Presentación de la Dra. Irene Rubio, Coordinadora del Componente de Asistencia a Víctimas del Programa Presidencial para la Acción contra Minas Antipersonal. Neiva Noviembre 2008
1. VICEPRESIDENCIA República de Colombia UNION EUROPEA TALLER DEPARTAMENTAL RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL A VICTIMAS DE MINAS ANTIPERSONAL (MAP) Y MUNICIONES SIN EXPLOTAR (MUSE) 2008 – 2009
2. El problema de las MAP y las MUSE VICEPRESIDENCIA República de Colombia UNION EUROPEA Acontecimiento indeseado que causa daño físico y/o psicológico a una o más personas. Acontecimiento relacionado con MAP, que puede aumentar hasta un accidente o que tiene el potencial para conducir a un accidente El uso de MAP está prohibido por el Derecho Internacional Humanitario CONSECUENCIAS DEL USO DE MAP/MUSE EVENTOS INCIDENTES ACCIDENTES
3. El problema de las MAP y las MUSE VICEPRESIDENCIA República de Colombia UNION EUROPEA Por "mina antipersonal" se entiende toda mina concebida para que explosione por la presencia, la proximidad o el contacto de una persona, y que incapacite, hiera o mate a una o más personas . Las minas diseñadas para detonar por la presencia, la proximidad o el contacto de un vehículo, y no de una persona, que estén provistas de un dispositivo antimanipulación, no son consideradas minas antipersonal por estar así equipadas. ( Ley 554 de 2000, Art. 2 ) MINA ANTIPERSONAL
4. El problema de las MAP y las MUSE VICEPRESIDENCIA República de Colombia UNION EUROPEA Munición explosiva que ha sido cebada, provista de espoleta, armada, o preparada de otro modo para su empleo y utilizada. Municiones como bombas, obuses, morteros y granadas, que se han utilizado pero que no han estallado como se había previsto, normalmente al impactar contra el suelo o contra otra superficie dura. MUNICIONES ABANDONADAS SIN EXPLOTAR
5.
6.
7. VICEPRESIDENCIA República de Colombia UNION EUROPEA Acción Integral Contra MAP/MUSE (AICMA) LOS PILARES DE LA AICMA
8.
9.
10. VICEPRESIDENCIA República de Colombia UNION EUROPEA El problema de MAP/MUSE en Colombia HECHOS Y CIFRAS* – Departamento y municipios más afectados No. DEPARTAMENTO No. de víctimas MUNICIPIO No. de víctimas 1 ANTIOQUIA 1636 VISTAHERMOSA 243 2 META 757 TAME 232 3 CAQUETA 550 SAN VICENTE DEL CAGUÁN 176 4 BOLIVAR 530 SAN CARLOS 141 5 NORTE DE SANTANDER 506 MONTAÑITA 136 6 ARAUCA 397 PUERTO RICO 129 7 TOLIMA 364 ITUANGO 118 8 CAUCA 359 EL CARMEN DE BOLÍVAR 114 9 NARIÑO 314 TEORAMA 111 10 SANTANDER 269 SAN FRANCISCO 107
11.
12.
13. FECUENCIA ANUAL DE EVENTOS 1990 – 01 NOVIEMBRE 2008 HUILA El problema de MAP/MUSE en el Huila VICEPRESIDENCIA República de Colombia UNION EUROPEA
14. FECUENCIA DE EVENTOS 1990 – 01 NOVIEMBRE 2008 HUILA El problema de MAP/MUSE en el Huila VICEPRESIDENCIA República de Colombia UNION EUROPEA
15. FECUENCIA MUNICIPAL DE EVENTOS 1990 – 01 NOVIEMBRE 2008 HUILA El problema de MAP/MUSE en el Huila VICEPRESIDENCIA República de Colombia UNION EUROPEA
16. FECUENCIA ANUAL DE VICTIMAS 1990 – 01 NOVIEMBRE 2008 HUILA El problema de MAP/MUSE en el Huila VICEPRESIDENCIA República de Colombia UNION EUROPEA
17. FECUENCIA DE VICTIMAS 1990 – 01 NOVIEMBRE 2008 HUILA El problema de MAP/MUSE en el Huila VICEPRESIDENCIA República de Colombia UNION EUROPEA
18. FECUENCIA MUNICIPAL DE VICTIMAS 1990 – 01 NOVIEMBRE 2008 HUILA El problema de MAP/MUSE en el Huila VICEPRESIDENCIA República de Colombia UNION EUROPEA
19.
