1. LA CIENCIA DEL DERECHOLA CIENCIA DEL DERECHO
PENALPENAL
Materia: Teoría General del
Derecho penal
Clase 6
Martes 24 de septiembre de
2013
Subtemas:
2.3 La política criminal2.3 La política criminal
2.4 La biología criminal2.4 La biología criminal
Profesor: José Alfredo Rangel
García
2. 2.3 Política criminal
Según Sergio J. Medina Peñaloza la
Política Criminal es la rama de la
Ciencia del Derecho Penal que analiza
los factores del fenómeno de la
criminalidad y así orienta la evolución de
la legislación penal a las finalidades
materiales del Derecho Penal.
3. Como parte de la política general de un Estado es un
conjunto de estrategias para determinados fines, que en
suma se enmarcan en los siguientes:
El estudio de la función de la justicia criminal y de las
respuestas al fenómeno criminal, considerando no sólo la
prevención de la delincuencia, si no también controlar
todas sus consecuencias, costes económicos y sociales
del delito, de la sanción, respecto al autor, las víctimas,
los aparatos de intervención y la sociedad en general.
La determinación de un modelo de regulación de ese
campo.
Generar una política legislativa que oriente el ideal
fundamental que la sociedad pretende alcanzar, logrando
por un aparte, un mínimo de bienestar general; y por otra
respetando los límites y garantías en el ejercicio del ius
puniendi.
4. La Política Criminal que asume cada
Estado se encuentra fundamentalmente
en los principios normativos que
inspiran la organización estatal, es decir
en la Constitución como marco de
referencia normativo; después
desciende a los ordenamientos
secundarios; hasta permear en los
instrumentos que posibilitan hacer
efectiva esa política criminal, como son
los programas gubernamentales
institucionales concretos y los diversos
planes de gobierno.
5. Posturas básicas de la Política Criminal:
a) Corriente abolicionista
b) Corriente resocializadora
c) Corriente garantista
6. Corriente abolicionista
Esta corriente pretende sustituir al
sistema penal por formas no punitivas
de resolución de conflictos que se dejan
en manos de la sociedad, de modo que
los directamente afectados buscan una
solución; y si no se halla, se produce
una intervención arbitral que establece
un resarcimiento civil de daño.
En México, se encuentra ejemplificada
en el proceso denominado “mediación”.
7. Corriente resocializadora
Esta postura legítima al Derecho Penal,
en general; y al sistema de penas
privativas de libertad y respecto del
sujeto que ha delinquido pretende
proporcionarle los medios que lo
capaciten para una vida en libertad
dentro del núcleo social.
8. Corriente garantista
Parte de la función de protección de la
sociedad a través de la prevención
general de los delitos, subraya las
exigencias formales y materiales de
observancia a las garantías individuales
(hoy derechos humanos), el respeto
absoluto a los derechos fundamentales
y acoge tendencias humanizadoras.
9. 2.4 Biología criminológica
Esta disciplina estudia
al hombre de
conducta antisocial
como un ser vivo,
desde sus
antecedentes
genéticos hasta sus
procesos anatomo-
fisiológicos; la
influencia de los
fenómenos biológicos
en la criminalidad y la
participación de los
factores biológicos en
el crimen.
10. 2.4 Biología criminológica
Esta disciplina estudia
al hombre de
conducta antisocial
como un ser vivo,
desde sus
antecedentes
genéticos hasta sus
procesos anatomo-
fisiológicos; la
influencia de los
fenómenos biológicos
en la criminalidad y la
participación de los
factores biológicos en
el crimen.