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AYUDA AL AUTONOMO
Decreto-ley 2/2015, de 3 de marzo
CADE DE PEÑARROYA-PUEBLONUEVO
POL. IND. LA PAPELERA, s/n
Telf: 671534207
BENEFICIARIOSBENEFICIARIOSBENEFICIARIOS
Podrán solicitar las subvenciones y ser beneficiarias de las
mismas, las personas físicas que realicen una actividad
empresarial o profesional como trabajadoras autónomas y se
encuentren en alguno de los supuestos que se relacionan a
continuación:
a) Que se establezcan por primera vez como trabajadoras
autónomas.
b) Que en los dos años inmediatamente anteriores a la fecha del
establecimiento como trabajadoras autónomas, no hayan
estado dadas de alta en el Régimen Especial de Trabajadores
Autónomos o en aquél que legal o estatutariamente les
corresponda.
REQUISITOSREQUISITOSREQUISITOS
1.º Estar dadas de alta en el Régimen Especial de Trabajadores
Autónomos o en aquél que legal o estatutariamente les
corresponda en el momento de la presentacien el momento de la presentacióón de la solicitud yn de la solicitud y
como mcomo mááximo, desde el 1 de septiembre de 2014.ximo, desde el 1 de septiembre de 2014.
2.º Disponer de un plan de viabilidad de la actividad proyectada,
según el modelo establecido en el Anexo II.2.
Tienen la consideración de trabajadores/as autónomos, las personas físicas que
realicen de forma habitual, personal, directa, por cuenta propia, una actividad
económica o profesional a título lucrativo, con residencia y domicilio fiscal en
Andalucía, den o no ocupación a trabajadores por cuenta ajena, quedando
EXCLUIDOSEXCLUIDOSEXCLUIDOS
Los socios/as industriales de sociedades regulares colectivas y sociedades comanditariasLos socios/as industriales de sociedades regulares colectivas y sociedades comanditarias
Los socios/as de sociedades mercantiles, sociedades laborales y cooperativas y aquéllos
que ejerzan funciones de dirección o gerencia en las mismas.
Los socios/as de sociedades mercantiles, sociedades laborales y cooperativas y aquéllos
que ejerzan funciones de dirección o gerencia en las mismas.
Quienes se constituyan o se incorporen a comunidades de bienes y socios /as de
sociedades civiles sin personalidad
Quienes se constituyan o se incorporen a comunidades de bienes y socios /as de
sociedades civiles sin personalidad
Los familiares que, de forma habitual, realizan trabajos para personas trabajadoras
autónomas, que no tengan la condición de trabajadores por cuenta ajena, conforme a lo
establecido en el artículo 1.3.e) del texto refundido de la Ley del Estatuto de los
Trabajadores. (autónomos colaboradores)
Los familiares que, de forma habitual, realizan trabajos para personas trabajadoras
autónomas, que no tengan la condición de trabajadores por cuenta ajena, conforme a lo
establecido en el artículo 1.3.e) del texto refundido de la Ley del Estatuto de los
Trabajadores. (autónomos colaboradores)
Los trabajadores autónomos económicamente dependientesLos trabajadores autónomos económicamente dependientes
CADE DE PEÑARROYA-PUEBLONUEVO
Estar dados de alta en el Régimen Especial de
Trabajadores Autónomos o en aquél que legal o
estatutariamente les corresponda en el momentoen el momento
de la presentacide la presentacióón de la solicitud y, como mn de la solicitud y, como mááximo,ximo,
desde el 1 de septiembre de 2014.desde el 1 de septiembre de 2014.
EXCLUIDOS:EXCLUIDOS:EXCLUIDOS:EXCLUIDOS:
AUTONOMOS EN SOCIEDAD, AUTONOMOS COLABORADORES O
DEPENDIENTES
EXCLUIDOS:EXCLUIDOS:EXCLUIDOS:EXCLUIDOS:
AUTONOMOS EN SOCIEDAD, AUTONOMOS COLABORADORES O
DEPENDIENTES
4.0004.000 €€ menores de 30 años
4.5004.500 €€ mujeres desempleadas
5.0005.000 €€ hombres con discapacidad
5.5005.500 €€ mujeres con discapacidad
3.0003.000 €€ personas no susceptibles de encuadrarse en los supuestos anteriores
CUANTÍA DE LAS SUBVENCIONESCUANTÍA DE LAS SUBVENCIONES
Los solicitantes deben tener la condición de desempleados en el momento de alta de
autónomo
Se consideran personas desempleadas aquéllas que se encuentren inscritas como
demandantes de empleo, no ocupadas, en el Servicio Andaluz de Empleo.
