1. UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTA
SIMÓN RODRÍGUEZ NÚCLEO CARICUAO
FINANZAS E IMPUESTOS
PARTICIPANTES:
JOHAN RODRÍGUEZ
IRMA CORONADO
NIURKA BRACOVICHE
WILL MONTERO
ANGIE PARRA
FACILITADOR:
LIC. ONEIDA MARCANO
CARACAS, 24 DE SEPTIEMBRE DEL 2013
4. EVOLUCION HISTORICA
1917 SE PRODUCEN
DESAJUSTES
PRESIDENTE RAFAEL CALDERA
PRESIDENTE CARLOS ANDRES PEREZ
1974
PRESIDENTE JAIME LUSINCHI
VIERNES NEGRO
5. ¿CUALES SON LOS ORGANISMOS
DEL SISTEMA TRIBUTARIO?
Es un organismo autónomo sin
personalidad jurídica con
autonomía funcional, técnica y
financiera
Es el organismo responsable de las
finanzas del gobierno y las políticas
económicas, tiene la responsabilidad
política- fiscal (impuestos y el manejo
del gasto publico y financiamiento
adscrito
6. REGISTRO ÚNICO DE INFORMACIÓN FISCAL (RIF)
Deben inscribirse, las personas naturales o jurídicas, las
comunidades y entidades con o sin personalidad jurídica que
,conforme a las leyes vigentes, resulten sujetos pasivos de tributos
administrados por dicha institución que deban efectuar trámites
ante la misma.
No están obligados a solicitar la inscripción
Vigencia/Portal
NIURKA
LOS EXTRANJEROS
LOS MENORES DE EDAD
7. FUNCIONES PRINCIPALES DEL SENIAT.
1) Aumentar el universo de contribuyentes.
2) Disminuir la evasión fiscal. Mejorar los sistemas de recaudación.
3) Implementar mecanismos modernos de fiscalización.
4) Implementar un sistema de información tributaria.
5) Incrementar la fuerza fiscalizadora.
6) Incrementar la presencia fiscal.
7) Proyectar una imagen de alto perfil del servicio ante la opinión pública.
8) Reducir la morosidad tributaria.
SENIAT:
EL SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE
ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA
* ¿Quiénes están obligados a presentar la declaración de ISLR?
Las personas naturales cuando hayan obtenido rentas netas
superiores a 1.000 Unidades Tributarias (UT), o ingresos brutos
superiores a 1.500 UT.
8. TRIBUTOS INTERNOS DEL SENIAT
Sobre la potestad tributaria nacional, tiene bajo su jurisdicción los
siguientes impuestos:
• Impuesto sobre la Renta (ISLR)
• Impuesto al Valor Agregado (IVA)
• Impuestos sobre sucesiones
• Impuestos sobre Donaciones
• Impuestos sobre cigarrillo y manufacturera de tabacos.
• Impuestos sobre licores y especies alcohólicas
• Impuesto sobre las actividades de juegos envite y de azar.
9. ¿QUÉ SANCIONES O MULTAS
APLICA EL SENIAT?
• Inhabilitación para el ejercicio
de oficio y profesiones
• Prisión
:
• Multa:
• Clausura del
establecimiento :
• Revocación o
suspensión de Licencia :
10. TRIBUTOS
SON LAS PRESTACIONES EN DINERO
QUE EL ESTADO EXIGE EN EJERCICIO DE
SU PODER DE IMPERIO EN VIRTUD DE
UNA LEY Y PARA CUBRIR LOS GASTOS
QUE LE DEMANDA EL CUMPLIMIENTO
DE SUS FINES.
WILL
11. DISPOSICIONES LEGALES DE
LOS TRIBUTOS
ART. 133
ART. 156
NUM:12,13,14
ART. 164
NUM: 4,5,7
ART. 179
NUM: 2,3,5
MONTERO WILL
12. DENTRO DE LOS DIFERENTES TIPOS DE
TRIBUTOS PODEMOS ENCONTRAR
MONTERO WILL
13. TRIBUTOS MUNICIPALES
“Los Municipios Constituyen la unidad política primaria de la organización
nacional de la República, gozan de personalidad jurídica y ejercen sus
competencias de manera autónoma” dicha autonomía comprende:
•La elección de sus autoridades
•La gestión de las materias de sus competencias
•La creación, recaudación e inversión de sus ingresos
MONTERO WILL
28. TRIBUTOS ESTADALES
1. TIMBRE FISCAL
2. EL PEAJE
3. IMPUESTO A LAS VENTAS MINORISTAS
4. IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES
PATRIMONIALES Y ACTOS JURÍDICOS
DOCUMENTADOS.
MONTERO WILL
29. TRIBUTOS ESTADALES
5. IMPUESTOS A LA EXPLORACIÓN Y
EXPLOTACIÓN DE MINERALES NO
METÁLICOS NO RESERVADOS POR LA
CONSTITUCIÓN AL PODER NACIONAL,
SALINAS Y OSTRALES DE PERLAS.
6. CONTRIBUCIONES ESPECIALES
MONTERO WILL
30. TRIBUTOS ESTADALES
IMPUESTO A LA EXPLORACIÓN, EXPLOTACIÓN
DE MINERALES NO METÁLICOS NO
RESERVADOS POR LA CONSTITUCIÓN AL PODER
NACIONAL, SALINAS Y OSTRALES DE PERLAS.
Los concesionarios
de derechos para la exploración,
El impuesto de
explotación se calculará sobre el valor
comercial del recurso explotado.
MONTERO WILL
31. MONTERO WILL
IMPUESTO A LAS VENTAS
MINORISTAS
La venta de
bienes muebles corporales.
La prestación a título oneroso de
servicios independientes.
No podrá
exceder de un cinco por ciento
(5%) sobre el precio de venta al
Público.
TRIBUTOS ESTADALES
32. MONTERO WILL
TRIBUTOS NACIONALES
LOS IMPUESTOS NACIONALES SON
LOS TRIBUTOS EMITIDOS POR EL
PODER EJECUTIVO Y SOMETIDO A
CONSIDERACIÓN DE LA ASAMBLEA
NACIONAL PARA SU APROBACIÓN,
LOS CUALES SE HACEN EFECTIVOS A
PARTIR DE LA SANCIÓN
PRESIDENCIAL Y SU
CORRESPONDIENTE PUBLICACIÓN
EN EL GACETA OFICIAL.
35. PRESIDENTE CHÁVEZ APROBÓ LEY HABILITANTE DE
CONTRIBUCIÓN ESPECIAL SOBRE PRECIOS DEL PETRÓLEO
El Mandatario explicó que “si
un barril de crudo pasa de los
100 dólares, y se presenta,
por ejemplo, una diferencia de
40 dólares, el 95% de esa
diferencia se convierte en
distribución especial para el
pueblo”
MONTERO WILL
TRIBUTOS NACIONALES
37. FUENTES DE FINANCIAMIENTO DEL SECTOR
PÚBLICO
Fuentes de
Financiamiento
Desarrollo
posicionamiento
Recursos
Consolidación
empresarial
objetivos
de
creación
ANGIE