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Podemos decir que, el Seguro de
Transporte, es la rama del seguro más
antigua, encontramos sus inicios en las
ordenanzas de Barcelona y en los
denominados “Préstamos a la Gruesa”.
Iniciamos este tema, mencionando las
diferentes modalidades en que se
desarrolla el transporte y de esta
manera, analizar lo correspondiente a
cada una de ellas.
MARÍTIMO


    TERRESTRE


           AÉREO
Generalidades
Se sostiene que el Seguro Marítimo, en
general, es el más apasionante de todos los
Seguros, lo que viene a significar que
quienes deban practicarlo, en forma
profesional, llegan a aficionarse      con
exceso al mismo.
El Seguro Marítimo, obliga a sus cultores a
conocer todo lo que lo rodea, dado que no
puede entenderse como una técnica
aislada.


            Fuente: Manual de Seguros de Transporte Marítimo
            Dante Di Liberto
            3ra. Edición 1998
El Seguro Marítimo, ha permitido y
facilitado las operaciones, tanto del
armador como del vendedor y
comprador de mercancías, al contar con
un instrumento de apoyo y que les
permite, reducir sus pérdidas como
consecuencia de los riesgos de la
navegación.
El Seguro Marítimo, ha facilitado también
el desarrollo de la actividad del comercio
internacional    y    derivado   de   ello,
encontramos la aplicación cada vez más
frecuente de pólizas que incluyen
cláusulas que ofrecen coberturas de
acuerdo a las necesidades tanto del
vendedor, como del cargador, asegurador
o beneficiario del seguro.
COBERTURAS DE SEGUROS

Comúnmente, las coberturas de seguros que
se otorgan, parten de una cobertura básica
conocida como Riesgos Ordinarios, y que
ampara:
- Daños materiales causados a los bienes por
incendio, rayo y explosión, o por varadura,
hundimiento o colisión del barco;
COBERTURAS DE SEGUROS

-Pérdida de bultos por entero caídos al mar,
durante las maniobras de carga, transbordo o
descarga;
-Baratería del capitán o tripulación;
-La contribución por el Asegurado a la avería
gruesa o general y a los cargos de
salvamento.
COBERTURAS DE SEGUROS

Alijo
La cobertura de seguros se extiende a las
maniobras de alijo, incluyendo el transporte
por embarcaciones menores hasta o desde el
buque, considerándose cada embarcación,
balsa, gabarra o chalana, asegurada
separadamente.
COBERTURAS ADICIONALES


Adicionalmente a esta cobertura, se pueden
incluir otras como las siguientes:
         •Robo de bulto por entero
         •Robo parcial
         •Mojadura
         •Oxidación
•Contacto con otras cargas
•Manchas
•Roturas
•Falta de peso y derrame
•Motín,   huelgas    y       alborotos
populares
•Guerra a flote
•Barredura
COBERTURAS



De esta cobertura básica que ampara los
riesgos ordinarios, se puede llegar a una
cobertura completa también llamada a Todo
Riesgo, pasando desde luego por una
cobertura intermedia en cuanto a su amplitud.
La cobertura de seguro, puede extenderse
desde las bodegas o almacén del
exportador hasta las bodegas del
importador, cubriendo la totalidad del viaje
que puede incluir la porción terrestre
necesaria y las estadías intermedias si las
hubiere.
Cláusulas del Instituto para Cargamentos

Es una tendencia bastante generalizada
en el Seguro de Transporte Marítimo, el
utilizar las Cláusulas del Instituto para
Cargamentos (I.C.C.) del Instituto de
Aseguradores de Londres:
            ICC 1.1.82 “A”
            ICC 1.1.82 “B”
            ICC 1.1.82 “C”
CLÁUSULA DEL INSTITUTO PARA
            CARGAMENTOS (A)

RIESGOS CUBIERTOS

1. CLÁUSULA DE RIESGOS

Este seguro cubre todos los riesgos de pérdida o
daño al interés asegurado salvo lo que se
excluye en las Cláusulas 4, 5, 6 y 7 de la póliza.
2. CLÁUSULA DE AVERÍA GRUESA

Este seguro cubre avería gruesa y gastos de
salvamento que se ajusten o determinen de
acuerdo con el contrato de fletamento y/o la ley y
práctica que deba aplicarse, en que se incurra
para evitar o tratar de evitar pérdida por cualquier
causa salvo aquellas que se excluyen en las
Cláusulas 4, 5, 6 y 7 o en cualquier otra parte en
la póliza.
3. CLÁUSULA “AMBOS CULPABLES DE COLISIÓN”

Este seguro indemnizará también al Asegurado
frente a tal proporción de responsabilidad bajo la
Cláusula “Ambos Culpables de Colisión” del
contrato de fletamento como le corresponda
respecto de una pérdida recuperable en virtud de
la presente. En caso de cualquier reclamación de
los armadores bajo la citada Cláusula tendrán
derecho, a su propia costa y gasto, a defender al
Asegurado contra tal reclamación.
EXCLUSIONES

4. Exclusiones Generales
•Pérdida, daño o gasto atribuibles a una
conducta dolosa del asegurado.
•Derrames usuales, pérdidas naturales de
peso o volumen, o uso y desgaste normales
del objeto asegurado.
•Pérdida, daño o gastos causados por
insuficiencia o inapropiado embalaje.
EXCLUSIONES

4. Exclusiones Generales
•Pérdida, daño o gastos causados por vicio
propio o naturaleza del objeto asegurado.
•Pérdida, daño o gastos causados
directamente por demora, aún cuando la
misma sea causada por un riesgo
asegurado.
EXCLUSIONES

4. Exclusiones Generales
•Pérdida, daño o gastos surgidos de
insolvencia o incumplimientos financieros de
los propietarios, administradores, fletadores
u operadores del buque.
•Pérdida, daño o gastos que surjan del uso
de cualquier arma de guerra en la cual se
emplee fisión y/o fusión atómica o nuclear, u
otra parecida reacción o fuerza o materia
radioactiva.
EXCLUSIONES

5. De Innavegabilidad e Inadaptabilidad


6. De Guerra


7. De Huelgas
CLÁUSULA DEL INSTITUTO PARA
            CARGAMENTOS (B)

RIESGOS CUBIERTOS

1. CLÁUSULA DE RIESGOS

Este seguro cubre, salvo lo que se excluye en las
Cláusulas 4, 5, 6 y 7 de la póliza:
1.1 Pérdida o daño al interés asegurado que se
pueda atribuir razonablemente,
1.1.1 fuego o explosión

