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I
INDICE
INTRODUCCION
DESCRIPCIÓN DEL PROBLEMA a
IDENTIFICACIÓN DEL PROBLEMA O NECESIDAD b
FORMULACIÓN DEL PROBLEMA c
FORMULACIÓN DEL PROBLEMA O NECESIDAD c
Sub preguntas del problema o necesidad c
JUSTIFICACIÓN
JUSTIFICACIÓN TEÓRICA c
JUSTIFICACIÓN PRÁCTICA d
DESCRIPCIÓN DE LOS OBJETIVOS
Objetivo General d
Objetivos Específicos e
METODOLOGÍA Y TIPO DE INVESTIGACION e
Métodos e
Técnicas e instrumentos f
Objeto de estudio f
Análisis e interpretación de resultados f
CAPÍTULO 1 MARCO TEÓRICO
1.1 REGISTRO VEHICULAR AUTOMOTOR
1.1.1 Definición 1
1.2 DIVISIÓN DE REGISTRO VEHICULAR DEL GAMC 1
1.2.1 Estructura Organizativa de la División de Registro Vehicular Automotor 2
Terrestre en el Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba 2
1.2.2 Funciones de la División de Registro Vehicular Automotor Terrestre en el
Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba 2
II
1.2.3 Trámites por concepto de registro vehicular automotor terrestre 2
1.2.4 Procedimiento 3
1.2.4.1 Definición 3
1.2.4.2 Estructura de procedimientos e instructivos 4
1.3 TASA POR REGISTRO VEHICULAR AUTOMOTOR TERRESTRE
1.3.1 Tasas por concepto de registro del vehículo automotor terrestre 5
1.4 ESTRUCTURA DE COSTOS
1.4.1 Definición 6
1.4.2 Estructura de costos del Registro Vehicular Automotor Terrestre 6
1.4.3 Elementos del costo 6
1.4.3.1 Costos de adquisición 6
1.4.3.2 Costos de operación 6
a) Costos de administración 7
b) Gastos indirectos por servicio 8
CAPÍTULO II MARCO LEGAL
2.1 CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA 10
2.2 LEY MARCO DE AUTONOMÍAS 031 11
2.1.1 DISPOCISIONES ADICIONALES PRIMERA Y SEGUNDA 11
2.3 LEY GENERAL DE TRANSPORTE 12
2.4. CODIGO TRIBUTARIO BOLIVIANO LEY Nº 2492 12
2.5 LEY DE GOBIERNOS AUTÓNOMOS MUNICIPALES Nº 482 12
CAPÍTULO III REGISTRO VEHICULAR DEL GAMC
3.1 Procedimiento actual en la división de registro vehicular del Gobierno
Autónomo Municipal de Cochabamba 14
3.1.1 Inscripción Casa Comercial del Vehículo Automotor Terrestre 15
3.1.2 Inscripción Importación Directa 17
III
3.1.3 Inscripción Importación Directa con Transferencia 19
3.1.4 Inscripción Casa Comercial del Vehículo Automotor Terrestre
con transferencia 21
3.1.5 Transferencia Directa 23
3.1.6 Transferencia con cambio de Radicatoria 25
3.2 PROCEDIMIENTO PROPUESTO EN LA DIVISIÓN DEL GOBIERNO
AUTÓNOMO MUNICIPAL DE COCHABAMBA 27
3.2.1 Inscripción Casa Comercial del Vehículo Automotor Terrestre 28
3.2.2 Inscripción Importación Directa 29
3.2.3 Inscripción Importación Directa con Transferencia 30
3.2.4 Inscripción Casa Comercial del Vehículo Automotor Terrestre con transferencia 31
3.2.5 Transferencia Directa 32
3.2.6 Transferencia con cambio de Radicatoria 33
CAPÍTULO IV DETERMINACIÓN DEL COSTO POR SERVICIOS
DEL SERVICIO VEHICULAR AUTOMOTOR TERRESTRE
4.1 COSTOS DE ADQUISICIÓN 34
4.1.1 Placas Metálicas Vehículos Automotores Terrestres 35
4.1.2 Plaquetas de distinción de radicatoria y servicios 37
4.1.3 Certificado de registro de Propiedad de Vehículo Automotor Terrestre 39
4.1.4 Carnet de registro de Propiedad de Vehículo Automotor Terrestre 40
4.1.5 Resolución por el Registro Vehicular Automotor Terrestre 42
4.1.6 Valores Municipales 42
4.1.7 Comisión por Servicio Informático 43
4.2 COSTOS DE OPERACIÓN 44
4.2.1 Costos de Administración 44
IV
4.2.1.1 Sueldos y salarios 45
4.2.1.2 Depreciación 48
4.2.2 Gastos Indirectos por servicio 55
4.2.2.1 Servicios Básicos 55
4.2.2.1.1 Agua y alcantarillado 55
4.2.2.1.2 Energía eléctrica 57
4.2.2.1.3 Servicio Telefónico 59
4.2.2.2 Licencia de antivirus 59
4.2.2.3 Servicio de seguros 60
4.2.2.4 Servicio de internet 62
4.2.3 Gastos Generales 63
4.2.3.1 Servicio de limpieza 63
4.2.3.2 Material y suministros 64
4.2.3.3 Servicios no profesionales 67
4.2.3.4 Consultores en línea 67
4.2.3.5 Cámaras Fotográficas 68
4.2.3.6 Ropa de trabajo 69
4.3 ESTRUCTURA DE COSTOS FINAL 71
4.3.1 Código 75
4.3.2 Cuenta o sub cuenta 75
4.3.3 Costo unitario 75
4.3.3.1 Costo unitario prorrata 75
4.3.4 Costo inscripción vehículo automotor terrestre 75
4.3.5 Costo Transferencia vehículo automotor terrestre 75
4.3.6 Costo cambio de servicio vehículo automotor terrestre 76
4.3.7 Costo cambio de radicatoria vehículo automotor terrestre 76
4.3.8 Costo duplicado CRPVAT 76
4.3.9 Costo duplicado plaquetas vehículo automotor terrestre 76
4.3.10 Costo placa y plaqueta vehículo automotor terrestre 77
V
4.3.11 Costo gravamen 77
CAPÍTULO V ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL DE LA DIVISIÓN 78
5.1 Estructura Organizacional del Gobierno Autónomo Municipal
de Cochabamba 79
5.2 Estructura Organizacional de la División de Registro Vehicular 80
CONCLUSIONES 81
RECOMENDACIONES 83
BIBLIOGRAFÍA 84
ANEXOS
ANEXOS 1 87
ANEXOS 2 152
INTRODUCCIÓN
DESCRIPCIÓN DEL PROBLEMA
La Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia en su artículo 272 consagra la
autonomía de las entidades territoriales que implica la elección directa de sus autoridades
por las ciudadanas y ciudadanos, la administración de sus recursos económicos y el
ejercicio de las facultades legislativas, reglamentaria, fiscalizadora y ejecutiva, por los
Órganos del Gobierno Autónomo en el ámbito de su jurisdicción y competencia y
atribuciones. Asimismo, en su artículo 283 prevé que el Gobierno Autónomo Municipal
está constituido por un Concejo Municipal con facultad deliberativa, fiscalizadora y
legislativa municipal en el ámbito de sus competencias y un Órgano Ejecutivo presidido
por la Alcaldesa o Alcalde.
Que en cumplimiento de la Ley de Clasificación y definición de impuestos y de regulación
para la creación y/o modificación de impuestos de dominio de los gobiernos autónomos
(LCI) (L154 de 14/07/2011), la Ley Municipal Nº 0005/2011 de 04 de mayo de 2013,
modifica la Ley Municipal Nº 0001/2011 de fecha 15 de noviembre de 2011, en su
estructura legislativa como la máxima norma en el ámbito y jurisdicción del Gobierno
Autónomo Municipal de la Provincia Cercado del Departamento de Cochabamba en el
marco de las competencias establecidas.
Considerando el Decreto Supremo Nº 24054 de 29 de Junio de 1995 publicada en 3 de
Junio de 1995 referido a la creación del Impuesto Municipal a Las Transferencias de
Inmuebles y Vehículos Automotores (IMT); que dispone que los Gobiernos Municipales
son responsables de la recaudación y fiscalización del correcto pago de este Impuesto en
ocasión de las Transferencias de Inmuebles y Vehículos Automotores registrados en cada
una de sus jurisdicciones; así también el Decreto Supremo Nº 24205 de 23 de Diciembre de
1995 publicada el 29 de diciembre de 1995 Reglamento del Impuesto a la Propiedad de
Vehículos Automotores, que indica que el Impuesto es de dominio exclusivo de los
Gobiernos Municipales.
Con el Decreto Supremo Nº 24604 de 6 de Mayo de 1997 publicada el 6 de Junio de 1997
se crea el Registro Único Automotor, Modificada y Complementada por el Decreto
Supremo Nº 27665 10 de Agosto de 2004 publicada el 16 de Agosto de 2004.
En base a la normativa citada precedentemente, el Gobierno Autónomo Municipal de
Cochabamba, percibe por el servicio prestado al contribuyente en Registro Vehicular
Automotor Terrestre, un arancel o valor, motivo por el cual nace la necesidad de establecer
un “Diseño de Costo por dicho servicio” para el respaldo del cobro de las tasas para la auto
sostenibilidad de la División de Registro Vehicular, todo esto en completa sujeción a lo
establecido por la CPE, Ley Marco de Autonomías Nº 031 “Andres Ibañez”; atribuciones
que permitirán al Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba ejercer su competencia
exclusiva, y crear una Ley de Tasas para su aplicación en base a la tasa establecida por la
estructura de costos.
1.1 IDENTIFICACIÓN DEL PROBLEMA O NECESIDAD
El Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba se encuentra facultado por la Ley
Marco de Autonomías Nº 031 “Andres Ibañez” atribuciones que le permiten ejercer su
competencia exclusiva, y crear una Ley de Tasas para su aplicación en base a la estructura
de costos propuesta en este proyecto.
El problema detectado:
“LA CARENCIA DE UNA TASA ESTABLECIDA EN FUNCION A UNA
ESTRUCTURA DE COSTOS QUE ASEGURE LA SOSTENIBILIDAD DEL
FUNCIONAMIENTO PARA EL REGISTRO VEHICULAR AUTOMOTOR
TERRESTRE DEL GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE COCHABAMBA”
1.2 FORMULACIÓN DEL PROBLEMA
“LA CARENCIA DE UNA ESTRUCTURA DE COSTOS QUE DETERMINE LOS
VALORES A COBRAR (TASAS) QUE GARANTICEN LA AUTOSOSTENIBILIDAD
DE LA DIVISION DE REGISTRO VEHICULAR AUTOMOTOR TERRESTRE DEL
GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE COCHABAMBA”.
1.2.1 Sub preguntas del problema o necesidad
El Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba deberá contar con la información
necesaria, útil y oportuna para el beneficio de la población y su sociedad en conjunto.
¿Qué estructura se debe tomar en cuenta para tomar la decisión de crear una Ley para el
cobro de tasas por concepto de Registro Vehicular Automotor Terrestre para el
Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba?
¿Para qué se va a realizar la estructura de costos?
¿Cómo se van a estructurar los costos y a prorratear la aplicación de los recursos?
2.JUSTIFICACIÓN
Para la justificación se toma dos aspectos: la justificación teórica y la práctica
2.1 JUSTIFICACIÓN TEÓRICA
Al elaborar el Proyecto se podrá evidenciar, que actualmente los Recursos percibidos por
concepto de Tramites Vehiculares son asignados a tres instituciones, dichas distribuciones
se hacen del Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba, al RUAT y al Organismo
Operativo de Transito de la Policía Boliviana.
El aporte del trabajo a realizar para el área, es que el estudio realizado podrá ser utilizado
como base o fundamento teórico que respalde el cobro y modificación de las tasas por
concepto de Registro Vehicular Automotor Terrestre, conservando así la totalidad de la
recaudación para el Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba, según concepto
de“tasa” enunciado en el artículo Nº 11 de la Ley 2492 Código Tributario Boliviano.
2.2 JUSTIFICACIÓN PRACTICA
El proyecto será tomado en cuenta como respaldo para el cobro de las tasas por concepto
de registro vehicular automotor terrestre y aplicación de recursos percibidos por los
trámites.
Se busca también que el Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba sea el único ente
facultado para realizar el Registro Vehicular Automotor Terrestre en su jurisdicción,
realizando el cobro de las tasas únicamente para fines de Registro en el municipio,
manteniendo así la funcionalidad y sostenibilidad de la División de Registro Vehicular
Automotor Terrestre.
El presente proyecto será presentado también como estudio de factibilidad para la
aprobación de la Ley Municipal de Registro Vehicular Automotor Terrestre.
OBJETIVOS
Para el proyecto de grado se elaboraron los siguientes objetivos:
OBJETIVO GENERAL
Diseñar una estructura de costos que determine las tasas por servicios prestados por
concepto de Registro Vehicular Automotor Terrestre, cumpliendo con la definición de Tasa
como tributo y asegurando así la sostenibilidad y funcionamiento de la División de registro
Vehicular Automotor Terrestre del Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
Efectuar una evaluación a través de técnicas e instrumentos de investigación, de la
situación actual del ciudadano al realizar los trámites concernientes al registro de la
propiedad y actualización de datos técnicos de los Vehículos Automotores
Terrestres dentro la jurisdicción del Gobierno Autónomo Municipal de
Cochabamba.
Recopilar datos, conceptos, e información documental acerca del entorno del tema,
mediante la investigación bibliográfica y documental de Leyes, Normas Nacionales
y Municipales referentes al Registro Vehicular Automotor Terrestre y los
requerimientos de esta.
Determinar las tasas por los servicios prestados por concepto de Registro Vehicular
Automotor Terrestre en el Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba,
estructurando los costos en los q incurre la división garantizando su sostenibilidad
en el tiempo.
METODOLOGIA Y TIPO DE INVESTIGACIÓN
El tipo de investigación a realizar es: “Investigación Proyectiva”, pues se realizará un
proyecto o propuesta con el objetivo de solucionar un problema identificado, u
optimización de algún proceso.
Métodos
Los métodos de investigación que se utilizaron, fueron elmétodo inductivo y el método
Analítico.
Técnicas e instrumentos
Para el cumplimiento de los objetivos de la investigación se aplicaron las técnicas y los
instrumentos adecuados y necesarios, de forma tanto cualitativa, como cuantitativa.
Se utilizaron las técnicas de la entrevista semi -estructurada, cuestionarios, presupuestos,
análisis porcentuales entre otros.
Objeto de estudio
La división de Registro Vehicular automotor Terrestre del Gobierno Autonomo Municipal
de Cochabamba.
Análisis e Interpretación de Resultados
En base a las estadísticas sobre el parque automotor en Cochabamba, se realizó un análisis
de mayor sustentabilidad para la determinación de las tasas por concepto de registro
vehicular y como respaldo a la ley , el desarrollo de la logística en la división de
registro vehicular automotor terrestre del Gobierno Autónomo Municipio de Cochabamba.
1
CAPÍTULO 1 MARCO TEÓRICO
Producto de la normativa legal vigente aplicable posterior a lo establecido en la nueva
Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia el Gobierno Autónomo Municipal
de Cochabamba se encuentra facultado por la Ley marco de Autonomías y descentralización
“Andrés Ibáñez” Nº 031, en su disposición adicional primera, manifiesta que “la creación,
modificación o supresión de tributos por las entidades territoriales autónomas, en el ámbito
de sus competencias, se realiza mediante leyes emitidas por su órgano legislativo.
1.1 REGISTRO VEHICULAR AUTOMOTOR
1.1.1 Definición
El Registro Vehicular Automotor Terrestre es el empadronamiento y re empadronamiento
del Parque Automotor Terrestre en el Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba.
(Gobierno Autonomo Municipal de Cochabamba, 2013)
1.2 DIVISIÓN DE REGISTRO VEHICULAR DEL GOBIERNO AUTÓNOMO
MUNICIPAL DE COCHABAMBA
El Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba cuenta con cinco oficialías de las cuales
la oficialía mayor administrativa y financiera es la encargada del manejo administrativo
financiero del Municipio y la recaudación de los recursos propios que se generen por
concepto de tributos municipales. (Gobierno Autonomo Municipal de Cochabamba, 2013)
1.2.1 Estructura Organizativa de la División de Registro Vehicular Automotor
Terrestre en el Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba
2
La división de Registro Vehicular automotor Terrestre se encuentra bajo la dirección de
Recaudaciones dentro el Departamento de Impuestos a la propiedad, según detalla el
organigrama expuesto en anexos.
1.2.2 Funciones de la División de Registro Vehicular Automotor terrestre del
Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba
El Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba sea el único ente facultado para realizar
el Registro Vehicular Automotor Terrestre en su jurisdicción, realizando el cobro de las
tasas únicamente para fines de Registro en el municipio, manteniendo así la funcionalidad y
sostenibilidad de la División de Registro Vehicular Automotor Terrestre, así como tener
una base de datos real del parque automotor terrestre en el Gobierno Autónomo Municipal
de Cochabamba. (Gobierno Autonomo Municipal de Cochabamba, 2013)
1.2.3 Trámites por concepto de registro vehicular automotor terrestre
Las prestaciones que realiza la División de Registro Vehicular Automotor Terrestre del
Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba, por concepto de Registro Vehicular
Automotor Terrestre (Objeto de análisis y estudio). (Gobierno Autonomo Municipal de
Cochabamba, 2013)
3
Cuadro Nº 1
Trámites por servicio de registro vehicular automotor terrestre
Inscripción Vehículo
Inscripción Motocicleta
Transferencia
Cambio de Servicio
Cambio de Radicatoria
Duplicado Certificado de Registro de Propiedad del Vehículo
Automotor Terrestres (CRPVAT)
Duplicado Plaqueta
Duplicado Placa y Plaqueta Vehículo
Duplicado Placa y Plaqueta Motocicleta
Gravamen y Cancelación Hipotecario Vehículo
Gravamen y Cancelación Hipotecario Motocicleta
Fuente: elaboración propia
Para los trámites de registro vehicular se requieren varios procedimientos, a continuación se
define y considera la estructura de procedimientos instructivos
1.2.4 Procedimiento
1.2.4.1 Definición
El Procedimiento administrativo es el cauce formal de la serie de actos en que se concreta
la actuación administrativa para la realización de un fin. (http/www.google.com.bo)
4
1.2.4.2 Estructura de procedimientos e instructivos
Todos los procedimientos que se realizan para asegurar la calidad de los productos y
servicios de la organización deben de cumplir con la siguiente estructura:
(http/www.google.com.bo)
 Título del Procedimiento: Debe ser claro, conciso y completo.
 Objetivo del Procedimiento: Dar una breve y clara visión del objetivo.
 Alcance: Dónde inicia y termina el procedimiento.
 Definiciones: Definir las palabras clave, abreviaciones o iniciales que serán
utilizadas al redactar el procedimiento.
 Políticas: Criterios que guiarán una o varias actividades descritas.
 Producto: Resultados de un procedimiento.
La División de registro vehicular automotor terrestre para la prestación de los servicios
requiere definir las tasas (tributos) que se cobran por cada tipo de trámite
1.3 TASA POR REGISTRO VEHICULAR AUTOMOTOR TERRESTRE
Las tasas son tributos cuyo hecho imponible consiste en la prestación de servicios o la
realización de actividades sujetas a normas de derecho público individualizadas en el sujeto
pasivo, cuando concurran las dos siguientes circunstancias: (Servicio de Impuestos
Nacionales, 2004)
 Que dichos servicios y actividades sean de solicitud o recepción obligatoria por los
administrados.
5
 Que para los mismos, está establecida en su reserva a favor del sector público por
referirse a la manifestación del ejercicio de autoridad.
1.3.1 Tasas por concepto de registro del vehículo automotor terrestre
Los trámites por concepto de Registro de la Propiedad del Vehículo Automotor Terrestre en
el marco de la normativa legal vigente, tienen un valor establecido como una tasa (arancel),
expresadas en bolivianos conforme al siguiente cuadro.
Cuadro Nº 2
Valores actuales que se cobra
Por concepto de Registro del Vehículo Automotor Terrestre
CONCEPTO
TASA
(ARANCEL - Bs. )
Inscripción Vehículo 537,00
Inscripción Motocicleta 378,00
Transferencia 145,00
Cambio de Servicio 77,00
Cambio de Radicatoria 31,00
Duplicado Certificado de Registro de Propiedad del
Vehículo Automotor Terrestres (CRPVAT)
77,00
Duplicado Plaqueta 39,00
Duplicado Placa y Plaqueta Vehículo 310,00
Duplicado Placa y Plaqueta Motocicleta 155,00
Según establece la normativa legal vigente las tasas por concepto de registro vehicular
automotor terrestre requieren una estructura de costos respaldando el cobro de las mismas.
Actualmente el Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba no cuenta con una
estructura de costos que respalde el cobro de dichas tasas. A continuación se toma en
cuenta los conceptos fundamentales en los que se incurre para la determinación de los
costos.
6
1.4 ESTRUCTURA DE COSTOS
Los conceptos fundamentales de la acumulación de costos se aplican a todos los tipos de
organizaciones, sean estas industriales comerciales, de servicio, lucrativas, públicas o
privadas, cada una aplicando el concepto de costos a la naturaleza de su actividad.
1.4.1 Definición de la estructura de costos del registro vehicular automotor terrestre
La estructura de costos es el conjunto de procedimientos, técnicas, y método, conformado
por diferentes costos y gastos inmersos en la actividad de la institución. (Funes O. J., 1993)
1.4.2 Elementos del costo
Dentro de la división de registro vehicular automotor terrestre se tienen los siguientes
elementos para la determinación del costo por cada servicio que presta.
1.4.2.1 Costos de adquisición
Son aquellos costos que tienen por objeto determinar el costo unitario de adquisición de
artículos acabados (mercaderías en la empresa comercial y materiales en la industria).
(Funes O. J., 1993)
1.4.2.2 Costos de operación
Aquellos que tienen por objeto determinar lo que cuesta; administrar, vender y financiar un
producto o un servicio; esto a su vez pueden ser: Costo de administración y Gastos
indirectos. (Funes O. J., 1993)
7
a) Costos de administración
Costos que se originan en el área administrativa. Esta clasificación tiene como finalidad
agrupar los costos por funciones, lo cual facilita cualquier análisis que se pretenda realizar
de ellas. (Rivera, 2012)
 Sueldos y Salarios.-Remuneración regular asignada por el desempeño de un cargo o
servicio profesional, así como por el esfuerzo físico o mental. (Funes O. J., 1993)
 Depreciación.- Mecanismo mediante el cual se reconoce el desgaste que sufre un
bien por el uso que se haga de él. Cuando un activo es utilizado para generar ingresos,
este sufre un desgaste normal durante su vida útil que al final lo lleva a ser
inutilizable. (Funes O. J., 1993)
b) Gastos indirectos por servicio
Están conformados por elementos que intervienen indirectamente en la prestación del
servicio. (Rivera, 2012)
A continuación se describen los gastos indirectos en los que incurre la División de Registro
Vehicular Automotor Terrestre del Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba.
(Ministerio de economia y finanzas publicas, 2014)
 Servicios Básicos.- Gastos por comunicaciones y servicios necesarios para el
funcionamiento de las entidades, proporcionados o producidos por empresas del
sector público o privado. (Ministerio de economia y finanzas publicas, 2014)
 Agua.- Gastos por consumo de agua, independientemente de la fuente de
suministro. (Ministerio de economia y finanzas publicas, 2014)
8
 Energía Eléctrica.- Gastos por consumo de energía eléctrica, independientemente
de la fuente de suministro. (Ministerio de economia y finanzas publicas, 2014)
 Telefonía.- Gastos destinados al pago de llamadas telefónicas locales, al interior y
al exterior del país, así como el pago tarifario mensual y el servicio de fax, incluye
la telefonía móvil, de acuerdo a normativa vigente. (Ministerio de economia y
finanzas publicas, 2014)
 Licencia de Antivirus.- Autorización de control y detección de un programa cuya
función es la prevención, detección y eliminación de virus y software malicioso.
 Seguros.- Gastos por contratación de seguros para personas, equipos, vehículos,
muebles, inmuebles, instalaciones, producción y otros. Incluye el pago por
franquicias. (Ministerio de economia y finanzas publicas, 2014)
 Internet y Otros.- Gastos por servicios de internet, videoconferencias, transmisión
de datos y otros inherentes a este servicio, utilizados exclusivamente en entidades
públicas. (Ministerio de economia y finanzas publicas, 2014)
 Gastos por Mantenimiento.- Gastos para atender el mantenimiento y reparación de
equipos de oficina, comunicación y otros, que son ejecutados por terceros.
(Ministerio de economia y finanzas publicas, 2014)
 Capacitación del Personal.- Gastos por servicios destinados a la capacitación y
adiestramiento de personal permanente, eventual y consultores individuales de
línea, de acuerdo a contrato establecido, cuando corresponda, en cursos de
formación o instrucción, que son necesarios para la actividad de la entidad.
9
Comprende inscripciones, matrículas, cuotas, en cursos, seminarios y otros
similares. (Ministerio de economia y finanzas publicas, 2014)
 Gastos Generales.- Gastos del servicio, no incluidos o relacionados con el servicio
que se presta. Los gastos generales deben ser pagados de forma permanente, con
independencia de que la empresa tenga un volumen alto o bajo de actividad. Son
importantes para determinar el costo real que el Gobierno Autónomo Municipal de
Cochabamba incurre por su servicio. (Ministerio de economia y finanzas publicas,
2014)
Para la determinación de los costos en los que incurre la división de registro vehicular
automotor terrestre y su estructura se ha considerado en el siguiente capítulo el marco legal
respaldatorio.
10
CAPÍTULO II MARCO LEGAL
En cumplimiento a lo establecido en la Constitución Política del estado Plurinacional de
Bolivia el Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba crea el proyecto de Ley de
Registro Vehicular Automotor Terrestre tomando como punto relevante la creación de las
tasas que se cobraran por la prestación de estos servicios, en este sentido la Administración
Tributaria Municipal busca respaldar dichos tributos (tasas) con el estudio técnico realizado
objeto del proyecto. Tomando como referencia la siguiente normativa legal vigente.
2.1 CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Considerando que la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia en su
artículo 272 consagra la autonomía de las entidades territoriales que implica la elección
directa de sus autoridades por las ciudadanas y ciudadanos, la administración de sus
recursos económicos y el ejercicio de las facultades legislativas, reglamentaria,
fiscalizadora y ejecutiva, por los Órganos del Gobierno Autónomo en el ámbito de su
jurisdicción y competencia y atribuciones. Asimismo, en su artículo 283 prevé que el
Gobierno Autónomo Municipal está constituido por un Concejo Municipal con facultad
deliberativa, fiscalizadora y legislativa municipal en el ámbito de sus competencias y un
Órgano Ejecutivo presidido por la Alcaldesa o Alcalde.
Igualmente, el numeral 18 del artículo 302 de la CPE, manifiesta que es competencia
exclusiva de los Gobiernos Autónomos Municipales en su jurisdicción, en temas de
transporte urbano, registro de propiedad automotor, ordenamiento y educación vial,
administración y control del tránsito urbano.
11
2.2 LEY MARCO DE AUTONOMÍAS 031
La Ley Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez” Nº 031 establece en su
artículo 9, parágrafo I, numeral 3) que la autonomía se ejerce a través de la facultad
legislativa, determinando así las políticas y estrategias de su gobierno autónomo,
concordante con el artículo 34 de la Ley Marco que prevé que el Gobierno Autónomo
Municipal está constituido por un Concejo Municipal y un Órgano Ejecutivo Autónomo
Municipal correspondiendo al primero la facultad legislativa en el ámbito de las
competencias municipales.
2.2.1 DISPOSICIONES ADICIONALES PRIMERA Y SEGUNDA
De esta manera, la Ley Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez” Nº
031, en su Disposición adicional Primera, manifiesta que “La creación, modificación o
supresión de tributos por las entidades territoriales autónomas, en el ámbito de sus
competencias, se realiza mediante leyes emitidas por su órgano legislativo. Estas leyes
aplicaran las disposiciones tributarias en vigencia sobre sus respectivos dominios
tributarios. En ningún caso estas normas podrán establecer procedimientos jurisdiccionales,
tipificar ilícitos tributarios ni establecer sanciones”.
Además, la Disposición adicional Segunda, establece que para “la creación de tributos de
las entidades territoriales autónomas en el ámbito de sus competencias, se emitirá un
informe técnico por la instancia competente por el nivel central del Estado sobre el
cumplimiento de las condiciones establecidas en el parágrafo I y IV del artículo 323 de la
Constitución Política del Estado y elementos constitutivos al tributo”
Asimismo, la Sentencia Constitucional Plurinacional Nº 2055/2012 de fecha 16 de octubre
de 2012, establece la inconstitucionalidad de los parágrafos III, IV, V, VI, VII, VIII, IX del
12
artículo 96 de la Ley de Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez” Nº
031, por ser contrario a los artículos 297 I.2, 300. I.7, 8, 9 y 10, 302.I.7 y 18; y 304.I.6 de la
Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia.