OBLIGACIONES BENEFICIARIOSOBLIGACIONES BENEFICIARIOSOBLIGACIONES BENEFICIARIOS
1.º Mantener de forma ininterrumpida su condición de persona trabajadora autónoma
y desarrollar su actividad como tal, al menos, durante doce meses a contar
desde el día siguiente a aquel en que finalice el plazo de presentación de solicitudes de
esta convocatoria.
1.º Mantener de forma ininterrumpida su condición de persona trabajadora autónoma
y desarrollar su actividad como tal, al menos, durante doce meses a contar
desde el día siguiente a aquel en que finalice el plazo de presentación de solicitudes de
esta convocatoria.
2.º No podrá compatibilizar su actividad con ninguna otra actividad por cuenta ajena.
A estos efectos, se entenderá que se ha compatibilizado el trabajo por cuenta propia
con el trabajo por cuenta ajena cuando durante los doce meses en que debe
mantenerse la condición de autónomo, se haya trabajado más de treinta y un
días por cuenta ajena, bien sea a tiempo completo o a tiempo parcial.
2.º No podrá compatibilizar su actividad con ninguna otra actividad por cuenta ajena.
A estos efectos, se entenderá que se ha compatibilizado el trabajo por cuenta propia
con el trabajo por cuenta ajena cuando durante los doce meses en que debe
mantenerse la condición de autónomo, se haya trabajado más de treinta y un
días por cuenta ajena, bien sea a tiempo completo o a tiempo parcial.
A)CUALIFICACIÓN ACADÉMICA/PROFESIONAL*
(PUNTUAC. MÁXIMA 10 – PONDERACIÓN 40%)
1. Licenciado, Arquitecto, Ingeniero, Diplomado, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico
o el título de grado correspondiente o Formación Profesional Superior o
Experiencia Profesional acreditada superior a cinco años. (10 PUNTOS)
2. Formación Profesional Grado Medio o Bachiller o Experiencia Profesional
acreditada de entre tres a cinco años de duración. (7 PUNTOS)
3. Educación Secundaria Obligatoria. (5 PUNTOS)
*(se valorará siempre y cuando exista relación con la actividad económica a desarrollar e
indicada en el plan de viabilidad).
CRITERIOS DE VALORACIÓN 1CRITERIOS DE VALORACIÓN 1
CRITERIOS DE VALORACIÓN 2CRITERIOS DE VALORACIÓN 2
B) ACTIVIDAD PROFESIONAL O EMPRESARIAL EN
SECTORES CONSIDERADOS COMO ESTRATÉGICOS
(PUNTUAC. MÁXIMA 10 – PONDERACIÓN 40%)
1. Proyectos de trabajo autónomo que se desarrolle en el sector
industrial. (10 PUNTOS)
2. Servicios avanzados incluidos en los siguientes códigos CNAE:
61, 62, 63, 71, 72 Y 74. (10 PUNTOS) * anexo
ANEXO
CNAES CON VALORACION AYUDA AUTONOMOS 2015
ANEXO
CNAES CON VALORACION AYUDA AUTONOMOS 2015
División 61 Telecomunicaciones
División 62 Programación, consultoría y otras actividades relacionadas con la
informática
División 63 Servicios de información
División 71 Servicios técnicos de arquitectura e ingeniería; ensayos y análisis
técnicos
División 72 Investigación y desarrollo
División 74 Otras actividades profesionales, científicas y técnicas
CRITERIOS DE VALORACIÓN 3CRITERIOS DE VALORACIÓN 3
C) COLECTIVOS PREFERENTES, se valorará la pertenencia a alguno de
los siguientes colectivos:
(PUNTUAC. MÁXIMA 10 – PONDERACIÓN 20%)
1. Personas menores de 30 años. (6 PUNTOS)
2. Personas mayores de 45 años. (6 PUNTOS)
3. Mujeres. (3 PUNTOS)
*Si además pertenece al colectivo de personas con discapacidad en un grado igual o
superior a un 33%, (1 PUNTO adicional).