1.1.2 que se encalle, vare, hunda o zozobre el
buque o embarcación

1.1.3 volcamiento o descarrilamiento del medio
de transporte terrestre
1.1.4 colisión o contacto del buque, embarcación
o medio de transporte con cualquier objeto
externo excepto agua

1.1.5 descarga del cargamento en un puerto de
arribada
1.1.6 terremoto, erupción volcánico o rayo,
1.2 pérdida o daño al interés asegurado causado
por
1.2.1 sacrificio de avería gruesa
1.2.2 echazón o barrido de olas
1.2.3 entrada de agua de mar, lago o río en el
buque, embarcación, bodega, medio de
transporte, contenedor, furgón o lugar de
almacenaje.
1.3 pérdida total de cualquier bulto caído al mar
desde cubierta o caído mientras está siendo
cargado en el, o descargado del, buque o
embarcación.
2. CLÁUSULA DE AVERÍA GRUESA

Este seguro cubre avería gruesa y gastos de
salvamento que se ajusten o determinen de
acuerdo con el contrato de fletamento y/o la ley y
práctica que deba aplicarse, en que se incurra
para evitar o tratar de evitar pérdida por cualquier
causa salvo aquellas que se excluyen en las
Cláusulas 4, 5, 6 y 7 o en cualquier otra parte en
este seguro.
3. CLÁUSULA “AMBOS CULPABLES DE COLISIÓN”

Este seguro indemnizará también al Asegurado
frente a tal proporción de responsabilidad bajo la
Cláusula “Ambos Culpables de Colisión” del
contrato de fletamento como le corresponda
respecto de una pérdida recuperable en virtud de
la presente. En caso de cualquier reclamación de
los armadores bajo la citada Cláusula tendrán
derecho, a su propia costa y gasto, a defender al
Asegurado contra tal reclamación.
EXCLUSIONES
4. Exclusiones Generales
Como ya comentadas anteriormente, en ICC - A,
con la exclusión adicional de:
•Daño deliberado al, o destrucción deliberada
del, interés asegurado o a cualquier parte del
mismo por el acto mal intencionado de cualquier
persona o personas.
EXCLUSIONES

5. De Innavegabilidad e Inadaptabilidad


6. De Guerra


7. De Huelgas
CLÁUSULA DEL INSTITUTO PARA
            CARGAMENTOS (C)

RIESGOS CUBIERTOS

1. CLÁUSULA DE RIESGOS

Este seguro cubre, salvo lo que se excluye en las
Cláusulas 4, 5, 6 y 7 de la póliza:
1.1 Pérdida o daño al interés asegurado que se
pueda atribuir razonablemente a
1.1.1 fuego o explosión
1.1.2 que se encalle, vare, hunda o zozobre el
buque o embarcación
1.1.3 volcamiento o descarrilamiento del medio
de transporte terrestre
1.1.4 colisión o contacto del buque, embarcación
o medio de transporte con cualquier objeto
externo excepto agua
1.1.5 descarga del cargamento en un puerto de
arribada
1.2 pérdida o daño al interés asegurado causado
por
1.2.1 sacrificio de avería gruesa
1.2.2 echazón.
2. CLÁUSULA DE AVERÍA GRUESA

Este seguro cubre avería gruesa y gastos de
salvamento que se ajusten o determinen de
acuerdo con el contrato de fletamento y/o la ley y
práctica que deba aplicarse, en que se incurra
para evitar o tratar de evitar pérdida por cualquier
causa salvo aquellas que se excluyen en las
Cláusulas 4, 5, 6 y 7 o en cualquier otra parte en
este seguro.
3. CLÁUSULA “AMBOS CULPABLES DE COLISIÓN”

Este seguro indemnizará también al Asegurado
frente a tal proporción de responsabilidad bajo la
Cláusula “Ambos Culpables de Colisión” del
contrato de fletamento como le corresponda
respecto de una pérdida recuperable en virtud de
la presente. En caso de cualquier reclamación de
los armadores bajo la citada Cláusula el
Asegurado conviene en notificarla a los
Aseguradores quienes tendrán derecho, a su
propia costa y gasto, a defender al Asegurado
contra tal reclamación.
EXCLUSIONES
4. Exclusiones Generales
Como ya comentadas anteriormente, en ICC - A,
con la exclusión adicional de:
•Daño deliberado al, o destrucción deliberada
del, interés asegurado o a cualquier parte del
mismo por el acto mal intencionado de cualquier
persona o personas.
EXCLUSIONES

5. De Innavegabilidad e Inadaptabilidad


6. De Guerra


7. De Huelgas
Cuando nos referimos a
buque,      hay     que
considerar que existen
varios sinónimos como:
barco,     embarcación,
nave, navío, vapor.
Así encontramos también:
•Buques cisterna
•Buques porta barcazas
•Buques graneleros
•Buques especiales para
contenedores
•Buques de guerra
proa
En la terminología marina
las partes básicas de una
embarcación son;
Proa, la parte frontal;




                                               estribor
                              babor

                                      crujía
popa a la parte trasera;
babor, el lado izquierdo;
estribor, el lado derecho;
crujía, la línea centro que
corre     longitudinalmente
por la estructura.

                                      popa
CHIMENEA
                                    POPA
 SUPERESTRUCTURA




CUBIERTA




                                      HÉLICE



           BULBO DE
             PROA       ANCLA

   PROA                          COSTADO DE BABOR
Emma Maersk
El barco más grande del mundo
                 Emma Maersk
                 (Dinamarca)

Con capacidad para 15,000 contenedores, con
un largo de 1,302 pies, es más grande que un
porta aviones norteamericano, por su ancho
de 207 pies, no cabe en el Canal de Panamá.
Viaja a una velocidad de 50 km/h, mucho más
rápido que un buque convencional.
Su costo de construcción es $145,000,000.00
CLÁUSULA DE CLASIFICACIÓN DE BUQUES
Sus 3 funciones:
1.Es el documento que evidencia e
  instrumenta  el   contrato   de
  transporte.
2.Es el recibo de las mercancías a
  bordo.
3.Como documento - título de las
  mercancías.
Por las necesidades propias de la
operación de transporte y para facilitar
el comercio internacional, se han
desarrollado y generalizado en su uso
los INCOTERMS, denominación que se
da a los Términos Internacionales de
Comercio.
INCOTERMS

