1. Curso de Formación en Cooperativismo
AÑO 2012
Docentes:
Lic. Adrián Giudice
Ing. María Belén Mena
Srta. María Consuelo Huergo
2. Economía Social y Solidaria
Se refiere a un conjunto de movimientos, iniciativas, experiencias y
organizaciones, que con menor o mayor coincidencia en relación a sus
orígenes, formas jurídicas, principios y propósitos, convergen en un intento por
construir o consolidar “otra forma de hacer Economía” distinta a la Economía
Capitalista y a la Economía Pública.
No existe un consenso sobre su definición por las particularidades de cada país
y por la diversidad de los puntos de abordaje. Sin embargo, todos los enfoques
nos llevan a cuestionar y repensar las relaciones entre lo económico, lo social y
lo político.
3. Algunas definiciones:
Dr. José Luis Monzón (UBA)r.
José Luis Monzón (UBA):
Economía Social: es la economía al servicio del hombre y de la sociedad que
por ello integra en un único objetivo la eficiencia económica y el bienestar
social
Luis Coraggio (UNGS)
Economía Social: comprende a las organizaciones económicas que buscan a la
vez un resultado económico en sentido amplio (no sólo pecuneario) y un
producto de relaciones sociales.
Caracciolo Basco-Foti Laxalde (UNGS):
Economía Solidaria: es la que tiene por objetivo, según su complejidad o nivel
de desarrollo, asegurar la vida o la reproducción de la mano de obra hasta aun
mejorar la vida o calidad de vida de sus miembros o comunidades de
pertenencia.
4. Algunas causas que conducen a la Economía
Solidaria:
•Situación de pobreza o exclusión: origina la Economía Popular.
•Situación de Privilegio: creación de fundaciones, asociaciones, etc.
•Crisis del trabajo asalariado: llamado Economía del Trabajo en el que
hay una búsqueda del trabajo autónomo o asociado.
•Situación de la familia y la mujer: surgen formas de acción
económicas principalmente coordinadas por redes de mujeres y/o
familias.
•Déficit de participación y autogestión: economía asociativa, solidaria
y justa a través de cooperativas y mutuales principalmente
5. •Ausencia de proyectos sociales y políticos transformadores: en
ausencia de un proyecto político creativo y transformador o en el
descubrimiento de que el cambio no puede realizarse desde arriba
hacia abajo, surgen iniciativas que se definen así mismas como
Economías Alternativas.
•Conciencia sobre el problema ecológico: organización de la economía
para revertir deterioros medio ambientales.
•Crisis del modelo de desarrollo: búsqueda de procesos económicos
sustentables que recurren a otros tipos de tecnologías y recursos.
•Situación de pueblos originarios: poseen sus propios modos
comunitarios de hacer economía.
•Búsquedas espirituales: religiones que buscan que la riqueza esté al
servicio del desarrollo humano y social, dan lugar a formas
económicas solidarias.
6. Definición de Economía Social Según el Consejo Valón de la
Economía Social:
Es la que agrupa las actividades económicas ejercidas por sociedades,
principalmente cooperativas, mutualidades y asociaciones, cuya ética se
traduce en los siguientes principios:
•finalidad de servicio a los miembros o a la colectividad más que finalidad de
beneficio
•Autonomía de gestión
•procesos de decisión democrática
•primacía de las personas y del trabajo sobre el capital en el reparto de los
excedentes.
7. Importante!! para saber si estamos en presencia de una organización
de la Economía Social y Solidaria, además de cuestiones formales y
jurídicas, tendremos que tener en cuenta la ETICA con la que se
desarrolla su actividad económica en la práctica.
Analizando la primera parte de la definición conozcamos el alcance de
las organizaciones cooperativas.
8. Cooperativas
Definición:
“Son asociaciones autónomas de personas unidas
voluntariamente para atender sus necesidades y aspiraciones
económicas, sociales y culturales comunes, a través de una
empresa colectiva y democráticamente controlada.”s
9. Valores y principios cooperativos:
Las cooperativas son organizaciones que desarrollan sus actividades
basadas en VALORES ETICOS:a
En su dimensión social: ayuda mutua, responsabilidad, democracia,
igualdad, equidad, solidaridad
En su dimensión empresarial: honestidad, transparencia, responsabilidad
social
Lo importante es que estos valores se pongan en práctica
diariamente y no queden en expresión de deseos! Por ello existe un
conjunto de principios directrices que rigen a las cooperativas
10. Principios cooperativos:
Adhesión libre y voluntaria
Gestión democrática por parte de los asociados
Participación económica de los asociados
Autonomía e independencia
Educación, entrenamiento e información
Cooperación entre cooperativas
Preocupación por la comunidad
11. Importante! Una cooperativa es una empresa
Porque necesita de la combinación de factores productivos: capital,
trabajo, insumos y tecnología.
Por ello deben manejar similares parámetros de eficiencia, eficacia y
competitividad que otras organizaciones para poder permanecer en el
mercado.
12. Tipos de Cooperativas:
En la ley argentina no se establece una diferenciación por tipos de
cooperativas, sino que se hace un tratamiento general (ley 20.337).
Unicamente se hace una distinción entre:
•Cooperativas de 1º grado: son integradas por personas físicas o
jurídicas.
•Cooperativas de grado superior: son federaciones o confederaciones
integradas por cooperativas
13. En principio, toda actividad lícita puede ser encarada mediante la figura
legal de cooperativa. Por ello, existe una gran variedad de cooperativas.:
De Consumo
De Provisión de Servicios Públicos (Eléctricas, Provisión de agua
potable, Telefónica, etc.)
Agropecuarias
De vivienda
De trabajo
De Seguro
De Crédito
14. Derechos Obligaciones
Derecho al voto Cumplir con la ley, el estatuto y los
reglamentos
Derecho al uso del servicio Integrar las cuotas sociales
suscriptas
Derecho a ser elegido, recibir Acatar las resoluciones de los
información y peticionar Órganos Sociales
Derecho a la defensa Cumplir con los compromisos que
contraigan con la cooperativa
Participar en las asambleas Participar activamente en la
cooperativa
Participar en los excedentes Actuar con responsabilidad y
seriedad
Derecho al reembolso de cuotas Mantener actualizados sus datos
sociales personales
Solicitar convocatoria a asamblea Comunicar su retiro conforme lo
establece el Estatuto
15. ASAMBLEA
Elige
CONSEJO
DE SÍNDICO
ADMINISTRACIÓN
Ejecuta Fiscaliza y controla
16. ASAMBLEAS
Legalidad
Constitutiva
Convocatoria
Ordinaria Orden del día
Convocan
Extraordinaria Quórum
Documentación
17. CONSEJO
DE
ADMINISTRACIÓN
Administra Dirige
Coordina
Mínimo 3 asociados – Duran 3 años – Se distribuyen los cargos
Libro de actas – Libro de asistencias – Reunión Mensual
Suplentes reemplazan a titulares
18. SINDICATURA
Elegidos por
Asociados
Independencia asamblea
Fiscalización (caja – Informa a la asamblea)
Atribuciones
De ser necesario convoca a asamblea
Colabora
Designa Consejeros