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Fundamento Legal y
Conceptual de la
Planificación en
Colombia
1. Plan de Desarrollo
2. Marco Fiscal de Mediano plazo
3. Marco de Gasto de Mediano Plazo
4. Estatuto Presupuestal
5. Sistema Unificado de Inversión
Pública
Índice
1. Plan de Desarrollo
2. Marco Fiscal de Mediano plazo
3. Marco de Gasto de Mediano Plazo
4. Estatuto Presupuestal
5. Sistema Unificado de Inversión
Pública
Índice
Plan de
Desarrollo
Plan de
Acción
Documento
Conpes
MFMP
MGMP
Banco de
Proyectos
Proyecto
Instrumentos de la Planeación
Constitución Política de Colombia
Colombia cuenta con un marco
legal e institucional muy fuerte
en torno al ejercicio de
planificación, respaldado desde
la Constitución Política lo que lo
hace más fuerte y le otorga
mayor estabilidad
En la Constitución Política se
definen las estructuras y los
órganos de planeación encargados
de liderar el proceso.
Son múltiples las disposiciones constitucionales en las cuales se puede
identificar la relevancia otorgada a la planeación estatal:
Preámbulo (marco jurídico, democrático y participativo que garantice
un orden político, económico y social justo)
Título XII Del régimen económico y de la hacienda Pública.
Artículo 334 - Dirección general de la economía a cargo
del Estado.
Capítulo II - PLANES DE DESARROLLO.
Capítulo III – PRESUPUESTO.
Constitución Política de Colombia
Artículo 151
Contempla la existencia de un plan de
desarrollo y de inversiones de las entidades
públicas del orden nacional.
Artículo 339
Plan Nacional de Desarrollo y PTD. Parte
general: señalar propósitos y objetivos
nacionales de largo plazo, metas y
prioridades de acción de mediano plazo,
estrategias de política económica, social y
ambiental
Artículo 334
Economía a cargo del Estado
Acceso efectivo a bienes y servicios básicos
Constitución Política de Colombia
Artículo 340
Consejo Nacional (entidades territoriales,
sectores económicos, sociales, ecológicos,
comunitarios y culturales) y Consejos
Territoriales de Planeación
Artículo 342
Sistema de evaluación de gestión y de
resultados
Artículo 343
La correspondiente ley orgánica reglamentará
todo lo relacionado con los procedimientos
de elaboración, aprobación y ejecución de
los planes de desarrollo y dispondrá los
mecanismos apropiados para su armonización
y para la sujeción a ellos de los presupuestos
oficiales
Constitución Política de Colombia
Artículo 352
La Ley Orgánica de Presupuesto regulará
lo relacionado a la aprobación,
modificación y ejecución de los
presupuestos de la Nación, de las entidades
territoriales y de los entes descentralizados
de cualquier nivel administrativo, y su
coordinación con el plan de desarrollo.
Sistemas de evaluación de gestión y
resultados a nivel territorial
Artículo 344
Constitución Política de Colombia
•Autonomía
•Ordenación de competencias
•Coordinación
•Consistencia
•Prioridad del gasto público social
•Continuidad
•Participación
•Sustentabilidad Ambiental
•Desarrollo armónico de las Regiones
•Proceso de planeación
•Eficiencia
•Viabilidad
•Coherencia
•Conformación: Parte general y plan de inversiones
Ley orgánica.
•Reglamenta procedimientos de elaboración,
aprobación y ejecución de los planes de
desarrollo
•Dispone los mecanismos apropiados para
su armonización y para la sujeción a ellos de
los presupuestos oficiales.
• Determina la organización y funciones del
Consejo Nacional de Planeación y de los
consejos territoriales
•Determina los procedimientos conforme a
los cuales se hará efectiva la participación
ciudadana en la discusión de los planes de
desarrollo,
•Modificaciones correspondientes, conforme
a lo establecido en la Constitución
Principios de planeación
Ley 152 de 1.994, artículo 3º
Instancias de la Planificación
Ley 152 de 1.994, artículo 8
Ministerio de Hacienda y Crédito Público Departamento Nacional de Planeación
Consejo Superior de
política fiscal
• Inversión
• Ingresos
• Funcionamiento
• Deuda
• Participaciones
Org.
Rectores
Organismos
Ejecutores
Conpes Congreso de la República
Ministerios y Establecimientos Públicos
Rama Judicial, Organismos de control
Organismos
Aprobación
Empresas y Sociedades de economía mixta
Fuente: Sistema Presupuestal Colombiano. DIFP- DNP
Presidencia de la República
PROCESO PLAN NACIONAL
1. FORMULACIÓN Y
APROBACIÓN
ELABORACIÓN
CONSIDERACIÓN Y
APROBACIÓN
CONSULTA DEL
PROYECTO DEL PLAN A
MÁS TARDAR 15 DE
DICIEMBRE
APROBACIÓN DEL
PROYECTO DEFINITIVO
• Gobierno Nacional en cabeza del Presidente desde
su posesión
• Coordinación y apoyo técnico de las autoridades
de Planeación, proceso técnico y participativo
• Consejo Nacional de Política Económica y Social-
CONPES ampliado
• Consejo de Política Fiscal. CONFIS
• Consejo Nacional de Planeación debe conceptuar
y presentar recomendaciones, con copia al
Congreso
• Envío al Congreso por conducto del Ministerio de
Hacienda antes del 7 de febrero.
• Debate sesiones en plenaria de las comisiones
económicas de Senado y Cámara (Término de 45
días en cada sesión).
• Si no se aprueba en 3 meses, el Presidente lo hace
por Decreto.
Proceso de elaboración del Plan Nacional de Desarrollo, PND
Ley 152 de 1.994, artículo 13
PROCESO PLAN NACIONAL
2. EJECUCIÓN
3. EVALUACIÓN
• A través de los Planeas de
Acción de los Organismos
Públicos para los 4 años, con
Planeas Anuales de Inversión.
• Concepto del DNP y registro de
programas y proyectos de
inversión nacional.
Con base en el sistema de
evaluación, de gestión y
resultados que diseña y
organiza el DNP.
DNP informa al CONPES en abril
de cada año la ejecución
consolidada. El presidente
informa al Congreso al inicio de
cada legislatura.
Proceso
de
elaboración
Proceso de elaboración del PND
Ley 152 de 1.994, artículo 13
3
1
2
4
Discusión y Aprobación por el Congreso
Sanción Presidencial
MAYO JUNIO
Formulación Inicial
Elaboración ProyectoPND
NOVIEMBRE DICIEMBRE ENERO FEBRERO MARZO ABRIL
MAYO JUNIO JULIO AGOSTO SEPTIEMBRE OCTUBRE
Elaboración DNP: 6 meses desde posesión Presidente
Presentación Congreso: Máximo 7 febrero
Discusión Congreso: 3 meses
Ley: antes 7 mayo
Proceso de elaboración del PND
Ley 152 de 1.994, artículo 13
…”entidades territoriales, mediante sus organismos de
planeación, organizarán y pondrán en funcionamiento Bancos
de Programas y Proyectos y los sistemas de información que
los soportan”
Programa de Gobierno
Plan de Desarrollo
Planes de Acción
Presupuesto
Coordinación y
Coherencia
Creación Bancos de Proyectos Entidades Territoriales
Ley 152 de 1994, artículo 49
1. Plan de Desarrollo
2. Marco Fiscal de Mediano plazo
3. Marco de Gasto de Mediano Plazo
4. Estatuto Presupuestal
5. Sistema Unificado de Inversión
Pública
Índice
Marco Fiscal de Mediano Plazo, MFMP
Ley 819 de 2003
• El MFMP es un programa macroeconómico y fiscal del cual se derivan las metas
anuales de gasto público bajo la coordinación del Ministerio de Hacienda y la
participación del Departamento Nacional de Planeación.
