El documento resume la contratación actual de los servicios de salud para el magisterio en Colombia. Explica que el régimen especial de salud para docentes no tiene copagos ni cuotas moderadoras y ofrece atención completa sin restricciones. Además, detalla la distribución regional de los contratos de salud para 2012 y el presupuesto asignado a cada región.
2. CONTRATACION ACTIAL DE LA SALUD
DEL MAGISTERIO
ENRIQUE CONTRERAS CADENA
SEC. PRESTACIONES SOCIALES Y ENTES TERRITORIALES
ROSALBA GÓMEZ VÁSQUEZ
REPRESENTANTE DEL MAGISTERIO ANTE EL CONSEJO DIRECTIVO DEL FOMAG
NANCY RICARDO GUZMÁN
FUNCIONARIA DE LA FEDERACIÓN COLOMBIANA DE EDUCADORES FECODE
FECODE 2
3. RÉGIMEN ESPECIAL
El régimen especial de salud para el magisterio,
excepcionado de la Ley 100, tiene estas características
básicas:
No hay copagos ni cuotas moderadoras para la atención o
tratamiento de los docentes afiliados al FNPSM o de sus
beneficiarios.
Atención y tratamiento de todo tipo de patologías sin
restricción y sin periodos mínimos de cotización para los
docentes afiliados al FNPSM y sus beneficiarios
FECODE 3
4. EL RÉGIMEN ESPECIAL DE SALUD DEL MAGISTERIO
EN COLOMBIA
Es un Plan Integral que involucra en primera
instancia y como razón fundamental, a los
docentes afiliados al Fondo Nacional de
Prestaciones Sociales del Magisterio y sus
Beneficiarios, atendiéndolos mediante un
conjunto de beneficios de cobertura nacional, a
través de contratistas habilitados para tal fin y
seleccionados bajo el cumplimiento de altos
estándares de calidad.
FECODE 4
6. LEY 91 DE 1989
Creó el Fondo Nacional de Prestaciones sociales del
Magisterio, en cuyo articulo 3º, determino que su naturaleza
jurídica es la de «una cuenta especial de la Nación, con
independencia patrimonial, contable y estadística, sin
personería jurídica, cuyos recursos serán manejados por
una entidad fiduciaria estatal o de economía mixta, en la
cual el Estado tenga más del 90% del capital. Para tal efecto,
el Gobierno Nacional suscribirá el correspondiente contrato
de fiducia mercantil, que contendrá las estipulaciones
necesarias para el debido cumplimiento de la presente
Ley».
FECODE 6
7. Articulo 5º
Efectuar el pago de las prestaciones sociales del
personal docente afiliado.
Garantizar la prestación de los servicios médico
asistenciales, para lo cual contratará en cada entidad
territorial la prestación de dichos servicios.
Llevar los registros contables y estadísticos para
determinar el estado de los aportes y el estricto control
del uso de los recursos y constituir una base de datos
de docentes afiliados, con el fin de cumplir todas las
obligaciones que en materia prestacional deba asumir
el Fondo, que además pueda ser usada para consolidar
la nómina y preparar el presupuesto en el Ministerio de
Hacienda y Crédito Público.
Velar por que los empleadores (Entidades Territoriales
y/ o la Nación) cumplan en forma oportuna con los
aportes que le corresponden y transfiera los aportes de
los docentes.
Velar para que las entidades deudoras del Fondo,
cumplan oportunamente con el pago de O D Esus FEC 7
obligaciones.
8. Articulo 7º de la misma normatividad señala que el Consejo directivo tendrá las
siguientes funciones:
Determinar las políticas generales de administración e inversión de los
recursos del Fondo, velando siempre
por su seguridad, adecuado manejo y óptimo rendimiento.
Analizar y recomendar las entidades con las cuales celebrará los contratos
para el funcionamiento del Fondo.
Velar por el cumplimiento y correcto desarrollo de los objetivos del Fondo.
Determinar la destinación de los recursos y el orden de prioridad conforme
al cual serán atendidas las prestaciones sociales frente a la disponibilidad
financiera del Fondo, de tal manera que se garantice una distribución
equitativa de los recursos.
