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TEMA 0: EL FUNCIONAMIENTO DEL
ESTADO ESPAÑOL.
LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA Y LA DIVISIÓN TERRITORIAL
1. INTRODUCCIÓN
Desde tiempos remotos, los grupos humanos debieron organizarse para satisfacer sus
necesidades.
Así, por ejemplo, los cazadores-recolectores prehistóricos se organizaban en pequeños grupos
e igualitarios, los cuales confiaban en la conducción del grupo al mejor cazador o a un chamán
o brujo.
Posteriormente, los primeros agricultores aldeanos alcanzaron un nivel de organización mayor
que incluía formas de poder, aunque no poseían lo que hoy se denomina Estado.
Desde que el ser humano se dio cuenta de las ventajas que le producía vivir en sociedad, y
ante el peligro que significaban los grupos de delincuentes, surge la necesidad de crear un
órgano encargado de proteger los derechos fundamentales de todo individuo; vida, libertad y
propiedad privada. Es así como se da el surgimiento del Estado, al cual voluntariamente las
personas dotaron de cierto poder para que este pudiera cumplir con las funciones que se
requerían.
1. EL ESTADO Y SU FUNCIONAMIENTO
Las primeras organizaciones de tipo estatal surgieron en las ciudades sumerias y en Egipto. Le
sucedieron en Europa, las polis griegas, cuyo mejor ejemplo residió en el antiguo estado
ateniense, y el Estado Romano, basado en la conquista y en la idea imperial, todos situados en
el periodo de la historia antigua mundial. Pero, otros autores prefieren emplear este término
para referirse a la organización política, moderna, surgida históricamente con las monarquías
absolutas de Europa, alrededor del siglo XV.
Como puedes observar el Estado, es muy antiguo, en su origen. Sin embargo, ninguna de las
formas estatales descritas caracteriza al mundo actual, en el que predomina el Estado Nación,
que posee características muy particulares.
1.1. ¿Cómo surgió este Estado?
Nace en el siglo XV, durante el Renacimiento y se consolidó en el siglo XIX. En este proceso de
evolución se distinguen dos momentos:
1. EL ESTADO TERRITORIAL: nace en el siglo XV y está relacionado con la consolidación de
poderosos reinos o monarquías que, a través de alianzas o guerras, lograron neutralizar y
finalmente eliminar la competencia de otras unidades políticas propias de la Edad Media: los
señoríos, las ciudades, el Imperio y el Papado (Reyes Católicos en España).
2. EL ESTADO-NACIÓN: surgió a fines del siglo XVIII y se consolidó en el siglo XIX. Su origen lo
encontramos en las ideas y los conceptos de la Ilustración, que fueron difundidas, luego, por la
Revolución Francesa.
En el Estado-nación, ya no es el monarca quien detenta la soberanía, sino el pueblo, el cual se
gobierna a sí mismo a través, según Rousseau, de un "contrato social". Así, el estado-nación
supone una participación social y política más amplia, que se expresa en el concepto de
"voluntad general" y "ciudadanía" y se impregna de un sentimiento implícito de unidad entre
los habitantes de la nación.
1.2. Diferenciar los conceptos de Nación y Estado
El concepto de Nación se refiere a la población que habita y comparte un territorio y que
comparte elementos comunes como lengua, cultura, historia, etc., y que están organizadas
políticamente de cierta manera. Tienen una forma de gobierno, leyes que ordenan la vida de
los ciudadanos e instituciones encargadas de su cumplimiento. Esto último es asumido por el
Estado.
Es por ello que pueden existir naciones con o sin territorio y casos de países constituidos por
diferentes naciones.
Existen muchos casos en los que la nación y el Estado no coinciden.
1.3. Componentes
Todo Estado para ser reconocido como tal dentro de la comunidad internacional, debe poseer
ciertos elementos. Estos elementos son:
a) El territorio: es el elemento geográfico donde se asienta la población y se desarrolla la
vida.
b) La población: es el conjunto de personas que comparten el territorio y lo consideran como
propio (ciudadanos).
c) El Gobierno: es la organización que posee la autoridad y dirección política de un Estado.
d) La organización o sistema jurídico: llamado también Derecho, o conjunto de normas
sociales y legales que regulan el comportamiento de los miembros de una comunidad, es decir,
los derechos y deberes de los habitantes y la acción de los gobernantes del Estado. La base
jurídica fundamental es la Constitución política de los países.
A estos elementos debemos agregar las nociones de soberanía e imperio de la ley, que son
características de la organización política.
1.4. Tipos de Estado
a) POR SU ORGANIZACIÓN se distinguen:
- Poder centralizado: cuando las decisiones que afectan a las regiones o territorios del Estado
las toma el Gobierno central.
- Poder descentralizado: El Estado comparte el poder con los diferentes territorios y delega
competencias en ellos.
b) POR SU FORMA DE GOBIERNO: pueden ser:
- Monarquía: son estados encabezados por un monarca (rey) cuya sucesión es hereditaria.
Pueden ser democráticas o dictatoriales.
- Repúblicas: el Jefe del Estado es el Presidente de la República. También pueden ser
democráticas o dictatoriales.
c) POR SU SISTEMA POLÍTICO: tenemos:
- Democráticos. La mayoría de los estados, sean repúblicas o monarquías constitucionales,
poseen sistemas políticos democráticos cuyos fundamentos son: participación popular,
elección de los gobernantes, etc. Los gobiernos democráticos pueden ser: parlamentarios,
presidencialistas o semipresidencialistas.
Los sistemas democráticos, a la hora de establecer la participación de los ciudadanos, pueden
elegir entre los sistemas directos o indirectos.
- Autocráticos: Cuando el gobernante ejerce el poder sin ninguna o muy poca limitación
jurídica o de poderes ajenos al suyo.
d) POR LA RELACIÓN ENTRE ESTADO Y RELIGIÓN
- Estados laicos. Existe una separación total entre el Estado y la religión.
- Estados confesionales. Existe una religión oficial con privilegios.
- Teocracia. Existe una religión oficial y los libros y preceptos religiosos se convierten en ley.
1.5. Fines y funciones del estado
El fin supremo o fin último que justifica la existencia del Estado es el BIEN COMÚN de la
sociedad política. Éste comprende el bienestar de todos y cada uno de sus miembros, de un
modo tal que se promueve el pleno desarrollo material y espiritual de toda la comunidad.
1.5.1. Funciones del Estado
Las funciones del Estado pueden ser entendidas como poderes del Estado, o pueden ser
entendidas como las competencias de la administración pública, que son ejercidas como
funciones públicas por distintos tipos de cargos públicos (distintas magistraturas, cargos
electos, funcionarios, etc.)
Desde el punto de vista de la economía liberal clásica o el neoliberalismo, el papel del Estado
debe ser el mínimo posible (para Adam Smith limitarse a proporcionar seguridad jurídica y
seguridad física -orden público-); mientras que para el keynesianismo o la socialdemocracia
debe haber algún tipo de intervencionismo estatal; que es máxima en la economía planificada
del comunismo soviético y tiene distintos grados en el corporativismo fascista.
Vocabulario: Sociedad del bienestar
David Anisi sugirió que es un tipo de pacto social en el que se estableció un reparto más
equitativo de los beneficios y de la riqueza entre toda la población con objeto de evitar el
malestar social que llevó a las sociedades europeas a la Segunda Guerra Mundial. La expresión
económica del Estado del bienestar fue el pacto keynesiano que durante la posguerra
pretendía un desarrollo económico equilibrado socialmente, así como el pleno empleo.
