1. PROCESO CIVIL ROMANO EVOLUCIÓN HISTORICA
JUSTICIA PRIVADA
ORGANIZACIÓN JUDICIAL
LAS ACCIONES
JUSTICIA PUBLICA
VENGANZA PRIVADA
El Derecho Romano distingue el proceso penal del civil, el
primero tiene la finalidad de imponer una pena aflictiva que
ha cometido un delito, es decir se busca aplicar la sanción
por la infracción de las normas que controla el Estado. Por
su parte el proceso civil tiene la función de defender el
derecho subjetivo de un articular frente a otro sujeto.
La última fase de la evolución de la
administración de la justicia, supuso la
intervención completa del Estado, por lo que
se creo el tercero de los procedimientos
civiles, la cognitio extra ordinem, donde el
magistrado conocía la demanda y resolvía el
conflicto dictando sentencia,
En el ordo iudiciorum privatorum.
Magistrados, con facultad para decir lo que es
derecho en un litigio, y jueces mediante iducatio
definen cual de las partes tiene o no derecho
de emitir una sentencia.
En el cognitio extra ordinem, el magistrado-
juez aparece, eliminando las distinciones entre
magisterios dotados de imperium y de iudices
o ciudadanos encargados de sentenciar
dotados de la udicatio .
Partes: a) actor, b)demandado, c)representante
de las partes que puede ser cognitor,
procurador, defensor y advocatus.
Con el tiempo el Estado logró imponer un
conjunto de normas tendentes a regular la
participación de los particulares en la
administración justicia, surgiendo el
proceso civil. El juicio se dio en dos fases,
la primera ante el magistrado, la segunda
ante un juez privado.
Venganza desmedida: Los conflictos se dirimían
con el uso de la violencia.
Venganza medida: Se limito al uso de la Ley de
Tailón regulada por la Ley de las VII Tablas.
Composición legal: El ofendido podía renunciar
al uso de la fuerza a cambio de un pago
compensatorio de ley.
Su origen se remonta al derecho arcaico vinculándose al pater familias,
posteriormente, este poder fue respaldado por el Estado y más tarde,
que el estado el único encargado de administrar justicia.
Se divide en tres étapas: a)Venganza privada, b)Justicia privada, y
c)Justicia publica.
La acción es el derecho del individuo de perseguir en juicio, a
través de la intervención de los órganos que están al frente
de la administración de la justicia, el objeto del derecho es
subjetivo. Las acciones se clasifican por su fuente de
creación, el objeto que persiguen, el derecho que reclaman,
por su eficacia, por su resolución, duración, condena y el
sujeto que las ejercita
DERECHO
ROMANO
Procesal
Facultad de derecho
Derecho Romano I
Elabora: Ramírez Villegas Silvia Noemí