Revisar el presupuesto anual de ingresos y gastos del Fondo y remitirlo al
Gobierno Nacional para efecto de adelantar el trámite de su aprobación.
Las demás que determine el Gobierno Nacional.
FECODE 8
9. LEGISLACION CONTRATACIÓN SERVICIOS EN SALUD
Ley 100 de 1993, articulo 279,
estableció que el Sistema Integral de
Seguridad Social en Salud no se
aplicara a los afiliados al Fondo
Nacional de Prestaciones Sociales del
Magisterio.
FECODE 9
12. POBLACIÓN DE SALUD
Usuarios 2011
Docentes y Usuario 2012 son
Pensionados 400.700 867.547
* Informe Fondo Nacional de Prestaciones
Beneficiarios 517.354 Sociales del Magisterio, 20 de junio de
2012.
Total 918.124
* Informe Fondo de Prestaciones
FECODE 12
13. CONTRATOS DE SERVICIOS MEDICO
2010 2011 2012
745.884.638.901 835.276.369.220 975.533.975.270
Este presupuesto incluye P Y P (Promoción y
Prevención). El incremento para el año 2012 fue del
10%.
FECODE 13
14. VALOR DE LA NÓMINA
Pensionados a 31 de diciembre de 2011 132.980
Nómina Maestros Activos 2012
Valor de la Nómina 9.065.923.568.484
Nómina Docentes Pensionados 2012
Nomina pensional 3.733.644.384.778
FECODE 14
15. APORTES PARA SALUD
Nomina Valor Porcentaje Total
Nomina pensional 3.733.644.384.778 12% 448.037.326.173
Valor de la Nómina
con factores 9.065.923.568.484
Salariales 8,5% 770.603.503.321
Valor de la Nómina
4%
con factores 9.065.923.568.484
Salariales 362.636.942.739
Total
1.581.277.772.233
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16. ATENCIÓN A PADRES DE DOCENTES
CASADOS Y/O CON HIJOS
En Cumplimiento del acuerdo del Consejo Directivo el día 10 de Marzo, en
donde se establecieron las directrices para la incorporación al régimen de
salud del magisterio de los padres de docentes casados y/o con hijos, que no
se encuentren pensionados y dependan económicamente del docente, dando
así cumplimiento a lo establecido por la honorable Corte Constitucional en la
sentencia T-015 de 2006, se informa a los docentes interesados en el tema los
siguientes puntos:
1. El servicio médico asistencial ofrecido tendrá las mismas coberturas
actuales, la atención médica no requerirá copagos, ni cuotas moderadoras ni
periodos de carencia.
2. El docente interesado en la prestación de servicio de sus padres, deberá
autorizar el descuento vía nómina del valor fijo mensual que corresponderá al
grupoetáreo al cual pertenezcan cada uno de sus padres.
FECODE 16
17. ATENCIÓN A PADRES DE DOCENTES CASADOS Y/O CON HIJOS
Año 2012
Grupo Rango de edad Zona normal Zona especial * Grandes ciudades **
1 Menores de 1 año $ 163.517 $ 177.346 $ 171.814
2 De 1 a 4 años $ 69.632 $ 74.073 $ 72.297
3 De 5 a 14 años $ 40.739 $ 42.291 $ 41.670
4 De 15 a 18 años Hombres $ 40.011 $ 41.489 $ 40.898
5 De 15 a 18 años Mujeres $ 48.590 $ 50.926 $ 49.991
6 De 19 a 44 años Hombres $ 51.535 $ 54.171 $ 53.114
7 De 19 a 44 años Mujeres $ 74.034 $ 78.916 $ 76.963
8 De 45 a 49 años $ 73.505 $ 78.333 $ 76.402
9 De 50 a 54 años $ 86.803 $ 92.960 $ 90.498
10 De 55 a 59 años $ 100.498 $ 108.026 $ 105.015
11 De 60 a 64 años $ 122.099 $ 131.787 $ 127.912
12 De 65 a 69 años $ 145.728 $ 157.779 $ 152.959
13 De 70 a 74 años $ 169.827 $ 184.288 $ 178.504
14 De 75 años y mayores $ 206.936 $ 225.106 $ 217.837
* Zona especial: Amazonas, Arauca, Casanare, Caquetá, Chocó, Guajira, Guainía, Guaviare, Meta, Putumayo, San
Andrés y Providencia, Sucre, Vaupés, Vichada y región de Urabá. Excepto las ciudades de Arauca, Florencia,
Riohacha, Sincelejo, Villavicencio y Yopal.
