Este documento resume los pasos para iniciar un trámite de rechazo de accidente de trabajo o enfermedad profesional ante la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT). Se debe presentar copia de la denuncia y del rechazo de la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) o empleador autoasegurado. Luego la SRT verificará si el rechazo fue oportuno, y en caso contrario la ART deberá otorgar las prestaciones. De lo contrario, se iniciará un trámite mé
plan de gestion DE LA UNIDAD DE CUIDADOS INTENSIVOS
Rechazo del accidente de trabajo
1. Rechazo del Accidente de Trabajo o
Enfermedad Profesional por parte
de la ART o el Empleador
Autoasegurado
2. • Para iniciar el trámite corrobore la
documentación indispensable que debe
presentar. Además debe agregar:
3. • Copia de la denuncia de accidente o
enfermedad profesional ante la ART*
• *Cuando hablamos de “la ART” o “la aseguradora” estamos incluyendo en
el concepto a los Empleadores Autoasegurados
4. • Copia de la carta documento en donde figura
el rechazo del accidente o enfermedad
profesional por parte de la ART
5. • Número de teléfono que nos permita
contactarnos con usted. Es conveniente que
deje además un teléfono alternativo y
dirección de correo electrónico si tiene.
6. ¿Cómo sigue el trámite?
• La SRT corroborará si la ART cumplió el plazo de 10
días de recibida la denuncia para efectuar el rechazo.
Si fuese extemporáneo, se considera incorrecto y la
ART deberá otorgarle las prestaciones
correspondientes retroactivas al momento del
accidente, concluyendo de esta forma el trámite
iniciado (Resolución SRT 1068/2011).
• Si el rechazado fue efectuado en tiempo y forma, se
iniciará un Trámite Médico.
7. • A la semana de iniciado el trámite, la SRT se
comunicará con usted telefónicamente para
informarle el estado del mismo. Si desea
comunicarse con nosotros puede llamar al
0800-666-6778 de lunes a viernes de 8 a 19
horas.
8. ¿Cómo sigue el Trámite Médico?
• La Comisión Médica le enviará a su domicilio
una citación para que concurra a una
revisación.
9. Puedo llevar estudios médicos que me haya
realizado en forma particular como por
ejemplo radiografías, análisis clínicos,
entre otros?
¿
• Es aconsejable que usted aporte todos los estudios
que desee y que considere que brindan información
sobre su salud. Le serán devueltos si los solicita.
10. ¿Qué pasa si mis estudios médicos los tiene
la ART?
• La ART deberá presentar ante la Comisión Médica su
historia clínica junto con todos los estudios que se le
hayan realizado.
11. ¿Cómo sigue el trámite luego de mi revisación
médica?
• La Comisión Médica puede considerar necesarios
nuevos estudios y le otorgará una Orden de Práctica
o de Interconsulta para que los efectúe en forma
gratuita, o bien puede emitir el dictamen.
12. • La Comisión Médica también puede definir si
es necesaria una segunda revisación y, en ese
caso, le notificará la fecha y la hora de la
nueva citación. Una vez efectuada la segunda
revisación, se fijará fecha para el dictamen.
13. ¿Qué debo hacer cuando recibo el dictamen de
Comisión Médica?
• Debe exigir a la ART el cumplimiento del dictamen. Si
la ART no cumple el dictamen, puede efectuar un
reclamo ante la SRT.
14. ¿Qué debo hacer si no estoy de acuerdo con el
dictamen de la Comisión Médica?
• Usted puede presentar una apelación, es decir, un
trámite de desacuerdo con el dictamen (ver
procedimiento del trámite).
15. IMPORTANTE:
• Para evitar demoras en el trámite es fundamental
que comunique cualquier cambio de domicilio.
• Para ello debe dirigirse a la Comisión Médica y,
además de acreditar identidad, debe presentar
certificado de domicilio expedido por Policía o
Registro Civil reciente (no más de 15 días) o
servicio a su nombre (factura de luz, gas, cable o
teléfono).