• A través de este Marco, se presenta el cálculo del déficit fiscal y su financiación
• Define la meta de superávit primario consistente con una senda sostenible de
deuda pública.
• El MFMP incorpora:
− Un informe de resultados macroeconómicos y fiscales de la vigencia fiscal
anterior.
− Un informe pormenorizado de las vigencias futuras autorizadas y su evolución
en el tiempo.
− Una evaluación de las principales actividades cuasi-fiscales, gastos tributarios,
pasivos contingentes y el costo fiscal de las leyes sancionadas en la vigencia
fiscal anterior.
Programación a 10 años
Aprobado por el Congreso
1. Plan de Desarrollo
2. Marco Fiscal de Mediano plazo
3. Marco de Gasto de Mediano Plazo
4. Estatuto Presupuestal
5. Sistema Unificado de Inversión
Pública
Índice
• El MGMP es un proceso estratégico de proyección y priorización de gasto, a través
del cual las decisiones presupuestales anuales son conducidas por prioridades de
política y disciplinadas por una restricción de recursos de mediano plazo (MFMP).
• El MGMP es un ejercicio que:
i) Tiene en cuenta los programas establecidos en el Plan Nacional de Desarrollo
ii) comprende la totalidad del gasto (inversión, funcionamiento y servicio de la
deuda) y la articula a las prioridades de política;
iii) se desarrolla como parte del proceso de programación presupuestal anual;
iv) Fija techos por sectores, diferenciando entre políticas y programas de gasto
anteriores y nuevos; y
v) se renueva cada año, de tal modo que no se agota en el tiempo sino que se
actualiza de acuerdo con el desarrollo de la economía y la revisión de las
políticas de gobierno.
Marco de Gasto de Mediano Plazo, MGMP
Decretos 4730 de 2005 y 1957 de 2007
Techos Fiscales
Definición de la
política
estratégica y
prioritaria bajo
restricciones de
recursos
(reducciones o
expansiones)
Techos Sectoriales
Techos de gasto
por ministerio
Programación a 4 años
Aprobado por el CONPES
Integración de las
entidades de
planeación y
presupuestación
Marco de Gasto de Mediano Plazo, MGMP
Decretos 4730 de 2005 y 1957 de 2007
Articulación entre el Plan Nacional de Desarrollo, el MGFMP y el
MGMP
FUENTE: DNP
MFMP, MGMP Y PND
1. Plan de Desarrollo
2. Marco Fiscal de Mediano plazo
3. Marco de Gasto de Mediano Plazo
4. Estatuto Presupuestal
5. Sistema Unificado de Inversión
Pública
Índice
Estatuto Orgánico del Presupuesto, EOP
Decreto 111 de 1996
•Ley 38 de 1989 – Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la
Nación
•Ley 225 de 1995
Coherencia entre estatuto nacional y los estatutos territoriales
•Ley 179 de 1994
•Ejecución proyectos previo registro en banco de
proyectos
Pre. Ingresos Dispos. Generales Pres. Gastos
Programa Anual de Caja , PAC
Funcionamiento
Inversión
Servicio de la deuda
Programación anual
PRESUPUESTO
Sistema Presupuestal Colombiano
Decreto 111 de 1996
Estructura del estado desde el
ámbito presupuestal
Órganos que conforman el
Presupuesto General de la
Nación
Establecimientos públicos u
Organismos asimilados
Rama legislativa
Rama judicial
Ministerio público
Organización electoral
Rama ejecutiva del nivel
central
Órganos que no conforman el
Presupuesto General de la
Nación
Empresas industriales y
Comerciales del Estado
Sociedades de Economía
Mixta
Entes públicos sin ánimo de
lucro
Estructura del Estado desde el ámbito presupuestal
Decreto 111 de 1996
Presupuesto de Rentas
Funcionamiento
Servicio de la Deuda
Presupuesto de Gastos o Ley de
Apropiaciones
Disposiciones Generales
Nivel rentístico Aportes Nación Recursos Propios
Ingresos Corrientes 10 20
Recursos de capital 11
13
14
15
18
19
21
22
23
24
25
Rentas Parafiscales 17 27
Fondos Especiales 16 26
INVERSIÓN
SUBPROGRAMA
PROGRAMA
Composición del Presupuesto General de la Nación, PGN
Decreto 111 de 1996
• Está conformado por los proyectos de inversión clasificados por
sectores, órganos y programas.
• Éste se elabora con base en el Plan Financiero, el DNP en
coordinación con el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
• El POAI debe guardar concordancia con el Plan Nacional de
Inversiones.
• Una vez aprobado por el CONPES será remitido a la Dirección
General del Presupuesto Nacional para su inclusión en el Proyecto
de Presupuesto General de la Nación.
Programa Operativo Anual de Inversiones, POAI
Decreto 111 de 1996
1. Plan de Desarrollo
2. Marco Fiscal de Mediano plazo
3. Marco de Gasto de Mediano Plazo
4. Estatuto Presupuestal
5. Sistema Unificado de Inversión
Pública
Índice
Sistema Unificado de Inversión Pública, SUIP
Decreto 2844 de 2010, artículo 1º.
A través del Sistema Unificado de Inversión Pública se coordinarán
los procesos y operaciones que deben surtir las entidades a las
cuales aplica el presente decreto, para la formulación, evaluación
previa, registro, programación, ejecución, seguimiento y
evaluación posterior de los proyectos de inversión, con el
propósito de contar con la información necesaria para la adopción
de decisiones y presentación de informes asociados a la inversión
pública.
Sistema Unificado de Inversión Pública.
“..erogaciones susceptibles de causar réditos o de ser de algún modo
económicamente productivas, o que tengan cuerpo de bienes de
utilización perdurable, llamados también de capital por oposición a
los de funcionamiento, que se hayan destinado por lo común a
extinguirse con su empleo. Así mismo, aquellos gastos destinados a
crear infraestructura social.