** Grandes ciudades: Bogotá, Cali, Medellín, Barranquilla y los municipios conurbanos con estas: Soacha, Bello, Itagüí
Envigado, Sabaneta y Soledad
FECODE 17
18. ESTADÍSTICAS DEL NUMERO DE AFILIADOS
POR RANGOS DE EDAD
RANGO DE EDAD DOCENTES
Menores a 30 años 35.687
Entre 30 y 40 años 84.531
Entre 40 y 50 años 108.660
Entre 50 y 60 años 92.058
Mayores de 60 años 14.299
Total 335.235
El numero de pensionados retirados con corte a Mayo 28 de 2011 corresponde
a 71.113
FECODE 18
20. SERVICIOS MÉDICO ASISTENCIALES PROCESO
SELECCIÓN LP-FNPSM-003 DE 2011
WWW.FOMAG.GOV.CO LINK RED DE SERVICIOS NUEVA
CONVOCATORIA
Apreciados Docentes y Beneficiarios afiliados al Fondo
Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio
Fiduprevisora S.A., se permite informar que a partir del 1 de
Mayo del año 2012 comienza la nueva contratación de
servicios en el Territorio Nacional el cual quedo distribuido de
la siguiente manera:
NUEVA DISTRIBUCION DE LAS REGIONES PROCESO DE
SELECCIÓN LP-FNPSM-003 DE 2011
FECODE 20
21. INICIO DE CONTRATOS MAYO 1 DEL AÑO 2012
RED
REGIÓN CONTRATISTA DEPARTAMENTOS ESTADO
OFERTADA
Unión Temporal HUILA
Magisterio Sur No. CAQUETA Ver+ Red
1 PUTUMAYO DESIERTA: Los servicios serán contratados a través de
1 ________________ contratación directa por un término de 3 meses hasta nueva
CAUCA
convocatoria
NARIÑO Ver+ Red
UT. del Sur
Occidente 3 VALLE DEL CAUCA
AMAZONAS
CASANARE
CUNDINAMARCA CONTRATADA
GUAINIA
www.mediasociados.com.col
Unión Temporal GUAVIARE
2 Medicol Salud 2012 META
Dirección: Carrera 17 No. 32-18
TOLIMA Ver+ Red
Teléfonos: 2858297 – 2693797
VAUPES
VICHADA
BOGOTA DISTRITO
Ver+ Red
CAPITAL
ATLANTICO Ver+ Red
BOLIVAR Ver+ Red
CONTRATADA
Unión Temporal del CORDOBA Ver+ Red
dirmedica_magisterioatl@clinicageneraldelnorte.com
3 Norte Región 3 MAGDALENA Ver+ Red
Dirección: Carrera 48 No. 70 - 38
SAN ANDRES Y
Ver+ Red Teléfono: 3564455
PROVIDENCIA
SUCRE Ver+ Red
ANTIOQUIA Ver+ Red
Unión Temporal CALDAS Ver+ Red CONTRATADA
Magisterio Región 4
4 CHOCO Ver+ Red Contacto:
QUINDIO Ver+ Red atusuariosUTmagisterioReg4@fundamep.com
RISARALDA Ver+ Red
CONTRATADA
Línea Nacional: 01 8000 935544
Pagina web: www.utorienteregion5.com
Unión Temporal
Contacto: info@utorienteregion5.com
5 Oriente Región 5 ARAUCA Ver+ Red
atencionalusuario@utorienteregion5.com
Sede Central Bucaramanga
Carrera 37 Nº 52 – 31
FECODE 21
Teléfono: 6439419.
