ÉTICA, NATURALEZA Y SOCIEDADES_3RO_3ER TRIMESTRE.pdf
RAI - ITSU
1. BIENVENIDOSBIENVENIDOS
A LA JORNADAA LA JORNADA
DE REFLEXIÓNDE REFLEXIÓN
SOBRE EL RAISOBRE EL RAI
20132013
REGLAMENTO ACADÉMICO
INSTITUCIONAL
Carina Aguilar
2. RAM: I – Ámbito de aplicación
REGLAMENTO
ACADÉMICO
INSTITUCIONAL
I- Ámbito de
aplicación
II- Ingreso
III Condición de los
alumnos
IV Modalidad regular
V Modalidad libre
VI Modalidad regular
especial
VII Acreditación
VIII Calificaciones
IX Correlatividades
X Equivalencias
XI Libreta estudiantil
XII De los docentes
XIII Consejo Directivo
XIV Disposiciones
finales
XV Reforma del
reglamento
El presente Régimen se aplicará en todas las carreras
que se cursen en el Instituto Técnico Superior de
Urdinarrain
Resolución 1066/09 CGE, ley 9890 de la provincia de
Entre Ríos y ley 26206
Ubicación y horarios
Sede:
Bv H. Yrigoyen 240 – Urdinarrain – lunes a
viernes de 18:55 a 23:15 hs
Carrera técnica se cursa viernes y sábadosCarrera técnica se cursa viernes y sábados
Extensión áulica Gilbert
Acc. San José s/n – Gilbert - tutorías
3. RAM: II – Ingreso
REGLAMENTO
ACADÉMICO
INSTITUCIONAL
I- Ámbito de
aplicación
II- Ingreso
III Condición de los
alumnos
IV Modalidad regular
V Modalidad libre
VI Modalidad regular
especial
VII Acreditación
VIII Calificaciones
IX Correlatividades
X Equivalencias
XI Libreta estudiantil
XII De los docentes
XIII Consejo Directivo
XIV Disposiciones
finales
XV Reforma del
reglamento
Cumplimentar los requisitos y actividades de
admisión establecidos por el ITSU
Matricularse para cada ciclo lectivo
Indicar la modadalidad de alumno al inscribirse /
matricularse – en función de las restricciones
estipuladas en el presente reglamento
4. RAM: III – Condición de los alumnos
REGLAMENTO
ACADÉMICO
INSTITUCIONAL
I- Ámbito de
aplicación
II- Ingreso
III Condición de los
alumnos
IV Modalidad regular
V Modalidad libre
VI Modalidad regular
especial
VII Acreditación
VIII Calificaciones
IX Correlatividades
X Equivalencias
XI Libreta estudiantil
XII De los docentes
XIII Consejo Directivo
XIV Disposiciones
finales
XV Reforma del
reglamento
El instituto podrá admitir tres clases de alumnos:
regulares, libres y regulares especiales.
Dejan de ser alumnos del Instituto aquellos que:
Inscriptos en la modalidad libre supere los cinco turnos de
exámenes finales sin registrar inscripción.
Expulsión por causa grave que atente o agravie a
personas y/o instituciones. La expulsión de un alumno es
facultad exclusiva del Consejo Directivo
5. RAM: IV – Modalidad regular
REGLAMENTO
ACADÉMICO
INSTITUCIONAL
I- Ámbito de
aplicación
II- Ingreso
III Condición de los
alumnos
IV Modalidad regular
V Modalidad libre
VI Modalidad regular
especial
VII Acreditación
VIII Calificaciones
IX Correlatividades
X Equivalencias
XI Libreta estudiantil
XII De los docentes
XIII Consejo Directivo
XIV Disposiciones
finales
XV Reforma del
reglamento
Llámese alumno regular a aquel que asiste diariamente al
instituto a fin de participar del desarrollo de cada
obligación académica.
