El documento describe una entrevista policial con un patrullero sobre un incidente en el que cuatro personas fueron aprehendidas por agredir y robar a otra persona. El patrullero explica que él y su compañero respondieron a un reporte de una pelea, donde encontraron a una víctima herida y persiguieron a cuatro sospechosos que huyeron del lugar. Dos de los sospechosos eran mayores de edad y dos eran menores. Todos fueron detenidos por el supuesto delito de robo y agresión.
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FPJ-14 ENTREVISTA A POLICIAS .doc
1. Hoja No. ____ de ____
USO EXCLUSIVO POLICIA JUDICIAL
N° CASO
5 2 3 5 6 6 0 0 8
3xNo. Expediente CAD Dpto. Mpio. Ent U. Receptora Año Consecutivo
ENTREVISTA –FPJ-14 -
Este formato será utilizado por Policía Judicial
Conforme a lo establecido el artículo 206 del C.P.P., se da inicio a la presente diligencia.
I. DATOS DEL ENTREVISTADO:
Primer Nombre Segundo Nombre
Primer Apellido Segundo Apellido REY
Documento de Identidad C.C X Otra No. de BUCARAMANGA
Alias NO REPORTA
Edad: 2 8 Años. Género: M X F Fecha de nacimiento: D 0 4 M 0 3 A 1 9 8 9
Lugar de nacimiento País COLOMBIA Departamento SANTANDER Municipio BUCARAMANGA
Profesión TÉCNICO PROFESIONAL DE POLICÍA Oficio PATRULLERO DE LA POLICÍA NACIONAL
Estado civil SOLTERO Nivel educativo TÉCNICO
Dirección residencia: ESTACIÓN DE POLICÍA Teléfono
Dirección sitio de trabajo: ESTACIÓN DE POLICÍA Teléfono
Dirección notificación ESTACIÓN DE POLICÍA Teléfono
País COLOMBIA Departamento NARIÑO Municipio IPIALES
Relación con la victima NINGUNA
Relación con el victimario NINGUNA
Usa anteojos SI NO X Usa audífonos SI NO X
II. RELATO.
Al establecer comunicación con la persona referenciada, se le hace conocer el contenido del articulo 385
del código de procedimiento penal, el cual refiere que nadie podrá ser obligado a declarar en contra de si
mismo o contra su conyugue, compañera o compañero permanente o parientes dentro del cuarto grado de
consanguinidad o civil, o segundo de afinidad, así mismo el contenido del articulo 442 código penal,
modificado por el articulo 08 de la ley 890 de 2004, el cual refiere en que en actuación judicial o
administrativa, bajo la gravedad del juramento ante autoridad competente falte a la verdad o la calle total o
parcialmente, incurrirá en prisión de seis (6) a doce (12) años de cárcel (Falso Testimonio), seguido a eso y
enterado de los artículos el entrevistado (a) manifiesta lo siguiente con relación a la presente
investigación:
El día de siendo aproximadamente las omentos en que nos encontrábamos realizando
labores de patrullaje y prevención con mi compañero de patrulla, el señor patrullero
Pablo Felipe Echeverry López por el sector del barrio la floresta, momento en el cual la
central de radio policía Ipiales nos manifiesta que al parecer por la carrera 5 N 2-36
Fecha D 2 7 8 Hora 0 9 3 0 Lugar: CARRERA 4ª A NRO. 14 – 60 B/ SAN FELIPE
2. Hoja No. ____ de ____
barrio los ángeles hay una riña, de inmediato nos dirigimos a verificar la información y al
llegar al lugar indicado observamos que 4 ciudadanos que al ver la presencia policial,
emprenden la huida arrojando un elemento al piso el cual es identificado como un arma
blanca tipo cuchillo y observamos que un ciudadano queda tendido en la vía quien con
voces de auxilio nos señala que los sujetos fueron quienes lo agredieron causándole
unas heridas, por tal motivo los abordamos para realizarle su respetivo registro quienes
se identifican como Andrés Fernández Cárdenas Rodríguez, Cristian Camilo Revelo,
Jair Julián Espinoza y Briyith Stefanía Guerra, estos últimos manifestando ser menores
de edad y no saber su número de identificación. Nos entrevistamos con el señor Diego
Pabón Zúñiga con TI 1.193.377.895 de Ipiales quien nos manifestó que esos cuatro
sujetos le propinaron las heridas en el brazo con el arma blanca que arrojaron, de igual
manera le propinaron golpes en el cuerpo y que le hurtaron su celular. Por tal motivo
procedemos a capturarlos y a darles a conocer los derechos que los asisten como
personas aprehendidas por el presunto delito de hurto, defensor de familia en turno al
abonado 3152638437 y al defensor público en turno al abonado 3042122925 quien no
contesta por tal motivo se le deja un mensaje de voz los cuales manifiestan quedar
enterados de las aprehensiones de los menores antes mencionados.
Firmas:
Firma entrevistado Firma Policía Judicial
Nombre:
Cédula de Ciudadanía
Índice
derecho del
entrevistado
Unidad que Recepciona la Queja.