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DE PELILEO
Comisión de Fútbol
PELILEO – ECUADOR
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REGLAMENTO PARA EL CAMPEONATO
INTERNO DE FUTBOL 2016
DE LOS OBJETIVOS:
Art. 1.- Liga Deportiva Cantonal de Pelileo, y la Comisión de Fútbol,
organizan el presente Campeonato de Fútbol, en base de los siguientes
objetivos:
a) Integrar, mejorar e incentivar el desarrollo físico y mental del ser
humano, en especial de las categorías formativas.
b) Procurar un sano esparcimiento y real competencia entre los
clubes participantes.
c) Incentivar en el deportista la práctica del deporte, como expresión
de acercamiento espiritual y fraterno.
d) Propender al descubrimiento de nuevos valores o talentos en el
campo netamente amateur, garantizando la recreación de
nuestros deportistas.
e) Se propenderá a mantener lo que dispone el artículo 381 de la
Constitución de la República del Ecuador, específicamente a que
el Estado protegerá, promoverá, coordinará la cultura física que
comprende el deporte, la educación física, la recreación y otros.
f) El presente Reglamento tiene el objetivo principal el de fomentar,
proteger el sistema deportivo, en la recreación para mejorar la
condición física de toda la población contribuyendo, así a la
consecución del buen vivir, enfocada a la práctica del deporte que
debe ser libre y voluntaria, principios básicos que deben
manejarse sin discriminación alguna, a través de la gestión de los
ciudadanos que promueva y priorice al ser humano a través de las
autonomías y la práctica del deporte, mismos que están enfocados
en los artículos 1, 2,3,4,5,6 y 11 de la Ley del Deporte, Educación
Física y Recreación.
DE LA ORGANIZACIÓN:
Art. 2.- El presente Campeonato, es organizado y controlado por la
Comisión de Fútbol y abalizado por Liga Deportiva Cantonal de Pelileo.
Art. 3.- La Comisión de Fútbol, está integrada por: Presidente,
Vicepresidente, Secretario, Tesorero, tres vocales principales, tres
vocales suplentes, y un Delegado de Liga Deportiva Cantonal de Pelileo,
quienes durarán en sus funciones por el período de dos años, y estarán
sujetos a lo siguiente:
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a) Cualquier miembro de la Comisión de Fútbol que no asista a dos
sesiones consecutivas y 3 sesiones distintas injustificadas,
quedará automáticamente fuera de sus funciones, el secretario
certificará éste particular y se notificará mediante oficio del cese
de sus funciones.
b) En ausencia del señor Presidente, asumirá el señor
Vicepresidente, en ausencia del vicepresidente asumirá el primer
vocal, y así sucesivamente, y en ausencia de cualquier vocal
principal, asumirán los vocales suplentes en orden de
designación.-
c) Los justificativos para evitar la sanción del literal a), se
presentarán mediante oficio a la Comisión de Fútbol y de ser
posible con los medios probatorios correspondientes.-
d) Si el delegado designado por Liga Deportiva Cantonal de Pelileo a
la Comisión de fútbol no asistiere a 3 sesiones de forma
consecutiva o indistintamente, la Comisión de Fútbol comunicará
de dicho inconveniente al Presidente de Liga Cantonal mediante
oficio para que tome las medidas correctivas urgentes.
Art. 4.- Para las actuaciones, decisiones y sanciones que se tomen
dentro de la Comisión de Fútbol tendrán voz y voto el Vicepresidente y
los tres Vocales Principales, el señor Presidente tendrá voto dirimente,
tanto el secretario como el Delegado de Liga Deportiva Cantonal podrán
intervenir en las deliberaciones con derecho a voz pero no a voto.-
El quorum Reglamentario para la instalación de la sesión será de la
mitad más uno de los miembros de la Comisión de Fútbol con derecho a
voto.-
Art. 5.- Son deberes y atribuciones de la Comisión de fútbol:
a. Cumplir y hacer cumplir el presente Reglamento.
b. Velar por el normal desarrollo del presente campeonato a fin de
dar fiel cumplimiento a los objetivos de éste Reglamento.
c. Coordinar el Campeonato de Fútbol Interno 2016 de Liga Deportiva
Cantonal de Pelileo.
d. Elaborar el calendario total, el mismo que será entregado a los
clubes participantes.
e. Dirigir el Congresillo Técnico para el perfeccionamiento y
aprobación del presente Reglamento, conjuntamente con el
Directorio de Liga Deportiva Cantonal de Pelileo.
f. Establecer oficialmente las tablas de posiciones en todas las
categorías.
g. Suspender temporalmente el campeonato por causas
debidamente justificadas.