2. EL CASO DE ESPAÑA: LA IMPORTANCIA DE LA CONSTITUCIÓN
El uso habitual que se da a la palabra Estado es el de "Nación jurídicamente organizada", es
decir, basada en una ley fundamental que es la Ley de Leyes: la Constitución.
A día de hoy, está vigente la Constitución de 1978. No es la primera, puesto que ésta supone
solamente, el último hito, en un camino que empezó a rodar hace más de 200 años,
concretamente en el año 1812.
La historia del constitucionalismo español es reflejo directo de las convulsiones políticas
españolas de los siglos XIX y XX, mostrando las tensiones sociales y políticas que existieron en
el país.
El constitucionalismo español, se podría definir como el proceso a través del cual el Estado
español se ha dotado desde 1808 de una serie de normas magnas. ANEXO I
2.1. Constitución de 1978
Con 30 años de vida es la segunda de más larga vida y también la segunda en extensión con
169 artículos, ordenados en diez títulos, además de 15 disposiciones. define España en su
primer artículo como un "Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores
superiores de su ordenamiento jurídico, la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo
político" además de proclamar la soberanía nacional y establecer la Monarquía constitucional
como forma de Estado. Hace alusión al sufragio universal y señala la aconfesionalidad del
Estado, aunque hace alusión a las "relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las
demás confesiones. Se votó en Cortes el 31 de octubre de 1878 y fue ratificada en referéndum
por el pueblo español el 6 de diciembre.
2.2. Características más importantes de la Constitución
2.2.1. España es una monarquía parlamentaria
Según la Constitución, España es una monarquía parlamentaria. esto significa que "el Rey
reina pero no gobierna".
El Rey es el Jefe del Estado, pero el Gobierno es elegido por el Parlamento, ante quien debe
responder políticamente. Al Gobierno le corresponde la dirección de la política del Estado y
puede disolver el Parlamento.
2.2.2. La Corona
En España, la Jefatura del Estado corresponde a la Corona. A diferencia de los Presidentes de
las repúblicas, el cargo de Rey es vitalicio y hereditario; además, es irresponsable
políticamente, es decir, no pueden pedírsele cuentas por su actuación política ni, por tanto,
puede hacérsele dimitir.
El Rey tiene la función representativa del Estado, por lo que asume la más alta representación
en las relaciones internacionales, y la de árbitro y moderador de las instituciones.
A diferencia del monarca absolutista, en una monarquía parlamentaria el Rey no puede hacer
leyes, no dirige políticamente el Estado ni puede juzgar. su función es aconsejar, impulsar y
advertir a quienes ejercen estas funciones: el Parlamento, el Gobierno y los tribunales de
justicia.
2.2.3. El Parlamento
En España el Parlamento se denomina Cortes Generales. Está formado por dos cámaras: el
Congreso de los Diputados y el Senado, elegidas por todos los ciudadanos en elecciones libres
y periódicas, cada cuatro años.
Las Cortes ejercen dos funciones fundamentales: la legislativa, que consiste en la elaboración y
aprobación de las leyes; y la de control del Gobierno.
El Gobierno y su Presidente son elegidos por el Parlamento y están sometidos a su vigilancia
mediante preguntas que le dirigen sus miembros. incluso pueden hacer dimitir al Gobierno si
no están conformes con su política utilizando para ello la moción de censura.
Vocabulario: Moción de censura: Voto que emiten los miembros del Parlamento en el que se
niega la confianza al Gobierno.
2.2.4. El Gobierno
El Gobierno de España está formado por el Presidente y los Ministros. Es el órgano que
determina la política a seguir por el Estado y la aplica a través de la Administración, que está
bajo sus órdenes.
El Gobierno fija los objetivos que deben alcanzarse, por ejemplo, en agricultura, industria,
sanidad o educación; y decide cuáles son las estrategias y los medios para alcanzar estos
objetivos (subir impuestos, reducir gastos, etc.)
Una vez determinadas las políticas a seguir, el Gobierno las ejecuta a través de los Ministerios
y demás órganos de la Administración.
Vocabulario: Administración Pública. El conjunto de organizaciones públicas que realizan la
función administrativa y de gestión del Estado y de otros entes públicos con personalidad
jurídica, ya sean de ámbito regional o local.
Por su función, la Administración Pública pone en contacto directo a la ciudadanía con el poder
político (servidores públicos), "satisfaciendo" los intereses colectivos de forma inmediata, por
contraste con los poderes legislativos y judicial, que lo hacen de forma mediata.
Decreto Ley. Un decreto ley, en general, es una norma con rango de ley, emanada del poder
ejecutivo, sin que tenga la medida intervención o autorización previa de un Congreso o
Parlamento.
2.2.5 Jueces y Tribunales de Justicia
La aplicación de las leyes la llevan a cabo los jueces y los tribunales de justicia, que son
independientes de los demás poderes del Estado. Según la Constitución, "los jueces y
tribunales están sometidos solo al imperio de la Ley" (artículo 117).
Vocabulario. La división de poderes
Uno de los principios organizativos en los que se basa la forma de gobierno establecida en la
Constitución es la división de poderes.
El principio de separación de poderes otorga al Estado tres funciones principales: hacer las
leyes, aplicarlas y hacer justicia. La función legislativa corresponde al Parlamento, la función
ejecutiva, al Gobierno; y la judicial, a los jueces y tribunales de justicia.
2.3. España: un Estado democrático y social
2.3.1. ¿Qué es un Estado democrático?
A la pregunta de ¿quién debe gobernar un Estado?, muy a menudo se ha considerado que el
poder debe corresponder a una sola persona, que accede al poder por herencia o por otros
medios no electivos.
En el siglo XIX se defendía que los gobernantes debían ser elegidos por los ciudadanos que
poseían altos niveles de renta porque solo ellos, se decía, tenían la preparación suficiente para
saber o que era bueno para el gobierno del Estado.
En los Estados democráticos actuales el poder reside en el pueblo. Por lo tanto, lo que
conviene al Estado no lo determinan unos pocos sino todos los ciudadanos y las ciudadanas
mediante la libre confrontación de ideas basada en el pluralismo político y el respeto a las
minorías. Estos principios equivalen a aceptar que las opciones políticas de los demás pueden
ser tan buenas o mejores para la colectividad que las que uno tiene. Por tanto, todas las
opiniones deben poderse expresar y defender con total libertad y con el pleno respeto de los
demás.
El Estado democrático es aquel tipo de Estado en el que los ciudadanos y las ciudadanas
participan directamente en las tareas de gobierno o bien mediante la elección de sus
representantes.
2.3.2. ¿Qué es un Estado social?
Un Estado social es el tipo de Estado en el que las instituciones de gobierno (Parlamento,
Gobierno, Administración, etc.) intervienen en el sistema económico y en las relaciones
laborales y sociales con el objetivo de garantizar a todos los ciudadanos unas condiciones de
vida dignas.
En la Constitución se establecen una serie de principios que deben guiar la política económica
y social de las instituciones de gobierno del Estado. Entre estos principios cabe destacar la
protección de las personas o grupos sociales menos favorecidos (disminuidos físicos y
psíquicos, personas mayores, enfermos, emigrantes, etc.).
2.3.3. La participación política: referéndum y elecciones
En los Estados actuales, la participación de los ciudadanos en el ejercicio del poder estatal se
realiza a través de mecanismos entre los que destacan el referéndum y las elecciones.
- El referéndum es la consulta dirigida a los electores para que expresen su opinión sobre una
cuestión concreta
-En las elecciones de representantes políticos, los ciudadanos eligen a quienes actuarán en su
nombre.