El alumno regular deberá cumplimentar los siguientes
requisitos
70% de asistencia (60% en caso de presentar
certificado de trabajo /embarazo/ enfermedad)
Aprobación de todas las instancias evaluativas
propuestas por la unidad curricular
Presentación de la totalidad de los TP que se le soliciten
y aprobación del 70% de los mismos
La regularidad se mantiene durante dos años
consecutivos y posteriores a su obtención– superado ese
lapso y si la cátedra lo admite, podrá rendir en condición
de libre durante un año, luego de lo cual tendrá que
recursarla
6. RAM: IV – Modalidad regular
REGLAMENTO
ACADÉMICO
INSTITUCIONAL
I- Ámbito de
aplicación
II- Ingreso
III Condición de los
alumnos
IV Modalidad regular
V Modalidad libre
VI Modalidad regular
especial
VII Acreditación
VIII Calificaciones
IX Correlatividades
X Equivalencias
XI Libreta estudiantil
XII De los docentes
XIII Consejo Directivo
XIV Disposiciones
finales
XV Reforma del
reglamento
Los alumnos que inscriptos como regulares no
cumplimenten el requisito de asistencia podrán, si poseen
una asistencia no menor al 60% y en el caso que esté
expresamente estipulado, promocionar la unidad curricular
en condición de libre a los efectos de acreditarla. Sino
deberán recursarla
Los alumnos que inscriptos como regulares no logren la
aprobación de las instancias evaluativas y mantengan el
porcentaje de asistencia exigido, podrán promocionar – en
el caso que esté expresamente estipulado – la unidad
curricular en condición de libre
7. RAM: V – Modalidad Libre
REGLAMENTO
ACADÉMICO
INSTITUCIONAL
I- Ámbito de
aplicación
II- Ingreso
III Condición de los
alumnos
IV Modalidad regular
V Modalidad libre
VI Modalidad regular
especial
VII Acreditación
VIII Calificaciones
IX Correlatividades
X Equivalencias
XI Libreta estudiantil
XII De los docentes
XIII Consejo Directivo
XIV Disposiciones
finales
XV Reforma del
reglamento
Son considerados alumnos libres aquellos que se
inscriben con dicho carácter en las unidades curriculares
que admiten tal condición de cursado, o que habiéndose
inscripto como regulares no cumplimentaron los requisitos
establecidos en el capítulo IV del presente reglamento o
que habiendo agotado los plazos previstos para la
aprobación de la unidad curricular por examen final
perdieron su condición de regular.
No se podrá optar por esta opción para lasNo se podrá optar por esta opción para las
unidades curriculares pertenecientes al campo deunidades curriculares pertenecientes al campo de
la formación específica y campo de la prácticala formación específica y campo de la práctica..
8. RAM: V – Modalidad Libre
REGLAMENTO
ACADÉMICO
INSTITUCIONAL
I- Ámbito de
aplicación
II- Ingreso
III Condición de los
alumnos
IV Modalidad regular
V Modalidad libre
VI Modalidad regular
especial
VII Acreditación
VIII Calificaciones
IX Correlatividades
X Equivalencias
XI Libreta estudiantil
XII De los docentes
XIII Consejo Directivo
XIV Disposiciones
finales
XV Reforma del
reglamento
El alumno inscripto bajo la modalidad de libre, no está
obligado a asistir a clases, pero puede hacerlo cuantas
veces lo desee.
El examen final tendrá dos instancias: escrita y oral – una
es eliminatoria con respecto a la otra – se aprueba con 6
9. RAM: VI – Modalidad regular especial
REGLAMENTO
ACADÉMICO
INSTITUCIONAL
I- Ámbito de
aplicación
II- Ingreso
III Condición de los
alumnos
IV Modalidad regular
V Modalidad libre
VI Modalidad regular
especial
VII Acreditación
VIII Calificaciones
IX Correlatividades
X Equivalencias
XI Libreta estudiantil
XII De los docentes
XIII Consejo Directivo
XIV Disposiciones
finales
XV Reforma del
reglamento
Son aquellos que se inscriben para cursar como alumnos
regulares alguna o varias unidades curriculares de un plan
de estudio, pero no la carrera en su totalidad.