La característica fundamental de este gasto debe ser que su
asignación permita acrecentar la capacidad de producción y
productividad en el campo de la estructura física, económica y
social…”
Gasto de Inversión
Decreto 4803 de 2010, artículo 39 literal c:
2
2
2
2
2
2
2
2
Presupuestación
1
1
1
1 Planeación
Banco de Proyectos
Proyecto
1
1
1
1
3 Ejecución
3 Ejecución
3 Ejecución
3 Ejecución
3 Ejecución
3 Ejecución
3 Ejecución
3 Ejecución
4
Seguimiento
Seguimiento y Evaluación
Expost
Ciclo de la Inversión Pública
Instrumento para la planeación que registra los
programas y proyectos de inversión pública
viables, previamente evaluados social, técnica,
ambiental y económicamente, susceptibles de
financiación con recursos del Presupuesto General de
la Nación…
Banco Nacional de Programas y Proyectos, BPIN
Decreto 2844 de 2010, artículo 8º
Banco de
Proyectos
Nacional
Bpin-
Suifp
Territorial Ssepi
Mecanismo para materializar los lineamientos de política establecidos en el plan
de desarrollo
Banco Territorial de Programas y Proyectos
Proyecto de inversión
Decreto 2844 de 2010, artículo 5º
Los proyectos de inversión pública contemplan
actividades limitadas en el tiempo, que utilizan total o
parcialmente recursos públicos, con el fin de crear,
ampliar, mejorar o recuperar la capacidad de
producción o de provisión de bienes o servicios por
parte del Estado
Atributos
Único
Temporal
Ámbito
geográfico
específico
Actividades
Objetivos
Beneficiarios
Contexto
Interdisciplinario
Proyecto de inversión
Atributos
Ciclo de los proyecto de inversión
Decreto 2844 de 2010, artículo 6
Es el período que inicia con la formulación del proyecto de
inversión pública y termina cuando el proyecto cumpla con los
objetivos y metas propuestas, cuando los análisis de
conveniencia de las entidades ejecutoras de los proyectos así lo
establezcan, o cuando se cancele el registro de los proyectos de
inversión de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 del
decreto 2844.
Idea
Perfil
Prefactibilidad
Factibilidad
Evaluación
Ex - ante
Impacto
Éxito ó fracaso
Nuevas
problemáticas
Diseño - Construcción
Ejecución
Bienes y servicios
PREINVERSIÓN
INVERSIÓN
OPERACIÓN Y
MANTEMIENTO
EVALUACIÓN
EXPOST
.……..Seguimiento……….
Ciclo de vida del proyecto
Papel del proyecto en la planificación del desarrollo
Herramienta neutral (elemento técnico)
Instrumento para reasignar recursos
Cumplen con objetivos Planes de
Desarrollo
Materializan mejores índices de
bienestar y desarrollo de las
comunidades
Éxito ejecución planes, depende
adecuada selección proyectos
Crecimiento economía: producción de
más y mejores bienes y servicios
Soporte Planes de Desarrollo
La mejor forma de formular y evaluar
proyectos: marco Plan
Planes de Desarrollo y Programas Sectoriales bien concebidos descansan sobre un catálogo
de proyectos que al ser formulados y sistematizados, pueden integrarse en los “bancos de
proyectos”
Formulación y evaluación
del proyecto
El proyecto debe ser formulado y
evaluado de manera exante en la
MGA3
Presentación del proyecto a
entidad que pertenezca al
PGN
El proyecto se debe presentar a
una entidad del PGN y debe ser
afín a la misión y actividades
desarrolladas por la entidad.
Migración del Proyecto
al SUIFP
Si el proyecto ha sido aprobado
por la entidad este debe ser
migrado al SUIP a través de la
interfaz de la MGA3.
Alistamiento del proyecto en el SUIFP
La entidad responsable del proyecto debe actualizar cada una
de las variables que no se encontraban en la MGA en el
SUIFP.
Una vez actualizado debe ser enviado para su aprobación por
parte de cada uno de los filtros de calidad que intervienen en
el SUIFP.
Revisión del proyecto por parte de
cada uno los filtros de calidad del
SUIFP
Control de formulación
Viabilidad
Control posterior de viabilidad
Procedimientos para el registro de proyectos en el Bpin
Decreto 2844 de 2010, artículos 9 a 14
CONTROL DE FORMULACIÓN VIABILIDAD CONTROL POSTERIOR DE
VIABILIDAD
Oficinas de Planeación de las
entidades del nivel nacional.
La competencia de la entidad ejecutora
para ejecutar el proyecto de inversión.
La pertinencia del proyecto y su grado
de asociación a la misión y al Plan de
Acción de la entidad ejecutora.
Los estándares técnicos y
metodológicos bajo los cuales fue
formulado el proyecto de inversión.
Oficinas de Planeación de las
entidades líderes sectoriales.
Si los proyectos se enmarcan dentro de
los lineamientos y estándares técnicos
delimitados dentro de su política
sectorial.
La generación de valor agregado de
proyecto de inversión para el desarrollo
del sector.
La viabilidad, consistencia, integralidad
y confiabilidad técnica y financiera de
los proyectos de inversión.
Direcciones Técnicas
del DNP
Consistencia técnica del
proyecto con ejercicios de
planeación como: PND, Conpes
y MGMP.
Articulación del proyecto con
políticas transversales.
Aseguramiento de la existencia
de los elementos necesarios
para llevar a cabo el
seguimiento al proyecto.
Proyecto de Inversión Pública
REGISTRO
DEL
PROYECTO
EN EL BPIN
Fecha limite optativa 31 de marzo Fecha límite por decreto 30 de abril Fecha límite por decreto 1 de
junio
Criterios
Procedimientos para el registro de proyectos en el Bpin
Decreto 2844 de 2010, artículos 9 a 14
Formulación y evaluación en
MGA (transmisión ficha EBI)
Gerente de Proyecto
Secretaria Sectorial
Radicación
(Revisión información
básica)
Banco de Proyectos
territorial
Viabilidad
Secretaria Sectorial
Control Posterior Viabilidad
Oficina de Planeación
entidad territorial
Registro
Banco de Proyectos
Procedimientos para el registro de proyectos los
Bancos de Proyectos Territoriales
Oportunidad del Registro
Decreto 2844 de 2010, artículo 16
Durante el transcurso del año se podrán registrar proyectos
de inversión en el Banco Nacional de Programas y Proyectos.
Para la elaboración del Plan Operativo Anual de Inversiones
sólo se tendrán en cuenta aquellos proyectos de inversión
que hayan sido registrados a más tardar el 1º de junio del año
anterior al que se está programando.
• Programación del proyecto de presupuesto
• Presentación del proyecto de presupuesto al
Congreso de la República
• Estudio del proyecto y aprobación por parte del
Congreso de la República
• Sanción de la Ley de PGN y expedición del Decreto
de liquidación del Presupuesto General de la Nación,
PGN
Proceso programación presupuesto
Decreto 111 de 1996
Formulación,
evaluación, Viabilidad y
Registro de Proyectos
BPIN
Comités técnicos y
sectoriales de gasto
Definición de techos de
gasto y elaboración
POAI
Aprobación POAI -
Conpes
Proyecto de Ley de
Presupuesto radicado
en el Congreso
Estudio Comisiones 3ª
y4ta
Aprobación del Monto
Aprobación comisiones
3ª y 4ta
Estudio plenarias
Senado y Cámara
Aprobación
Presupuesto en
Plenaria
LEY DE
PRESUPUESTO
Elaboración Decreto de
Liquidación
Firma y publicación
Decreto de Liquidación
29
de
julio
15
de
Julio
Abril,
Mayo
y
Junio
15
de
Sept.
20
de
Oct.
31
de
Dic.
2011
1
Ene.
–
1
Junio
30
de
Sept.