2.3 LEY GENERAL DE TRANSPORTE
El inciso b) del artículo 22 de la Ley General de Transporte de fecha 16 de agosto de 2011,
estipula que son competencias de los Gobiernos Autónomos Municipales, efectuar el
registro del derecho propietario de los vehículos automotores legalmente importados,
ensamblados o fabricados en el territorio nacional. Los gobiernos autónomos municipales
remitirán al nivel central del Estado, la información necesaria en los medios y conforme a
los parámetros técnicos determinados para el establecimiento de un registro centralizado,
integrado y actualizado para todo el país.
2.4. CÓDIGO TRIBUTARIO BOLIVIANO LEY Nº 2492
Que, el Articulo 9 de la Ley Nº 2492 – CTB, establece que los tributos se clasifican en,
impuestos, tasas, contribuciones especiales y patentes municipales, asimismo en el Articulo
11 de la citada norma, establece que las Tasas “son tributos cuyo hecho imponible consiste
en la prestación de servicios o la realización de actividades sujetas a normas de derecho
público individualizadas en el sujeto pasivo…”
2.5. DECRETO SUPREMO Nº 1802
El presente Decreto Supremo tiene por objeto instituir el Segundo Aguinaldo "Esfuerzo por
Bolivia" para las servidoras y los servidores públicos, trabajadoras y trabajadores del Sector
Público y Privado del Estado Plurinacional, que será otorgado en cada gestión fiscal,
cuando el crecimiento anual del Producto Interno Bruto - PIB, supere el cuatro punto cinco
por ciento (4.5%)
13
Las entidades públicas que se financian con fuentes y organismo 10-111 y 41-111 "Tesoro
General de la Nación", deberán efectuar las modificaciones presupuestarias incluyendo el
grupo de gasto 10000 "Servicios Personales"; a fin de dar cumplimiento a la presente
norma.
2.6. LEY DE GOBIERNOS AUTÓNOMOS MUNICIPALES Nº 482
La Ley de Gobiernos Autónomos Municipales Nº 482 tiene por objeto regular la estructura
organizativa y funcionamiento de los Gobiernos Autónomos Municipales, de manera
supletoria.
Que en cumplimiento de la Ley de Clasificación y definición de impuestos y de regulación
para la creación y/o modificación de impuestos de dominio de los gobiernos autónomos
(LCI) (L154 de 14/07/2011), la Ley Municipal Nº 0005/2011 de 04 de mayo de 2013,
modifica la Ley Municipal Nº 0001/2011 de fecha 15 de noviembre de 2011, en su
estructura legislativa como la máxima norma en el ámbito y jurisdicción del Gobierno
Autónomo Municipal de la Provincia Cercado del Departamento de Cochabamba en el
marco de las competencias establecidas.
14
CAPÍTULO III REGISTRO VEHICULAR DEL GOBIERNO AUTÓNOMO
MUNICIPAL DE COCHABAMBA
3.1 Procedimiento actual en la división de registro vehicular del Gobierno Autónomo
Municipal de Cochabamba
Para el registro de los vehículos automotores terrestres actualmente se siguen
procedimientos que no son únicamente del Gobierno Autónomo Municipal de
Cochabamba, interviniendo además otras instituciones para cumplir con los requisitos que
se les pide a los contribuyentes, en cada uno de los flujo-gramas presentados a continuación
se tienen los requisitos con los que se tiene que cumplir para poder continuar con el proceso
de registro.
15
3.1.1 Inscripción Casa Comercial del Vehículo Automotor Terrestre
Elaboración: Propia
Fuente: GAMC
16
Para el trámite de inscripción casa comercial del vehículo automotor terrestre según la
evaluación realizada a los procedimientos actuales el contribuyente debe seguir el siguiente
procedimiento:
 Acercarse a las dependencias del GAMC (Gobierno Autónomo Municipal de
Cochabamba) al Dpto. de Impuestos a la Propiedad donde al presentar la Póliza de
importación, fotocopia del documento de identidad y la factura de la casa comercial
se emite un recibo por Bs. 537.- que es el costo que debe cancelar el contribuyente
por la inscripción del vehículo.
 Pasar por las dependencias de la Policía Nacional DIPROVE (….) y OOT
(Organismo Operativo de Transito) para hacer el trámite necesario y obtener la
certificación de autenticidad del vehículo y posteriormente la resolución de
inscripción del vehículo en el OOT.
 Pasar por las dependencias del GAMC para la posterior entrega de las placas
plaquetas y certificado de propiedad del vehículo teniendo la resolución de
inscripción del vehículo que emite el OOT y la fotocopia del documento de
identidad del titular del vehículo.
17
3.1.2 Inscripción Importación Directa
Elaboración: Propia
Fuente: GAMC
18
Para el trámite de inscripción casa comercial del vehículo automotor terrestre según la
evaluación realizada a los procedimientos actuales el contribuyente debe seguir el siguiente
procedimiento:
 Acercarse a las dependencias del GAMC (Gobierno Autónomo Municipal de
Cochabamba) al Dpto. de Impuestos a la Propiedad donde al presentar la Póliza de
importación y la fotocopia del documento de identidad se emite un recibo por Bs.
537.- costo que debe cancelar el contribuyente por la inscripción del vehículo.
 Pasar por las dependencias de la Policía Nacional DIPROVE (….) y OOT
(Organismo Operativo de Transito) para hacer el trámite necesario y obtener la
certificación de autenticidad del vehículo y posteriormente la resolución de
inscripción del vehículo en el OOT.
 Pasar por las dependencias del GAMC para la posterior entrega de las placas
plaquetas y certificado de propiedad del vehículo teniendo la resolución de
inscripción del vehículo que emite el OOT y la fotocopia del documento de
identidad del titular del vehículo
19
3.1.3 Inscripción Importación Directa con Transferencia
Elaboración: Propia
Fuente: GAMC
20
Para el trámite de inscripción importación directa con transferencia del vehículo automotor
terrestre según la evaluación realizada a los procedimientos actuales el contribuyente debe
seguir el siguiente procedimiento:
 Acercarse a las dependencias del GAMC (Gobierno Autónomo Municipal de
Cochabamba) al Dpto. de Impuestos a la Propiedad donde al presentar la Póliza de
importación, fotocopia del documento de identidad del comprador y vendedor, y la
minuta correspondiente, se emite un recibo por Bs. 537.- costo que debe cancelar el
contribuyente por la inscripción del vehículo
 Para la emisión del recibo por el importe del impuesto municipal a las transferencias
onerosas, por la transferencia del bien el contribuyente deberá presentar la minuta
protocolizada, para la protocolización de esta minuta deberá presentar ante el
Notario de fe Publica la documentación correspondiente.
 Pasar por las dependencias de la Policía Nacional DIPROVE (División de
prevención de robo de vehículos) y OOT (Organismo Operativo de Transito) para
hacer el tramite necesario y obtener la certificación de autenticidad del vehículo y
posteriormente la resolución de transferencia del vehículo en el OOT.
 Pasar por las dependencias del GAMC para la posterior entrega de las placas
plaquetas y certificado de propiedad del vehículo teniendo la resolución de
inscripción del vehículo que emite el OOT y la fotocopia del documento de
identidad del titular del vehículo.
21
3.1.4 Inscripción Casa Comercial del Vehículo Automotor Terrestre con transferencia
Elaboración: Propia
Fuente: GAMC
22
Para el trámite de inscripción casa comercial con transferencia del vehículo automotor
terrestre según la evaluación realizada a los procedimientos actuales el contribuyente debe
seguir el siguiente procedimiento:
 Acercarse a las dependencias del GAMC (Gobierno Autónomo Municipal de
Cochabamba) al Dpto. de Impuestos a la Propiedad donde al presentar la Póliza de
importación, fotocopia del documento de identidad del comprador y vendedor, y la
minuta correspondiente, se emite un recibo por Bs. 537.- costo que debe cancelar el
contribuyente por la inscripción del vehículo
 Para la emisión del recibo por el importe del impuesto municipal a las transferencias
onerosas, por la transferencia del bien el contribuyente deberá presentar la minuta
protocolizada, para la protocolización de esta minuta deberá presentar ante el
Notario de fe Publica la documentación correspondiente.
 Pasar por las dependencias de la Policía Nacional DIPROVE (División de
prevención de robo de vehículos) y OOT (Organismo Operativo de Transito) para
hacer el trámite necesario y obtener la certificación de autenticidad del vehículo y
posteriormente la resolución de transferencia del vehículo en el OOT.
 Pasar por las dependencias del GAMC para la posterior entrega de las placas
plaquetas y certificado de propiedad del vehículo teniendo la resolución de
inscripción del vehículo que emite el OOT y la fotocopia del documento de
identidad del titular del vehículo
23
3.1.5 Transferencia Directa
Elaboración: Propia
Fuente: GAMC
24
Para el trámite de transferencia directa del vehículo automotor terrestre según la evaluación
realizada el contribuyente debe seguir el siguiente procedimiento:
 Acercarse a las dependencias del GAMC (Gobierno Autónomo Municipal de
Cochabamba) al Dpto. de Impuestos a la Propiedad donde al presentar, la fotocopia
del documento de identidad del comprador y vendedor, la copia del certificado de
propiedad del vehículo y la minuta correspondiente, se emite un recibo por Bs. 145.-
costo que debe cancelar el contribuyente por la transferencia del vehículo
 Para la emisión del recibo por el importe del impuesto municipal a las transferencias
onerosas, por la transferencia del bien el contribuyente deberá presentar la minuta
protocolizada, para la protocolización de esta minuta deberá presentar ante el
Notario de fe Publica la documentación correspondiente.
 Pasar por las dependencias de la Policía Nacional DIPROVE (División de
prevención de robo de vehículos) y OOT (Organismo Operativo de Transito) para
hacer el trámite necesario y obtener la certificación de autenticidad del vehículo y
posteriormente la resolución de transferencia del vehículo en el OOT.
 Pasar por las dependencias del GAMC para la posterior entrega de las placas
plaquetas y certificado de propiedad del vehículo teniendo la resolución de
inscripción del vehículo que emite el OOT y la fotocopia del documento de
identidad del titular del vehículo.
25
3.1.6 Transferencia con cambio de Radicatoria
Elaboración: Propia
Fuente: GAMC
26
Para el trámite de transferencia directa del vehículo automotor terrestre según la evaluación
realizada el contribuyente debe seguir el siguiente procedimiento:
 Acercarse a las dependencias del GAMC (Gobierno Autónomo Municipal de
Cochabamba) al Dpto. de Impuestos a la Propiedad donde al presentar, la fotocopia
del documento de identidad del comprador y vendedor, la copia del certificado de
propiedad del vehículo, el radiograma de transito del municipio en el cual esta
inscrito el vehículo y la minuta correspondiente, se emite un recibo por Bs. 145.-
costo que debe cancelar el contribuyente por la transferencia del vehículo
 Para la emisión del recibo por el importe del impuesto municipal a las transferencias
onerosas, por la transferencia del bien el contribuyente deberá presentar la minuta
protocolizada, para la protocolización de esta minuta deberá presentar ante el
Notario de fe Publica la documentación correspondiente.
 Pasar por las dependencias de la Policía Nacional DIPROVE (División de
prevención de robo de vehículos) y OOT (Organismo Operativo de Transito) para
hacer el trámite necesario y obtener la certificación de autenticidad del vehículo y
posteriormente la resolución de transferencia del vehículo en el OOT.
 Pasar por las dependencias del GAMC para la posterior entrega de las plaquetas y
certificado de propiedad del vehículo teniendo la resolución de transferencia del
vehículo que emite el OOT y la fotocopia del documento de identidad del titular del
vehículo.
27
3.2 Procedimiento propuesto para la división de registro vehicular del Gobierno
Autónomo Municipal de Cochabamba
La División de registro vehicular automotor terrestre una vez aprobado el proyecto de Ley
Municipal, tendrá los siguientes procedimientos a seguir con sus respectivos requisitos
detallados en el flujo-grama mencionados a continuación.
Se puede evidenciar al ver los flujos que los procedimientos propuestos de los tramites de
Registro Vehicular excluyen diligencias que deben cumplirse en el organismo operativo de
transito es así como se puede optimizar el tiempo para la realización de los tramites.
28
3.2.1 Inscripción Casa Comercial del Vehículo Automotor Terrestre
Elaboración: Propia
Fuente: GAMC
29
3.2.2 Inscripción Importación Directa
Elaboración: Propia
Fuente: GAMC
30
3.2.3 Inscripción Importación Directa con Transferencia
Elaboración: Propia
Fuente: GAMC
31
3.2.4 Inscripción Casa Comercial del Vehículo Automotor Terrestre con transferencia
Elaboración: Propia
Fuente: GAMC
32
3.2.5 Transferencia Directa
Elaboración: Propia
Fuente: GAMC
33
3.2.6 Transferencia con cambio de Radicatoria
Elaboración: Propia
Fuente: GAMC
34
CAPÍTULO IV DETERMINACIÓN DEL COSTO POR SERVICIOS DEL
REGISTRO VEHICULAR AUTOMOTOR TERRESTRE
Para elaborar la estructura de costos del Servicio de Registro Vehicular se ha tomado en
consideración el costo de adquisición en el que se incurre para la entrega de las placas
metálicas, plaquetas, certificados de propiedad (CRPVA) y formularios, estableciéndose el
costo unitario de cada trámite tomando datos referenciales de trámites por día.
4.1 COSTO DE ADQUISICIÓN
Tomando en cuenta que actualmente la entidad encargada de las contrataciones y provisión
de los valores municipales a entregar al momento de realizar el registro de un Vehículo
Automotor Terrestre es el RUAT se tomaron en cuenta contratos que la mencionada
institución realizó con los actuales proveedores de los antes mencionados valores, a los
cuales corresponde catalogar como costos de adquisición.
Dichos valores municipales que se entregan al contribuyente por concepto de registro
vehicular son los siguientes:
 Placas Metálicas para Vehículos y Motocicletas
 Plaquetas de distinción de radicatoria y servicio
 Certificado de Propiedad
 Resoluciones por tramite
 Valores Municipales por tramite
 Comisión por servicio informático RUAT
35
4.1.1. Placas Metálicas de Vehículos Automotores Terrestres
Los trámites que realice el sujeto pasivo en el Gobierno Autónomo Municipal de
Cochabamba por concepto de Registro de la Propiedad del Vehículo Automotor Terrestre,
incluirá la entrega de la placa metálica de identificación del vehículo automotor terrestre,
cuando ocurra los siguientes actos:
 Inscripción Casa Comercial Vehículos
 Inscripción Importación Directa Vehículos
 Duplicado de Placas y Plaquetas Vehículos
 Inscripción Casa Comercial Motocicletas
 Inscripción Importación Directa Motocicletas
 Duplicado de Placas y Plaquetas Motocicletas
Para la determinación del costo unitario del ítem “Placa Metálica”, se tomó como
parámetro de estudio los valores y características ofertadas en contratos anteriores,
publicados en el Sistema de Contrataciones Estatales (Sicoes), entre el proveedor y la
entidad contratante (RUAT), expresados en el siguiente cuadro:
Cuadro Nº 3
Cuadro de determinación del costo unitario de las placas metálicas
Según el contrato actual
COSTO UNITARIO PLACAS METALICAS TESIMAT SRL
TOTAL S/G Convocatoria Costo Vehículo s/g Contrato Costo Motocicleta s/g Contrato
Precio Unit. 52,00 25,00
Cantidad 20.000 30.000
TOTALES: 1.040.000,00 750.000,00
TOTAL CONTRATO: 1.790.000,00
36
Para la determinación del costo de mercado de las placas metálicas en la gestión 2013, se
se procedió a la invitación a Empresas del rubro a efectuar cotizaciones de acuerdo a las
especificaciones técnicas de provisión de placas metálicas, tomando como parámetro las
características del Documento de Contrataciones (RUAT), adjuntando como antecedente
fotografías de la actual placa según Anexos Nº 1 (Contrato) así como en Anexos- Imagen
Nº 1 y 2.
Al contar con las respectivas cotizaciones y el antecedente del contrato de prestación de
bienes y servicios, se determinó el costo unitario estimado de la placa metálica a costo de
mercado (2013); (Cotizaciones Anexos 2; 3)
Cuadro Nº 4
Cuadro comparativo de determinación del
Costo de las placas metálicas Vehículos y Motocicletas
1 COSTO DE ADQUISICIÓN
TESIMAT
SRL
ETIBOL COFADENA
COSTO
PROMEDIO
1.1 Placas metálicas vehículos 52,00 150,00 195,00 132,00
1.2 Placas metálicas motocicletas 25,00 69,00 0,00 47,00
Los datos referenciales del contrato con el proveedor actual Tesimat S.R.L. son del año
2008, considerando las fluctuaciones económico financieras, estos costos llegarían a ser
obsoletos, además que actualmente esta empresa no se encuentra en funcionamiento.
El costo de la cotización de COFADENA es mucho más alto casi cuatriplicando el costo
actual de las placas, además que dicha institución no cuenta con la capacidad de producción
que el Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba requiere para abastecer la provisión
del producto.
CP = (52 + 150 + 195)/3
37
Siendo que la diferencia entre los costos de ambas instituciones es considerable y al contar
con la tercera cotización de la empresa que si cuenta con la posibilidad de abastecer con la
provisión de la demanda del Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba, y el costo
que ellos ofertan es relativamente negociable de acuerdo a la cantidad demandada, se toma
en consideración el realizar un cálculo promedio de los tres valores según las cotizaciones
realizadas acercándose al valor real de mercado.
El costo unitario de la “Placa Metálica ”duplicada es de Bs. 199,00 en vehículos y Bs.
82,00 en motocicletas, por las características de producción y diseño, presentan una
variación en el costeo, esto en relación a la fabricación de placas de producción masiva,
considerando que el duplicado tiene una fabricación particularizada. 1
4.1.2. Plaquetas
Para la determinación del costo unitario de la plaqueta (Stikers Autoadhesivos de
distinción de servicio y Radicatoria para Vehículos Automotores Terrestres), se toma como
parámetro de estudio el contrato de prestación de bienes y servicios publicado en el
Sistema de Contrataciones del Estado.
La provisión de la plaqueta, surtirá efecto en los siguientes casos.
 Inscripción Casa Comercial Vehículos
 Inscripción Importación Directa Vehículos
 Duplicado de Placas y Plaquetas Vehículos
 Inscripción Casa Comercial Motocicletas
 Inscripción Importación Directa Motocicletas
 Duplicado de Placas y Plaquetas Motocicletas
 Cambio de Radicatoria
 Cambio de Servicio
 Duplicado Plaqueta
38
Cuadro Nº 5
Auxiliar Precio Unitario Stikers
Plaquetas
TOTAL S/G
Convocatoria
Precio Veh s/g
Contrato
Precio Motc s/g
Contrato
Precio Unit. 2,79 2,10
Cantidad 79.200,00 41.400,00
TOTAL 220.968,00 86.940,00
El 2013 contando con la cotización realizada y la información del contrato de prestación de
bienes y servicios, entre el RUAT y el Proveedor, se determino el costo estimado para una
plaqueta diferenciada con especificaciones técnicas del Gobierno Autónomo Municipal de
Cochabamba bajo el mismo criterio de cálculo de las placas metálicas.
Asimismo, se detalla en el cuadro los valores objeto de análisis y la determinación del costo
de la plaqueta, siendo que los respaldos se encuentran en anexos Nº 5, 6, 7, 8, del presente
documento.
39
Cuadro Nº6
Cuadro de determinación del
Costo promedio estimado de las plaquetas
1 COSTO DE ADQUISICION
CONTRATO
PROVEEDOR I
ETIBOL
II
COSTO
PROMEDIO
1.1 Plaquetas VEHICULOS 2,79 6,00 4,40
1.2 Plaquetas MOTOCICLETAS 2,10 3,00 2,55
4.1.3. Certificado de Registro de Propiedad de Vehículo Automotor Terrestre
(CRPVAT)
Para la determinación del costo de adquisición del Certificado de Registro de Propiedad
del Vehículo Automotor Terrestre se considera el Contrato de prestación de bienes y
servicios con el actual proveedor. (Anexo Nº 9 e imagen Nº3).
Cuadro Nº 7
Determinación del costo unitario del
Certificado de propiedad
CERTIFICADO DE PROPIEDAD
TOTAL S/G
CONTRATO
CANTIDAD
PRECIO
UNITARIO
144.100,00 250.000 0,5764
 Se tomó en cuenta la legalización de las fotocopias del Certificado de Propiedad y
para la misma se otorgará un timbre de Bs. 2.
CP = ( I+ II) / 2
40
Cuadro Nº 9
Determinación del costo unitario de
Los valores municipales
VALORES MUNICIPALES
Nº Detalle de bienes Precio unitario
1 FOLDER MUNICIPAL 5.-
2 TIMBRE LEGALIZACIÓN CRPVA 2.-
TOTAL 7.-
4.1.4. Carnet de Registro de Propiedad de Vehículo Automotor Terrestre (CRPVAT)
Para la determinación del costo unitario del Carnet de Registro de Propiedad de Vehículo
Automotor Terrestre, se toma como objeto de estudio el contrato de prestación de bienes y
servicios del Servicio General de Identificación Personal SEGIP con el proveedor (ver
Anexo Nº 10), encargado de suministrar los materiales e insumos para la emisión de las
licencias de conducir, detallada en el siguiente cuadro:
41
* C/u = (322.800 + 157.500 + 269360 + 250.000) / 25000
Cuadro Nº 10
Determinación de los insumos para impresora Fargo
INSUMOS PARA IMPRESORA FARGO MODELO HDP 5000
DESCRIPCION
U DE
MEDIDA
CANTIDAD
PRECIO
REFERENCIAL
COSTO
TOTAL
ÍTEM I: Rollos de cinta Ribbon YMCK
(500 imágenes)
Rollo 269 1.200,00 322.800,00
ÍTEM II: Rollos de cinta Película Re
transferencia (1.500 paneles c/u 750
impresiones por lado)
Rollo 175 900,00 157.500,00
ÍTEM III: Unidades de rollos de
sobre laminados de seguridad de 250
Aplicaciones exacto por rollo (sin
holograma)
Rollo 518 520,00 269.360,00
ÍTEM IV: Paquetes de tarjetas PVC
CER 80 - 30.000 Ultra Card III de
(500 unidades por paquete)
Paquete 250 1.000,00 250.000,00
T O T A L 999.660,00
T O T A L U N I T A R I O 39,99
* C/u = ∑ (Item I, II, III, IV) / 250002
2
Según Documento Base de Contrataciones (SEGIP) la cantidad de los insumos es para la impresión de
25.000 unidades.
El costo de las impresoras se tomó en cuenta como inversión para la división de registro
vehicular, lo que en realidad se asume como costo por la prestación del servicio es el
desgaste de las mencionadas impresoras y los insumos que se utilizaran.
42
4.1.5. Resolución por el Registro Vehicular Automotor Terrestre
Para la determinación del costo unitario de la resolución, se tomó como referencia el
contrato de prestación de bienes y servicios adjudicado con la Policía Nacional para la
impresión de las Resoluciones que actualmente emite el Organismo Operativo de
Transito, por concepto de Registro Vehicular. Detallando el cálculo en el siguiente cuadro:
Cuadro Nº 11
Determinación del costo unitario de
Las resoluciones por trámite
RESOLUCION
TOTAL S/G
CONTRATO
CANTIDAD
PRECIO
UNITARIO
134.000,00 200.000 0,67
Datos extraídos del SICOES contratos realizados entre la Policía Nacional y la empresa
encargada de proveer actualmente las resoluciones de Transito (Anexo Nº 11).
Para el inicio de los trámites a realizar por concepto de Registro Vehicular Automotor
Terrestre se requiere ingresar el trámite con la compra de los valores municipales
correspondientes.
4.1.6. Valores Municipales
Documentos acreditados por el Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba, con valor
monetario predeterminado por el municipio.
43
Cuadro Nº 12
Detalle de los costos de los valores municipales
VALORES MUNICIPALES
Nº Detalle de bienes Precio unitario
1 TIMBRE LEGALIZACIÓN CRPVA 2.-
TOTAL 2.-
Cuadro Nº 13
4.1.7. Comisión por Servicio Informático
El Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba para la provisión del sistema
informático único e integrado a nivel nacional, establece la retribución por comisión de un
7.5% del costo del trámite que se realice por concepto de Registro Vehicular Automotor
Terrestre. Detalle del cálculo en el siguiente cuadro:
VALORES MUNICIPALES
Nº Detalle de bienes Precio unitario
1 FOLDER MUNICIPAL 5.-
2 CARÁTULA MUNICIPAL 5.-
3 SOLVENCIA TRIBUTARIA 10.-
4 TIMBRE GRAVAMEN 10.-
5 TIMBRE REGISTRO 10.-
TOTAL 40.-
44
Cuadro Nº 14
Determinación y cálculo de la comisión por
Sistema informático
AUXILIAR COMISION POR SERVICIO SISTEMA INFORMATICO
DETALLE
SERVICIO
TASA (ALICUOTA)
TRAMITE
Costo Unitario (7,5%)
VEHICULO MOTOCICLETA VEHICULO MOTOCICLETA
SISTEMA
INFORMATICO
537.- 378.- Inscripción 40,27 28,35
SISTEMA
INFORMATICO
145.- 145.- Transferencia 10,87 10,87
SISTEMA
INFORMATICO
77.- 77.- Cambio Servicio 5,77 5,77
SISTEMA
INFORMATICO
46.- 31.- Cambio Radicatoria 2,32 2,32
SISTEMA
INFORMATICO
77.- 77.- Dupl. CRPVAT 5,77 5,77
SISTEMA
INFORMATICO
39.- 39.- Dupl. Plaqueta 2,92 2,92
SISTEMA
INFORMATICO
310.- 155.- Dupl. Placa y Plaq. 23,25 11,62
SISTEMA
INFORMATICO
62.- 52.-
Gravamen y
desgravamen
4,65 3,90
4.2. Costo de Operación
Los costos de operación en los que incurre la división de registro vehicular del Gobierno
Autónomo Municipal de Cochabamba se sub-dividen en costos de administración y gastos
indirectos por servicio.
4.2.1. Costos de Administración
Actualmente la división de registro vehicular automotor terrestre cuenta con solamente dos
funcionarios, se tomó en cuenta que al suprimir del procedimiento a la policía boliviana que
45
actualmente cuenta con 25 efectivos para registro vehicular, se necesita mayor número de
funcionarios, según lo proyectado se tendrán 11 funcionarios en la División.
4.2.1.1. Sueldos y Salarios
Para la determinación del porcentaje prorrata del costo por Registro Vehicular Automotor
Terrestre relacionado con el ítem de sueldos y salarios, se tomó como parámetro de estudio
la remuneración que perciben mensualmente el total de los funcionarios, prorrateado por el
total de horas hombre por día, y considerando en promedio de trámites que se realizan
diariamente.
Tomando en cuenta la normativa legal vigente, se realiza también la previsión del segundo
aguinaldo tomando en cuenta el registro de las gestiones anteriores, para así asegurar la
sostenibilidad de la División de Registro Vehicular, caso contrario al no realizar la
provisión se este segundo aguinaldo y pagarlo se estaría entrando en un déficit.
El detalle de las planillas y el cálculo del costo en el siguiente cuadro:
46
CUADRO Nº 15
Planilla Mensual De Sueldos y Salarios y Aportes Laborales
CARGO
FECHA DE
ING
SUELDO
BASICO
BONO DE
ANTIG.
