La ley penal del ambiente establece sanciones penales para aquellos actos que violen las disposiciones de conservación y protección ambiental. Algunos de los delitos contemplados incluyen el vertido ilícito de materiales contaminantes en cuerpos de agua, la degradación de suelos y el daño a flora, fauna y áreas protegidas. Venezuela cuenta con diversas Áreas Bajo Régimen de Administración Especial como Parques Nacionales, Monumentos Naturales y Refugios de Fauna creados para proteger ecosistemas y especies.
4. Ley penal del
ambiente
LEY PENAL DEL AMBIENTE
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Objeto.- La presente Ley tiene por objeto tipificar como delitos
aquellos hechos que violen las disposiciones relativas a la conservación, defensa
y mejoramiento del ambiente, y establece las sanciones penales correspondientes.
Así mismo, determina las medidas precautelativas, de restitución y de reparación a
que haya lugar.
CAPÍTULO I
De la Degradación, Envenenamiento, Contaminación y demás Acciones o
Actividades capaces de causar daños a las Aguas
Artículo 28. Vertido ilícito.- El que vierta o arroje materiales no biodegradables,
sustancias, agentes biológicos o bioquímicos, efluentes o aguas residuales no
tratadas según las disposiciones técnicas dictadas por el Ejecutivo Nacional, objetos o
desechos de cualquier naturaleza en los cuerpos de las aguas, sus
riberas cauces, cuencas, mantos acuíferos, lagos, lagunas o demás depósitos de
agua, incluyendo los sistemas de abastecimiento de aguas, capaces de
degradarlas, envenenarlas o contaminarlas, será sancionado con prisión de tres
(3) meses a un (1) año y multa de trescientos (300) a mil (1.000) días de salado
mínimo.
5. Ley penal del ambiente
CAPÍTULO III
De la degradación, alteración, deterioro, contaminación y demás acciones
capaces de causar daños a los suelos, la topografía y el paisaje
Artículo 42. Actividades y objetos degradantes.- El que vierta, arroje,
abandone, deposite o infiltre en los suelos o subsuelos, sustancias, productos o
materiales no biodegradables, agentes biológicos o bioquímicos, agroquímicos,
objetos o desechos sólidos o de cualquier naturaleza, en contravención de las
normas técnicas que rigen la materia, que sean capaces de degradarlos o
alterarlos nocivamente, será sancionado con arresto de tres (3) meses a un (1)
año y multa de trescientos (300) a mil (1.000) días de salario mínimo.
CAPÍTULO V
De la destrucción, contaminación y demás acciones capaces de causar daño
a la flora, la fauna, sus hábitats o a las áreas bajo régimen de administración
especial
Artículo 58. Actividades en áreas especiales o ecosistemas naturales.- El que
ocupare ilícitamente áreas bajo régimen de administración especial o ecosistemas
naturales, se dedicare a actividades comerciales o industriales o efectúe labores
de carácter agropecuario, pastoril o forestal o alteración o destrucción de la flora o
vegetación, en violación de las normas sobre la materia, será sancionado con
prisión de dos (2) meses a un (1) año y multa de doscientos (200) a mil (1.000)
días de salario mínimo.
6. Ley penal del ambiente
Artículo 59. Caza y destrucción en áreas especiales o ecosistemas
naturales.- El que, dentro de los parques nacionales, monumentos naturales,
refugios o santuarios de fauna, o en ecosistemas naturales practique la caza de
ejemplares de la fauna silvestre o destruya o cause daños a los recursos que les
sirvan de alimento o abrigo, será sancionado con arresto de tres (3) a nueve (9)
meses y multa de trescientos (300) a novecientos (900) días de salario mínimo.
Si los delitos se cometieren por medio de incendios, sustancial químicas, armas de
caza no permitidas o cualesquiera otros métodos o artes que aumenten el
sufrimiento de las presas o sobre ejemplares vedados o poblaciones de especies
que estén en peligro de extinción, o que sin estarlo, sean puestas en peligro de
extinción por el delito, cualquiera fuere la zona de la perpetración de éste, la pena
será aumentada al doble y el arresto convenido en prisión.
CAPÍTULO VI
De las omisiones en el Estudio y Evaluación del Impacto Ambiental
Artículo 61. Omisión de requisitos sobre impacto ambiental.- El funcionario
público que otorgue los permisos o autorizaciones, sin cumplir con el requisito de
estudio y evaluación del impacto ambiental, en las actividades para las cuales lo
exige el reglamento sobre la materia, será sancionado con prisión de tres (3) a
seis (6) meses y multa de trescientos (300) a seiscientos (600) días de salario
.
