Este documento resume la normativa vigente sobre libros electrónicos en Perú. Establece que la Resolución de Superintendencia No 247-2014 creó el Sistema de Llevado del Registro de Ventas e Ingresos y de Compras de manera electrónica (SLE PORTAL) y sustituyó varios anexos. También indica que las resoluciones posteriores han ido ampliando progresivamente el número de sujetos obligados a llevar libros electrónicos mediante el Programa de Libros Electrónicos o el SLE PORTAL.
1. 09/12/2016
1
Libros Electrónicos
Res. de
Superintend.
Tema que norma Fecha
Nº 286-2009 Dictan disposiciones para la implementación del llevado optativo de determinados
Libros y Registros de manera electrónica, mediante el Programa de Libros Electrónicos
– PLE, a partir del 01/07/2010
30/12/2009
Nº 248-2012 Modifican la RS N° 286-2009 determinándose a los PRICOS como sujetos obligados a
llevar libros electrónicos mediante el PLE, a partir del 01/01/2013
28/10/2012
Nº 066-2013 Crean el Sistema de Llevado del Registro de Ventas e Ingresos y de Compras de manera
electrónica en SOL (PORTAL)
28/02/2013
Nº 379-2013 Establece que los sujetos con ingresos mayores a 500 UIT están obligados a llevar los
Registros de Ventas e Ingresos y de Compras de manera electrónica, a partir del
01/01/2014. Se aprueba la versión 4.0 del PLE. Se aprueban los plazos de atraso del
año 2014 del Registro de Ventas e Ingresos y de Compras mediante los Cronogramas
tipo A y B.
29/12/2013
Nº 247-2014 Crea el "Sistema de Llevado del Registro de Ventas e Ingresos y de Compras de manera
electrónica (SLE PORTAL). Sustituye Anexos N° 1, 2, 3 y 4 e incorpora el Anexo N° 5
"Reglas generales de la información de los comprobantes de pago.
05/08/2014
Libros Electrónicos:
Normativa vigente
2. 09/12/2016
2
Res. de
Superintend.
Tema que norma Fecha
Nº 390-2014 Establece que los sujetos con ingresos mayores a 150 UIT están obligados a llevar los
Registros de Ventas e Ingresos y de Compras de manera electrónica, a partir del
01/01/2015. Se aprueban los plazos de atraso del año 2015 del Registro de Ventas e
Ingresos y de Compras mediante los Cronogramas tipo A y B.
30/12/2014
Nº 018-2015 Establece que los sujetos con ingresos mayores a 75 UIT están obligados a llevar los
Registros de Ventas e Ingresos y de Compras de manera electrónica, a partir del
01/01/2016.
23/01/2015
Nº 169-2015 Modifican la RS N° 286-2009 y N° 066-2013 y aprueba la versión 5.0.0 del PLE 30/06/2015
Nº 361-2015 Precisan sujetos obligados a llevar los Registros de Ventas e Ingresos y de Compras de
manera electrónica, establecen nuevos sujetos obligados a llevarlos de dicha manera
y modifican las normas que regulan los sistemas a través de los cuales se cumple con
la obligación de llevar libros y registros de manera electrónica a fin de facilitar su
aplicación.
30/12/2015
Nº 360-2015 Establecen Cronogramas para el cumplimiento de las obligaciones tributaria y las
fechas máximas de atraso del registro de Ventas e Ingresos y de Compras generados
mediante el SLE-PLE o el SLE-PORTAL, correspondientes al año 2016
31/12/2015
Libros Electrónicos: normativa vigente
• El SLE-Portal es un aplicativo en SUNAT Operaciones en Línea – SOL que
permite la captura de la información para generar el Registro de Ventas e
Ingresos (RVI) y el Registro de Compras (RC) de manera electrónica.
• A los contribuyentes que opten en ser usuarios del Sistema, la SUNAT los
sustituirá en su obligación de almacenamiento, archivo y conservación de
los Registros Electrónicos generados en el sistema.
• El contribuyente podrá descargar ejemplares de los Registros Electrónicos
generados en el Sistema.
