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El Sistema Nacional de
   Inversión Pública
Dirección General de Política de Inversiones
Marco legal del

Ley Nº 27293, LEY QUE CREA EL SISTEMA
 NACIONAL DE INVERSIÓN PÚBLICA.


Decreto  Supremo Nº 102-2007-EF, que
 aprobó  el  NUEVO   REGLAMENTO     DEL
 SISTEMA NACIONAL DE INVERSIÓN PÚBLICA.


Resolución   Directoral Nº  003-2011-
 EF/68.01,  que   aprobó la DIRECTIVA
 GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE
 INVERSIÓN PÚBLICA.
Aplicación de las normas
            del
A todas las entidades y empresas del Sector Público No
  Financiero.
Los proyectos de los GL no sujetos al SNIP que luego de
  su ejecución, la O y M estará a cargo de una Entidad
  sujeta al SNIP, deberán ser formulados por éstas
  últimas y declarados viables por el órgano del SNIP que
  resulte competente.
A   los proyectos de las instituciones perceptoras de
  cooperación técnica internacional, cuando una Entidad
  sujeta al SNIP deba asumir los gastos de O y M.
A   los PIP de las mancomunidades municipales, cuando
  al menos 1 de los GL que la integran está sujeto al
  SNIP.
PRINCIPALES CONCEPTOS
Proyecto de Inversión Pública
                 Toda intervención limitada en el
                 tiempo

                 Que utiliza total o parcialmente
                 recursos públicos

                 Con el fin de
                 crear, ampliar, mejorar, modernizar, rec
                 uperar o rehabilitar la capacidad
                 productora de bienes o servicios de una
                 Entidad
                Cuyos beneficios se generen durante la
                vida útil del proyecto y sean
                independientes de los de otros pys.

Debe constituir la solución a un problema vinculado a los fines y
competencias de una Entidad.
NO SON PIPs:
 Las   intervenciones que constituyen gastos de
  operación y mantenimiento.
 La reposición de activos que:
  (i) se realice en el marco de las inversiones
    programadas de un proyecto declarado viable;
  (ii) esté asociada a la operatividad de las
    instalaciones físicas para el funcionamiento de la
    entidad; o
  (iii) no implique ampliación de capacidad para la
    provisión de servicios.

             En general, la reposición de activos es el reemplazo
             de un activo cuyo tiempo de operación ha superado
  OJO
             su periodo de vida útil o ha sufrido daños por factores
             imprevisibles que afectan la continuidad de sus
             operaciones
Recursos Públicos
   Todos los recursos financieros y no financieros;

   De propiedad del Estado o que administran las
   Entidades del Sector Público.
   Los recursos financieros comprenden todas las
   fuentes de financiamiento.
   Incluye   a    los  recursos  provenientes   de
   cooperación técnica no reembolsable (donaciones y
   transferencias).
   Incluye   a    todos    los  que    puedan           ser
   recaudados, captados o incorporados por               las
   Entidades sujetas a las normas del SNIP.


Los PIP de las Mancomunidades Municipales tienen prioridad, en la
jerarquía y ponderación, para la asignación de los recursos del
FONIPREL.
Nueva Directiva General del
          SNIP
    Vigente desde el 10.04.2011
Principales Cambios
I.     Atribuciones y Responsabilidades de los
       órganos del SNIP
II.    Gobiernos Locales en el SNIP
III.   Fase de Preinversión
IV.    Fase de Inversión
V.     Otras Disposiciones
I. Atribuciones y Responsabilidades
de los órganos del SNIP
Órganos del
                         En cada      En cada
           En cada
                         Gobierno     Gobierno
           Sector
                         Regional     Local
                      Órgano Resolutivo
DGPI       Ministro      Presidente   Alcalde       Pdte
                                                   CD MM

 OPI GL    Oficina de Programación e Inversiones
 en SNIP

                Unidad(es) Formuladora(s)          MM


   MM            Unidad(es) Ejecutora(s)
DGPI (antes DGPM)
 Determina en última instancia, en caso de
   discrepancia   entre    OPI     y/o    UF,  la
   metodología, estudios adicionales y parámetros
   de formulación y evaluación de un proyecto.

   La DGPI cautela que las declaraciones de viabilidad
 reúnan los requisitos de validez técnica y legal, dispone
las acciones respectivas según cada PIP, y las sustenta y
     registra en la Ficha de Registro del PIP en el BP.



                           OPI tiene 10dh para
                              implementar
                        recomendaciones de DGPI
ÓRGANO RESOLUTIVO
                             Ministros
                   Máxima autoridad ejecutiva del
                               Sector
                         Directorio FONAFE
   Recordemos:    Órgano que integra a propietarios
                        Presidente Regional
                        Presidente de la JCI
                              Alcalde
                  Pdte del CD de la Mancomunidad


 Promueve la generación y fortalecimiento
 de capacidades del personal de la OPI de
 su Sector, Gobierno Regional o Local, así
 como de sus UF y UE.
ÓRGANO RESOLUTIVO
               RECORDEMOS:
 Autoriza la elaboración de ET o ED y
  ejecución    de    PIP    viables.   Ambas
  autorizaciones se pueden realizar en un
  solo acto.
 Los PIPs viables en su PIA se consideran ya
  autorizados y no requieren autorización
  expresa, salvo para aquellos PIP que
  implican modificación presupuestaria.
 Esta es la única función que puede ser
  objeto de delegación.
OPI
 Aprueba expresamente los TdRs cuando
  la UF contrate la elaboración de los
  estudios de preinversión.
 Aprueba el plan de trabajo, cuando la
  misma UF elabore los estudios de
  preinversión.