Podemos decir que son definiciones estándar
en las negociaciones entre comerciantes a
nivel mundial en sus contratos internacionales
de comercio.
Su función principal es definir y limitar las
relaciones entre los comerciantes y facilitar el
comercio      internacional,   ayudando       a
entenderse más fácilmente los comerciantes
de diferentes países.
Los INCOTERMS, definen en el contrato
internacional de compraventa de mercancías,
las obligaciones recíprocas tanto del vendedor
como del comprador sobre los riesgos, los
gastos y los documentos de la operación.
Aunque muchos de los INCOTERMS, son
exclusivamente para el transporte marítimo, es
necesario tener un amplio conocimiento de los
mismos, para conocer su aplicabilidad en las
otras modalidades de transporte.
TÉRMINOS
           INCOTERMS

EXW -   Fábrica
        (...lugar convenido)
        Ex Works

FCA -   Franco Transportista
        (lugar convenido)
        Free Carrier
FAS -   Franco al Costado del buque
        (...puerto de carga convenido)
        Free Alongside Ship

FOB -   Franco a Bordo
        (...puerto de embarque convenido)
        Free on Board
CFR -   Coste y Flete
        (...puerto de destino convenido)
        Cost and Freight

CIF -   Coste, Seguro y Flete
        (...puerto de destino convenido)
        Cost, Insurance and Freight
CPT -   Transporte pagado hasta
        (...lugar de destino convenido)
        Carriage Paid to

CIP -   Transporte y Seguro pagados hasta
        (...lugar de destino convenido)
        Carriage and Insurance Paid to
DAF -   Entregado en Frontera
        (lugar convenido)
        Delivered at Frontier


DES -   Entregado sobre Buque
        (...puerto de destino convenido)
        Delivered ex Ship
DEQ -   Entregado en Muelle
        (Derechos Pagados)
        (...puerto de destino convenido)
        Delivered Ex Quay (Duty Paid)

DDU -   Entregado Derechos no Pagados
        (...lugar de destino convenidos)
        Delivery Duty Unpaid
DDP -   Entregado Derechos Pagados
        (...lugar de destino convenido)
        Delivered Duty Paid



               Fuente: Manual de Seguros de Transporte Marítimo
                                               Dante Di Liberto
                                           Tercera Edición 1998
C I F
  Cost Insurance and Freight
    Costo Seguro y Flete
(…puerto de destino convenido)
El término Cost, Insurance and Freight
(CIF), significa que la entrega se lleva a
cabo     cuando     la    mercancía     ha
sobrepasado la borda del buque; el
vendedor tiene que liquidar todos los
gastos, los fletes y las primas de riesgo
(primas de seguros) que sean necesarios
para colocar la mercancía hasta el puerto
de destino convenido.
F A S
     Free Alongside Ship
 Franco al Costado del Buque
(…puerto de carga convenido)
El término Free Alongside Ship (FAS),
significa que el vendedor cumple con su
obligación de entrega de la mercancía
cuando ésta ha sido colocada al costado
del buque, en el puerto de embarque
convenido. Esto significa que el comprador
soportará todos los gastos y todos los
riesgos de pérdida o de daño de la
mercancía a partir de ese momento.
F O B
         Free on Board
         Franco a Bordo
(…puerto de embarque convenido)
El término Free on Board (FOB), significa
que el vendedor cumplió con su obligación
de entregar la mercancía cuando ésta ha
sobrepasado la borda del buque en el
puerto de embarque así convenido; quiere
decir que el comprador tiene que cubrir
todos los gastos y asumir todos los riesgos
de pérdida o daño de la mercancía a partir
de ese punto.
En el seguro sobre mercancías, el valor
asegurable es el precio, costo de la
propiedad asegurada más los gastos de e
incidentales al embarque y los gastos de
seguro sobre el total.
El seguro de transporte terrestre, que en su
mayoría se realiza sobre ruedas, nace como
necesidad del seguro marítimo, para
completar el traslado de cargas que se recibe
en puertos y que requieren de una porción
terrestre para llegar tanto al puerto de salida
como del puerto de llegada a su destino final.
Cuando el transporte lo realiza el propio
asegurado, la cobertura de seguro inicia a
partir del momento que el vehículo se pone en
movimiento iniciando el viaje.
Si el transporte lo lleva a cabo un tercero
(transportista), la cobertura inicia en el
momento que este recibe la mercancía y
termina 15 días (usualmente), después de
llegar a destino.
COBERTURAS DE SEGUROS

Comúnmente, las coberturas de seguros que
se otorgan, parten de una cobertura básica
conocida como Riesgos Ordinarios, y que
ampara:
- Accidente del vehículo transportador,
colisión, volcadura, incendio, auto ignición,
hundimiento      o   rotura   de    puentes,
alcantarillados;
COBERTURAS DE SEGUROS


-Descarrilamiento del vagón del ferrocarril
cuando se utiliza este medio;
-Incendio, rayo y/o explosión en la bodega de
tránsito.
COBERTURAS ADICIONALES

Adicionalmente a esta cobertura básica, se
puede incluir otras como las siguientes:
         •Robo de bulto por entero
         •Robo parcial
         •Mojadura
         •Oxidación
•Contacto con otras cargas
•Manchas
•Roturas
•Falta de peso y derrame
•Motín    huelgas    y       alborotos
populares
COBERTURA TODO RIESGO


La cobertura de riesgos ordinarios (básica)
más todos estos riesgos adicionales que se
pueden contratar, constituyen lo que se
conoce como cobertura de Todo Riesgo.
OTRAS FORMAS DE COBERTURA