Para que unas elecciones sean democráticas deberán cumplir, cuando menos, cuatro
requisitos esenciales:
- Deben ser libres y plurales, lo que implica que el elector cuente con varias opciones.
- Deben hacerse por sufragio universal, o sea, con participación como electores de todos los
ciudadanos mayores de edad sin ningún tipo de discriminación por razón económica o de sexo.
- Deben ser periódicas, en el sentido de que los elegidos deben someterse a nuevas elecciones
cada cierto período de tiempo para comprobar si los representantes tienen todavía la
confianza de los electores.
En España los ciudadanos elegimos, cada cuatro años, a los miembros del Congreso y del
Senado, a los miembros de los Parlamentos Autonómicos y a los concejales de los respectivos
ayuntamientos, así como a los miembros del Parlamento Europeo que corresponde designar al
Estado español. Salvo en este último caso, de los órganos elegidos por los ciudadanos surgen
los gobiernos de las respectivas instituciones.
2.3.4. Los partidos políticos
Los partidos políticos son los canales a través de los cuales los ciudadanos suelen participar en
la vida política.
Los partidos políticos son los que normalmente seleccionan los programas y los candidatos o
candidatas que concurren a las elecciones. Una vez elegidos los representantes, los partidos
políticos les ofrecen los equipos de personas y los programas que se ponen en práctica desde
el Gobierno o desde el Parlamento.
3. LA ORGANIZACIÓN TERRITORIAL DE ESPAÑA
3.1. Municipios, provincias y comunidades autónomas
Según la Constitución, el Estado español organiza el territorio en municipios, provincias y
Comunidades Autónomas.
Los municipios y provincias son unidades administrativas muy antiguas, pero las Comunidades
Autónomas son fruto del modelo de Estado establecido por la Constitución de 1978.
El artículo 138 de nuestra Constitución garantiza que exista un equilibrio económico entre las
diversas partes del territorio español, ya que todos los españoles tenemos los mismos
derechos y obligaciones en cualquier territorio del Estado.
3.1.1. La administración municipal
Los municipios son las unidades territoriales y administrativas más elementales del Estado. Un
municipio puede estar formado por uno o más núcleos de población y se rige a través de la
administración local que, por ser más cercana al ciudadano, es la que mejor y más
rápidamente puede solucionar sus problemas.
La administración municipal se ejerce en el territorio en el que un Ayuntamiento tiene
competencias. España cuenta con 8.104 municipios. La capital del municipio es la localidad
donde tiene la sede el Ayuntamiento.
El gobierno de un municipio es responsabilidad del Ayuntamiento y está formado por el
alcalde y varios concejales.
Los municipios o entes locales obtienen los medios suficientes para desempeñar sus funciones
a través de los tributos propios y, por otro lado, mediante los que recauda el Estado y su
Comunidad Autónoma. La cantidad que reciben los Ayuntamientos por parte de estos
organismos depende de su número de habitantes.
3.1.2. La administración provincial
Las provincias son territorios constituidos por la agrupación de varios municipios.
La administración provincial es una división territorial y, al mismo tiempo, una entidad local. La
división provincial se aprobó el año 1833. Como se trata de una institución con una larga
tradición, ha tenido que ir adaptando sus funciones a las diferentes situaciones históricas.
Actualmente tiene tres funciones básicas:
- Servir de circunscripción electoral del Estado.
- Servir de división territorial de la administración periférica del Estado, con la presencia de un
gobernador civil, y también, de un Delegado del Gobierno, pero en este caso, para el conjunto
de cada Comunidad Autónoma, como representante del Gobierno central.
- Ser una entidad local de mayor rango, cuya función es precisamente cooperar con los
municipios. Por ello, aparece la formación de la Diputación Provincial.
3.1.3. El Estado de las Autonomías
Fueron creadas por la Constitución de 1978. Supone que España se convierte en un estado
descentralizado. Cada comunidad autónoma tiene su autogobierno. Existen 17 comunidades
autónomas y 2 ciudades autónomas.
- Los Estatutos de autonomía
El estatuto de autonomía es la ley por la que se establecen las competencias y características
de cada comunidad autónoma. No todas las comunidades tienen las mismas competencias.
hay competencias exclusivas (todo depende de la comunidad, por ejemplo, sanidad) y
compartidas (depende de la comunidad y del gobierno central, transportes).
hay competencias exclusivas del Estado (defensa o diplomacia).
- Instituciones
Las comunidades autónomas disponen de parlamento, gobierno y tribunales propios. Tienen
las mismas características que las del Estado.
4. España y la UE
El siglo XX ha agregado nuevas características al concepto de Estado. A las características
principales de: nacionalidad, soberanía e internacionalidad (el "derecho de gentes" feudal, se
transforma en derecho internacional), se le suma ahora, el de la supranacionalidad. Esto
implica generación de reglas adoptadas por organismos internacionales o como resultado de
acuerdos multilaterales, que están por encima de las normas internas del Estado. Los Estados
no pueden generar normas que contradigan las normas internacionales, lo que implica una
pérdida de soberanía. La pertenencia a la UE constituye, para España y el resto de países que la
integran, un buen ejemplo de esta cuestión.
4.1. ¿Qué es la Unión Europea?
La Unión Europea es una asociación económica y política única en su género y compuesta por
28 países europeos que abarcan juntos gran parte del continente.
El origen de la UE se encuentra en el periodo posterior a la Segunda Guerra Mundial. Sus
primeros pasos consistieron en impulsar la cooperación económica con la idea de que, a
medida que aumentara la interdependencia económica entre los países, disminuirían las
posibilidades de conflicto.
La UE no siempre fue tan grande como hoy en día: cuando se inició la cooperación económica
europea en 1951, los únicos países participantes eran Alemania, Bélgica, Francia, Italia,
Luxemburgo y los Países Bajos.
En 1958 se creó, pues, la Comunidad Económica Europea (CEE), que en un principio establecía
una cooperación económica cada vez más estrecha entre los seis países. Posteriormente, se
creó un gran mercado único que sigue avanzando hacia el logro de todo su potencial.
Con el tiempo, se fueron sumando muchos más países. La ampliación es el proceso de
incorporación de nuevos países a la UE. Tras la adhesión de Croacia, el 1 de julio de 2013, la
Unión pasó a tener los 28 países miembros con que cuenta en la actualidad.
Brexit: Por el momento, el Reino Unido sigue siendo miembro de pleno derecho de la Unión
Europea, con todos los derechos y obligaciones correspondientes.
4.2. De la unión económica a la unión política
Y lo que comenzó como una unión meramente económica ha evolucionado hasta convertirse
en una organización activa en todos los frentes, políticos y sociales, resaltando el destacado
papel mundial al frente de la lucha contra el cambio climático. El cambio de nombre de
Comunidad Económica Europea (CEE) a Unión Europea (UE), en 1993, no hizo sino reflejar esta
transformación.
La UE se basa en el Estado de Derecho: todas sus actividades se basan en los tratados,
acordados voluntaria y democráticamente por los países miembros.
Además, la UE se rige por el principio de democracia representativa: los ciudadanos están
directamente representados en el Parlamento Europeo, mientras que los Estados miembros
tienen su representación en el Consejo Europeo y el Consejo de la UE.
4.3. Estabilidad, moneda única, movilidad y crecimiento
La UE ha hecho posible más de medio siglo de paz, estabilidad y prosperidad, ha contribuido a
elevar el nivel de vida y ha creado una moneda única europea: el euro. Actualmente, 19 de los
28 países, utilizan el euro como moneda oficial (eurozona).