11 DE ABRIL 2015
PLAZO DE PRESENTACIONPLAZO DE PRESENTACION
1.º DNI/NIE/NIF de la persona solicitante
2.º Certificación bancaria acreditativa de la titularidad de la cuenta.
3.º Modelo TA.521/1 referente al alta en este Régimen de la persona solicitante, o
documento equivalente donde conste la fecha de la solicitud de alta en dicho
Régimen, así como, la correspondiente resolución de la Tesorería General de la
Seguridad Social.
4.º Modelo 036/037
5.º El domicilio social de la persona trabajadora autónoma se acreditará mediante
certificado de empadronamiento.
6.º Informe de Vida Laboral actualizado.
7.º Documentación acreditativa de los criterios de selección establecidos en el
formulario de solicitud.
8.º Plan de viabilidad de la actividad proyectada, técnica, económica y
financieramente favorable, según el modelo que figura en el Anexo II.2
DOCUMENTACIONDOCUMENTACION
TRAMITACIONTRAMITACION
Si estás interesado en solicitar esta ayuda te
recomendamos acudas lo antes posible al
CADE acompañado de la documentación
especificada con el fin de tramitar tu
expediente
CADE de PECADE de PECADE de PECADE de PEÑÑÑÑARROYAARROYAARROYAARROYA----PUEBLONUEVOPUEBLONUEVOPUEBLONUEVOPUEBLONUEVO
Pol. Ind. La Papelera s/n Teléfono: 671534207
AYUDAS CONTRATACIÓN
INDEFINIDA
Decreto-ley 2/2015, de 3 de marzo
CADE DE PEÑARROYA-PUEBLONUEVO
POL. IND. LA PAPELERA, s/n
Telf: 671534207
Tres colectivos:
Incentivos por contratación jóvenes
menores de 30 años.
Incentivos contratación mayores de 45 años
Incentivos para el retorno del talento.
Ayudas contratación indefinidaAyudas contrataciAyudas contratacióón indefinidan indefinida
Cuantía: 4.750 €
Beneficiarios:
-Entidades que contraten o transformen de forma
indefinida a los titulares del Bono de Empleo Joven,
después de los 12 meses del bono.
-Las empresas asociadas inscritas en la Iniciativa
Prácticas Profesionales en Empresas (UNIA), que
contraten de forma indefinida tras la finalización del
período de práctica profesional.
Ayudas contratación indefinida
Jóvenes menores de 30 años
Ayudas contrataciAyudas contratacióón indefinidan indefinida
JJóóvenes menores de 30 avenes menores de 30 aññosos
Obligaciones del empresario:
Formalizar un contrato de doce meses a jornada
completa.
En caso de baja no imputada a la empresa, sustituir al
trabajador en el plazo máximo de quince días,
formalizando una nueva contratación de similares
características.
Deberán comunicar, en el plazo máximo de diez días,
al Servicio Andaluz de Empleo la baja de la persona
trabajadora.
Ayudas contratación indefinida
Jóvenes menores de 30 años
Ayudas contrataciAyudas contratacióón indefinidan indefinida
JJóóvenes menores de 30 avenes menores de 30 aññosos
Ayudas contratación indefinida
Jóvenes menores de 30 años
Ayudas contrataciAyudas contratacióón indefinidan indefinida
JJóóvenes menores de 30 avenes menores de 30 aññosos
Plazo de solicitud: un mes desde la formalización
del contrato por el cual se solicita el incentivo.
