5. HITOS EN LA REGULACIÓN
RESOLUCIÓN CREG No. 091 de 2007 - Por la cual se establecen las metodologías
generales para remunerar las actividades de generación, distribución y comercialización
de energía eléctrica, y las fórmulas tarifarias generales para establecer el costo unitario
de prestación del servicio público de energía eléctrica en Zonas No Interconectadas.
- Reglas conformación y remuneración de las ASES.
- Cargos regulados de Generación (diésel, PCH, híbridos), Distribución,
Comercialización.
- Se incluye en la formula tarifaria la remuneración de la actividad de monitoreo.
- Régimen de libertad regulada en tarifas – deber de publicidad.
- Transición ZNI al SIN
6. HITOS EN LA REGULACIÓN
RESOLUCIÓN MME No. 182138 de 2007 - Por la cual se expide el Procedimiento para otorgar
subsidios del sector eléctrico en las Zonas No Interconectadas.
- Ámbito de aplicación: ZNI excepto las ASE.
- Subsidio: diferencia entre el CU ZNI y la tarifa del SIN mas cercano en los periodos base.
- Consumos básicos de subsistencia: aplica el de SIN. UPME puede expedir uno para ZNI.
- Consumos subsidiable a localidades de mas de 300 usuarios subsidiables: hasta 24 horas.
- Consumos subsidiable a localidades de menos de 300 usuarios subsidiables:
- Medición y facturación del consumo en localidades de menos de 100 usuarios subsidiables:
aplica la figura de medición y facturación comunitaria, se debe medir a la salida de las
maquinas.
- Se debe cumplir con reporte a SUI para giro.
7. HITOS EN LA REGULACIÓN
RESOLUCIÓN CREG No. 038 DE 2018 - Por la cual se regula la actividad de autogeneración
en las zonas no interconectadas y se dictan algunas disposiciones sobre la generación
distribuida en las zonas no interconectadas.
- Contenido mínimo del contrato de conexión (excepto auto generadores con potencia instalada
menor o igual a 100 kW)
- Condiciones de conexión deberán sujetarse a Códigos y Reglamentos vigentes.
- Estándar técnico para disponibilidad del sistema, sistema de información de distribuidores,
información de disponibilidad en la red.
- Solicitud de conexión
- Obligaciones de autogeneradores y distribuidores en ZNI relativas a la actividad de
autogeneración
- Condiciones y procedimientos para la conexión.
- Condiciones para la medición de autogeneradores.
- Comercialización de energía.
8. HITOS EN LA REGULACIÓN
RESOLUCIÓN CREG No. 166 de 2020 - Por la cual se define una tarifa transitoria para el
servicio de energía eléctrica en las Zonas No Interconectadas.
- Tarifa expedida mediante el uso de facultades de estado de emergencia.
- Centrada en la sostenibilidad de los SISFV financiados con recursos públicos.
- Cu = G + Gaom + C. todos valores constantes. Misma tarifa a nivel nacional.
RESOLUCIÓN MME No. 40296 de 2020 – define otorgamiento de subsidios para el servicio
público de energía eléctrica en las Zonas No Interconectadas – ZNI mediante Soluciones
Individuales Solares Fotovoltaicas con potencia mayor a 500Wp.
- Subsidio centrado en la sostenibilidad de inversiones públicas.
- Incluye definición de procedimiento ante el FSSRI.
9. REGULACIÓN EN CONSTRUCCIÓN
SISFV - RESOLUCIÓN CREG No. 137 de 2020 – Consulta - Por la cual se define la fórmula
tarifaria general para establecer la remuneración de la prestación del servicio de energía
eléctrica mediante Soluciones Individuales Solares Fotovoltaicas
- Tarifa expedida con las normas tradicionales.
- La remuneración del servicio depende de la disponibilidad.
- Se avanza en el entendimiento de la dinámica de la inversión privada.
- Ajustes a la consulta:
- Circular 040 de 2021 – (julio) - Publicación para comentarios del estudio: “desarrollo de
un modelo de cálculo para la determinación del costo eficiente de la prestación del
servicio de energía eléctrica a través de la atención a usuarios mediante soluciones
aisladas centralizadas o individuales”. – actualiza costos de equipos y vidas útiles.
- Resolución CREG 701 001 - 2022 (enero) – incluye un modelo de costos de logística a
nivel de municipio. Incluye unidades constructivas.
- Circular 051 de 2022 – (julio) – Tarifa aprobada por la Comisión. Enviada a la SIC.
10. REGULACIÓN EN CONSTRUCCIÓN
SISFV - RESOLUCIÓN MME xxxxxx de 2022 – Consulta - Por la cual se define el subsidio a la
prestación del servicio público de energía eléctrica mediante soluciones individuales solares
fotovoltaicas en las Zonas No Interconectadas – ZNI y se deroga la resolución 40296 de 2020.
- Sobre la identificación de usuarios beneficiarios.
- Se subsidia sólo un rango de Nivel de servicio de los SISFV: cantidad mínima de energía
equivalente mensual que podría consumir el usuario se encuentre entre 50 y 96 kilovatios
hora al mes (kWh/mes).