           OJO: No aplica a los
            proyectos de un
             conglomerado.
OPI
 Promueve   la capacitación permanente del
 personal técnico de las UF y UE de su Sector,
 Gobierno Regional o Gobierno Local, según
 corresponda.

 Emite   Opinión favorable sobre cualquier
 cambio de la información de un estudio o
 registro en el BP para PIPs que evalúa. La OPI
 podrá solicitar la información necesaria.

          RECORDAR: Realiza el seguimiento de los PIP
          durante la fase de inversión.
OPI – Registros en el BP
 En un PIP viable (SIN DEUDA), puede
 realizar el cambio de UE de ámbitos
 institucionales distintos.

Deberá chequear si:
  UE tiene la capacidad técnica y financiera,
  UE   tiene la competencia legal para la
   ejecución del PIP.
  Cuenta con la conformidad de la UE
   propuesta.
Unidad Formuladora - UF
 Elabora    los TdRs cuando se contrate la
  elaboración       de   los      estudios   de
  preinversión, siendo responsable por el
  contenido de dichos estudios; ó
 Elabora     el plan de trabajo cuando la
  elaboración de los estudios de preinversión la
  realice la propia UF.

              OJO: Deberá tener en
              cuenta las Pautas de los
              TdRs o planes de trabajo
              para la elaboración de
              estudios de preinversión
              (Anexo SNIP-23)
Unidad Formuladora - UF
 Para asegurar la sostenibilidad del PIP:
 Verifica que se cuenta con el saneamiento
 físico legal correspondiente o con los arreglos
 institucionales     respectivos     para     la
 implementación del PIP.

 En el caso de los GR y GL, verifica que la
 localización      geográfica       del     PIP
 corresponda       a     su    circunscripción
 territorial, salvo que se trate de un PIP de
 alcance    intermunicipal  o    de   influencia
 interregional.
Unidad Formuladora - UF
    Elabora y suscribe los estudios de preinversión y
     los remite a la OPI responsable de su evaluación
     en versión impresa y electrónica.

Para el registro       del   Perfil,   deberá   incluir
escaneados:
Los TdRs o el plan de trabajo, según sea el caso, y
el Informe de aprobación de la OPI.


   En el registro del Factibilidad deberá incluirse los TdRs
   o el plan de trabajo, según sea el caso, y el Informe
   Técnico de aprobación del estudio de preinversión de
   nivel anterior emitido por la OPI.
Unidad Formuladora - UF
 RECORDAR: Cuando los gastos de O&M
 están a cargo de una entidad distinta a la
 que pertenece la UF del PIP, debe solicitar
 la opinión favorable de dicha entidad antes
 de remitir el Perfil para su evaluación.


 Puede ser parte directa o indirectamente
 de la UNIDAD EJECUTORA y viceversa.
Unidad Ejecutora - UE
 Debe  ceñirse a la viabilidad para la
 elaboración del ET o ED y ejecución del
 PIP, bajo responsabilidad de quien los
 apruebe y del responsable de la UE.

 Elabora  y suscribe el Formato SNIP -
 15, informando sobre la consistencia entre
 el ED o ET detallado y el estudio de
 preinversión por el que se otorgó la
 viabilidad.
Unidad Ejecutora - UE


 Informa   OPORTUNAMENTE al órgano que
 declaró viabilidad, toda modificación en fase de
 inversión.

 Remite a la OPI la información necesaria sobre
 las modificaciones.

 Elabora el Informe de Cierre del PIP.
II. GOBIERNOS LOCALES EN EL SNIP
Gobiernos Locales en el SNIP
 Los ya incorporados.
 Los que se incorporen voluntariamente
  (Acuerdo del Concejo Municipal).
 Aquellos que vayan a concertar una operación
  de endeudamiento externo para un PIP.
 Los Gobiernos Locales que sean incorporados
  por Resolución de la DGPI. Se ha dispuesto
  incorporación de 51 GLs.


   Los Gobiernos Locales en el SNIP: deben tener OPI
   ó haber encargado la evaluación de sus proyectos
   (Convenio Anexo SNIP 11).
Incorporación Voluntaria de GL

 Requisitos:
  Tener acceso a Internet;
  Compromiso del Concejo Municipal de
   apoyar el fortalecimiento capacidades en su
   Gobierno Local
  Tener en su Presupuesto Institucional para
   proyectos, un monto no menor a S/.4
   millones sustentado por la Oficina de Ppto.
Incorporación Voluntaria de GL

 La incorporación es irreversible.
 Aplican SNIP para solo para PIP nuevos.


  NO son PIP nuevos los que a la fecha del Acuerdo de
  Concejo:

 Se encuentren en ejecución.
 Cuenten con un estudio definitivo o expediente técnico
  vigente (no más de 3 años desde su culminación).
 Se tenga un contrato suscrito para elaborar el ED ó ET, ó
  está en proceso de elaboración por administración directa.
  Tienen 1 año para terminarlo.
GLs incorporados por RD 003-
           2011-EF/68.01
  Las normas del SNIP se aplican a los
   PIP nuevos.

  NO son PIP nuevos los que al 31.12.2011:

 Se encuentren en ejecución.
 Cuenten con un estudio definitivo o expediente técnico
  vigente (no más de 3 años desde su culminación).
 Se tenga un contrato suscrito para elaborar el ED ó ET, ó
  está en proceso de elaboración por administración directa.
  Deben aprobarlo durante el año 2012.
CICLO DEL PROYECTO
  FASES Y PROCEDIMIENTOS
Ciclo del Proyecto
Idea

       Preinversión                  Inversión
                                                           Postinversión
            Perfil                   Estudios
                                    Definitivos/
                                    Expediente                 Operación
             Pre                                            y Mantenimiento
         factibilidad        *        Técnico
                                                                              Fin
                                                               Evaluación
         Factibilidad                Ejecución                  Ex post




                                    Retroalimentación


       *La declaración de viabilidad es un requisito para pasar de la
                     fase de preinversión a la fase de inversión.
III. FASE DE PREINVERSIÓN
Estudios de Preinversión
 Esta fase comprende la elaboración del
 Perfil, que además incluye el análisis a
 nivel      de       un   estudio      de
 Prefactibilidad, y la elaboración del
 estudio de Factibilidad.