Cuantía: 6.000 €
Beneficiarios: los/as autónomos/as, las empresas constituidas e
inscritas en el correspondiente registro, incluidas las de economía
social y las entidades sin personalidad jurídica, ubicadas en
Andalucía, que contraten mayores de 45 años desempleados de
larga duración (aquéllos que hayan permanecido inscritos como demandantes
de empleo no ocupadas en el Servicio Andaluz de Empleo durante 360 días en los
dieciocho meses inmediatamente anteriores o, al menos, durante 180 días en los
nueve meses inmediatamente anteriores, si están inscritas como trabajadores
agrarios a la fecha de formalización del contrato de trabajo)
Ayudas contratación indefinida
Mayores de 45 años
Ayudas contrataciAyudas contratacióón indefinidan indefinida
Mayores de 45 aMayores de 45 aññosos
Ayudas contratación indefinida
mayores de 45 años
Ayudas contrataciAyudas contratacióón indefinidan indefinida
mayores de 45 amayores de 45 aññosos
Obligaciones del empresario:
Formalizar un contrato de trabajo con carácter
indefinido, debiendo mantenerse ininterrumpidamente por
un periodo mínimo de doce meses a jornada completa, con
personas desempleadas de larga duración mayores de 45
años.
En caso de baja no imputada a la empresa, sustituir al
trabajador en el plazo máximo de quince días, formalizando
una nueva contratación de similares características.
Deberán comunicar, en el plazo máximo de diez días, al
Servicio Andaluz de Empleo la baja de la persona
trabajadora.
Ayudas contratación indefinida
mayores de 45 años
Ayudas contrataciAyudas contratacióón indefinidan indefinida
mayores de 45 amayores de 45 aññosos
Exclusiones:
Las que afecten al cónyuge, ascendientes, descendientes
y demás parientes por consanguinidad o afinidad, hasta el
segundo grado inclusive, del empresario o trabajador
autónomo.
Aquéllas realizadas por las empresas de trabajo temporal
para la puesta a disposición de la persona contratada para
prestar servicios en empresas usuarias. .
Ayudas contratación indefinida
mayores de 45 años
Ayudas contrataciAyudas contratacióón indefinidan indefinida
mayores de 45 amayores de 45 aññosos
Plazo de solicitud: un mes desde la formalización
del contrato por el cual se solicita el incentivo.
Incentivos para el retorno del
talento
Incentivos para el retorno delIncentivos para el retorno del
talentotalento
Objetivo: facilitar el regreso de personas andaluzas
que estén desarrollando su actividad laboral en el
extranjero y deseen incorporarse al mercado
laboral andaluz.
Ayudas contratación indefinida
mayores de 45 años
Ayudas contrataciAyudas contratacióón indefinidan indefinida
mayores de 45 amayores de 45 aññosos
Cuantía:
Incentivos a la contratación dirigidos a las empresas que
contraten a personas andaluzas que se encuentren
residiendo y trabajando en el extranjero. 40.000 euros
Ayuda asociada al traslado de residencia de las personas
contratadas para favorecer su retorno y establecimiento en
Andalucía vinculada a la concesión del incentivo previsto en
el apartado anterior. Modalidades:
Desplazamiento máximo 5.000 €
Alojamiento máximo 12.000 €
Gastos de escolarización. Cuantía máxima de 2.000 euros por
cada menor a su cargo matriculado, máximo 5.000 euros.
Ayudas contratación indefinida
mayores de 45 años
Ayudas contrataciAyudas contratacióón indefinidan indefinida
mayores de 45 amayores de 45 aññosos
Obligaciones del empresario:
Formalizar el contrato laboral con carácter indefinido a
jornada completa.
Con una persona de 45 años.
En la categoría profesional correspondiente a su titulación o
equivalente y estar en situación de alta laboral, residiendo en el
extranjero, durante al menos los dos últimos años
inmediatamente anteriores a la fecha de formalización del
contrato.
Ayudas contratación indefinida
Mayores de 45 años
Ayudas contrataciAyudas contratacióón indefinidan indefinida
Mayores de 45 aMayores de 45 aññosos
Obligaciones del empresario:
Mantenimiento del contrato por un periodo mínimo de
veinticuatro meses.
Como consecuencia de la contratación debe producirse un
incremento neto del número de contrataciones indefinidas
respecto del año anterior y un traslado efectivo de la residencia
habitual de la persona trabajadora
Ayudas contratación indefinida
Mayores de 45 años
Ayudas contrataciAyudas contratacióón indefinidan indefinida
Mayores de 45 aMayores de 45 aññosos
Exclusiones:
Las que afecten al cónyuge, ascendientes,
descendientes y demás parientes por consanguinidad o
afinidad, hasta el segundo grado inclusive, del
empresario o trabajador autónomo.
Las realizadas con personas trabajadoras del mismo
grupo de empresas.