Gracias a la supresión de los controles fronterizos entre los países de la UE, ahora se puede
viajar libremente por la mayor parte del continente. El espacio Schengen es uno de los
mayores logros de la UE. Es un espacio sin fronteras internas, un espacio en el que ciudadanos
de la UE, muchos ciudadanos de otros países, empresarios y turistas pueden circular
libremente sin estar sujetos a controles fronterizos. Desde 1985, ha ido creciendo
gradualmente y en la actualidad engloba a casi todos los Estados miembros de la UE y a
algunos países asociados no pertenecientes a la UE.
El mercado único o "interior", que permite que puedan circular libremente la mayoría de las
mercancías, servicios, personas y capitales, es el principal motor económico de la UE.
4.4. Adhesión a la UE
Para ser miembro de la UE hay que seguir un procedimiento que no se resuelve de un día para
otro. Cuando un país solicitante reúne las condiciones para ello, debe aplicar la normativa de la
UE en todos los ámbitos.
Cualquier país que reúna las condiciones para ser miembro de la UE puede solicitar la
adhesión. Estas condiciones se conocen como "criterios de Copenhague" y consisten en la
economía de mercado, una democracia estable, el Estado de Derecho y la aceptación de toda
la legislación de la UE, incluida la relativa al euro.
Artículos de prensa.
España ha recibido de Europa en 25 años más dinero que toda Europa con el Plan Marshall
 Se han financiado cerca del 50% de las grandes obras públicas
 España es el país más europeísta, y el mayor beneficiario de las ayudas
ARTURO CRIADO
Cierto es que España no se benefició del Plan Marshall que Estados Unidos puso en
marcha para Europa gracias al presidente Truman tras la segunda Guerra Mundial. Pero sí
que ha tenido su particular apoyo económico para modernizarse de la mano de la Unión
Europea.
Un paquete de 88.000 millones de euros netos -frente a los 58.000 millones de euros del
Marshall para el conjunto europeo- que comenzaron a llegar al país hace 25 años. Un 12
de junio de 1985 en el que el entonces presidente del Gobierno, Felipe González,
estampaba su firma en el Tratado de Adhesión a la Comunidad Económica Europea. Al
igual que ocurría en Portugal.
Las inversiones
Comenzaba entonces la "historia de un éxito" según el ex secretario de Estado para la UE,
Alberto Navarro, que ha llevado al 64% de los españoles a decir que Europa ha sido
positiva para el país, convirtiéndose en el Estado más europeísta de los 27.
No es para menos. Tan sólo 4 años después del intento del Golpe de Estado del 23-F, y
cuando la democracia todavía daba sus primeros pasos, España recibía una bocanada de
aire fresco que iba a cambiar por completo la imagen social y territorial que tenía hasta
entonces.
Sólo los fondos estructurales -cerca de 140 mil millones de euros en 25 años- han
financiado cerca del 50% de las grandes obras públicas. Hablamos de las líneas de Alta
Velocidad como el AVE Madrid-Sevilla, la T-4 de Barajas o el aeropuerto de La Palma. Pero
también de las principales autovías, o de la modernización de las redes de distribución de
pueblos y ciudades.
Lavado de cara al país que también se ha visto reflejado en uno de los principales
sectores de la economía del país: la agricultura, gracias a los fondos de la Política Agrícola
Común que han dejado más de 100 mil millones de euros en el campo español.
228.000 millones recibidos
Estas son las principales ayudas de la Unión Europea, pero hay otras muchas. En total la
Unión Europea ha invertido en España -según datos del ministerio de Economía- 230.000
millones de euros brutos. Eso sin incluir ayudas directas o transferencias en I+D que no
pasan por las arcas del Tesoro.
Si sacamos la calculadora y echamos números, las cuentas quedarían de este
modo: España ha dado a la Unión Europea 140.200 millones de euros, y ha recibido
228.200, lo que da un saldo positivo a favor del país de 88.00 millones.
Sin duda el país que más dinero ha recibido de los 27, pero al tratarse de un proyecto
solidario, a medida que han ido pasando los años -y el club comunitario aumentando de
miembros- ha tenido que ir aportando sus aportaciones.
Así en 1986 España aportó 682 millones a Europa frente a los 11.425 millones que ha
puesto encima de la mesa en 2009. Una evolución que va a provocar que en 2014 España
se haya convertido en contribuyente neto. Es decir, aportará más de lo que recibirá.
Un movimiento natural que obligará al Gobierno a recaudar más dinero dentro del propio
país, vía impuestos o atrayendo más inversión extranjera.
Los otros beneficios
Pero no solo de ayudas y fondos ha vivido España durante estos 25 años. También ha
jugado un papel muy importante el acceso al mercado único europeo. Esto le ha
permitido internacionalizarse, y conseguir que las empresas inviertan en Polonia, Bulgaria
o vendan sus productos en Francia sin problemas.
De hecho, como señala el investigador para Europa del Real Instituto Elcano, Ignacio de
Molina, "somos el principal socio comercial de Francia", es decir, que para ellos somos el
"país más importante del mundo".
Un conjunto de medidas, ayudas, leyes e ideas que han permitido que la renta per cápita
de los españoles haya pasado de los 5.000 euros a los 26.000 euros que, según el FMI,
había en 2008.
La medicina europea
Pero sobre todo, según Navarro, la principal aportación europea ha sido el "cambio de
mentalidad" de los españoles. El comprender que "a mayor apertura, mayor
prosperidad".
Algo que se puede contemplar en la cantidad de gente que viaja al exterior cada año, la
participación en las becas Erasmus o Leonardo, o los numerosos europeos que vienen a
España cada año a disfrutar de sus vacaciones, estudiar o trabajar.
Es, en definitiva, la historia de un país que se ha modernizado gracias a Europa. Como
dice Manuel Marín, ex presidente del Congreso, a España "la medicina europea" siempre
le ha sentado bien.
Para concluir, os dejo un extracto de una de las últimas noticias destacadas referentes a
la UE.
... A lo largo de más de tres décadas, nuestro país ha estado recibiendo fondos
comunitarios, que han permitido un desarrollo espectacular hasta el punto de que, en ese
tiempo, el Producto Interior Bruto se ha duplicado. Y si cuando España ingresó en la UE, la
renta per cápita era del 72% de la media europea de los 12 miembros que entonces
componían la CEE, hoy la situación ha cambiado radicalmente. Con una Unión de 28
miembros, España está en el 94% de la media, una media que llegó a superar en los años
anteriores a la crisis económica.
Hasta 2020, España aún recibirá fondos europeos, pero hoy es ya un contribuyente neto
en la Unión Europea, como consecuencia de la llegada de nuevos socios más pobres y de
su progreso económico. A nadie se le escapa cuál es la situación real de España, las
exigencias que recibe de Bruselas y el elevado índice de paro que padece, pero la
perspectiva sería mucho peor si estuviera fuera de la UE.
Preguntas:
1. ¿En qué fecha se firmó el Tratado de Adhesión con la CEE? ¿Junto a qué
otro país? ¿Quién era el Presidente de España?
2. ¿Qué son los fondos estructurales?
3. ¿Cuál ha sido la otra gran fuente de ingresos comunitaria en España?
4. Índica el total de millones de euros recibidos en estos 25 años. ¿Cuánto ha
pagado España?
5. Nombra tres ejemplos del texto que indiquen el aumento espectacular de la economía
en España.
6. ¿Qué significa para España ser contribuyente neto? ¿ A qué crees que es debido?