Modelo de Libros Electrónicos -
PORTAL
3. 09/12/2016
3
Sistemas de Libros Electrónicos
SLE PORTAL
Registro de Compras
Portal
Registro de Ventas
Portal
SLE PORTAL
Registro de Ventas Portal
Registro de
Comprobante de
Pago Físicos
Consultas,
modificaciones y
bajas de CdP Físicos
Generación de
Registro de
Ventas
Electrónico
Descarga de Registro
de Ventas
Electrónico
Importación de
Comprobantes de
Pago Físico
4. 09/12/2016
4
Registro de Compras Portal
Registro de
Comprobante de
Pago Físicos
Consultas,
modificaciones y
bajas de CdP Físicos
Generación de
Registro de
Compras
Electrónico
Descarga de Registro
de Compras
Electrónico
Importación de
Comprobantes de
Pago Físico
x
x
• El Programa de Libros Electrónicos – PLE no es un software
contable.
• Principal insumo: Archivos en formato de texto (TXT).
• No se envía el Libro Electrónico (archivo de texto).
• Sólo se envía un Resumen del Libro Electrónico (que incluye el
“hash” correspondiente).
Modelo de Libros Electrónicos -
PLE
5. 09/12/2016
5
Sistemas de Libros Electrónicos – SLE
SLE - PLE
CÓD. NOMBRE O DESCRIPCIÓN
1 LIBRO CAJA Y BANCOS
3 LIBRO INVENTARIO Y BALANCES
4
LIBRO DE RETENCIONES INC. E Y F DEL
ART. 34 DE LA LIR
5 LIBRO DIARIO
5A LIBRO DIARIO DE FORMATO SIMPLIFICADO
6 LIBRO MAYOR
7 REGISTRO DE ACTIVOS FIJOS
8 REGISTRO DE COMPRAS
9 REGISTRO DE CONSIGNACIONES
10 REGISTRO DE COSTOS
12
REGISTRO DE INVENTARIO PERMANENTE
EN UNIDADES FÍSICAS
13
REGISTRO DE INVENTARIO PERMANENTE
VALORIZADO
14 REGISTRO DE VENTAS E INGRESOS
1.
Incorporados
PRICOS
RVI + RC
Enero 2013
LD + LM
Junio 2013
ANUAL: Libro de Inventarios y
Balances, Registro de Costos, Registro
de Activos Fijos
MENSUAL: Registro de Consignaciones,
Libro de Inventario Permanente en
Unidades Físicas
SEMESTRAL: Libro de Inventario
PermanenteValorizado
2.
Obligados
Ingresos
mayores a
500 UIT
RVI + RC
Enero 2014
3.
Obligados
Ingresos
mayores a
150 UIT
RVI + RC
Enero 2015
4.
Obligados
Ingresos
mayores a 75
UIT
RVI + RC
Enero 2016
5.
Afiliados PLE
Voluntarios
PLE
RVI + RC
6. Generadores
Portal
Voluntarios
Portal
RVI + RC
Resumen de los Sujetos que
llevan Libros Electrónicos
Obligados Voluntarios
Nuevas obligaciones: PRICOS IPCN
con ingresos mayores a 3,000 UITs
Nuevos
obligados
6. 09/12/2016
6
Principales
Contribuyentes -
PRICOS
IPCN - Principales
contribuyentes nacionales
PRICOS – Dependencias
(Lima, Lambayeque, Piura,
etc.)
Medianos y
Pequeños -
MEPECO
Medianos
Pequeños
Sujetos que llevan Libros
Electrónicos
Sujetos obligados a llevar LE
a partir del 2016
OBLIGADOS Reg. de Ventas y
Reg. de Compras
Libro Diario y
Libro Mayor
Los obligados son los sujetos que:
− No sean PRICOS
− No se hayan afiliado al SLE-PLE
− Estén acogidos al RG o al RER
− Hayan obtenido ingresos iguales o mayores a 75
UIT entre los meses de enero a diciembre 2015
La UIT a considerar es la del 2015 (S/ 3,850), por
tanto el monto referencial es S/ 288,750.