Debe cumplir los mismos requisitos que los alumnos
regulares de dichas unidades curriculares.
Podrán hacerlo aquellos quienes posean alguna titulación
de nivel superior
10. RAM: VII – Acreditación
REGLAMENTO
ACADÉMICO
INSTITUCIONAL
I- Ámbito de
aplicación
II- Ingreso
III Condición de los
alumnos
IV Modalidad regular
V Modalidad libre
VI Modalidad regular
especial
VII Acreditación
VIII Calificaciones
IX Correlatividades
X Equivalencias
XI Libreta estudiantil
XII De los docentes
XIII Consejo Directivo
XIV Disposiciones
finales
XV Reforma del
reglamento
Los acuerdos particulares entre docentes y alumnos que
contradigan las normativas vigentes y el presente régimen
no serán reconocidas por las autoridades del Instituto.
Los docentes informarán dentro de las 48 hs el
resultado obtenido por el alumno en cada instancia
evaluativa y 72 hs antes de la instancia de
recuperación como mínimo.
11. RAM: VII – Acreditación
REGLAMENTO
ACADÉMICO
INSTITUCIONAL
I- Ámbito de
aplicación
II- Ingreso
III Condición de los
alumnos
IV Modalidad regular
V Modalidad libre
VI Modalidad regular
especial
VII Acreditación
VIII Calificaciones
IX Correlatividades
X Equivalencias
XI Libreta estudiantil
XII De los docentes
XIII Consejo Directivo
XIV Disposiciones
finales
XV Reforma del
reglamento
Parciales: se tomarán como mínimo dos por año en cada
cátedra con formato asignatura.
Recuperatorios: el alumno que no apruebe un parcial o la
propuesta evaluativa pautada por el docente, o estuviese
ausente (cualquiera fuere la causa) tendrá derecho a
rendir el correspondiente recuperatorio.
Promoción directa: tiene vigencia durante el ciclo lectivo
en que se cursa la cátedra. Requiere lo siguiente:
asistencia del 80%, aprobación del 85% de los TP,
aprobación de las instancias evaluativas con 7 o más
12. RAM: VII – Acreditación
REGLAMENTO
ACADÉMICO
INSTITUCIONAL
I- Ámbito de
aplicación
II- Ingreso
III Condición de los
alumnos
IV Modalidad regular
V Modalidad libre
VI Modalidad regular
especial
VII Acreditación
VIII Calificaciones
IX Correlatividades
X Equivalencias
XI Libreta estudiantil
XII De los docentes
XIII Consejo Directivo
XIV Disposiciones
finales
XV Reforma del
reglamento
Exámenes finales: Serán tomados por un tribunal
examinador.
•Los alumnos se deberán inscribir personalmente,
en las fechas habilitadas para tal fin. Deben asistir a la
mesa examinadora al horario establecido, con DNI, libreta
y empleando el uniforme que corresponda. Deben
respetar lo pautado en el régimen de correlatividades.
•Perderán un turno quienes no respeten el RC y
quienes no se presenten a rendir. Podrán borrarse
hasta 24 hs antes de la fecha del examen.
•Los alumnos regulares rinden examen escrito u oral.
•Se puede solicitar mesa especial cuando se adeude una
materia.
