Los pensionados pueden laborar formalmente mediante contratos de trabajo o de prestación de servicios. Sin embargo, si trabajan formalmente deben pagar doble afiliación a salud, ya que sobre su pensión pagan el 12% y sobre sus ingresos laborales pagan otro 12.5% para la afiliación obligatoria a salud. Adicionalmente, si su contrato es laboral deben pagar el 12.5% sobre el 100% de sus ingresos para salud, ARP y parafiscales.