Para tal efecto se considerarán los montos
declarados en las casillas 100, 105, 106, 109, 112 y
160 del PDT 621 y/o la casilla 100 del FV 621 -
Simplificado IGV - Renta Mensual.
Desde Enero 2016
PLE o Portal
No es
obligatorio
7. 09/12/2016
7
Ejemplo: Obligados al 2016
2015 2016
Año de la obligación
DDJJ Ene.
2015
Ingresos iguales o mayores a 75 UIT
….. …..
DDJJ Dic.
2015
Registro de Ventas e
Ingresos Electrónico
UIT 2015 = 3,850
75 UIT = 288,750
Registro de Compras
Electrónico
31 de
enero
NOTA: El Art. 88.2 del CT señala que la declaración rectificatoria surtirá efecto con su presentación
siempre que determine igual o mayor obligación. En caso contrario, surtirá efectos si dentro de un
plazo de 45 días hábiles siguientes a su presentación la Administración Tributaria no emitiera
pronunciamiento sobre la veracidad y exactitud de los datos contenidos en ella, sin perjuicio de la
facultad de la Administración Tributaria de efectuar la verificación o fiscalización posterior.
DDJJ Rectificatorias (+): Efecto: el mismo día
DDJJ Rectificatorias (-): Efecto 45 días hábiles
Año anterior
Nuevos Sujetos obligados a llevar
Libros Electrónicos a partir del 2017
OBLIGADOS Reg. de Ventas y
Reg. de Compras
Libro Diario y
Libro Mayor
Los que no hayan sido incorporados o se hayan afiliado al SLE-
PLE o hayan generado los registros en el SLE-PORTAL, estén
acogidos al RG o al RER y que hayan obtenido ingresos iguales
o mayores a 75 UIT entre los meses de mayo del año
precedente al anterior y abril del año anterior.
Para tal efecto, la UIT aplicable es la del año precedente al
anterior al del inicio de la obligación.
Se considerarán los montos declarados en las casillas 100,
105, 106, 109, 112 y 160 del PDT 621 y/o la casilla 100 del FV
621 - Simplificado IGV - Renta Mensual o del FV 621, IGV
Renta mensual nueva versión a partir de enero del 2016.
Se toman en cuenta las rectificatorias que hayan surtido
efecto al 31 de mayo del año anterior al del inicio de la
obligación
Desde el 1 de
Enero de cada
año, del 2017
en adelante
LE o Portal
No es
obligatorio
8. 09/12/2016
8
Ejemplo: Obligados al 2017
2015 2016 2017
Año de la obligaciónAño anteriorAño precedente al anterior
DDJJ
Mayo
2015
Ingresos iguales o mayores a 75 UIT
….. …..
DDJJ
Abri
2016
Registro de Ventas e
Ingresos Electrónico
UIT 2015 = 3,850
75 UIT = 288,750
Registro de Compras
Electrónico
Se toman en cuenta las rectificatorias que hayan surtido efecto al 31
de mayo del año anterior al del inicio de la obligación
Ejemplo: Obligados al 2018
2016 2017 2018
Año de la obligaciónAño anteriorAño precedente al anterior
DDJJ
Mayo
2016
Ingresos iguales o mayores a 75 UIT
….. …..
DDJJ
Abri
2017
Registro de Ventas e
Ingresos Electrónico
UIT 2016 = 3,950
75 UIT = 296,250
Registro de Compras
Electrónico
Se toman en cuenta las rectificatorias que hayan surtido efecto al 31
de mayo del año anterior al del inicio de la obligación
9. 09/12/2016
9
CRONOGRAMAS DE
PRESENTACIÓN
• Cronograma tipo A: Para los contribuyentes que
llevan libros electrónicos antes del 2016.
• Cronograma tipo B: Para los contribuyentes que
deben llevar libros electrónicos a partir del 2016.