BONO DE
TE
HORAS
EXTRA
TOTAL
GANADO
DESCUENTOS
TOTAL
DESCUENTOS
LIQUIDO
PAGABLE
AFP's RC- IVA ANTICIPO
Jefe de División 01/01/14 6.688,00 0,00 320,00 0,00 7.008,00 890,72 0,00 0,00 890,72 6.117,28
Profesional 1 02/01/14 5.280,00 0,00 320,00 0,00 5.600,00 711,76 0,00 0,00 711,76 4.888,24
Encargado 2 06/01/14 3.680,00 0,00 320,00 0,00 4.000,00 508,40 0,00 0,00 508,40 3.491,60
Encargado 2 07/01/14 3.680,00 0,00 320,00 0,00 4.000,00 508,40 0,00 0,00 508,40 3.491,60
Encargado 2 06/01/14 3.680,00 0,00 320,00 0,00 4.000,00 508,40 0,00 0,00 508,40 3.491,60
Auxiliar 06/01/14 3.380,00 0,00 320,00 0,00 3.700,00 470,27 0,00 0,00 470,27 3.229,73
Auxiliar 07/01/14 3.380,00 0,00 320,00 0,00 3.700,00 470,27 0,00 0,00 470,27 3.229,73
Auxiliar 07/01/14 3.380,00 0,00 320,00 0,00 3.700,00 470,27 0,00 0,00 470,27 3.229,73
Auxiliar 06/01/14 3.380,00 0,00 320,00 0,00 3.700,00 470,27 0,00 0,00 470,27 3.229,73
Auxiliar 07/01/14 3.380,00 0,00 320,00 0,00 3.700,00 470,27 0,00 0,00 470,27 3.229,73
Auxiliar 07/01/14 3.380,00 0,00 320,00 0,00 3.700,00 470,27 0,00 0,00 470,27 3.229,73
43.288,00 0,00 3.520,00 0.00 46.808,00 5.949,30 0,00 0,00 5.949,30 40.858,70
COSTO MENSUAL SS Y SS 46.808,00 1.560.26
COSTO POR DÍA 1.560,27 34.67
COSTO POR TRÁMITE 34,70
DONDE:
CSS = COSTO POR TRÁMITE SUELDOS Y SALARIOS
CMSS = COSTO MENSUAL SUELDOS Y SALARIOS
DM = DÍAS POR MES
CF = CANTIDAD DE FUNCIONARIOS
Elaboración: Propia
Fuente: Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba
CSS = ((CMSS/DM)/CF)
CSS = ((46808/30)/11)
47
CUADRO Nº 16
PLANILLA DE APORTES PATRONALES
(PLANILLA MENSUAL)
CARGO TOTAL GANADO CNS 10% AFP's
TOTAL
APORTE
PATRONAL
AGUINALDO
Jefe de Depto. 7.008,00 700,80 470,24 1.171,04 583,77
Profesional 1 5.600,00 560,00 375,76 935,76 466,48
Encargado 2 4.000,00 400,00 268,40 668,40 333,20
Encargado 2 4.000,00 400,00 268, 40 668,40 333,20
Encargado 2 4.000,00 400,00 268,40 668,40 333,20
Auxiliar 3.700,00 370,00 248,27 618,27 308,21
Auxiliar 3.700,00 370,00 248,27 618,27 308,21
Auxiliar 3.700,00 370,00 248,27 618,27 308,21
Auxiliar 3.700,00 370,00 248,27 618,27 308,21
Auxiliar 3.700,00 370,00 248,27 618,27 308,21
Auxiliar 3.700,00 370,00 248,27 618,27 308,21
TOTALES: 46.808,00 4.680,80 3.140,82 7.821,62 3.899,11
*COSTO MENSUAL 7.821,62
*COSTO POR TRAMITE 5,79
*AGUINALDO 2,89
Elaborado en base a POA 2014
DONDE:
CRTAP = COSTO POR TRAMITE DE APORTES PATRONALES
CMAP = COSTO MENSUAL APORTES PATRONALES
DM = DIAS MES
CTRD = CANTIDAD DE TRAMITES DIA (anexo 12, 13)
Elaboración: Propia
Fuente: Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba
CTRAP = ((CMAP/DM)/CTRD)
CTRAP = ((7821,00/30)/45)
48
4.2.1.2. Depreciación
La determinación del costo por la depreciación de los activos fijos para el funcionamiento
de la División de registro Vehicular Automotor Terrestre, se realizara tomando en cuenta
que los muebles y enseres necesarios para el desempeño de los funcionarios son activos que
ingresaran recién en el activo fijo (activos nuevos), siendo que la cantidad de estos se
incrementó. El presupuesto para la compra y adquisición de los muebles es considerado
como inversión, es por eso que el costo que se toma en cuenta para la estructura es la
depreciación de los activos.
Para determinar el costo real de la depreciación existen varios métodos entre ellos se tiene
el de la línea recta, el método de suma de años dígitos y el método de saldos decrecientes o
lineal los cuales requieren para su aplicación del costo inicial del activo, su vida útil y una
estimación del valor de rescate al momento de la venta.
Conforme a la disposición contenida en el primer párrafo del artículo 22 del D.S. 24051, las
depreciaciones del activo fijo del Registro Vehicular Automotor Terrestre se computaran
sobre el costo depreciable, según el artículo 21 de este decreto y de acuerdo a su vida útil.
En el caso de las edificaciones se tiene contemplado que la Direccion de Recaudaciones del
Gobierno Autonomo Municipal de Cochabamba tendrá instalaciones nuevas para la gestión
2015 es por eso que se toma también como una edificación nueva.
Para el cálculo de la actualización de los bienes se ha tomado en cuenta el factor
establecido por el Banco Central de Bolivia (Unidad de Fomento a la Vivienda).
49
Los cuadros de actualización y depreciación de los activos según su clasificación:
Edificaciones, Muebles y Enseres, Equipos de Computación y Herramientas en General, se
encuentran en los cuadros Nº 17, 18,19.20, 21, 22 respectivamente, cada cuadro con la
determinación de los costos unitarios de la depreciación. Las cotizaciones realizadas para
estos activos se encuentran en anexos 12, 13, 14, 15, 16, 17, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26,
27, 28, 29.
CUADRO Nº 17
Determinación del Factor de Actualización
GESTION UFV FACTOR
Factor
Promedio
2008 1,38968
2009 1,46897 1,057056301 1,5952588
2010 1,53421 1,044412071 5.952 %
2011 1,56451 1,019749578
2012 1,80078 1,15101853
50
CUADRO Nº 18
CUADRO DE ACTUALIZACION DE EDIFICACIONES AL 31-12-14
PRECIO UNITARIO
VALOR REV. MONTO DIF. POR AÑOS DEPREC. DEPREC DIF. POR DEPREC
VALOR
NETO
CANT UNID. DETALLE Y/O V.ORIG. ACTUALIZ. ACTUALIZAC. VIDA GES. 2014 ACUMUL. ACTUALIZAC. ACUMUL.
UTIL 2013 42004.00
1 PZA. Edificio 757893,34 757893,34 803007,60 45114,27 40 20075,19 - - 20075,19 782932,41
1
757893,34 803007,60 45114,27 20075,19 - - 20075,19 782932,41
* COSTO TOTAL DEPRECIACION 20075,19
* COSTO TOTAL DEPRECIACION MENSUAL 1672,93
* COSTO POR TRAMITE 1,24
DONDE:
CTRDP = COSTO POR TRAMITE DEPRECIACIÓN
CMDP = COSTO MENSUAL DEPRECIACIÓN
DM = DÍAS MES
CTRD = CANTIDAD DE TRAMITES DÍA (anexo 12, 13)
CTRDP = ((3345,86/30)/45)
51
CUADRO Nº 19
Actualización y Depreciación Muebles y Enseres Al 31-12-14
PRECIO
UNITARIO
VALOR
REV. MONTO DIF. POR DEPREC. DEPREC
DIF.
POR DEPREC
VALOR
NETOCant
Uni
d. Detalle
Y/O
V.Orig. Actualiz.
Actualizac
. Vida Ges. 2014 Acumul.
Actualiz
ac. Acumul.
UTIL 2013 31/12/2014
11 PZA. Escritorio ejecutivo 2750 30.250,00 32.050,66 1.800,66 10 3205.07 - - 3205.07 28845.59
11 PZA. Mesas Auxiliares 650 7.150,00 7.575,61 425,61 10 757.56 - - 757.56 6818.05
8 PZA. Gaveteros Metálicos 2500 20.000,00 21.190,52 1.190,52 10 2119.05 - - 2119.05 19071.47
150 PZA. Estantes Metálicos 1050 157.500,00 166.875,33 9.375,33 10 16687.53 - - 16687.53 150187.79
1 PZA. Sillón Ejecutivo 1.785,24 1.785,24 1.891,51 106,27 10 189.15 - - 189.15 1702.36
10 PZA. Sillas Giratorias 1.359,28 13.592,80 14.401,92 809,12 10 1440.19 - - 1440.19 12961.73
11 PZA.
Sillas de espera
individuales 350 3.850,00 4.079,17 229,17 10 407.92 - - 407.92 3671.26
6 PZA. Sillas de espera 1.100 6.600,00 6.992,87 392,87 10 699.29 - - 699.29 6293.58
240.728,04 255.057,59 14.329,55 25505.76 - - 25505.76 229551.83
* *COSTO TOTAL DEPRECIACIÓN 25505.76
* *COSTO TOTAL DEPRECIACIÓN MENSUAL 2125.48
* *COSTO POR TRÁMITE 1.57
52
CUADRO Nº 20
Actualización y Depreciación Equipos de Computación Al 31-12-14
FACTOR UFV
1,59525884
3
PRECIO
UNITAR
IO
VALOR REV. MONTO DIF. POR AÑOS
DEPRE
C.
DEPRE
C DIF. POR DEPREC
VALOR
NETO
CA
NT UNID.
Y/O
V.ORIG. ACTUALIZ.
ACTUALIZA
C. VIDA
GES.
2014
ACUM
UL.
ACTUALIZ
AC.
ACUMU
L.
UTIL 2013
31/12/
2014
11
Equipos de
Computación 5998,8 65.986,80 69.914,72 3.927,92 4 17478.68 - - 17478.68 52436.04
11 Impresoras a Cinta 3401,8 37.419,80 39.647,25 2.227,45 4 9911.81 - - 9911.81 29735.43
4 Impresoras Laser HP 1.661 6.643,00 7.038,43 395,43 4 1759.61 - - 1759.61 5278.82
5
Impresoras Color
Laser HP 2.838 14.188,20 15.032,77 844,57 4 3758.19 - - 3758.19 11274.57
4 Scanner Canon 18765 75.060,00 79.528,01 4.468,01 4 19882.00 - - 19882.00 59646.01
35
199.297,80 211.161,18 11.863,38 52790.29 - - 52790.29 158370.88
*COSTO TOTAL DEPRECIACIÓN 70.387,06
*COSTO TOTAL DEPRECIACIÓN MENSUAL 5865,58
*COSTO POR TRAMITE 4,34
53
CUADRO Nº 21
ACTUALIZACIÓN Y DEPRECIACIÓN EQUIPOS DE COMPUTACION AL 31-12-14
FACTOR UFV
1,5952588
3
PRECIO
UNITARI
O
VALOR REV. MONTO DIF. POR AÑOS DEPREC. DEPREC DIF. POR DEPREC
VALOR
NETO
CAN
T UNID.
Y/O
V.ORIG. ACTUALIZ.
ACTUALIZA
C. VIDA
GES.
2014
ACUMU
L.
ACTUALIZA
C. ACUMUL.
UTIL 2013
31/12/2
014
3
Impresoras Fargo
HDP5000 48650 145.950,00 154.637,80 8.687,80 3,00 51545.93 - - 51545.93 103091.87
3
145.950,00 154.637,80 8.687,80 51545.93 - - 51545.93 103091.87
* *COSTO TOTAL DEPRECIACIÓN 77.318,90
*
*COSTO TOTAL DEPRECIACIÓN
MENSUAL 6443,24
* *COSTO POR TRAMITE 214,77
Para la determinación del costo unitario de las impresoras se tomaron en cuenta valores referenciales de internet, no
existen empresas que tengan a la venta dichas impresoras.
54
CUADRO Nº 22
ACTUALIZACIÓN Y DEPRECIACIÓN HERRAMIENTAS EN GENERAL AL 31-12-14
PRECIO
UNITARI
O
VALOR REV. MONTO DIF. POR AÑOS DEPREC. DEPREC DIF. POR DEPREC
VALOR
NETO
CAN
T
UNID
. DETALLE Y/O V.ORIG. ACTUALIZ. ACTUALIZAC. VIDA
GES.
2014
ACUMUL
.
ACTUALIZA
C. ACUMUL.
UTIL 2013
31/12/20
14
5 PZA. Taladro portátil 4390 4.390,00 4.651,32 261,32 4 1162.83 - - 1162.83 3488.49
5 PZA. Handy 3062,5 3.062,50 3.244,80 182,30 4 811.20 - - 811.20 2433.60
5
7.452,50 4.651,32 443,62 1974.03 - - 1974.03 5922.09
* *COSTO TOTAL DEPRECIACIÓN 987.01
*
*COSTO TOTAL DEPRECIACIÓN
MENSUAL 82,25
* *COSTO POR TRAMITE 2.74
55
4.2.2. Gastos Indirectos por Servicio
La división de registro vehicular automotor terrestre incurre en gastos que no corresponden
directamente con la realización de los trámites pero que deben ser considerados realizando
un prorrateo de los mismos.
4.2.2.1. Servicios Básicos
Dentro de la clasificación de servicios básicos como sub cuentas se considera: agua y
alcantarillado, luz eléctrica y teléfono.
4.2.2.1.1. Agua y Alcantarillado
Para la determinación del porcentaje prorrata del costo por registro vehicular automotor
terrestre relacionado con el ítem consumo de aguay alcantarillado se toma como parámetro
de estudio y referencia que: para las Instalaciones de la Plaza Colón se tienen dos
medidores. El análisis para determinar el costo unitario por trámite se realizo de la siguiente
manera:
a) Determinar el promedio de las dos facturas que paga el Gobierno Autónomo
Municipal de Cochabamba para el abastecimiento de agua potable y el servicio de
alcantarillado en el inmueble del Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba
ubicado en la Plaza Colón.
b) Determinar el costo unitario dividiendo el total de las facturas del mes de octubre y
tomando en cuenta las lecturas de los meses anteriores a este que indica la factura a
un costo diario.
c) Dividir el costo diario entre el total de las personas que trabajan en el inmueble y
realizar un cálculo final para determinar el costo por trámite promedio que se realiza
al día.
56
Cuadro Nº23
Determinación del costo prorrata
Agua y alcantarillado
SERVICIO AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO
MES CONSUMO M1 CONSUMO M2
CONSUMO M1
Bs.
CONSUMO M2
Bs.
ABRIL 115 56 778,48 379,08
MAYO 115 28 778,48 189,54
JUNIO 101 37 683,71 250,46
JULIO 105 28 710,79 189,54
PROMEDIO 30 87 737,87 252,16
COSTO CONSUMO PROMEDIO 990,03
COSTO CONSUMO PROMEDIO 990,03
COSTO CONSUMO PROMEDIO POR TRAMITE 4,93
DONDE:
CCPTR = COSTO CONSUMO PROMEDIO POR TRAMITE
CCPM = COSTO CONSUMO PROMEDIO MENSUAL
CP = CANTIDAD DE PERSONAS QUE TRABAJAN EN LAS INSTALACIONES DE LA PLAZA COLON
DM = DIAS MES
CTRD = CANTIDAD DE TRAMITES DIA (anexo 12, 13)
* Tomando como referencia las facturas del mes de octubre de 2013, se realizo el siguiente
cálculo para obtener un costo promedio para el consumo, ver factura en Anexos
Comprobante Nº 131200300 Y 131200200, dichos comprobantes se encuentran en Anexos
imágenes Nº 4 y 5.
CCPTR = (((CCPM/CP)*DM)/CTRD)
CCPTR = (((990,03/134)*30)/45)
57
4.2.2.1.2. Energía eléctrica
La determinación del costo prorrata de este servicio se realizo con el cálculo promedio mes
para las instalaciones del CEMAC (Centro municipal de atención al contribuyente),
tomando en cuenta las personas que trabajan dentro de las instalaciones se determina el
costo de la energía eléctrica por persona.
Cuadro Nº 24
Determinación del costo prorrata
Servicio de energía eléctrica
SERVICIO ENERGIA ELECTRICA
MES
RECAUDACIONES
TOTAL CONSUMO
FEBRERO 1.390,60
MARZO 1.563,30
ABRIL 1.467,40
MAYO 1.611,80
JUNIO 1.508,28
JULIO 1.325,10
PROMEDIO 1.773,30
DONDE:
CCPP = COSTO CONSUMO PROMEDIO POR PERSONA
CCPM = COSTO CONSUMO PROMEDIO MENSUAL
DM = DIAS MES
CP = CANTIDAD DE PERSONAS EN LAS INSTALACIONES DEL CEMAC
*
COSTO MENSUAL PROMEDIO 1.773,30
*
COSTO POR PERSONA 1,182196667
* Se procedió a realizar el prorrateo del total de la factura mensual promedio entre el total de las
personas que trabajan en las instalaciones del CEMAC.
CCP = ((CCPM/CP)/DM))
CCPTR = ((1173/50)/30)
58
4.2.2.1.3. Servicio telefónico
Para la determinación del costo unitario del servicio telefónico se tomó en cuenta la
información recibida de fuente del departamento de sistemas, sacando un promedio del
consumo mensual que se tienen en la Dirección de Recaudaciones para obtener el costo
diario por persona que implica este servicio para cada trámite.
Cuadro Nº 25
Determinación del costo unitario prorrata
Servicio telefónico
PRORRATEO SERVICIO TELEFÓNICO
MES
LÍNEA DIRECCIÓN RECAUDACIONES
TOTAL
ASIGNADO
TOTAL
CONSUMO
TOTAL
ASIGNADO
TOTAL
CONSUMO
MARZO 500.00 421.00 200.00 171.00
ABRIL 500.00 358.00 200.00 173.00
MAYO 500.00 258.00 200.00 254.00
JUNIO 500.00 419.00 200.00 222.00
JULIO 500.00 417.00 200.00 222.00
PROMEDIO 500.00 374.60 200.00 208.40
* TOTAL COSTO COMUNICACIÓN PROMEDIO 350.00
* COSTO UNITARIO 0.26
* El prorrateo para determinar el costo unitario del servicio de comunicación se
realizo tomando en cuenta el total de las personas que trabajan bajo la Dirección
de Recaudaciones.
DONDE:
CCPP = COSTO CONSUMO PROMEDIO POR PERSONA
CCPM = COSTO CONSUMO PROMEDIO MENSUAL
CP = CANTIDAD DE PERSONAS QUE TRABAJAN EN LAS INSTALACIONES DE LA PLAZA COLON
DM = DIAS MES
Para el cálculo del costo promedio por servicio telefónico se toma en cuenta el total
asignado para la dirección de recaudaciones tomando en cuenta que el total asignado es
CCP = ((CCPM/CP)/DM))
CCP = ((763,4/50)/30))
59
mayor al consumido. Por otro lado en el caso del consumo de recaudaciones es mayor al
asignado, es por eso que para la determinación del costo promedio por servicio telefónico
se toma el total asignado de dirección de recaudaciones y el total consumo de los
departamentos y divisiones dependientes de esta dirección.
4.2.2.2 Licencia de Antivirus
Para determinación del costo prorrata por concepto de Registro Vehicular se tomó como
referencia el contrato de prestación de bienes y servicios, extraído del SICOES de la
compra de 800 licencias de antivirus para el Gobierno Autónomo Municipal de
Cochabamba. Como base de cálculo se determinó el costo por máquina para luego
determinar el costo diario y esto dividirlo entre la cantidad de trámites promedio que se
tienen al día.
Cuadro Nº 26
Determinación costo unitario
Licencia antivirus
AUXILIAR LICENCIAS ANTIVIRUS
TOTAL S/G
CONTRATO
CANTIDAD
PRECIO
UNITARIO
COSTO
DIVISION
COSTO
MENSUAL/MÁQUINA
90.000,00 800 112,50 1.237,50 9,38
COSTO MENSUAL / MAQUINA 9,38
COSTO POR TRAMITE 0,00694
DONDE:
CTRLA = COSTO POR TRÁMITE LICENCIA ANTIVIRUS
CMM = COSTO MENSUAL POR MÁQUINA
DM = DÍAS MES
CTRD = CANTIDAD DE TRAMITES DÍA (ANEXO 12, 13)
CTRLA = ((CMM/DM)/CTRD)
CTRLA = ((9,38/30)/45)
60
4.2.2.3. Servicio de seguros
La determinación del porcentaje prorrata del costo por Registro Vehicular Automotor
Terrestre relacionado con el ítem de seguros se realizo tomando en cuenta el DBC que se
tenía para la contratación de la prima de seguros para la gestión 2012, para el correcto
cálculo del costo de los seguros para el Registro vehicular se tomó las siguientes
consideraciones:
 Diferenciar los costos correspondientes a la División, tomar en cuenta solo los ítems
que tiene que ver con el servicio, y realizar el prorrateo de cada ítem para
determinar el costo en principio de las instalaciones del Gobierno Autónomo
Municipal de Cochabamba en la Plaza Colón.
 Con la determinación del costo previamente mencionado se realizó la determinación
del costo unitario.
Cuadro Nº 27
Determinación del costo unitario prorrata
Seguros Plaza Colón
MATERIA DEL SEGURO
MONTO EN
$US
VALOR DE
REPOSICION
%
PART.
TOTAL
SEGUROS
PLAZA
COLON
COSTO
DIARIO
EDIFICACIONES, E
INSTALACIONES, EN GENERAL
(SEGÚN DETALLE ADJUNTO)
119.575.152,54 831047310,20 88,06 616412,36 4129,96 11,47
MUEBLES Y ENSERES EN: SECTOR
ADMINISTRACION, SECTOR
EDUCACION Y SECTOR SALUD
8.096.586,65 56271277,22 5,96 41738,07 279,64 0,77
EQUIPOS DE COMUNICACIÓN 1.720.328,05 11956279,95 1,27 8868,33 59,41 0,16
EQUIPOS DE COMPUTACION 5.897.888,82 40990327,3 4,34 30403,74 203,70 0,56
ARCHIVO REGISTRO VEHICULAR 500.000,00 3475000 0,37 2577,51 17,26 0,04
TOTAL VALOR EN RIESGO 158.890.456,79 943.740.194,62 100,00 700.000,00 4.690,00 13,03
 Posteriormente para el Registro Vehicular se realizó el cálculo según corresponde.
61
CUADRO Nº 28
Determinación del costo unitario
Seguros División de registro vehicular
AUXILIAR PRECIO UNITARIO SEGUROS
ITEM
TOTAL
SEGUROS
EDIF.
PLAZA
COLON
%
PLAZA
COLON
COSTO
DIARIO
Bs.
CANTIDAD
DIVISION
REGISTRO
COSTO
DIVISION
EDIFICACIONES, E
INSTALACIONES, EN GRAL (SG
DETALLE ADJUNTO)
616.412,36 4.129,96 0,67% 11,47 250 m2 2.868,03
MUEBLES Y ENSERES SECTOR
ADMINISTRATIVO
41.738,07 279,65 0,67% 0,78 208 M 161,57
EQUIPOS DE COMUNICACIÓN 8.868,33 59,42 0,67% 0,17 8 Tel. 1,32
EQUIPOS DE COMPUTACIÓN 30.403,74 203,71 0,67% 0,57 35 Eq. 19,80
IMPRESORAS FARGO HDP-5000 2.577,51 17,27 0,67% 0,05 2 Eq. 0,10
TOTAL: 697.422,49 4.672,73 TOTAL COSTO SEGUROS DIVISION 3.050,73
* TOTAL COSTO SEGUROS DIVISIÓN 3050,73
* COSTO POR TRÁMITE 2,26
*
COSTO SEGUROS FARGO /
TRAMITE 0,10
DONDE:
CTR = COSTO POR TRÁMITE
CSDIV = COSTO SEGURO DIVISIÓN
DM = DÍAS MES
CTRD = CANTIDAD DE TRAMITES DÍA (ANEXO 12, 13)
Elaboración propia, fuente Documento Base de Contratación DBC, extraído del Sistema de Contrataciones
del Estado SICOES, respaldo Anexo Nº 32.
4.2.2.4. Servicio de Internet
Para la determinación del costo unitario del servicio de internet se consideró una cotización
realizada en COMTECO, sacando un promedio del consumo mensual que se tiene en la
Dirección de Recaudaciones para obtener el costo diario por persona que implica este
servicio para cada trámite.
CTR = ((CSDIV)/CTRD/DM)
CTR = ((3050,73)/45)/30)
62
CUADRO Nº 29
Determinación del costo unitario prorrata
Servicio de internet
PRORRATEO INTERNET
Nº Detalle
Precio
unitario
Precio total
(Bs.)
Costo División
15 BANDA ANCHA INTERNET 53,33 800.- 800.-
TOTAL 800.- 800.-
* COSTO MENSUAL 800.-
* COSTO POR TRAMITE 0,04
*
El paquete banda ancha que provee COMTECO de Bs 800 mensual abarca hasta 15
máquinas sin complicaciones.
*
Elaboración propia, fuente cotización realizada vía telefónica (Call Center) con la
Cooperativa de Teléfono Cochabamba COMTECO.
*
Considerando que la utilización del Sistema Informático RUAT no incurre como un
costo para la división, se toma en cuenta el costo por internet para cada una de las
máquinas de la división para la utilización de correos corporativos, actualización de los
Antivirus, internet para algunos funcionarios con la debida autorización, etc.
DONDE:
CTRI = COSTO POR TRÁMITE INTERNET
CMI = COSTO MENSUAL INTERNET
DM = DÍAS MES
CTRD = CANTIDAD DE TRÁMITES DÍA (ANEXO 12, 13)
CTRI = ((CMI/DM)/CTRD)
CTRI = ((800/30)/45)
63
4.2.3. Gastos Generales
Dentro de los gastos generales en los que se incurren para determinación del costo se tienen
los siguientes:
4.2.3.1. Servicio de Limpieza.-
Para la determinación del costo de limpieza se tomaron en cuenta las horas hombre y la
cantidad de personal de limpieza que actualmente se requiere en el Gobierno Autónomo
Municipal de Cochabamba.
 El personal de limpieza es dependiente de una empresa contratada por el Gobierno
Autónomo Municipal de Cochabamba mediante un contrato de prestación de
servicios.
CUADRO Nº 30
Determinación del costo unitario prorrata
Servicio de limpieza
AUXILIAR SEVICIO DE LIMPIEZA
COSTO
TOTAL
CANT.
PERSONAS
C/PERSONA
PERSONAS
P. COLÓN
COSTO
PLAZA
COLÓN
COSTO
PLAZA
COLÓN
COSTO
MENSUAL
280.000,00 13 21.538,46 2,00 43.076,92 86.153,00 3.589,74
COSTO MENSUAL 3.589,74
COSTO POR TRÁMITE 2,66
DONDE:
CTRSL= COSTO POR TRÁMITE SERVICIO DE LIMPIEZA
CMSL = COSTO MENSUAL SERVICIO DE LIMPIEZA
DM = DÍAS MES
CTRD = CANTIDAD DE TRÁMITES DIA (anexo 12, 13)
Elaboración: propia
Fuente: DBC extraído del Sistema de Contrataciones del Estado, respaldo Anexo Nº 33.
*Tomando en cuenta que en el DBC se encuentra el detalle de cuanto personal
por dependencias que se requiere, se realizó el cálculo del costo por persona y
por ambiente.
*Tomando en cuenta que el DBC es realizado por un año comercial (360 días) y
los costos son realizados de manera mensual, el prorrateo se realiza de forma
mensual.
CTRSL = ((CMSL/DM)/CTRD)
CTRSL = ((3589,74/30)/45)
64
4.2.3.2. Material y suministros.-
La determinación del costo unitario del material y suministros se realizaron en base a los
Plan Operativo Anuales de las Divisiones de Registro Vehicular y Atención Grandes
Contribuyentes, así como los contratos realizados con el municipio.