En algunos casos se otorga para la cobertura
de transporte terrestre, las Condiciones y
Cláusulas del Instituto para Cargamentos -
ICC- del Instituto de Aseguradores de
Londres, en lo que le fuere aplicable a esta
modalidad de transporte.
El transporte aéreo como su nombre lo
indica, requiere de una aeronave para el
traslado de las mercancías, de un punto de
origen a un punto de destino.
El transporte aéreo, opera basado en líneas
aéreas que prestan el servicio de transporte
de pasajeros y carga con fines comerciales,
y aviones dedicados completamente a la
carga llamados “cargueros puros” en la
actualidad estos cargueros puros tienen una
capacidad de bodega de 120 toneladas en
promedio y el carguero puro más grande de
200 toneladas.
El transporte aéreo tiene como ventaja, la
velocidad con que opera, ser el medio de
transporte más seguro y proporcionar más
cuidado a las mercancías.
Tiene la desventaja de ser más caro en su
operación, por lo que es utilizado cuando el
tiempo es un factor fundamental para quien
realiza el transporte.
El transporte aéreo es más utilizado para
transporte de mercancías perecederas, para
traslado de flores, productos químicos y
medicinales, documentos, obras de arte,
electrónicos, animales vivos y otras
mercancías de poco volumen o que
requieren de cuidado.
Con motivo de los trágicos hechos ocurridos
en la mañana del 11 de septiembre, en las
Torres Gemelas, el sector de la aviación del
mundo entero, sufrió uno de los golpes más
impactantes en su historia, sufriendo
todavía las consecuencias y difícilmente
podrá recuperar la confianza que este
medio de transporte gozaba.
Como consecuencia de ello, las tarifas de
los fletes aéreos, han tenido una alza,
misma que incide en los costos en la
utilización de este medio de transporte.
COBERTURAS

Las coberturas que se otorgan para
transporte aéreo, son muy similares a las
que se han comentado para el transporte
terrestre, en lo que le fuere aplicable.
Para el transporte de productos
congelados, como alimentos,
carne y otros, la póliza de
transporte       tiene      sus
condiciones especiales y en el
caso de las Cláusulas del
Instituto para Cargamentos del
Instituto de Londres, tiene
cláusulas específicas para ese
tipo de cargamentos.
Una gran variedad de
productos, por su propia
índole, se transportan a
granel, como el caso de
cereales,          productos
químicos, el petróleo y sus
derivados, gases líquidos.
Condición que se debe
conocer     y     considerar
debidamente       para     la
contratación del seguro.
Se conoce como embalaje los medios o
elementos materiales que se utilizan para
embalar, manipular y proteger las mercancías
en forma adecuada y evitar en lo posible
daños o pérdidas durante su traslado.

La experiencia en el transporte, ha
demostrado que un mal embalaje es la causa
de cuantiosas pérdidas en este ramo.
•Bidones
•Bolsas de polietileno
•Cajas, de cartón, madera,
plástico, metal.
•Jabas de madera
•Pallets, tarima usualmente de
madera
•Sacos
•Toneles
Por su importancia el embalaje, debe
 cumplir con los siguientes requisitos:

A.Alcolchonamiento:
 Instalación de recubrimiento en las paredes
 internas del empaque que impiden que en
 caso de vibraciones o tensiones las
 mercancías embaladas sufran daños.
B. Reciedumbre:
  Empaques que no sean demasiado débiles
  para soportar las fuerzas a que son
  sometidos durante la carga o la descarga.

C. Resistencia al agua:
 Empaques diseñados a fin de no ser
 dañados fácilmente por mojaduras leves.
D.Facilidad de manejo y estiba:
 Determinación del volumen y peso, para
 embalar la carga a fin de obtener el máximo
 de rapidez en los movimientos a realizar
 durante las maniobras de carga o descarga.
E. Marcas de Orientación:
  Sobre forma de carga , el objeto principal de
  las marcas es la fácil estiba, cuidados e
  identificación de la carga, lo cual permite
  manejarla adecuadamente tanto en las
  maniobras de carga o descarga, como en el
  transporte mismo.
Es aquel que utiliza la
combinación de 2 o más
medios de transporte,
desde un lugar situado en
el país de origen, toma las
mercancías y las traslada
hasta otro lugar para su
entrega en un país
diferente.
Este transporte permite agrupar cargas para
aquellas empresas que no necesitan la
totalidad del espacio en un contenedor.
El     transporte intermodal,  agrupa   las
mercancías en “unidades de carga” para
reducir la manipulación de las mismas,
utilizando contenedores o cajas móviles de
madera.
CONTENEDORES


El uso de contenedores facilita el agrupar
mercancías en unidades de carga, que
permiten más agilidad en su manejo y por lo
mismo tienen las siguientes ventajas:
•Menor manipulación de las mercancías
•Reducción de tiempo de carga y descarga en
los barcos
•Consolidación de mercancías
•Reducción de costos de transporte
•Disminución de robos y de daños
•Reducción de controles por el precintado de
los contenedores
•Simplificación documental
•Seguimiento de la mercancía gracias al
control informático
TIPOS DE PÓLIZAS


1.Póliza por viaje - específica
2.Póliza abierta - flotante - declarativa
3.Póliza anual - a término
1.Póliza por viaje - específica:
 Es aquella póliza que se emite
 asegurando un cargamento que puede
 comprender una o varias clases de
 mercancías para un mismo transporte
 especificado.
En ella se debe describir con bastante
exactitud, la clase y cantidad de
mercancía     asegurada     y    demás
información esencial y necesaria para el
seguro.
El Asegurado en este caso, debe
solicitar y contratar el seguro antes de
iniciar el transporte.
3. Póliza Abierta - Flotante - Declarativa:
 Es aquella póliza en la cual se describen las
 condiciones del seguro en términos
 generales.
 En la póliza abierta, se describen también
 los tipos o clases de mercancías a
 transportar, las que no han sido valoradas,
 la póliza únicamente, tiene un límite por
 embarque.
El Asegurado debe declarar todos los
embarques que realiza en sus declaraciones
correspondientes.
Tiene la ventaja para los comerciantes, en
que pueden utilizar una misma póliza con
sus condiciones y las tasas de prima a
aplicar ya definidas, para cada uno de los
embarques que efectúe, sin necesidad de
solicitar una póliza por separado para cada
uno de ellos.
3. Póliza Anual – a término:
   Como su nombre lo indica, esta póliza
   tiene un periodo de vigencia de un año.