20. AICMA en Colombia VICEPRESIDENCIA República de Colombia UNION EUROPEA Administrativo Técnico Jurídico Task Force Desminado Coop. Internal y Sector Privado Proyectos Especiales Temas transversales Programa Presidencial para la Acción Integral contra Minas Antipersonal (PAICMA) Atención integral Educación en el Riesgo Minas Atención a Víctimas Gestión Territorial Comunicaciones y Relaciones Públicas Gestión de información Gestión Administrativa y Financiera Comités Asesores Planeación Emergencias
21. Asistencia a Víctimas VICEPRESIDENCIA República de Colombia UNION EUROPEA CONVENCION DE OTTAWA – Ley 554 de 2000 ARTICULO 6 3. Cada Estado Parte que esté en condiciones de hacerlo proporcionará asistencia para el cuidado y rehabilitación de víctimas de minas, y su integración social y económica , así como para los programas de sensibilización sobre minas.
22.
23. Titulo II Atención a Víctimas de Hechos Violentos que se Susciten en el Marco del Conflicto Armado Interno Definición de Victima : Articulo 15 Ayudas Humanitarias : Articulo 16 ICBF : Articulo 16, modificado por el Articulo 8 de la Ley 782 de 2002 Certificaciones : Articulo 18, modificado por el Articulo 9 de la Ley 782 de 2002 Asistencia en Materia de Salud: Articulo 19 modificado por el Articulo 10 de la Ley 782 de 2002.Artículos 20, 21,22,23,24,25 Asistencia en Materia de Vivienda : Articulo 26 Asistencia en Materia de Crédito : Articulo 32 Asistencia en Materia Educativa : Articulo 42 Asistencia a Víctimas VICEPRESIDENCIA República de Colombia UNION EUROPEA Ley 418 de 1997 , prorrogada, modificada y adicionada por las leyes 548 de 1999, 782 de 2002, 1106 de 2006.
24. Definiciones: Evento Terrorista, Incapacidad Permanente, Servicios Médico-Quirúrgicos, Víctima . Artículo 1, numerales 5,6,8,9. Beneficiarios Personas Naturales: Servicios Médicos-Quirúrgicos ( Monto y servicios); Indemnizaciones por Incapacidad Permanente, Muerte, Gastos Funerarios, Transporte y Movilización: Articulo 2, numerales 1, 2, 3, 4, 5. Reclamación por Prestación de Servicios : Persona Jurídicas: Instituciones Prestadoras de Servicios (IPS) de salud pública o privada habilitadas. Artículos 3, 4 numeral 2. Literales a, c, # 6, Articulo6,7,8. Documentos para de la Reclamación Persona Natural, jurídica : Formulario, Acreditación de la condición de Víctima de eventos terroristas (PERSONEROS), Indemnizaciones por Incapacidad Permanente, Muerte, Gastos Funerarios, Transporte de víctimas. Articulo 4, Literal b., numerales3,4,5,6. Suministro de Prótesis : Beneficiarios: Articulo 13, Acreditación de la Condición de Víctimas : Articulo 14, Adquisición y Suministro de Prótesis: Articulo 15, Reclamación por concepto de prótesis: Articulo 16 Asistencia a Víctimas VICEPRESIDENCIA República de Colombia UNION EUROPEA Decreto 3990 de 2007 – FOSYGA
25. Asistencia a Víctimas VICEPRESIDENCIA República de Colombia UNION EUROPEA Decreto 1290 de 2008 Ministerio del Interior y de Justicia República de Colombia Programa de Reparación Individual por Vía Administrativa para las Víctimas de los Grupos Armados Organizados al Margen de la Ley Objeto: Conceder un conjunto de medidas de reparaciones individuales a favor de las personas que con anterioridad a la expedición del presente Decreto hubieren sufrido violación en sus derechos fundamentales por acción de los grupos armados organizados al margen de la ley a los que se refiere el inciso 2 del artículo 10 de la Ley 975 de 2005: HOMICIDIO, DESAPARICION FORZADA Y SECUESTRO: Cuarenta (40) Salarios Mínimos Mensuales Legales. • LESIONES PERSONALES Y PSICOLÓGICAS QUE PRODUZCAN INCAPACIDAD PERMANENTE: Hasta cuarenta (40) Salarios Mínimos Mensuales Legales. • LESIONES PERSONALES Y PSICOLÓGICAS QUE NO CAUSEN INCAPACIDAD PERMANENTE: Hasta treinta (30) Salarios Mínimos Mensuales Legales.
28. Gracias por su Atención Rosa Irene Rubio Cañon Coordinadora Componente Asistencia a Víctimas de Minas Antipersonal Programa Presidencial Acción Integral Contra Minas Antipersonal PAICMA [email_address] Calle 7 # 6 – 54 Oficina 114 Bogotá Teléfonos 091 5 96 04 04 - 091 5 96 04 11 VICEPRESIDENCIA República de Colombia UNION EUROPEA