Pasos para la programación presupuestal de los proyectos de
inversión
Decreto 111 de 1996 y Decreto 2844 de 2010, artículos 18 al 23
$ 165.2 billones
Presupuesto General de la Nación 2012
Decreto 111 de 1996
SECTOR
Funto. Inversión Total Funto. Inversión Total Funto. Inversión Total Funto. Invesión Funto. Invesión
PROTECCIÓNSOCIAL 22.101 8.509 30.609 23.168 9.661 32.829 5% 14% 7% 27% 26% 25% 28%
TRANSPORTE 439 4.968 5.407 501 6.183 6.684 14% 24% 24% 1% 15% 1% 18%
ACCIÓNSOCIAL 628 2.944 3.573 955 2.985 3.940 52% 1% 10% 1% 9% 1% 9%
DEFENSAYSEGURIDAD 20.256 1.565 21.820 21.686 1.765 23.451 7% 13% 7% 24% 5% 24% 5%
MINASYENERGÍA 739 2.195 2.934 742 2.642 3.384 0% 20% 15% 1% 7% 1% 8%
AGRICULTURA 279 1.455 1.734 308 1.466 1.774 10% 1% 2% 0% 4% 0% 4%
AMBIENTE, VIVIENDAYD. T. 1.433 1.120 2.553 1.542 1.251 2.793 8% 12% 9% 2% 3% 2% 4%
PLANEACIÓN 82 1.049 1.131 104 1.058 1.162 27% 1% 3% 0% 3% 0% 3%
EDUCACIÓN 20.308 940 21.249 21.794 1.245 23.039 7% 32% 8% 24% 3% 24% 4%
HACIENDA 7.311 1.513 8.824 10.355 1.219 11.574 42% -19% 31% 9% 5% 11% 4%
INTERIORYJUSTICIA 5.908 736 6.644 5.695 755 6.450 -4% 2% -3% 7% 2% 6% 2%
COMUNICACIONES 520 775 1.295 786 977 1.762 51% 26% 36% 1% 2% 1% 3%
CIENCIAYTECNOLOGÍA 10 287 297 11 334 345 4% 16% 16% 0% 1% 0% 1%
CULTURA, DEPORTEYRECREACIÓN 133 275 408 147 244 391 11% -11% -4% 0% 1% 0% 1%
COMERCIO, INDUSTRIAYTURISMO 368 181 549 513 206 719 39% 14% 31% 0% 1% 1% 1%
FONDOSCALAMIDAD YADAPTACION 10 3.614 3.624 20 1.307 1.328 102% -64% -63% 0% 11% 0% 4%
RESTO 2.541 596 3.137 2.616 703 3.318 3% 18% 6% 3% 2% 3% 2%
TOTAL PGN 83.066 32.723 115.789 90.943 34.001 124.944 9% 4% 8% 100% 100% 100% 100%
Composición Sectorial de la Inversión 2011 - 2012
(Miles de millones de pesos)
2012
2011
2011 2012 Variación %2012 / 2011 Participacion %
Nota: 2011 aJunio con adición por emergenciainvernal.
Presupuesto General de la Nación 2012
Decreto 111 de 1996
Pasos para la ejecución de los proyectos de inversión
Decretos 2844 de 2010, artículos 24 al 26
Actualización de proyectos
• Para garantizar la
consistencia entre la
estructuración del proyecto
y la Ley de Presupuesto
con las vigencias futuras
Actualizaciones obligatorias
de los proyectos
• Ajuste de las condiciones
registradas en Bpin frente
a las apropiaciones de la
Ley Anual de Presupuesto
• Previa a la realización de
modificaciones a las
apropiaciones
presupuestales
• El proyecto de inversión se
extenderá a otras vigencias
fiscales y se espere recibir
recursos del Presupuesto
General de la Nación
Ajustes que implican la
formulación de un nuevo
proyecto
• Revisión y ajuste del
nombre del proyecto
• Modificación del objetivo
• Inclusión de nuevas
actividades que no sean
coherentes con el objetivo
Proceso de seguimiento a los proyectos de inversión, artículos 27 al 28
Decretos 3286 de 2004 y 2844 de 2010
• Indicadores y metas de gestión y producto
• Cronograma
• Regionalización
• Información Bpin y SIIF
• Permitirá conocer el estado del proyecto frente a los
objetivos definidos.
Variables
• Responsables: Entidades ejecutoras
• Periodicidad: Mensual
Reportes
SIIF: Sistema Integrado de Información Financiera
Acción
Social
-
2011
Sistema de Seguimiento a Proyectos de Inversión, SPI
Decretos 3286 de 2004 y 2844 de 2010
Evaluación posterior a los proyectos de inversión
Decreto 2844 de 2010, artículo 29
Se realizarán evaluaciones posteriores de los
proyectos de inversión que se requieran, de
acuerdo a los criterios definidos por el
Departamento Nacional de Planeación.
Metodología General Ajustada, Bpin, Ssepi
Resolución 806 de 2005
MGA
Guías
Sectoriales
Entidades
nacionales,
departamentales,
distritales,
municipales
BPIN
Entidades
nacionales
SSEPI
Entidades
territoriales
MGA: Metodología General Ajustada
BPIN: Banco Nacional de Programas y Proyectos
SSEPI: Sistema de Seguimiento y Evaluación de Proyectos
IDENTIFICACIÓN
Análisis de problemas
Análisis de
participantes
Análisis de objetivos
Análisis de
alternativas
PREPARACIÓN
Mercados
Legal
Técnico
Organizacional y
Técnico
Administrativo
Socioeconómico y
político
Ambiental
Financiero
Valoración de costos
y beneficios
financieros
Valoración de costos
y beneficios
económicos
Proyecciones
financieras
Proyecciones
económicas
EVALUACIÓN
Indicadores de
evaluación
financiera
Indicadores de
evaluación
económica
Análisis de Riesgos
Naturales
PROGRAMACIÓN
Programación
Física y financiera.
Establecimiento de
fuentes de
financiación
Selección de
indicadores y
programación de
metas
FICHA EBI
Caracterización
población objetivo
Esquema de formulación y evaluación de proyectos
Resolución 806 de 2005
Acceso a la Metodología General Ajustada
http://www.dnp.gov.co/PortalWeb/Políticasde
Estado/BancodeProgramasyProyectosdeInv
ersiónNal/ComponenteMetodológico.aspx
Metodología General Ajustada
La resolución 806 de 2005 establece que: “las
entidades nacionales, departamentales,
distritales y municipales deben diligenciar la
Metodología General Ajustada diseñada por el
DNP para la identificación, preparación y
evaluación de proyectos de inversión pública”.
Esquema de formulación y evaluación de proyectos
Resolución 806 de 2005
Proyecto
de
Inversión
Púbica
Asociación
con el PND
y planes
sectoriales
Concordan
cia con el
MGMP de la
entidad
Asociación
con
Políticas
Transversal
es
Elementos
suficientes
para llevar a
cabo
actividades
de
seguimiento
Relación
con los
objetivos y
metas de la
entidad
Criterios adicionales a tener en cuenta dentro del proceso de formulación de proyectos
de inversión pública:
Esquema de formulación y evaluación de proyectos
Resolución 806 de 2005
•Comprende todas las fases del proyecto: preinversión, inversión y operación
•Permite elaborar la programación de las inversiones (Poai).