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h. Juzgar y sancionar todos los actos que menoscabaren el espíritu
deportivo, el espectáculo, la integridad física y moral de las
personas, el respeto de quienes intervienen en una competencia o
partido de fútbol y la incorrecta aplicación de las reglas de juego.
i. En el ámbito de su competencia y con las excepciones previstas
en éste Reglamento, la Comisión de Fútbol juzgará y sancionará
de oficio, cualquier infracción prevista y sancionada en éste
Reglamento.
j. Los demás deberes y atribuciones administrativas que señalen los
estatutos y reglamentos vigentes.
DE LAS SESIONES:
Art 6.- Las sesiones de la Comisión de Futbol de Liga Deportiva Cantonal
de Pelileo, serán ordinarias y extraordinarias. Las sesiones ordinarias se
realizarán, los días lunes a las 19h00, en el Edificio de Liga Deportiva
Cantonal de Pelileo, para estudiar, analizar, resolver, aprobar y juzgar
obligatoriamente las actas de juego. Las sesiones extraordinarias se
realizarán cuantas veces sean necesarias para resolver asuntos de
sanciones que conlleven verificaciones y otros asuntos para la buena
marcha del presente campeonato.
Art. 7.- El Tesorero de la Comisión de Fútbol de manera obligatoria
presentará un informe económico en forma trimestral ante la Comisión
de Fútbol, informe que tendrá el sustento legal correspondiente, y que es
en relación a los dineros que reciben y que consta en el Art. 98 de éste
Reglamento, en caso de incumplimiento recibirá la sanción económica
de $20,00 (veinte dólares).
Art. 8.- El señor o la señora Tesorero(a) de Liga Deportiva Cantonal de
Pelileo, presentará en la sesión ordinaria correspondiente de la
Comisión de Fútbol, un informe mensual sobre los ingresos y egresos
económicos del presente campeonato, relacionados con el cobro de
carnets, tarjetas amarillas, doble amarilla, rojas y multas por sanciones
impuestas por la comisión.-
DE LAS INSCRIPCIONES Y REQUISITOS
Art. 9.- Las inscripciones de los equipos, se receptarán de forma
ordinaria en la Oficina de Liga Deportiva Cantonal de Pelileo, de martes
a viernes de 09h00 a 13h00 y de 15h00 a 19h00 y los sábados de 08H00 a
14H00, desde el día Martes 22 de Marzo del 2016 hasta el día Sábado 23
de Abril del 2016, en todas las categorías de manera impostergable, a
excepción de las categorías formativas y Senior Femenino.
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Art. 10.- Cada Club podrá inscribir a sus jugadores tomando en cuenta
los siguientes aspectos y requisitos:
a) Las nóminas de inscripción se deberán presentar en formularios
entregados por la Comisión de Fútbol, escritos a máquina o con
letra legible y con firmas de responsabilidad del Presidente y
Secretario del Club, con fecha de inscripción, caso contrario no se
inscribirá al club.
b) Las nóminas de jugadores en todas las categorías, tendrán
nombres y apellidos completos, número de cédula de identidad,
firma correcta, y también se hará constar la fecha de inscripción.