CUADRO Nº 31
Determinación del costo prorrata por trámite
Material y suministros
MATERIAL Y SUMINISTROS
DESCRIPCIÓN DEL MATERIAL O SUMINISTRO UNIDAD CANTIDAD
PRECIO
UNITARIO
COSTO
TOTAL
PAPEL CONTINUO 9 1/2 X 11 X 1 TIPO BLANCO
PRESENTACIÓN 3000 HOJAS
CAJA 40 300,00 12.000,00
PAPEL BOND TAMAÑO OFICIO 75 GRS. PAQUETE 50 40,00 2.000,00
PAPEL CONTINUO MEDIDAS CARTA GRAMAJE 75
MGS TIPO DE PAPEL BLANCO PRESENTACION 500
HOJAS
PAQUETE 50 40,00 2.000,00
PAPEL CONTINUO MEDIDAS CARTA GRAMAJE 75
MGS TIPO DE PAPEL BLANCO MEDIDA 9 1/2 X 11X2
CARBONICO PRESENTACION 1000 HOJAS
CAJA 20 250,00 5.000,00
AGENDA DE ESCRITORIO PIEZA 11 100,00 1.100,00
ENGRAMPADORA MEDIANA PIEZA 11 50,00 550,00
PENDRIVE DE 4 GB PIEZA 11 100,00 1.100,00
BOLIGRAFOS NEGROS CAJA 5 50,00 250,00
RESALTADORES VARIOS COLORES PIEZA 50 5,00 250,00
SELLOS PERSONALES DE BOLSILLO PIEZA 11 50,00 550,00
PERFORADORA PIEZA 11 50,00 550,00
PEGAMENTO EN BARRA TIPO UHU PIEZA 11 10,00 110,00
TACOS POST IT - VARIOS COLORES DE 7,5 CM X 7,5
CM
PIEZA 50 10,00 500,00
CORRECTOR LIQUIDO PIEZA 20 10,00 200,00
65
TACOS POST IT VARIOS COLORES PIEZA 70 5,00 350,00
CALCULADORA CIENTIFICA PIEZA 15 200,00 3.000,00
ENGRAPADORA MEDIANA PIEZA 20 50,00 1.000,00
GRAPAS 24/6 10 X 1000 PIEZAS CAJA 150 5,00 750,00
SACAGRAPAS PIEZA 11 5,00 55,00
CINTA PARA IMPRESORA EPSON LQ-590 PIEZA 60 124,45 7.467,00
CANASTILLOS PARA PAPEL PIEZA 15 150,00 2.250,00
ARCHIVADORES DE PALANCA PIEZA 50 20,00 1.000,00
TONERS PIEZA 10 672,07 6.720,70
TONERS A COLOR PIEZA 5 2.771,18 13.855,90
FUENTES PIEZA 5 190,81 954,05
DISCO DURO DE 1 TB 7200 SATA II SEAGATE/HGST PIEZA 8 672,07 5.376,56
TARJETAS DE RED PIEZA 3 190,81 572,43
REGLETAS PIEZA 15 35,00 525,00
CABLES DE RED PIEZA 15 35,00 525,00
CHALECOS DE TRABAJO PIEZA 11 150,00 1.650,00
PROVISION DE GORRAS PIEZA 11 20,00 220,00
CINTA DE SEÑALIZACIÓN ROLLOS 5 290,39 .451,96
CONOS REFLECTIVOS DE 1 m PIEZA 15 120,00 1.800,00
CONOS DE SEÑALIZACIÓN 45cm PIEZA 50 70,00 3.500,00
HERRAMIENTAS (CUADRO nº 31) PIEZA 25 13.479,00
TOTALES: 79.183,60
Elaborado en base a POA 2014
66
CUADRO Nº 32
Determinación del costo unitario
Herramientas
AUXILIAR HERRAMIENTAS
DESCRIPCIÓN
UNIDAD DE
MEDIDA
CANTIDAD
PRECIO
REFERENCIAL
COSTO
TOTAL
Llave combinada 10 Tramontina PIEZA 22 13,00 286,00
Llave combinada 11 Tramontina PIEZA 22 13,50 297,00
Llave combinada 12 Tramontina PIEZA 22 14,00 308,00
Llave cresen 15 Uyustools PIEZA 22 200,00 4.400,00
Alicates PIEZA 22 195,00 4.290,00
Desarmador estrella PIEZA 22 65,00 1.430,00
Desarmador plano PIEZA 22 60,00 1.320,00
Juego llaves hexagonales Allen PIEZA 10 40,00 400,00
Guantes Tela y Goma PIEZA 22 14,00 308,00
Martillos PIEZA 11 40,00 440,00
T O T A L 13.479.-
* Elaborado en base a cotizaciones realizadas. Respaldos en Anexos Nº 34.
COSTO TOTAL 79.183,60
COSTO MENSUAL 6.598,63
COSTO POR TRÁMITE 4,89
COSTO POR HERRAMIENTAS 0,83
DONDE:
CTRMS = COSTO POR TRAMITE MATERIAL Y SUMINISTROS
CMMS = COSTO MENSUAL MATERIAL Y SUMINISTROS
MA = MESES AÑO
DM = DIAS MES
CTRD = CANTIDAD DE TRAMITES DIA (anexo 12, 13)
CTRMS = ((CMMS/DM)/CTRD)CMMS = (CTMS/MA)
CMMS = (79183,60/12) CTRMS = ((6598,63/30)/45)
67
4.2.3.3. Servicios no profesionales.-
La determinación del costo unitario del material y suministros se realizaron en base al Plan
Operativo Anual de las Divisiones de Registro Vehicular y Atención Grandes
Contribuyentes.
CUADRO Nº 33
Determinación del costo unitario
Servicios no personales
DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO
SOLICITADO
UNIDAD CANTIDAD
PRECIO
UNITARIO
PRECIO
TOTAL
PASAJES BOLETOS 4 700,00 2.800,00
VIATICOS DIA 4 350,00 1.400,00
PUBLICIDAD UNIDAD 6 7.000,00 42.000,00
FOTOCOPIAS HOJAS 200000 0,20 40.000,00
IMPRENTA GLOBAL 4 5.000,00 20.000,00
CAPACITACION GLOBAL 4 4.000,00 16.000,00
TOTAL: 17050,20 122.200,00
COSTO TOTAL
122.200,00
COSTO /DÍA
339,44
COSTO POR TRÁMITE
7,55
DONDE:
CTRSNP= COSTO POR TRÁMITE SERV. NO PROFESIONALES
CMSNP = COSTO MENSUAL SERV. NO PROFESIONALES
DM = DÍAS MES
CTRD = CANTIDAD DE TRÁMITES DÍA (anexo 12, 13)
Elaborado en base a POA 2014
Respaldo anexos Nº 35
4.2.3.4. Consultores en línea.-
La determinación del costo unitario de los consultores en línea se realizó tomando en
cuenta las horas hombre.
CTRSNP = ((CMSNP/DM)/CTRD)
68
Se realizaron dos cuadros diferentes por motivos de organización y desempeño.
CUADRO Nº 34
Determinación del costo por
Servicios no personales
DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO
SOLICITADO
UNIDAD CANTIDAD
PRECIO
REFERENCIA
L
PRECIO s/g
CONTRATO
REGISTRO VEHICULAR EN EL MUNICIPIO
2014 - CONSULTORES EN LINEA OPERATIVOS
PERSONAL 3 33.000,00 99.000,00
COSTO TOTAL 99.000,00
COSTO /DIA 275,00
COSTO POR TRAMITE 137,50
Elaborado en base a POA 2014
Cuadro Nº 35
DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO
SOLICITADO
UNIDAD CANTIDAD
PRECIO
REFERENCIAL
PRECIO s/g
CONTRATO
REGISTRO VEHICULAR EN EL MUNICIPIO
2014 - CONSULTORES EN LINEA PLATAFORMA
PERSONAL 3 30.000,00 90.000,00
COSTO TOTAL
90.000,00
COSTO /DIA
250,00
DONDE:
CTRCL = COSTO POR TRÁMITE CONSULTORES EN LINEA
CMCL = COSTO MENSUAL CONSULTORIA EN LINEA
DM = DÍAS MES
CTRD = CANTIDAD DE TRÁMITES DÍA
4.2.3.5. Cámaras fotográficas.-
CTRCL = ((CMCL/DM)/CTRD)
CTRCL = (189000/30)
69
Para la determinación del costo de las cámaras fotográficas se tomó en cuenta los
Documentos Base de Contratación que realizaron los del Servicio General de Identificación
Personal para la adquisición de sus cámaras.
CUADRO Nº 36
Cuadro determinación costo unitario
Adquisición cámaras fotográficas
ADQUISICIÓN CAMARAS FOTOGRÁFICAS BV FCG|
CANTIDAD DESCRIPCIÓN
COSTO
UNITARIO BS.
COSTO TOTAL
4 CAMARAS FOTOGRÁFICAS 11.000,00 44.000,00
COSTO TOTAL BS. 44.000,00
* COSTO TOTAL 11.000,00
* COSTO UNITARIO/DIA 30,56
* Elaborado con datos del Documento Base de Contratación extraído del Sistema de
Contratación del Estado, respaldo en Anexos Nº 36.
4.2.3.6. Ropa de Trabajo.-
Para la determinación del costo de la ropa de trabajo se tomó en cuenta la cotización
realizada con la empresa de confecciones JULIO’s.
70
CUADRO Nº 37
Determinación costo unitario prorrata
Ropa de trabajo
ADQUISICIÓN ROPA DE TRABAJO
CANTIDAD DESCRIPCIÓN
COSTO
UNITARIO BS.
COSTO TOTAL
44 CAMISAS DE TRABAJO 250,00 11.000,00
COSTO TOTAL BS. 11.000,00
* COSTO TOTAL 11.000,00
*
COSTO
UNITARIO/DÍA 0,68
* Elaborado en base a cotizaciones realizadas en el mercado.
4.3 Estructura de costos final
La estructura de costos que determina los valores de las tasas a cobrar por la prestación de
servicio de registro vehicular, se encuentra formulada de la siguiente manera.
71
Cuadro N` 38
Estructura de costos final
Registro Vehicular Automotor Terrestre
VEHÍCULOS
codigo Totales INSC. VH TRA. VH
CAMBIO DE
SERV.
CAMBIO DE
RADICATORIA
DUPLICADO
CRPVA
DUPLICADO
PLAQUETA
DUPL. PLACA
Y PLAQUETA
GRAVAMEN
1.1 Costos de Adquisicion 218.24 57.11 50.73 48.56 48.34 9.52 209.74 43.90
1,1,1 Placas Vehículos automotores Terrestres 132.33 - - - - - - - -
1,1,1,1 Placas Metalicas Vehículos 132.33 - 132.33 - - - - - 132.33 0.00
1,1,1,2 Incremento por Duplicado 66.17 - - - - - - - 66.17 0.00
1,1,2 Plaquetas Vehículos Automotores terrestres 4.40 - - 4.40 4.40 - - - -
1,1,2 ,1 Plaquetas Vehículos 4.40 - 4.40 - - - - 4.40 4.40 0.00
1,1,1,2 Incremento por Duplicado 2.20 - - - - - - 2.20 2.20 0.00
1,1,3 Certificado de Propiedad 42.56 - - - - - - - -
1,1,3 ,1 Certificado de Propiedad 0.58 - 0.58 0.58 0.58 0.58 0.58 - - -
1,1,3 ,2 CRPVA (carnet) 39.99 - 39.99 39.99 39.99 39.99 39.99 - - -
1,1,3 ,3 Timbre Legalización Fotocopia 2.00 - - - - - 2.00 - - -
1,1,4 Resoluciones por Trámite 0.67 0.67 0.67 - - - - - -
1,1,5 Valores Municipales por Tramite 40.00 - 5.00 - - - - - 40.00
1,1,6 Comisión por Servicio Informático RUAT 7.5% 40.28 10.88 5.78 3.60 5.78 2.93 4.65 3.90
2 COSTOS DE OPERACIÓN 729.18 331.88 107.04 28.71 0.00 29.95 29.20 56.44 13.99
2 .1 Costos de Administración 308.15 189.8388 88.2042 5.2482 0.0000 14.6214 0.3219 9.9171 0.0000
2 ,1,1 Sueldos y Salarios 153.41 94.5109 43.9123 2.6128 0.0000 7.2792 0.1602 4.9372 0.0000
2 ,1,1,1 Sueldos y Salarios 141.84 87.3830 40.6005 2.4158 0.0000 6.7302 0.1482 4.5649 0.0000
2 ,1,1,2 Aportes Patronales 5.79 3.5693 1.6584 0.0987 0.0000 0.2749 0.0061 0.1865 0.0000
2 ,1,1,3 Provision Aguinaldos 2.89 1.7793 0.8267 0.0492 0.0000 0.1370 0.0030 0.0930 0.0000
2 ,1,1,4 Provision doble Aguinaldo 2.89 1.7793 0.8267 0.0492 0.0000 0.1370 0.0030 0.0930 0.0000
2 ,1,2 Depreciación 154.73886 95.3279 44.2919 2.6354 0.0000 7.3422 0.1616 4.9799 0.0000
2 ,1,2 ,1 Edificaciones 1.24 0.7634 0.3547 0.0211 0.0000 0.0588 0.0013 0.0399 0.0000
2 ,1,2 ,2 Muebles y Enseres 1.57 0.9699 0.4507 0.0268 0.0000 0.0747 0.0016 0.0507 0.0000
2 ,1,2 ,3 Equipos de Computación 3.26 2.0075 0.9327 0.0555 0.0000 0.1546 0.0034 0.1049 0.0000
2 ,1,2 ,4 Fargo HDP-5000 143.18 91.2406 42.3928 2.5224 0.0000 7.0273 0.0000 0.0000 0.0000
2 ,1,2 ,5 Herramientas en General 5.48 0.0000 0.0000 0.0000 0.0000 0.0000 0.1724 5.3110 0.0000
DETALLE CUENTA; SUB-CUENTA
ESTADO DE COSTOS VEHICULOS
REGISTRO VEHICULAR AUTOMOTOR TERRESTRE
GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE COCHABAMBA
72
2 .2 Gastos Indirectos por Servicio 421.03 142.0367 18.8368 23.4622 0.0000 15.3324 28.8733 46.5251 13.9948
2 ,2 ,1 Servicios Basicos 6.37 3.9224 1.8225 0.1084 0.0000 0.3021 0.0067 0.2049 0.0000
2 ,2 ,1,1 Agua y alcantarillado 4.93 3.0344 1.4099 0.0839 0.0000 0.2337 0.0051 0.1585 0.0000
2 ,2 ,1,2 Electricidad 1.18 0.7283 0.3384 0.0201 0.0000 0.0561 0.0012 0.0380 0.0000
2 ,2 ,1,3 Telefónico 0.26 0.1597 0.0742 0.0044 0.0000 0.0123 0.0003 0.0083 0.0000
2 ,2 ,2 Licencia Antivirus 0.01 0.0043 0.0020 0.0001 0.0000 0.0003 0.0000 0.0002 0.0000
2 ,2 ,3 Servicio de Seguros 2.26 1.3922 0.6468 0.0385 0.0000 0.1072 0.0024 0.0727 0.0000
2 ,2 ,4 Servicio de Seguros FARGO 0.10 0.0611 0.0284 0.0017 0.0000 0.0047 0.0000 0.0000 0.0000
2 ,2 ,5 Servicio de Internet 0.04 0.0243 0.0113 0.0007 0.0000 0.0019 0.0000 0.0013 0.0000
2 ,2 ,6 Mantenimiento de Fargo Hdp-5000 0.51 0.3221 0.1497 0.0089 0.0000 0.0248 0.0000 0.0000 0.0000
2 ,2 ,7 Capacitación al Personal 45.83 22.9167 0.0000 0.0000 0.0000 0.0000 0.0000 0.0000 0.0000
2 ,2 ,8 Gastos Generales 365.92 113.3936 16.1762 23.3039 0.0000 14.8913 28.8642 46.2460 13.9948
2 ,2 ,8 ,1 Servicio de Limpieza 2.66 1.6396 0.7618 0.0453 0.0000 0.1263 0.0028 0.0857 0.0000
2 ,2 ,8 ,2 Material y Suministros 4.89 0.4892 1.4003 0.0833 0.0000 0.2918 0.0051 0.0978 2.5248
2 ,2 ,8 ,3 Herramientas en General 0.83 0.5302 0.2463 0.0147 0.0000 0.0408 0.0000 0.0000 0.0000
2 ,2 ,8 ,4 Servicios no Personales 7.55 0.6795 2.3271 0.1286 0.0000 0.4503 0.0679 0.0000 0.0000
2 ,2 ,8 ,5 Consultores en Linea Operativos 68.75 2.0625 0.0000 0.0000 0.0000 0.0000 2.7500 46.0625 0.7200
2 ,2 ,8 ,6 Consultores en Linea Plataforma 250.00 88.7500 2.5000 22.5000 0.0000 12.5000 25.0000 0.0000 10.7500
2 ,2 ,8 ,7 Camaras Fotograficas 30.56 18.8239 8.7461 0.5204 0.0000 1.4498 1.0158 0.0000 0.0000
2 ,2 ,8 ,8 Ropa de Trabajo 0.68 0.4187 0.1945 0.0116 0.0000 0.0322 0.0226 0.0000 0.0000
COSTO TOTAL DE SERVICIO 550 164 79 49 78 39 266 58
73
Cuadro N` 39
Estructura de costos final
Registro Vehicular Automotor Terrestre
MOTOCICLETAS
CODIGO
INSC.
MOTOCICLETA
TRANSF.
MOTOCICLETA
CAMBIO DE
SERV.
CAMBIO DE
RADICATORIA
DUPLICADO
CRPVA
DUPLICADO
PLAQUETA
DUPL. PLACA
Y PLAQUETA
GRAVAMEN
1.1 Costos de Adquisicion 118.56 56.53 48.31 45.99 47.76 6.75 89.98 43.90
1,1,1 Placas Vehículos automotores Terrestres 82.3 - - - - - - - -
1,1,1,1 Placas MOTOCICLETAS 47.00 47.00 - - - - - 47.00 0.00
1,1,1,2 Incremento por Duplicado 35.25 0.0 - - - - - - 35.25 0.00
1,1,2 Plaquetas Vehículos Automotores terrestres 3.8 - - - - - - - -
1,1,2 ,1 Plaquetas MOTOCICLETAS 2.55 2.55 - 2.55 2.55 - 2.55 2.55 0.00
1,1,1,2 Incremento por Duplicado 1.28 0.0 - - - - - 1.28 1.28 0.00
1,1,3 Certificado de Propiedad 42.0 - - - - - - - -
1,1,3 ,1 Certificado de Propiedad 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 - - -
1,1,3 ,2 CRPVA (carnet) 39.99 39.99 39.99 39.99 39.99 39.99 - - -
1,1,3 ,3 Timbre Legalización Fotocopia 2.00 0.0 - - - - 2.00 - - -
1,1,4 Resoluciones por Trámite 0.7 0.67 0.67 - - - - - -
1,1,5 Valores Municipales por Tramite 40.0 - 5.00 - - - - - 40.00
1,1,6 Comisión por Servicio Informático RUAT 0.1 28.35 10.88 5.78 3.45 5.78 2.93 3.90 3.90
2 COSTOS DE OPERACIÓN 558.3 258.53 88.34 24.11 0.00 29.33 32.36 59.42 7.75
2 .1 Costos de Administración 308.2 164.5970 57.5182 7.8706 0.0000 17.8436 13.9336 2.9521 0.0000
2 ,1,1 Sueldos y Salarios 153.4 82.6469 54.0491 3.2160 0.0000 8.9596 0.1972 1.4557 0.0000
2 ,1,1,1 Sueldos y Salarios 141.84 77.8799 50.9316 3.0305 0.0000 8.4428 0.1859 1.3717 0.0000
2 ,1,1,2 Aportes Patronales 5.79 3.1811 2.0804 0.1238 0.0000 0.3449 0.0076 0.0560 0.0000
2 ,1,1,3 Provision Aguinaldos 2.89 1.5858 1.0371 0.0617 0.0000 0.1719 0.0038 0.0279 0.0000
2 ,1,1,4 Provision doble Aguinaldo 2.89 1.5858 1.0371 0.0617 0.0000 0.1719 0.0038 0.0279 0.0000
2 ,1,2 Depreciación 154.7 81.9501 3.4690 4.6546 0.0000 8.8840 13.7363 1.4964 0.0000
2 ,1,2 ,1 Edificaciones 1.24 0.6804 0.4450 0.0265 0.0000 0.0738 0.0016 0.0120 0.0000
2 ,1,2 ,2 Muebles y Enseres 1.57 0.8645 0.5653 0.0336 0.0000 0.0937 0.0021 0.0152 0.0000
2 ,1,2 ,3 Equipos de Computación 3.26 1.7892 1.1701 0.0696 0.0000 0.1940 0.0043 0.0315 0.0000
2 ,1,2 ,4 Fargo HDP-5000 143.18 78.6161 1.2886 4.5249 0.0000 8.5226 13.0741 37.1560 0.0000
2 ,1,2 ,5 Herramientas en General 5.48 0.0000 0.0000 0.0000 0.0000 0.0000 0.6543 4.8291 0.0000
COSTOS DIRECTOS
REGISTRO VEHICULAR AUTOMOTOR TERRESTRE
GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE COCHABAMBA
74
2 .2 Gastos Indirectos por Servicio 250.2 93.9281 30.8186 16.2423 0.0000 11.4909 18.4313 56.4704 7.7492
2 ,2 ,1 Servicios Basicos 6.4 3.4958 2.2862 0.1360 0.0000 0.3790 0.0083 0.0616 0.0000
2 ,2 ,1,1 Agua y alcantarillado 4.93 2.7044 1.7686 0.1052 0.0000 0.2932 0.0065 0.0476 0.0000
2 ,2 ,1,2 Electricidad 1.18 0.6491 0.4245 0.0253 0.0000 0.0704 0.0015 0.0114 0.0000
2 ,2 ,1,3 Telefónico 0.26 0.1423 0.0931 0.0055 0.0000 0.0154 0.0003 0.0025 0.0000
2 ,2 ,2 Licencia Antivirus 0.0 0.0038 0.0025 0.0001 0.0000 0.0004 0.0000 0.0001 0.0000
2 ,2 ,3 Servicio de Seguros 2.3 1.2408 0.8114 0.0483 0.0000 0.1345 0.0030 0.0219 0.0000
2 ,2 ,4 Servicio de Seguros FARGO 0.1 0.0533 0.0348 0.0021 0.0000 0.0058 0.0000 0.0000 0.0000
2 ,2 ,5 Servicio de Internet 0.0 0.0217 0.0142 0.0008 0.0000 0.0024 0.0001 0.0004 0.0000
2 ,2 ,6 Mantenimiento de Fargo Hdp-5000 0.5 0.2806 0.1835 0.0109 0.0000 0.0304 0.0000 0.0000 0.0000
2 ,2 ,7 Capacitación al Personal 43.5 16.5458 18.2875 1.7417 0.0000 2.6125 0.0000 0.0000 4.3542
2 ,2 ,8 Gastos Generales 240.9 72.2863 9.1984 14.3023 0.0000 8.3260 18.4199 56.3865 3.3950
2 ,2 ,8 ,1 Servicio de Limpieza 2.66 1.4613 0.9556 0.0569 0.0000 0.1584 0.0035 0.0257 0.0000
2 ,2 ,8 ,2 Material y Suministros 4.89 2.6861 1.7566 0.1045 0.0000 0.0465 0.0000 0.2984 0.0000
2 ,2 ,8 ,3 Herramientas en General 0.83 0.0000 0.0000 0.0000 0.0000 0.0000 0.0993 0.7328 0.0000
2 ,2 ,8 ,4 Servicios no Personales 7.55 4.1453 2.7109 0.1616 0.0000 0.4494 0.0099 0.0730 0.0000
2 ,2 ,8 ,5 Consultores en Linea Operativos 68.75 3.0938 1.0313 2.7500 0.0000 2.0625 7.5625 30.2500 2.1450
2 ,2 ,8 ,6 Consultores en Linea Plataforma 125.00 43.7500 2.5000 0.0000 0.0000 3.7500 10.0000 25.0000 1.2500
2 ,2 ,8 ,7 Camaras Fotograficas 30.56 16.7768 0.0000 11.2148 0.0000 1.8187 0.7439 0.0000 0.0000
2 ,2 ,8 ,8 Ropa de Trabajo 0.68 0.3731 0.2440 0.0145 0.0000 0.0405 0.0009 0.0066 0.0000
COSTO TOTAL DE SERVICIO 377 145 72 46 77 39 149 52
75
4.3.1 Código
Codificación alfanumérica que se le asigna a las cuentas y sub-cuentas según corresponda.
4.3.2 Cuenta o sub cuenta
Detalle de las cuentas y sub cuentas de costo y gasto en los que se incurre para la
determinación del costo final de cada trámite según corresponda.
4.3.3 Costo unitario
Detalle de los costos unitarios en los que se incurren.
4.3.3.1 Costo unitario prorrata (si corresponde)
Esta columna es la que indica cual es el costo unitario a prorratear para cada trámite.
4.3.4 Costo Inscripción vehículo automotor terrestre
Detalle de todos los costos en los que se incurren para la determinación de la tasa por
concepto de inscripción del vehículo automotor terrestre.
El costo por inscripción que se ha determinado es de Bs. 550 para Vehículos y Bs. 377 para
Motocicletas.
4.3.5 Costo Transferencia vehículo automotor terrestre
Detalle de todos los costos en los que se incurren para la determinación de la tasa por
concepto de transferencia del vehículo automotor terrestre.
76
El costo por transferencia que se ha determinado es de Bs. 164 para Vehículos y Bs. 145
para Motocicletas.
4.3.6 Costo cambio de servicio vehículo automotor terrestre
Detalle de todos los costos en los que se incurren para la determinación de la tasa por
concepto de cambio de servicio vehículo automotor terrestre.
El costo por cambio de servicio que se ha determinado es de Bs. 79 para Vehículos y Bs. 72
Motocicletas.
4.3.7 Costo cambio de radicatoria vehículo automotor terrestre
Detalle de todos los costos en los que se incurren para la determinación de la tasa por
concepto de Costo cambio de radicatoria vehículo automotor terrestre.
El costo por cambio de radicatoria que se ha determinado es de Bs. 49 para Vehículos y 46
Motocicletas.
4.3.8 Costo duplicado CRPVA vehículo automotor terrestre
Detalle de todos los costos en los que se incurren para la determinación de la tasa por
concepto de duplicado CRPVA vehículo automotor terrestre.
El costo por duplicado CRPVAT que se ha determinado es de Bs. 78 para Vehículos y Bs.
79 para Motocicletas.
4.3.9 Costo duplicado plaquetas vehículo automotor terrestre
77
Detalle de todos los costos en los que se incurren para la determinación de la tasa por
concepto de duplicado plaquetas vehículo automotor terrestre.
El costo por duplicado plaquetas que se ha determinado es de Bs. 39 para Vehículos y
Motocicletas.
4.3.10 Costo duplicado placa y plaqueta vehículo automotor terrestre
Detalle de todos los costos en los que se incurren para la determinación de la tasa por
concepto de duplicado placa y plaqueta vehículo automotor terrestre.
El costo por duplicado placas y plaquetas que se ha determinado es de Bs. 266 para
Vehículos y Bs. 149 para Motocicletas.
4.3.11 Costo gravamen
Detalle de todos los costos en los que se incurren para la determinación de la tasa por
concepto de gravámenes vehículo automotor terrestre.
El costo por gravamen que se ha determinado es de Bs. 58 para Vehículos y Bs. 52 para
Motocicletas.
78
CAPÍTULO V ESTRUCTURA ORGANIZATIVA
La división de registro vehicular actualmente no cuenta con una estructura organizacional
definida, se encuentra bajo la dirección de recaudaciones del Gobierno Autónomo
Municipal de Cochabamba, a continuación se puede ver el organigrama del GAMC,
posteriormente se muestra el organigrama propuesto de la División de Registro Vehicular.
Dirección de Recaudaciones
El CEMAC (Centro Municipal de Atención al Contribuyente) nació con el propósito de
fortalecer las capacidades estratégicas de recaudación y atención al ciudadano así como
lograr un relacionamiento armónico y atento entre la ciudadanía y el Gobierno Autónomo
Municipal de Cochabamba a efectos de elevar la calidad de los servicios prestados,
facilitando la realización de los trámites que realizan los ciudadanos y mejorando las
actividades de los procesos utilizados. Surge mediante la aprobación de la Ordenanza
Municipal N° 3740/2007 del 11 de octubre de 2007, donde aprueba la Estructura
Organizacional de la antes denominada H. Municipalidad de Cochabamba, marco en el cual
se implementó la Oficialía Mayor Administrativa y de Atención al Contribuyente
79
5.1 ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO
MUNICIPAL DE COCHABAMBA
80
5.2 Estructura Organizacional de la División de Registro Vehicular Automotor
Terrestre
81
CONCLUSIONES
 Al realizar el diseño de la estructura de costos que determine las tasas por servicios
prestados por concepto de Registro Vehicular Automotor Terrestre, se cumplió con
la definición de Tasa como tributo según la definición descrita en la Ley 2492,
asegurando así la sostenibilidad y funcionamiento de la División de registro
Vehicular Automotor Terrestre del Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba.
 Se lograron establecer los procedimientos propuestos para los servicios que prestará
a partir de la aplicación del Proyecto de Ley. la División de Registro Vehicular
Automotor Terrestre del Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba.
 Al establecer la estructura organizacional propuesta tomando en cuenta el personal
que se necesita para realización de los trámites que se realizan, se podrá afrontar los
cambios procedimentales de la División de Registro Vehicular Automotor Terrestre
en el Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba.
 Tomando en cuenta los costos de adquisición y operación en los que la división
incurre directa e indirectamente en los trámites realizados, se evidencia que las tasas
determinadas para la primera gestión en la que se implemente si cumplirán con la
definición de tasa como tributo asegurando que los recursos percibidos serán
netamente de funcionamiento de la división, según el artículo 11 de la Ley N° 2492:
“Las tasas son tributos cuyo hecho imponible consiste en la prestación de
servicios o la realización de actividades sujetas a normas de derecho público
individualizadas en el sujeto pasivo, cuando concurran las dos siguientes
circunstancias:
 Que dichos servicios y actividades sean de solicitud o recepción obligatoria
por los administrados.
82
 Que para los mismos, está establecida en su reserva a favor del sector
público por referirse a la manifestación del ejercicio de autoridad.”