7. Señala en el mapa y en la leyenda: los países que forman la UE, atendiendo a los años
de su adhesión; los países que tienen como moneda oficial el euro (eurozona), y los países
que forman parte del Acuerdo de Schengen.
ANEXO I. HISTORIA CONSTITUCIONAL ESPAÑOLA
ANEXO II. LAS AUTONOMÍAS ESPAÑOLAS.
El funcionamiento del Estado español
El funcionamiento del Estado español

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El funcionamiento del Estado español

  • 1. TEMA 0: EL FUNCIONAMIENTO DEL ESTADO ESPAÑOL. LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA Y LA DIVISIÓN TERRITORIAL 1. INTRODUCCIÓN Desde tiempos remotos, los grupos humanos debieron organizarse para satisfacer sus necesidades. Así, por ejemplo, los cazadores-recolectores prehistóricos se organizaban en pequeños grupos e igualitarios, los cuales confiaban en la conducción del grupo al mejor cazador o a un chamán o brujo. Posteriormente, los primeros agricultores aldeanos alcanzaron un nivel de organización mayor que incluía formas de poder, aunque no poseían lo que hoy se denomina Estado. Desde que el ser humano se dio cuenta de las ventajas que le producía vivir en sociedad, y ante el peligro que significaban los grupos de delincuentes, surge la necesidad de crear un órgano encargado de proteger los derechos fundamentales de todo individuo; vida, libertad y propiedad privada. Es así como se da el surgimiento del Estado, al cual voluntariamente las personas dotaron de cierto poder para que este pudiera cumplir con las funciones que se requerían.
  • 2. 1. EL ESTADO Y SU FUNCIONAMIENTO Las primeras organizaciones de tipo estatal surgieron en las ciudades sumerias y en Egipto. Le sucedieron en Europa, las polis griegas, cuyo mejor ejemplo residió en el antiguo estado ateniense, y el Estado Romano, basado en la conquista y en la idea imperial, todos situados en el periodo de la historia antigua mundial. Pero, otros autores prefieren emplear este término para referirse a la organización política, moderna, surgida históricamente con las monarquías absolutas de Europa, alrededor del siglo XV. Como puedes observar el Estado, es muy antiguo, en su origen. Sin embargo, ninguna de las formas estatales descritas caracteriza al mundo actual, en el que predomina el Estado Nación, que posee características muy particulares. 1.1. ¿Cómo surgió este Estado? Nace en el siglo XV, durante el Renacimiento y se consolidó en el siglo XIX. En este proceso de evolución se distinguen dos momentos: 1. EL ESTADO TERRITORIAL: nace en el siglo XV y está relacionado con la consolidación de poderosos reinos o monarquías que, a través de alianzas o guerras, lograron neutralizar y finalmente eliminar la competencia de otras unidades políticas propias de la Edad Media: los señoríos, las ciudades, el Imperio y el Papado (Reyes Católicos en España). 2. EL ESTADO-NACIÓN: surgió a fines del siglo XVIII y se consolidó en el siglo XIX. Su origen lo encontramos en las ideas y los conceptos de la Ilustración, que fueron difundidas, luego, por la Revolución Francesa. En el Estado-nación, ya no es el monarca quien detenta la soberanía, sino el pueblo, el cual se gobierna a sí mismo a través, según Rousseau, de un "contrato social". Así, el estado-nación supone una participación social y política más amplia, que se expresa en el concepto de "voluntad general" y "ciudadanía" y se impregna de un sentimiento implícito de unidad entre los habitantes de la nación. 1.2. Diferenciar los conceptos de Nación y Estado El concepto de Nación se refiere a la población que habita y comparte un territorio y que comparte elementos comunes como lengua, cultura, historia, etc., y que están organizadas políticamente de cierta manera. Tienen una forma de gobierno, leyes que ordenan la vida de los ciudadanos e instituciones encargadas de su cumplimiento. Esto último es asumido por el Estado. Es por ello que pueden existir naciones con o sin territorio y casos de países constituidos por diferentes naciones. Existen muchos casos en los que la nación y el Estado no coinciden. 1.3. Componentes Todo Estado para ser reconocido como tal dentro de la comunidad internacional, debe poseer ciertos elementos. Estos elementos son: a) El territorio: es el elemento geográfico donde se asienta la población y se desarrolla la vida. b) La población: es el conjunto de personas que comparten el territorio y lo consideran como propio (ciudadanos). c) El Gobierno: es la organización que posee la autoridad y dirección política de un Estado.
  • 3. d) La organización o sistema jurídico: llamado también Derecho, o conjunto de normas sociales y legales que regulan el comportamiento de los miembros de una comunidad, es decir, los derechos y deberes de los habitantes y la acción de los gobernantes del Estado. La base jurídica fundamental es la Constitución política de los países. A estos elementos debemos agregar las nociones de soberanía e imperio de la ley, que son características de la organización política. 1.4. Tipos de Estado a) POR SU ORGANIZACIÓN se distinguen: - Poder centralizado: cuando las decisiones que afectan a las regiones o territorios del Estado las toma el Gobierno central. - Poder descentralizado: El Estado comparte el poder con los diferentes territorios y delega competencias en ellos. b) POR SU FORMA DE GOBIERNO: pueden ser: - Monarquía: son estados encabezados por un monarca (rey) cuya sucesión es hereditaria. Pueden ser democráticas o dictatoriales. - Repúblicas: el Jefe del Estado es el Presidente de la República. También pueden ser democráticas o dictatoriales. c) POR SU SISTEMA POLÍTICO: tenemos: - Democráticos. La mayoría de los estados, sean repúblicas o monarquías constitucionales, poseen sistemas políticos democráticos cuyos fundamentos son: participación popular, elección de los gobernantes, etc. Los gobiernos democráticos pueden ser: parlamentarios, presidencialistas o semipresidencialistas. Los sistemas democráticos, a la hora de establecer la participación de los ciudadanos, pueden elegir entre los sistemas directos o indirectos. - Autocráticos: Cuando el gobernante ejerce el poder sin ninguna o muy poca limitación jurídica o de poderes ajenos al suyo. d) POR LA RELACIÓN ENTRE ESTADO Y RELIGIÓN - Estados laicos. Existe una separación total entre el Estado y la religión. - Estados confesionales. Existe una religión oficial con privilegios. - Teocracia. Existe una religión oficial y los libros y preceptos religiosos se convierten en ley. 1.5. Fines y funciones del estado El fin supremo o fin último que justifica la existencia del Estado es el BIEN COMÚN de la sociedad política. Éste comprende el bienestar de todos y cada uno de sus miembros, de un modo tal que se promueve el pleno desarrollo material y espiritual de toda la comunidad. 1.5.1. Funciones del Estado Las funciones del Estado pueden ser entendidas como poderes del Estado, o pueden ser entendidas como las competencias de la administración pública, que son ejercidas como funciones públicas por distintos tipos de cargos públicos (distintas magistraturas, cargos electos, funcionarios, etc.) Desde el punto de vista de la economía liberal clásica o el neoliberalismo, el papel del Estado debe ser el mínimo posible (para Adam Smith limitarse a proporcionar seguridad jurídica y seguridad física -orden público-); mientras que para el keynesianismo o la socialdemocracia debe haber algún tipo de intervencionismo estatal; que es máxima en la economía planificada del comunismo soviético y tiene distintos grados en el corporativismo fascista.
