Jorge Montes presenta una síntesis de las reformas más relevante de la reforma fiscal 2022 para la industria maquiladora, la cual fue expuesta en la semana de actualización fiscal de Index Occidente. En la presentación, se destaca cambios a la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) para la industria maquiladora (eliminación del APA), residentes en el extranjero, personas morales en general (ganancia cambiaria, orden de acreditamiento, asistencia técnica y regalías, pérdidas fiscales).
5. INGRESOS
Se presupuestan ingresos por 7,088.25 miles de millones de pesos (mmp), superiores en 792.52
mmp respecto a los 6,295.73 mmp considerados en la Ley de Ingresos de la Federación de 2021.
55.64% corresponde a ingresos tributarios no petroleros:
100%
52.6%
30.8%
12.8%
9. INICIATIVA DE REFORMA FISCAL
Se espera que la recaudación tributaria en 2022 llegue a un máximo histórico de
3.94 billones de pesos, lo cual implica un aumento de 6.4% real comparado con
el estimado de cierre en 2021.
Se proponen modificar 200 artículos de diversos ordenamientos fiscales:
103 del Código Fiscal de la Federación
80 artículos de la Ley del ISR.
8 de la Ley del IVA.
7 de la Ley del IEPS.
2 de la Ley del ISAN.
10.
11. MAQUILADORAS.
• Se deroga obligación de presentar escrito para manifestar que la utilidad que
se obtuvo fue en términos del art. 182 ya que la información se manifiesta a
través de la DIEMSE (ya lo establecía la regla 3.20.10.).
• Expresamente se establece que en la DIEMSE se debe reflejar que la utilidad
fiscal del ejercicio representó, al menos, la cantidad mayor que resulte de aplicar
lo dispuesto en las fracciones I y II del art. 182. En caso de que no se presente
dicha declaración o no refleje lo señalado, no se podrá aplicar lo
establecido en el artículo 182.
15. MAQUILADORAS.
AVISO DEL SAT
http://omawww.sat.gob.mx/EmpresasPrestanServiciosMaquila/Paginas/ejercicios2020_post
eriores.html
• Durante 2021 la autoridad competente de México resolverá los
ejercicios hasta 2019 con el Enfoque Calificado para Maquiladoras
(Qualified Maquiladora Approach [QMA]) renovado en 2020, y tan
pronto las autoridades competentes de México y de Estados Unidos de
América renueven el Acuerdo relativo al Enfoque Calificado para
Maquiladoras, correspondiente al ejercicio fiscal 2020 y posteriores,
éste se le dará a conocer a las y los contribuyentes de la industria
maquiladora.
16. MAQUILADORAS.
AVISO DEL COMITÉ FISCAL NACIONAL.
• El 25 de agosto reunión SAT, IRS y Comité Fiscal Nacional Index.
• Enfoque Calificado para Maquiladoras (QMA) para resolver los APA Ejercicios 2018 y 2019 es la
única herramienta que ha sido considerada por el SAT para la emisión de los más de 700 APAs
solicitados por las empresas maquiladoras y que emana del acuerdo alcanzado con el IRS.
• Aquellas empresas maquiladoras que solicitaron un APA y que a esta fecha aún no reciben el
requerimiento de información financiera y fiscal del SAT bajo el enfoque del QMA, tomen una
posición proactiva para adherirse al mismo.
• Los detalles de este proceso lo pueden y deben consultar con sus asesores de precios de
transferencia.
17.
18. RESIDENTES EN EL EXTRANJERO
• Obligados a determinar los ingresos y deducciones, que deriven de la
celebración de operaciones con partes relacionadas, considerando
contraprestaciones que hubieran utilizado con partes independientes.
• Ingresos por adquisición de bienes, el enajenante enterará el ISR.
• El representante legal para efectos del Título V debe asumir
voluntariamente responsabilidad solidaria y deberá contar con bienes
suficientes para responder.
19. ENAJENACIÓN DE ACCIONES POR EXTRANJEROS
• Las personas morales tendrán la obligación de informar la enajenación
de acciones emitidas por el contribuyente, efectuada entre residentes en
el extranjero sin establecimiento permanente en México, dentro del mes
siguiente a la venta.
• En caso de incumplir, serán responsables solidarios por el ISR
correspondiente.
20.
21. GANANCIA CAMBIARIA
La ganancia cambiaria no podrá ser menor de la que resultaría de considerar
el tipo de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera
pagaderas en la República Mexicana establecido por el Banco de México, que al
efecto se publique en el Diario Oficial de la Federación.
Hasta 2021 solo se indicaba que la pérdida cambiaria no podía ser mayor de la
que resultaría de aplicar el tipo de cambio oficial.
22. ORDEN DE ACREDITAMIENTOS
ISR causado en el ejercicio (art. 9)
Acreditamiento de impuesto pagado en el extranjero y estímulos fiscales
(-) Pagos Provisionales y retenciones
(-) Acreditamiento de impuesto pagado en el extranjero y estímulos fiscales
(=) ISR a cargo del ejercicio.
23. ASISTENCIA TÉCNICA Y REGALÍAS
Para deducir la asistencia técnica, transferencia de tecnología o regalías, se
deberá comprobar que se preste en forma directa y no a través de terceros,
excepto cuando se trate de servicios y obras especializadas.
Hasta 2021 dichos servicios podía ser proporcionada por terceros cuando los
pagos por dichos conceptos se hacían a residentes en México.
24. CAPITALIZACIÓN DELGADA
• Las pérdidas fiscales pendientes de disminuir se incluirían en el cálculo del
capital contable del ejercicio, además de las cuentas de capital de aportación,
utilidad fiscal neta y utilidad fiscal neta reinvertida.
• El capital contable se determina opcionalmente considerando dichas cuentas u
obligatoriamente en el caso de contribuyentes que no apliquen las normas de
información financiera en la determinación de dicho capital.
25. M.I. Y C.P. JORGE A. MONTES SÁNCHEZ
jorge.montes@vtz.mx
www.vtz.mx