22. PRESUPUESTO OFICIAL
El presupuesto oficial por Región, para el Proceso de Selección es:
REGION VALOR $
1 609,000,000,000
2 668,000,000,000
3 632,000,000,000
4 604,000,000,000
5 556,000,000,000
Total 3.069.000.000.000
FECODE 22
23. REGIÓN CONTRATISTA DEPARTAMENTOS Usuarios
1 Unión Temporal Huila, Caquetá, Putumayo, Cauca, Nariño
Magisalud 2 y Valle del Cauca. 168.207
2 Unión Temporal Amazonas, Casanare, Cundinamarca,
Medicol Salud Guainía, Guaviare, Meta, Tolima, Vaupés, 194.529
2012 Vicha da y Bogotá.
3 Unión Temporal Atlántico, Bolívar, Córdoba, Magdalena,
del Norte Región 3 San Andrés y Providencia, Sucre. 180.198
4 Unión Temporal Antioquia, Caldas, Choco, Quindío y
Magisterio Región Risaralda. 166.721
4
5 Unión Temporal Arauca, Boyacá, Cesar, Guajira, Norte de
Oriente Región 5 Santander y Santander. 157.892
TOTAL AFILIADOS 867.547
FECODE 23
24. EXCLUSIONES
Tratamientos de infertilidad. Entiéndase como los tratamientos y exámenes
cuyo fin único y esencial sea el embarazo y la procreación.
Tratamientos y medicamentos relacionados con la disfunción sexual masculina
y femenina.
Tratamientos considerados estéticos, cosméticos o suntuarios y los no
encaminados a la restitución de la funcionalidad perdida por enfermedad.
Todos los tratamientos quirúrgicos y medicamentos considerados
experimentales o los no autorizados por las sociedades científicas debidamente
reconocidas en el país, así se realicen y suministren por fuera del territorio
Nacional.
Se excluyen expresamente todos los tratamientos médico quirúrgicos realizados
en el exterior.
Tratamientos de ortodoncia.
Tratamientos de rehabilitación oral.
Tratamientos con Prótesis Dentales.
Medicamentos y procedimientos derivados de la atención por medicina
Alternativa
Calzado Ortopédico.
Los pañales de niños y adultos
FECODE 24
25. EXCLUSIONES
Se excluyen todos los medicamentos no autorizados por el INVIMA o el ente
regulador correspondiente. Exceptuando los incluidos en el decreto 481 del 2004
(medicamentos vitales no disponibles)
Tratamientos para la obesidad, con fines estéticos, entendiéndose en estos las
intervenciones de todo tipo que no sean indicadas para el tratamiento de la obesidad
mórbida o los encaminados a restituir la funcionalidad endocrina de acuerdo a las
Guías de Atención que se establezcan por el Ministerio de Salud o la Sociedad
Científica.
El contratista no podrá formular o suministrar medicamentos cuya comercialización
haya sido suspendida por una autoridad competente a nivel nacional.
No se suministrarán artículos suntuarios, cosméticos, complementos vitamínicos
(excepto los relacionados con los Programas de Promoción y Prevención)
líquidos para lentes de contacto, tratamientos capilares, champús, jabones, leches,
cremas hidratantes, anti solares, drogas para la memoria o impotencia sexual,
edulcorantes o sustitutos de la sal, anorexígenos, enjuagues bucales, cremas
dentales, cepillo y seda dental. Los anti solares y cremas hidratantes serán cubiertas
cuando sean necesarios para el tratamiento de la patología integral del paciente.
.
FECODE 25
26. COMPARATIVO PLIEGO CONDICIONES
Convocatoria 001 -08 Convocatoria 003 -11
Cobertura de transporte para acompañante Se adiciona la cobertura de transporte para
acompañante en caso de pacientes altamente
para menores de 15 años discapacitados
Modelo de Auditoria Médica. Centralizado en Modelo de Auditoria Médica tercerizada. Cada
región contará con auditoría contratada por
Bogotá, con dos (2) regiones con auditor in situ Fiduprevisora
Regionalización : nueve (9) Regionalización : cinco (5)
Contratación: dos (2) años Contratación: cuatro (4) años
Pago por capitación: mes vencido Pago por capitación: mes
Reembolso de actividades por fuera de la red Explicito en el Pliego: Fiduprevisora reembolsa
a usuarios cuando el contratista no lo realiza
susceptible al criterio del contratista. (pertinencia)
Susceptible por el contratista el traslado Explicito el no traslado hospitalizados en red
ofertada que garantiza la totalidad de servicios
hospitalizados requeridos
FECODE 26
28. ACCIONES DE SALUD OCUPACIONAL DE LAS ENTIDADES
PRESTADORAS DEL SERVICIO DE SALUD AL MAGISTERIO
COLOMBIANO
Plan de capacitación.