•La mesa se puede desdoblar si la cantidad de alumnos
inscriptos es significativa
13. RAM: VII – Acreditación
REGLAMENTO
ACADÉMICO
INSTITUCIONAL
I- Ámbito de
aplicación
II- Ingreso
III Condición de los
alumnos
IV Modalidad regular
V Modalidad libre
VI Modalidad regular
especial
VII Acreditación
VIII Calificaciones
IX Correlatividades
X Equivalencias
XI Libreta estudiantil
XII De los docentes
XIII Consejo Directivo
XIV Disposiciones
finales
XV Reforma del
reglamento
El consejo directivo atenderá y determinará ante casos
excepcionales, para lo cual el alumno que solicite acceder
a una cláusula de excepcionalidad deberá cumplir con
los siguientes requisitos:
Estar inscripto y matriculado como alumno regular
Exceder el 60% de asistencia establecido a clases
presenciales en cada unidad curricular
14. RAM: VIII – Calificaciones
REGLAMENTO
ACADÉMICO
INSTITUCIONAL
I- Ámbito de
aplicación
II- Ingreso
III Condición de los
alumnos
IV Modalidad regular
V Modalidad libre
VI Modalidad regular
especial
VII Acreditación
VIII Calificaciones
IX Correlatividades
X Equivalencias
XI Libreta estudiantil
XII De los docentes
XIII Consejo Directivo
XIV Disposiciones
finales
XV Reforma del
reglamento
La escala de calificaciones aplicable a las distintas
instancias evaluativas será la siguiente:
A- Alumnos regulares:
A1. De 1 (uno) a 5 (cinco) DESAPROBADO
A2. De 6 (seis) a 10 (diez) APROBADO. A excepción
de lo establecido para la promoción directa.
B- Alumnos libres:
B1. De 1(uno) a 5 (cinco) DESAPROBADO
B2. De 6 (seis) a 10 (diez) APROBADO
La calificación final asentada en los libros
correspondientes y en la libreta estudiantil será
indefectiblemente en su carácter numérico.
15. RAM: IX– Correlatividades
REGLAMENTO
ACADÉMICO
INSTITUCIONAL
I- Ámbito de
aplicación
II- Ingreso
III Condición de los
alumnos
IV Modalidad regular
V Modalidad libre
VI Modalidad regular
especial
VII Acreditación
VIII Calificaciones
IX Correlatividades
X Equivalencias
XI Libreta estudiantil
XII De los docentes
XIII Consejo Directivo
XIV Disposiciones
finales
XV Reforma del
reglamento
Los alumnos deberán rendir exámenes finales
respetando siempre la correlatividad de la unidad
curricular que se rinde. Caso contrario se harán
pasibles de ser sancionados tomando intervención para
ello el consejo directivo, dejando sin efecto la calificación
que obtuviesen en el caso de haber accedido a la
evaluación por examen final.
El alumno que curse una unidad curricular sin
haber aprobado su correlativa y obtenga
calificaciones en los parciales que permitan su
promoción directa, deberá regularizar su situación
antes de finalizar su cursada, de lo contrario queda
sin efecto la promoción directa.
16. RAM: X– Equivalencias
REGLAMENTO
ACADÉMICO
INSTITUCIONAL
I- Ámbito de
aplicación
II- Ingreso
III Condición de los
alumnos
IV Modalidad regular
V Modalidad libre
VI Modalidad regular
especial
VII Acreditación
VIII Calificaciones
IX Correlatividades
X Equivalencias
XI Libreta estudiantil
XII De los docentes
XIII Consejo Directivo
XIV Disposiciones
finales
XV Reforma del
reglamento
Las solicitudes de equivalencia se presentarán dentro de
los primeros diez días hábiles al inicio de clases del ciclo
lectivo, serán dirigidas al rector
Mientras se encuentre en proceso el mecanismo de
equivalencias el alumno deberá cursar las unidades
curriculares de acuerdo a la condición en que se
encuentre inscripto.
Las equivalencias que se otorguen podrán ser: total,
parcial o nula
17. RAM: XI– Libreta Estudiantil
REGLAMENTO
ACADÉMICO
INSTITUCIONAL
I- Ámbito de
aplicación
II- Ingreso
III Condición de los
alumnos
IV Modalidad regular
V Modalidad libre
VI Modalidad regular
especial
VII Acreditación
VIII Calificaciones
IX Correlatividades
X Equivalencias
XI Libreta estudiantil
XII De los docentes
XIII Consejo Directivo
XIV Disposiciones
finales
XV Reforma del
reglamento
La libreta estudiantil es el documento que extiende el
instituto para acreditar el desempeño académico del
alumno.
