1. ESCUELA PALAFOXIANA DE DERECHO
IUS, IUSTITIA, CONSCIENTIA
TEMA: CONCEPTOS JURÍDICOS FUNDAMENTALES DE CARÁCTER
FORMAL
SUBTEMA: DEBER JURÍDICO
MTRA. ALEJANDRA GARCIA TELLEZ
OCTUBRE 2011
2. .
DEBER JURÍDICO
Según: Kelsen, el deber jurídico es aquella conducta
contraria al hecho ilícito o antijurídico.
Ejemplo: Si el hecho ilícito es no pago
(incumplimiento de la obligación), el deber jurídico
comprende la conducta contraria, es decir, el
pago o cumplimiento de la obligación.
3. Citado por García Máynez, Kant define:
Al deber jurídico como:
La necesidad de
una acción por
respeto a la ley.
4. EL DEBER JURÍDICO
EL DEBER JURÍDICO PRESUPONE SIEMPRE LA EXISTENCIA
DE UNA NORMA JURÍDICA.
1ª.- DEBER DE CUMPLIR EL MANDATO CONCRETO
CONTENIDO EN LA NORMA.
2º.- NO DEBE OSTACULIZAR SU CUMPLIMIENTO.
3º.- DEBER DE RESPETAR LAS SITUACIONES JURÍDICAS
CREADAS POR O NACIDAS AL AMPARO DE LA NORMA.
4º.- DEBER DE COOPERAR A LA RALIZACIÓN DE LA
FINALIDAD DE LA NORMA.
5. El fundamento del deber
jurídico radica en la
necesidad misma del
derecho.
Si está obligado jurídicamente
a determinado
comportamiento significa que
la conducta contraria es
antijurídica y como tal
representa la condición de
una sanción establecida por
la norma. Es decir el sujeto
del deber es responsable de
la sanción estipulada.
7. AXIOMAS DE LA LÓGICA JURÍDICA
Inclusión
Libertad
Contradicción
Exclusión del medio
identidad
8. Axioma de - Inclusión.
Todo lo que está
jurídicamente ordenado
está jurídicamente
permitido.
Ejemplo: del art 487 del Código Civil “Los padres
están obligados a dar alimentos a sus hijos y los
hijos están obligados a dar alimentos a sus
padres”
Esto es: Una conducta ordenada por la norma jurídica y a
la vez permitida, ya que los sujetos tienen la obligación de
darse alimentos, en el mismo supuesto en que la tienen el
padre y los hijos
9. Axioma de -Libertad.
Lo que estando jurídicamente permitido no
está jurídicamente ordenado,
puede libremente hacerse
u omitirse.
Ejemplo, no existe un precepto jurídico que nos
obligue a dar limosna a los menesterosos, pero
tampoco está prohibido. Así nos encontramos
libremente facultados para dar dicha limosna o
no
10. AXIOMA DE – CONTRADICCIÓN
LA CONDUCTA JURÍDICAMENTE
REGULADA NO PUEDE HALLARSE,
AL PROPIO TIEMPO, PROHIBIDA
Y PERMITIDA.
EJEMPLO: SI UN DEUDOR TIENE QUE PAGAR EL
CRÉDITO A SU CARGO , NO PUEDE OPTAR ENTRE PAGARLA
O NO, YA QUE TIENE LA OBLIGACIÓN DE PAGO ASÍ QUE NO
PUEDE HALLARSE AL MISMO TIEMPO CON PERMISO O
PROHIBICIÓN DE PAGO.
11. Axioma de - Exclusión del medio.
Si una conducta está jurídicamente
regulada, o está prohibida, o está
permitida.
Este principio refuerza a el axioma de
contradicción. De lo anterior se deduce que: si un
proceder no está jurídicamente prohibido, si está
jurídicamente permitido.
Ejemplo: Si al manejar se llega a una
equina y no está prohibido dar vuelta a la
izquierda , está permitido.
12. Axioma de - Identidad.
Todo objeto del
conocimiento jurídico
es idéntico asimismo.
En otras palabras, lo que está jurídicamente
permitido está permitido; lo que está
jurídicamente prohibido está prohibido.