 El órgano responsable de la evaluación del
 PIP, podrá recomendar estudios adicionales
 a     los    requeridos  para    dar    la
 viabilidad,     dependiendo     de     las
 características o de la complejidad del
 proyecto.
Formulación de Estudios de Preinversión
  RECORDAR: Un PIP puede ejecutarse en más de
  un    ejercicio presupuestal, conforme   al
  cronograma de ejecución de los estudios de
  preinversión.

  Los estudios de preinversión consideran:
    Los    Parámetros   y   Normas     Técnicas    para
     Formulación (Anexo SNIP-09),
    los Parámetros de Evaluación (Anexo SNIP-10),
    la programación multianual de inversión pública del
     Sector, GR o GL, según corresponda, para evaluar
     tanto la probabilidad de su ejecución como el
     período de ejecución del PIP.
Estudios de Preinversión
 Los estudios y sus anexos tienen carácter
 de DJ, y su veracidad es de estricta
 responsabilidad de la UF, siendo
 aplicables las responsabilidades que
 determine la CGR y la legislación vigente.

 El órgano que declaró la viabilidad del PIP
 es el responsable de la custodia de los
 estudios conforme al marco legal
 vigente.
Nuevos Anexos 05A y 05B
 A partir del 10.04.2011, los contenidos mínimos
 señalados en los Anexos SNIP-05A y SNIP-05B
 son aplicables a los proyectos cuyos perfiles
 estén:



    en elaboración,
    presentados para evaluación,
    en evaluación u
    observados.
PIPs entre S/.1’200,000 y S/.10’000,000
- Transición
 Con Perfiles aprobados y con autorización
 para el Prefactibilidad ó Factibilidad, deberán
 reformularse según el Anexo SNIP-05A, salvo
 que:
    el otro estudio se encuentre en elaboración, por un
     contrato suscrito o por administración directa ó
    si su elaboración ha sido objeto de un convenio
     internacional de financiamiento o documento similar.
    OJO: OPI puede solicitar a DGPI que se mantengan
     los contenidos mínimos originales del Perfil.

                           Se culmina el estudio superior
                               para su evaluación y, de
                              corresponder, su posterior
                              declaratoria de viabilidad.
PIPs > S/.10 MILLONES - Transición
 Con Perfiles aprobados y con autorización para
 el Prefactibilidad ó con autorización de SALTO a
 Factibilidad, deberán reformularse según el Anexo
 SNIP-05B, salvo que:

  el prefactibilidad se encuentre en elaboración, por un
   contrato suscrito o por administración directa o
  si su elaboración ha sido objeto de un convenio
   internacional de financiamiento o documento similar.
  OJO: OPI puede solicitar a DGPI que se mantengan los
   contenidos mínimos originales del Perfil.

                           Se culmina el Prefactibilidad
                              para su evaluación y, de
                              corresponder, autorizar
                            elaboración del Factibilidad.
Evaluación de Proyectos
“mayores”
 Se utiliza el Protocolo de Evaluación
 Cuando se declara la viabilidad de un PIP
 se remite copia a DGPI de:
  Formato SNIP 09 (Declaración de Viabilidad)
  Informe Técnico


 Plazo para envío de información: 05 días
 hábiles
Declaración de Viabilidad
 La viabilidad de un proyecto es requisito
 previo a la fase de inversión. Se aplica a un
 PIP que a través de estudios de
 preinversión evidenció:

 Ser socialmente rentable,
 sostenible y
 compatible con los Lineamientos de Política y
  con los Planes de Desarrollo respectivos.
Declaración de Viabilidad
Solo podrá otorgarse si:
 La intervención es un PIP, de acuerdo a las
 definiciones establecidas.
 No se trata de un PIP fraccionado.
 La UF tiene las competencias legales para
 formular el PIP.
 La OPI tiene la competencia legal para declarar
 la viabilidad del PIP.
 Los PIP no están sobredimensionados respecto
 a la demanda prevista y los beneficios del
 proyecto no están sobreestimados
Declaración de Viabilidad
Para el registro de la DV del PIP deberá
 incluir en la Ficha de Registro del PIP:

 El archivo electrónico del estudio de
preinversión que sustenta la viabilidad,

   el Resumen Ejecutivo del estudio
              escaneado



  el Informe Técnico de declaración
        de viabilidad escaneado.
Niveles mínimos de Estudios de
Preinversión
 Para que OPI declare la viabilidad:

     Formato SNIP 04 (Perfil Simplificado) hasta
      S/.1’200,000
     Anexo SNIP 5A: > S/.1’200,000 < ó = S/.10
      millones.
     Anexos SNIP 5B + 07: > S/.10 millones.