La entidad debe establecer un plan de salud ocupacional en donde
incluya las siguientes actividades:
• Capacitación en Salud Ocupacional. La capacitación se hará en
primera instancia a las y los docentes directivos (red de
vigilancia).
• Los programas de salud ocupacional con sus cronogramas y
metas.
FECODE 28
29. ACCIONES DE MEDICINA LABORAL
Las entidades prestadoras del servicio de salud médico
asistencial deberán establecer:
Conformar por lo menos un “comité de vigilancia de salud
ocupacional” así:
• Un representante de la secretaría de educación que es su
presidente.
• Un representante de los maestros quien será el secretario.
• Un representante de la entidad médica prestadora de los
servicios de salud.
Sus funciones serían similares a las establecidas en el sistema
general de Seguridad Social para los COPASOS.
FECODE 29
30. DIRECTIVOS DE LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS:
• Conocer el Programa de Salud Ocupacional y facilitar la
implementación del mismo en su establecimiento educativo.
• Participar activamente en las reuniones de los Comités de
Vigilancia Epidemiológica en Salud Ocupacional (COVISOS) y
aquellas que se programen para tratar temas relacionados con
la salud y seguridad de los docentes.
• Implementar los planes de intervención generados en los
programas y la aplicación de herramientas para el control de
riesgos en su establecimiento educativo.
• Conocer y analizar los desarrollos y resultados obtenidos
como parte de la ejecución del programa de salud ocupacional
en su establecimiento educativo.
FECODE 30
31. • Promover una actitud positiva en todos los docentes a su
cargo hacia la Seguridad
y la Salud.
• Verificar el cumplimiento de las normas de Salud Ocupacional
establecidas.
• Asegurar que cada uno de los docentes de su establecimiento
educativo conozca y sea capacitado en los usos y propiedades
de los materiales, herramientas y equipos que manejan, así
como los riesgos inherentes a la actividad docente, las medidas
de control y de prevención, y las condiciones de riesgo del
lugar de trabajo.
• Favorecer las condiciones y promover la participación de los
docentes en actividades educativas relacionadas con salud
ocupacional, seguridad industrial y medio ambiente.
FECODE 31
33. CONCEPTOS BASICOS
EL CONTROL SOCIAL ES UNA FORMA DE
PARTICIPACIÓN QUE LE PERMITE A LOS CIUDADANOS
TENER ACCESO A LA INFORMACIÓN DE MANERA
OPORTUNA Y GENERAR PROPUESTAS DE
MEJORAMIENTO DEL ENTORNO.
FECODE 33
34. PARTICIPACIÓN CIUDADANA
Es un derecho fundamental que permite de manera
colectiva o individual incidir en los procesos, programas,
planes y proyectos que afectan la vida económica, política
o social del País.
FECODE 34
35. PRINCIPIOS DE LA PARTICIPACIÓN
La participación como veedores de los servicios médicos asistenciales del
magisterio, se fundamenta en los siguientes principios:
Democracia
Hace referencia a que todos los usuarios, incluidas las personas beneficiarias,
con igual posibilidad, podrán ser veedores.
Gratuidad
En este principio se consagra el derecho y el deber de la persona a la
participación. Por lo tanto el ejercicio de su derecho no permite exigir ni recibir
retribución de ningún tipo.
Actitud positiva y propositiva
Se busca una participación constructiva en la que prime el interés conjunto,
donde lo importante es que las cosas se hagan en beneficio de todos.
Horizontabilidad
No hay jerarquía y por lo tanto ninguno tiene poder sobre o sobre los usuarios.
FECODE 35
36. VEEDURÍAS CIUDADANAS
Son una forma de control social.
Es el mecanismo democrático de REPRESENTACIÓN que
le permite a los ciudadanos ejercer vigilancia sobre la
gestión a entidades públicas o privadas encargadas de la
ejecución de un programa, proyecto o prestación de un
servicio público.
FECODE 36
37. FUNDAMENTO LEGAL
La constitución política de 1991 abre las puertas a un
estado social de derecho, creando espacios de
participación ciudadana.
