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SEGUROS




    CRISTINA BUSTO CAMPORRO
Concepto de Seguro
   Proviene del latín Securus, que significa libre y exento de todo
            peligro, daño o riesgo. Contrato por el cual una
persona natural o jurídica, se obliga a resarcir pérdidas o daños que
               ocurran en las cosas que corren un riesgo
                           en mar o tierra.
 El Contrato de Seguro es el documento (póliza) por virtud del cual
              el asegurador se obliga frente al asegurado,
         mediante la percepción de una prima, a pagar una
     indemnización, dentro de los límites pactados, si se produce
                    el evento previsto (siniestro).
 La póliza deberá constar por escrito, especificando los derechos y
             obligaciones de las partes, ya que en caso de
            controversia, será el único medio probatorio.
Tipos de compañias de
seguros
1- Seguro Marítimo Cascos: Cubre los daños o pérdidas que pueden sufrir las naves o
    embarcaciones en
general por riesgos del mar, como naufragio o hundimiento, varadura, colisión, incendio, etc.
2- Seguro de Transporte: Cubre las pérdidas o daños de las mercaderías, valores u objetos
    transportados sea
por vía marítima, aérea o fluvial.
3- Seguro de Vida: Cubre el riesgo de muerte que puede sobrevenir al Asegurado durante la vigencia
    del
Seguro. Hay diferentes modalidades de Seguro de Vida:
a) Temporal: Cuando la vigencia es por un determinado número de años.
b) De Vida Entera: Cuando el seguro se mantiene vigente desde su contracción hasta la muerte del
    Asegurado.
c) Total: Indemniza el importe del capital previsto en caso de muerte del Asegurado en cualquier
    momento de la
vigencia temporaria o, también, en caso de supervivencia del Asegurado, al final del plazo de la citada
    vigencia.
d) Seguro de Vida de Empleados: Es una cobertura obligatoria a cargo del empleador, por mandato
    legal, para
contratar un seguro de vida por el importe de 1/3 de los sueldos ganados por el empleado en un lapso
    de cuatro
años.
e) Desgravamen Hipotecario: Seguro obligatorio por mandato de Ley para cubrir el saldo pendiente de
    pago de
una deuda adquirida con fines de vivienda, en el momento de ocurrir la muerte del prestatario
4- Seguro de Incendio: Cubre los daños o pérdidas que el fuego puede ocasionar a los
    bienes que son
materia del seguro, como edificios, industrias, mercaderías y cualquier otro elemento del
    activo fijo y patrimonio
del Asegurado. Siendo un ramo complejo, se extiende a cubrir otros riesgos llamados
    "aliados" tales como
terremoto, explosión, inundación, daños por humo, daños por agua, conmoción
    civil, daño maliciosos y/o
vandalismo, caída de aeronaves, impacto de vehículos etc.
5- Seguro de Automóviles: Cubre los daños o la pérdida como consecuencia del uso
    de los vehículos
automotores. Básicamente protege daño propio del vehículo a consecuencia de choque
    o volcadura, incendio,
robo y rotura de vidrio. Cubre además responsabilidad civil o daños a terceros
6- Seguro contra Fidelidad de Empleados: Deshonestidad frente a la Empresa.
    Llamado comúnmente
"Fianza", cubre los actos deshonestos de un empleado dependiente en el manejo de
    valores o dinero, que
pueden causar pérdidas en los intereses del empleador.
7- Seguro contra Robo y Asalto: Cubre la apropiación ilícita de bienes o
    valores, ocasionada por persona
ajena con perjuicio del Asegurado, mediante la violencia, fractura o amenaza. La Póliza
    de Cobertura define y
establece las diferentes modalidades de este riesgo y las condiciones de los seguros
8- Seguro de Lucro Cesante: Cubre las pérdidas económicas que puede sufrir una Empresa
     con motivo de
una paralización de fábricas o interrupción de la explotación, debido a causas imprevistas como
     Incendio, rotura
de maquinaria. El seguro consiste en indemnizar al Asegurado por el monto de las pérdidas
     según un análisis de
los siniestros y las coberturas pactadas.
9- Seguro de Responsabilidad Civil: Consiste en la protección que el seguro ofrece a las
     personas o
empresas para el caso de que éstos tengan Responsabilidad Civil por daños causados a
     terceros en su persona
en su propiedad, ocurridos con ocasión de actos propios del Asegurado o del personal a sus
     órdenes.