Novedades de la Versión 5.0.0 del
PLE: Herramientas Importantes
Estados
Estructura
de los Libros
y Registros
Electrónicos
en el PLE
Anexo N° 2
RS 361-2015
Tablas
Anexo N° 3
Resoluciónde
Superintendencia
286-2009/SUNAT y
modificatorias 169-
2015/SUNAT
Funciones
del PLE
Preguntas
Frecuentes
10. 09/12/2016
10
Estados a utilizar en los LE
Est
ad
o
Detalle de la Operación o Documento cuando Reg.
de
Venta
s
Reg. de
Compra
s 8.1 y
8.3
Reg. de
Compra
s 8.2
Demá
s
Libros
1 La operación corresponde al periodo X X X
2
El documento (CdP) ha sido inutilizado (anulado) durante el periodo
previamente a ser entregado, emitido o durante su emisión.
X
6
La fecha de emisión del CdP o del pago del impuesto, por operaciones que
otorguen derecho a crédito fiscal, es anterior al periodo de anotación y esta
se produce dentro de los doce meses siguientes a la emisión o pago del
impuesto, según corresponda
X
7
La fecha de emisión del CdP o pago del impuesto, por operaciones que
otorgaban derecho a crédito fiscal, es anterior al periodo de anotación y esta
se produce luego de los doce meses siguientes a la emisión o pago del
impuesto, según corresponda
X
8
La operación (CdP) corresponde a un periodo anterior y NO ha sido anotada
en dicho periodo
X X
9
la operación (CdP) corresponde a un periodo anterior y SI ha sido anotada en
dicho periodo
X X X X
0
La operación (anotación optativa sin efecto en el IGV) corresponde al
periodo, emitidas en el periodo
X X X
Estructuras de los LE- Anexo
N°2
11. 09/12/2016
11
Estructuras de los LE- Anexo
N°2
Reglas de Nombres de
Libros
Reglas Generales
Reglas de
Comprobantes de Pago
Estructuras de LE
Nuevas Tablas
(Anexo 3 R.S. 169-2015/SUNAT)
TABLA 1: TIPO DE MEDIO DE PAGO
TABLA 2: TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD
TABLA 3: ENTIDAD FINANCIERA
TABLA 4: TIPO DE MONEDA
TABLA 5: TIPO DE EXISTENCIA
TABLA 6: CÓDIGO DE LA UNIDAD DE MEDIDA
TABLA 10: TIPO DE COMPROBANTE DE PAGO O DOCUMENTO
TABLA 11: CÓDIGO DE LA ADUANA
TABLA 12: TIPO DE OPERACIÓN
TABLA 13: CATÁLOGO DE EXISTENCIAS
TABLA 14: MÉTODO DE VALUACIÓN
TABLA 15: TIPO DE TÍTULO
TABLA 16: TIPO DE ACCIONES O PARTICIPACIONES
TABLA 17: PLAN DE CUENTAS
TABLA 18: TIPO DE ACTIVO FIJO
TABLA 19: ESTADO DEL ACTIVO FIJO
TABLA 20: MÉTODO DE DEPRECIACIÓN
TABLA 21: CÓDIGO DE AGRUPAMIENTO DEL COSTO DE PRODUCCIÓN VALORIZADO ANUAL
TABLA 22: CATÁLOGO DE ESTADOS FINANCIEROS
TABLA 25 "CONVENIOS PARA EVITAR LA DOBLE TRIBUTACIÓN"
TABLA 27: TIPO DE VINCULACION ECONOMICA
TABLA 28: PATRIMONIO NETO
TABLA 30: CLASIFICACIÓN DE LOS BIENES Y SERVICIOS ADQUIRIDOS
TABLA 31: TIPO DE RENTA
TABLA 32: MODALIDAD DEL SERVICIO PRESTADO POR EL SUJETO NO DOMICILIADO
TABLA 33: EXONERACIONES DE OPERACIONES DE NO DOMICILIADOS (ART. 19 DE LA LEY DEL
IMPUESTO A LA RENTA)
TABLA 34: CÓDIGO DE LOS RUBROS DE LOS ESTADOS FINANCIEROS
TABLA 35: PAISES
12. 09/12/2016
12
• Versiones simplificadas del Registro de Ventas y del Registro de Compras
Electrónico:
Libro Versión completa Versión simplificada (para quien
tiene solo operaciones gravadas)
Registro de Ventas 34 columnas
Formato 14.1
25 columnas
Formato 14.2
Registro de Compras 41 columnas
Formato 8.1
Formato 8.2
28 columnas
Formato 8.3
• Se generará en un mismo momento el Registro de Ventas y el Registro de
Compras Electrónico.