   Es usual en el seguro de transporte
   terrestre y su objetivo es amparar las
   mercancías que el asegurado transporte
   en vehículos de su propiedad.
La póliza debe especificar los riesgos a
amparar, los tipos o clases de mercancía
que se transporta y los vehículos en los
que se transporta la misma.
Tiene definido el monto máximo de suma
asegurada para cada vehículo en que se
transporte la mercancía.
ASPECTOS A CONSIDERAR
          EN LA SUSCRIPCION
      DEL SEGURO DE TRANSPORTE

•Tipo de mercancía o producto
•Es perecedero, necesita refrigeración, etc.
•Nuevo o usado
•Si es marítimo, características del buque
transportador
•Tipo de empaque (nuevo/usado)
•Riesgos a cubrir

•Riesgo de contaminación
•Uso de contenedores o no
•Modalidad de transporte marítimo, terrestre o
aérea
•Origen y destino del transporte.
•Si es terrestre, que tipo de vehículo
•Valor máximo por embarque

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  • 1.
  • 2.
  • 3. Podemos decir que, el Seguro de Transporte, es la rama del seguro más antigua, encontramos sus inicios en las ordenanzas de Barcelona y en los denominados “Préstamos a la Gruesa”.
  • 4. Iniciamos este tema, mencionando las diferentes modalidades en que se desarrolla el transporte y de esta manera, analizar lo correspondiente a cada una de ellas.
  • 5. MARÍTIMO TERRESTRE AÉREO
  • 6.
  • 7. Generalidades Se sostiene que el Seguro Marítimo, en general, es el más apasionante de todos los Seguros, lo que viene a significar que quienes deban practicarlo, en forma profesional, llegan a aficionarse con exceso al mismo.
  • 8. El Seguro Marítimo, obliga a sus cultores a conocer todo lo que lo rodea, dado que no puede entenderse como una técnica aislada. Fuente: Manual de Seguros de Transporte Marítimo Dante Di Liberto 3ra. Edición 1998
  • 9. El Seguro Marítimo, ha permitido y facilitado las operaciones, tanto del armador como del vendedor y comprador de mercancías, al contar con un instrumento de apoyo y que les permite, reducir sus pérdidas como consecuencia de los riesgos de la navegación.
  • 10. El Seguro Marítimo, ha facilitado también el desarrollo de la actividad del comercio internacional y derivado de ello, encontramos la aplicación cada vez más frecuente de pólizas que incluyen cláusulas que ofrecen coberturas de acuerdo a las necesidades tanto del vendedor, como del cargador, asegurador o beneficiario del seguro.
  • 11. COBERTURAS DE SEGUROS Comúnmente, las coberturas de seguros que se otorgan, parten de una cobertura básica conocida como Riesgos Ordinarios, y que ampara: - Daños materiales causados a los bienes por incendio, rayo y explosión, o por varadura, hundimiento o colisión del barco;
  • 12. COBERTURAS DE SEGUROS -Pérdida de bultos por entero caídos al mar, durante las maniobras de carga, transbordo o descarga; -Baratería del capitán o tripulación; -La contribución por el Asegurado a la avería gruesa o general y a los cargos de salvamento.
  • 13. COBERTURAS DE SEGUROS Alijo La cobertura de seguros se extiende a las maniobras de alijo, incluyendo el transporte por embarcaciones menores hasta o desde el buque, considerándose cada embarcación, balsa, gabarra o chalana, asegurada separadamente.
  • 14. COBERTURAS ADICIONALES Adicionalmente a esta cobertura, se pueden incluir otras como las siguientes: •Robo de bulto por entero •Robo parcial •Mojadura •Oxidación
  • 15. •Contacto con otras cargas •Manchas •Roturas •Falta de peso y derrame •Motín, huelgas y alborotos populares •Guerra a flote •Barredura
  • 16. COBERTURAS De esta cobertura básica que ampara los riesgos ordinarios, se puede llegar a una cobertura completa también llamada a Todo Riesgo, pasando desde luego por una cobertura intermedia en cuanto a su amplitud.
  • 17. La cobertura de seguro, puede extenderse desde las bodegas o almacén del exportador hasta las bodegas del importador, cubriendo la totalidad del viaje que puede incluir la porción terrestre necesaria y las estadías intermedias si las hubiere.
  • 18. Cláusulas del Instituto para Cargamentos Es una tendencia bastante generalizada en el Seguro de Transporte Marítimo, el utilizar las Cláusulas del Instituto para Cargamentos (I.C.C.) del Instituto de Aseguradores de Londres: ICC 1.1.82 “A” ICC 1.1.82 “B” ICC 1.1.82 “C”
  • 19. CLÁUSULA DEL INSTITUTO PARA CARGAMENTOS (A) RIESGOS CUBIERTOS 1. CLÁUSULA DE RIESGOS Este seguro cubre todos los riesgos de pérdida o daño al interés asegurado salvo lo que se excluye en las Cláusulas 4, 5, 6 y 7 de la póliza.
  • 20. 2. CLÁUSULA DE AVERÍA GRUESA Este seguro cubre avería gruesa y gastos de salvamento que se ajusten o determinen de acuerdo con el contrato de fletamento y/o la ley y práctica que deba aplicarse, en que se incurra para evitar o tratar de evitar pérdida por cualquier causa salvo aquellas que se excluyen en las Cláusulas 4, 5, 6 y 7 o en cualquier otra parte en la póliza.
  • 21. 3. CLÁUSULA “AMBOS CULPABLES DE COLISIÓN” Este seguro indemnizará también al Asegurado frente a tal proporción de responsabilidad bajo la Cláusula “Ambos Culpables de Colisión” del contrato de fletamento como le corresponda respecto de una pérdida recuperable en virtud de la presente. En caso de cualquier reclamación de los armadores bajo la citada Cláusula tendrán derecho, a su propia costa y gasto, a defender al Asegurado contra tal reclamación.
  • 22. EXCLUSIONES 4. Exclusiones Generales •Pérdida, daño o gasto atribuibles a una conducta dolosa del asegurado. •Derrames usuales, pérdidas naturales de peso o volumen, o uso y desgaste normales del objeto asegurado. •Pérdida, daño o gastos causados por insuficiencia o inapropiado embalaje.
  • 23. EXCLUSIONES 4. Exclusiones Generales •Pérdida, daño o gastos causados por vicio propio o naturaleza del objeto asegurado. •Pérdida, daño o gastos causados directamente por demora, aún cuando la misma sea causada por un riesgo asegurado.
  • 24. EXCLUSIONES 4. Exclusiones Generales •Pérdida, daño o gastos surgidos de insolvencia o incumplimientos financieros de los propietarios, administradores, fletadores u operadores del buque. •Pérdida, daño o gastos que surjan del uso de cualquier arma de guerra en la cual se emplee fisión y/o fusión atómica o nuclear, u otra parecida reacción o fuerza o materia radioactiva.