10- Seguro de Ramos Técnicos: Llamados también Seguros de Ingeniería, comprende los
     siguientes
ramos:
* Todo Riesgo para Contratistas (C.A.R).
* Todo Riesgo para Montaje y (E.A.R.).
* Rotura de Maquinaria.
* Todo Riesgo Equipo y Maquinaria de Contratistas (T.R.E.C.).
* Todo Riesgo de Equipo Electrónico (T.R.E.E.).
* Obras Civiles Terminales.
* Pérdida de Beneficios por Rotura de Maquinaria.
11- Seguro Domiciliario: Comprende una cobertura global o mixta que incluye varios otros
     riesgos de los
ramos descritos, tales como pérdidas o daños por incendio o robo a la propiedad del Asegurado
     (domicilio)
sobre sus efectos personales, muebles, menajes, joyas y otros objetos, así como los gastos de
     curación por
accidentes de los trabajadores del hogar, R.C. del Asegurado en su domicilio, daños al edificio
     del domicilio
causados por robo, y rotura accidental de vidrios
CONSORCIO DE COMPENSACIÓN
               DE SEGUROS
El Consorcio de Compensación de Seguros es una Entidad Pública
   Empresarial española creada por la Ley 6/1997, de 14 de abril, de
   Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

Las actividades del Consorcio se enmarcan en dos vertientes: las
    funciones aseguradoras y no aseguradoras. Respecto de las primeras cabe
    destacar su carácter subsidiario, siendo su actuación, por lo general, la de
    un asegurador directo, en defecto de participación del mercado privado, y
    también la propia de un Fondo de Garantía, cuando se dan determinadas
    circunstancias como la falta de seguro en casos de seguros obligatorios,
    insolvencia del asegurador, etc.
La institución aparece muy ligada a la cobertura de los riesgos extraordinarios,
    dentro del vanguardista sistema de indemnización por daños catastróficos
    de España. Otras actividades que ha ido cubriendo son las relacionadas con
    el Seguro de Crédito a la Exportación, el Seguro Agrario Combinado, el
    Seguro de Responsabilidad Civil de Automóviles de Suscripción Obligatoria,
    el Seguro Obligatorio de Viajeros, el Seguro Obligatorio del Cazador y el
    Seguro de Responsabilidad Civil de Riesgos Nucleares, etc.
RIESGO, SINIESTRO, PRIMA E
                          INDEMNIZACIÓN
   El Siniestro.
Es el acontecimiento, suceso, la destrucción fortuita o la pérdida importante que
    sufren las personas o bienes
por accidente, incendio, naufragio u otro acontecimiento provocado por el hombre o
    la naturaleza.
   La Prima.
Es la retribución de la póliza que el Asegurado paga al Asegurador, y que por lo
    general se cancela por una
cobertura anual.
La prima es en el contrato de seguro, como el precio es esencial en la
    compraventa.
    La Indemnización.
Cantidad de dinero acordada en la póliza, en el caso que en el accidente la
    persona sufra algún daño.
   El Riesgo.
Las probabilidades que tiene una persona de sufrir un accidente realizando
    cualquier actividad.
Características de un contrato de
                                seguro.
1- Es un contrato aleatorio, ya que las partes ignoran en el
    momento de su conclusión si se verificará el
siniestro.
2- Es un contrato oneroso ya que la prestación del asegurador que
    se concreta en su obligación de pagar una
cantidad si se verifica el siniestro, se corresponde con la del
    contratante, relativa al pago de la prima.
3- Es un contrato de duración.
4- Es un contrato consensual del que deriva la obligación del
    asegurador de entregar un documento probatorio
al tomador del seguro.
5- Es un contrato de adhesión ya que el asegurador predispone las
    condiciones generales
Elementos Personales
   El asegurador: persona física o jurídica que garantiza el pago de la
    indemnización en caso de que se produzca el daño.
     El asegurado: puede ser un bien material o una persona, aquel que está
    expuesto al riesgo.
     El beneficiario: es la persona que efectivamente cobra la indemnización.
     El tomador: es la persona que contrata el seguro, firma la póliza y paga la
    prima.
profesionalmente la comercialización y asesoramiento en materia de seguros.