• Generación automática de un archivo con información necesaria para
proponer la nueva declaración sugerida del IGV-Renta mensual (FV 621) que
provenga de la versión completa o simplificada de los registros.
Novedades de la versión 5.0.0 del PLE
Registro de Ventas:
• Nuevo tipo de validaciones descargando la base de datos desde la pagina
web de la SUNAT de:
Tipo de cambio SUNAT
Registro de Compras:
• Inclusión de un nuevo sub libro: Operaciones con no domiciliados
(condición necesaria para pertenecer a la OCDE y los compromisos con el
Asia Pacífico y Convenios para evitar la doble o nula imposición)
• Nuevo tipo de validaciones descargando la base de datos desde la página
web de la SUNAT de:
Tipo de cambio SUNAT
Padrón de No habidos
Padrón de RUC que renunciaron a la exoneración del IGV
Si el DNI, consignado en la liquidación de compra, ya cuenta con RUC
Novedades de la versión 5.0.0 del PLE
13. 09/12/2016
13
14.1 Registro de Ventas e Ingresos
Versión completa
Nuevos campos
18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34
Monto de la Operación
NO Gravada con el IGV
(con efectos en el ratio)
ISC, de
ser el caso
Monto de la Operación
Gravada con el IVAP Otros
conceptos,
tributos y
cargos que
no forman
parte de la
base
imponible
Importe
total del
comprobante
de pago
Moneda Documento modificado
Contrato
(*)
Error tipo
1 (tipo de
cambio)
Indicador
de medio
de pago
(1 = Si)
EstadoImporte total
de la
operación
exonerada
Importe total
de la
operación
inafecta
BI de la
operación
gravada con
el Impuesto
a las Ventas
del Arroz
Pilado
Impuesto a
las ventas
del Arroz
Pilado
Código
Tipo de
cambio
Fecha de
emisión
Tipo Serie Número
Optativo Optativo
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17
Periodo
Código
Único de la
Operación
Número
correlativo
del CUO
Comprobante de Pago físico y/o electrónico Cliente
Valor
facturado
de la
exportación
Monto de la Operación Gravada con el
IGV
Fecha
de
emisión
Fecha
de
Venci-
miento
Tipo Serie
Número
inicial
Número
final (**)
Tipo de
Documento
de Identidad
Número
Apellidos y
nombres,
denominación o
razón social del
cliente
Base
imponible
Descuento
de la Base
Imponible
IGV
Descuento
del IGV
14.2 Registro de Ventas e Ingresos
Versión simplificada
Nuevos campos
Nuevo sub libro: Sólo operaciones gravadas
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14
Periodo
Código
Único de la
Operación
Número
correlativo
del CUO
Comprobante de Pago físico y/o electrónico Cliente
Monto de la
Operación Gravada
con el IGV
Fecha de
emisión
Fecha
de
Venci-
miento
Tipo Serie
Número
inicial
Número
final
Tipo de
Documento
de Identidad
Número
Apellidos y
nombres,
denominación o
razón social del
cliente
Base
imponible
IGV
15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25
Otros
conceptos,
tributos y
cargos que no
forman parte de
la base
imponible
Importe total del
comprobante de
pago
Moneda Documento modificado
Error tipo 1
(tipo de
cambio)
Indicador de
medio de
pago (1 = Si)
Estado
Código
Tipo de
cambio
Fecha de
emisión
Tipo Serie Número
Optativo
14. 09/12/2016
14
8.1 Registro de Compras
Versión completa (1/2)
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23
Periodo
Código
Único de la
Operación
(CUO)
Número
correla-
tivo del
CUO
Comprobante de Pago físico
y/o electrónico
Proveedor
Adquisiciones
gravadas que dan
derecho a crédito
fiscal y/o saldo a
favor por
exportación,
destinadas
exclusivamente a
operaciones
gravadas y/o de
exportación
Adquisiciones
gravadas que dan
derecho a crédito
fiscal y/o saldo a
favor por
exportación,
destinadas a
operaciones gravadas
y/o de exportación y a
operaciones no
gravadas
Base imponible de las
adquisiciones
gravadas que no dan
derecho a crédito
fiscal y/o saldo a
favor por
exportación, por no
estar destinadas a
operaciones gravadas
y/o de exportación
Base
imponible
de las
adquisi-
ciones no
gravadas
internas
y/o de
importación
ISC
Otros
tributos
y
cargos
que no
formen
parte de
la base
impo-
nible
Importe
total
Fech
a de
emisi
ón
Fecha
de
Vmto
Tipo
(Tabla
10)
Serie
Año
de
emisi
ón
DUA
Nro.