En caso de no encontrarse la firma del jugador, no se habilitará el
carné de cancha, es obligatorio que al pie de la hoja de inscripción
consten las firmas del Presidente y Secretario del Club.
c) Nómina del directorio del club con sus respectiva dirección
domiciliaria, número telefónico o número celular, correo
electrónico, en caso de no cumplir con estos requisitos no será
emitida la inscripción.
d) Todos los clubes están obligados a presentar y adjuntar la nómina
de los jugadores de su pertenencia, a la hoja de inscripción de la
Comisión de Fútbol, con las debidas firmas de responsabilidad del
Presidente y Secretario del Club; además presentarán la hoja de
los jugadores que no son de su pertenencia con su carta pase.
e) Los clubes que inscriban a jugadores de otros equipos deberán
presentar los pases definitivos o cartas préstamo legalizados por
la Comisión de Fútbol, al momento de la inscripción.
f) Cada equipo participará con jugadores pelileños y dos refuerzos
foráneos o extranjeros opcionales, los cuales podrán ser
cambiados hasta el término de la primera etapa del campeonato
2016, en las categorías Primera A, Primera B, Segunda y Senior
Femenino.
g) Los equipos podrán inscribir un mínimo de 11 jugadores en todas
sus categorías.
h) En las categorías formativas, se deberá adjuntar la autorización
firmada por el padre o madre de familia y adjuntando su copia de
cédula de identidad, en caso que el jugador participe por primera
vez.
i) Se adjuntarán a la nómina de inscripción de jugadores, copias de
la cédula de identidad a color, partidas de nacimiento originales
en el caso de los menores de edad, partidas de matrimonio de los
jugadores casados con pelileñas y documentos actualizados
probatorios de la unión de hecho otorgados por la autoridad
competente.
j) El valor de la inscripción por jugador es de $ 1,00 (un dólar) en las
categorías Primera A, Primera B, Segunda y Senior Femenino.
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k) Presentar el certificado de no adeudar a Liga Deportiva Cantonal
de Pelileo.
l) Una fotografía tamaño carnet actualizada a color.
m) Club nuevo depositará $20,00 (veinte dólares) en efectivo, por
derecho de afiliación y $ 80,00 (ochenta dólares) como garantía, la
misma que se hará efectiva en el caso de que resultaren
desertores.
Art. 11.- La inscripción y habilitación de jugadores luego de la fecha
estipulada en el presente reglamento, esto es después del 23 de Abril
del 2016, se realizará mediante la presentación de todos los requisitos
ante el Presidente de la Comisión de Futbol, a fin de que se autorice la
inscripción de dichos jugadores en la sesión ordinaria correspondiente.
El oficio que solicite la inscripción de jugadores no tendrá costo.
Art. 12.- Para cumplir con lo dispuesto por el literal f) del artículo diez de
éste Reglamento, se considerará pelileño y podrá actuar como tal:
a) Por Nacimiento
b) Por tener padres pelileños o ascendientes hasta el segundo grado de
consanguinidad.
c) Por estar casado(a) con Pelileña(o), o hijo(a) de padres pelileños de
nacimiento o unión de hecho debidamente legalizada ante un juez
competente o un notario público.
d) Las personas que residan definitivamente en nuestro cantón o que
vivan 5 años consecutivos, previa comprobación por la Comisión de
Fútbol, quienes presentarán un informe por escrito.
e) En el caso de las categorías formativas, quienes se encuentran
estudiando en los planteles educativos del cantón, previa
presentación de la certificación de matrícula y asistencia del plantel
respectivo.
Art. 13.- Los jugadores inscritos, serán calificados y habilitados por la
Comisión de Fútbol, cada jugador deberá tener un carnet de cancha
extendido por Liga Deportiva Cantonal de Pelileo y la Comisión de
Fútbol, en el mismo que deberá constar las firmas del Presidente de la
Comisión de Fútbol, y Secretario de Liga Deportiva Cantonal de Pelileo,
respectivo sello, ser plastificado y deberá ser habilitado hasta los días
viernes de cada semana, y llevará la fecha de su elaboración.
Art. 14.- Los clubes podrán inscribir a sus jugadores hasta el término de
la primera etapa del campeonato 2016 en todas las categorías, a
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excepción de las categorías formativas, que podrán inscribirse hasta
antes de las 4 últimas fechas de la liguilla.
Art. 15.- Los jugadores considerados como foráneos o extranjeros
podrán ser reemplazados hasta una fecha antes del término de la
primera etapa en las categorías Primera A, Primera B, Segunda y Senior
Femenino.
Art. 16.- Los jugadores una vez inscritos, en cada una de las categorías,
pertenecerán y jugarán en la categoría que se hayan inscrito, pero
podrán ascender en las diferentes categorías de un mismo club, sin
poder retornar a la categoría en la que fueron inscritos originalmente, a
excepción de las categorías formativas.