Confiere al estado la obligación de promocionar y capacitar
a las asociaciones con el objeto que constituyan
mecanismos de participación ciudadana.
FECODE 37
38. FUNDAMENTO LEGAL
• Ley 134 de 1994, dicta normas sobre participación ciudadana.
• Ley 850 de 2003, reglamenta las veedurías ciudadanas.
• Ley 472 de 1998, desarrolla el artículo 88 de la constitución política
en
• relación con las acciones populares.
• Acuerdo 142 de 2005, adopta mecanismos de apoyar y promover
las
• veedurías ciudadanas.
• Ley 100 de 1993, establece las veedurías comunitarias en salud.
• Ley 489 de 1998, establece el plan de formación de veedores.
FECODE 38
39. FORMAS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA
• El voto.
• El plebiscito.
• El referendo.
• La consulta popular.
• El cabildo abierto.
• La iniciativa popular.
FECODE 39
40. MECANISMOS JURÍDICOS PARA OBTENER
INFORMACIÓN
• Derecho de Petición (art 23 Constitución Política).
• Acción Popular, Consagrada en el artículo 88 de la CPC y se
desarrolla en la ley 472 de 1998.
• Acción de Tutela.
• Acción de Cumplimiento.
FECODE 40
42. VEEDURIA EN SALUD
En los términos de la ley 850 de 2003 pueden
constituir veeduría ciudadana todos los ciudadanos
en forma plural o a través de organizaciones civiles,
comunitarias, profesionales, sindicales.
La veeduría de los servicios médico asistenciales, se
constituye en un espacio de participación social para
todos los afiliados al Fondo Nacional de Prestaciones
Sociales del Magisterio y sus beneficiarios.
FECODE 42
44. 1.EL VEEDOR DE LA SALUD
Es una persona Usuaria quien de manera voluntaria y
solidaria desea trabajar por la salud de sus compañeros y
familiares mediante la vigilancia de la prestación de los
servicios contratados, la calidad de los mismos y el
cumplimiento de los deberes y derechos de los usuarios.
FECODE 44
45. PERFIL DEL VEEDOR
El perfil del Veedor debe incorporar cualidades y principios
como: voluntad, compromiso, responsabilidad, disponibilidad
de dedicar tiempo, conocimiento, objetividad, iniciativa y
transparencia.
FECODE 45
46. 2. FUNCIONES DEL VEEDOR
Servir de canal de información.
Es la persona clave en el Municipio para recibir y transmitir información
entre los usuarios, con el contratista, el prestador y el Comité Regional.
Con los usuarios:
• Canalizar hacia la Oficina de Información y Atención al Usuario-SIAU,
inquietudes y quejas que se presenten frente a la prestación de los
servicios.
• Dar respuestas que estén a su alcance.
• Orientar en el trámite y la utilización de los servicios.
FECODE 46
47. FUNCIONES DEL VEEDOR
Con el contratista o prestador:
Adelantar conversaciones para llegar a acuerdos tendientes a la
solución de problemas que haya detectado o conocido a través de otros
usuarios y/o a través de la vigilancia directa en la prestación del
servicio. Informar al SIAU.
FECODE 47
48. En General:
• Vigilar por el cumplimiento de la prestación de los servicios contratados
en el municipio.
• Verificar las condiciones y atributos con que se están prestando los
servicios como: Accesibilidad, oportunidad, calidad humana, entre
otros. Para esto debe conocer el plan de beneficios, las coberturas, la
red y diligenciar los instrumentos respectivos que le permiten hacer una
evaluación objetiva de estos.
• Promover el USO RACIONAL DE LOS SERVICIOS.
• Fomentar comportamientos responsables frente a la salud del usuario,
la de su grupo familiar y en general de la colectividad.
FECODE 48
49. Para ejercer las funciones y actividades descritas, El
Veedor cuenta con:
El apoyo técnico y operativo del SIAU (Servicio de
Información y Atención al Usuario).
El respaldo y la colaboración de los directivos de la entidad.
El apoyo y soporte de los Comités Regionales.