  • 25. EXCLUSIONES 5. De Innavegabilidad e Inadaptabilidad 6. De Guerra 7. De Huelgas
  • 26. CLÁUSULA DEL INSTITUTO PARA CARGAMENTOS (B) RIESGOS CUBIERTOS 1. CLÁUSULA DE RIESGOS Este seguro cubre, salvo lo que se excluye en las Cláusulas 4, 5, 6 y 7 de la póliza: 1.1 Pérdida o daño al interés asegurado que se pueda atribuir razonablemente,
  • 27. 1.1.1 fuego o explosión 1.1.2 que se encalle, vare, hunda o zozobre el buque o embarcación 1.1.3 volcamiento o descarrilamiento del medio de transporte terrestre
  • 28. 1.1.4 colisión o contacto del buque, embarcación o medio de transporte con cualquier objeto externo excepto agua 1.1.5 descarga del cargamento en un puerto de arribada 1.1.6 terremoto, erupción volcánico o rayo,
  • 29. 1.2 pérdida o daño al interés asegurado causado por 1.2.1 sacrificio de avería gruesa 1.2.2 echazón o barrido de olas 1.2.3 entrada de agua de mar, lago o río en el buque, embarcación, bodega, medio de transporte, contenedor, furgón o lugar de almacenaje.
  • 30. 1.3 pérdida total de cualquier bulto caído al mar desde cubierta o caído mientras está siendo cargado en el, o descargado del, buque o embarcación.
  • 31. 2. CLÁUSULA DE AVERÍA GRUESA Este seguro cubre avería gruesa y gastos de salvamento que se ajusten o determinen de acuerdo con el contrato de fletamento y/o la ley y práctica que deba aplicarse, en que se incurra para evitar o tratar de evitar pérdida por cualquier causa salvo aquellas que se excluyen en las Cláusulas 4, 5, 6 y 7 o en cualquier otra parte en este seguro.
  • 32. 3. CLÁUSULA “AMBOS CULPABLES DE COLISIÓN” Este seguro indemnizará también al Asegurado frente a tal proporción de responsabilidad bajo la Cláusula “Ambos Culpables de Colisión” del contrato de fletamento como le corresponda respecto de una pérdida recuperable en virtud de la presente. En caso de cualquier reclamación de los armadores bajo la citada Cláusula tendrán derecho, a su propia costa y gasto, a defender al Asegurado contra tal reclamación.
  • 33. EXCLUSIONES 4. Exclusiones Generales Como ya comentadas anteriormente, en ICC - A, con la exclusión adicional de: •Daño deliberado al, o destrucción deliberada del, interés asegurado o a cualquier parte del mismo por el acto mal intencionado de cualquier persona o personas.
  • 34. EXCLUSIONES 5. De Innavegabilidad e Inadaptabilidad 6. De Guerra 7. De Huelgas
  • 35. CLÁUSULA DEL INSTITUTO PARA CARGAMENTOS (C) RIESGOS CUBIERTOS 1. CLÁUSULA DE RIESGOS Este seguro cubre, salvo lo que se excluye en las Cláusulas 4, 5, 6 y 7 de la póliza: 1.1 Pérdida o daño al interés asegurado que se pueda atribuir razonablemente a
  • 36. 1.1.1 fuego o explosión 1.1.2 que se encalle, vare, hunda o zozobre el buque o embarcación 1.1.3 volcamiento o descarrilamiento del medio de transporte terrestre 1.1.4 colisión o contacto del buque, embarcación o medio de transporte con cualquier objeto externo excepto agua 1.1.5 descarga del cargamento en un puerto de arribada
  • 37. 1.2 pérdida o daño al interés asegurado causado por 1.2.1 sacrificio de avería gruesa 1.2.2 echazón.
  • 38. 2. CLÁUSULA DE AVERÍA GRUESA Este seguro cubre avería gruesa y gastos de salvamento que se ajusten o determinen de acuerdo con el contrato de fletamento y/o la ley y práctica que deba aplicarse, en que se incurra para evitar o tratar de evitar pérdida por cualquier causa salvo aquellas que se excluyen en las Cláusulas 4, 5, 6 y 7 o en cualquier otra parte en este seguro.
  • 39. 3. CLÁUSULA “AMBOS CULPABLES DE COLISIÓN” Este seguro indemnizará también al Asegurado frente a tal proporción de responsabilidad bajo la Cláusula “Ambos Culpables de Colisión” del contrato de fletamento como le corresponda respecto de una pérdida recuperable en virtud de la presente. En caso de cualquier reclamación de los armadores bajo la citada Cláusula el Asegurado conviene en notificarla a los Aseguradores quienes tendrán derecho, a su propia costa y gasto, a defender al Asegurado contra tal reclamación.
  • 40. EXCLUSIONES 4. Exclusiones Generales Como ya comentadas anteriormente, en ICC - A, con la exclusión adicional de: •Daño deliberado al, o destrucción deliberada del, interés asegurado o a cualquier parte del mismo por el acto mal intencionado de cualquier persona o personas.
  • 41. EXCLUSIONES 5. De Innavegabilidad e Inadaptabilidad 6. De Guerra 7. De Huelgas
  • 42. Cuando nos referimos a buque, hay que considerar que existen varios sinónimos como: barco, embarcación, nave, navío, vapor.
  • 43. Así encontramos también: •Buques cisterna •Buques porta barcazas •Buques graneleros •Buques especiales para contenedores •Buques de guerra
  • 44. proa En la terminología marina las partes básicas de una embarcación son; Proa, la parte frontal; estribor babor crujía popa a la parte trasera; babor, el lado izquierdo; estribor, el lado derecho; crujía, la línea centro que corre longitudinalmente por la estructura. popa
  • 45. CHIMENEA POPA SUPERESTRUCTURA CUBIERTA HÉLICE BULBO DE PROA ANCLA PROA COSTADO DE BABOR
  • 47. El barco más grande del mundo Emma Maersk (Dinamarca) Con capacidad para 15,000 contenedores, con un largo de 1,302 pies, es más grande que un porta aviones norteamericano, por su ancho de 207 pies, no cabe en el Canal de Panamá. Viaja a una velocidad de 50 km/h, mucho más rápido que un buque convencional. Su costo de construcción es $145,000,000.00
  • 49. Sus 3 funciones: 1.Es el documento que evidencia e instrumenta el contrato de transporte. 2.Es el recibo de las mercancías a bordo. 3.Como documento - título de las mercancías.
  • 50.
  • 51.
  • 52. Por las necesidades propias de la operación de transporte y para facilitar el comercio internacional, se han desarrollado y generalizado en su uso los INCOTERMS, denominación que se da a los Términos Internacionales de Comercio.
  • 53. INCOTERMS Podemos decir que son definiciones estándar en las negociaciones entre comerciantes a nivel mundial en sus contratos internacionales de comercio. Su función principal es definir y limitar las relaciones entre los comerciantes y facilitar el comercio internacional, ayudando a entenderse más fácilmente los comerciantes de diferentes países.