Hay dos tipos:
1.- Agente de seguros: persona física o jurídica vinculada contractualmente con
    una determinada compañía aseguradora que, normalmente, tiene una
    vinculación exclusiva con ella (salvo autorización expresa para depender de
    otra) y conoce sus productos. En este caso la entidad es responsable directa de
    todas las actuaciones profesionales y de la formación del agente.
2.- Corredor de seguros: persona física o jurídica, que asesora de forma
    profesional, imparcial e independiente, con responsabilidad directa de sus
    actuaciones o las de sus colaboradores. Normalmente ofrecen al cliente el
    producto que más se ajuste a sus necesidades al mejor precio posible.
Elementos Reales
   La póliza: es el documento probatorio de la existencia
    del contrato de seguro.
   El recibo: es el documento probatorio que acredita y
    certifica que una póliza está pagada.
   La prima: es el importe económico que ha de pagar, de
    forma única o periódica el tomador como
    contraprestación a la indemnización o servicios que
    recibirá en caso de que se produzca el siniestro.
    El riesgo: es la mayor o menor probabilidad de que
    acaezca el siniestro.
   El siniestro: hecho que produce el daño que se asegura.
Reaseguro, coaseguro, infrasegu
ro, sobreseguro
   Reaseguro: Método por el cual una aseguradora cede parte de los riesgos que
    asume con el fin de reducir el monto de su pérdida posible.
   El coaseguro es un contrato de seguros suscrito de una parte por el asegurado y de
    otra parte, por varios aseguradores que asumen con entera independencia, los unos
    de otros, la obligación de responder separadamente de la parte del riesgo que les
    corresponda.
   Infraseguro: Situación que se produce cuando el valor que el Asegurado o Tomador
    atribuye al objeto garantizado en la póliza es inferior al que realmente tiene.Ante una
    situación de este tipo, la Entidad Aseguradora tiene derecho a aplicar la Regla
    Proporcional.Ejemplo Si un edifico valorado en 80.000.000 Pts. se asegura por
    50.000.000 Pts., es decir el 62,5% de su valor real, (Infraseguro) y se produce un
    siniestro por valor de 60.000.000 Pts. la Entidad Aseguradora, en virtud de la Regla
    Proporcional, solo está obligada a indemnizar por 37.500.000 Pts (el 62,5%).
   Sobreseguro: Se entiende por sobreseguro aquella situación en la cual la
    suma asegurada supera notablemente el valor del interés asegurado
Franquicia, Periodo de carencia.
   La franquicia se define como un sistema de colaboración entre dos
    partes jurídicamente independientes, vinculadas entre sí a través de
    un contrato mediante el cual una de las partes, la empresa
    franquiciadora cede, a cambio de cierta remuneración económica, el
    derecho a utilizar su marca comercial y su "saber hacer"
    empresarial, por un tiempo limitado y en un territorio determinado.

   Periodo de Carencia: Período posterior
    al incumplimiento de los pagos por parte de
    importadores o prestatarios durante el cual los
    exportadores o bancos deben esperar antes de que el
    organismo de crédito a la exportación abone el reclamo
    ...
Seguros personales:
vida, accidente, enfermedad.
   Los seguros personales: aquellos en los que el objeto del seguro es la propia persona. Consiste en que el riesgo recae recae sobre la misma persona,
    esta destinada a indemnizar al asegurado en los supuestos de jubilación, accidente o muerte. Se dividen en: seguros de vida, _ seguros de ahorro que
    el asegurador se compromete a pagar al beneficiario de la póliza, seguros de riesgo_ son seguros para el caso de fallecimiento del asegurado; su
    finalidad es la de garantizar el bienestar económico de su familia en el caso de que fallezca.
    Seguros patrimoniales: el riesgo recae sobre los bienes materiales de las personas.
    Seguros asistenciales: los que proporcionan servicios y asesoramiento al asegurado.
    Seguros individuales: la póliza cubre los riesgos de un solo asegurado.
    Seguros colectivos: destinados a dar cobertura a varios asegurados.
    Seguros simples: su contratación ofrece cobertura a un riesgo concreto.
    Seguros combinados o multirriesgo: la póliza incluye varios referidos a un mismo objeto asegurado.
    Seguros voluntarios: son los que suscriben los ciudadanos y las empresas con absoluta libertad, para cubrir los riesgos que les afectan.
    Seguros obligatorios: son aquellos de contratación impuesta por el Estado para la protección de los intereses de los ciudadanos.