Art. 17.- Un equipo nuevo podrá ser inscrito para el presente
campeonato con la excepción de jugadores que tengan sanciones
impuestas por la Comisión de Fútbol o Liga Deportiva Cantonal de Pelileo
previa verificación respectiva.
Art.- 18.- En las categorías formativas la inscripción es gratuita.
Art. 19.- El presente Campeonato Interno de Fútbol, se agrupará en las
siguientes categorías:
a. Primera Categoría A
b. Primera Categoría B
c. Segunda Categoría
d. Senior Damas
e. Categoría Sub 16 (nacidos desde 2000)
f. Categoría Sub 14 (nacidos desde el año 2002)
g. Categoría Sub 12 (nacidos desde el año 2004)
h. Categoría Sub 10 (nacidos desde el año 2006)
Art. 20.- El presente campeonato se dará inicio el 01 de Mayo del 2016,
directamente con el inicio de los encuentros deportivos que programe la
Comisión de Fútbol.
DE LOS DELEGADOS DE CONTROL
Art. 21.- En cada encuentro de fútbol, habrá un delegado de control
designado por la Comisión de Fútbol o Liga Deportiva Cantonal de
Pelileo, el mismo que no tendrá relación de dependencia laboral con
aquellos, quien deberá ser mayor de edad, tener un carnet otorgado por
Liga Deportiva Cantonal de Pelileo, el mismo que se encargará de tizar la
cancha, poner y sacar las redes de los arcos, además informará por
escrito de las novedades que observe en los partidos de fútbol
designados, sus informes serán llenados con letra legible, sus
expresiones serán claras y apegadas a la verdad, y sus actuaciones
serán de manera imparcial apegadas al presente reglamento de fútbol.
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Art. 22.- A falta del delegado de control en un encuentro deportivo, los
capitanes de los clubes se pondrán de acuerdo y nombrarán a una
persona mayor de edad que cumpla con esa función, el registro y
novedades del partido de fútbol se lo harán en una hoja de papel simple y
se sancionará al delegado de control:
- La primera vez con una multa de $ 10,00 (diez dólares)
- Si reincide pagará una multa de $20,00 (veinte dólares).
- La tercera vez será suspendido.
Art. 23.- Una vez terminado el encuentro de fútbol, el delegado de
control, devolverá los carnés de cancha a los dos clubes, luego de firmar
el Acta de Juego correspondiente del partido, retendrá los carnés de
cancha de los jugadores con tarjetas amarillas, rojas y los que sean
necesarios por orden del Señor Arbitro.
Art. 24.- El delegado de control hará constar en su informe la
presentación o no del balón de fútbol N° 5 en buen estado, el club que no
lo presente será multado con $5,00 (cinco dólares).
Art. 25.- Los cambios de los jugadores serán autorizados por el delegado
de control, un jugador para realizar un cambio deberá hacerse presente
con su respectivo carnet de cancha ante el señor Delegado de Control y
luego de la respectiva autorización, el Delegado de Control notificará al
señor Árbitro, quien autorizará la entrada del jugador al campo de juego.
Art. 26.- El delegado de control está en la obligación de informar al señor
árbitro, sobre cualquier anomalía que se detecte en el encuentro
deportivo, dentro o fuera de la cancha de juego y hará constar por
escrito en el acta de juego.
Art. 27.- El delegado de control deberá hacer constar su informe
detallado del encuentro de fútbol en el acta de juego, con sus nombres y
apellidos completos y su firma de responsabilidad, así como los nombres
y apellidos completos del árbitro del compromiso. El mismo que será
tomado en cuenta, para la sanción respectiva. En caso de incumplir con
ésta disposición será suspendido por 4 fechas de juego.
Art. 28.- El delegado de control es la persona responsable de anotar en
el acta de juego, los nombres y apellidos de los jugadores de acuerdo al
carnet de cancha, con letras legibles, en caso de no dar cumplimiento, el
delegado de control por primera vez, será multado con $30,00, por
segunda vez, será multado con $50,00 y por tercera vez será suspendido
el resto del campeonato.