 Está  prohibido el fraccionamiento       de un
  PIP, bajo responsabilidad de la         UF que
  formula y registra la intervención en   el Banco
  de Proyectos, y del órgano que lo       declara
  viable, de ser el caso.
PIPs de Electrificación Rural

RECORDAR:
 Se declaran viable con Perfil
 El Perfil debe elaborarse según contenidos
  mínimos señalados en (Anexo SNIP-19)
 Se aplica a todos los niveles de gobierno.
 No tiene fecha de término
 Se aplica a PIP mayores a S/.1’200,000
PIPs de Rehabilitación de Carreteras

  RECORDAR:
   Se declaran viable con Perfil
   El Perfil debe elaborarse según contenidos
    mínimos señalados en (Anexo SNIP-20)
   Se aplica a todos los niveles de gobierno.
   No tiene fecha de término
   Se aplica a PIP mayores a S/.1’200,000
Plazos para la evaluación de los
   Estudios de Preinversión
Expresados en días hábiles:

      ESTUDIO DE
     PREINVERSIÓN          OPI / DGPI

  PERFIL SIMPLIFICADO          10

        PERFIL                 30

     FACTIBILIDAD              40



     * Para los TdRs son 15 días hábiles
V. FASE DE INVERSIÓN
Expediente Técnico - ET
  Las disposiciones de la Directiva para
  los ED o ET son de aplicación a:




             Términos de Referencia,
             Especificaciones
             técnicas,
             Demás documentos
             equivalentes .
Informe de Consistencia –
Formato SNIP 15
 Se informa si existe consistencia en:
   objetivo del PIP;
   monto de inversión;
   localización geográfica y/o área de
    influencia
   Alternativa de solución
   metas asociadas a la capacidad de
    producción del servicio;
   tecnología de producción; y
   plazo de ejecución.
Informe de Consistencia –
Formato SNIP 15
  Cuando corresponda (PIP involucra
  obra), debe consignarse las fórmulas de
  reajuste de precios.

            El BP ha habilitado un campo
           para el registro de la fórmula de
                       reajuste.



  También debe informarse sobre
     modalidad de ejecución
Registros en el BP:
 Órgano que declaró viabilidad registra:
  El Informe de Consistencia. Tiene 3 días háb.
   Esto no se llena para Programas ni
   conglomerados, solo para sus PIPs.
  El Informe de Cierre.
  Las variaciones que se produzcan en la Fase
   de Inversión.
 Los registros y evaluaciones que se realicen
 durante la etapa de elaboración del ET
 deberán efectuarse antes del registro del
 Formato SNIP 15.
Modificaciones Fase de Inversión
           MODIFICACIONES NO SUSTANCIALES
Aumento en metas asociadas a la capacidad de producción del
servicio
Aumento en metrados
Cambio en tecnología de producción
Cambio de la alternativa de solución por otra prevista en el
estudio
Cambio de localización geográfica dentro de ámbito de
influencia del PIP
Cambio de modalidad de ejecución
Resultado del proceso de selección
Plazo de ejecución
Variaciones en Fase de Inversión sin VV
    Por Modificaciones NO Sustanciales
                        Y
           MONTO DV                    % VARIACIÓN
 Menor o igual a S/.3 Millones   No más de 40%
 Mayor a S/.3 Millones y Menor   No más de 30%
 o igual a S/.6 Millones
 Mayor a S/.6 Millones           No más de 20%



     Variaciones las registra Órgano que DECLARÓ
    VIABILIDAD en el Formato SNIP 16, en el plazo
               máximo de 03 días háb.
Variaciones en Fase de Inversión sin VV
El monto de inversión aumenta     Registro procede aún cuando la
o disminuye, exclusivamente       UE informe luego de haber
por la actualización de precios   ejecutado incrementos
por fórmulas polinómicas de       Debe adjuntar el cálculo de los
reajuste de precios. No hay       reajustes de las valorizaciones
porcentaje máximo.                respectivas    mediante      las
                                  fórmulas     polinómicas      de
                                  reajuste de precios.
El     monto     de  inversión
disminuye como resultado del Registro procede aún cuando la
proceso de selección hasta el UE informe luego de haber
límite     permitido  en     la adjudicado la buena pro.
normatividad de contrataciones
del Estado o la que resulte
aplicable.
Modificaciones Fase de Inversión
         MODIFICACIONES SUSTANCIALES

cambio en el objetivo del PIP

cambio de la alternativa de solución por otra no
prevista en el estudio de preinversión

cambio del ámbito de influencia
Modificaciones sustanciales
 Si PIP está en ET:
  órgano que DV determina si es por deficiencia
   en preinversión o en ET.
  Si por deficiencia en preinversión solicita retiro
   de DV o dispone Informe de Cierre.
  Si es por deficiencia en ET: UE reformula ET.



              Si PIP está en ejecución:
                     Verificación de Viabilidad.
Verificación de Viabilidad – Aspectos Generales

 DEFINICIÓN: el órgano que declaró la viabilidad
  realiza una nueva evaluación del PIP considerando
  las modificaciones como requisito previo a su
  ejecución.
 ¿QUIÉN? El órgano que declaró viabilidad. La
  registra      DGPI,     salvo     que      tuviera
  recomendaciones.
 PLAZO: 10 días háb.
 INFORMACIÓN: Proyectos, Anexo SNIP-16 y
  Formato SNIP-17. Prog. Inv., Anexo SNIP-17. Si
  monto de inversión varía a un nivel de estudio de
  preinversión superior, la UF debe presentar a la
  OPI, la información correspondiente a dicho nivel.
Verificación de Viabilidad - Objeto
 Las      modificaciones no sustanciales que
    originen incrementos encima de los %.
   Si el proyecto pierde alguna condición
    necesaria para su sostenibilidad;
   se suprimen metas asociadas a la capacidad de
    producción del servicio o componentes;
   se aumentan o cambian componentes,
    inclusive si el monto de inversión no varía o
    disminuye.
   Modificaciones sustanciales cuando PIP está en
    ejecución.
Informe de Variaciones:
 En cualquier caso, la UE tiene 20 días háb.
  para informar antes de ejecutar.
 Si ejecuta sin informar (salvo        casos
  señalados en Anexo SNIP 18):