    Los planes de jubilación incluyen como garantías el valor de rescate, el valor de anticipo y valor de reducción.
    Los planes de pensiones pueden ser promovidos por cualquier entidad, asociación, sindicato o colectivo, siendo los participes las personas físicas en
    cuyo interés se crea el plan.
    Los seguros patrimoniales: están destinados a indemnizar a los asegurados por los daños o pérdidas que sufran sobre sus biene s materiales.
    Los seguros de responsabilidad civil: dan cobertura a los daños producidos a terceros, ya sea por el propio asegurado o por las personas o hechos de
    los que sean responsables civilmente.
    Seguros obligatorios de automóviles: los propietarios de vehículos a motor que circulen por territorio español deben suscribir una póliza de seguro
    obligatorio con unas garantías mínimas exigidas, para atender económicamente los daños que puedan originar.
    Las garantías de responsabilidad civil del seguro obligatorio de automóviles pueden ser ampliadas en el seguro voluntario has ta cuantías limitadas.
    Los riesgos sobre los bienes patrimoniales de los asegurados pueden contratarse de forma separada, o mediante pólizas multirriesgo que contemplan
    todas las coberturas que se precisen.
    Los seguros multirriesgo hogar: _diferencian las garantías sobre el continente (la propia vivienda) y el contenido (mobiliario y enseres que se
    encuentran en la vivienda asegurada).
    Los seguros del hogar suelen incluir la garantía de responsabilidad civil para cubrir los daños a terceros.
    Las pólizas multirriesgo PYMES cubren las mismas garantías que las de hogar, además de otras propias de la actividad económica que se desarrolla
    dentro del local o edificio asegurado.
    Los seguros de crédito y caución están destinados exclusivamente para cubrir una actividad empresarial.
    Los seguros asistenciales garantizan al asegurado la prestación de servicios determinados en el momento que lo precise.
    Los seguros de decesos, asistencia y protección jurídica: se encuadran bajo la denominación de seguros asistenciales.
    La estadística es una ciencia cuyo objetivo se centra en el estudio de hechos, aparentemente causales, para determinar la frecuencia que se producen.
    Las franquicias es una parte del riesgo cuya cobertura no es asumida por el asegurador, sino por el propio asegurado. La franquicia es propuesta por la
    compañía aseguradora para conseguir del asegurado una actitud más responsable ante la posibilidad de un siniestro,_ existen 2tipos de franquicia de
    importe fijo que el asegurador asume de todos los daños de importe igual o inferior a la cantidad fijada en la póliza como franquicia, y la de importe
    variable que el contrato fija un porcentaje sobre los daños en concepto de franquicia; este porcentaje tiene un límite máximo.
    La edad en los seguros: se contabiliza la edad actuarial del asegurado. La edad actuarial es aquella cuyo aniversario queda m ás próximo a la fecha de
    contratación del seguro.
    El consorcio de Compensación de seguros se ocupa de asegurar aquellos vehículos cuyos conductores hayan sido rechazados por las entidades
    privadas, pero sólo en su modalidad de seguro obligatorio.
Seguros patrimoniales : Responsabilidad civil, defenas Jurídica,

Lucro cesante, caución y crédito.


   Son aquellos que dan cobertura a los riesgos
    que puedan sufrir
    los bienespropiedad del tomador del seguro.
    Su carácter indemnizatorio se expresa
    mediante el abono al asegurado del importe
    equivalente a los daños producidos por
    el riesgo cubierto en la póliza sobre
    los bienes objeto de seguro.

Seguro Combinado multiriesgo:
   Es aquel por el que en un solo contrato se garantizan los riesgos más
    importantes a los que están sujetos los bienes objeto de cobertura. También se
    denomina seguro combinado. Los seguros multirriesgo se clasifican en
    Sencillos e Industriales. Las modalidades básicas de Multirriesgos Sencillos
    son: Seguro de Hogar, que tiene por objeto proporcionar una seguridad
    financiera al inquilino o propietario ante las consecuencias económicas que
    puedan derivarse de un daño que afecte a sus bienes o de las
    responsabilidades civiles que le puedan incumbir; Seguro de Comunidades, con
    una estructura similar al Seguro del Hogar, pero referido a
    inmuebles, generalmente en régimen de comunidad de copropietarios; Seguros
    de Comercios (minoristas) y Oficinas, que tiene como objeto garantizar al
    asegurado la compensación de las pérdidas por perjuicios económicos
    derivados de los principales riesgos que afectan al sector del mercado al cual
    se dirige. Los Multirriesgos Industriales van dirigidos fundamentalmente a
    sectores específicos que presentan sumas aseguradas elevadas y a
    establecimientos donde se realiza algún tipo de actividad industrial o
    almacenamientos de elevada suma asegurada. Aunque también puede recoger
    actividades no fabriles como colegios, hospitales, supermercados, etc.

