Escrito de nulidad solicitando nulidad de oficio.docx
Requisitos de forma del acto administrativo
1. Universidad Central del Ecuador
Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Políticas y Sociales
Carrera de Derecho
FORMA DEL ACTO ADMINISTRATIVO REQUISITOS
Integrantes Grupo H:
- Jara Juliette
- Pazos Jennifer
- Quimbiulco Katherin
- Salazar Marco
- Vásquez Mikaela
Semestre: Sexto “B”
Fecha: 2022-07-17
Asignatura: Derecho Administrativo I
2. Actividad
FORMA DEL ACTO ADMINISTRATIVO REQUISITOS
DROMI ROBERTO LEGISLACIÓN ESPAÑOLA CÓDIGO ORGÁNICO
ADMINISTRATIVO
CONCLUSIÓN
Requisitos de instrumentación:
Se expresarán mediante la
escritura.
Contendrán:
1. Lugar y Fecha de
emisión
2. Mención del órgano y
entidad de quien emana
3. Expresión clara y precisa
del contenido de la voluntad
administrativa
4. Individualización y
firma del agente
interviniente
Encabezamiento
Encabezamiento, con
indicación de la autoridad que
emite el acto
El Código Orgánico Administrativo, en
su art.205 muy brevemente dice: “ El acto
administrativo expresa la aceptación o
rechazo total o parcial de la pretensión
de la persona interesada, los recursos
que procedan, el órgano
administrativo o judicial ante el que
deban presentarse y el plazo para
interponerlos.”
El análisis sobre los requisitos fundamentales del
acto administrativo en las diferentes categorías
recoge: Que, según Dromi, además de ser escritos,
contienen disposiciones específicas, que en
cualquier acto de carácter jurídico deben existir;
¿a qué nos referimos con esto? Es necesaria la
efectividad de circunstancias específicas que,
además de identificar a quien pertenece, a quién
va dirigido, cual es el problema y como se espera
solucionar, versan en cuestión QUÉ SE BUSCA
DE LA ADMINISTRACIÓN para la solución del
problema.
Además de ello, volvemos a Dromi y la sobre
explicación de los requisitos de forma. En breves
rasgos los requisitos antes mencionados recogen
lo más importante del documento del acto
administrativo, más, no suponen ni prevén la
existencia de la publicidad del acto
administrativo. Si bien es cierto, Dromi, aborda la
publicidad en la doctrina, pero, la Legislación
española y el COA, suprimen y suponen su
3. Requisito de forma por
publicidad:
Los actos administrativos deben
ser notificados al interesado. La
publicación no suple la falta de
notificación, también se
manifestará mediante escritura.
Preámbulo
Preámbulo que suele referir los
actos preparatorios (instancias,
informes, propuesta) y las
normas legales de competencia
y en su caso de fondo, en que el
mismo se funda
Por su parte el artículo 94 del Código
Orgánico Administrativo determina que
“Firma electrónica y certificados
digitales.
La actividad de la administración será
emitida mediante certificados digitales de
firma electrónica.
Las personas podrán utilizar certificados de
firma electrónica en sus relaciones con las
administraciones públicas.”
existencia. Cada acto administrativo debe ser
notificado a los o las interesadas.
De la misma forma, podríamos decir que previo al
acto administrativo, las decisiones que conciernen
a los administrados se toman bajo sesiones de la
administración mismas que se guardan bajo un
acta que, en caso de impugnación o apertura de un
proceso dentro de la vía judicial, servirán de
prueba. Además, el COA afina los detalles de la
doctrina de Dromi y ubica también que la
voluntad y la motivación son parte importante
para la validez del acto administrativo, sobre todo
la motivación como parte de la existencia, firmeza
y valor del mismo.
La voluntad dentro de los actos administrativos
presupone la capacidad legal que tiene la
administración pública para decidir sobre los
asuntos de competencia a los administrados, si no
existe voluntad, no existe acto administrativo, o
tal vez existiría una voluntad coaccionada o bien
viciada.
No se presupone las firmas y los tres análisis
coinciden en su requisito de forma, como parte de
la delegación para la validez del acto
administrativo.
Requisitos de las actas que
deberá tener cada reunión de
los órganos colegiados:
1. Tiempo y lugar de
sesión;
2. Indicación de las
personas que hayan
intervenido;
3. Determinación de los
puntos principales de la
deliberación y
4. Forma y resultado de la
votación.
Consulta al Consejo de
Estado
Indicación de si se ha
consultado al Consejo de
Estado y si la resolución sigue
o no su dictamen, esta última
fórmula indicando el
disentimiento o
disconformidad
Por otro lado, en el artículo 99 del Código
Orgánico Administrativo menciona a los
requisitos de validez para el Acto
Administrativo:
Son requisitos de validez:
1. Competencia
2. Objeto
3. Voluntad
4. Procedimiento
5. Motivación
COMPETENCIA
Es el conjunto de facultades y
obligaciones atribuidas a los entes y
órganos de la Administración, los cuales
4. El acta y los acuerdos se
documentarán por separado,
debiendo ser firmados por todos
los miembros intervinientes.