Esquema de formulación y evaluación de proyectos
Resolución 806 de 2005
Visión
Plan de Gobierno
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Desarrollo
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Planes Indicativos /
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Programas
Proyectos
MFMP
(10 años)
PLAN FINANCIERO
POAI- PGN
(Anual)
Lógica de articulación de la Visión a la Práctica, de lo
Macro a lo Micro
Documento
CONPES
MGMP
(4 años)
MFMP
(10 años)
PLAN FINANCIERO
Dirección: Calle 26 No. 13-19 Piso 33 Edificio FONADE
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  • 1.
  • 2. Fundamento Legal y Conceptual de la Planificación en Colombia
  • 3. 1. Plan de Desarrollo 2. Marco Fiscal de Mediano plazo 3. Marco de Gasto de Mediano Plazo 4. Estatuto Presupuestal 5. Sistema Unificado de Inversión Pública Índice
  • 4. 1. Plan de Desarrollo 2. Marco Fiscal de Mediano plazo 3. Marco de Gasto de Mediano Plazo 4. Estatuto Presupuestal 5. Sistema Unificado de Inversión Pública Índice
  • 5. Plan de Desarrollo Plan de Acción Documento Conpes MFMP MGMP Banco de Proyectos Proyecto Instrumentos de la Planeación
  • 6. Constitución Política de Colombia Colombia cuenta con un marco legal e institucional muy fuerte en torno al ejercicio de planificación, respaldado desde la Constitución Política lo que lo hace más fuerte y le otorga mayor estabilidad En la Constitución Política se definen las estructuras y los órganos de planeación encargados de liderar el proceso.
  • 7. Son múltiples las disposiciones constitucionales en las cuales se puede identificar la relevancia otorgada a la planeación estatal: Preámbulo (marco jurídico, democrático y participativo que garantice un orden político, económico y social justo) Título XII Del régimen económico y de la hacienda Pública. Artículo 334 - Dirección general de la economía a cargo del Estado. Capítulo II - PLANES DE DESARROLLO. Capítulo III – PRESUPUESTO. Constitución Política de Colombia
  • 8. Artículo 151 Contempla la existencia de un plan de desarrollo y de inversiones de las entidades públicas del orden nacional. Artículo 339 Plan Nacional de Desarrollo y PTD. Parte general: señalar propósitos y objetivos nacionales de largo plazo, metas y prioridades de acción de mediano plazo, estrategias de política económica, social y ambiental Artículo 334 Economía a cargo del Estado Acceso efectivo a bienes y servicios básicos Constitución Política de Colombia
  • 9. Artículo 340 Consejo Nacional (entidades territoriales, sectores económicos, sociales, ecológicos, comunitarios y culturales) y Consejos Territoriales de Planeación Artículo 342 Sistema de evaluación de gestión y de resultados Artículo 343 La correspondiente ley orgánica reglamentará todo lo relacionado con los procedimientos de elaboración, aprobación y ejecución de los planes de desarrollo y dispondrá los mecanismos apropiados para su armonización y para la sujeción a ellos de los presupuestos oficiales Constitución Política de Colombia
  • 10. Artículo 352 La Ley Orgánica de Presupuesto regulará lo relacionado a la aprobación, modificación y ejecución de los presupuestos de la Nación, de las entidades territoriales y de los entes descentralizados de cualquier nivel administrativo, y su coordinación con el plan de desarrollo. Sistemas de evaluación de gestión y resultados a nivel territorial Artículo 344 Constitución Política de Colombia
  • 11. •Autonomía •Ordenación de competencias •Coordinación •Consistencia •Prioridad del gasto público social •Continuidad •Participación •Sustentabilidad Ambiental •Desarrollo armónico de las Regiones •Proceso de planeación •Eficiencia •Viabilidad •Coherencia •Conformación: Parte general y plan de inversiones Ley orgánica. •Reglamenta procedimientos de elaboración, aprobación y ejecución de los planes de desarrollo •Dispone los mecanismos apropiados para su armonización y para la sujeción a ellos de los presupuestos oficiales. • Determina la organización y funciones del Consejo Nacional de Planeación y de los consejos territoriales •Determina los procedimientos conforme a los cuales se hará efectiva la participación ciudadana en la discusión de los planes de desarrollo, •Modificaciones correspondientes, conforme a lo establecido en la Constitución Principios de planeación Ley 152 de 1.994, artículo 3º
  • 12. Instancias de la Planificación Ley 152 de 1.994, artículo 8 Ministerio de Hacienda y Crédito Público Departamento Nacional de Planeación Consejo Superior de política fiscal • Inversión • Ingresos • Funcionamiento • Deuda • Participaciones Org. Rectores Organismos Ejecutores Conpes Congreso de la República Ministerios y Establecimientos Públicos Rama Judicial, Organismos de control Organismos Aprobación Empresas y Sociedades de economía mixta Fuente: Sistema Presupuestal Colombiano. DIFP- DNP Presidencia de la República
  • 13. PROCESO PLAN NACIONAL 1. FORMULACIÓN Y APROBACIÓN ELABORACIÓN CONSIDERACIÓN Y APROBACIÓN CONSULTA DEL PROYECTO DEL PLAN A MÁS TARDAR 15 DE DICIEMBRE APROBACIÓN DEL PROYECTO DEFINITIVO • Gobierno Nacional en cabeza del Presidente desde su posesión • Coordinación y apoyo técnico de las autoridades de Planeación, proceso técnico y participativo • Consejo Nacional de Política Económica y Social- CONPES ampliado • Consejo de Política Fiscal. CONFIS • Consejo Nacional de Planeación debe conceptuar y presentar recomendaciones, con copia al Congreso • Envío al Congreso por conducto del Ministerio de Hacienda antes del 7 de febrero. • Debate sesiones en plenaria de las comisiones económicas de Senado y Cámara (Término de 45 días en cada sesión). • Si no se aprueba en 3 meses, el Presidente lo hace por Decreto. Proceso de elaboración del Plan Nacional de Desarrollo, PND Ley 152 de 1.994, artículo 13
  • 14. PROCESO PLAN NACIONAL 2. EJECUCIÓN 3. EVALUACIÓN • A través de los Planeas de Acción de los Organismos Públicos para los 4 años, con Planeas Anuales de Inversión. • Concepto del DNP y registro de programas y proyectos de inversión nacional. Con base en el sistema de evaluación, de gestión y resultados que diseña y organiza el DNP. DNP informa al CONPES en abril de cada año la ejecución consolidada. El presidente informa al Congreso al inicio de cada legislatura. Proceso de elaboración Proceso de elaboración del PND Ley 152 de 1.994, artículo 13