Ayudas contratación indefinida
Mayores de 45 años
Ayudas contrataciAyudas contratacióón indefinidan indefinida
Mayores de 45 aMayores de 45 aññosos
Plazo de solicitud: un mes desde la formalización
del contrato por el cual se solicita el incentivo.
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Presentación autónomo y contratación indefinida Decreto-Ley 2/2015

  • 1. AYUDA AL AUTONOMO Decreto-ley 2/2015, de 3 de marzo CADE DE PEÑARROYA-PUEBLONUEVO POL. IND. LA PAPELERA, s/n Telf: 671534207
  • 2. BENEFICIARIOSBENEFICIARIOSBENEFICIARIOS Podrán solicitar las subvenciones y ser beneficiarias de las mismas, las personas físicas que realicen una actividad empresarial o profesional como trabajadoras autónomas y se encuentren en alguno de los supuestos que se relacionan a continuación: a) Que se establezcan por primera vez como trabajadoras autónomas. b) Que en los dos años inmediatamente anteriores a la fecha del establecimiento como trabajadoras autónomas, no hayan estado dadas de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o en aquél que legal o estatutariamente les corresponda.
  • 3. REQUISITOSREQUISITOSREQUISITOS 1.º Estar dadas de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o en aquél que legal o estatutariamente les corresponda en el momento de la presentacien el momento de la presentacióón de la solicitud yn de la solicitud y como mcomo mááximo, desde el 1 de septiembre de 2014.ximo, desde el 1 de septiembre de 2014. 2.º Disponer de un plan de viabilidad de la actividad proyectada, según el modelo establecido en el Anexo II.2.
  • 4. Tienen la consideración de trabajadores/as autónomos, las personas físicas que realicen de forma habitual, personal, directa, por cuenta propia, una actividad económica o profesional a título lucrativo, con residencia y domicilio fiscal en Andalucía, den o no ocupación a trabajadores por cuenta ajena, quedando EXCLUIDOSEXCLUIDOSEXCLUIDOS Los socios/as industriales de sociedades regulares colectivas y sociedades comanditariasLos socios/as industriales de sociedades regulares colectivas y sociedades comanditarias Los socios/as de sociedades mercantiles, sociedades laborales y cooperativas y aquéllos que ejerzan funciones de dirección o gerencia en las mismas. Los socios/as de sociedades mercantiles, sociedades laborales y cooperativas y aquéllos que ejerzan funciones de dirección o gerencia en las mismas. Quienes se constituyan o se incorporen a comunidades de bienes y socios /as de sociedades civiles sin personalidad Quienes se constituyan o se incorporen a comunidades de bienes y socios /as de sociedades civiles sin personalidad Los familiares que, de forma habitual, realizan trabajos para personas trabajadoras autónomas, que no tengan la condición de trabajadores por cuenta ajena, conforme a lo establecido en el artículo 1.3.e) del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. (autónomos colaboradores) Los familiares que, de forma habitual, realizan trabajos para personas trabajadoras autónomas, que no tengan la condición de trabajadores por cuenta ajena, conforme a lo establecido en el artículo 1.3.e) del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. (autónomos colaboradores) Los trabajadores autónomos económicamente dependientesLos trabajadores autónomos económicamente dependientes
  • 5. CADE DE PEÑARROYA-PUEBLONUEVO Estar dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o en aquél que legal o estatutariamente les corresponda en el momentoen el momento de la presentacide la presentacióón de la solicitud y, como mn de la solicitud y, como mááximo,ximo, desde el 1 de septiembre de 2014.desde el 1 de septiembre de 2014. EXCLUIDOS:EXCLUIDOS:EXCLUIDOS:EXCLUIDOS: AUTONOMOS EN SOCIEDAD, AUTONOMOS COLABORADORES O DEPENDIENTES EXCLUIDOS:EXCLUIDOS:EXCLUIDOS:EXCLUIDOS: AUTONOMOS EN SOCIEDAD, AUTONOMOS COLABORADORES O DEPENDIENTES
  • 6. 4.0004.000 €€ menores de 30 años 4.5004.500 €€ mujeres desempleadas 5.0005.000 €€ hombres con discapacidad 5.5005.500 €€ mujeres con discapacidad 3.0003.000 €€ personas no susceptibles de encuadrarse en los supuestos anteriores CUANTÍA DE LAS SUBVENCIONESCUANTÍA DE LAS SUBVENCIONES Los solicitantes deben tener la condición de desempleados en el momento de alta de autónomo Se consideran personas desempleadas aquéllas que se encuentren inscritas como demandantes de empleo, no ocupadas, en el Servicio Andaluz de Empleo.