inicial
Nro.
final
Tipo de
Document
o de
Identidad
(Tabla 2)
Número
Apellidos
y
nombres,
denomina
ción o
razón
social del
proveedor
Base
imponible
IGV
Base
imponible
IGV
Base
imponible
IGV
24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41
Moneda Documento modificado
Constancia de
Depósito de
Detracción
Marca del
comprobant
e de pago
sujeto a
retención
(1 si hay
retención)
Clasificación
de los
bienes y
servicios
adquiridos
(Tabla 30)
Contrato
(*)
Error
tipo 1
Error
tipo 2
Error
tipo 3
Error
tipo 4
Indicador
de medio
de pago (1
= Si)
Estado
Código
(Tabla 4)
Tipo de
cambio
Fecha de
emisión
Tipo Serie
Código
de la
DUA
Número
Fecha de
emisión
Número
Optativo Optativo Optativo Optativo Optativo Optativo
Nuevos campos
8.1 Registro de Compras
Versión completa (1/2)
N° DESCRIPCIÓN
1
MERCADERIA, MATERIA PRIMA, SUMINISTRO,
ENVASES Y EMBALAJES
2 ACTIVO FIJO
3
OTROS ACTIVOS NO CONSIDERADOS EN LOS
NUMERALES 1 Y 2
4
GASTOS DE EDUCACIÓN, RECREACIÓN, SALUD,
CULTURALES. REPRESENTACIÓN, CAPACITACIÓN, DE
VIAJE, MANTENIMIENTO DE VEHICULO Y DE PREMIOS
5 OTROS GASTOS NO INCLUIDOS EN EL NUMERAL 4
TABLA 30
Aplicable solo a los contribuyentes que hayan obtenido ingresos mayores
a 1,500 UIT en el ejercicio anterior
15. 09/12/2016
15
8.2 Registro de Compras
Versión completa (2/2)
Nuevos campos
Nuevo sub libro: Operaciones con no domiciliados
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17
Periodo
Código
Único de la
Operación
Número
correlativo
del CUO
Comprobantes de Pago de sujetos No Domiciliados Sustento del crédito fiscal
Reten-
ción del
IGV
Moneda
Fecha de
emisión
Tipo Serie Número
Valor de las
adquisiciones
Otros
tributos y
cargos que
no formen
parte de la
base
imponible
del IGV
Importe
total
Tipo
(Tabla 10)
Serie
Año de
emisión
DUA
Número
Código
(Tabla
4)
Tipo de
cambio
18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36
Proveedor Impuesto a la Renta
Tipo de
Renta
(Tabla
31)
Moda-
lidad del
servicio
presta-
do por
el no
domici-
liado
(Tabla
32)
Aplica-
ción del
pen-
ultimo
párrafo
Art. 76°
LIR
(1 si
aplica)
Estado
País de
resi-
dencia
(Tabla
4)
Nombre /
Razón
Social
Domicilio
en el
extranjero
Número
de
Identifi-
cación
Número
de
identifi-
cación
fiscal del
benefi-
ciario
efectivo
de los
pagos
Nombre /
Razón
Social del
benefi-
ciario
efectivo
de los
pagos
País de
residen-
cia del
benefi-
ciario
efectivo
de los
pagos
(Tabla 4)
Vínculo
entre el
contribu-
yente y el
residente
en el
extranjero
(Tabla 27)
Renta
bruta
Deduc-
ción /
Costo de
Enaje-
nación
de
bienes
de
capital
Renta
Neta
Tasa
de
reten-
ción
Impues
to
rete-
nido
Conve-
nio para
evitar la
doble
impo-
sición
aplica-
ble
(Tabla
25)
Exone-
ración
aplicada
(Tabla
33)
8.3 Registro de Compras
Versión simplificada
Nuevos campos
Nuevo sub libro: Sólo operaciones gravadas
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16
Periodo
Código Único
de la
Operación
Número
correlativo del
CUO
Comprobante de Pago físico y/o electrónico Proveedor
Adquisiciones gravadas