 La División de Registro Vehicular Automotor Terrestre del Gobierno Autónomo
Municipal de Cochabamba. demuestra la sostenibilidad en el tiempo de la misma
tomando en cuenta el parágrafo II Articulo 10 del Proyecto de Ley Municipal del
Registro Vehicular Automotor Terrestre que indica: “Los valores de las tasas en la
escala establecida podrán ser actualizados por el Órgano Ejecutivo Municipal del
Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba, en base a la variación de la
Unidad de Fomento a la Vivienda (UFV), publicado por el Banco Central de
Bolivia producido entre el 01 de enero al 31 de diciembre de cada gestión fiscal”.
 Una vez culminada la determinación de los costos por servicios para la realización
de los trámites por concepto de Registro Vehicular Automotor Terrestre en el
Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba, se presenta el cuadro comparativo
entre los costos que actualmente tiene la realización de los trámites y los costos
determinados con el estudio técnico.
CONCEPTO COSTO ACTUAL
COSTO
DETERMINADO
Inscripción Vehículo 537,00 550,00
Inscripción Motocicleta 378,00 377,00
Transferencia VEHÍCULO 145,00 164,00
Transferencia MOTOCICLETA 145,00 145,00
Cambio de Servicio VEHÍCULO 77,00 79,00
Cambio de Servicio MOTOCICLETA 77,00 72,00
Cambio de Radicatoria 31,00 49,00
Cambio de Radicatoria 31,00 46,00
Duplicado Certificado de Registro de Propiedad del
Vehículo Automotor Terrestres (CRPVAT) VEHICULO
77,00
78,00
Trabajo
Trabajo
Trabajo
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Trabajo
Trabajo
Trabajo
Trabajo
Trabajo
Trabajo
Trabajo
Trabajo
Trabajo
Trabajo
Trabajo
Trabajo
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Trabajo

  • 1. I INDICE INTRODUCCION DESCRIPCIÓN DEL PROBLEMA a IDENTIFICACIÓN DEL PROBLEMA O NECESIDAD b FORMULACIÓN DEL PROBLEMA c FORMULACIÓN DEL PROBLEMA O NECESIDAD c Sub preguntas del problema o necesidad c JUSTIFICACIÓN JUSTIFICACIÓN TEÓRICA c JUSTIFICACIÓN PRÁCTICA d DESCRIPCIÓN DE LOS OBJETIVOS Objetivo General d Objetivos Específicos e METODOLOGÍA Y TIPO DE INVESTIGACION e Métodos e Técnicas e instrumentos f Objeto de estudio f Análisis e interpretación de resultados f CAPÍTULO 1 MARCO TEÓRICO 1.1 REGISTRO VEHICULAR AUTOMOTOR 1.1.1 Definición 1 1.2 DIVISIÓN DE REGISTRO VEHICULAR DEL GAMC 1 1.2.1 Estructura Organizativa de la División de Registro Vehicular Automotor 2 Terrestre en el Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba 2 1.2.2 Funciones de la División de Registro Vehicular Automotor Terrestre en el Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba 2
  • 2. II 1.2.3 Trámites por concepto de registro vehicular automotor terrestre 2 1.2.4 Procedimiento 3 1.2.4.1 Definición 3 1.2.4.2 Estructura de procedimientos e instructivos 4 1.3 TASA POR REGISTRO VEHICULAR AUTOMOTOR TERRESTRE 1.3.1 Tasas por concepto de registro del vehículo automotor terrestre 5 1.4 ESTRUCTURA DE COSTOS 1.4.1 Definición 6 1.4.2 Estructura de costos del Registro Vehicular Automotor Terrestre 6 1.4.3 Elementos del costo 6 1.4.3.1 Costos de adquisición 6 1.4.3.2 Costos de operación 6 a) Costos de administración 7 b) Gastos indirectos por servicio 8 CAPÍTULO II MARCO LEGAL 2.1 CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA 10 2.2 LEY MARCO DE AUTONOMÍAS 031 11 2.1.1 DISPOCISIONES ADICIONALES PRIMERA Y SEGUNDA 11 2.3 LEY GENERAL DE TRANSPORTE 12 2.4. CODIGO TRIBUTARIO BOLIVIANO LEY Nº 2492 12 2.5 LEY DE GOBIERNOS AUTÓNOMOS MUNICIPALES Nº 482 12 CAPÍTULO III REGISTRO VEHICULAR DEL GAMC 3.1 Procedimiento actual en la división de registro vehicular del Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba 14 3.1.1 Inscripción Casa Comercial del Vehículo Automotor Terrestre 15 3.1.2 Inscripción Importación Directa 17
  • 3. III 3.1.3 Inscripción Importación Directa con Transferencia 19 3.1.4 Inscripción Casa Comercial del Vehículo Automotor Terrestre con transferencia 21 3.1.5 Transferencia Directa 23 3.1.6 Transferencia con cambio de Radicatoria 25 3.2 PROCEDIMIENTO PROPUESTO EN LA DIVISIÓN DEL GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE COCHABAMBA 27 3.2.1 Inscripción Casa Comercial del Vehículo Automotor Terrestre 28 3.2.2 Inscripción Importación Directa 29 3.2.3 Inscripción Importación Directa con Transferencia 30 3.2.4 Inscripción Casa Comercial del Vehículo Automotor Terrestre con transferencia 31 3.2.5 Transferencia Directa 32 3.2.6 Transferencia con cambio de Radicatoria 33 CAPÍTULO IV DETERMINACIÓN DEL COSTO POR SERVICIOS DEL SERVICIO VEHICULAR AUTOMOTOR TERRESTRE 4.1 COSTOS DE ADQUISICIÓN 34 4.1.1 Placas Metálicas Vehículos Automotores Terrestres 35 4.1.2 Plaquetas de distinción de radicatoria y servicios 37 4.1.3 Certificado de registro de Propiedad de Vehículo Automotor Terrestre 39 4.1.4 Carnet de registro de Propiedad de Vehículo Automotor Terrestre 40 4.1.5 Resolución por el Registro Vehicular Automotor Terrestre 42 4.1.6 Valores Municipales 42 4.1.7 Comisión por Servicio Informático 43 4.2 COSTOS DE OPERACIÓN 44 4.2.1 Costos de Administración 44
  • 4. IV 4.2.1.1 Sueldos y salarios 45 4.2.1.2 Depreciación 48 4.2.2 Gastos Indirectos por servicio 55 4.2.2.1 Servicios Básicos 55 4.2.2.1.1 Agua y alcantarillado 55 4.2.2.1.2 Energía eléctrica 57 4.2.2.1.3 Servicio Telefónico 59 4.2.2.2 Licencia de antivirus 59 4.2.2.3 Servicio de seguros 60 4.2.2.4 Servicio de internet 62 4.2.3 Gastos Generales 63 4.2.3.1 Servicio de limpieza 63 4.2.3.2 Material y suministros 64 4.2.3.3 Servicios no profesionales 67 4.2.3.4 Consultores en línea 67 4.2.3.5 Cámaras Fotográficas 68 4.2.3.6 Ropa de trabajo 69 4.3 ESTRUCTURA DE COSTOS FINAL 71 4.3.1 Código 75 4.3.2 Cuenta o sub cuenta 75 4.3.3 Costo unitario 75 4.3.3.1 Costo unitario prorrata 75 4.3.4 Costo inscripción vehículo automotor terrestre 75 4.3.5 Costo Transferencia vehículo automotor terrestre 75 4.3.6 Costo cambio de servicio vehículo automotor terrestre 76 4.3.7 Costo cambio de radicatoria vehículo automotor terrestre 76 4.3.8 Costo duplicado CRPVAT 76 4.3.9 Costo duplicado plaquetas vehículo automotor terrestre 76 4.3.10 Costo placa y plaqueta vehículo automotor terrestre 77
  • 5. V 4.3.11 Costo gravamen 77 CAPÍTULO V ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL DE LA DIVISIÓN 78 5.1 Estructura Organizacional del Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba 79 5.2 Estructura Organizacional de la División de Registro Vehicular 80 CONCLUSIONES 81 RECOMENDACIONES 83 BIBLIOGRAFÍA 84 ANEXOS ANEXOS 1 87 ANEXOS 2 152
  • 6. INTRODUCCIÓN DESCRIPCIÓN DEL PROBLEMA La Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia en su artículo 272 consagra la autonomía de las entidades territoriales que implica la elección directa de sus autoridades por las ciudadanas y ciudadanos, la administración de sus recursos económicos y el ejercicio de las facultades legislativas, reglamentaria, fiscalizadora y ejecutiva, por los Órganos del Gobierno Autónomo en el ámbito de su jurisdicción y competencia y atribuciones. Asimismo, en su artículo 283 prevé que el Gobierno Autónomo Municipal está constituido por un Concejo Municipal con facultad deliberativa, fiscalizadora y legislativa municipal en el ámbito de sus competencias y un Órgano Ejecutivo presidido por la Alcaldesa o Alcalde. Que en cumplimiento de la Ley de Clasificación y definición de impuestos y de regulación para la creación y/o modificación de impuestos de dominio de los gobiernos autónomos (LCI) (L154 de 14/07/2011), la Ley Municipal Nº 0005/2011 de 04 de mayo de 2013, modifica la Ley Municipal Nº 0001/2011 de fecha 15 de noviembre de 2011, en su estructura legislativa como la máxima norma en el ámbito y jurisdicción del Gobierno Autónomo Municipal de la Provincia Cercado del Departamento de Cochabamba en el marco de las competencias establecidas. Considerando el Decreto Supremo Nº 24054 de 29 de Junio de 1995 publicada en 3 de Junio de 1995 referido a la creación del Impuesto Municipal a Las Transferencias de Inmuebles y Vehículos Automotores (IMT); que dispone que los Gobiernos Municipales son responsables de la recaudación y fiscalización del correcto pago de este Impuesto en ocasión de las Transferencias de Inmuebles y Vehículos Automotores registrados en cada una de sus jurisdicciones; así también el Decreto Supremo Nº 24205 de 23 de Diciembre de 1995 publicada el 29 de diciembre de 1995 Reglamento del Impuesto a la Propiedad de
  • 7. Vehículos Automotores, que indica que el Impuesto es de dominio exclusivo de los Gobiernos Municipales. Con el Decreto Supremo Nº 24604 de 6 de Mayo de 1997 publicada el 6 de Junio de 1997 se crea el Registro Único Automotor, Modificada y Complementada por el Decreto Supremo Nº 27665 10 de Agosto de 2004 publicada el 16 de Agosto de 2004. En base a la normativa citada precedentemente, el Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba, percibe por el servicio prestado al contribuyente en Registro Vehicular Automotor Terrestre, un arancel o valor, motivo por el cual nace la necesidad de establecer un “Diseño de Costo por dicho servicio” para el respaldo del cobro de las tasas para la auto sostenibilidad de la División de Registro Vehicular, todo esto en completa sujeción a lo establecido por la CPE, Ley Marco de Autonomías Nº 031 “Andres Ibañez”; atribuciones que permitirán al Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba ejercer su competencia exclusiva, y crear una Ley de Tasas para su aplicación en base a la tasa establecida por la estructura de costos. 1.1 IDENTIFICACIÓN DEL PROBLEMA O NECESIDAD El Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba se encuentra facultado por la Ley Marco de Autonomías Nº 031 “Andres Ibañez” atribuciones que le permiten ejercer su competencia exclusiva, y crear una Ley de Tasas para su aplicación en base a la estructura de costos propuesta en este proyecto. El problema detectado: “LA CARENCIA DE UNA TASA ESTABLECIDA EN FUNCION A UNA ESTRUCTURA DE COSTOS QUE ASEGURE LA SOSTENIBILIDAD DEL FUNCIONAMIENTO PARA EL REGISTRO VEHICULAR AUTOMOTOR TERRESTRE DEL GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE COCHABAMBA”
  • 8. 1.2 FORMULACIÓN DEL PROBLEMA “LA CARENCIA DE UNA ESTRUCTURA DE COSTOS QUE DETERMINE LOS VALORES A COBRAR (TASAS) QUE GARANTICEN LA AUTOSOSTENIBILIDAD DE LA DIVISION DE REGISTRO VEHICULAR AUTOMOTOR TERRESTRE DEL GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE COCHABAMBA”. 1.2.1 Sub preguntas del problema o necesidad El Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba deberá contar con la información necesaria, útil y oportuna para el beneficio de la población y su sociedad en conjunto. ¿Qué estructura se debe tomar en cuenta para tomar la decisión de crear una Ley para el cobro de tasas por concepto de Registro Vehicular Automotor Terrestre para el Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba? ¿Para qué se va a realizar la estructura de costos? ¿Cómo se van a estructurar los costos y a prorratear la aplicación de los recursos? 2.JUSTIFICACIÓN Para la justificación se toma dos aspectos: la justificación teórica y la práctica 2.1 JUSTIFICACIÓN TEÓRICA Al elaborar el Proyecto se podrá evidenciar, que actualmente los Recursos percibidos por concepto de Tramites Vehiculares son asignados a tres instituciones, dichas distribuciones se hacen del Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba, al RUAT y al Organismo Operativo de Transito de la Policía Boliviana.
  • 9. El aporte del trabajo a realizar para el área, es que el estudio realizado podrá ser utilizado como base o fundamento teórico que respalde el cobro y modificación de las tasas por concepto de Registro Vehicular Automotor Terrestre, conservando así la totalidad de la recaudación para el Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba, según concepto de“tasa” enunciado en el artículo Nº 11 de la Ley 2492 Código Tributario Boliviano. 2.2 JUSTIFICACIÓN PRACTICA El proyecto será tomado en cuenta como respaldo para el cobro de las tasas por concepto de registro vehicular automotor terrestre y aplicación de recursos percibidos por los trámites. Se busca también que el Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba sea el único ente facultado para realizar el Registro Vehicular Automotor Terrestre en su jurisdicción, realizando el cobro de las tasas únicamente para fines de Registro en el municipio, manteniendo así la funcionalidad y sostenibilidad de la División de Registro Vehicular Automotor Terrestre. El presente proyecto será presentado también como estudio de factibilidad para la aprobación de la Ley Municipal de Registro Vehicular Automotor Terrestre. OBJETIVOS Para el proyecto de grado se elaboraron los siguientes objetivos: OBJETIVO GENERAL Diseñar una estructura de costos que determine las tasas por servicios prestados por concepto de Registro Vehicular Automotor Terrestre, cumpliendo con la definición de Tasa como tributo y asegurando así la sostenibilidad y funcionamiento de la División de registro Vehicular Automotor Terrestre del Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba.
  • 10. OBJETIVOS ESPECÍFICOS Efectuar una evaluación a través de técnicas e instrumentos de investigación, de la situación actual del ciudadano al realizar los trámites concernientes al registro de la propiedad y actualización de datos técnicos de los Vehículos Automotores Terrestres dentro la jurisdicción del Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba. Recopilar datos, conceptos, e información documental acerca del entorno del tema, mediante la investigación bibliográfica y documental de Leyes, Normas Nacionales y Municipales referentes al Registro Vehicular Automotor Terrestre y los requerimientos de esta. Determinar las tasas por los servicios prestados por concepto de Registro Vehicular Automotor Terrestre en el Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba, estructurando los costos en los q incurre la división garantizando su sostenibilidad en el tiempo. METODOLOGIA Y TIPO DE INVESTIGACIÓN El tipo de investigación a realizar es: “Investigación Proyectiva”, pues se realizará un proyecto o propuesta con el objetivo de solucionar un problema identificado, u optimización de algún proceso. Métodos Los métodos de investigación que se utilizaron, fueron elmétodo inductivo y el método Analítico.
  • 11. Técnicas e instrumentos Para el cumplimiento de los objetivos de la investigación se aplicaron las técnicas y los instrumentos adecuados y necesarios, de forma tanto cualitativa, como cuantitativa. Se utilizaron las técnicas de la entrevista semi -estructurada, cuestionarios, presupuestos, análisis porcentuales entre otros. Objeto de estudio La división de Registro Vehicular automotor Terrestre del Gobierno Autonomo Municipal de Cochabamba. Análisis e Interpretación de Resultados En base a las estadísticas sobre el parque automotor en Cochabamba, se realizó un análisis de mayor sustentabilidad para la determinación de las tasas por concepto de registro vehicular y como respaldo a la ley , el desarrollo de la logística en la división de registro vehicular automotor terrestre del Gobierno Autónomo Municipio de Cochabamba.
  • 12. 1 CAPÍTULO 1 MARCO TEÓRICO Producto de la normativa legal vigente aplicable posterior a lo establecido en la nueva Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia el Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba se encuentra facultado por la Ley marco de Autonomías y descentralización “Andrés Ibáñez” Nº 031, en su disposición adicional primera, manifiesta que “la creación, modificación o supresión de tributos por las entidades territoriales autónomas, en el ámbito de sus competencias, se realiza mediante leyes emitidas por su órgano legislativo. 1.1 REGISTRO VEHICULAR AUTOMOTOR 1.1.1 Definición El Registro Vehicular Automotor Terrestre es el empadronamiento y re empadronamiento del Parque Automotor Terrestre en el Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba. (Gobierno Autonomo Municipal de Cochabamba, 2013) 1.2 DIVISIÓN DE REGISTRO VEHICULAR DEL GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE COCHABAMBA El Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba cuenta con cinco oficialías de las cuales la oficialía mayor administrativa y financiera es la encargada del manejo administrativo financiero del Municipio y la recaudación de los recursos propios que se generen por concepto de tributos municipales. (Gobierno Autonomo Municipal de Cochabamba, 2013) 1.2.1 Estructura Organizativa de la División de Registro Vehicular Automotor Terrestre en el Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba
  • 13. 2 La división de Registro Vehicular automotor Terrestre se encuentra bajo la dirección de Recaudaciones dentro el Departamento de Impuestos a la propiedad, según detalla el organigrama expuesto en anexos. 1.2.2 Funciones de la División de Registro Vehicular Automotor terrestre del Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba El Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba sea el único ente facultado para realizar el Registro Vehicular Automotor Terrestre en su jurisdicción, realizando el cobro de las tasas únicamente para fines de Registro en el municipio, manteniendo así la funcionalidad y sostenibilidad de la División de Registro Vehicular Automotor Terrestre, así como tener una base de datos real del parque automotor terrestre en el Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba. (Gobierno Autonomo Municipal de Cochabamba, 2013) 1.2.3 Trámites por concepto de registro vehicular automotor terrestre Las prestaciones que realiza la División de Registro Vehicular Automotor Terrestre del Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba, por concepto de Registro Vehicular Automotor Terrestre (Objeto de análisis y estudio). (Gobierno Autonomo Municipal de Cochabamba, 2013)
  • 14. 3 Cuadro Nº 1 Trámites por servicio de registro vehicular automotor terrestre Inscripción Vehículo Inscripción Motocicleta Transferencia Cambio de Servicio Cambio de Radicatoria Duplicado Certificado de Registro de Propiedad del Vehículo Automotor Terrestres (CRPVAT) Duplicado Plaqueta Duplicado Placa y Plaqueta Vehículo Duplicado Placa y Plaqueta Motocicleta Gravamen y Cancelación Hipotecario Vehículo Gravamen y Cancelación Hipotecario Motocicleta Fuente: elaboración propia Para los trámites de registro vehicular se requieren varios procedimientos, a continuación se define y considera la estructura de procedimientos instructivos 1.2.4 Procedimiento 1.2.4.1 Definición El Procedimiento administrativo es el cauce formal de la serie de actos en que se concreta la actuación administrativa para la realización de un fin. (http/www.google.com.bo)
  • 15. 4 1.2.4.2 Estructura de procedimientos e instructivos Todos los procedimientos que se realizan para asegurar la calidad de los productos y servicios de la organización deben de cumplir con la siguiente estructura: (http/www.google.com.bo)  Título del Procedimiento: Debe ser claro, conciso y completo.  Objetivo del Procedimiento: Dar una breve y clara visión del objetivo.  Alcance: Dónde inicia y termina el procedimiento.  Definiciones: Definir las palabras clave, abreviaciones o iniciales que serán utilizadas al redactar el procedimiento.  Políticas: Criterios que guiarán una o varias actividades descritas.  Producto: Resultados de un procedimiento. La División de registro vehicular automotor terrestre para la prestación de los servicios requiere definir las tasas (tributos) que se cobran por cada tipo de trámite 1.3 TASA POR REGISTRO VEHICULAR AUTOMOTOR TERRESTRE Las tasas son tributos cuyo hecho imponible consiste en la prestación de servicios o la realización de actividades sujetas a normas de derecho público individualizadas en el sujeto pasivo, cuando concurran las dos siguientes circunstancias: (Servicio de Impuestos Nacionales, 2004)  Que dichos servicios y actividades sean de solicitud o recepción obligatoria por los administrados.
  • 16. 5  Que para los mismos, está establecida en su reserva a favor del sector público por referirse a la manifestación del ejercicio de autoridad. 1.3.1 Tasas por concepto de registro del vehículo automotor terrestre Los trámites por concepto de Registro de la Propiedad del Vehículo Automotor Terrestre en el marco de la normativa legal vigente, tienen un valor establecido como una tasa (arancel), expresadas en bolivianos conforme al siguiente cuadro. Cuadro Nº 2 Valores actuales que se cobra Por concepto de Registro del Vehículo Automotor Terrestre CONCEPTO TASA (ARANCEL - Bs. ) Inscripción Vehículo 537,00 Inscripción Motocicleta 378,00 Transferencia 145,00 Cambio de Servicio 77,00 Cambio de Radicatoria 31,00 Duplicado Certificado de Registro de Propiedad del Vehículo Automotor Terrestres (CRPVAT) 77,00 Duplicado Plaqueta 39,00 Duplicado Placa y Plaqueta Vehículo 310,00 Duplicado Placa y Plaqueta Motocicleta 155,00 Según establece la normativa legal vigente las tasas por concepto de registro vehicular automotor terrestre requieren una estructura de costos respaldando el cobro de las mismas. Actualmente el Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba no cuenta con una estructura de costos que respalde el cobro de dichas tasas. A continuación se toma en cuenta los conceptos fundamentales en los que se incurre para la determinación de los costos.
  • 17. 6 1.4 ESTRUCTURA DE COSTOS Los conceptos fundamentales de la acumulación de costos se aplican a todos los tipos de organizaciones, sean estas industriales comerciales, de servicio, lucrativas, públicas o privadas, cada una aplicando el concepto de costos a la naturaleza de su actividad. 1.4.1 Definición de la estructura de costos del registro vehicular automotor terrestre La estructura de costos es el conjunto de procedimientos, técnicas, y método, conformado por diferentes costos y gastos inmersos en la actividad de la institución. (Funes O. J., 1993) 1.4.2 Elementos del costo Dentro de la división de registro vehicular automotor terrestre se tienen los siguientes elementos para la determinación del costo por cada servicio que presta. 1.4.2.1 Costos de adquisición Son aquellos costos que tienen por objeto determinar el costo unitario de adquisición de artículos acabados (mercaderías en la empresa comercial y materiales en la industria). (Funes O. J., 1993) 1.4.2.2 Costos de operación Aquellos que tienen por objeto determinar lo que cuesta; administrar, vender y financiar un producto o un servicio; esto a su vez pueden ser: Costo de administración y Gastos indirectos. (Funes O. J., 1993)
  • 18. 7 a) Costos de administración Costos que se originan en el área administrativa. Esta clasificación tiene como finalidad agrupar los costos por funciones, lo cual facilita cualquier análisis que se pretenda realizar de ellas. (Rivera, 2012)  Sueldos y Salarios.-Remuneración regular asignada por el desempeño de un cargo o servicio profesional, así como por el esfuerzo físico o mental. (Funes O. J., 1993)  Depreciación.- Mecanismo mediante el cual se reconoce el desgaste que sufre un bien por el uso que se haga de él. Cuando un activo es utilizado para generar ingresos, este sufre un desgaste normal durante su vida útil que al final lo lleva a ser inutilizable. (Funes O. J., 1993) b) Gastos indirectos por servicio Están conformados por elementos que intervienen indirectamente en la prestación del servicio. (Rivera, 2012) A continuación se describen los gastos indirectos en los que incurre la División de Registro Vehicular Automotor Terrestre del Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba. (Ministerio de economia y finanzas publicas, 2014)  Servicios Básicos.- Gastos por comunicaciones y servicios necesarios para el funcionamiento de las entidades, proporcionados o producidos por empresas del sector público o privado. (Ministerio de economia y finanzas publicas, 2014)  Agua.- Gastos por consumo de agua, independientemente de la fuente de suministro. (Ministerio de economia y finanzas publicas, 2014)
  • 19. 8  Energía Eléctrica.- Gastos por consumo de energía eléctrica, independientemente de la fuente de suministro. (Ministerio de economia y finanzas publicas, 2014)  Telefonía.- Gastos destinados al pago de llamadas telefónicas locales, al interior y al exterior del país, así como el pago tarifario mensual y el servicio de fax, incluye la telefonía móvil, de acuerdo a normativa vigente. (Ministerio de economia y finanzas publicas, 2014)  Licencia de Antivirus.- Autorización de control y detección de un programa cuya función es la prevención, detección y eliminación de virus y software malicioso.  Seguros.- Gastos por contratación de seguros para personas, equipos, vehículos, muebles, inmuebles, instalaciones, producción y otros. Incluye el pago por franquicias. (Ministerio de economia y finanzas publicas, 2014)  Internet y Otros.- Gastos por servicios de internet, videoconferencias, transmisión de datos y otros inherentes a este servicio, utilizados exclusivamente en entidades públicas. (Ministerio de economia y finanzas publicas, 2014)  Gastos por Mantenimiento.- Gastos para atender el mantenimiento y reparación de equipos de oficina, comunicación y otros, que son ejecutados por terceros. (Ministerio de economia y finanzas publicas, 2014)  Capacitación del Personal.- Gastos por servicios destinados a la capacitación y adiestramiento de personal permanente, eventual y consultores individuales de línea, de acuerdo a contrato establecido, cuando corresponda, en cursos de formación o instrucción, que son necesarios para la actividad de la entidad.
  • 20. 9 Comprende inscripciones, matrículas, cuotas, en cursos, seminarios y otros similares. (Ministerio de economia y finanzas publicas, 2014)  Gastos Generales.- Gastos del servicio, no incluidos o relacionados con el servicio que se presta. Los gastos generales deben ser pagados de forma permanente, con independencia de que la empresa tenga un volumen alto o bajo de actividad. Son importantes para determinar el costo real que el Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba incurre por su servicio. (Ministerio de economia y finanzas publicas, 2014) Para la determinación de los costos en los que incurre la división de registro vehicular automotor terrestre y su estructura se ha considerado en el siguiente capítulo el marco legal respaldatorio.
  • 21. 10 CAPÍTULO II MARCO LEGAL En cumplimiento a lo establecido en la Constitución Política del estado Plurinacional de Bolivia el Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba crea el proyecto de Ley de Registro Vehicular Automotor Terrestre tomando como punto relevante la creación de las tasas que se cobraran por la prestación de estos servicios, en este sentido la Administración Tributaria Municipal busca respaldar dichos tributos (tasas) con el estudio técnico realizado objeto del proyecto. Tomando como referencia la siguiente normativa legal vigente. 2.1 CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA Considerando que la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia en su artículo 272 consagra la autonomía de las entidades territoriales que implica la elección directa de sus autoridades por las ciudadanas y ciudadanos, la administración de sus recursos económicos y el ejercicio de las facultades legislativas, reglamentaria, fiscalizadora y ejecutiva, por los Órganos del Gobierno Autónomo en el ámbito de su jurisdicción y competencia y atribuciones. Asimismo, en su artículo 283 prevé que el Gobierno Autónomo Municipal está constituido por un Concejo Municipal con facultad deliberativa, fiscalizadora y legislativa municipal en el ámbito de sus competencias y un Órgano Ejecutivo presidido por la Alcaldesa o Alcalde. Igualmente, el numeral 18 del artículo 302 de la CPE, manifiesta que es competencia exclusiva de los Gobiernos Autónomos Municipales en su jurisdicción, en temas de transporte urbano, registro de propiedad automotor, ordenamiento y educación vial, administración y control del tránsito urbano.