  • 4. Vocabulario: Sociedad del bienestar David Anisi sugirió que es un tipo de pacto social en el que se estableció un reparto más equitativo de los beneficios y de la riqueza entre toda la población con objeto de evitar el malestar social que llevó a las sociedades europeas a la Segunda Guerra Mundial. La expresión económica del Estado del bienestar fue el pacto keynesiano que durante la posguerra pretendía un desarrollo económico equilibrado socialmente, así como el pleno empleo. 2. EL CASO DE ESPAÑA: LA IMPORTANCIA DE LA CONSTITUCIÓN El uso habitual que se da a la palabra Estado es el de "Nación jurídicamente organizada", es decir, basada en una ley fundamental que es la Ley de Leyes: la Constitución. A día de hoy, está vigente la Constitución de 1978. No es la primera, puesto que ésta supone solamente, el último hito, en un camino que empezó a rodar hace más de 200 años, concretamente en el año 1812. La historia del constitucionalismo español es reflejo directo de las convulsiones políticas españolas de los siglos XIX y XX, mostrando las tensiones sociales y políticas que existieron en el país. El constitucionalismo español, se podría definir como el proceso a través del cual el Estado español se ha dotado desde 1808 de una serie de normas magnas. ANEXO I 2.1. Constitución de 1978 Con 30 años de vida es la segunda de más larga vida y también la segunda en extensión con 169 artículos, ordenados en diez títulos, además de 15 disposiciones. define España en su primer artículo como un "Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico, la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político" además de proclamar la soberanía nacional y establecer la Monarquía constitucional como forma de Estado. Hace alusión al sufragio universal y señala la aconfesionalidad del
  • 5. Estado, aunque hace alusión a las "relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones. Se votó en Cortes el 31 de octubre de 1878 y fue ratificada en referéndum por el pueblo español el 6 de diciembre. 2.2. Características más importantes de la Constitución 2.2.1. España es una monarquía parlamentaria Según la Constitución, España es una monarquía parlamentaria. esto significa que "el Rey reina pero no gobierna". El Rey es el Jefe del Estado, pero el Gobierno es elegido por el Parlamento, ante quien debe responder políticamente. Al Gobierno le corresponde la dirección de la política del Estado y puede disolver el Parlamento. 2.2.2. La Corona En España, la Jefatura del Estado corresponde a la Corona. A diferencia de los Presidentes de las repúblicas, el cargo de Rey es vitalicio y hereditario; además, es irresponsable políticamente, es decir, no pueden pedírsele cuentas por su actuación política ni, por tanto, puede hacérsele dimitir. El Rey tiene la función representativa del Estado, por lo que asume la más alta representación en las relaciones internacionales, y la de árbitro y moderador de las instituciones. A diferencia del monarca absolutista, en una monarquía parlamentaria el Rey no puede hacer leyes, no dirige políticamente el Estado ni puede juzgar. su función es aconsejar, impulsar y advertir a quienes ejercen estas funciones: el Parlamento, el Gobierno y los tribunales de justicia. 2.2.3. El Parlamento En España el Parlamento se denomina Cortes Generales. Está formado por dos cámaras: el Congreso de los Diputados y el Senado, elegidas por todos los ciudadanos en elecciones libres y periódicas, cada cuatro años. Las Cortes ejercen dos funciones fundamentales: la legislativa, que consiste en la elaboración y aprobación de las leyes; y la de control del Gobierno. El Gobierno y su Presidente son elegidos por el Parlamento y están sometidos a su vigilancia mediante preguntas que le dirigen sus miembros. incluso pueden hacer dimitir al Gobierno si no están conformes con su política utilizando para ello la moción de censura. Vocabulario: Moción de censura: Voto que emiten los miembros del Parlamento en el que se niega la confianza al Gobierno. 2.2.4. El Gobierno El Gobierno de España está formado por el Presidente y los Ministros. Es el órgano que determina la política a seguir por el Estado y la aplica a través de la Administración, que está bajo sus órdenes. El Gobierno fija los objetivos que deben alcanzarse, por ejemplo, en agricultura, industria, sanidad o educación; y decide cuáles son las estrategias y los medios para alcanzar estos objetivos (subir impuestos, reducir gastos, etc.) Una vez determinadas las políticas a seguir, el Gobierno las ejecuta a través de los Ministerios y demás órganos de la Administración. Vocabulario: Administración Pública. El conjunto de organizaciones públicas que realizan la función administrativa y de gestión del Estado y de otros entes públicos con personalidad jurídica, ya sean de ámbito regional o local.
  • 6. Por su función, la Administración Pública pone en contacto directo a la ciudadanía con el poder político (servidores públicos), "satisfaciendo" los intereses colectivos de forma inmediata, por contraste con los poderes legislativos y judicial, que lo hacen de forma mediata. Decreto Ley. Un decreto ley, en general, es una norma con rango de ley, emanada del poder ejecutivo, sin que tenga la medida intervención o autorización previa de un Congreso o Parlamento. 2.2.5 Jueces y Tribunales de Justicia La aplicación de las leyes la llevan a cabo los jueces y los tribunales de justicia, que son independientes de los demás poderes del Estado. Según la Constitución, "los jueces y tribunales están sometidos solo al imperio de la Ley" (artículo 117). Vocabulario. La división de poderes Uno de los principios organizativos en los que se basa la forma de gobierno establecida en la Constitución es la división de poderes. El principio de separación de poderes otorga al Estado tres funciones principales: hacer las leyes, aplicarlas y hacer justicia. La función legislativa corresponde al Parlamento, la función ejecutiva, al Gobierno; y la judicial, a los jueces y tribunales de justicia. 2.3. España: un Estado democrático y social 2.3.1. ¿Qué es un Estado democrático? A la pregunta de ¿quién debe gobernar un Estado?, muy a menudo se ha considerado que el poder debe corresponder a una sola persona, que accede al poder por herencia o por otros medios no electivos. En el siglo XIX se defendía que los gobernantes debían ser elegidos por los ciudadanos que poseían altos niveles de renta porque solo ellos, se decía, tenían la preparación suficiente para saber o que era bueno para el gobierno del Estado. En los Estados democráticos actuales el poder reside en el pueblo. Por lo tanto, lo que conviene al Estado no lo determinan unos pocos sino todos los ciudadanos y las ciudadanas mediante la libre confrontación de ideas basada en el pluralismo político y el respeto a las minorías. Estos principios equivalen a aceptar que las opciones políticas de los demás pueden ser tan buenas o mejores para la colectividad que las que uno tiene. Por tanto, todas las opiniones deben poderse expresar y defender con total libertad y con el pleno respeto de los demás. El Estado democrático es aquel tipo de Estado en el que los ciudadanos y las ciudadanas participan directamente en las tareas de gobierno o bien mediante la elección de sus representantes. 2.3.2. ¿Qué es un Estado social? Un Estado social es el tipo de Estado en el que las instituciones de gobierno (Parlamento, Gobierno, Administración, etc.) intervienen en el sistema económico y en las relaciones laborales y sociales con el objetivo de garantizar a todos los ciudadanos unas condiciones de vida dignas. En la Constitución se establecen una serie de principios que deben guiar la política económica y social de las instituciones de gobierno del Estado. Entre estos principios cabe destacar la protección de las personas o grupos sociales menos favorecidos (disminuidos físicos y psíquicos, personas mayores, enfermos, emigrantes, etc.).