                      Órgano que DV:
                Realiza     análisis    para
                determinar    existencia   de
                pérdidas económicas, e

                Informa al OCI
Transición:
 Es de aplicación INCLUSO a los PIP que
 sean objeto de modificaciones posteriores a
 los registros relacionados a las Acciones I,
 II y III previstos en la Directiva Nº 001-
 2009-EF/68.01 que ya consten en el Banco
 de Proyectos.
V. OTRAS DISPOSICIONES
VIGENCIA DE ESTUDIOS DE
PREINVERSIÓN Y ET
 Se mantiene plazo: 3 AÑOS.
 UF debe actualizar el estudio de preinversión y
  remitirlo a la OPI correspondiente,
 OPI realiza una nueva evaluación y comunica
  su resultado a la DGPI.
 Si   el PIP continúa siendo viable, se
  deshabilitará la viabilidad anterior del PIP para
  que UF registre la información actualizada en
  el Banco de Proyectos, y
 OPI registra la nueva evaluación y nueva
  declaración de viabilidad.
Muchas Gracias.

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  • 1. El Sistema Nacional de Inversión Pública Dirección General de Política de Inversiones
  • 2. Marco legal del Ley Nº 27293, LEY QUE CREA EL SISTEMA NACIONAL DE INVERSIÓN PÚBLICA. Decreto Supremo Nº 102-2007-EF, que aprobó el NUEVO REGLAMENTO DEL SISTEMA NACIONAL DE INVERSIÓN PÚBLICA. Resolución Directoral Nº 003-2011- EF/68.01, que aprobó la DIRECTIVA GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE INVERSIÓN PÚBLICA.
  • 3. Aplicación de las normas del A todas las entidades y empresas del Sector Público No Financiero. Los proyectos de los GL no sujetos al SNIP que luego de su ejecución, la O y M estará a cargo de una Entidad sujeta al SNIP, deberán ser formulados por éstas últimas y declarados viables por el órgano del SNIP que resulte competente. A los proyectos de las instituciones perceptoras de cooperación técnica internacional, cuando una Entidad sujeta al SNIP deba asumir los gastos de O y M. A los PIP de las mancomunidades municipales, cuando al menos 1 de los GL que la integran está sujeto al SNIP.
  • 5. Proyecto de Inversión Pública Toda intervención limitada en el tiempo Que utiliza total o parcialmente recursos públicos Con el fin de crear, ampliar, mejorar, modernizar, rec uperar o rehabilitar la capacidad productora de bienes o servicios de una Entidad Cuyos beneficios se generen durante la vida útil del proyecto y sean independientes de los de otros pys. Debe constituir la solución a un problema vinculado a los fines y competencias de una Entidad.
  • 6. NO SON PIPs:  Las intervenciones que constituyen gastos de operación y mantenimiento.  La reposición de activos que: (i) se realice en el marco de las inversiones programadas de un proyecto declarado viable; (ii) esté asociada a la operatividad de las instalaciones físicas para el funcionamiento de la entidad; o (iii) no implique ampliación de capacidad para la provisión de servicios. En general, la reposición de activos es el reemplazo de un activo cuyo tiempo de operación ha superado OJO su periodo de vida útil o ha sufrido daños por factores imprevisibles que afectan la continuidad de sus operaciones
  • 7. Recursos Públicos Todos los recursos financieros y no financieros; De propiedad del Estado o que administran las Entidades del Sector Público. Los recursos financieros comprenden todas las fuentes de financiamiento. Incluye a los recursos provenientes de cooperación técnica no reembolsable (donaciones y transferencias). Incluye a todos los que puedan ser recaudados, captados o incorporados por las Entidades sujetas a las normas del SNIP. Los PIP de las Mancomunidades Municipales tienen prioridad, en la jerarquía y ponderación, para la asignación de los recursos del FONIPREL.
  • 8. Nueva Directiva General del SNIP Vigente desde el 10.04.2011
  • 9. Principales Cambios I. Atribuciones y Responsabilidades de los órganos del SNIP II. Gobiernos Locales en el SNIP III. Fase de Preinversión IV. Fase de Inversión V. Otras Disposiciones
  • 10. I. Atribuciones y Responsabilidades de los órganos del SNIP
  • 11. Órganos del En cada En cada En cada Gobierno Gobierno Sector Regional Local Órgano Resolutivo DGPI Ministro Presidente Alcalde Pdte CD MM OPI GL Oficina de Programación e Inversiones en SNIP Unidad(es) Formuladora(s) MM MM Unidad(es) Ejecutora(s)
  • 12. DGPI (antes DGPM)  Determina en última instancia, en caso de discrepancia entre OPI y/o UF, la metodología, estudios adicionales y parámetros de formulación y evaluación de un proyecto. La DGPI cautela que las declaraciones de viabilidad reúnan los requisitos de validez técnica y legal, dispone las acciones respectivas según cada PIP, y las sustenta y registra en la Ficha de Registro del PIP en el BP. OPI tiene 10dh para implementar recomendaciones de DGPI
  • 13. ÓRGANO RESOLUTIVO Ministros Máxima autoridad ejecutiva del Sector Directorio FONAFE Recordemos: Órgano que integra a propietarios Presidente Regional Presidente de la JCI Alcalde Pdte del CD de la Mancomunidad  Promueve la generación y fortalecimiento de capacidades del personal de la OPI de su Sector, Gobierno Regional o Local, así como de sus UF y UE.
  • 14. ÓRGANO RESOLUTIVO RECORDEMOS:  Autoriza la elaboración de ET o ED y ejecución de PIP viables. Ambas autorizaciones se pueden realizar en un solo acto.  Los PIPs viables en su PIA se consideran ya autorizados y no requieren autorización expresa, salvo para aquellos PIP que implican modificación presupuestaria.  Esta es la única función que puede ser objeto de delegación.