  • 22. 11 2.2 LEY MARCO DE AUTONOMÍAS 031 La Ley Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez” Nº 031 establece en su artículo 9, parágrafo I, numeral 3) que la autonomía se ejerce a través de la facultad legislativa, determinando así las políticas y estrategias de su gobierno autónomo, concordante con el artículo 34 de la Ley Marco que prevé que el Gobierno Autónomo Municipal está constituido por un Concejo Municipal y un Órgano Ejecutivo Autónomo Municipal correspondiendo al primero la facultad legislativa en el ámbito de las competencias municipales. 2.2.1 DISPOSICIONES ADICIONALES PRIMERA Y SEGUNDA De esta manera, la Ley Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez” Nº 031, en su Disposición adicional Primera, manifiesta que “La creación, modificación o supresión de tributos por las entidades territoriales autónomas, en el ámbito de sus competencias, se realiza mediante leyes emitidas por su órgano legislativo. Estas leyes aplicaran las disposiciones tributarias en vigencia sobre sus respectivos dominios tributarios. En ningún caso estas normas podrán establecer procedimientos jurisdiccionales, tipificar ilícitos tributarios ni establecer sanciones”. Además, la Disposición adicional Segunda, establece que para “la creación de tributos de las entidades territoriales autónomas en el ámbito de sus competencias, se emitirá un informe técnico por la instancia competente por el nivel central del Estado sobre el cumplimiento de las condiciones establecidas en el parágrafo I y IV del artículo 323 de la Constitución Política del Estado y elementos constitutivos al tributo” Asimismo, la Sentencia Constitucional Plurinacional Nº 2055/2012 de fecha 16 de octubre de 2012, establece la inconstitucionalidad de los parágrafos III, IV, V, VI, VII, VIII, IX del
  • 23. 12 artículo 96 de la Ley de Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez” Nº 031, por ser contrario a los artículos 297 I.2, 300. I.7, 8, 9 y 10, 302.I.7 y 18; y 304.I.6 de la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia. 2.3 LEY GENERAL DE TRANSPORTE El inciso b) del artículo 22 de la Ley General de Transporte de fecha 16 de agosto de 2011, estipula que son competencias de los Gobiernos Autónomos Municipales, efectuar el registro del derecho propietario de los vehículos automotores legalmente importados, ensamblados o fabricados en el territorio nacional. Los gobiernos autónomos municipales remitirán al nivel central del Estado, la información necesaria en los medios y conforme a los parámetros técnicos determinados para el establecimiento de un registro centralizado, integrado y actualizado para todo el país. 2.4. CÓDIGO TRIBUTARIO BOLIVIANO LEY Nº 2492 Que, el Articulo 9 de la Ley Nº 2492 – CTB, establece que los tributos se clasifican en, impuestos, tasas, contribuciones especiales y patentes municipales, asimismo en el Articulo 11 de la citada norma, establece que las Tasas “son tributos cuyo hecho imponible consiste en la prestación de servicios o la realización de actividades sujetas a normas de derecho público individualizadas en el sujeto pasivo…” 2.5. DECRETO SUPREMO Nº 1802 El presente Decreto Supremo tiene por objeto instituir el Segundo Aguinaldo "Esfuerzo por Bolivia" para las servidoras y los servidores públicos, trabajadoras y trabajadores del Sector Público y Privado del Estado Plurinacional, que será otorgado en cada gestión fiscal, cuando el crecimiento anual del Producto Interno Bruto - PIB, supere el cuatro punto cinco por ciento (4.5%)
  • 24. 13 Las entidades públicas que se financian con fuentes y organismo 10-111 y 41-111 "Tesoro General de la Nación", deberán efectuar las modificaciones presupuestarias incluyendo el grupo de gasto 10000 "Servicios Personales"; a fin de dar cumplimiento a la presente norma. 2.6. LEY DE GOBIERNOS AUTÓNOMOS MUNICIPALES Nº 482 La Ley de Gobiernos Autónomos Municipales Nº 482 tiene por objeto regular la estructura organizativa y funcionamiento de los Gobiernos Autónomos Municipales, de manera supletoria. Que en cumplimiento de la Ley de Clasificación y definición de impuestos y de regulación para la creación y/o modificación de impuestos de dominio de los gobiernos autónomos (LCI) (L154 de 14/07/2011), la Ley Municipal Nº 0005/2011 de 04 de mayo de 2013, modifica la Ley Municipal Nº 0001/2011 de fecha 15 de noviembre de 2011, en su estructura legislativa como la máxima norma en el ámbito y jurisdicción del Gobierno Autónomo Municipal de la Provincia Cercado del Departamento de Cochabamba en el marco de las competencias establecidas.
  • 25. 14 CAPÍTULO III REGISTRO VEHICULAR DEL GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE COCHABAMBA 3.1 Procedimiento actual en la división de registro vehicular del Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba Para el registro de los vehículos automotores terrestres actualmente se siguen procedimientos que no son únicamente del Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba, interviniendo además otras instituciones para cumplir con los requisitos que se les pide a los contribuyentes, en cada uno de los flujo-gramas presentados a continuación se tienen los requisitos con los que se tiene que cumplir para poder continuar con el proceso de registro.
  • 26. 15 3.1.1 Inscripción Casa Comercial del Vehículo Automotor Terrestre Elaboración: Propia Fuente: GAMC
  • 27. 16 Para el trámite de inscripción casa comercial del vehículo automotor terrestre según la evaluación realizada a los procedimientos actuales el contribuyente debe seguir el siguiente procedimiento:  Acercarse a las dependencias del GAMC (Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba) al Dpto. de Impuestos a la Propiedad donde al presentar la Póliza de importación, fotocopia del documento de identidad y la factura de la casa comercial se emite un recibo por Bs. 537.- que es el costo que debe cancelar el contribuyente por la inscripción del vehículo.  Pasar por las dependencias de la Policía Nacional DIPROVE (….) y OOT (Organismo Operativo de Transito) para hacer el trámite necesario y obtener la certificación de autenticidad del vehículo y posteriormente la resolución de inscripción del vehículo en el OOT.  Pasar por las dependencias del GAMC para la posterior entrega de las placas plaquetas y certificado de propiedad del vehículo teniendo la resolución de inscripción del vehículo que emite el OOT y la fotocopia del documento de identidad del titular del vehículo.
  • 28. 17 3.1.2 Inscripción Importación Directa Elaboración: Propia Fuente: GAMC
  • 29. 18 Para el trámite de inscripción casa comercial del vehículo automotor terrestre según la evaluación realizada a los procedimientos actuales el contribuyente debe seguir el siguiente procedimiento:  Acercarse a las dependencias del GAMC (Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba) al Dpto. de Impuestos a la Propiedad donde al presentar la Póliza de importación y la fotocopia del documento de identidad se emite un recibo por Bs. 537.- costo que debe cancelar el contribuyente por la inscripción del vehículo.  Pasar por las dependencias de la Policía Nacional DIPROVE (….) y OOT (Organismo Operativo de Transito) para hacer el trámite necesario y obtener la certificación de autenticidad del vehículo y posteriormente la resolución de inscripción del vehículo en el OOT.  Pasar por las dependencias del GAMC para la posterior entrega de las placas plaquetas y certificado de propiedad del vehículo teniendo la resolución de inscripción del vehículo que emite el OOT y la fotocopia del documento de identidad del titular del vehículo
  • 30. 19 3.1.3 Inscripción Importación Directa con Transferencia Elaboración: Propia Fuente: GAMC
  • 31. 20 Para el trámite de inscripción importación directa con transferencia del vehículo automotor terrestre según la evaluación realizada a los procedimientos actuales el contribuyente debe seguir el siguiente procedimiento:  Acercarse a las dependencias del GAMC (Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba) al Dpto. de Impuestos a la Propiedad donde al presentar la Póliza de importación, fotocopia del documento de identidad del comprador y vendedor, y la minuta correspondiente, se emite un recibo por Bs. 537.- costo que debe cancelar el contribuyente por la inscripción del vehículo  Para la emisión del recibo por el importe del impuesto municipal a las transferencias onerosas, por la transferencia del bien el contribuyente deberá presentar la minuta protocolizada, para la protocolización de esta minuta deberá presentar ante el Notario de fe Publica la documentación correspondiente.  Pasar por las dependencias de la Policía Nacional DIPROVE (División de prevención de robo de vehículos) y OOT (Organismo Operativo de Transito) para hacer el tramite necesario y obtener la certificación de autenticidad del vehículo y posteriormente la resolución de transferencia del vehículo en el OOT.  Pasar por las dependencias del GAMC para la posterior entrega de las placas plaquetas y certificado de propiedad del vehículo teniendo la resolución de inscripción del vehículo que emite el OOT y la fotocopia del documento de identidad del titular del vehículo.
  • 32. 21 3.1.4 Inscripción Casa Comercial del Vehículo Automotor Terrestre con transferencia Elaboración: Propia Fuente: GAMC
  • 33. 22 Para el trámite de inscripción casa comercial con transferencia del vehículo automotor terrestre según la evaluación realizada a los procedimientos actuales el contribuyente debe seguir el siguiente procedimiento:  Acercarse a las dependencias del GAMC (Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba) al Dpto. de Impuestos a la Propiedad donde al presentar la Póliza de importación, fotocopia del documento de identidad del comprador y vendedor, y la minuta correspondiente, se emite un recibo por Bs. 537.- costo que debe cancelar el contribuyente por la inscripción del vehículo  Para la emisión del recibo por el importe del impuesto municipal a las transferencias onerosas, por la transferencia del bien el contribuyente deberá presentar la minuta protocolizada, para la protocolización de esta minuta deberá presentar ante el Notario de fe Publica la documentación correspondiente.  Pasar por las dependencias de la Policía Nacional DIPROVE (División de prevención de robo de vehículos) y OOT (Organismo Operativo de Transito) para hacer el trámite necesario y obtener la certificación de autenticidad del vehículo y posteriormente la resolución de transferencia del vehículo en el OOT.  Pasar por las dependencias del GAMC para la posterior entrega de las placas plaquetas y certificado de propiedad del vehículo teniendo la resolución de inscripción del vehículo que emite el OOT y la fotocopia del documento de identidad del titular del vehículo
  • 35. 24 Para el trámite de transferencia directa del vehículo automotor terrestre según la evaluación realizada el contribuyente debe seguir el siguiente procedimiento:  Acercarse a las dependencias del GAMC (Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba) al Dpto. de Impuestos a la Propiedad donde al presentar, la fotocopia del documento de identidad del comprador y vendedor, la copia del certificado de propiedad del vehículo y la minuta correspondiente, se emite un recibo por Bs. 145.- costo que debe cancelar el contribuyente por la transferencia del vehículo  Para la emisión del recibo por el importe del impuesto municipal a las transferencias onerosas, por la transferencia del bien el contribuyente deberá presentar la minuta protocolizada, para la protocolización de esta minuta deberá presentar ante el Notario de fe Publica la documentación correspondiente.  Pasar por las dependencias de la Policía Nacional DIPROVE (División de prevención de robo de vehículos) y OOT (Organismo Operativo de Transito) para hacer el trámite necesario y obtener la certificación de autenticidad del vehículo y posteriormente la resolución de transferencia del vehículo en el OOT.  Pasar por las dependencias del GAMC para la posterior entrega de las placas plaquetas y certificado de propiedad del vehículo teniendo la resolución de inscripción del vehículo que emite el OOT y la fotocopia del documento de identidad del titular del vehículo.
  • 36. 25 3.1.6 Transferencia con cambio de Radicatoria Elaboración: Propia Fuente: GAMC
  • 37. 26 Para el trámite de transferencia directa del vehículo automotor terrestre según la evaluación realizada el contribuyente debe seguir el siguiente procedimiento:  Acercarse a las dependencias del GAMC (Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba) al Dpto. de Impuestos a la Propiedad donde al presentar, la fotocopia del documento de identidad del comprador y vendedor, la copia del certificado de propiedad del vehículo, el radiograma de transito del municipio en el cual esta inscrito el vehículo y la minuta correspondiente, se emite un recibo por Bs. 145.- costo que debe cancelar el contribuyente por la transferencia del vehículo  Para la emisión del recibo por el importe del impuesto municipal a las transferencias onerosas, por la transferencia del bien el contribuyente deberá presentar la minuta protocolizada, para la protocolización de esta minuta deberá presentar ante el Notario de fe Publica la documentación correspondiente.  Pasar por las dependencias de la Policía Nacional DIPROVE (División de prevención de robo de vehículos) y OOT (Organismo Operativo de Transito) para hacer el trámite necesario y obtener la certificación de autenticidad del vehículo y posteriormente la resolución de transferencia del vehículo en el OOT.  Pasar por las dependencias del GAMC para la posterior entrega de las plaquetas y certificado de propiedad del vehículo teniendo la resolución de transferencia del vehículo que emite el OOT y la fotocopia del documento de identidad del titular del vehículo.
  • 38. 27 3.2 Procedimiento propuesto para la división de registro vehicular del Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba La División de registro vehicular automotor terrestre una vez aprobado el proyecto de Ley Municipal, tendrá los siguientes procedimientos a seguir con sus respectivos requisitos detallados en el flujo-grama mencionados a continuación. Se puede evidenciar al ver los flujos que los procedimientos propuestos de los tramites de Registro Vehicular excluyen diligencias que deben cumplirse en el organismo operativo de transito es así como se puede optimizar el tiempo para la realización de los tramites.
  • 39. 28 3.2.1 Inscripción Casa Comercial del Vehículo Automotor Terrestre Elaboración: Propia Fuente: GAMC
  • 40. 29 3.2.2 Inscripción Importación Directa Elaboración: Propia Fuente: GAMC
  • 41. 30 3.2.3 Inscripción Importación Directa con Transferencia Elaboración: Propia Fuente: GAMC
  • 42. 31 3.2.4 Inscripción Casa Comercial del Vehículo Automotor Terrestre con transferencia Elaboración: Propia Fuente: GAMC
  • 44. 33 3.2.6 Transferencia con cambio de Radicatoria Elaboración: Propia Fuente: GAMC
  • 45. 34 CAPÍTULO IV DETERMINACIÓN DEL COSTO POR SERVICIOS DEL REGISTRO VEHICULAR AUTOMOTOR TERRESTRE Para elaborar la estructura de costos del Servicio de Registro Vehicular se ha tomado en consideración el costo de adquisición en el que se incurre para la entrega de las placas metálicas, plaquetas, certificados de propiedad (CRPVA) y formularios, estableciéndose el costo unitario de cada trámite tomando datos referenciales de trámites por día. 4.1 COSTO DE ADQUISICIÓN Tomando en cuenta que actualmente la entidad encargada de las contrataciones y provisión de los valores municipales a entregar al momento de realizar el registro de un Vehículo Automotor Terrestre es el RUAT se tomaron en cuenta contratos que la mencionada institución realizó con los actuales proveedores de los antes mencionados valores, a los cuales corresponde catalogar como costos de adquisición. Dichos valores municipales que se entregan al contribuyente por concepto de registro vehicular son los siguientes:  Placas Metálicas para Vehículos y Motocicletas  Plaquetas de distinción de radicatoria y servicio  Certificado de Propiedad  Resoluciones por tramite  Valores Municipales por tramite  Comisión por servicio informático RUAT
  • 46. 35 4.1.1. Placas Metálicas de Vehículos Automotores Terrestres Los trámites que realice el sujeto pasivo en el Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba por concepto de Registro de la Propiedad del Vehículo Automotor Terrestre, incluirá la entrega de la placa metálica de identificación del vehículo automotor terrestre, cuando ocurra los siguientes actos:  Inscripción Casa Comercial Vehículos  Inscripción Importación Directa Vehículos  Duplicado de Placas y Plaquetas Vehículos  Inscripción Casa Comercial Motocicletas  Inscripción Importación Directa Motocicletas  Duplicado de Placas y Plaquetas Motocicletas Para la determinación del costo unitario del ítem “Placa Metálica”, se tomó como parámetro de estudio los valores y características ofertadas en contratos anteriores, publicados en el Sistema de Contrataciones Estatales (Sicoes), entre el proveedor y la entidad contratante (RUAT), expresados en el siguiente cuadro: Cuadro Nº 3 Cuadro de determinación del costo unitario de las placas metálicas Según el contrato actual COSTO UNITARIO PLACAS METALICAS TESIMAT SRL TOTAL S/G Convocatoria Costo Vehículo s/g Contrato Costo Motocicleta s/g Contrato Precio Unit. 52,00 25,00 Cantidad 20.000 30.000 TOTALES: 1.040.000,00 750.000,00 TOTAL CONTRATO: 1.790.000,00
  • 47. 36 Para la determinación del costo de mercado de las placas metálicas en la gestión 2013, se se procedió a la invitación a Empresas del rubro a efectuar cotizaciones de acuerdo a las especificaciones técnicas de provisión de placas metálicas, tomando como parámetro las características del Documento de Contrataciones (RUAT), adjuntando como antecedente fotografías de la actual placa según Anexos Nº 1 (Contrato) así como en Anexos- Imagen Nº 1 y 2. Al contar con las respectivas cotizaciones y el antecedente del contrato de prestación de bienes y servicios, se determinó el costo unitario estimado de la placa metálica a costo de mercado (2013); (Cotizaciones Anexos 2; 3) Cuadro Nº 4 Cuadro comparativo de determinación del Costo de las placas metálicas Vehículos y Motocicletas 1 COSTO DE ADQUISICIÓN TESIMAT SRL ETIBOL COFADENA COSTO PROMEDIO 1.1 Placas metálicas vehículos 52,00 150,00 195,00 132,00 1.2 Placas metálicas motocicletas 25,00 69,00 0,00 47,00 Los datos referenciales del contrato con el proveedor actual Tesimat S.R.L. son del año 2008, considerando las fluctuaciones económico financieras, estos costos llegarían a ser obsoletos, además que actualmente esta empresa no se encuentra en funcionamiento. El costo de la cotización de COFADENA es mucho más alto casi cuatriplicando el costo actual de las placas, además que dicha institución no cuenta con la capacidad de producción que el Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba requiere para abastecer la provisión del producto. CP = (52 + 150 + 195)/3
  • 48. 37 Siendo que la diferencia entre los costos de ambas instituciones es considerable y al contar con la tercera cotización de la empresa que si cuenta con la posibilidad de abastecer con la provisión de la demanda del Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba, y el costo que ellos ofertan es relativamente negociable de acuerdo a la cantidad demandada, se toma en consideración el realizar un cálculo promedio de los tres valores según las cotizaciones realizadas acercándose al valor real de mercado. El costo unitario de la “Placa Metálica ”duplicada es de Bs. 199,00 en vehículos y Bs. 82,00 en motocicletas, por las características de producción y diseño, presentan una variación en el costeo, esto en relación a la fabricación de placas de producción masiva, considerando que el duplicado tiene una fabricación particularizada. 1 4.1.2. Plaquetas Para la determinación del costo unitario de la plaqueta (Stikers Autoadhesivos de distinción de servicio y Radicatoria para Vehículos Automotores Terrestres), se toma como parámetro de estudio el contrato de prestación de bienes y servicios publicado en el Sistema de Contrataciones del Estado. La provisión de la plaqueta, surtirá efecto en los siguientes casos.  Inscripción Casa Comercial Vehículos  Inscripción Importación Directa Vehículos  Duplicado de Placas y Plaquetas Vehículos  Inscripción Casa Comercial Motocicletas  Inscripción Importación Directa Motocicletas  Duplicado de Placas y Plaquetas Motocicletas  Cambio de Radicatoria  Cambio de Servicio  Duplicado Plaqueta
  • 49. 38 Cuadro Nº 5 Auxiliar Precio Unitario Stikers Plaquetas TOTAL S/G Convocatoria Precio Veh s/g Contrato Precio Motc s/g Contrato Precio Unit. 2,79 2,10 Cantidad 79.200,00 41.400,00 TOTAL 220.968,00 86.940,00 El 2013 contando con la cotización realizada y la información del contrato de prestación de bienes y servicios, entre el RUAT y el Proveedor, se determino el costo estimado para una plaqueta diferenciada con especificaciones técnicas del Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba bajo el mismo criterio de cálculo de las placas metálicas. Asimismo, se detalla en el cuadro los valores objeto de análisis y la determinación del costo de la plaqueta, siendo que los respaldos se encuentran en anexos Nº 5, 6, 7, 8, del presente documento.
  • 50. 39 Cuadro Nº6 Cuadro de determinación del Costo promedio estimado de las plaquetas 1 COSTO DE ADQUISICION CONTRATO PROVEEDOR I ETIBOL II COSTO PROMEDIO 1.1 Plaquetas VEHICULOS 2,79 6,00 4,40 1.2 Plaquetas MOTOCICLETAS 2,10 3,00 2,55 4.1.3. Certificado de Registro de Propiedad de Vehículo Automotor Terrestre (CRPVAT) Para la determinación del costo de adquisición del Certificado de Registro de Propiedad del Vehículo Automotor Terrestre se considera el Contrato de prestación de bienes y servicios con el actual proveedor. (Anexo Nº 9 e imagen Nº3). Cuadro Nº 7 Determinación del costo unitario del Certificado de propiedad CERTIFICADO DE PROPIEDAD TOTAL S/G CONTRATO CANTIDAD PRECIO UNITARIO 144.100,00 250.000 0,5764  Se tomó en cuenta la legalización de las fotocopias del Certificado de Propiedad y para la misma se otorgará un timbre de Bs. 2. CP = ( I+ II) / 2
  • 51. 40 Cuadro Nº 9 Determinación del costo unitario de Los valores municipales VALORES MUNICIPALES Nº Detalle de bienes Precio unitario 1 FOLDER MUNICIPAL 5.- 2 TIMBRE LEGALIZACIÓN CRPVA 2.- TOTAL 7.- 4.1.4. Carnet de Registro de Propiedad de Vehículo Automotor Terrestre (CRPVAT) Para la determinación del costo unitario del Carnet de Registro de Propiedad de Vehículo Automotor Terrestre, se toma como objeto de estudio el contrato de prestación de bienes y servicios del Servicio General de Identificación Personal SEGIP con el proveedor (ver Anexo Nº 10), encargado de suministrar los materiales e insumos para la emisión de las licencias de conducir, detallada en el siguiente cuadro:
  • 52. 41 * C/u = (322.800 + 157.500 + 269360 + 250.000) / 25000 Cuadro Nº 10 Determinación de los insumos para impresora Fargo INSUMOS PARA IMPRESORA FARGO MODELO HDP 5000 DESCRIPCION U DE MEDIDA CANTIDAD PRECIO REFERENCIAL COSTO TOTAL ÍTEM I: Rollos de cinta Ribbon YMCK (500 imágenes) Rollo 269 1.200,00 322.800,00 ÍTEM II: Rollos de cinta Película Re transferencia (1.500 paneles c/u 750 impresiones por lado) Rollo 175 900,00 157.500,00 ÍTEM III: Unidades de rollos de sobre laminados de seguridad de 250 Aplicaciones exacto por rollo (sin holograma) Rollo 518 520,00 269.360,00 ÍTEM IV: Paquetes de tarjetas PVC CER 80 - 30.000 Ultra Card III de (500 unidades por paquete) Paquete 250 1.000,00 250.000,00 T O T A L 999.660,00 T O T A L U N I T A R I O 39,99 * C/u = ∑ (Item I, II, III, IV) / 250002 2 Según Documento Base de Contrataciones (SEGIP) la cantidad de los insumos es para la impresión de 25.000 unidades. El costo de las impresoras se tomó en cuenta como inversión para la división de registro vehicular, lo que en realidad se asume como costo por la prestación del servicio es el desgaste de las mencionadas impresoras y los insumos que se utilizaran.
  • 53. 42 4.1.5. Resolución por el Registro Vehicular Automotor Terrestre Para la determinación del costo unitario de la resolución, se tomó como referencia el contrato de prestación de bienes y servicios adjudicado con la Policía Nacional para la impresión de las Resoluciones que actualmente emite el Organismo Operativo de Transito, por concepto de Registro Vehicular. Detallando el cálculo en el siguiente cuadro: Cuadro Nº 11 Determinación del costo unitario de Las resoluciones por trámite RESOLUCION TOTAL S/G CONTRATO CANTIDAD PRECIO UNITARIO 134.000,00 200.000 0,67 Datos extraídos del SICOES contratos realizados entre la Policía Nacional y la empresa encargada de proveer actualmente las resoluciones de Transito (Anexo Nº 11). Para el inicio de los trámites a realizar por concepto de Registro Vehicular Automotor Terrestre se requiere ingresar el trámite con la compra de los valores municipales correspondientes. 4.1.6. Valores Municipales Documentos acreditados por el Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba, con valor monetario predeterminado por el municipio.
  • 54. 43 Cuadro Nº 12 Detalle de los costos de los valores municipales VALORES MUNICIPALES Nº Detalle de bienes Precio unitario 1 TIMBRE LEGALIZACIÓN CRPVA 2.- TOTAL 2.- Cuadro Nº 13 4.1.7. Comisión por Servicio Informático El Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba para la provisión del sistema informático único e integrado a nivel nacional, establece la retribución por comisión de un 7.5% del costo del trámite que se realice por concepto de Registro Vehicular Automotor Terrestre. Detalle del cálculo en el siguiente cuadro: VALORES MUNICIPALES Nº Detalle de bienes Precio unitario 1 FOLDER MUNICIPAL 5.- 2 CARÁTULA MUNICIPAL 5.- 3 SOLVENCIA TRIBUTARIA 10.- 4 TIMBRE GRAVAMEN 10.- 5 TIMBRE REGISTRO 10.- TOTAL 40.-
  • 55. 44 Cuadro Nº 14 Determinación y cálculo de la comisión por Sistema informático AUXILIAR COMISION POR SERVICIO SISTEMA INFORMATICO DETALLE SERVICIO TASA (ALICUOTA) TRAMITE Costo Unitario (7,5%) VEHICULO MOTOCICLETA VEHICULO MOTOCICLETA SISTEMA INFORMATICO 537.- 378.- Inscripción 40,27 28,35 SISTEMA INFORMATICO 145.- 145.- Transferencia 10,87 10,87 SISTEMA INFORMATICO 77.- 77.- Cambio Servicio 5,77 5,77 SISTEMA INFORMATICO 46.- 31.- Cambio Radicatoria 2,32 2,32 SISTEMA INFORMATICO 77.- 77.- Dupl. CRPVAT 5,77 5,77 SISTEMA INFORMATICO 39.- 39.- Dupl. Plaqueta 2,92 2,92 SISTEMA INFORMATICO 310.- 155.- Dupl. Placa y Plaq. 23,25 11,62 SISTEMA INFORMATICO 62.- 52.- Gravamen y desgravamen 4,65 3,90 4.2. Costo de Operación Los costos de operación en los que incurre la división de registro vehicular del Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba se sub-dividen en costos de administración y gastos indirectos por servicio. 4.2.1. Costos de Administración Actualmente la división de registro vehicular automotor terrestre cuenta con solamente dos funcionarios, se tomó en cuenta que al suprimir del procedimiento a la policía boliviana que
  • 56. 45 actualmente cuenta con 25 efectivos para registro vehicular, se necesita mayor número de funcionarios, según lo proyectado se tendrán 11 funcionarios en la División. 4.2.1.1. Sueldos y Salarios Para la determinación del porcentaje prorrata del costo por Registro Vehicular Automotor Terrestre relacionado con el ítem de sueldos y salarios, se tomó como parámetro de estudio la remuneración que perciben mensualmente el total de los funcionarios, prorrateado por el total de horas hombre por día, y considerando en promedio de trámites que se realizan diariamente. Tomando en cuenta la normativa legal vigente, se realiza también la previsión del segundo aguinaldo tomando en cuenta el registro de las gestiones anteriores, para así asegurar la sostenibilidad de la División de Registro Vehicular, caso contrario al no realizar la provisión se este segundo aguinaldo y pagarlo se estaría entrando en un déficit. El detalle de las planillas y el cálculo del costo en el siguiente cuadro:
  • 57. 46 CUADRO Nº 15 Planilla Mensual De Sueldos y Salarios y Aportes Laborales CARGO FECHA DE ING SUELDO BASICO BONO DE ANTIG. BONO DE TE HORAS EXTRA TOTAL GANADO DESCUENTOS TOTAL DESCUENTOS LIQUIDO PAGABLE AFP's RC- IVA ANTICIPO Jefe de División 01/01/14 6.688,00 0,00 320,00 0,00 7.008,00 890,72 0,00 0,00 890,72 6.117,28 Profesional 1 02/01/14 5.280,00 0,00 320,00 0,00 5.600,00 711,76 0,00 0,00 711,76 4.888,24 Encargado 2 06/01/14 3.680,00 0,00 320,00 0,00 4.000,00 508,40 0,00 0,00 508,40 3.491,60 Encargado 2 07/01/14 3.680,00 0,00 320,00 0,00 4.000,00 508,40 0,00 0,00 508,40 3.491,60 Encargado 2 06/01/14 3.680,00 0,00 320,00 0,00 4.000,00 508,40 0,00 0,00 508,40 3.491,60 Auxiliar 06/01/14 3.380,00 0,00 320,00 0,00 3.700,00 470,27 0,00 0,00 470,27 3.229,73 Auxiliar 07/01/14 3.380,00 0,00 320,00 0,00 3.700,00 470,27 0,00 0,00 470,27 3.229,73 Auxiliar 07/01/14 3.380,00 0,00 320,00 0,00 3.700,00 470,27 0,00 0,00 470,27 3.229,73 Auxiliar 06/01/14 3.380,00 0,00 320,00 0,00 3.700,00 470,27 0,00 0,00 470,27 3.229,73 Auxiliar 07/01/14 3.380,00 0,00 320,00 0,00 3.700,00 470,27 0,00 0,00 470,27 3.229,73 Auxiliar 07/01/14 3.380,00 0,00 320,00 0,00 3.700,00 470,27 0,00 0,00 470,27 3.229,73 43.288,00 0,00 3.520,00 0.00 46.808,00 5.949,30 0,00 0,00 5.949,30 40.858,70 COSTO MENSUAL SS Y SS 46.808,00 1.560.26 COSTO POR DÍA 1.560,27 34.67 COSTO POR TRÁMITE 34,70 DONDE: CSS = COSTO POR TRÁMITE SUELDOS Y SALARIOS CMSS = COSTO MENSUAL SUELDOS Y SALARIOS DM = DÍAS POR MES CF = CANTIDAD DE FUNCIONARIOS Elaboración: Propia Fuente: Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba CSS = ((CMSS/DM)/CF) CSS = ((46808/30)/11)
  • 58. 47 CUADRO Nº 16 PLANILLA DE APORTES PATRONALES (PLANILLA MENSUAL) CARGO TOTAL GANADO CNS 10% AFP's TOTAL APORTE PATRONAL AGUINALDO Jefe de Depto. 7.008,00 700,80 470,24 1.171,04 583,77 Profesional 1 5.600,00 560,00 375,76 935,76 466,48 Encargado 2 4.000,00 400,00 268,40 668,40 333,20 Encargado 2 4.000,00 400,00 268, 40 668,40 333,20 Encargado 2 4.000,00 400,00 268,40 668,40 333,20 Auxiliar 3.700,00 370,00 248,27 618,27 308,21 Auxiliar 3.700,00 370,00 248,27 618,27 308,21 Auxiliar 3.700,00 370,00 248,27 618,27 308,21 Auxiliar 3.700,00 370,00 248,27 618,27 308,21 Auxiliar 3.700,00 370,00 248,27 618,27 308,21 Auxiliar 3.700,00 370,00 248,27 618,27 308,21 TOTALES: 46.808,00 4.680,80 3.140,82 7.821,62 3.899,11 *COSTO MENSUAL 7.821,62 *COSTO POR TRAMITE 5,79 *AGUINALDO 2,89 Elaborado en base a POA 2014 DONDE: CRTAP = COSTO POR TRAMITE DE APORTES PATRONALES CMAP = COSTO MENSUAL APORTES PATRONALES DM = DIAS MES CTRD = CANTIDAD DE TRAMITES DIA (anexo 12, 13) Elaboración: Propia Fuente: Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba CTRAP = ((CMAP/DM)/CTRD) CTRAP = ((7821,00/30)/45)
  • 59. 48 4.2.1.2. Depreciación La determinación del costo por la depreciación de los activos fijos para el funcionamiento de la División de registro Vehicular Automotor Terrestre, se realizara tomando en cuenta que los muebles y enseres necesarios para el desempeño de los funcionarios son activos que ingresaran recién en el activo fijo (activos nuevos), siendo que la cantidad de estos se incrementó. El presupuesto para la compra y adquisición de los muebles es considerado como inversión, es por eso que el costo que se toma en cuenta para la estructura es la depreciación de los activos. Para determinar el costo real de la depreciación existen varios métodos entre ellos se tiene el de la línea recta, el método de suma de años dígitos y el método de saldos decrecientes o lineal los cuales requieren para su aplicación del costo inicial del activo, su vida útil y una estimación del valor de rescate al momento de la venta. Conforme a la disposición contenida en el primer párrafo del artículo 22 del D.S. 24051, las depreciaciones del activo fijo del Registro Vehicular Automotor Terrestre se computaran sobre el costo depreciable, según el artículo 21 de este decreto y de acuerdo a su vida útil. En el caso de las edificaciones se tiene contemplado que la Direccion de Recaudaciones del Gobierno Autonomo Municipal de Cochabamba tendrá instalaciones nuevas para la gestión 2015 es por eso que se toma también como una edificación nueva. Para el cálculo de la actualización de los bienes se ha tomado en cuenta el factor establecido por el Banco Central de Bolivia (Unidad de Fomento a la Vivienda).