  • 15. 3 1 2 4 Discusión y Aprobación por el Congreso Sanción Presidencial MAYO JUNIO Formulación Inicial Elaboración ProyectoPND NOVIEMBRE DICIEMBRE ENERO FEBRERO MARZO ABRIL MAYO JUNIO JULIO AGOSTO SEPTIEMBRE OCTUBRE Elaboración DNP: 6 meses desde posesión Presidente Presentación Congreso: Máximo 7 febrero Discusión Congreso: 3 meses Ley: antes 7 mayo Proceso de elaboración del PND Ley 152 de 1.994, artículo 13
  • 16. …”entidades territoriales, mediante sus organismos de planeación, organizarán y pondrán en funcionamiento Bancos de Programas y Proyectos y los sistemas de información que los soportan” Programa de Gobierno Plan de Desarrollo Planes de Acción Presupuesto Coordinación y Coherencia Creación Bancos de Proyectos Entidades Territoriales Ley 152 de 1994, artículo 49
  • 17. 1. Plan de Desarrollo 2. Marco Fiscal de Mediano plazo 3. Marco de Gasto de Mediano Plazo 4. Estatuto Presupuestal 5. Sistema Unificado de Inversión Pública Índice
  • 18. Marco Fiscal de Mediano Plazo, MFMP Ley 819 de 2003 • El MFMP es un programa macroeconómico y fiscal del cual se derivan las metas anuales de gasto público bajo la coordinación del Ministerio de Hacienda y la participación del Departamento Nacional de Planeación. • A través de este Marco, se presenta el cálculo del déficit fiscal y su financiación • Define la meta de superávit primario consistente con una senda sostenible de deuda pública. • El MFMP incorpora: − Un informe de resultados macroeconómicos y fiscales de la vigencia fiscal anterior. − Un informe pormenorizado de las vigencias futuras autorizadas y su evolución en el tiempo. − Una evaluación de las principales actividades cuasi-fiscales, gastos tributarios, pasivos contingentes y el costo fiscal de las leyes sancionadas en la vigencia fiscal anterior. Programación a 10 años Aprobado por el Congreso
  • 19. 1. Plan de Desarrollo 2. Marco Fiscal de Mediano plazo 3. Marco de Gasto de Mediano Plazo 4. Estatuto Presupuestal 5. Sistema Unificado de Inversión Pública Índice
  • 20. • El MGMP es un proceso estratégico de proyección y priorización de gasto, a través del cual las decisiones presupuestales anuales son conducidas por prioridades de política y disciplinadas por una restricción de recursos de mediano plazo (MFMP). • El MGMP es un ejercicio que: i) Tiene en cuenta los programas establecidos en el Plan Nacional de Desarrollo ii) comprende la totalidad del gasto (inversión, funcionamiento y servicio de la deuda) y la articula a las prioridades de política; iii) se desarrolla como parte del proceso de programación presupuestal anual; iv) Fija techos por sectores, diferenciando entre políticas y programas de gasto anteriores y nuevos; y v) se renueva cada año, de tal modo que no se agota en el tiempo sino que se actualiza de acuerdo con el desarrollo de la economía y la revisión de las políticas de gobierno. Marco de Gasto de Mediano Plazo, MGMP Decretos 4730 de 2005 y 1957 de 2007
  • 21. Techos Fiscales Definición de la política estratégica y prioritaria bajo restricciones de recursos (reducciones o expansiones) Techos Sectoriales Techos de gasto por ministerio Programación a 4 años Aprobado por el CONPES Integración de las entidades de planeación y presupuestación Marco de Gasto de Mediano Plazo, MGMP Decretos 4730 de 2005 y 1957 de 2007
  • 22. Articulación entre el Plan Nacional de Desarrollo, el MGFMP y el MGMP FUENTE: DNP MFMP, MGMP Y PND
  • 23. 1. Plan de Desarrollo 2. Marco Fiscal de Mediano plazo 3. Marco de Gasto de Mediano Plazo 4. Estatuto Presupuestal 5. Sistema Unificado de Inversión Pública Índice
  • 24. Estatuto Orgánico del Presupuesto, EOP Decreto 111 de 1996 •Ley 38 de 1989 – Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la Nación •Ley 225 de 1995 Coherencia entre estatuto nacional y los estatutos territoriales •Ley 179 de 1994 •Ejecución proyectos previo registro en banco de proyectos
  • 25. Pre. Ingresos Dispos. Generales Pres. Gastos Programa Anual de Caja , PAC Funcionamiento Inversión Servicio de la deuda Programación anual PRESUPUESTO Sistema Presupuestal Colombiano Decreto 111 de 1996
  • 26. Estructura del estado desde el ámbito presupuestal Órganos que conforman el Presupuesto General de la Nación Establecimientos públicos u Organismos asimilados Rama legislativa Rama judicial Ministerio público Organización electoral Rama ejecutiva del nivel central Órganos que no conforman el Presupuesto General de la Nación Empresas industriales y Comerciales del Estado Sociedades de Economía Mixta Entes públicos sin ánimo de lucro Estructura del Estado desde el ámbito presupuestal Decreto 111 de 1996
  • 27. Presupuesto de Rentas Funcionamiento Servicio de la Deuda Presupuesto de Gastos o Ley de Apropiaciones Disposiciones Generales Nivel rentístico Aportes Nación Recursos Propios Ingresos Corrientes 10 20 Recursos de capital 11 13 14 15 18 19 21 22 23 24 25 Rentas Parafiscales 17 27 Fondos Especiales 16 26 INVERSIÓN SUBPROGRAMA PROGRAMA Composición del Presupuesto General de la Nación, PGN Decreto 111 de 1996
  • 28. • Está conformado por los proyectos de inversión clasificados por sectores, órganos y programas. • Éste se elabora con base en el Plan Financiero, el DNP en coordinación con el Ministerio de Hacienda y Crédito Público. • El POAI debe guardar concordancia con el Plan Nacional de Inversiones. • Una vez aprobado por el CONPES será remitido a la Dirección General del Presupuesto Nacional para su inclusión en el Proyecto de Presupuesto General de la Nación. Programa Operativo Anual de Inversiones, POAI Decreto 111 de 1996
  • 29. 1. Plan de Desarrollo 2. Marco Fiscal de Mediano plazo 3. Marco de Gasto de Mediano Plazo 4. Estatuto Presupuestal 5. Sistema Unificado de Inversión Pública Índice
  • 30. Sistema Unificado de Inversión Pública, SUIP Decreto 2844 de 2010, artículo 1º. A través del Sistema Unificado de Inversión Pública se coordinarán los procesos y operaciones que deben surtir las entidades a las cuales aplica el presente decreto, para la formulación, evaluación previa, registro, programación, ejecución, seguimiento y evaluación posterior de los proyectos de inversión, con el propósito de contar con la información necesaria para la adopción de decisiones y presentación de informes asociados a la inversión pública.
  • 31. Sistema Unificado de Inversión Pública.