que dan derecho a
crédito fiscal y/o saldo
a favor por exportación,
destinadas
exclusivamente a
operaciones gravadas
y/o de exportación
Otros
tributos y
cargos que
no formen
parte de la
base
imponible
Importe total
Fecha
de
emisión
Fecha
de
Venci-
miento
Tipo
(Tabla
10)
Serie
Número
inicial
Número
final
Tipo de
Document
o de
Identidad
(Tabla 2)
Número
Apellidos y
nombres,
denominació
n o razón
social del
proveedor
Base
imponible
IGV
17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31
Moneda Documento modificado
Constancia de
Depósito de Detracción
Marca del
compro-
bante de
pago sujeto
a retención
(1 si hay
retención)
Clasificación
de los
bienes y
servicios
adquiridos
(Tabla 30)
Error
tipo 1
Error
tipo 2
Error
tipo 3
Indicador
de medio
de pago
(1 = Si)
Estado
Código
(Tabla 4)
Tipo de
cambio
Fecha
de
emisión
Tipo Serie Número
Fecha de
emisión
Número
Optativo Optativo Optativo Optativo
16. 09/12/2016
16
5.1 Libro Diario
Obligados: PRICOS
Periodicidad: Mensual
Cambios: Se incluyen nuevos campos
Periodo
Código
Único de
la Opera-
ción
Número
correla-
tivo del
CUO
Código de
la Cuenta
Contable
Código de la
Unidad de
Operación
(*)
Código del
Centro de
Costos,
Centro de
Utilidades
o Centro
de
Inversión
Tipo de
Moneda
de origen
(tabla 4)
Tipo de
Compro-
bante de
Pago o
Documento
Número
serie del
compro-
bante de
pago o
docu-
mento
Número
del
compro-
bante de
pago o
docu-
mento
Fecha
contable
Fecha de
venci-
miento
Fecha de la
operación
o emisión
Glosa o
descripción
de la
operación
Glosa
referencial
Movimiento
Campos 1, 2
y 3 del
Registro de
Ventas e
Ingresos o
del Registro
de Compras
Estado
Debe Haber
Optativo Optativo Optativo Optativo Optativo Optativo Optativo
(*) Económica Administrativa, de Negocio, de Producción, de la Línea, de la Concesión, del Local o del Lote
Nuevos campos
5.1 Libro Diario
• Código Único de la Operación (CUO), que es la llave única o clave única o
clave primaria del software contable que identifica de manera unívoca el
asiento contable.
• Sólo se permite la consolidación de operaciones, siempre que se cumpla
con las siguientes condiciones:
– Que sea diaria, y
– Que por las mencionadas operaciones se mantenga la información detallada que
permita efectuar la verificación individual de cada documento.
• Dicha información detallada deberá ser llevada mediante un sistema de
control computarizado y contener como mínimo la misma estructura del
presente registro y ser proporcionada mediante medios magnéticos cuando
sea requerida por la SUNAT.
• Los contribuyentes obligados a llevar el Registro de Inventario Permanente
Valorizado solo podrán consolidar las operaciones relacionadas con los
inventarios hasta el 31/12/2016.
17. 09/12/2016
17
CAMBIOS EN EL LIBRO DIARIO
DE FORMATO SIMPLIFICADO
ELECTRÓNICO
Libro Diario de Formato
Simplificado Electrónico
=
Libro
Diario
LDFS
18. 09/12/2016
18
CAMBIOS EN EL LIBRO
MAYOR ELECTRÓNICO
=Libro
Diario LDFS = Libro
Mayor
6.1 Libro Mayor
Base Legal R.S 169-2015/SUNAT.