  • 54. Los INCOTERMS, definen en el contrato internacional de compraventa de mercancías, las obligaciones recíprocas tanto del vendedor como del comprador sobre los riesgos, los gastos y los documentos de la operación.
  • 55. Aunque muchos de los INCOTERMS, son exclusivamente para el transporte marítimo, es necesario tener un amplio conocimiento de los mismos, para conocer su aplicabilidad en las otras modalidades de transporte.
  • 56. TÉRMINOS INCOTERMS EXW - Fábrica (...lugar convenido) Ex Works FCA - Franco Transportista (lugar convenido) Free Carrier
  • 57. FAS - Franco al Costado del buque (...puerto de carga convenido) Free Alongside Ship FOB - Franco a Bordo (...puerto de embarque convenido) Free on Board
  • 58. CFR - Coste y Flete (...puerto de destino convenido) Cost and Freight CIF - Coste, Seguro y Flete (...puerto de destino convenido) Cost, Insurance and Freight
  • 59. CPT - Transporte pagado hasta (...lugar de destino convenido) Carriage Paid to CIP - Transporte y Seguro pagados hasta (...lugar de destino convenido) Carriage and Insurance Paid to
  • 60. DAF - Entregado en Frontera (lugar convenido) Delivered at Frontier DES - Entregado sobre Buque (...puerto de destino convenido) Delivered ex Ship
  • 61. DEQ - Entregado en Muelle (Derechos Pagados) (...puerto de destino convenido) Delivered Ex Quay (Duty Paid) DDU - Entregado Derechos no Pagados (...lugar de destino convenidos) Delivery Duty Unpaid
  • 62. DDP - Entregado Derechos Pagados (...lugar de destino convenido) Delivered Duty Paid Fuente: Manual de Seguros de Transporte Marítimo Dante Di Liberto Tercera Edición 1998
  • 63. C I F Cost Insurance and Freight Costo Seguro y Flete (…puerto de destino convenido)
  • 64. El término Cost, Insurance and Freight (CIF), significa que la entrega se lleva a cabo cuando la mercancía ha sobrepasado la borda del buque; el vendedor tiene que liquidar todos los gastos, los fletes y las primas de riesgo (primas de seguros) que sean necesarios para colocar la mercancía hasta el puerto de destino convenido.
  • 65. F A S Free Alongside Ship Franco al Costado del Buque (…puerto de carga convenido)
  • 66. El término Free Alongside Ship (FAS), significa que el vendedor cumple con su obligación de entrega de la mercancía cuando ésta ha sido colocada al costado del buque, en el puerto de embarque convenido. Esto significa que el comprador soportará todos los gastos y todos los riesgos de pérdida o de daño de la mercancía a partir de ese momento.
  • 67. F O B Free on Board Franco a Bordo (…puerto de embarque convenido)
  • 68. El término Free on Board (FOB), significa que el vendedor cumplió con su obligación de entregar la mercancía cuando ésta ha sobrepasado la borda del buque en el puerto de embarque así convenido; quiere decir que el comprador tiene que cubrir todos los gastos y asumir todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía a partir de ese punto.
  • 69. En el seguro sobre mercancías, el valor asegurable es el precio, costo de la propiedad asegurada más los gastos de e incidentales al embarque y los gastos de seguro sobre el total.
  • 70.
  • 71. El seguro de transporte terrestre, que en su mayoría se realiza sobre ruedas, nace como necesidad del seguro marítimo, para completar el traslado de cargas que se recibe en puertos y que requieren de una porción terrestre para llegar tanto al puerto de salida como del puerto de llegada a su destino final.
  • 72. Cuando el transporte lo realiza el propio asegurado, la cobertura de seguro inicia a partir del momento que el vehículo se pone en movimiento iniciando el viaje. Si el transporte lo lleva a cabo un tercero (transportista), la cobertura inicia en el momento que este recibe la mercancía y termina 15 días (usualmente), después de llegar a destino.
  • 73. COBERTURAS DE SEGUROS Comúnmente, las coberturas de seguros que se otorgan, parten de una cobertura básica conocida como Riesgos Ordinarios, y que ampara: - Accidente del vehículo transportador, colisión, volcadura, incendio, auto ignición, hundimiento o rotura de puentes, alcantarillados;
  • 74. COBERTURAS DE SEGUROS -Descarrilamiento del vagón del ferrocarril cuando se utiliza este medio; -Incendio, rayo y/o explosión en la bodega de tránsito.
  • 75. COBERTURAS ADICIONALES Adicionalmente a esta cobertura básica, se puede incluir otras como las siguientes: •Robo de bulto por entero •Robo parcial •Mojadura •Oxidación
  • 76. •Contacto con otras cargas •Manchas •Roturas •Falta de peso y derrame •Motín huelgas y alborotos populares
  • 77. COBERTURA TODO RIESGO La cobertura de riesgos ordinarios (básica) más todos estos riesgos adicionales que se pueden contratar, constituyen lo que se conoce como cobertura de Todo Riesgo.
  • 78. OTRAS FORMAS DE COBERTURA En algunos casos se otorga para la cobertura de transporte terrestre, las Condiciones y Cláusulas del Instituto para Cargamentos - ICC- del Instituto de Aseguradores de Londres, en lo que le fuere aplicable a esta modalidad de transporte.
  • 79.
  • 80. El transporte aéreo como su nombre lo indica, requiere de una aeronave para el traslado de las mercancías, de un punto de origen a un punto de destino.
  • 81. El transporte aéreo, opera basado en líneas aéreas que prestan el servicio de transporte de pasajeros y carga con fines comerciales, y aviones dedicados completamente a la carga llamados “cargueros puros” en la actualidad estos cargueros puros tienen una capacidad de bodega de 120 toneladas en promedio y el carguero puro más grande de 200 toneladas.
  • 82. El transporte aéreo tiene como ventaja, la velocidad con que opera, ser el medio de transporte más seguro y proporcionar más cuidado a las mercancías. Tiene la desventaja de ser más caro en su operación, por lo que es utilizado cuando el tiempo es un factor fundamental para quien realiza el transporte.
