1. UNIVERSIDAD FERMIN TORO
VICE RECTORADO ACADEMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
TEMAS 23,
24, 25
PATRICIA RONDON
21725002
SAIA A
PROCEDIMIENTOS CIVILES ESPECIALES
2. MOTIVOS DE CASACIÓN
Se fundamenta en la violación de la ley impugnada, ya sea por falta de aplicación o por mala
interpretación.
ERRORES RELATIVOS AL
ORDEN DEL PROCESO
(ERRORES IN
PROCEDIENDO)
Son errores de procedimiento y solo tienen que
ver con la forma de los actos procesales. Solo
podrá ser admitido si el interesado reclama
oportunamente su subsanación. A menos que
sean de infracción de garantías
constitucionales.
ERRORES COMETIDOS AL RESOLVER LA
CONTROVERSIA.
Se concreta cuando el hecho no
encaja dentro de las previsiones de
la norma invocada.
ERRORES COMETIDOS
AL ESTABLECER
HECHOS (CASACIÓN
SOBRE LOS HECHOS).
Parte del examen jurídico de los hechos fijados en la
sentencia donde el tribunal de casación se convierte
en el guardián del derecho sustantivo y procesal, a su
vez se requiere para casar el fallo recurrido, que la
infracción de fondo por la recurrida sea determinante
de lo dispositivo en el fallo, de manera tal que la
violación del derecho sustantivo o procesal haya
conducido a una defectuosa decisión del litigio.
3. FORMALIZACIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN:
REQUISITOS DEL ABOGADO PARA ACTUAR EN
CASACIÓN
Establece el Art. 324 del CPC que para formalizar y contestar el recurso de casación, así como
para intervenir en los actos de réplica y de contrarréplica, ante la Corte Suprema de Justicia, el
abogado deberá ser venezolano, mayor de treinta (30) años y tener el título de doctor en
alguna rama del Derecho o un ejercicio profesional de la abogacía, o de la Judicatura, o de la
docencia universitaria, en Venezuela, no menor de 5 años continuos. El apoderado constituido
en la instancia que llene los requisitos exigidos no requerirá poder especial para tramitar el
recurso de casación.
LUGAR, TIEMPO Y MODO DE PRESENTACIÓN DEL
ESCRITO DE FORMALIZACIÓN.
Lugar: En el Tribunal que admitió
el recurso, si la consignación se
efectúa antes del envío del
expediente. En la secretaría de
la Sala de Casación Civil por
órgano de cualquier Juez que lo
autentique.
Tiempo: Cuarenta (40) días
continuos, que se empezaran a
contar inmediatamente después
de vencerse el plazo de 10 días
que se concede para el anuncio
del recurso, más el termino de
distancia entre Caracas y el lugar
del asiento del Tribunal.
Escrito de Formalización:
Debe hacerse directamente por
ante la Sala de Casación del
TSJ, sintetizado en un máximo
de tres 3 folios y su vuelto, en el
cual se expresen los argumentos
de derechos que motivan la
solicitud.
4. PERECIMIENTO DEL RECURSO
Si no se presenta el escrito de formalización, la Sala de Casación declarara perecido el
recurso, quedando firme la sentencia.
CONTESTACIO
N
Según el Art. 318 CPC, Si se consigna la formalización dentro del plazo de 40 días que para
ello se concede, la contraparte podrá, dentro de los veinte días siguientes, aportar por
escrito los argumentos que a su juicio contradigan los alegatos del formalizante.
REPLICA Y
CONTRAREPLI
CA
Si hubiere habido contestación a la formalización, las partes tienen las siguientes facultades:
=Replica del Recurrente, quien podrá responder a la contestación, dentro de los diez días
siguientes al vencimiento de los veinte que se conceden para contestar;
=Contrarréplica del Recurrido: Si el recurrente hiciese uso del derecho de réplica, el
impúgnate tendrá una última oportunidad, en los diez días siguientes, para formular su
contrarréplica. Art. 318. CPC
5. LA SENTENCIA DE
CASACIÓN
LAPSO PARA
LA SENTENCIA
Conforme al art. 319 del CPC, concluida la
sustanciación del recurso, la Corte Suprema de
Justicia tendrá un plazo de sesenta (60) días para
dictar su fallo sobre el recurso propuesto.
DECLARATORIA CON
LUGAR DEL RECURSO
DE CASACIÓN POR
DEFECTO DE ACTIVIDAD
Y POR INFRACCIÓN DE
LEY
Declaratoria con Lugar por infracciones
del Ord. 1 Art 313, la Corte deberá
abstenerse de conocer las otras
denuncias, decretar la nulidad y
reponer la causa al estado y momento
del suceso quebrantado.
6. Si no hubiese habido quebrantamiento de formas, el TSJ entra a conocer de la infracción de
ley o de fondo, según ord. 2 del Art 313 así:
a= Se pronunciara sobre ellas afirmativa o negativamente
b= Mediante análisis razonado
c= Establecerá cuales son las normas aplicables
d= Normas que debe acatar el juez de reenvío cuando dicte la nueva sentencia de fondo
CASACIÓN DE OFICIO, EFECTOS QUE PRODUCE LA
SENTENCIA DE CASACIÓN: REPOSICIÓN Y REENVÍO.
Según art 281 CPC, la sentencia de casación, se condenará en costas a quien
haya apelado de una sentencia que sea confirmada en todas sus partes.
Efectos que produce la sentencia por infracciones de forma: Nulidad y reposición,
remisión del expediente al Tribunal que deba decidir de nuevo el juicio.
Efectos que produce la sentencia por infracciones de fondo: el juez de reenvío se
limitará a dictar nueva sentencia acatando lo decidido por el TSJ (ART. 322).
Procede recurso de nulidad si el Juez no acata lo decidido por el TSJ.
7. CASACIÓN DE OFICIO. EFECTOS QUE PRODUCE LA
SENTENCIA DE CASACIÓN: REPOSICIÓN Y REENVÍO.
Según art 281 CPC, la sentencia de casación, se condenará en costas a quien
haya apelado de una sentencia que sea confirmada en todas sus partes.
Efectos que produce la sentencia por infracciones de forma: Nulidad y reposición,
remisión del expediente al Tribunal que deba decidir de nuevo el juicio.
Efectos que produce la sentencia por infracciones de fondo: el juez de reenvío se
limitará a dictar nueva sentencia acatando lo decidido por el TSJ (ART. 322).
Procede recurso de nulidad si el Juez no acata lo decidido por el TSJ.
DECLARATORIA SIN LUGAR DEL RECURSO. RECURSO DE
NULIDAD. CASACIÓN MÚLTIPLE
El art. 323 del CPC establece que Si el Juez de reenvío fallara contra lo decidido
por el TSJ , las partes interesadas podrán proponer recurso de nulidad contra la
nueva sentencia dentro de los diez (10) días siguientes a su publicación. Art. 323
8. CASACION MULTIPLE
Es aquella que permite, por la vía de una sucesión de recursos, que la causa vaya en
repetidas ocasiones a la Sala de Casación Civil.
No se podrán denunciar cuestiones que debieron ser objeto del recurso de nulidad.
9. BIBLIOGRAFÍA
LEY: CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL
LIBRO: La Casación Civil
AUTOR: Abreu B Alirio Y Mejia Arnal Luis Aquiles