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Art. 29.- El delegado de control recibirá $5,00 (cinco dólares) por partido
en Primera A, Primera B, Segunda y Senior Femenino; y en las
categorías inferiores $4,00 (cuatro dólares) por compromiso deportivo.
Art. 30.- El delegado de control entregará las actas de juego hasta las
12H00 del día lunes siguiente a la programación, en el lugar que señale
la Comisión de Futbol, en sobre sellado, caso contrario será sancionado
con $20,00 (veinte dólares) de multa.
DE LOS ÁRBITROS
Art. 31.- Los partidos del presente campeonato, serán dirigidos por los
árbitros del Comité Amateur San Pedro de Pelileo u otros gremios, en
Primera categoría A, B, Segunda, y Femenino, previo el acuerdo
respectivo con Liga Deportiva Cantonal de Pelileo.
En caso de inconformidad del club o clubes de Primera A, B, Segunda y
Femenino con los Árbitros del Comité Amateur San Pedro de Pelileo, se
hará el trámite respectivo ante Liga Deportiva Cantonal de Pelileo, para
que los Árbitros Profesionales del Cantón Ambato u otros gremios,
dirijan dichas categorías.
Art. 32.- Un Club podrá realizar 4 cambios en las categorías: primera A,
Primera B, Segunda; 5 cambios en las categorías Sub 16 y Sub 14, y; 6
cambios en las categorías Sub 12, y Sub 10; y en la Categoría Senior
Femenina 5 cambios.
Art. 33.-Un árbitro de cualquier gremio que sea contratado por Liga
Deportiva Cantonal de Pelileo, no podrá ser jugador ni dirigente de
ningún Club, durante todo el Campeonato 2016, en ninguna de las
categorías.
Art. 34.- Un árbitro o la terna arbitral no podrá dirigir más de dos
encuentros deportivos en un mismo día: en las categorías Primera “A”,
Primera “B”, Segunda, Senior Femenino; y, tres en las categorías
formativas, en caso de incumplimiento será sancionado con $30,00
(treinta dólares) de multa.
Art. 35.- El Comité Amateur de Árbitros San Pedro de Pelileo u otros
gremios, deberán presentar la designación de los árbitros en Secretaría
de Liga Deportiva Cantonal de Pelileo, hasta las 16h00 de los días
Viernes anterior a la programación, en caso de incumplimiento
cancelarán una multa de $20,00 (veinte dólares).
Art. 36.- Si un señor Árbitro no asiste a dirigir el o los partidos para el
cual fue designado, será suspendido cuatro fechas y cancelará el cien
por ciento de la programación, dinero que será depositado por el señor
Presidente del Gremio Arbitral en las oficinas de Liga Deportiva
Cantonal de Pelileo, hasta las 16H00 del día viernes posterior a la
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inasistencia, caso contrario será sancionado con la suspensión de 4
fechas.
Art. 37.- Podrán ingresar al camerino de Árbitros del Estadio Ciudad de
Pelileo, solo los árbitros designados al encuentro deportivo, caso
contrario serán multados con $20,00 (veinte dólares), de éste hecho el
señor Delegado de Control hará constar en su informe los nombres y
apellidos de los Árbitros que incumplieren ésta disposición.
Art. 38.- En caso de no presentarse el señor árbitro a un encuentro de
fútbol los capitanes de los dos clubes están en la obligación de buscar
una persona mayor de edad e idónea que dirija dicho encuentro, con
excepción del delegado de control.
Art. 39.- El árbitro designado para un encuentro deportivo realizará un
informe arbitral en el acta de juego correspondiente, en la que hará
constar detalladamente las faltas cometidas por los jugadores,
dirigentes o hinchas de los clubs participantes en dicho encuentro
deportivo.
SISTEMA DE CALENDARIO
Art. 40.- Los calendarios de juegos serán elaborados por la Comisión de
Fútbol, y la programación se realizará los días lunes en sesión ordinaria.
Art. 41.- El presente campeonato de Futbol 2016, se conformará de la
siguiente forma:
a) La Primera Categoría “A” estará conformada por 20 equipos.
b) La Primera Categoría “B” estará conformada por 24 equipos.
c) La segunda categoría, Senior Femenino y categorías formativas,
estará integrada por todos los clubes que se encuentren legalmente
inscritos.