  • 60. 49 Los cuadros de actualización y depreciación de los activos según su clasificación: Edificaciones, Muebles y Enseres, Equipos de Computación y Herramientas en General, se encuentran en los cuadros Nº 17, 18,19.20, 21, 22 respectivamente, cada cuadro con la determinación de los costos unitarios de la depreciación. Las cotizaciones realizadas para estos activos se encuentran en anexos 12, 13, 14, 15, 16, 17, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29. CUADRO Nº 17 Determinación del Factor de Actualización GESTION UFV FACTOR Factor Promedio 2008 1,38968 2009 1,46897 1,057056301 1,5952588 2010 1,53421 1,044412071 5.952 % 2011 1,56451 1,019749578 2012 1,80078 1,15101853
  • 61. 50 CUADRO Nº 18 CUADRO DE ACTUALIZACION DE EDIFICACIONES AL 31-12-14 PRECIO UNITARIO VALOR REV. MONTO DIF. POR AÑOS DEPREC. DEPREC DIF. POR DEPREC VALOR NETO CANT UNID. DETALLE Y/O V.ORIG. ACTUALIZ. ACTUALIZAC. VIDA GES. 2014 ACUMUL. ACTUALIZAC. ACUMUL. UTIL 2013 42004.00 1 PZA. Edificio 757893,34 757893,34 803007,60 45114,27 40 20075,19 - - 20075,19 782932,41 1 757893,34 803007,60 45114,27 20075,19 - - 20075,19 782932,41 * COSTO TOTAL DEPRECIACION 20075,19 * COSTO TOTAL DEPRECIACION MENSUAL 1672,93 * COSTO POR TRAMITE 1,24 DONDE: CTRDP = COSTO POR TRAMITE DEPRECIACIÓN CMDP = COSTO MENSUAL DEPRECIACIÓN DM = DÍAS MES CTRD = CANTIDAD DE TRAMITES DÍA (anexo 12, 13) CTRDP = ((3345,86/30)/45)
  • 62. 51 CUADRO Nº 19 Actualización y Depreciación Muebles y Enseres Al 31-12-14 PRECIO UNITARIO VALOR REV. MONTO DIF. POR DEPREC. DEPREC DIF. POR DEPREC VALOR NETOCant Uni d. Detalle Y/O V.Orig. Actualiz. Actualizac . Vida Ges. 2014 Acumul. Actualiz ac. Acumul. UTIL 2013 31/12/2014 11 PZA. Escritorio ejecutivo 2750 30.250,00 32.050,66 1.800,66 10 3205.07 - - 3205.07 28845.59 11 PZA. Mesas Auxiliares 650 7.150,00 7.575,61 425,61 10 757.56 - - 757.56 6818.05 8 PZA. Gaveteros Metálicos 2500 20.000,00 21.190,52 1.190,52 10 2119.05 - - 2119.05 19071.47 150 PZA. Estantes Metálicos 1050 157.500,00 166.875,33 9.375,33 10 16687.53 - - 16687.53 150187.79 1 PZA. Sillón Ejecutivo 1.785,24 1.785,24 1.891,51 106,27 10 189.15 - - 189.15 1702.36 10 PZA. Sillas Giratorias 1.359,28 13.592,80 14.401,92 809,12 10 1440.19 - - 1440.19 12961.73 11 PZA. Sillas de espera individuales 350 3.850,00 4.079,17 229,17 10 407.92 - - 407.92 3671.26 6 PZA. Sillas de espera 1.100 6.600,00 6.992,87 392,87 10 699.29 - - 699.29 6293.58 240.728,04 255.057,59 14.329,55 25505.76 - - 25505.76 229551.83 * *COSTO TOTAL DEPRECIACIÓN 25505.76 * *COSTO TOTAL DEPRECIACIÓN MENSUAL 2125.48 * *COSTO POR TRÁMITE 1.57
  • 63. 52 CUADRO Nº 20 Actualización y Depreciación Equipos de Computación Al 31-12-14 FACTOR UFV 1,59525884 3 PRECIO UNITAR IO VALOR REV. MONTO DIF. POR AÑOS DEPRE C. DEPRE C DIF. POR DEPREC VALOR NETO CA NT UNID. Y/O V.ORIG. ACTUALIZ. ACTUALIZA C. VIDA GES. 2014 ACUM UL. ACTUALIZ AC. ACUMU L. UTIL 2013 31/12/ 2014 11 Equipos de Computación 5998,8 65.986,80 69.914,72 3.927,92 4 17478.68 - - 17478.68 52436.04 11 Impresoras a Cinta 3401,8 37.419,80 39.647,25 2.227,45 4 9911.81 - - 9911.81 29735.43 4 Impresoras Laser HP 1.661 6.643,00 7.038,43 395,43 4 1759.61 - - 1759.61 5278.82 5 Impresoras Color Laser HP 2.838 14.188,20 15.032,77 844,57 4 3758.19 - - 3758.19 11274.57 4 Scanner Canon 18765 75.060,00 79.528,01 4.468,01 4 19882.00 - - 19882.00 59646.01 35 199.297,80 211.161,18 11.863,38 52790.29 - - 52790.29 158370.88 *COSTO TOTAL DEPRECIACIÓN 70.387,06 *COSTO TOTAL DEPRECIACIÓN MENSUAL 5865,58 *COSTO POR TRAMITE 4,34
  • 64. 53 CUADRO Nº 21 ACTUALIZACIÓN Y DEPRECIACIÓN EQUIPOS DE COMPUTACION AL 31-12-14 FACTOR UFV 1,5952588 3 PRECIO UNITARI O VALOR REV. MONTO DIF. POR AÑOS DEPREC. DEPREC DIF. POR DEPREC VALOR NETO CAN T UNID. Y/O V.ORIG. ACTUALIZ. ACTUALIZA C. VIDA GES. 2014 ACUMU L. ACTUALIZA C. ACUMUL. UTIL 2013 31/12/2 014 3 Impresoras Fargo HDP5000 48650 145.950,00 154.637,80 8.687,80 3,00 51545.93 - - 51545.93 103091.87 3 145.950,00 154.637,80 8.687,80 51545.93 - - 51545.93 103091.87 * *COSTO TOTAL DEPRECIACIÓN 77.318,90 * *COSTO TOTAL DEPRECIACIÓN MENSUAL 6443,24 * *COSTO POR TRAMITE 214,77 Para la determinación del costo unitario de las impresoras se tomaron en cuenta valores referenciales de internet, no existen empresas que tengan a la venta dichas impresoras.
  • 65. 54 CUADRO Nº 22 ACTUALIZACIÓN Y DEPRECIACIÓN HERRAMIENTAS EN GENERAL AL 31-12-14 PRECIO UNITARI O VALOR REV. MONTO DIF. POR AÑOS DEPREC. DEPREC DIF. POR DEPREC VALOR NETO CAN T UNID . DETALLE Y/O V.ORIG. ACTUALIZ. ACTUALIZAC. VIDA GES. 2014 ACUMUL . ACTUALIZA C. ACUMUL. UTIL 2013 31/12/20 14 5 PZA. Taladro portátil 4390 4.390,00 4.651,32 261,32 4 1162.83 - - 1162.83 3488.49 5 PZA. Handy 3062,5 3.062,50 3.244,80 182,30 4 811.20 - - 811.20 2433.60 5 7.452,50 4.651,32 443,62 1974.03 - - 1974.03 5922.09 * *COSTO TOTAL DEPRECIACIÓN 987.01 * *COSTO TOTAL DEPRECIACIÓN MENSUAL 82,25 * *COSTO POR TRAMITE 2.74
  • 66. 55 4.2.2. Gastos Indirectos por Servicio La división de registro vehicular automotor terrestre incurre en gastos que no corresponden directamente con la realización de los trámites pero que deben ser considerados realizando un prorrateo de los mismos. 4.2.2.1. Servicios Básicos Dentro de la clasificación de servicios básicos como sub cuentas se considera: agua y alcantarillado, luz eléctrica y teléfono. 4.2.2.1.1. Agua y Alcantarillado Para la determinación del porcentaje prorrata del costo por registro vehicular automotor terrestre relacionado con el ítem consumo de aguay alcantarillado se toma como parámetro de estudio y referencia que: para las Instalaciones de la Plaza Colón se tienen dos medidores. El análisis para determinar el costo unitario por trámite se realizo de la siguiente manera: a) Determinar el promedio de las dos facturas que paga el Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba para el abastecimiento de agua potable y el servicio de alcantarillado en el inmueble del Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba ubicado en la Plaza Colón. b) Determinar el costo unitario dividiendo el total de las facturas del mes de octubre y tomando en cuenta las lecturas de los meses anteriores a este que indica la factura a un costo diario. c) Dividir el costo diario entre el total de las personas que trabajan en el inmueble y realizar un cálculo final para determinar el costo por trámite promedio que se realiza al día.
  • 67. 56 Cuadro Nº23 Determinación del costo prorrata Agua y alcantarillado SERVICIO AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO MES CONSUMO M1 CONSUMO M2 CONSUMO M1 Bs. CONSUMO M2 Bs. ABRIL 115 56 778,48 379,08 MAYO 115 28 778,48 189,54 JUNIO 101 37 683,71 250,46 JULIO 105 28 710,79 189,54 PROMEDIO 30 87 737,87 252,16 COSTO CONSUMO PROMEDIO 990,03 COSTO CONSUMO PROMEDIO 990,03 COSTO CONSUMO PROMEDIO POR TRAMITE 4,93 DONDE: CCPTR = COSTO CONSUMO PROMEDIO POR TRAMITE CCPM = COSTO CONSUMO PROMEDIO MENSUAL CP = CANTIDAD DE PERSONAS QUE TRABAJAN EN LAS INSTALACIONES DE LA PLAZA COLON DM = DIAS MES CTRD = CANTIDAD DE TRAMITES DIA (anexo 12, 13) * Tomando como referencia las facturas del mes de octubre de 2013, se realizo el siguiente cálculo para obtener un costo promedio para el consumo, ver factura en Anexos Comprobante Nº 131200300 Y 131200200, dichos comprobantes se encuentran en Anexos imágenes Nº 4 y 5. CCPTR = (((CCPM/CP)*DM)/CTRD) CCPTR = (((990,03/134)*30)/45)
  • 68. 57 4.2.2.1.2. Energía eléctrica La determinación del costo prorrata de este servicio se realizo con el cálculo promedio mes para las instalaciones del CEMAC (Centro municipal de atención al contribuyente), tomando en cuenta las personas que trabajan dentro de las instalaciones se determina el costo de la energía eléctrica por persona. Cuadro Nº 24 Determinación del costo prorrata Servicio de energía eléctrica SERVICIO ENERGIA ELECTRICA MES RECAUDACIONES TOTAL CONSUMO FEBRERO 1.390,60 MARZO 1.563,30 ABRIL 1.467,40 MAYO 1.611,80 JUNIO 1.508,28 JULIO 1.325,10 PROMEDIO 1.773,30 DONDE: CCPP = COSTO CONSUMO PROMEDIO POR PERSONA CCPM = COSTO CONSUMO PROMEDIO MENSUAL DM = DIAS MES CP = CANTIDAD DE PERSONAS EN LAS INSTALACIONES DEL CEMAC * COSTO MENSUAL PROMEDIO 1.773,30 * COSTO POR PERSONA 1,182196667 * Se procedió a realizar el prorrateo del total de la factura mensual promedio entre el total de las personas que trabajan en las instalaciones del CEMAC. CCP = ((CCPM/CP)/DM)) CCPTR = ((1173/50)/30)
  • 69. 58 4.2.2.1.3. Servicio telefónico Para la determinación del costo unitario del servicio telefónico se tomó en cuenta la información recibida de fuente del departamento de sistemas, sacando un promedio del consumo mensual que se tienen en la Dirección de Recaudaciones para obtener el costo diario por persona que implica este servicio para cada trámite. Cuadro Nº 25 Determinación del costo unitario prorrata Servicio telefónico PRORRATEO SERVICIO TELEFÓNICO MES LÍNEA DIRECCIÓN RECAUDACIONES TOTAL ASIGNADO TOTAL CONSUMO TOTAL ASIGNADO TOTAL CONSUMO MARZO 500.00 421.00 200.00 171.00 ABRIL 500.00 358.00 200.00 173.00 MAYO 500.00 258.00 200.00 254.00 JUNIO 500.00 419.00 200.00 222.00 JULIO 500.00 417.00 200.00 222.00 PROMEDIO 500.00 374.60 200.00 208.40 * TOTAL COSTO COMUNICACIÓN PROMEDIO 350.00 * COSTO UNITARIO 0.26 * El prorrateo para determinar el costo unitario del servicio de comunicación se realizo tomando en cuenta el total de las personas que trabajan bajo la Dirección de Recaudaciones. DONDE: CCPP = COSTO CONSUMO PROMEDIO POR PERSONA CCPM = COSTO CONSUMO PROMEDIO MENSUAL CP = CANTIDAD DE PERSONAS QUE TRABAJAN EN LAS INSTALACIONES DE LA PLAZA COLON DM = DIAS MES Para el cálculo del costo promedio por servicio telefónico se toma en cuenta el total asignado para la dirección de recaudaciones tomando en cuenta que el total asignado es CCP = ((CCPM/CP)/DM)) CCP = ((763,4/50)/30))
  • 70. 59 mayor al consumido. Por otro lado en el caso del consumo de recaudaciones es mayor al asignado, es por eso que para la determinación del costo promedio por servicio telefónico se toma el total asignado de dirección de recaudaciones y el total consumo de los departamentos y divisiones dependientes de esta dirección. 4.2.2.2 Licencia de Antivirus Para determinación del costo prorrata por concepto de Registro Vehicular se tomó como referencia el contrato de prestación de bienes y servicios, extraído del SICOES de la compra de 800 licencias de antivirus para el Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba. Como base de cálculo se determinó el costo por máquina para luego determinar el costo diario y esto dividirlo entre la cantidad de trámites promedio que se tienen al día. Cuadro Nº 26 Determinación costo unitario Licencia antivirus AUXILIAR LICENCIAS ANTIVIRUS TOTAL S/G CONTRATO CANTIDAD PRECIO UNITARIO COSTO DIVISION COSTO MENSUAL/MÁQUINA 90.000,00 800 112,50 1.237,50 9,38 COSTO MENSUAL / MAQUINA 9,38 COSTO POR TRAMITE 0,00694 DONDE: CTRLA = COSTO POR TRÁMITE LICENCIA ANTIVIRUS CMM = COSTO MENSUAL POR MÁQUINA DM = DÍAS MES CTRD = CANTIDAD DE TRAMITES DÍA (ANEXO 12, 13) CTRLA = ((CMM/DM)/CTRD) CTRLA = ((9,38/30)/45)
  • 71. 60 4.2.2.3. Servicio de seguros La determinación del porcentaje prorrata del costo por Registro Vehicular Automotor Terrestre relacionado con el ítem de seguros se realizo tomando en cuenta el DBC que se tenía para la contratación de la prima de seguros para la gestión 2012, para el correcto cálculo del costo de los seguros para el Registro vehicular se tomó las siguientes consideraciones:  Diferenciar los costos correspondientes a la División, tomar en cuenta solo los ítems que tiene que ver con el servicio, y realizar el prorrateo de cada ítem para determinar el costo en principio de las instalaciones del Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba en la Plaza Colón.  Con la determinación del costo previamente mencionado se realizó la determinación del costo unitario. Cuadro Nº 27 Determinación del costo unitario prorrata Seguros Plaza Colón MATERIA DEL SEGURO MONTO EN $US VALOR DE REPOSICION % PART. TOTAL SEGUROS PLAZA COLON COSTO DIARIO EDIFICACIONES, E INSTALACIONES, EN GENERAL (SEGÚN DETALLE ADJUNTO) 119.575.152,54 831047310,20 88,06 616412,36 4129,96 11,47 MUEBLES Y ENSERES EN: SECTOR ADMINISTRACION, SECTOR EDUCACION Y SECTOR SALUD 8.096.586,65 56271277,22 5,96 41738,07 279,64 0,77 EQUIPOS DE COMUNICACIÓN 1.720.328,05 11956279,95 1,27 8868,33 59,41 0,16 EQUIPOS DE COMPUTACION 5.897.888,82 40990327,3 4,34 30403,74 203,70 0,56 ARCHIVO REGISTRO VEHICULAR 500.000,00 3475000 0,37 2577,51 17,26 0,04 TOTAL VALOR EN RIESGO 158.890.456,79 943.740.194,62 100,00 700.000,00 4.690,00 13,03  Posteriormente para el Registro Vehicular se realizó el cálculo según corresponde.
  • 72. 61 CUADRO Nº 28 Determinación del costo unitario Seguros División de registro vehicular AUXILIAR PRECIO UNITARIO SEGUROS ITEM TOTAL SEGUROS EDIF. PLAZA COLON % PLAZA COLON COSTO DIARIO Bs. CANTIDAD DIVISION REGISTRO COSTO DIVISION EDIFICACIONES, E INSTALACIONES, EN GRAL (SG DETALLE ADJUNTO) 616.412,36 4.129,96 0,67% 11,47 250 m2 2.868,03 MUEBLES Y ENSERES SECTOR ADMINISTRATIVO 41.738,07 279,65 0,67% 0,78 208 M 161,57 EQUIPOS DE COMUNICACIÓN 8.868,33 59,42 0,67% 0,17 8 Tel. 1,32 EQUIPOS DE COMPUTACIÓN 30.403,74 203,71 0,67% 0,57 35 Eq. 19,80 IMPRESORAS FARGO HDP-5000 2.577,51 17,27 0,67% 0,05 2 Eq. 0,10 TOTAL: 697.422,49 4.672,73 TOTAL COSTO SEGUROS DIVISION 3.050,73 * TOTAL COSTO SEGUROS DIVISIÓN 3050,73 * COSTO POR TRÁMITE 2,26 * COSTO SEGUROS FARGO / TRAMITE 0,10 DONDE: CTR = COSTO POR TRÁMITE CSDIV = COSTO SEGURO DIVISIÓN DM = DÍAS MES CTRD = CANTIDAD DE TRAMITES DÍA (ANEXO 12, 13) Elaboración propia, fuente Documento Base de Contratación DBC, extraído del Sistema de Contrataciones del Estado SICOES, respaldo Anexo Nº 32. 4.2.2.4. Servicio de Internet Para la determinación del costo unitario del servicio de internet se consideró una cotización realizada en COMTECO, sacando un promedio del consumo mensual que se tiene en la Dirección de Recaudaciones para obtener el costo diario por persona que implica este servicio para cada trámite. CTR = ((CSDIV)/CTRD/DM) CTR = ((3050,73)/45)/30)
  • 73. 62 CUADRO Nº 29 Determinación del costo unitario prorrata Servicio de internet PRORRATEO INTERNET Nº Detalle Precio unitario Precio total (Bs.) Costo División 15 BANDA ANCHA INTERNET 53,33 800.- 800.- TOTAL 800.- 800.- * COSTO MENSUAL 800.- * COSTO POR TRAMITE 0,04 * El paquete banda ancha que provee COMTECO de Bs 800 mensual abarca hasta 15 máquinas sin complicaciones. * Elaboración propia, fuente cotización realizada vía telefónica (Call Center) con la Cooperativa de Teléfono Cochabamba COMTECO. * Considerando que la utilización del Sistema Informático RUAT no incurre como un costo para la división, se toma en cuenta el costo por internet para cada una de las máquinas de la división para la utilización de correos corporativos, actualización de los Antivirus, internet para algunos funcionarios con la debida autorización, etc. DONDE: CTRI = COSTO POR TRÁMITE INTERNET CMI = COSTO MENSUAL INTERNET DM = DÍAS MES CTRD = CANTIDAD DE TRÁMITES DÍA (ANEXO 12, 13) CTRI = ((CMI/DM)/CTRD) CTRI = ((800/30)/45)
  • 74. 63 4.2.3. Gastos Generales Dentro de los gastos generales en los que se incurren para determinación del costo se tienen los siguientes: 4.2.3.1. Servicio de Limpieza.- Para la determinación del costo de limpieza se tomaron en cuenta las horas hombre y la cantidad de personal de limpieza que actualmente se requiere en el Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba.  El personal de limpieza es dependiente de una empresa contratada por el Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba mediante un contrato de prestación de servicios. CUADRO Nº 30 Determinación del costo unitario prorrata Servicio de limpieza AUXILIAR SEVICIO DE LIMPIEZA COSTO TOTAL CANT. PERSONAS C/PERSONA PERSONAS P. COLÓN COSTO PLAZA COLÓN COSTO PLAZA COLÓN COSTO MENSUAL 280.000,00 13 21.538,46 2,00 43.076,92 86.153,00 3.589,74 COSTO MENSUAL 3.589,74 COSTO POR TRÁMITE 2,66 DONDE: CTRSL= COSTO POR TRÁMITE SERVICIO DE LIMPIEZA CMSL = COSTO MENSUAL SERVICIO DE LIMPIEZA DM = DÍAS MES CTRD = CANTIDAD DE TRÁMITES DIA (anexo 12, 13) Elaboración: propia Fuente: DBC extraído del Sistema de Contrataciones del Estado, respaldo Anexo Nº 33. *Tomando en cuenta que en el DBC se encuentra el detalle de cuanto personal por dependencias que se requiere, se realizó el cálculo del costo por persona y por ambiente. *Tomando en cuenta que el DBC es realizado por un año comercial (360 días) y los costos son realizados de manera mensual, el prorrateo se realiza de forma mensual. CTRSL = ((CMSL/DM)/CTRD) CTRSL = ((3589,74/30)/45)
  • 75. 64 4.2.3.2. Material y suministros.- La determinación del costo unitario del material y suministros se realizaron en base a los Plan Operativo Anuales de las Divisiones de Registro Vehicular y Atención Grandes Contribuyentes, así como los contratos realizados con el municipio. CUADRO Nº 31 Determinación del costo prorrata por trámite Material y suministros MATERIAL Y SUMINISTROS DESCRIPCIÓN DEL MATERIAL O SUMINISTRO UNIDAD CANTIDAD PRECIO UNITARIO COSTO TOTAL PAPEL CONTINUO 9 1/2 X 11 X 1 TIPO BLANCO PRESENTACIÓN 3000 HOJAS CAJA 40 300,00 12.000,00 PAPEL BOND TAMAÑO OFICIO 75 GRS. PAQUETE 50 40,00 2.000,00 PAPEL CONTINUO MEDIDAS CARTA GRAMAJE 75 MGS TIPO DE PAPEL BLANCO PRESENTACION 500 HOJAS PAQUETE 50 40,00 2.000,00 PAPEL CONTINUO MEDIDAS CARTA GRAMAJE 75 MGS TIPO DE PAPEL BLANCO MEDIDA 9 1/2 X 11X2 CARBONICO PRESENTACION 1000 HOJAS CAJA 20 250,00 5.000,00 AGENDA DE ESCRITORIO PIEZA 11 100,00 1.100,00 ENGRAMPADORA MEDIANA PIEZA 11 50,00 550,00 PENDRIVE DE 4 GB PIEZA 11 100,00 1.100,00 BOLIGRAFOS NEGROS CAJA 5 50,00 250,00 RESALTADORES VARIOS COLORES PIEZA 50 5,00 250,00 SELLOS PERSONALES DE BOLSILLO PIEZA 11 50,00 550,00 PERFORADORA PIEZA 11 50,00 550,00 PEGAMENTO EN BARRA TIPO UHU PIEZA 11 10,00 110,00 TACOS POST IT - VARIOS COLORES DE 7,5 CM X 7,5 CM PIEZA 50 10,00 500,00 CORRECTOR LIQUIDO PIEZA 20 10,00 200,00
  • 76. 65 TACOS POST IT VARIOS COLORES PIEZA 70 5,00 350,00 CALCULADORA CIENTIFICA PIEZA 15 200,00 3.000,00 ENGRAPADORA MEDIANA PIEZA 20 50,00 1.000,00 GRAPAS 24/6 10 X 1000 PIEZAS CAJA 150 5,00 750,00 SACAGRAPAS PIEZA 11 5,00 55,00 CINTA PARA IMPRESORA EPSON LQ-590 PIEZA 60 124,45 7.467,00 CANASTILLOS PARA PAPEL PIEZA 15 150,00 2.250,00 ARCHIVADORES DE PALANCA PIEZA 50 20,00 1.000,00 TONERS PIEZA 10 672,07 6.720,70 TONERS A COLOR PIEZA 5 2.771,18 13.855,90 FUENTES PIEZA 5 190,81 954,05 DISCO DURO DE 1 TB 7200 SATA II SEAGATE/HGST PIEZA 8 672,07 5.376,56 TARJETAS DE RED PIEZA 3 190,81 572,43 REGLETAS PIEZA 15 35,00 525,00 CABLES DE RED PIEZA 15 35,00 525,00 CHALECOS DE TRABAJO PIEZA 11 150,00 1.650,00 PROVISION DE GORRAS PIEZA 11 20,00 220,00 CINTA DE SEÑALIZACIÓN ROLLOS 5 290,39 .451,96 CONOS REFLECTIVOS DE 1 m PIEZA 15 120,00 1.800,00 CONOS DE SEÑALIZACIÓN 45cm PIEZA 50 70,00 3.500,00 HERRAMIENTAS (CUADRO nº 31) PIEZA 25 13.479,00 TOTALES: 79.183,60 Elaborado en base a POA 2014
  • 77. 66 CUADRO Nº 32 Determinación del costo unitario Herramientas AUXILIAR HERRAMIENTAS DESCRIPCIÓN UNIDAD DE MEDIDA CANTIDAD PRECIO REFERENCIAL COSTO TOTAL Llave combinada 10 Tramontina PIEZA 22 13,00 286,00 Llave combinada 11 Tramontina PIEZA 22 13,50 297,00 Llave combinada 12 Tramontina PIEZA 22 14,00 308,00 Llave cresen 15 Uyustools PIEZA 22 200,00 4.400,00 Alicates PIEZA 22 195,00 4.290,00 Desarmador estrella PIEZA 22 65,00 1.430,00 Desarmador plano PIEZA 22 60,00 1.320,00 Juego llaves hexagonales Allen PIEZA 10 40,00 400,00 Guantes Tela y Goma PIEZA 22 14,00 308,00 Martillos PIEZA 11 40,00 440,00 T O T A L 13.479.- * Elaborado en base a cotizaciones realizadas. Respaldos en Anexos Nº 34. COSTO TOTAL 79.183,60 COSTO MENSUAL 6.598,63 COSTO POR TRÁMITE 4,89 COSTO POR HERRAMIENTAS 0,83 DONDE: CTRMS = COSTO POR TRAMITE MATERIAL Y SUMINISTROS CMMS = COSTO MENSUAL MATERIAL Y SUMINISTROS MA = MESES AÑO DM = DIAS MES CTRD = CANTIDAD DE TRAMITES DIA (anexo 12, 13) CTRMS = ((CMMS/DM)/CTRD)CMMS = (CTMS/MA) CMMS = (79183,60/12) CTRMS = ((6598,63/30)/45)
  • 78. 67 4.2.3.3. Servicios no profesionales.- La determinación del costo unitario del material y suministros se realizaron en base al Plan Operativo Anual de las Divisiones de Registro Vehicular y Atención Grandes Contribuyentes. CUADRO Nº 33 Determinación del costo unitario Servicios no personales DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO SOLICITADO UNIDAD CANTIDAD PRECIO UNITARIO PRECIO TOTAL PASAJES BOLETOS 4 700,00 2.800,00 VIATICOS DIA 4 350,00 1.400,00 PUBLICIDAD UNIDAD 6 7.000,00 42.000,00 FOTOCOPIAS HOJAS 200000 0,20 40.000,00 IMPRENTA GLOBAL 4 5.000,00 20.000,00 CAPACITACION GLOBAL 4 4.000,00 16.000,00 TOTAL: 17050,20 122.200,00 COSTO TOTAL 122.200,00 COSTO /DÍA 339,44 COSTO POR TRÁMITE 7,55 DONDE: CTRSNP= COSTO POR TRÁMITE SERV. NO PROFESIONALES CMSNP = COSTO MENSUAL SERV. NO PROFESIONALES DM = DÍAS MES CTRD = CANTIDAD DE TRÁMITES DÍA (anexo 12, 13) Elaborado en base a POA 2014 Respaldo anexos Nº 35 4.2.3.4. Consultores en línea.- La determinación del costo unitario de los consultores en línea se realizó tomando en cuenta las horas hombre. CTRSNP = ((CMSNP/DM)/CTRD)
  • 79. 68 Se realizaron dos cuadros diferentes por motivos de organización y desempeño. CUADRO Nº 34 Determinación del costo por Servicios no personales DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO SOLICITADO UNIDAD CANTIDAD PRECIO REFERENCIA L PRECIO s/g CONTRATO REGISTRO VEHICULAR EN EL MUNICIPIO 2014 - CONSULTORES EN LINEA OPERATIVOS PERSONAL 3 33.000,00 99.000,00 COSTO TOTAL 99.000,00 COSTO /DIA 275,00 COSTO POR TRAMITE 137,50 Elaborado en base a POA 2014 Cuadro Nº 35 DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO SOLICITADO UNIDAD CANTIDAD PRECIO REFERENCIAL PRECIO s/g CONTRATO REGISTRO VEHICULAR EN EL MUNICIPIO 2014 - CONSULTORES EN LINEA PLATAFORMA PERSONAL 3 30.000,00 90.000,00 COSTO TOTAL 90.000,00 COSTO /DIA 250,00 DONDE: CTRCL = COSTO POR TRÁMITE CONSULTORES EN LINEA CMCL = COSTO MENSUAL CONSULTORIA EN LINEA DM = DÍAS MES CTRD = CANTIDAD DE TRÁMITES DÍA 4.2.3.5. Cámaras fotográficas.- CTRCL = ((CMCL/DM)/CTRD) CTRCL = (189000/30)
  • 80. 69 Para la determinación del costo de las cámaras fotográficas se tomó en cuenta los Documentos Base de Contratación que realizaron los del Servicio General de Identificación Personal para la adquisición de sus cámaras. CUADRO Nº 36 Cuadro determinación costo unitario Adquisición cámaras fotográficas ADQUISICIÓN CAMARAS FOTOGRÁFICAS BV FCG| CANTIDAD DESCRIPCIÓN COSTO UNITARIO BS. COSTO TOTAL 4 CAMARAS FOTOGRÁFICAS 11.000,00 44.000,00 COSTO TOTAL BS. 44.000,00 * COSTO TOTAL 11.000,00 * COSTO UNITARIO/DIA 30,56 * Elaborado con datos del Documento Base de Contratación extraído del Sistema de Contratación del Estado, respaldo en Anexos Nº 36. 4.2.3.6. Ropa de Trabajo.- Para la determinación del costo de la ropa de trabajo se tomó en cuenta la cotización realizada con la empresa de confecciones JULIO’s.