  • 7. OBLIGACIONES BENEFICIARIOSOBLIGACIONES BENEFICIARIOSOBLIGACIONES BENEFICIARIOS 1.º Mantener de forma ininterrumpida su condición de persona trabajadora autónoma y desarrollar su actividad como tal, al menos, durante doce meses a contar desde el día siguiente a aquel en que finalice el plazo de presentación de solicitudes de esta convocatoria. 1.º Mantener de forma ininterrumpida su condición de persona trabajadora autónoma y desarrollar su actividad como tal, al menos, durante doce meses a contar desde el día siguiente a aquel en que finalice el plazo de presentación de solicitudes de esta convocatoria. 2.º No podrá compatibilizar su actividad con ninguna otra actividad por cuenta ajena. A estos efectos, se entenderá que se ha compatibilizado el trabajo por cuenta propia con el trabajo por cuenta ajena cuando durante los doce meses en que debe mantenerse la condición de autónomo, se haya trabajado más de treinta y un días por cuenta ajena, bien sea a tiempo completo o a tiempo parcial. 2.º No podrá compatibilizar su actividad con ninguna otra actividad por cuenta ajena. A estos efectos, se entenderá que se ha compatibilizado el trabajo por cuenta propia con el trabajo por cuenta ajena cuando durante los doce meses en que debe mantenerse la condición de autónomo, se haya trabajado más de treinta y un días por cuenta ajena, bien sea a tiempo completo o a tiempo parcial.
  • 8. A)CUALIFICACIÓN ACADÉMICA/PROFESIONAL* (PUNTUAC. MÁXIMA 10 – PONDERACIÓN 40%) 1. Licenciado, Arquitecto, Ingeniero, Diplomado, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o el título de grado correspondiente o Formación Profesional Superior o Experiencia Profesional acreditada superior a cinco años. (10 PUNTOS) 2. Formación Profesional Grado Medio o Bachiller o Experiencia Profesional acreditada de entre tres a cinco años de duración. (7 PUNTOS) 3. Educación Secundaria Obligatoria. (5 PUNTOS) *(se valorará siempre y cuando exista relación con la actividad económica a desarrollar e indicada en el plan de viabilidad). CRITERIOS DE VALORACIÓN 1CRITERIOS DE VALORACIÓN 1
  • 9. CRITERIOS DE VALORACIÓN 2CRITERIOS DE VALORACIÓN 2 B) ACTIVIDAD PROFESIONAL O EMPRESARIAL EN SECTORES CONSIDERADOS COMO ESTRATÉGICOS (PUNTUAC. MÁXIMA 10 – PONDERACIÓN 40%) 1. Proyectos de trabajo autónomo que se desarrolle en el sector industrial. (10 PUNTOS) 2. Servicios avanzados incluidos en los siguientes códigos CNAE: 61, 62, 63, 71, 72 Y 74. (10 PUNTOS) * anexo
  • 10. ANEXO CNAES CON VALORACION AYUDA AUTONOMOS 2015 ANEXO CNAES CON VALORACION AYUDA AUTONOMOS 2015 División 61 Telecomunicaciones División 62 Programación, consultoría y otras actividades relacionadas con la informática División 63 Servicios de información División 71 Servicios técnicos de arquitectura e ingeniería; ensayos y análisis técnicos División 72 Investigación y desarrollo División 74 Otras actividades profesionales, científicas y técnicas
  • 11. CRITERIOS DE VALORACIÓN 3CRITERIOS DE VALORACIÓN 3 C) COLECTIVOS PREFERENTES, se valorará la pertenencia a alguno de los siguientes colectivos: (PUNTUAC. MÁXIMA 10 – PONDERACIÓN 20%) 1. Personas menores de 30 años. (6 PUNTOS) 2. Personas mayores de 45 años. (6 PUNTOS) 3. Mujeres. (3 PUNTOS) *Si además pertenece al colectivo de personas con discapacidad en un grado igual o superior a un 33%, (1 PUNTO adicional).