Art. 42.- No existe compra ni venta de categoría.
Art. 43.- El ascenso de los equipos participantes se realizará de acuerdo
a las siguientes normas:
a) Los equipos de la categoría primera B que alcancen los cuatro
primeros lugares, ascenderán a la primera categoría A, en el caso de
haber sancionados y desertores ascenderán el club o los clubes
inmediatos seguidores.
b) Los equipos de segunda categoría que obtengan los seis primeros
lugares ascenderán a primera B, en el caso de haber sancionados y
desertores ascenderán el club o clubes inmediatos seguidores.
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Art. 44.- El descenso de los equipos participantes, se realizará de
acuerdo a las siguientes normas:
a) Descenderán de primera A, los equipos que ocupen los cuatro
últimos lugares, incluidos los equipos sancionados y desertores,
también se considerará desertor el club que no se inscriba en el
presente campeonato.
b) Descenderán de primera B, los equipos que ocupen los seis últimos
lugares, incluidos los equipos sancionados y desertores, también se
considerará desertor al club que no se inscriba en el presente
campeonato.
Art. 45.- Únicamente se suspenderá un encuentro de fútbol, por las
siguientes causas:
a) Muerte de un jugador, directivo y/o familiar hasta tercer grado de
consanguinidad, lo cual será comunicado de forma inmediata a la
Comisión de Fútbol. En este caso el equipo inmerso en este literal,
deberá presentar la solicitud dando a conocer de este inconveniente,
adjuntando la documentación respectiva, hasta el día lunes que se
realice la programación a fin que se lo reprograme, caso contrario
perderá los puntos y se considerará como partido no presentado, y
los mismos se adjudicarán a su rival con un marcador de 3 por cero.-
b) Por mal estado de la cancha o campo de juego, previo
reconocimiento del señor árbitro y delegado de control
conjuntamente con los capitanes de los dos clubs participantes.
Art. 46.- Los partidos de fútbol que fueren suspendidos y no realizados
por fuerza mayor y por los motivos del artículo 48, se realizarán en la
fecha que la Comisión de Fútbol lo señale, dentro de las 96 horas
siguientes, para lo cual se tomará en consideración la programación del
día domingo.
Art. 47.- Los Clubes están sujetos a realizar los encuentros de fútbol de
acuerdo al calendario de juego, no se aceptarán cambios de hora ni
postergaciones, ni por aniversario, ya que serán considerados como no
presentados y serán sancionados de acuerdo al presente Reglamento.
Art. 48.- La Comisión de Fútbol realizará el calendario total, el mismo que
será entregado a los clubes participantes.
Art. 49.- Una vez iniciado el campeonato, los equipos participantes no
podrán contraer compromisos en otros campeonatos, salvo que
representen a Liga Deportiva Cantonal de Pelileo, en torneos oficiales,
en el caso de participar serán multados con $100,00 (cien dólares).
Art. 50.- Para dar inicio a un partido de fútbol, cada club debe tener en
cancha un mínimo de 7 (siete) jugadores, pudiendo completar el número
reglamentario hasta el minuto ochenta y nueve del partido. Queda
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prohibida la participación de jugadores menores de 15 años en primera
“A”, “B” y Segunda, el club que incumpla este artículo, pagará una multa
de $50,00, en caso de reincidir se duplicará la sanción. En la categoría
damas se podrán inscribir jugadoras de 12 años en adelante.
Art. 51.- El Árbitro y delegado de control tendrán la obligación de igualar
sus cronómetros, con un representante de cada equipo, para dar inicio
al partido de fútbol, a fin de prevenir inconvenientes sobre la hora de
iniciación de un partido de fútbol y esperará los 15 minutos
reglamentarios de la hora programada.