  • 7. 2.3.3. La participación política: referéndum y elecciones En los Estados actuales, la participación de los ciudadanos en el ejercicio del poder estatal se realiza a través de mecanismos entre los que destacan el referéndum y las elecciones. - El referéndum es la consulta dirigida a los electores para que expresen su opinión sobre una cuestión concreta -En las elecciones de representantes políticos, los ciudadanos eligen a quienes actuarán en su nombre. Para que unas elecciones sean democráticas deberán cumplir, cuando menos, cuatro requisitos esenciales: - Deben ser libres y plurales, lo que implica que el elector cuente con varias opciones. - Deben hacerse por sufragio universal, o sea, con participación como electores de todos los ciudadanos mayores de edad sin ningún tipo de discriminación por razón económica o de sexo. - Deben ser periódicas, en el sentido de que los elegidos deben someterse a nuevas elecciones cada cierto período de tiempo para comprobar si los representantes tienen todavía la confianza de los electores. En España los ciudadanos elegimos, cada cuatro años, a los miembros del Congreso y del Senado, a los miembros de los Parlamentos Autonómicos y a los concejales de los respectivos ayuntamientos, así como a los miembros del Parlamento Europeo que corresponde designar al Estado español. Salvo en este último caso, de los órganos elegidos por los ciudadanos surgen los gobiernos de las respectivas instituciones. 2.3.4. Los partidos políticos Los partidos políticos son los canales a través de los cuales los ciudadanos suelen participar en la vida política. Los partidos políticos son los que normalmente seleccionan los programas y los candidatos o candidatas que concurren a las elecciones. Una vez elegidos los representantes, los partidos políticos les ofrecen los equipos de personas y los programas que se ponen en práctica desde el Gobierno o desde el Parlamento. 3. LA ORGANIZACIÓN TERRITORIAL DE ESPAÑA 3.1. Municipios, provincias y comunidades autónomas Según la Constitución, el Estado español organiza el territorio en municipios, provincias y Comunidades Autónomas. Los municipios y provincias son unidades administrativas muy antiguas, pero las Comunidades Autónomas son fruto del modelo de Estado establecido por la Constitución de 1978. El artículo 138 de nuestra Constitución garantiza que exista un equilibrio económico entre las diversas partes del territorio español, ya que todos los españoles tenemos los mismos derechos y obligaciones en cualquier territorio del Estado.
  • 8. 3.1.1. La administración municipal Los municipios son las unidades territoriales y administrativas más elementales del Estado. Un municipio puede estar formado por uno o más núcleos de población y se rige a través de la administración local que, por ser más cercana al ciudadano, es la que mejor y más rápidamente puede solucionar sus problemas. La administración municipal se ejerce en el territorio en el que un Ayuntamiento tiene competencias. España cuenta con 8.104 municipios. La capital del municipio es la localidad donde tiene la sede el Ayuntamiento. El gobierno de un municipio es responsabilidad del Ayuntamiento y está formado por el alcalde y varios concejales. Los municipios o entes locales obtienen los medios suficientes para desempeñar sus funciones a través de los tributos propios y, por otro lado, mediante los que recauda el Estado y su Comunidad Autónoma. La cantidad que reciben los Ayuntamientos por parte de estos organismos depende de su número de habitantes. 3.1.2. La administración provincial Las provincias son territorios constituidos por la agrupación de varios municipios. La administración provincial es una división territorial y, al mismo tiempo, una entidad local. La división provincial se aprobó el año 1833. Como se trata de una institución con una larga tradición, ha tenido que ir adaptando sus funciones a las diferentes situaciones históricas. Actualmente tiene tres funciones básicas: - Servir de circunscripción electoral del Estado. - Servir de división territorial de la administración periférica del Estado, con la presencia de un gobernador civil, y también, de un Delegado del Gobierno, pero en este caso, para el conjunto de cada Comunidad Autónoma, como representante del Gobierno central. - Ser una entidad local de mayor rango, cuya función es precisamente cooperar con los municipios. Por ello, aparece la formación de la Diputación Provincial. 3.1.3. El Estado de las Autonomías Fueron creadas por la Constitución de 1978. Supone que España se convierte en un estado descentralizado. Cada comunidad autónoma tiene su autogobierno. Existen 17 comunidades autónomas y 2 ciudades autónomas. - Los Estatutos de autonomía El estatuto de autonomía es la ley por la que se establecen las competencias y características de cada comunidad autónoma. No todas las comunidades tienen las mismas competencias. hay competencias exclusivas (todo depende de la comunidad, por ejemplo, sanidad) y compartidas (depende de la comunidad y del gobierno central, transportes). hay competencias exclusivas del Estado (defensa o diplomacia). - Instituciones Las comunidades autónomas disponen de parlamento, gobierno y tribunales propios. Tienen las mismas características que las del Estado.
  • 9. 4. España y la UE El siglo XX ha agregado nuevas características al concepto de Estado. A las características principales de: nacionalidad, soberanía e internacionalidad (el "derecho de gentes" feudal, se transforma en derecho internacional), se le suma ahora, el de la supranacionalidad. Esto implica generación de reglas adoptadas por organismos internacionales o como resultado de acuerdos multilaterales, que están por encima de las normas internas del Estado. Los Estados no pueden generar normas que contradigan las normas internacionales, lo que implica una pérdida de soberanía. La pertenencia a la UE constituye, para España y el resto de países que la integran, un buen ejemplo de esta cuestión. 4.1. ¿Qué es la Unión Europea? La Unión Europea es una asociación económica y política única en su género y compuesta por 28 países europeos que abarcan juntos gran parte del continente. El origen de la UE se encuentra en el periodo posterior a la Segunda Guerra Mundial. Sus primeros pasos consistieron en impulsar la cooperación económica con la idea de que, a medida que aumentara la interdependencia económica entre los países, disminuirían las posibilidades de conflicto. La UE no siempre fue tan grande como hoy en día: cuando se inició la cooperación económica europea en 1951, los únicos países participantes eran Alemania, Bélgica, Francia, Italia, Luxemburgo y los Países Bajos. En 1958 se creó, pues, la Comunidad Económica Europea (CEE), que en un principio establecía una cooperación económica cada vez más estrecha entre los seis países. Posteriormente, se creó un gran mercado único que sigue avanzando hacia el logro de todo su potencial. Con el tiempo, se fueron sumando muchos más países. La ampliación es el proceso de incorporación de nuevos países a la UE. Tras la adhesión de Croacia, el 1 de julio de 2013, la Unión pasó a tener los 28 países miembros con que cuenta en la actualidad. Brexit: Por el momento, el Reino Unido sigue siendo miembro de pleno derecho de la Unión Europea, con todos los derechos y obligaciones correspondientes. 4.2. De la unión económica a la unión política Y lo que comenzó como una unión meramente económica ha evolucionado hasta convertirse en una organización activa en todos los frentes, políticos y sociales, resaltando el destacado papel mundial al frente de la lucha contra el cambio climático. El cambio de nombre de Comunidad Económica Europea (CEE) a Unión Europea (UE), en 1993, no hizo sino reflejar esta transformación. La UE se basa en el Estado de Derecho: todas sus actividades se basan en los tratados, acordados voluntaria y democráticamente por los países miembros. Además, la UE se rige por el principio de democracia representativa: los ciudadanos están directamente representados en el Parlamento Europeo, mientras que los Estados miembros tienen su representación en el Consejo Europeo y el Consejo de la UE. 4.3. Estabilidad, moneda única, movilidad y crecimiento La UE ha hecho posible más de medio siglo de paz, estabilidad y prosperidad, ha contribuido a elevar el nivel de vida y ha creado una moneda única europea: el euro. Actualmente, 19 de los 28 países, utilizan el euro como moneda oficial (eurozona). Gracias a la supresión de los controles fronterizos entre los países de la UE, ahora se puede viajar libremente por la mayor parte del continente. El espacio Schengen es uno de los
  • 10. mayores logros de la UE. Es un espacio sin fronteras internas, un espacio en el que ciudadanos de la UE, muchos ciudadanos de otros países, empresarios y turistas pueden circular libremente sin estar sujetos a controles fronterizos. Desde 1985, ha ido creciendo gradualmente y en la actualidad engloba a casi todos los Estados miembros de la UE y a algunos países asociados no pertenecientes a la UE. El mercado único o "interior", que permite que puedan circular libremente la mayoría de las mercancías, servicios, personas y capitales, es el principal motor económico de la UE. 4.4. Adhesión a la UE Para ser miembro de la UE hay que seguir un procedimiento que no se resuelve de un día para otro. Cuando un país solicitante reúne las condiciones para ello, debe aplicar la normativa de la UE en todos los ámbitos. Cualquier país que reúna las condiciones para ser miembro de la UE puede solicitar la adhesión. Estas condiciones se conocen como "criterios de Copenhague" y consisten en la economía de mercado, una democracia estable, el Estado de Derecho y la aceptación de toda la legislación de la UE, incluida la relativa al euro.