  • 12. 11 DE ABRIL 2015 PLAZO DE PRESENTACIONPLAZO DE PRESENTACION
  • 13. 1.º DNI/NIE/NIF de la persona solicitante 2.º Certificación bancaria acreditativa de la titularidad de la cuenta. 3.º Modelo TA.521/1 referente al alta en este Régimen de la persona solicitante, o documento equivalente donde conste la fecha de la solicitud de alta en dicho Régimen, así como, la correspondiente resolución de la Tesorería General de la Seguridad Social. 4.º Modelo 036/037 5.º El domicilio social de la persona trabajadora autónoma se acreditará mediante certificado de empadronamiento. 6.º Informe de Vida Laboral actualizado. 7.º Documentación acreditativa de los criterios de selección establecidos en el formulario de solicitud. 8.º Plan de viabilidad de la actividad proyectada, técnica, económica y financieramente favorable, según el modelo que figura en el Anexo II.2 DOCUMENTACIONDOCUMENTACION
  • 14. TRAMITACIONTRAMITACION Si estás interesado en solicitar esta ayuda te recomendamos acudas lo antes posible al CADE acompañado de la documentación especificada con el fin de tramitar tu expediente CADE de PECADE de PECADE de PECADE de PEÑÑÑÑARROYAARROYAARROYAARROYA----PUEBLONUEVOPUEBLONUEVOPUEBLONUEVOPUEBLONUEVO Pol. Ind. La Papelera s/n Teléfono: 671534207
  • 15. AYUDAS CONTRATACIÓN INDEFINIDA Decreto-ley 2/2015, de 3 de marzo CADE DE PEÑARROYA-PUEBLONUEVO POL. IND. LA PAPELERA, s/n Telf: 671534207
  • 16. Tres colectivos: Incentivos por contratación jóvenes menores de 30 años. Incentivos contratación mayores de 45 años Incentivos para el retorno del talento. Ayudas contratación indefinidaAyudas contrataciAyudas contratacióón indefinidan indefinida
  • 17. Cuantía: 4.750 € Beneficiarios: -Entidades que contraten o transformen de forma indefinida a los titulares del Bono de Empleo Joven, después de los 12 meses del bono. -Las empresas asociadas inscritas en la Iniciativa Prácticas Profesionales en Empresas (UNIA), que contraten de forma indefinida tras la finalización del período de práctica profesional. Ayudas contratación indefinida Jóvenes menores de 30 años Ayudas contrataciAyudas contratacióón indefinidan indefinida JJóóvenes menores de 30 avenes menores de 30 aññosos
  • 18. Obligaciones del empresario: Formalizar un contrato de doce meses a jornada completa. En caso de baja no imputada a la empresa, sustituir al trabajador en el plazo máximo de quince días, formalizando una nueva contratación de similares características. Deberán comunicar, en el plazo máximo de diez días, al Servicio Andaluz de Empleo la baja de la persona trabajadora. Ayudas contratación indefinida Jóvenes menores de 30 años Ayudas contrataciAyudas contratacióón indefinidan indefinida JJóóvenes menores de 30 avenes menores de 30 aññosos
  • 19. Ayudas contratación indefinida Jóvenes menores de 30 años Ayudas contrataciAyudas contratacióón indefinidan indefinida JJóóvenes menores de 30 avenes menores de 30 aññosos Plazo de solicitud: un mes desde la formalización del contrato por el cual se solicita el incentivo.