Art. 52.- La modalidad del campeonato de fútbol será la siguiente:
a. PRIMERA CATEGORÍA A Y PRIMERA B:
a.1. PRIMERA FASE:
En Primera Categoría A y B se jugará todos contra todos, clasificando
los ocho primeros.- No habrá bonificación. En primera categoría A, los 8
equipos que ocupen los últimos lugares jugarán la liguilla del No
descenso, luego de lo cual, los clubes que ocupen los cuatro últimos
lugares bajarán de categoría. En Primera B los ocho equipos que ocupen
los últimos lugares jugarán la liguilla del No descenso, luego de lo cual,
los 6 equipos que ocupen los últimos lugares bajarán de categoría.
a.2. LIGUILLA FINAL
Se jugará con los 8 clubes clasificados, todos contra todos, de los que
clasificarán cuatro, de los cuales jugarán el primero con el cuarto y el
segundo con el tercero, luego jugarán los dos ganadores para disputar
el primero y segundo lugar y los dos perdedores para el tercero y cuarto
puesto.
En caso de empate en puntos en estos partidos, se jugarán dos tiempos
adicionales de quince minutos cada uno, y de persistir el empate en
puntos y goles, se definirá en tiros penales.
b. SEGUNDA CATEGORÍA Y SENIOR FEMENINO
b.1. En la primera fase se harán series, jugarán todos contra todos
clasificando 16 equipos.
b.2. En la liguilla se jugará con 16 clubes, en 2 series de los cuales
clasificarán el primero y segundo de cada serie, y jugarán el primero
12
de la serie A con el segundo de la serie B en forma cruzada y los
ganadores irán a disputar el primero y segundo lugar y los
perdedores por el tercero y cuarto puesto.
En caso de empate en puntos en estos partidos, se jugarán dos
tiempos adicionales de quince minutos cada uno, y de persistir el
empate en puntos y goles, se definirá en tiros penales.
c. CATEGORÍAS FORMATIVAS
La modalidad de las categorías formativas, se efectuará luego de las
inscripciones, para su inscripción será obligatoria la presentación de la
respectiva partida de nacimiento original actualizada, o copia de cédula
a color.
Art. 53.- Para los encuentros que se realicen en el Estadio Ciudad de
Pelileo, se permitirá la entrada a las siguientes personas:
a) 17 jugadores
b) Entrenador
c) Kinesiólogo o masajista
d) 1 dirigente
En total 20 (veinte) personas.
En caso de no cumplir con esta disposición pagará una multa de $50,00
(cincuenta dólares) el club responsable.
DE LA PREMIACIÓN
Art. 54.- Los clubes que ocupen los tres primeros lugares en las
categorías Primera A, Primera B, Segunda y Senior Damas, serán
premiados de conformidad con el informe final emitido por la Tesorería
de Liga cantonal de Pelileo, sobre los ingresos y egresos que genere el
presente campeonato, para lo cual y de conformidad a dicho informe la
Comisión de Fútbol conjuntamente con los equipos finalistas de las
categorías mencionadas, elaborarán el cuadro de premios
correspondiente.-
DE LAS SANCIONES
Art. 55.- Si los clubes se valieren de medios ilícitos para la inscripción o
participación de uno o varios de sus jugadores, en todas las categorías,
serán sancionados de acuerdo a la siguiente normativa:
a) El equipo de la primera categoría A o B con la pérdida de la categoría.
b) En Segunda Categoría, Senior Damas o inferiores se suspenderá al
club y a sus jugadores por el resto del campeonato.
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c) Directivos del club, jugador o jugadores que cometieron el ilícito con
la suspensión de un año calendario en las categorías, indicadas en el
literal a).
d) Se acreditará los puntos al equipo rival con el marcador de 3x0 en los
cuales haya participado el jugador.
e) Todo tipo de sanciones que reciban en el campeonato de fútbol
femenino se aplicará todos los artículos que son aplicados a los
clubes de la segunda categoría.
Art. 56.- A falta de los requisitos habilitantes tipificados en el artículo 09,
perderán los puntos automáticamente, los mismos que serán otorgados
a los adversarios, con un marcador de 3x0, en todos los partidos en los
cuales haya intervenido el o los jugadores infractores.
Art. 57.- Si un club de primera categoría A y B, no se inscribe para su
participación en el presente campeonato, perderá automáticamente la
categoría y se considerará como DESERTOR.