También se expresarán mediante
la escritura
pueden y deben ejercerla legítimamente,
y que son determinadas por el derecho
objetivo.
Cuando se emitan una serie de
actos administrativos (Plurales)
que sean de la misma naturaleza
éstos podrán redactarse en un
único documento,
especificándose las
circunstancias personales y
materiales que individualizan
cada uno de los actos.
Ejemplo: Cuando se realiza un
concurso de méritos, donde se
selecciona a un aspirante y se le
da nombramiento todos esos
actos pueden constar en uno
solo.
Motivación
Parte dispositiva o resolución
propiamente dicha, que ha de
corresponder a lo planteado por
las partes y a lo suscitado por el
expediente.
Objeto
El objeto del acto comprende una causa o
presupuesto de hecho que la autoridad
toma en cuenta para emitir el acto, que
debe guardar concordancia con la
decisión o resolución que tome en base a
los presupuestos de derecho aplicables.
Tanto en la doctrina como en la legislación
española y ecuatoriana se presta especial
atención a la motivación como requisito
indispensable del acto administrativo.
En distinta forma de expresión, la legislación
ecuatoriana concuerda con lo que la doctrina
de Dromi determina. Es decir, a través de la
obligatoriedad de la determinación específica
del objeto, el Código Administrativo fija la
necesidad de guardar concordancia en las
resoluciones tal como sostiene la doctrina.
5. Actos administrativos por medios
no escritos
Puede admitirse en algunos casos
que el acto no se documente por
escrito, sino que se lo exprese
verbalmente.
Por ejemplo: órdenes de agentes de
policía, órdenes comunes de los
superiores a los funcionarios
públicos relativas al desempeño
diario de sus tareas.
La manifestación oral de la
autoridad es la excepción y ella sólo
se explica en casos de urgencia o
imposibilidad práctica de emplear
la forma escrita; por ejemplo, la
orden de disolución de un grupo de
personas por motivos de seguridad
pública.
También se puede manifestar por
medio de simbología como lo son
las señales de tránsito.
Lugar
Fecha
Firma
(original o por delegación)
Voluntad
Como acto jurídico, el administrativo
debe estar constituido por una voluntad
manifestada libremente, lo que conlleva
a que se encuentre libre de vicios de
error, dolo o violencia.
Procedimiento
Para la plena eficacia del acto
administrativo, debe observarse las
normas procedimentales, esto es, los
trámites y más solemnidades que la ley
impone se acaten de modo previo a su
emisión; el acto administrativo debe
estar normado y no generarse por la sola
voluntad del titular del órgano o entidad
que lo va a dictar, el no ceñirse a los
procedimientos legales, acarrea la
nulidad del acto administrativo.
Sin embargo, ninguna de las legislaciones de
los países sujetas a análisis hace una
aceptación expresa a la validez de actos
administrativos por medios no escritos como
sí lo hace la doctrina del Dromi.
En el caso del Ecuador, el COA determina
que los actos administrativos se expedirán por
cualquier medio documental, físico o digital.
Significa que las actividades a cargo de los
órganos públicos pueden ejecutarse mediante
el uso de nuevas tecnologías y medios
electrónicos, precautelando la inalterabilidad
e integridad de las actuaciones
administrativas como garantía de los derechos
de las personas. Para garantizar la eficiencia
administrativa, el Código Orgánico
Administrativo prevé que la actividad de las
administraciones públicas pueda
desarrollarse a través de redes de
telecomunicación y servicios electrónicos, lo
cual no necesariamente significa la
aceptación de actos administrativos no
escritos.
Añade que los actos administrativos quedarán
constando en el expediente administrativo lo
6. Se podrá prescindir de la forma
escrita cuando:
1. Medie urgencia o
imposibilidad de
hecho; la constancia
escrita del acto se hará
a la brevedad posible;
2. Se trate de actos cuyos
efectos se hayan
agotado y respecto de
los cuales la
registración no tenga
razonable justificación;
3. Se trate de órdenes de
servicio que se refieran
a cuestiones ordinarias
y de rutina, y
La voluntad pública se exteriorice
por medio de señales o signos
Motivación
Es la declaración de las circunstancias de
hecho y de derecho que dan origen y que
constituyen los antecedentes que provocan
el acto administrativo. Únicamente la
concordancia y consistencia entre los
presupuestos de hecho y de derecho permite
a la administración justificar y legitimar su
decisión, derivando la motivación en un
elemento esencial del acto administrativo.
que genera una exigencia de contar con un
registro escrito-físico de todo acto.