  • 32. “..erogaciones susceptibles de causar réditos o de ser de algún modo económicamente productivas, o que tengan cuerpo de bienes de utilización perdurable, llamados también de capital por oposición a los de funcionamiento, que se hayan destinado por lo común a extinguirse con su empleo. Así mismo, aquellos gastos destinados a crear infraestructura social. La característica fundamental de este gasto debe ser que su asignación permita acrecentar la capacidad de producción y productividad en el campo de la estructura física, económica y social…” Gasto de Inversión Decreto 4803 de 2010, artículo 39 literal c:
  • 33. 2 2 2 2 2 2 2 2 Presupuestación 1 1 1 1 Planeación Banco de Proyectos Proyecto 1 1 1 1 3 Ejecución 3 Ejecución 3 Ejecución 3 Ejecución 3 Ejecución 3 Ejecución 3 Ejecución 3 Ejecución 4 Seguimiento Seguimiento y Evaluación Expost Ciclo de la Inversión Pública
  • 34. Instrumento para la planeación que registra los programas y proyectos de inversión pública viables, previamente evaluados social, técnica, ambiental y económicamente, susceptibles de financiación con recursos del Presupuesto General de la Nación… Banco Nacional de Programas y Proyectos, BPIN Decreto 2844 de 2010, artículo 8º
  • 35. Banco de Proyectos Nacional Bpin- Suifp Territorial Ssepi Mecanismo para materializar los lineamientos de política establecidos en el plan de desarrollo Banco Territorial de Programas y Proyectos
  • 36. Proyecto de inversión Decreto 2844 de 2010, artículo 5º Los proyectos de inversión pública contemplan actividades limitadas en el tiempo, que utilizan total o parcialmente recursos públicos, con el fin de crear, ampliar, mejorar o recuperar la capacidad de producción o de provisión de bienes o servicios por parte del Estado
  • 38. Ciclo de los proyecto de inversión Decreto 2844 de 2010, artículo 6 Es el período que inicia con la formulación del proyecto de inversión pública y termina cuando el proyecto cumpla con los objetivos y metas propuestas, cuando los análisis de conveniencia de las entidades ejecutoras de los proyectos así lo establezcan, o cuando se cancele el registro de los proyectos de inversión de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 del decreto 2844.
  • 39. Idea Perfil Prefactibilidad Factibilidad Evaluación Ex - ante Impacto Éxito ó fracaso Nuevas problemáticas Diseño - Construcción Ejecución Bienes y servicios PREINVERSIÓN INVERSIÓN OPERACIÓN Y MANTEMIENTO EVALUACIÓN EXPOST .……..Seguimiento………. Ciclo de vida del proyecto
  • 40. Papel del proyecto en la planificación del desarrollo Herramienta neutral (elemento técnico) Instrumento para reasignar recursos Cumplen con objetivos Planes de Desarrollo Materializan mejores índices de bienestar y desarrollo de las comunidades Éxito ejecución planes, depende adecuada selección proyectos Crecimiento economía: producción de más y mejores bienes y servicios Soporte Planes de Desarrollo La mejor forma de formular y evaluar proyectos: marco Plan Planes de Desarrollo y Programas Sectoriales bien concebidos descansan sobre un catálogo de proyectos que al ser formulados y sistematizados, pueden integrarse en los “bancos de proyectos”
  • 41. Formulación y evaluación del proyecto El proyecto debe ser formulado y evaluado de manera exante en la MGA3 Presentación del proyecto a entidad que pertenezca al PGN El proyecto se debe presentar a una entidad del PGN y debe ser afín a la misión y actividades desarrolladas por la entidad. Migración del Proyecto al SUIFP Si el proyecto ha sido aprobado por la entidad este debe ser migrado al SUIP a través de la interfaz de la MGA3. Alistamiento del proyecto en el SUIFP La entidad responsable del proyecto debe actualizar cada una de las variables que no se encontraban en la MGA en el SUIFP. Una vez actualizado debe ser enviado para su aprobación por parte de cada uno de los filtros de calidad que intervienen en el SUIFP. Revisión del proyecto por parte de cada uno los filtros de calidad del SUIFP Control de formulación Viabilidad Control posterior de viabilidad Procedimientos para el registro de proyectos en el Bpin Decreto 2844 de 2010, artículos 9 a 14
  • 42. CONTROL DE FORMULACIÓN VIABILIDAD CONTROL POSTERIOR DE VIABILIDAD Oficinas de Planeación de las entidades del nivel nacional. La competencia de la entidad ejecutora para ejecutar el proyecto de inversión. La pertinencia del proyecto y su grado de asociación a la misión y al Plan de Acción de la entidad ejecutora. Los estándares técnicos y metodológicos bajo los cuales fue formulado el proyecto de inversión. Oficinas de Planeación de las entidades líderes sectoriales. Si los proyectos se enmarcan dentro de los lineamientos y estándares técnicos delimitados dentro de su política sectorial. La generación de valor agregado de proyecto de inversión para el desarrollo del sector. La viabilidad, consistencia, integralidad y confiabilidad técnica y financiera de los proyectos de inversión. Direcciones Técnicas del DNP Consistencia técnica del proyecto con ejercicios de planeación como: PND, Conpes y MGMP. Articulación del proyecto con políticas transversales. Aseguramiento de la existencia de los elementos necesarios para llevar a cabo el seguimiento al proyecto. Proyecto de Inversión Pública REGISTRO DEL PROYECTO EN EL BPIN Fecha limite optativa 31 de marzo Fecha límite por decreto 30 de abril Fecha límite por decreto 1 de junio Criterios Procedimientos para el registro de proyectos en el Bpin Decreto 2844 de 2010, artículos 9 a 14
  • 43. Formulación y evaluación en MGA (transmisión ficha EBI) Gerente de Proyecto Secretaria Sectorial Radicación (Revisión información básica) Banco de Proyectos territorial Viabilidad Secretaria Sectorial Control Posterior Viabilidad Oficina de Planeación entidad territorial Registro Banco de Proyectos Procedimientos para el registro de proyectos los Bancos de Proyectos Territoriales
  • 44. Oportunidad del Registro Decreto 2844 de 2010, artículo 16 Durante el transcurso del año se podrán registrar proyectos de inversión en el Banco Nacional de Programas y Proyectos. Para la elaboración del Plan Operativo Anual de Inversiones sólo se tendrán en cuenta aquellos proyectos de inversión que hayan sido registrados a más tardar el 1º de junio del año anterior al que se está programando.