  • 15. OPI  Aprueba expresamente los TdRs cuando la UF contrate la elaboración de los estudios de preinversión.  Aprueba el plan de trabajo, cuando la misma UF elabore los estudios de preinversión. OJO: No aplica a los proyectos de un conglomerado.
  • 16. OPI  Promueve la capacitación permanente del personal técnico de las UF y UE de su Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local, según corresponda.  Emite Opinión favorable sobre cualquier cambio de la información de un estudio o registro en el BP para PIPs que evalúa. La OPI podrá solicitar la información necesaria. RECORDAR: Realiza el seguimiento de los PIP durante la fase de inversión.
  • 17. OPI – Registros en el BP En un PIP viable (SIN DEUDA), puede realizar el cambio de UE de ámbitos institucionales distintos. Deberá chequear si:  UE tiene la capacidad técnica y financiera,  UE tiene la competencia legal para la ejecución del PIP.  Cuenta con la conformidad de la UE propuesta.
  • 18. Unidad Formuladora - UF  Elabora los TdRs cuando se contrate la elaboración de los estudios de preinversión, siendo responsable por el contenido de dichos estudios; ó  Elabora el plan de trabajo cuando la elaboración de los estudios de preinversión la realice la propia UF. OJO: Deberá tener en cuenta las Pautas de los TdRs o planes de trabajo para la elaboración de estudios de preinversión (Anexo SNIP-23)
  • 19. Unidad Formuladora - UF  Para asegurar la sostenibilidad del PIP: Verifica que se cuenta con el saneamiento físico legal correspondiente o con los arreglos institucionales respectivos para la implementación del PIP.  En el caso de los GR y GL, verifica que la localización geográfica del PIP corresponda a su circunscripción territorial, salvo que se trate de un PIP de alcance intermunicipal o de influencia interregional.
  • 20. Unidad Formuladora - UF  Elabora y suscribe los estudios de preinversión y los remite a la OPI responsable de su evaluación en versión impresa y electrónica. Para el registro del Perfil, deberá incluir escaneados: Los TdRs o el plan de trabajo, según sea el caso, y el Informe de aprobación de la OPI. En el registro del Factibilidad deberá incluirse los TdRs o el plan de trabajo, según sea el caso, y el Informe Técnico de aprobación del estudio de preinversión de nivel anterior emitido por la OPI.
  • 21. Unidad Formuladora - UF  RECORDAR: Cuando los gastos de O&M están a cargo de una entidad distinta a la que pertenece la UF del PIP, debe solicitar la opinión favorable de dicha entidad antes de remitir el Perfil para su evaluación. Puede ser parte directa o indirectamente de la UNIDAD EJECUTORA y viceversa.
  • 22. Unidad Ejecutora - UE  Debe ceñirse a la viabilidad para la elaboración del ET o ED y ejecución del PIP, bajo responsabilidad de quien los apruebe y del responsable de la UE.  Elabora y suscribe el Formato SNIP - 15, informando sobre la consistencia entre el ED o ET detallado y el estudio de preinversión por el que se otorgó la viabilidad.
  • 23. Unidad Ejecutora - UE  Informa OPORTUNAMENTE al órgano que declaró viabilidad, toda modificación en fase de inversión.  Remite a la OPI la información necesaria sobre las modificaciones.  Elabora el Informe de Cierre del PIP.
  • 24. II. GOBIERNOS LOCALES EN EL SNIP
  • 25. Gobiernos Locales en el SNIP  Los ya incorporados.  Los que se incorporen voluntariamente (Acuerdo del Concejo Municipal).  Aquellos que vayan a concertar una operación de endeudamiento externo para un PIP.  Los Gobiernos Locales que sean incorporados por Resolución de la DGPI. Se ha dispuesto incorporación de 51 GLs. Los Gobiernos Locales en el SNIP: deben tener OPI ó haber encargado la evaluación de sus proyectos (Convenio Anexo SNIP 11).
  • 26. Incorporación Voluntaria de GL Requisitos:  Tener acceso a Internet;  Compromiso del Concejo Municipal de apoyar el fortalecimiento capacidades en su Gobierno Local  Tener en su Presupuesto Institucional para proyectos, un monto no menor a S/.4 millones sustentado por la Oficina de Ppto.
  • 27. Incorporación Voluntaria de GL  La incorporación es irreversible.  Aplican SNIP para solo para PIP nuevos. NO son PIP nuevos los que a la fecha del Acuerdo de Concejo:  Se encuentren en ejecución.  Cuenten con un estudio definitivo o expediente técnico vigente (no más de 3 años desde su culminación).  Se tenga un contrato suscrito para elaborar el ED ó ET, ó está en proceso de elaboración por administración directa. Tienen 1 año para terminarlo.
  • 28. GLs incorporados por RD 003- 2011-EF/68.01  Las normas del SNIP se aplican a los PIP nuevos. NO son PIP nuevos los que al 31.12.2011:  Se encuentren en ejecución.  Cuenten con un estudio definitivo o expediente técnico vigente (no más de 3 años desde su culminación).  Se tenga un contrato suscrito para elaborar el ED ó ET, ó está en proceso de elaboración por administración directa. Deben aprobarlo durante el año 2012.
  • 29. CICLO DEL PROYECTO FASES Y PROCEDIMIENTOS
  • 30. Ciclo del Proyecto Idea Preinversión Inversión Postinversión Perfil Estudios Definitivos/ Expediente Operación Pre y Mantenimiento factibilidad * Técnico Fin Evaluación Factibilidad Ejecución Ex post Retroalimentación *La declaración de viabilidad es un requisito para pasar de la fase de preinversión a la fase de inversión.