Con los sindicatos del magisterio y la Federación
Colombiana de Educadores FECODE
FECODE 49
50. 3. PAUTAS PARA EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES DE
UN COMITÉ O GRUPO DE VEEDURÍA.
Luego de conformados los comités de veeduría de los servicios médico
asistenciales, inician su gestión para la cual se recomienda:
Obtener información y conocer las necesidades, expectativas y
dificultades o problemas que tengan los Usuarios sobre los servicios de
salud.
Con base en ese conocimiento, definir las prioridades de veeduría.
Diligenciar los instrumentos respectivos de acuerdo a un cronograma.
De acuerdo con los hallazgos dar un concepto objetivo sobre la
prestación de los servicios.
FECODE 50
51. De acuerdo con las situaciones encontradas y a la complejidad de éstas el
Veedor debe dirigir sus inquietudes, sugerencias y/o propuestas de
manera secuencial así:
• Con los proveedores a nivel municipal.
• A las Oficina Atención al Usuario, Coordinadores Médicos.
• Directivas de la entidad contratista (Coordinadora Regional de atención
al usuario, Dirección Regional Programa de Calidad, Director Médico
Regional,Gerente).
• Comités Regionales.
• Fiduprevisora.
FECODE 51
52. COMITES REGIONALES
Creados por Decreto 2831 de 2005, por el
cual de reglamenta el artículo 7 de la ley
91 de 1989.
En cada entidad territorial certificada
existirá un comité regional integrado por:
FECODE 52
53. COMITES REGIONALES
El Secretario de educación o su delegado.
El jefe de personal de la respectiva secretaría.
Un representante de los rectores.
Un representante de la unión sindical de
educadores con el mayor número de afiliados en la
entidad territorial.
FECODE 53
54. COMITES REGIONALES
Funciones
Presentar ante el FNPSM recomendaciones para
implementación de políticas en materia de prestación de
servicios de salud.
Presentar anualmente al FNPSM un informe sobre la
calidad de la prestación de servicios de salud.
FECODE 54
55. FIDUPREVISORA S.A.
PROGRAMA DE SALUD DEL MAGISTERIO Y AUDITORIA DE LA GSS
VEEDORES: MAPA DE SERVICIOS (I. V1)
Objetivo: Verificar los servicios que se prestan en el municipio y determinar el
cumplimiento frente a los presentados en la Oferta Técnica.
REGIÓN: ____________ DEPARTAMENTO: ______________________
MUNICIPIO: ____________
CONTRATISTA: ___________________ FECHA: ________________
Se entiende la RED DE SERVICIOS DE SALUD como un conjunto de unidades prestadoras o
productoras de Servicios de Salud, articuladas entre sí, ubicadas cada una de ellas en un espacio
poblacional concreto, con diferente capacidad de resolución, apoyadas en normas de operación, en
sistemas de información, comunicación, transporte, insumos, recursos logísticos, de tal forma que en
su conjunto proporcionen la respuesta adecuada a las necesidades de salud de la población usuaria
del programa de salud del FNPSM.
PERIODICIDAD: SEMESTRAL
CONS. CONS ATENC. HOSPI LAB. RADIO SUMIN. CONS. CONS. TERA OTROS QUIMIO CIRUG. U.C.I
MUNICIPIOS MED ODON. URG. TALIZA CLINIC LOGIA MEDI- MED. ODON PIAS EXAM RADIO ALTA
GRAL. GRAL ZACION CAMEN. ESPEC. ESPEC. ESPEC. TERAP. COMPL.
VEEDOR RESPONSABLE DEL DILIGENCIAMIENTO: __________________________FIRMA
________ _________
FECODE 55
56. FECODE RECOMIENDA
• Que en cada institución exista un veedor de salud.
• Que exista una comisión de veeduría en cada municipio, que rinde a
su vez un informe mensual a la comisión de veeduría departamental
• Comisión de veeduría departamental que rinda un informe mensual
a la Junta Directiva Sindical del departamento
• A las filiales FECODE recomienda que envíen un informe mensual
sobre la situación de salud en sus respectivos departamentos.
• Estos informes deben estar soportados con la debida
documentación firmadas por los docentes que tienen contratiempo
con el servicio de salud.
• Recomendamos también que las veedurías municipales y
departamentales participen de las auditoria médicas.
FECODE 56