  • 20. Cuantía: 6.000 € Beneficiarios: los/as autónomos/as, las empresas constituidas e inscritas en el correspondiente registro, incluidas las de economía social y las entidades sin personalidad jurídica, ubicadas en Andalucía, que contraten mayores de 45 años desempleados de larga duración (aquéllos que hayan permanecido inscritos como demandantes de empleo no ocupadas en el Servicio Andaluz de Empleo durante 360 días en los dieciocho meses inmediatamente anteriores o, al menos, durante 180 días en los nueve meses inmediatamente anteriores, si están inscritas como trabajadores agrarios a la fecha de formalización del contrato de trabajo) Ayudas contratación indefinida Mayores de 45 años Ayudas contrataciAyudas contratacióón indefinidan indefinida Mayores de 45 aMayores de 45 aññosos
  • 21. Ayudas contratación indefinida mayores de 45 años Ayudas contrataciAyudas contratacióón indefinidan indefinida mayores de 45 amayores de 45 aññosos Obligaciones del empresario: Formalizar un contrato de trabajo con carácter indefinido, debiendo mantenerse ininterrumpidamente por un periodo mínimo de doce meses a jornada completa, con personas desempleadas de larga duración mayores de 45 años. En caso de baja no imputada a la empresa, sustituir al trabajador en el plazo máximo de quince días, formalizando una nueva contratación de similares características. Deberán comunicar, en el plazo máximo de diez días, al Servicio Andaluz de Empleo la baja de la persona trabajadora.
  • 22. Ayudas contratación indefinida mayores de 45 años Ayudas contrataciAyudas contratacióón indefinidan indefinida mayores de 45 amayores de 45 aññosos Exclusiones: Las que afecten al cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive, del empresario o trabajador autónomo. Aquéllas realizadas por las empresas de trabajo temporal para la puesta a disposición de la persona contratada para prestar servicios en empresas usuarias. .
  • 23. Ayudas contratación indefinida mayores de 45 años Ayudas contrataciAyudas contratacióón indefinidan indefinida mayores de 45 amayores de 45 aññosos Plazo de solicitud: un mes desde la formalización del contrato por el cual se solicita el incentivo.
  • 24. Incentivos para el retorno del talento Incentivos para el retorno delIncentivos para el retorno del talentotalento Objetivo: facilitar el regreso de personas andaluzas que estén desarrollando su actividad laboral en el extranjero y deseen incorporarse al mercado laboral andaluz.
  • 25. Ayudas contratación indefinida mayores de 45 años Ayudas contrataciAyudas contratacióón indefinidan indefinida mayores de 45 amayores de 45 aññosos Cuantía: Incentivos a la contratación dirigidos a las empresas que contraten a personas andaluzas que se encuentren residiendo y trabajando en el extranjero. 40.000 euros Ayuda asociada al traslado de residencia de las personas contratadas para favorecer su retorno y establecimiento en Andalucía vinculada a la concesión del incentivo previsto en el apartado anterior. Modalidades: Desplazamiento máximo 5.000 € Alojamiento máximo 12.000 € Gastos de escolarización. Cuantía máxima de 2.000 euros por cada menor a su cargo matriculado, máximo 5.000 euros.
  • 26. Ayudas contratación indefinida mayores de 45 años Ayudas contrataciAyudas contratacióón indefinidan indefinida mayores de 45 amayores de 45 aññosos Obligaciones del empresario: Formalizar el contrato laboral con carácter indefinido a jornada completa. Con una persona de 45 años. En la categoría profesional correspondiente a su titulación o equivalente y estar en situación de alta laboral, residiendo en el extranjero, durante al menos los dos últimos años inmediatamente anteriores a la fecha de formalización del contrato.
  • 27. Ayudas contratación indefinida Mayores de 45 años Ayudas contrataciAyudas contratacióón indefinidan indefinida Mayores de 45 aMayores de 45 aññosos Obligaciones del empresario: Mantenimiento del contrato por un periodo mínimo de veinticuatro meses. Como consecuencia de la contratación debe producirse un incremento neto del número de contrataciones indefinidas respecto del año anterior y un traslado efectivo de la residencia habitual de la persona trabajadora
  • 28. Ayudas contratación indefinida Mayores de 45 años Ayudas contrataciAyudas contratacióón indefinidan indefinida Mayores de 45 aMayores de 45 aññosos Exclusiones: Las que afecten al cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive, del empresario o trabajador autónomo. Las realizadas con personas trabajadoras del mismo grupo de empresas.
  • 29. Ayudas contratación indefinida Mayores de 45 años Ayudas contrataciAyudas contratacióón indefinidan indefinida Mayores de 45 aMayores de 45 aññosos Plazo de solicitud: un mes desde la formalización del contrato por el cual se solicita el incentivo.
  • 30. Gracias por tu atención Más información CADE DE PEÑARROYA-PVO POL. IND. LA PAPELERA, s/n Telf: 671534207