La libreta estudiantil no significa de ningún modo un
documento definitorio para extensión de certificados
analíticos o constancias de materias aprobadas.
El alumno es el único responsable de que su
examen final sea consignado en la libreta
estudiantil, como así también las calificaciones
obtenidas por medio de promoción directa
18. RAM: XII– De los docentes
REGLAMENTO
ACADÉMICO
INSTITUCIONAL
I- Ámbito de
aplicación
II- Ingreso
III Condición de los
alumnos
IV Modalidad regular
V Modalidad libre
VI Modalidad regular
especial
VII Acreditación
VIII Calificaciones
IX Correlatividades
X Equivalencias
XI Libreta estudiantil
XII De los docentes
XIII Consejo Directivo
XIV Disposiciones
finales
XV Reforma del
reglamento
El personal docente de esta institución se encuentra
enmarcado en el régimen unificado de licencias e
inasistencias, decreto 5923/00 MGJE y modificatorias
Es responsabilidad exclusivamente de los docentes la
presentación en tiempo y forma de las planificaciones de
sus cátedras a la Secretaría Académica
Los docentes que desarrollen unidades curriculares en las
extensiones áulicas se guiarán por las planificaciones que
se encuentran en la Sede central.
19. RAM: XIII– Consejo Directivo
REGLAMENTO
ACADÉMICO
INSTITUCIONAL
I- Ámbito de
aplicación
II- Ingreso
III Condición de los
alumnos
IV Modalidad regular
V Modalidad libre
VI Modalidad regular
especial
VII Acreditación
VIII Calificaciones
IX Correlatividades
X Equivalencias
XI Libreta estudiantil
XII De los docentes
XIII Consejo Directivo
XIV Disposiciones
finales
XV Reforma del
reglamento
El consejo directivo del ITSU está integrado por:
Rectora: Prof. Carina L. Aguilar
Consejera docente: Prof. Silvia N. Praderio
Consejera docente: Prof. María Ayelén Gómez
Consejero docente: Prof. Martín Bochatay
Consejera graduada: Prof. Sabina Challier
Consejera estudiantil: Srta. Norma Bernard
20. RAM: XIV– Disposiciones finales
REGLAMENTO
ACADÉMICO
INSTITUCIONAL
I- Ámbito de
aplicación
II- Ingreso
III Condición de los
alumnos
IV Modalidad regular
V Modalidad libre
VI Modalidad regular
especial
VII Acreditación
VIII Calificaciones
IX Correlatividades
X Equivalencias
XI Libreta estudiantil
XII De los docentes
XIII Consejo Directivo
XIV Disposiciones
finales
XV Reforma del
reglamento
Las sanciones de los alumnos serán establecidas por el
Consejo Directivo
La falta de conocimiento de este régimen no les eximirá de su
cumplimiento
Queda derogada toda norma que se oponga al presente
régimen académico institucional
Todos los casos que no estén contemplados en el presente
régimen académico institucional serán evaluados por el consejo
directivo del instituto
21. RAM: XV– Reforma del reglamento
REGLAMENTO
ACADÉMICO
INSTITUCIONAL
I- Ámbito de
aplicación
II- Ingreso
III Condición de los
alumnos
IV Modalidad regular
V Modalidad libre
VI Modalidad regular
especial
VII Acreditación
VIII Calificaciones
IX Correlatividades
X Equivalencias
XI Libreta estudiantil
XII De los docentes
XIII Consejo Directivo
XIV Disposiciones
finales
XV Reforma del
reglamento
La reforma del presente reglamento debe realizarse dentro de
un plazo de 60 días, contando a partir del inicio del ciclo lectivo
de cada año