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Seguros

  • 1. SEGUROS CRISTINA BUSTO CAMPORRO
  • 2. Concepto de Seguro Proviene del latín Securus, que significa libre y exento de todo peligro, daño o riesgo. Contrato por el cual una persona natural o jurídica, se obliga a resarcir pérdidas o daños que ocurran en las cosas que corren un riesgo en mar o tierra. El Contrato de Seguro es el documento (póliza) por virtud del cual el asegurador se obliga frente al asegurado, mediante la percepción de una prima, a pagar una indemnización, dentro de los límites pactados, si se produce el evento previsto (siniestro). La póliza deberá constar por escrito, especificando los derechos y obligaciones de las partes, ya que en caso de controversia, será el único medio probatorio.
  • 3. Tipos de compañias de seguros 1- Seguro Marítimo Cascos: Cubre los daños o pérdidas que pueden sufrir las naves o embarcaciones en general por riesgos del mar, como naufragio o hundimiento, varadura, colisión, incendio, etc. 2- Seguro de Transporte: Cubre las pérdidas o daños de las mercaderías, valores u objetos transportados sea por vía marítima, aérea o fluvial. 3- Seguro de Vida: Cubre el riesgo de muerte que puede sobrevenir al Asegurado durante la vigencia del Seguro. Hay diferentes modalidades de Seguro de Vida: a) Temporal: Cuando la vigencia es por un determinado número de años. b) De Vida Entera: Cuando el seguro se mantiene vigente desde su contracción hasta la muerte del Asegurado. c) Total: Indemniza el importe del capital previsto en caso de muerte del Asegurado en cualquier momento de la vigencia temporaria o, también, en caso de supervivencia del Asegurado, al final del plazo de la citada vigencia. d) Seguro de Vida de Empleados: Es una cobertura obligatoria a cargo del empleador, por mandato legal, para contratar un seguro de vida por el importe de 1/3 de los sueldos ganados por el empleado en un lapso de cuatro años. e) Desgravamen Hipotecario: Seguro obligatorio por mandato de Ley para cubrir el saldo pendiente de pago de una deuda adquirida con fines de vivienda, en el momento de ocurrir la muerte del prestatario
  • 4. 4- Seguro de Incendio: Cubre los daños o pérdidas que el fuego puede ocasionar a los bienes que son materia del seguro, como edificios, industrias, mercaderías y cualquier otro elemento del activo fijo y patrimonio del Asegurado. Siendo un ramo complejo, se extiende a cubrir otros riesgos llamados "aliados" tales como terremoto, explosión, inundación, daños por humo, daños por agua, conmoción civil, daño maliciosos y/o vandalismo, caída de aeronaves, impacto de vehículos etc. 5- Seguro de Automóviles: Cubre los daños o la pérdida como consecuencia del uso de los vehículos automotores. Básicamente protege daño propio del vehículo a consecuencia de choque o volcadura, incendio, robo y rotura de vidrio. Cubre además responsabilidad civil o daños a terceros 6- Seguro contra Fidelidad de Empleados: Deshonestidad frente a la Empresa. Llamado comúnmente "Fianza", cubre los actos deshonestos de un empleado dependiente en el manejo de valores o dinero, que pueden causar pérdidas en los intereses del empleador. 7- Seguro contra Robo y Asalto: Cubre la apropiación ilícita de bienes o valores, ocasionada por persona ajena con perjuicio del Asegurado, mediante la violencia, fractura o amenaza. La Póliza de Cobertura define y establece las diferentes modalidades de este riesgo y las condiciones de los seguros
  • 5. 8- Seguro de Lucro Cesante: Cubre las pérdidas económicas que puede sufrir una Empresa con motivo de una paralización de fábricas o interrupción de la explotación, debido a causas imprevistas como Incendio, rotura de maquinaria. El seguro consiste en indemnizar al Asegurado por el monto de las pérdidas según un análisis de los siniestros y las coberturas pactadas. 9- Seguro de Responsabilidad Civil: Consiste en la protección que el seguro ofrece a las personas o empresas para el caso de que éstos tengan Responsabilidad Civil por daños causados a terceros en su persona en su propiedad, ocurridos con ocasión de actos propios del Asegurado o del personal a sus órdenes. 10- Seguro de Ramos Técnicos: Llamados también Seguros de Ingeniería, comprende los siguientes ramos: * Todo Riesgo para Contratistas (C.A.R). * Todo Riesgo para Montaje y (E.A.R.). * Rotura de Maquinaria. * Todo Riesgo Equipo y Maquinaria de Contratistas (T.R.E.C.). * Todo Riesgo de Equipo Electrónico (T.R.E.E.). * Obras Civiles Terminales. * Pérdida de Beneficios por Rotura de Maquinaria. 