES GIBRALEÓN
21002771 C.E.I.P. NARANJO MORENO SAN BARTOLOMÉ DE LA TORRE
Lote 18
21000735 C.E.I.P. LORA TAMAYO BONARES
21002288 C.E.I.P. MIGUEL DE CERVANTES LUCENA DEL PUERTO
21002653 C.E.I.P. SANCHEZ ARJONA PATERNA DEL CAMPO
21003062 C.E.I.P. AZORIN VILLARRASA
Alameda Sundheim, 8 – 1ºB, 21003 HUELVA
Telf.:959 650 204 – FAX: 959 650 214
Correo-e: huelva.ise@juntadeandalucia.es 11 de 11