  • 31. III. FASE DE PREINVERSIÓN
  • 32. Estudios de Preinversión  Esta fase comprende la elaboración del Perfil, que además incluye el análisis a nivel de un estudio de Prefactibilidad, y la elaboración del estudio de Factibilidad.  El órgano responsable de la evaluación del PIP, podrá recomendar estudios adicionales a los requeridos para dar la viabilidad, dependiendo de las características o de la complejidad del proyecto.
  • 33. Formulación de Estudios de Preinversión  RECORDAR: Un PIP puede ejecutarse en más de un ejercicio presupuestal, conforme al cronograma de ejecución de los estudios de preinversión.  Los estudios de preinversión consideran:  Los Parámetros y Normas Técnicas para Formulación (Anexo SNIP-09),  los Parámetros de Evaluación (Anexo SNIP-10),  la programación multianual de inversión pública del Sector, GR o GL, según corresponda, para evaluar tanto la probabilidad de su ejecución como el período de ejecución del PIP.
  • 34. Estudios de Preinversión  Los estudios y sus anexos tienen carácter de DJ, y su veracidad es de estricta responsabilidad de la UF, siendo aplicables las responsabilidades que determine la CGR y la legislación vigente.  El órgano que declaró la viabilidad del PIP es el responsable de la custodia de los estudios conforme al marco legal vigente.
  • 35. Nuevos Anexos 05A y 05B  A partir del 10.04.2011, los contenidos mínimos señalados en los Anexos SNIP-05A y SNIP-05B son aplicables a los proyectos cuyos perfiles estén:  en elaboración,  presentados para evaluación,  en evaluación u  observados.
  • 36. PIPs entre S/.1’200,000 y S/.10’000,000 - Transición  Con Perfiles aprobados y con autorización para el Prefactibilidad ó Factibilidad, deberán reformularse según el Anexo SNIP-05A, salvo que:  el otro estudio se encuentre en elaboración, por un contrato suscrito o por administración directa ó  si su elaboración ha sido objeto de un convenio internacional de financiamiento o documento similar.  OJO: OPI puede solicitar a DGPI que se mantengan los contenidos mínimos originales del Perfil. Se culmina el estudio superior para su evaluación y, de corresponder, su posterior declaratoria de viabilidad.
  • 37. PIPs > S/.10 MILLONES - Transición  Con Perfiles aprobados y con autorización para el Prefactibilidad ó con autorización de SALTO a Factibilidad, deberán reformularse según el Anexo SNIP-05B, salvo que:  el prefactibilidad se encuentre en elaboración, por un contrato suscrito o por administración directa o  si su elaboración ha sido objeto de un convenio internacional de financiamiento o documento similar.  OJO: OPI puede solicitar a DGPI que se mantengan los contenidos mínimos originales del Perfil. Se culmina el Prefactibilidad para su evaluación y, de corresponder, autorizar elaboración del Factibilidad.
  • 38. Evaluación de Proyectos “mayores”  Se utiliza el Protocolo de Evaluación  Cuando se declara la viabilidad de un PIP se remite copia a DGPI de:  Formato SNIP 09 (Declaración de Viabilidad)  Informe Técnico  Plazo para envío de información: 05 días hábiles
  • 39. Declaración de Viabilidad La viabilidad de un proyecto es requisito previo a la fase de inversión. Se aplica a un PIP que a través de estudios de preinversión evidenció: Ser socialmente rentable, sostenible y compatible con los Lineamientos de Política y con los Planes de Desarrollo respectivos.
  • 40. Declaración de Viabilidad Solo podrá otorgarse si:  La intervención es un PIP, de acuerdo a las definiciones establecidas.  No se trata de un PIP fraccionado.  La UF tiene las competencias legales para formular el PIP.  La OPI tiene la competencia legal para declarar la viabilidad del PIP.  Los PIP no están sobredimensionados respecto a la demanda prevista y los beneficios del proyecto no están sobreestimados
  • 41. Declaración de Viabilidad Para el registro de la DV del PIP deberá incluir en la Ficha de Registro del PIP: El archivo electrónico del estudio de preinversión que sustenta la viabilidad, el Resumen Ejecutivo del estudio escaneado el Informe Técnico de declaración de viabilidad escaneado.
  • 42. Niveles mínimos de Estudios de Preinversión  Para que OPI declare la viabilidad:  Formato SNIP 04 (Perfil Simplificado) hasta S/.1’200,000  Anexo SNIP 5A: > S/.1’200,000 < ó = S/.10 millones.  Anexos SNIP 5B + 07: > S/.10 millones.  Está prohibido el fraccionamiento de un PIP, bajo responsabilidad de la UF que formula y registra la intervención en el Banco de Proyectos, y del órgano que lo declara viable, de ser el caso.
  • 43. PIPs de Electrificación Rural RECORDAR:  Se declaran viable con Perfil  El Perfil debe elaborarse según contenidos mínimos señalados en (Anexo SNIP-19)  Se aplica a todos los niveles de gobierno.  No tiene fecha de término  Se aplica a PIP mayores a S/.1’200,000
  • 44. PIPs de Rehabilitación de Carreteras RECORDAR:  Se declaran viable con Perfil  El Perfil debe elaborarse según contenidos mínimos señalados en (Anexo SNIP-20)  Se aplica a todos los niveles de gobierno.  No tiene fecha de término  Se aplica a PIP mayores a S/.1’200,000