11- Seguro Domiciliario: Comprende una cobertura global o mixta que incluye varios otros riesgos de los ramos descritos, tales como pérdidas o daños por incendio o robo a la propiedad del Asegurado (domicilio) sobre sus efectos personales, muebles, menajes, joyas y otros objetos, así como los gastos de curación por accidentes de los trabajadores del hogar, R.C. del Asegurado en su domicilio, daños al edificio del domicilio causados por robo, y rotura accidental de vidrios
  • 6. CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS El Consorcio de Compensación de Seguros es una Entidad Pública Empresarial española creada por la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado. Las actividades del Consorcio se enmarcan en dos vertientes: las funciones aseguradoras y no aseguradoras. Respecto de las primeras cabe destacar su carácter subsidiario, siendo su actuación, por lo general, la de un asegurador directo, en defecto de participación del mercado privado, y también la propia de un Fondo de Garantía, cuando se dan determinadas circunstancias como la falta de seguro en casos de seguros obligatorios, insolvencia del asegurador, etc. La institución aparece muy ligada a la cobertura de los riesgos extraordinarios, dentro del vanguardista sistema de indemnización por daños catastróficos de España. Otras actividades que ha ido cubriendo son las relacionadas con el Seguro de Crédito a la Exportación, el Seguro Agrario Combinado, el Seguro de Responsabilidad Civil de Automóviles de Suscripción Obligatoria, el Seguro Obligatorio de Viajeros, el Seguro Obligatorio del Cazador y el Seguro de Responsabilidad Civil de Riesgos Nucleares, etc.
  • 7. RIESGO, SINIESTRO, PRIMA E INDEMNIZACIÓN  El Siniestro. Es el acontecimiento, suceso, la destrucción fortuita o la pérdida importante que sufren las personas o bienes por accidente, incendio, naufragio u otro acontecimiento provocado por el hombre o la naturaleza.  La Prima. Es la retribución de la póliza que el Asegurado paga al Asegurador, y que por lo general se cancela por una cobertura anual. La prima es en el contrato de seguro, como el precio es esencial en la compraventa.  La Indemnización. Cantidad de dinero acordada en la póliza, en el caso que en el accidente la persona sufra algún daño.  El Riesgo. Las probabilidades que tiene una persona de sufrir un accidente realizando cualquier actividad.
  • 8. Características de un contrato de seguro. 1- Es un contrato aleatorio, ya que las partes ignoran en el momento de su conclusión si se verificará el siniestro. 2- Es un contrato oneroso ya que la prestación del asegurador que se concreta en su obligación de pagar una cantidad si se verifica el siniestro, se corresponde con la del contratante, relativa al pago de la prima. 3- Es un contrato de duración. 4- Es un contrato consensual del que deriva la obligación del asegurador de entregar un documento probatorio al tomador del seguro. 5- Es un contrato de adhesión ya que el asegurador predispone las condiciones generales
  • 9. Elementos Personales  El asegurador: persona física o jurídica que garantiza el pago de la indemnización en caso de que se produzca el daño.  El asegurado: puede ser un bien material o una persona, aquel que está expuesto al riesgo.  El beneficiario: es la persona que efectivamente cobra la indemnización.  El tomador: es la persona que contrata el seguro, firma la póliza y paga la prima. profesionalmente la comercialización y asesoramiento en materia de seguros. Hay dos tipos: 1.- Agente de seguros: persona física o jurídica vinculada contractualmente con una determinada compañía aseguradora que, normalmente, tiene una vinculación exclusiva con ella (salvo autorización expresa para depender de otra) y conoce sus productos. En este caso la entidad es responsable directa de todas las actuaciones profesionales y de la formación del agente. 2.- Corredor de seguros: persona física o jurídica, que asesora de forma profesional, imparcial e independiente, con responsabilidad directa de sus actuaciones o las de sus colaboradores. Normalmente ofrecen al cliente el producto que más se ajuste a sus necesidades al mejor precio posible.