19. 09/12/2016
19
CASOS PRÁCTICOS
20150400|0914|M1|05/04/2015||01|0001|055||6|20082435196|LA COMERCIAL ABC SAC||10000.00||||1800.00||||1180.00|||||||1|
Registro de Ventas e Ingresos del Régimen General
20150400|1|M-RER|05/04/2015||01|0001|055||6|20082435196|LA COMERCIAL ABC SAC||10000.00||||1800.00||||1180.00|||||||1|
Registro de Ventas e Ingresos del Régimen Especial de Renta - RER
Situación 1: Referencia del CUO de una
operación de ventas en el RVI
Como no hay asiento contable, se debe
asignar un número correlativo del mes en el
campo 2 y las siglas “M- RER “en el campo 3.
Es el número de
línea del asiento
contable.
Es el número del
asiento contable
(CUO)
20. 09/12/2016
20
Es el número de línea del asiento contable. Debe anteponerse la
letra "M" pues es un asiento de movimientosdel mes.
------------------ 0234 --------------------
60 COMPRAS 40,000
601 Mercaderías
6011 Mercaderías manufacturadas
40
TRIBUTOS, CONTRAPRESTACIONES Y
APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES Y DE
SALUD POR PAGAR
7,200
401 Gobierno central
4011 Impuesto general a las ventas
40111IGV - Cuenta propia
42
CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES –
TERCEROS
47,200
421
Facturas, boletas y otros comprobantes por
pagar
4212 Emitidas
05/04/2015 Por la compra de mercaderías (Fsct. N° 0001-1313)
------------------ 0235 --------------------
20 MERCADERÍAS 40,000
201 Mercaderías manufacturadas
2011 Mercaderías manufacturadas
20111Costo
61 VARIACIÓN DE EXISTENCIAS 40,000
611 Mercaderías
6111 Mercaderías manufacturadas
05/04/2015 Por las mercaderías del mes ingresadas al almacén.
20150400|0234|M1|6011 |05/04/2014|Compra de mercadería del mes |40000.00 | |1|
20150400|0234|M2|40111|05/04/2014|Compra de mercadería del mes | 7200.00 | |1|
20150400|0234|M3|4212 |05/04/2014|Compra de mercadería del mes | |47200.00 |1|
1ra línea del asiento 0234: M1
2da línea del asiento 0234: M2
3ra línea del asiento 0234: M3
1ra línea del asiento 0235: M1
2da línea del asiento 0235: M2
Libro Diario
PLE
Es el número del asiento
contable (CUO)
Asiento
contable por la
compra de
mercadería:
Factura N°
0001-1313
Situación 2: anotación de una operación
de compra en el Libro Diario
20150400|0234|M3|05/04/2015||01|0001||1313||6|20182435197|T-FACILITA SAC|40000.00|7200.00||||47200.00||||||||||||||1|
20150400|1|M-RER |05/04/2015||01|0001||1313||6|20182435197|T-FACILITA SAC|40000.00|7200.00||||47200.00||||||||||||||1|
Registro de Compras del Régimen General
Registro de Compras del Régimen Especial de Renta - RER
Es el número de
línea del asiento
contable.
Es el número del
asiento contable
(CUO)
Situación 2: Referencia del CUO de una
operación de compra en el RC
Como no hay asiento contable, se debe
asignar un número correlativo del mes en el
campo 2 y las siglas “M-RER“en el campo 3.
21. 09/12/2016
21
RUC del Generador: 20131312955
Periodo a generar: Enero 2013
Tipo de Libro: Registro de Ventas e Ingresos
No se está cerrando el libro
Libro con información
Llevado en moneda nacional
Operación
(cierre)
Libro
Electrónico
(fijo)
RUC del
Generador
Periodo
Año Mes
Día
Identificador del
Libro: 14.1
Oportun
idad
(sólo
LIB) Con información
PLE (fijo)
Moneda
Reglas de Nombres de Libros (PLE)