  • 81. 70 CUADRO Nº 37 Determinación costo unitario prorrata Ropa de trabajo ADQUISICIÓN ROPA DE TRABAJO CANTIDAD DESCRIPCIÓN COSTO UNITARIO BS. COSTO TOTAL 44 CAMISAS DE TRABAJO 250,00 11.000,00 COSTO TOTAL BS. 11.000,00 * COSTO TOTAL 11.000,00 * COSTO UNITARIO/DÍA 0,68 * Elaborado en base a cotizaciones realizadas en el mercado. 4.3 Estructura de costos final La estructura de costos que determina los valores de las tasas a cobrar por la prestación de servicio de registro vehicular, se encuentra formulada de la siguiente manera.
  • 82. 71 Cuadro N` 38 Estructura de costos final Registro Vehicular Automotor Terrestre VEHÍCULOS codigo Totales INSC. VH TRA. VH CAMBIO DE SERV. CAMBIO DE RADICATORIA DUPLICADO CRPVA DUPLICADO PLAQUETA DUPL. PLACA Y PLAQUETA GRAVAMEN 1.1 Costos de Adquisicion 218.24 57.11 50.73 48.56 48.34 9.52 209.74 43.90 1,1,1 Placas Vehículos automotores Terrestres 132.33 - - - - - - - - 1,1,1,1 Placas Metalicas Vehículos 132.33 - 132.33 - - - - - 132.33 0.00 1,1,1,2 Incremento por Duplicado 66.17 - - - - - - - 66.17 0.00 1,1,2 Plaquetas Vehículos Automotores terrestres 4.40 - - 4.40 4.40 - - - - 1,1,2 ,1 Plaquetas Vehículos 4.40 - 4.40 - - - - 4.40 4.40 0.00 1,1,1,2 Incremento por Duplicado 2.20 - - - - - - 2.20 2.20 0.00 1,1,3 Certificado de Propiedad 42.56 - - - - - - - - 1,1,3 ,1 Certificado de Propiedad 0.58 - 0.58 0.58 0.58 0.58 0.58 - - - 1,1,3 ,2 CRPVA (carnet) 39.99 - 39.99 39.99 39.99 39.99 39.99 - - - 1,1,3 ,3 Timbre Legalización Fotocopia 2.00 - - - - - 2.00 - - - 1,1,4 Resoluciones por Trámite 0.67 0.67 0.67 - - - - - - 1,1,5 Valores Municipales por Tramite 40.00 - 5.00 - - - - - 40.00 1,1,6 Comisión por Servicio Informático RUAT 7.5% 40.28 10.88 5.78 3.60 5.78 2.93 4.65 3.90 2 COSTOS DE OPERACIÓN 729.18 331.88 107.04 28.71 0.00 29.95 29.20 56.44 13.99 2 .1 Costos de Administración 308.15 189.8388 88.2042 5.2482 0.0000 14.6214 0.3219 9.9171 0.0000 2 ,1,1 Sueldos y Salarios 153.41 94.5109 43.9123 2.6128 0.0000 7.2792 0.1602 4.9372 0.0000 2 ,1,1,1 Sueldos y Salarios 141.84 87.3830 40.6005 2.4158 0.0000 6.7302 0.1482 4.5649 0.0000 2 ,1,1,2 Aportes Patronales 5.79 3.5693 1.6584 0.0987 0.0000 0.2749 0.0061 0.1865 0.0000 2 ,1,1,3 Provision Aguinaldos 2.89 1.7793 0.8267 0.0492 0.0000 0.1370 0.0030 0.0930 0.0000 2 ,1,1,4 Provision doble Aguinaldo 2.89 1.7793 0.8267 0.0492 0.0000 0.1370 0.0030 0.0930 0.0000 2 ,1,2 Depreciación 154.73886 95.3279 44.2919 2.6354 0.0000 7.3422 0.1616 4.9799 0.0000 2 ,1,2 ,1 Edificaciones 1.24 0.7634 0.3547 0.0211 0.0000 0.0588 0.0013 0.0399 0.0000 2 ,1,2 ,2 Muebles y Enseres 1.57 0.9699 0.4507 0.0268 0.0000 0.0747 0.0016 0.0507 0.0000 2 ,1,2 ,3 Equipos de Computación 3.26 2.0075 0.9327 0.0555 0.0000 0.1546 0.0034 0.1049 0.0000 2 ,1,2 ,4 Fargo HDP-5000 143.18 91.2406 42.3928 2.5224 0.0000 7.0273 0.0000 0.0000 0.0000 2 ,1,2 ,5 Herramientas en General 5.48 0.0000 0.0000 0.0000 0.0000 0.0000 0.1724 5.3110 0.0000 DETALLE CUENTA; SUB-CUENTA ESTADO DE COSTOS VEHICULOS REGISTRO VEHICULAR AUTOMOTOR TERRESTRE GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE COCHABAMBA
  • 83. 72 2 .2 Gastos Indirectos por Servicio 421.03 142.0367 18.8368 23.4622 0.0000 15.3324 28.8733 46.5251 13.9948 2 ,2 ,1 Servicios Basicos 6.37 3.9224 1.8225 0.1084 0.0000 0.3021 0.0067 0.2049 0.0000 2 ,2 ,1,1 Agua y alcantarillado 4.93 3.0344 1.4099 0.0839 0.0000 0.2337 0.0051 0.1585 0.0000 2 ,2 ,1,2 Electricidad 1.18 0.7283 0.3384 0.0201 0.0000 0.0561 0.0012 0.0380 0.0000 2 ,2 ,1,3 Telefónico 0.26 0.1597 0.0742 0.0044 0.0000 0.0123 0.0003 0.0083 0.0000 2 ,2 ,2 Licencia Antivirus 0.01 0.0043 0.0020 0.0001 0.0000 0.0003 0.0000 0.0002 0.0000 2 ,2 ,3 Servicio de Seguros 2.26 1.3922 0.6468 0.0385 0.0000 0.1072 0.0024 0.0727 0.0000 2 ,2 ,4 Servicio de Seguros FARGO 0.10 0.0611 0.0284 0.0017 0.0000 0.0047 0.0000 0.0000 0.0000 2 ,2 ,5 Servicio de Internet 0.04 0.0243 0.0113 0.0007 0.0000 0.0019 0.0000 0.0013 0.0000 2 ,2 ,6 Mantenimiento de Fargo Hdp-5000 0.51 0.3221 0.1497 0.0089 0.0000 0.0248 0.0000 0.0000 0.0000 2 ,2 ,7 Capacitación al Personal 45.83 22.9167 0.0000 0.0000 0.0000 0.0000 0.0000 0.0000 0.0000 2 ,2 ,8 Gastos Generales 365.92 113.3936 16.1762 23.3039 0.0000 14.8913 28.8642 46.2460 13.9948 2 ,2 ,8 ,1 Servicio de Limpieza 2.66 1.6396 0.7618 0.0453 0.0000 0.1263 0.0028 0.0857 0.0000 2 ,2 ,8 ,2 Material y Suministros 4.89 0.4892 1.4003 0.0833 0.0000 0.2918 0.0051 0.0978 2.5248 2 ,2 ,8 ,3 Herramientas en General 0.83 0.5302 0.2463 0.0147 0.0000 0.0408 0.0000 0.0000 0.0000 2 ,2 ,8 ,4 Servicios no Personales 7.55 0.6795 2.3271 0.1286 0.0000 0.4503 0.0679 0.0000 0.0000 2 ,2 ,8 ,5 Consultores en Linea Operativos 68.75 2.0625 0.0000 0.0000 0.0000 0.0000 2.7500 46.0625 0.7200 2 ,2 ,8 ,6 Consultores en Linea Plataforma 250.00 88.7500 2.5000 22.5000 0.0000 12.5000 25.0000 0.0000 10.7500 2 ,2 ,8 ,7 Camaras Fotograficas 30.56 18.8239 8.7461 0.5204 0.0000 1.4498 1.0158 0.0000 0.0000 2 ,2 ,8 ,8 Ropa de Trabajo 0.68 0.4187 0.1945 0.0116 0.0000 0.0322 0.0226 0.0000 0.0000 COSTO TOTAL DE SERVICIO 550 164 79 49 78 39 266 58
  • 84. 73 Cuadro N` 39 Estructura de costos final Registro Vehicular Automotor Terrestre MOTOCICLETAS CODIGO INSC. MOTOCICLETA TRANSF. MOTOCICLETA CAMBIO DE SERV. CAMBIO DE RADICATORIA DUPLICADO CRPVA DUPLICADO PLAQUETA DUPL. PLACA Y PLAQUETA GRAVAMEN 1.1 Costos de Adquisicion 118.56 56.53 48.31 45.99 47.76 6.75 89.98 43.90 1,1,1 Placas Vehículos automotores Terrestres 82.3 - - - - - - - - 1,1,1,1 Placas MOTOCICLETAS 47.00 47.00 - - - - - 47.00 0.00 1,1,1,2 Incremento por Duplicado 35.25 0.0 - - - - - - 35.25 0.00 1,1,2 Plaquetas Vehículos Automotores terrestres 3.8 - - - - - - - - 1,1,2 ,1 Plaquetas MOTOCICLETAS 2.55 2.55 - 2.55 2.55 - 2.55 2.55 0.00 1,1,1,2 Incremento por Duplicado 1.28 0.0 - - - - - 1.28 1.28 0.00 1,1,3 Certificado de Propiedad 42.0 - - - - - - - - 1,1,3 ,1 Certificado de Propiedad 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 - - - 1,1,3 ,2 CRPVA (carnet) 39.99 39.99 39.99 39.99 39.99 39.99 - - - 1,1,3 ,3 Timbre Legalización Fotocopia 2.00 0.0 - - - - 2.00 - - - 1,1,4 Resoluciones por Trámite 0.7 0.67 0.67 - - - - - - 1,1,5 Valores Municipales por Tramite 40.0 - 5.00 - - - - - 40.00 1,1,6 Comisión por Servicio Informático RUAT 0.1 28.35 10.88 5.78 3.45 5.78 2.93 3.90 3.90 2 COSTOS DE OPERACIÓN 558.3 258.53 88.34 24.11 0.00 29.33 32.36 59.42 7.75 2 .1 Costos de Administración 308.2 164.5970 57.5182 7.8706 0.0000 17.8436 13.9336 2.9521 0.0000 2 ,1,1 Sueldos y Salarios 153.4 82.6469 54.0491 3.2160 0.0000 8.9596 0.1972 1.4557 0.0000 2 ,1,1,1 Sueldos y Salarios 141.84 77.8799 50.9316 3.0305 0.0000 8.4428 0.1859 1.3717 0.0000 2 ,1,1,2 Aportes Patronales 5.79 3.1811 2.0804 0.1238 0.0000 0.3449 0.0076 0.0560 0.0000 2 ,1,1,3 Provision Aguinaldos 2.89 1.5858 1.0371 0.0617 0.0000 0.1719 0.0038 0.0279 0.0000 2 ,1,1,4 Provision doble Aguinaldo 2.89 1.5858 1.0371 0.0617 0.0000 0.1719 0.0038 0.0279 0.0000 2 ,1,2 Depreciación 154.7 81.9501 3.4690 4.6546 0.0000 8.8840 13.7363 1.4964 0.0000 2 ,1,2 ,1 Edificaciones 1.24 0.6804 0.4450 0.0265 0.0000 0.0738 0.0016 0.0120 0.0000 2 ,1,2 ,2 Muebles y Enseres 1.57 0.8645 0.5653 0.0336 0.0000 0.0937 0.0021 0.0152 0.0000 2 ,1,2 ,3 Equipos de Computación 3.26 1.7892 1.1701 0.0696 0.0000 0.1940 0.0043 0.0315 0.0000 2 ,1,2 ,4 Fargo HDP-5000 143.18 78.6161 1.2886 4.5249 0.0000 8.5226 13.0741 37.1560 0.0000 2 ,1,2 ,5 Herramientas en General 5.48 0.0000 0.0000 0.0000 0.0000 0.0000 0.6543 4.8291 0.0000 COSTOS DIRECTOS REGISTRO VEHICULAR AUTOMOTOR TERRESTRE GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE COCHABAMBA
  • 85. 74 2 .2 Gastos Indirectos por Servicio 250.2 93.9281 30.8186 16.2423 0.0000 11.4909 18.4313 56.4704 7.7492 2 ,2 ,1 Servicios Basicos 6.4 3.4958 2.2862 0.1360 0.0000 0.3790 0.0083 0.0616 0.0000 2 ,2 ,1,1 Agua y alcantarillado 4.93 2.7044 1.7686 0.1052 0.0000 0.2932 0.0065 0.0476 0.0000 2 ,2 ,1,2 Electricidad 1.18 0.6491 0.4245 0.0253 0.0000 0.0704 0.0015 0.0114 0.0000 2 ,2 ,1,3 Telefónico 0.26 0.1423 0.0931 0.0055 0.0000 0.0154 0.0003 0.0025 0.0000 2 ,2 ,2 Licencia Antivirus 0.0 0.0038 0.0025 0.0001 0.0000 0.0004 0.0000 0.0001 0.0000 2 ,2 ,3 Servicio de Seguros 2.3 1.2408 0.8114 0.0483 0.0000 0.1345 0.0030 0.0219 0.0000 2 ,2 ,4 Servicio de Seguros FARGO 0.1 0.0533 0.0348 0.0021 0.0000 0.0058 0.0000 0.0000 0.0000 2 ,2 ,5 Servicio de Internet 0.0 0.0217 0.0142 0.0008 0.0000 0.0024 0.0001 0.0004 0.0000 2 ,2 ,6 Mantenimiento de Fargo Hdp-5000 0.5 0.2806 0.1835 0.0109 0.0000 0.0304 0.0000 0.0000 0.0000 2 ,2 ,7 Capacitación al Personal 43.5 16.5458 18.2875 1.7417 0.0000 2.6125 0.0000 0.0000 4.3542 2 ,2 ,8 Gastos Generales 240.9 72.2863 9.1984 14.3023 0.0000 8.3260 18.4199 56.3865 3.3950 2 ,2 ,8 ,1 Servicio de Limpieza 2.66 1.4613 0.9556 0.0569 0.0000 0.1584 0.0035 0.0257 0.0000 2 ,2 ,8 ,2 Material y Suministros 4.89 2.6861 1.7566 0.1045 0.0000 0.0465 0.0000 0.2984 0.0000 2 ,2 ,8 ,3 Herramientas en General 0.83 0.0000 0.0000 0.0000 0.0000 0.0000 0.0993 0.7328 0.0000 2 ,2 ,8 ,4 Servicios no Personales 7.55 4.1453 2.7109 0.1616 0.0000 0.4494 0.0099 0.0730 0.0000 2 ,2 ,8 ,5 Consultores en Linea Operativos 68.75 3.0938 1.0313 2.7500 0.0000 2.0625 7.5625 30.2500 2.1450 2 ,2 ,8 ,6 Consultores en Linea Plataforma 125.00 43.7500 2.5000 0.0000 0.0000 3.7500 10.0000 25.0000 1.2500 2 ,2 ,8 ,7 Camaras Fotograficas 30.56 16.7768 0.0000 11.2148 0.0000 1.8187 0.7439 0.0000 0.0000 2 ,2 ,8 ,8 Ropa de Trabajo 0.68 0.3731 0.2440 0.0145 0.0000 0.0405 0.0009 0.0066 0.0000 COSTO TOTAL DE SERVICIO 377 145 72 46 77 39 149 52
  • 86. 75 4.3.1 Código Codificación alfanumérica que se le asigna a las cuentas y sub-cuentas según corresponda. 4.3.2 Cuenta o sub cuenta Detalle de las cuentas y sub cuentas de costo y gasto en los que se incurre para la determinación del costo final de cada trámite según corresponda. 4.3.3 Costo unitario Detalle de los costos unitarios en los que se incurren. 4.3.3.1 Costo unitario prorrata (si corresponde) Esta columna es la que indica cual es el costo unitario a prorratear para cada trámite. 4.3.4 Costo Inscripción vehículo automotor terrestre Detalle de todos los costos en los que se incurren para la determinación de la tasa por concepto de inscripción del vehículo automotor terrestre. El costo por inscripción que se ha determinado es de Bs. 550 para Vehículos y Bs. 377 para Motocicletas. 4.3.5 Costo Transferencia vehículo automotor terrestre Detalle de todos los costos en los que se incurren para la determinación de la tasa por concepto de transferencia del vehículo automotor terrestre.
  • 87. 76 El costo por transferencia que se ha determinado es de Bs. 164 para Vehículos y Bs. 145 para Motocicletas. 4.3.6 Costo cambio de servicio vehículo automotor terrestre Detalle de todos los costos en los que se incurren para la determinación de la tasa por concepto de cambio de servicio vehículo automotor terrestre. El costo por cambio de servicio que se ha determinado es de Bs. 79 para Vehículos y Bs. 72 Motocicletas. 4.3.7 Costo cambio de radicatoria vehículo automotor terrestre Detalle de todos los costos en los que se incurren para la determinación de la tasa por concepto de Costo cambio de radicatoria vehículo automotor terrestre. El costo por cambio de radicatoria que se ha determinado es de Bs. 49 para Vehículos y 46 Motocicletas. 4.3.8 Costo duplicado CRPVA vehículo automotor terrestre Detalle de todos los costos en los que se incurren para la determinación de la tasa por concepto de duplicado CRPVA vehículo automotor terrestre. El costo por duplicado CRPVAT que se ha determinado es de Bs. 78 para Vehículos y Bs. 79 para Motocicletas. 4.3.9 Costo duplicado plaquetas vehículo automotor terrestre
  • 88. 77 Detalle de todos los costos en los que se incurren para la determinación de la tasa por concepto de duplicado plaquetas vehículo automotor terrestre. El costo por duplicado plaquetas que se ha determinado es de Bs. 39 para Vehículos y Motocicletas. 4.3.10 Costo duplicado placa y plaqueta vehículo automotor terrestre Detalle de todos los costos en los que se incurren para la determinación de la tasa por concepto de duplicado placa y plaqueta vehículo automotor terrestre. El costo por duplicado placas y plaquetas que se ha determinado es de Bs. 266 para Vehículos y Bs. 149 para Motocicletas. 4.3.11 Costo gravamen Detalle de todos los costos en los que se incurren para la determinación de la tasa por concepto de gravámenes vehículo automotor terrestre. El costo por gravamen que se ha determinado es de Bs. 58 para Vehículos y Bs. 52 para Motocicletas.
  • 89. 78 CAPÍTULO V ESTRUCTURA ORGANIZATIVA La división de registro vehicular actualmente no cuenta con una estructura organizacional definida, se encuentra bajo la dirección de recaudaciones del Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba, a continuación se puede ver el organigrama del GAMC, posteriormente se muestra el organigrama propuesto de la División de Registro Vehicular. Dirección de Recaudaciones El CEMAC (Centro Municipal de Atención al Contribuyente) nació con el propósito de fortalecer las capacidades estratégicas de recaudación y atención al ciudadano así como lograr un relacionamiento armónico y atento entre la ciudadanía y el Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba a efectos de elevar la calidad de los servicios prestados, facilitando la realización de los trámites que realizan los ciudadanos y mejorando las actividades de los procesos utilizados. Surge mediante la aprobación de la Ordenanza Municipal N° 3740/2007 del 11 de octubre de 2007, donde aprueba la Estructura Organizacional de la antes denominada H. Municipalidad de Cochabamba, marco en el cual se implementó la Oficialía Mayor Administrativa y de Atención al Contribuyente
  • 90. 79 5.1 ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE COCHABAMBA
  • 91. 80 5.2 Estructura Organizacional de la División de Registro Vehicular Automotor Terrestre
  • 92. 81 CONCLUSIONES  Al realizar el diseño de la estructura de costos que determine las tasas por servicios prestados por concepto de Registro Vehicular Automotor Terrestre, se cumplió con la definición de Tasa como tributo según la definición descrita en la Ley 2492, asegurando así la sostenibilidad y funcionamiento de la División de registro Vehicular Automotor Terrestre del Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba.  Se lograron establecer los procedimientos propuestos para los servicios que prestará a partir de la aplicación del Proyecto de Ley. la División de Registro Vehicular Automotor Terrestre del Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba.  Al establecer la estructura organizacional propuesta tomando en cuenta el personal que se necesita para realización de los trámites que se realizan, se podrá afrontar los cambios procedimentales de la División de Registro Vehicular Automotor Terrestre en el Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba.  Tomando en cuenta los costos de adquisición y operación en los que la división incurre directa e indirectamente en los trámites realizados, se evidencia que las tasas determinadas para la primera gestión en la que se implemente si cumplirán con la definición de tasa como tributo asegurando que los recursos percibidos serán netamente de funcionamiento de la división, según el artículo 11 de la Ley N° 2492: “Las tasas son tributos cuyo hecho imponible consiste en la prestación de servicios o la realización de actividades sujetas a normas de derecho público individualizadas en el sujeto pasivo, cuando concurran las dos siguientes circunstancias:  Que dichos servicios y actividades sean de solicitud o recepción obligatoria por los administrados.
  • 93. 82  Que para los mismos, está establecida en su reserva a favor del sector público por referirse a la manifestación del ejercicio de autoridad.”  La División de Registro Vehicular Automotor Terrestre del Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba. demuestra la sostenibilidad en el tiempo de la misma tomando en cuenta el parágrafo II Articulo 10 del Proyecto de Ley Municipal del Registro Vehicular Automotor Terrestre que indica: “Los valores de las tasas en la escala establecida podrán ser actualizados por el Órgano Ejecutivo Municipal del Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba, en base a la variación de la Unidad de Fomento a la Vivienda (UFV), publicado por el Banco Central de Bolivia producido entre el 01 de enero al 31 de diciembre de cada gestión fiscal”.  Una vez culminada la determinación de los costos por servicios para la realización de los trámites por concepto de Registro Vehicular Automotor Terrestre en el Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba, se presenta el cuadro comparativo entre los costos que actualmente tiene la realización de los trámites y los costos determinados con el estudio técnico. CONCEPTO COSTO ACTUAL COSTO DETERMINADO Inscripción Vehículo 537,00 550,00 Inscripción Motocicleta 378,00 377,00 Transferencia VEHÍCULO 145,00 164,00 Transferencia MOTOCICLETA 145,00 145,00 Cambio de Servicio VEHÍCULO 77,00 79,00 Cambio de Servicio MOTOCICLETA 77,00 72,00 Cambio de Radicatoria 31,00 49,00 Cambio de Radicatoria 31,00 46,00 Duplicado Certificado de Registro de Propiedad del Vehículo Automotor Terrestres (CRPVAT) VEHICULO 77,00 78,00