  • 10. Elementos Reales  La póliza: es el documento probatorio de la existencia del contrato de seguro.  El recibo: es el documento probatorio que acredita y certifica que una póliza está pagada.  La prima: es el importe económico que ha de pagar, de forma única o periódica el tomador como contraprestación a la indemnización o servicios que recibirá en caso de que se produzca el siniestro.  El riesgo: es la mayor o menor probabilidad de que acaezca el siniestro.  El siniestro: hecho que produce el daño que se asegura.
  • 11. Reaseguro, coaseguro, infrasegu ro, sobreseguro  Reaseguro: Método por el cual una aseguradora cede parte de los riesgos que asume con el fin de reducir el monto de su pérdida posible.  El coaseguro es un contrato de seguros suscrito de una parte por el asegurado y de otra parte, por varios aseguradores que asumen con entera independencia, los unos de otros, la obligación de responder separadamente de la parte del riesgo que les corresponda.  Infraseguro: Situación que se produce cuando el valor que el Asegurado o Tomador atribuye al objeto garantizado en la póliza es inferior al que realmente tiene.Ante una situación de este tipo, la Entidad Aseguradora tiene derecho a aplicar la Regla Proporcional.Ejemplo Si un edifico valorado en 80.000.000 Pts. se asegura por 50.000.000 Pts., es decir el 62,5% de su valor real, (Infraseguro) y se produce un siniestro por valor de 60.000.000 Pts. la Entidad Aseguradora, en virtud de la Regla Proporcional, solo está obligada a indemnizar por 37.500.000 Pts (el 62,5%).  Sobreseguro: Se entiende por sobreseguro aquella situación en la cual la suma asegurada supera notablemente el valor del interés asegurado
  • 12. Franquicia, Periodo de carencia.  La franquicia se define como un sistema de colaboración entre dos partes jurídicamente independientes, vinculadas entre sí a través de un contrato mediante el cual una de las partes, la empresa franquiciadora cede, a cambio de cierta remuneración económica, el derecho a utilizar su marca comercial y su "saber hacer" empresarial, por un tiempo limitado y en un territorio determinado.  Periodo de Carencia: Período posterior al incumplimiento de los pagos por parte de importadores o prestatarios durante el cual los exportadores o bancos deben esperar antes de que el organismo de crédito a la exportación abone el reclamo ...
  • 13. Seguros personales: vida, accidente, enfermedad.  Los seguros personales: aquellos en los que el objeto del seguro es la propia persona. Consiste en que el riesgo recae recae sobre la misma persona, esta destinada a indemnizar al asegurado en los supuestos de jubilación, accidente o muerte. Se dividen en: seguros de vida, _ seguros de ahorro que el asegurador se compromete a pagar al beneficiario de la póliza, seguros de riesgo_ son seguros para el caso de fallecimiento del asegurado; su finalidad es la de garantizar el bienestar económico de su familia en el caso de que fallezca. Seguros patrimoniales: el riesgo recae sobre los bienes materiales de las personas. Seguros asistenciales: los que proporcionan servicios y asesoramiento al asegurado. Seguros individuales: la póliza cubre los riesgos de un solo asegurado. Seguros colectivos: destinados a dar cobertura a varios asegurados. Seguros simples: su contratación ofrece cobertura a un riesgo concreto. Seguros combinados o multirriesgo: la póliza incluye varios referidos a un mismo objeto asegurado. Seguros voluntarios: son los que suscriben los ciudadanos y las empresas con absoluta libertad, para cubrir los riesgos que les afectan. Seguros obligatorios: son aquellos de contratación impuesta por el Estado para la protección de los intereses de los ciudadanos. Los planes de jubilación incluyen como garantías el valor de rescate, el valor de anticipo y valor de reducción. Los planes de pensiones pueden ser promovidos por cualquier entidad, asociación, sindicato o colectivo, siendo los participes las personas físicas en cuyo interés se crea el plan. Los seguros patrimoniales: están destinados a indemnizar a los asegurados por los daños o pérdidas que sufran sobre sus biene s materiales. Los seguros de responsabilidad civil: dan cobertura a los daños producidos a terceros, ya sea por el propio asegurado o por las personas o hechos