- Se requiere de un consumo mínimo por el usuario: 30%.
- El prestador del servicio debe acreditar su idoneidad, capacidad financiera y experiencia.
- El prestador del servicio debe garantizar la prestación del servicio por 10 años.
Calculo del subsidio:
𝑆𝑆𝑐𝑐𝑐𝑐,𝑒𝑒,𝑁𝑁𝑁𝑁𝑁𝑁 = �
𝑖𝑖=−𝑛𝑛
𝑚𝑚−1
�
𝑘𝑘
𝐷𝐷𝑘𝑘,𝑖𝑖 × 𝐴𝐴𝐴𝐴𝐴𝐴𝐴𝐴𝑖𝑖 + �
𝑗𝑗
𝐼𝐼𝑗𝑗,𝑖𝑖 × 𝐼𝐼𝐼𝐼𝑗𝑗,𝑖𝑖 − �
𝑖𝑖
𝑚𝑚
𝐸𝐸𝑘𝑘,𝑖𝑖 ∗ 𝑇𝑇𝑒𝑒,𝑖𝑖 ∗ 𝐹𝐹𝐶𝐶𝑐𝑐𝑐𝑐
11. REGULACIÓN EN CONSTRUCCIÓN
SISFV - RESOLUCIÓN CREG No. 137 de 2020 – Consulta - Por la cual se define la fórmula
tarifaria general para establecer la remuneración de la prestación del servicio de energía
eléctrica mediante Soluciones Individuales Solares Fotovoltaicas
- Tarifa expedida con las normas tradicionales.
- La remuneración del servicio depende de la disponibilidad.
- Se avanza en el entendimiento de la dinámica de la inversión privada.
Ajustes a la consulta:
- Circular 040 de 2021 – (julio) - Publicación para comentarios del estudio: “desarrollo de
un modelo de cálculo para la determinación del costo eficiente de la prestación del
servicio de energía eléctrica a través de la atención a usuarios mediante soluciones
aisladas centralizadas o individuales”. – actualiza costos de equipos y vidas útiles.
- Resolución CREG 701 001 - 2022 (enero) – incluye un modelo de costos de logística a
nivel de municipio. Incluye unidades constructivas.
- Circular 051 de 2022 – (julio) – Tarifa aprobada por la Comisión. Enviada a la SIC.
12. REGULACIÓN EN CONSTRUCCIÓN
RESOLUCIÓN CREG No. 701 007 de 2022 – Consulta - Por la cual se establece el reglamento
aplicable a la prestación del servicio de energía eléctrica en las zonas no interconectadas y se
dictan otras disposiciones.
- Requisitos para prestar el servicio en general y por actividad. Requisitos de retiro.
- Esquemas diferenciales de prestación del servicio aplicables a las ZNI.
- Obligaciones generales de los prestadores y por actividad.
- Expansión de cobertura a cargo del distribuidor de las ZNI.
- Reglas de operación: planeación operativa, programa de generación, supervisión y monitoreo
del sistema de distribución, coordinación de la operación, coordinación de maniobras.
- Conexión: condiciones, requisitos de solicitud, procedimiento, estudio de conexión, pruebas
para puesta en operación.
- Sistemas de medición: equipos, tipos de puntos de medida, requisitos del sistema, registro y
lectura por el CNM:
- Calidad: indicadores por actividad, incluye prestación por fotovoltaicos.
- Transición ZNI – SIN
13. REGULACIÓN EN CONSTRUCCIÓN
RESOLUCIÓN CREG No. 701 005 de 2022 – Consulta - Por la cual se definen los principios y
procedimientos que deben cumplir los comercializadores para la celebración de contratos de
energía eléctrica destinados a atender usuarios en Zonas No Interconectadas.
- Contratos de compraventa de energía mediante convocatorias públicas en las ZNI.
- Principios generales de la contratación.
- Comportamiento esperado y responsabilidades de los comercializadores en las convocatorias.
- Procedimiento general de convocatorias.
- Requisitos mínimos de los contratos resultantes de las convocatorias.
RESOLUCIÓN CREG No. 701 006 de 2022 – Consulta - Por la cual se limita de manera
transitoria la duración máxima de los contratos de compra de energía que suscriban los
comercializadores para la atención de usuarios en Zonas No Interconectadas.
- Se expiden normas transitorias sobre la duración de los contratos actuales para preparar la
entrada en uso de las convocatorias.
14. REGULACIÓN EN CONSTRUCCIÓN
Ley 2099 de 2021:
- Art. 26 - Giro directo al representante de frontera comercial en interconexiones.
- Art. 27 - giro directo de subsidios a generador con FNCE.
- Art. 32 – sobre el Centro nacional de Monitoreo CNM y la actividad de servicio de seguimiento
y monitoreo de los activos de generación y distribución de las ZNI.
- Art. 35 – Sobre los requisitos de idoneidad, capacidad financiera y experiencia que deben
demostrar los prestadores que se comprometan a garantizar la sostenibilidad de los activos
financiados con recursos públicos.
- Art. 41 – Fonenergía.