  • 83. El transporte aéreo es más utilizado para transporte de mercancías perecederas, para traslado de flores, productos químicos y medicinales, documentos, obras de arte, electrónicos, animales vivos y otras mercancías de poco volumen o que requieren de cuidado.
  • 84. Con motivo de los trágicos hechos ocurridos en la mañana del 11 de septiembre, en las Torres Gemelas, el sector de la aviación del mundo entero, sufrió uno de los golpes más impactantes en su historia, sufriendo todavía las consecuencias y difícilmente podrá recuperar la confianza que este medio de transporte gozaba.
  • 85. Como consecuencia de ello, las tarifas de los fletes aéreos, han tenido una alza, misma que incide en los costos en la utilización de este medio de transporte.
  • 86. COBERTURAS Las coberturas que se otorgan para transporte aéreo, son muy similares a las que se han comentado para el transporte terrestre, en lo que le fuere aplicable.
  • 87. Para el transporte de productos congelados, como alimentos, carne y otros, la póliza de transporte tiene sus condiciones especiales y en el caso de las Cláusulas del Instituto para Cargamentos del Instituto de Londres, tiene cláusulas específicas para ese tipo de cargamentos.
  • 88. Una gran variedad de productos, por su propia índole, se transportan a granel, como el caso de cereales, productos químicos, el petróleo y sus derivados, gases líquidos. Condición que se debe conocer y considerar debidamente para la contratación del seguro.
  • 89.
  • 90. Se conoce como embalaje los medios o elementos materiales que se utilizan para embalar, manipular y proteger las mercancías en forma adecuada y evitar en lo posible daños o pérdidas durante su traslado. La experiencia en el transporte, ha demostrado que un mal embalaje es la causa de cuantiosas pérdidas en este ramo.
  • 91. •Bidones •Bolsas de polietileno •Cajas, de cartón, madera, plástico, metal. •Jabas de madera •Pallets, tarima usualmente de madera •Sacos •Toneles
  • 92. Por su importancia el embalaje, debe cumplir con los siguientes requisitos: A.Alcolchonamiento: Instalación de recubrimiento en las paredes internas del empaque que impiden que en caso de vibraciones o tensiones las mercancías embaladas sufran daños.
  • 93. B. Reciedumbre: Empaques que no sean demasiado débiles para soportar las fuerzas a que son sometidos durante la carga o la descarga. C. Resistencia al agua: Empaques diseñados a fin de no ser dañados fácilmente por mojaduras leves.
  • 94. D.Facilidad de manejo y estiba: Determinación del volumen y peso, para embalar la carga a fin de obtener el máximo de rapidez en los movimientos a realizar durante las maniobras de carga o descarga.
  • 95. E. Marcas de Orientación: Sobre forma de carga , el objeto principal de las marcas es la fácil estiba, cuidados e identificación de la carga, lo cual permite manejarla adecuadamente tanto en las maniobras de carga o descarga, como en el transporte mismo.
  • 96. Es aquel que utiliza la combinación de 2 o más medios de transporte, desde un lugar situado en el país de origen, toma las mercancías y las traslada hasta otro lugar para su entrega en un país diferente.
  • 97. Este transporte permite agrupar cargas para aquellas empresas que no necesitan la totalidad del espacio en un contenedor. El transporte intermodal, agrupa las mercancías en “unidades de carga” para reducir la manipulación de las mismas, utilizando contenedores o cajas móviles de madera.
  • 98.
  • 99. CONTENEDORES El uso de contenedores facilita el agrupar mercancías en unidades de carga, que permiten más agilidad en su manejo y por lo mismo tienen las siguientes ventajas:
  • 100. •Menor manipulación de las mercancías •Reducción de tiempo de carga y descarga en los barcos •Consolidación de mercancías •Reducción de costos de transporte
  • 101. •Disminución de robos y de daños •Reducción de controles por el precintado de los contenedores •Simplificación documental •Seguimiento de la mercancía gracias al control informático
  • 102. TIPOS DE PÓLIZAS 1.Póliza por viaje - específica 2.Póliza abierta - flotante - declarativa 3.Póliza anual - a término
  • 103. 1.Póliza por viaje - específica: Es aquella póliza que se emite asegurando un cargamento que puede comprender una o varias clases de mercancías para un mismo transporte especificado.
  • 104. En ella se debe describir con bastante exactitud, la clase y cantidad de mercancía asegurada y demás información esencial y necesaria para el seguro. El Asegurado en este caso, debe solicitar y contratar el seguro antes de iniciar el transporte.
  • 105. 3. Póliza Abierta - Flotante - Declarativa: Es aquella póliza en la cual se describen las condiciones del seguro en términos generales. En la póliza abierta, se describen también los tipos o clases de mercancías a transportar, las que no han sido valoradas, la póliza únicamente, tiene un límite por embarque.
  • 106. El Asegurado debe declarar todos los embarques que realiza en sus declaraciones correspondientes. Tiene la ventaja para los comerciantes, en que pueden utilizar una misma póliza con sus condiciones y las tasas de prima a aplicar ya definidas, para cada uno de los embarques que efectúe, sin necesidad de solicitar una póliza por separado para cada uno de ellos.
  • 107. 3. Póliza Anual – a término: Como su nombre lo indica, esta póliza tiene un periodo de vigencia de un año. Es usual en el seguro de transporte terrestre y su objetivo es amparar las mercancías que el asegurado transporte en vehículos de su propiedad.
  • 108. La póliza debe especificar los riesgos a amparar, los tipos o clases de mercancía que se transporta y los vehículos en los que se transporta la misma. Tiene definido el monto máximo de suma asegurada para cada vehículo en que se transporte la mercancía.
  • 109. ASPECTOS A CONSIDERAR EN LA SUSCRIPCION DEL SEGURO DE TRANSPORTE •Tipo de mercancía o producto •Es perecedero, necesita refrigeración, etc. •Nuevo o usado •Si es marítimo, características del buque transportador •Tipo de empaque (nuevo/usado)
  • 110. •Riesgos a cubrir •Riesgo de contaminación •Uso de contenedores o no •Modalidad de transporte marítimo, terrestre o aérea •Origen y destino del transporte. •Si es terrestre, que tipo de vehículo •Valor máximo por embarque