de los que sean responsables civilmente. Seguros obligatorios de automóviles: los propietarios de vehículos a motor que circulen por territorio español deben suscribir una póliza de seguro obligatorio con unas garantías mínimas exigidas, para atender económicamente los daños que puedan originar. Las garantías de responsabilidad civil del seguro obligatorio de automóviles pueden ser ampliadas en el seguro voluntario has ta cuantías limitadas. Los riesgos sobre los bienes patrimoniales de los asegurados pueden contratarse de forma separada, o mediante pólizas multirriesgo que contemplan todas las coberturas que se precisen. Los seguros multirriesgo hogar: _diferencian las garantías sobre el continente (la propia vivienda) y el contenido (mobiliario y enseres que se encuentran en la vivienda asegurada). Los seguros del hogar suelen incluir la garantía de responsabilidad civil para cubrir los daños a terceros. Las pólizas multirriesgo PYMES cubren las mismas garantías que las de hogar, además de otras propias de la actividad económica que se desarrolla dentro del local o edificio asegurado. Los seguros de crédito y caución están destinados exclusivamente para cubrir una actividad empresarial. Los seguros asistenciales garantizan al asegurado la prestación de servicios determinados en el momento que lo precise. Los seguros de decesos, asistencia y protección jurídica: se encuadran bajo la denominación de seguros asistenciales. La estadística es una ciencia cuyo objetivo se centra en el estudio de hechos, aparentemente causales, para determinar la frecuencia que se producen. Las franquicias es una parte del riesgo cuya cobertura no es asumida por el asegurador, sino por el propio asegurado. La franquicia es propuesta por la compañía aseguradora para conseguir del asegurado una actitud más responsable ante la posibilidad de un siniestro,_ existen 2tipos de franquicia de importe fijo que el asegurador asume de todos los daños de importe igual o inferior a la cantidad fijada en la póliza como franquicia, y la de importe variable que el contrato fija un porcentaje sobre los daños en concepto de franquicia; este porcentaje tiene un límite máximo. La edad en los seguros: se contabiliza la edad actuarial del asegurado. La edad actuarial es aquella cuyo aniversario queda m ás próximo a la fecha de contratación del seguro. El consorcio de Compensación de seguros se ocupa de asegurar aquellos vehículos cuyos conductores hayan sido rechazados por las entidades privadas, pero sólo en su modalidad de seguro obligatorio.
  • 14. Seguros patrimoniales : Responsabilidad civil, defenas Jurídica, Lucro cesante, caución y crédito.  Son aquellos que dan cobertura a los riesgos que puedan sufrir los bienespropiedad del tomador del seguro. Su carácter indemnizatorio se expresa mediante el abono al asegurado del importe equivalente a los daños producidos por el riesgo cubierto en la póliza sobre los bienes objeto de seguro. 
  • 15. Seguro Combinado multiriesgo:  Es aquel por el que en un solo contrato se garantizan los riesgos más importantes a los que están sujetos los bienes objeto de cobertura. También se denomina seguro combinado. Los seguros multirriesgo se clasifican en Sencillos e Industriales. Las modalidades básicas de Multirriesgos Sencillos son: Seguro de Hogar, que tiene por objeto proporcionar una seguridad financiera al inquilino o propietario ante las consecuencias económicas que puedan derivarse de un daño que afecte a sus bienes o de las responsabilidades civiles que le puedan incumbir; Seguro de Comunidades, con una estructura similar al Seguro del Hogar, pero referido a inmuebles, generalmente en régimen de comunidad de copropietarios; Seguros de Comercios (minoristas) y Oficinas, que tiene como objeto garantizar al asegurado la compensación de las pérdidas por perjuicios económicos derivados de los principales riesgos que afectan al sector del mercado al cual se dirige. Los Multirriesgos Industriales van dirigidos fundamentalmente a sectores específicos que presentan sumas aseguradas elevadas y a establecimientos donde se realiza algún tipo de actividad industrial o almacenamientos de elevada suma asegurada. Aunque también puede recoger actividades no fabriles como colegios, hospitales, supermercados, etc.