  • 11. Artículos de prensa. España ha recibido de Europa en 25 años más dinero que toda Europa con el Plan Marshall  Se han financiado cerca del 50% de las grandes obras públicas  España es el país más europeísta, y el mayor beneficiario de las ayudas ARTURO CRIADO Cierto es que España no se benefició del Plan Marshall que Estados Unidos puso en marcha para Europa gracias al presidente Truman tras la segunda Guerra Mundial. Pero sí que ha tenido su particular apoyo económico para modernizarse de la mano de la Unión Europea. Un paquete de 88.000 millones de euros netos -frente a los 58.000 millones de euros del Marshall para el conjunto europeo- que comenzaron a llegar al país hace 25 años. Un 12 de junio de 1985 en el que el entonces presidente del Gobierno, Felipe González, estampaba su firma en el Tratado de Adhesión a la Comunidad Económica Europea. Al igual que ocurría en Portugal. Las inversiones Comenzaba entonces la "historia de un éxito" según el ex secretario de Estado para la UE, Alberto Navarro, que ha llevado al 64% de los españoles a decir que Europa ha sido positiva para el país, convirtiéndose en el Estado más europeísta de los 27. No es para menos. Tan sólo 4 años después del intento del Golpe de Estado del 23-F, y cuando la democracia todavía daba sus primeros pasos, España recibía una bocanada de aire fresco que iba a cambiar por completo la imagen social y territorial que tenía hasta entonces. Sólo los fondos estructurales -cerca de 140 mil millones de euros en 25 años- han financiado cerca del 50% de las grandes obras públicas. Hablamos de las líneas de Alta Velocidad como el AVE Madrid-Sevilla, la T-4 de Barajas o el aeropuerto de La Palma. Pero también de las principales autovías, o de la modernización de las redes de distribución de pueblos y ciudades. Lavado de cara al país que también se ha visto reflejado en uno de los principales sectores de la economía del país: la agricultura, gracias a los fondos de la Política Agrícola Común que han dejado más de 100 mil millones de euros en el campo español. 228.000 millones recibidos Estas son las principales ayudas de la Unión Europea, pero hay otras muchas. En total la Unión Europea ha invertido en España -según datos del ministerio de Economía- 230.000 millones de euros brutos. Eso sin incluir ayudas directas o transferencias en I+D que no pasan por las arcas del Tesoro. Si sacamos la calculadora y echamos números, las cuentas quedarían de este modo: España ha dado a la Unión Europea 140.200 millones de euros, y ha recibido 228.200, lo que da un saldo positivo a favor del país de 88.00 millones. Sin duda el país que más dinero ha recibido de los 27, pero al tratarse de un proyecto solidario, a medida que han ido pasando los años -y el club comunitario aumentando de miembros- ha tenido que ir aportando sus aportaciones. Así en 1986 España aportó 682 millones a Europa frente a los 11.425 millones que ha puesto encima de la mesa en 2009. Una evolución que va a provocar que en 2014 España se haya convertido en contribuyente neto. Es decir, aportará más de lo que recibirá. Un movimiento natural que obligará al Gobierno a recaudar más dinero dentro del propio país, vía impuestos o atrayendo más inversión extranjera.
  • 12. Los otros beneficios Pero no solo de ayudas y fondos ha vivido España durante estos 25 años. También ha jugado un papel muy importante el acceso al mercado único europeo. Esto le ha permitido internacionalizarse, y conseguir que las empresas inviertan en Polonia, Bulgaria o vendan sus productos en Francia sin problemas. De hecho, como señala el investigador para Europa del Real Instituto Elcano, Ignacio de Molina, "somos el principal socio comercial de Francia", es decir, que para ellos somos el "país más importante del mundo". Un conjunto de medidas, ayudas, leyes e ideas que han permitido que la renta per cápita de los españoles haya pasado de los 5.000 euros a los 26.000 euros que, según el FMI, había en 2008. La medicina europea Pero sobre todo, según Navarro, la principal aportación europea ha sido el "cambio de mentalidad" de los españoles. El comprender que "a mayor apertura, mayor prosperidad". Algo que se puede contemplar en la cantidad de gente que viaja al exterior cada año, la participación en las becas Erasmus o Leonardo, o los numerosos europeos que vienen a España cada año a disfrutar de sus vacaciones, estudiar o trabajar. Es, en definitiva, la historia de un país que se ha modernizado gracias a Europa. Como dice Manuel Marín, ex presidente del Congreso, a España "la medicina europea" siempre le ha sentado bien. Para concluir, os dejo un extracto de una de las últimas noticias destacadas referentes a la UE. ... A lo largo de más de tres décadas, nuestro país ha estado recibiendo fondos comunitarios, que han permitido un desarrollo espectacular hasta el punto de que, en ese tiempo, el Producto Interior Bruto se ha duplicado. Y si cuando España ingresó en la UE, la renta per cápita era del 72% de la media europea de los 12 miembros que entonces componían la CEE, hoy la situación ha cambiado radicalmente. Con una Unión de 28 miembros, España está en el 94% de la media, una media que llegó a superar en los años anteriores a la crisis económica. Hasta 2020, España aún recibirá fondos europeos, pero hoy es ya un contribuyente neto en la Unión Europea, como consecuencia de la llegada de nuevos socios más pobres y de su progreso económico. A nadie se le escapa cuál es la situación real de España, las exigencias que recibe de Bruselas y el elevado índice de paro que padece, pero la perspectiva sería mucho peor si estuviera fuera de la UE. Preguntas: 1. ¿En qué fecha se firmó el Tratado de Adhesión con la CEE? ¿Junto a qué otro país? ¿Quién era el Presidente de España? 2. ¿Qué son los fondos estructurales? 3. ¿Cuál ha sido la otra gran fuente de ingresos comunitaria en España? 4. Índica el total de millones de euros recibidos en estos 25 años. ¿Cuánto ha pagado España? 5. Nombra tres ejemplos del texto que indiquen el aumento espectacular de la economía en España. 6. ¿Qué significa para España ser contribuyente neto? ¿ A qué crees que es debido? 7. Señala en el mapa y en la leyenda: los países que forman la UE, atendiendo a los años de su adhesión; los países que tienen como moneda oficial el euro (eurozona), y los países que forman parte del Acuerdo de Schengen.
  • 13. ANEXO I. HISTORIA CONSTITUCIONAL ESPAÑOLA
  • 14. ANEXO II. LAS AUTONOMÍAS ESPAÑOLAS.