  • 45. • Programación del proyecto de presupuesto • Presentación del proyecto de presupuesto al Congreso de la República • Estudio del proyecto y aprobación por parte del Congreso de la República • Sanción de la Ley de PGN y expedición del Decreto de liquidación del Presupuesto General de la Nación, PGN Proceso programación presupuesto Decreto 111 de 1996
  • 46. Formulación, evaluación, Viabilidad y Registro de Proyectos BPIN Comités técnicos y sectoriales de gasto Definición de techos de gasto y elaboración POAI Aprobación POAI - Conpes Proyecto de Ley de Presupuesto radicado en el Congreso Estudio Comisiones 3ª y4ta Aprobación del Monto Aprobación comisiones 3ª y 4ta Estudio plenarias Senado y Cámara Aprobación Presupuesto en Plenaria LEY DE PRESUPUESTO Elaboración Decreto de Liquidación Firma y publicación Decreto de Liquidación 29 de julio 15 de Julio Abril, Mayo y Junio 15 de Sept. 20 de Oct. 31 de Dic. 2011 1 Ene. – 1 Junio 30 de Sept. Pasos para la programación presupuestal de los proyectos de inversión Decreto 111 de 1996 y Decreto 2844 de 2010, artículos 18 al 23
  • 47. $ 165.2 billones Presupuesto General de la Nación 2012 Decreto 111 de 1996
  • 48. SECTOR Funto. Inversión Total Funto. Inversión Total Funto. Inversión Total Funto. Invesión Funto. Invesión PROTECCIÓNSOCIAL 22.101 8.509 30.609 23.168 9.661 32.829 5% 14% 7% 27% 26% 25% 28% TRANSPORTE 439 4.968 5.407 501 6.183 6.684 14% 24% 24% 1% 15% 1% 18% ACCIÓNSOCIAL 628 2.944 3.573 955 2.985 3.940 52% 1% 10% 1% 9% 1% 9% DEFENSAYSEGURIDAD 20.256 1.565 21.820 21.686 1.765 23.451 7% 13% 7% 24% 5% 24% 5% MINASYENERGÍA 739 2.195 2.934 742 2.642 3.384 0% 20% 15% 1% 7% 1% 8% AGRICULTURA 279 1.455 1.734 308 1.466 1.774 10% 1% 2% 0% 4% 0% 4% AMBIENTE, VIVIENDAYD. T. 1.433 1.120 2.553 1.542 1.251 2.793 8% 12% 9% 2% 3% 2% 4% PLANEACIÓN 82 1.049 1.131 104 1.058 1.162 27% 1% 3% 0% 3% 0% 3% EDUCACIÓN 20.308 940 21.249 21.794 1.245 23.039 7% 32% 8% 24% 3% 24% 4% HACIENDA 7.311 1.513 8.824 10.355 1.219 11.574 42% -19% 31% 9% 5% 11% 4% INTERIORYJUSTICIA 5.908 736 6.644 5.695 755 6.450 -4% 2% -3% 7% 2% 6% 2% COMUNICACIONES 520 775 1.295 786 977 1.762 51% 26% 36% 1% 2% 1% 3% CIENCIAYTECNOLOGÍA 10 287 297 11 334 345 4% 16% 16% 0% 1% 0% 1% CULTURA, DEPORTEYRECREACIÓN 133 275 408 147 244 391 11% -11% -4% 0% 1% 0% 1% COMERCIO, INDUSTRIAYTURISMO 368 181 549 513 206 719 39% 14% 31% 0% 1% 1% 1% FONDOSCALAMIDAD YADAPTACION 10 3.614 3.624 20 1.307 1.328 102% -64% -63% 0% 11% 0% 4% RESTO 2.541 596 3.137 2.616 703 3.318 3% 18% 6% 3% 2% 3% 2% TOTAL PGN 83.066 32.723 115.789 90.943 34.001 124.944 9% 4% 8% 100% 100% 100% 100% Composición Sectorial de la Inversión 2011 - 2012 (Miles de millones de pesos) 2012 2011 2011 2012 Variación %2012 / 2011 Participacion % Nota: 2011 aJunio con adición por emergenciainvernal. Presupuesto General de la Nación 2012 Decreto 111 de 1996
  • 49. Pasos para la ejecución de los proyectos de inversión Decretos 2844 de 2010, artículos 24 al 26 Actualización de proyectos • Para garantizar la consistencia entre la estructuración del proyecto y la Ley de Presupuesto con las vigencias futuras Actualizaciones obligatorias de los proyectos • Ajuste de las condiciones registradas en Bpin frente a las apropiaciones de la Ley Anual de Presupuesto • Previa a la realización de modificaciones a las apropiaciones presupuestales • El proyecto de inversión se extenderá a otras vigencias fiscales y se espere recibir recursos del Presupuesto General de la Nación Ajustes que implican la formulación de un nuevo proyecto • Revisión y ajuste del nombre del proyecto • Modificación del objetivo • Inclusión de nuevas actividades que no sean coherentes con el objetivo
  • 50. Proceso de seguimiento a los proyectos de inversión, artículos 27 al 28 Decretos 3286 de 2004 y 2844 de 2010 • Indicadores y metas de gestión y producto • Cronograma • Regionalización • Información Bpin y SIIF • Permitirá conocer el estado del proyecto frente a los objetivos definidos. Variables • Responsables: Entidades ejecutoras • Periodicidad: Mensual Reportes SIIF: Sistema Integrado de Información Financiera
  • 51. Acción Social - 2011 Sistema de Seguimiento a Proyectos de Inversión, SPI Decretos 3286 de 2004 y 2844 de 2010
  • 52. Evaluación posterior a los proyectos de inversión Decreto 2844 de 2010, artículo 29 Se realizarán evaluaciones posteriores de los proyectos de inversión que se requieran, de acuerdo a los criterios definidos por el Departamento Nacional de Planeación.
  • 53. Metodología General Ajustada, Bpin, Ssepi Resolución 806 de 2005 MGA Guías Sectoriales Entidades nacionales, departamentales, distritales, municipales BPIN Entidades nacionales SSEPI Entidades territoriales MGA: Metodología General Ajustada BPIN: Banco Nacional de Programas y Proyectos SSEPI: Sistema de Seguimiento y Evaluación de Proyectos
  • 54. IDENTIFICACIÓN Análisis de problemas Análisis de participantes Análisis de objetivos Análisis de alternativas PREPARACIÓN Mercados Legal Técnico Organizacional y Técnico Administrativo Socioeconómico y político Ambiental Financiero Valoración de costos y beneficios financieros Valoración de costos y beneficios económicos Proyecciones financieras Proyecciones económicas EVALUACIÓN Indicadores de evaluación financiera Indicadores de evaluación económica Análisis de Riesgos Naturales PROGRAMACIÓN Programación Física y financiera. Establecimiento de fuentes de financiación Selección de indicadores y programación de metas FICHA EBI Caracterización población objetivo Esquema de formulación y evaluación de proyectos Resolución 806 de 2005
  • 55. Acceso a la Metodología General Ajustada http://www.dnp.gov.co/PortalWeb/Políticasde Estado/BancodeProgramasyProyectosdeInv ersiónNal/ComponenteMetodológico.aspx Metodología General Ajustada La resolución 806 de 2005 establece que: “las entidades nacionales, departamentales, distritales y municipales deben diligenciar la Metodología General Ajustada diseñada por el DNP para la identificación, preparación y evaluación de proyectos de inversión pública”. Esquema de formulación y evaluación de proyectos Resolución 806 de 2005
  • 56. Proyecto de Inversión Púbica Asociación con el PND y planes sectoriales Concordan cia con el MGMP de la entidad Asociación con Políticas Transversal es Elementos suficientes para llevar a cabo actividades de seguimiento Relación con los objetivos y metas de la entidad Criterios adicionales a tener en cuenta dentro del proceso de formulación de proyectos de inversión pública: Esquema de formulación y evaluación de proyectos Resolución 806 de 2005
  • 57. •Comprende todas las fases del proyecto: preinversión, inversión y operación •Permite elaborar la programación de las inversiones (Poai). Esquema de formulación y evaluación de proyectos Resolución 806 de 2005
  • 58. Visión Plan de Gobierno Plan Nacional de Desarrollo Planes Sectoriales Planes Indicativos / Institucionales Programas Proyectos MFMP (10 años) PLAN FINANCIERO POAI- PGN (Anual) Lógica de articulación de la Visión a la Práctica, de lo Macro a lo Micro Documento CONPES MGMP (4 años) MFMP (10 años) PLAN FINANCIERO
  • 59. Dirección: Calle 26 No. 13-19 Piso 33 Edificio FONADE Teléfono: 3815000 Extensiones: 3333 y 3336 Página web: www.dnp.gov.co Link: Programas, Inversiones y Finanzas Públicas Correo electrónico: webbpin@dnp.gov.co Sagrario Forero Gil Correo electrónico: sforero@dnp.gov.co