Prueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 2º de la ESO
Regulación de los drones en México
1. REGULACIÓN DEL USO DE
LOS DRONES
Secretaria de Comunicación
y Transportes
Fecha de publicación.:
08/04715
Sergio Iván Jimenez
2. OBJETIVOS
Establecer los requerimientos para operar un sistema de aeronave
piloteada a distancia (RPAS), y en su caso, obtener la aprobación y
autorización de su operación
3. LIMITANTES VÁLIDAS PARA TODOS
LOS EQUIPOS
Sin importar el peso, sólo pueden ser operadas:
1. Durante el Día
2. En áreas no clasificadas como prohibidas, restringidas o peligrosas.
3. Al menos a 9.2 kilómetros de los aeropuertos controlados
4. Al menos a 3.7 kilómetros de los aeródromo
(Lugar destinado al aterrizaje y despegue de aviones provisto de las pista
s e instalaciones necesarias, destinado a usos militares) no controlados.
5. Al menos a 900 metros de los helipuertos.
6. No deben dejar caer objetos que puedan causar daños apersonas o
bienes.
7. El operador es el responsable del uso que se le da a la información
obtenida.
8. No se deben operar en vehículos en movimiento, a menos que el vehículo
este sobre el agua
4. CLASIFICACIÓN DE DRONES
SEGÚN SCTCLASIFICACIÓN DE LOS SISTEMAS DE AERONAVES PILOTEADOS A DISTANCIA
PESO MÁXIMO DE
DESPEGUE
DENOMINACIÓN USO OBSERVACIONES
2 kg o menos RPAS Micro Recreativo -Operados sin necesidad de requerir
autorización de la (DGAC)
Comercial -Operados sin necesidad de requerir
autorización de la (DGAC).
-Deben contar con un seguro de daños a
terceros
De 2 a 25 kg RPAS ligero Recreativo -Sólo pueden usarse dentro de clubes de
aeromodelismo (No necesita autorización)
Comercial -Requieren autorización de la DGAC.
Mas de 25 Kg RPAS Pesado Recreativo -Requieren autorización de la DGAC.
-El operador debe contar con una licencia de
piloto
Comercial
5. RPAS MICRO (MENOS DE 2 KG)
No es necesario que tengan autorización siempre y cuando cumplan las
normas.
1. Altura máxima de 120 (400 ft)m sobre el nivel del suelo.
2. Cuando se hacen operaciones con personas la altura debe ser por lo menos
de 46 m (150 ft)
3. No debe operarse mas hala de la línea visual del piloto al mando
4. No debe alejarse la aeronave a mas de 457 m (1, 500 ft) del piloto al mando.
5. No debe exceder la velocidad de acuerdo a su peso Maximo de despegue
Tanto para uso recreativo como comercial
7. RPAS LIGERO (DE 2 A 25KG)
1. Deben operar dentro de clubes de aeromodelismo autorizados por la
autoridad aeronáutica.
2. El RPAS no debe exceder una velocidad de 161 km/h.
3. No podrá realizar operaciones sobre personas a una altura menor a
152 m (500 ft)
Para uso recreativo
8. RPAS LIGERO (DE 2 A 25KG)
1. Los RPAS deben contar con registro ante la dirección general
adjunta de transporte y control aeronáutico de la autoridad
aeronautita.
2. No podrá realizar operaciones sobre personas a una altura menor a
152 m (500 ft)
Para uso Comercial
9. RPAS PESADO (DE MAS DE 25KG)
1. Deben operar dentro de clubes de aeromodelismo autorizados por la
autoridad aeronáutica.
2. El RPAS no debe exceder una velocidad de 161 km/h.
3. No podrá realizar operaciones sobre personas a una altura menor a
152 m (500 ft)
4. No requiere tener una autorización
Para uso recreativo
10. RPAS PESADO (DE MAS DE 25KG)
1. Requiere tener registro ante la dirección general adjunta de transporte y
control aeronáutica.
2. Se bede contar con licencia de operador.
3. La vigencia de aprobación de tipo de RPAS es por tiempo indefinido, sin
embargo esta puede ser suspendida, cancelada o revocada, si se
encuentra algún incumplimiento o falta con lo estipulado en la
aprobación correspondiente.
4. La vigencia de autorización de operación será de 2 años.
5. Los RPAS deben contar con un certificado de matricula y tener pintadas
las marcas de nacionalidad y de matriculas y la bandera nacional en un
lugar visible.
6. El uso de sitios no establecidos para la operación de los drones requiere
de una evaluación adecuada de ese sitio antes de comenzar operaciones
Para uso comercial
12. OTROS APENDICES
Apéndice A información general.- en este apéndice se muestra la
forma de identificar la aeronave y sus características
Apéndice B Aseguramiento de la Aeronave.- Contiene las
consideraciones para evaluar los riesgos del RPAS, en donde se
consideran: Las características de RPAS, Comunicación control y
mantenimiento de RPAS, Equipamiento de soporte en tierra,
Mantenimiento del RPAS.
Apéndice C Capacitación del personal operativo piloto/ observador de
la aeronave piloteada a distancia y los requerimientos para obtener
licencias de los RPAS .- Contiene sobre la capacitación al piloto,
requerimientos mínimos para el piloto.
Apéndice D Contenido de un plan de aprobación.- El plan de
aprobación es el documento principal en el proceso de aprobación,
utilizado por el solicitante y la autoridad aeronáutica como una lista de
verificación y como un registro de cumplimiento
13. OTROS APENDICES
Apendice E Inspección de prevuelo y acciones previas para operación de
RPAS. Se describe las consideraciones que debe tener el piloto antes de
realizar el vuelo, como por ejemplo: las condiciones climáticas, el
espacio aéreo local y las restricciones del vuelo, ubicación de zonas de
población.
Apéndice F Guía del contenido mínimo de un manual de operación de
RPAS.- Se describe las consideraciones que debe llevar el manual de
operación de los RPAS, incluyendo toda la información e instrucción
necesaria para que el responsable de operar el equipo realice sus
funciones de manera segura y efectiva.
Apéndice G Estudio aeronáutico de seguridad y gestión de riesgos.- Se
describe la evaluación del riesgo en operaciones con los RPAS.
Apéndice H Definición y abreviaturas.- se describen y definen los