8. Abraes
Porque se creo
Las Abraes se crearon para proteger el medio ambiente y
el problema ambiental ,son denominas abraes a áreas
especificas que necesitan ser protegidas , por esta razón
en la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial del estado
salen las características que debe poseer un territorio
para ser denomina como un ABRAE.
9. Abraes
Las ABRAE poseen una serie de características y
potencialidades ecológicas importantes y han sido decretadas
por el Ejecutivo nacional para llevar a cabo funciones
productoras, protectoras y recreativas. Los decretos
presidenciales sobre las ABRAE los aprueba el Consejo de
Ministros, y en ellos se especifican los linderos del área
protegida y los organismos que se responsabilizarán de su
administración.
10. Abraes ecológica
Las ABRAE poseen una serie de características y
potencialidades ecológicas importantes y han sido
decretadas por el Ejecutivo nacional para llevar a cabo
funciones productoras, protectoras y recreativas. Los
decretos presidenciales sobre las ABRAE los aprueba el
Consejo de Ministros, y en ellos se especifican los linderos del
área protegida y los organismos que se responsabilizarán de
su administración.
12. Abraes
1. Áreas con fines estrictamente de protección, educación, investigación y recreación:
Parques Nacionales: Espacios destinados al uso científico o recreativo. Designados
para proteger la integridad ecológica de los ecosistemas que lo conforman. En Venezuela
hay 43 parques nacionales, cuya extensión territorial es de 130,335 km2. Como
por ejemplo, Canaima en el estado Bolívar.
Monumentos naturales: Áreas protegidas principalmente para la protección de
sus características naturales o culturales, que las hacen únicas por su rareza o
cualidades estéticas. En Venezuela existen 36 monumentos naturales, los cuales
abarcan 42,762 km2 del territorio. Como por el ejemplo, Los Morros de San Juan, en el
estado Guarico.
Refugios de fauna silvestre: Zonas conservadas para garantizar el mantenimiento de
especies concretas, que ´pueden ser endémicas o estar en peligro de extinción.
En Venezuela existen 7 refugios, que ocupan 762 km2. Como por ejemplo, Isla de Ave
13. Abraes
Venezuela cuenta con Áreas Bajo Régimen de Administración
Especial (ABRAE) creadas por el Ejecutivo Nacional, para ordenar el
uso y/o aprovechamiento de los recursos naturales en el territorio.
Dentro de estas áreas, se encuentran los Parques Nacionales,
Monumentos Naturales, Refugios de Fauna Silvestre y los
Santuarios de Fauna Silvestre.
Los Parques Nacionales son áreas del territorio nacional destinadas
a proteger bellezas escénicas naturales, o muestras de la flora de
importancia nacional e internacional. Venezuela cuenta con 43
Parques Nacionales distribuidos a lo largo y ancho del país.
14. Abraes
Abraes
Parque Nacional Canaima
Ubicación: Al suroeste del río Orinoco, en la región de las tierras altas de Guayana,
el sector oriental es conocido como la Gran Sabana.
Acceso: Por carretera siguiendo la vía 10 hacia el sur o por vía aérea a diversos
aeropuerto secundarios en Canaima, Luepa y Santa Elena de Uairén y pistas de
aterrizaje en Kavanayén, Kamarata, Ounken y otros poblados indígenas
Parque Nacional de Coro
Ubicación: Entre Coro y Punto Fijo, atravesando el Istmo o porción de tierra que nos
une a la Península de Paraguaná
Acceso: Por carretera siguiendo la vía que une Coro con Puerto Cabello, tomando
luego la carretera que atraviesa el istmo hacia Punto Fijo o Adícora. El aeropuerto
mas cercano queda en Coro
15. Abraes
Parque Nacional Morrocoy
Ubicación: En la región costera norte-centro occidental de
Venezuela, mejor conocido como el Golfo Triste y su extensión
continental y marina se extiende entre las poblaciones Tucacas y
Chichiriviche Acceso: Por carretera siguiendo la vía que va desde
Morón a Coro. El aeropuerto mas cercano está en Valencia, aunque
hay varias pistas de aterrizaje cerca.
Parque Nacional Sierra Nevada
Ubicación: Al occidente del país, en el corazón de los Andes
venezolanos, entre los Municipios Aricagua Campo Elías, Libertador
del Estado Mérida y Antonio José de Sucre del Estado Barinas
Acceso: Por el este a través de la carretera Trasandina, en la cual
convergen las vías procedentes del Estado Trujillo y del Estado
Barinas. Por el oeste a través de la vía trasandina San Cristóbal-
Mérida. En esta vía dos ramales que conducen a la carretera
panamericana