  • 45. Plazos para la evaluación de los Estudios de Preinversión Expresados en días hábiles: ESTUDIO DE PREINVERSIÓN OPI / DGPI PERFIL SIMPLIFICADO 10 PERFIL 30 FACTIBILIDAD 40 * Para los TdRs son 15 días hábiles
  • 46. V. FASE DE INVERSIÓN
  • 47. Expediente Técnico - ET Las disposiciones de la Directiva para los ED o ET son de aplicación a: Términos de Referencia, Especificaciones técnicas, Demás documentos equivalentes .
  • 48. Informe de Consistencia – Formato SNIP 15 Se informa si existe consistencia en:  objetivo del PIP;  monto de inversión;  localización geográfica y/o área de influencia  Alternativa de solución  metas asociadas a la capacidad de producción del servicio;  tecnología de producción; y  plazo de ejecución.
  • 49. Informe de Consistencia – Formato SNIP 15 Cuando corresponda (PIP involucra obra), debe consignarse las fórmulas de reajuste de precios. El BP ha habilitado un campo para el registro de la fórmula de reajuste. También debe informarse sobre modalidad de ejecución
  • 50. Registros en el BP:  Órgano que declaró viabilidad registra:  El Informe de Consistencia. Tiene 3 días háb. Esto no se llena para Programas ni conglomerados, solo para sus PIPs.  El Informe de Cierre.  Las variaciones que se produzcan en la Fase de Inversión.  Los registros y evaluaciones que se realicen durante la etapa de elaboración del ET deberán efectuarse antes del registro del Formato SNIP 15.
  • 51. Modificaciones Fase de Inversión MODIFICACIONES NO SUSTANCIALES Aumento en metas asociadas a la capacidad de producción del servicio Aumento en metrados Cambio en tecnología de producción Cambio de la alternativa de solución por otra prevista en el estudio Cambio de localización geográfica dentro de ámbito de influencia del PIP Cambio de modalidad de ejecución Resultado del proceso de selección Plazo de ejecución
  • 52. Variaciones en Fase de Inversión sin VV Por Modificaciones NO Sustanciales Y MONTO DV % VARIACIÓN Menor o igual a S/.3 Millones No más de 40% Mayor a S/.3 Millones y Menor No más de 30% o igual a S/.6 Millones Mayor a S/.6 Millones No más de 20% Variaciones las registra Órgano que DECLARÓ VIABILIDAD en el Formato SNIP 16, en el plazo máximo de 03 días háb.
  • 53. Variaciones en Fase de Inversión sin VV El monto de inversión aumenta Registro procede aún cuando la o disminuye, exclusivamente UE informe luego de haber por la actualización de precios ejecutado incrementos por fórmulas polinómicas de Debe adjuntar el cálculo de los reajuste de precios. No hay reajustes de las valorizaciones porcentaje máximo. respectivas mediante las fórmulas polinómicas de reajuste de precios. El monto de inversión disminuye como resultado del Registro procede aún cuando la proceso de selección hasta el UE informe luego de haber límite permitido en la adjudicado la buena pro. normatividad de contrataciones del Estado o la que resulte aplicable.
  • 54. Modificaciones Fase de Inversión MODIFICACIONES SUSTANCIALES cambio en el objetivo del PIP cambio de la alternativa de solución por otra no prevista en el estudio de preinversión cambio del ámbito de influencia
  • 55. Modificaciones sustanciales  Si PIP está en ET:  órgano que DV determina si es por deficiencia en preinversión o en ET.  Si por deficiencia en preinversión solicita retiro de DV o dispone Informe de Cierre.  Si es por deficiencia en ET: UE reformula ET. Si PIP está en ejecución: Verificación de Viabilidad.
  • 56. Verificación de Viabilidad – Aspectos Generales  DEFINICIÓN: el órgano que declaró la viabilidad realiza una nueva evaluación del PIP considerando las modificaciones como requisito previo a su ejecución.  ¿QUIÉN? El órgano que declaró viabilidad. La registra DGPI, salvo que tuviera recomendaciones.  PLAZO: 10 días háb.  INFORMACIÓN: Proyectos, Anexo SNIP-16 y Formato SNIP-17. Prog. Inv., Anexo SNIP-17. Si monto de inversión varía a un nivel de estudio de preinversión superior, la UF debe presentar a la OPI, la información correspondiente a dicho nivel.
  • 57. Verificación de Viabilidad - Objeto  Las modificaciones no sustanciales que originen incrementos encima de los %.  Si el proyecto pierde alguna condición necesaria para su sostenibilidad;  se suprimen metas asociadas a la capacidad de producción del servicio o componentes;  se aumentan o cambian componentes, inclusive si el monto de inversión no varía o disminuye.  Modificaciones sustanciales cuando PIP está en ejecución.
  • 58. Informe de Variaciones:  En cualquier caso, la UE tiene 20 días háb. para informar antes de ejecutar.  Si ejecuta sin informar (salvo casos señalados en Anexo SNIP 18): Órgano que DV: Realiza análisis para determinar existencia de pérdidas económicas, e Informa al OCI
  • 59. Transición:  Es de aplicación INCLUSO a los PIP que sean objeto de modificaciones posteriores a los registros relacionados a las Acciones I, II y III previstos en la Directiva Nº 001- 2009-EF/68.01 que ya consten en el Banco de Proyectos.
  • 61. VIGENCIA DE ESTUDIOS DE PREINVERSIÓN Y ET  Se mantiene plazo: 3 AÑOS.  UF debe actualizar el estudio de preinversión y remitirlo a la OPI correspondiente,  OPI realiza una nueva evaluación y comunica su resultado a la DGPI.  Si el PIP continúa siendo viable, se deshabilitará la viabilidad anterior del PIP para que UF registre la información actualizada en el Banco de Proyectos, y  OPI registra la nueva evaluación y nueva declaración de viabilidad.