Art. 58.- Un jugador que firme en dos o más clubes para su inscripción,
quedará descalificado, sin opción a jugar en el presente campeonato. No
existirán acuerdos entre clubes para borrar las firmas, de jugar será
sancionado con un año calendario y el club perderá los puntos en los
partidos que haya participado el o los jugadores, para el reclamo
pertinente se sancionará de conformidad a lo dispuesto en el artículo 99
del presente Reglamento.
Art. 59.- Si no se presentare ninguno de los clubes al encuentro
programado, los puntos en disputa no se entregarán a ningún club, y los
gastos ocasionados de arbitraje y delegado de control serán cancelados
en su totalidad por los dos clubes.
Art. 60.- Los clubes deberán estar presentes obligatoriamente quince
minutos antes de la hora señalada, caso contrario se esperará quince
minutos, de no presentarse perderá los puntos en disputa que se
adjudicarán al club que estuviere presente y en cancha, además deben
registrarse los jugadores en el acta respectiva suscrita por el delegado
de control, con un marcador de 3x0, al mismo que le corresponderá
pagar el total del valor de arbitraje, y el club infractor pagará el total del
arbitraje incluido del delegado de control de los cuales se devolverá el
50% cancelado por el club presente.
Art. 61.- El club que, actuando con siete jugadores en el campo de juego,
sin justificación y por insinuación un jugador se hace expulsar o
abandona la cancha de juego, el club perderá los puntos en disputa con
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un marcador de 3x0 si es inferior, y si el resultado de goles es mayor se
mantendrá el mismo.
Art. 62.- Si un club de primera A o primera B abandona la cancha de
juego en actitud rebelde, perderá los puntos en disputa cualquiera que
fuere el resultado y será acreditado a su rival de turno con un marcador
de 3x0, si el resultado de goles es mayor se mantendrá el mismo.-
Art. 63.- El club o clubes que intervengan en riñas, agresiones físicas
entre jugadores, directivos o hinchas produciéndose una batalla campal,
durante el desarrollo de un partido, serán sancionados de la siguiente
manera: En primera “A” y primera “B”, por primera vez pagarán una
multa de cincuenta dólares ($ 50,00), en caso de reincidencia perderán
la categoría y serán separados del campeonato; en segunda categoría y
Senior Damas, por primera vez pagarán una multa de cincuenta dólares
($50,00), y en caso de reincidencia serán separados del campeonato.
Art. 64.- Un club de Primera A, Primera B, que no se presente a dos
encuentros programados, serán declarados desertores, haciéndose
acreedores los jugadores a la suspensión de un año calendario, más una
multa de $80,00 (ochenta dólares), pérdida de categoría y los puntos en
disputa serán otorgados a su rival de turno con el marcador de 3x0.
Art. 65.- Un club de Segunda Categoría y Senior Femenino que no se
presente a dos encuentros programados, serán declarados desertores,
pagarán una multa de $80,00 (ochenta dólares) y serán suspendidos el
resto del campeonato, los puntos serán otorgados a su rival de turno con
el marcador de 3x0.
Art. 66.- En las categorías formativas, los clubes que no se presenten a
tres encuentros programados, serán declarados desertores y no podrán
jugar el resto del campeonato.
Art. 67.- La sanción impuesta en el artículo 64, no se aplicará a los
jugadores que se encuentren inscritos en el acta de juego del segundo
partido y los menores de edad.
Art. 68.- Equipo que se encuentre actuando en la liguilla final de ascenso
y no descenso y no se presente a un encuentro será considerado
desertor en la categoría respectiva, y será sancionado con la
suspensión por el resto del campeonato.
Art. 69.- Los clubes que inscriban a jugadores de otros equipos deberán
presentar los pases definitivos o cartas préstamo legalizados por la
Comisión de Fútbol, al momento de la inscripción, caso contrario
perderán los puntos, en los partidos que hayan intervenido el jugador y
se le adjudicará al rival con un marcador de 3x0, para el reclamo
pertinente se sancionará de conformidad a lo dispuesto en el artículo 99
del presente Reglamento.
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DE PELILEO
Comisión de Fútbol
PELILEO – ECUADOR
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Art. 70.- Los clubes participantes no podrán inscribir y hacer actuar a
jugadores sancionados por la Comisión de Fútbol o Liga Deportiva
Cantonal de Pelileo, caso contrario serán sancionados un año calendario
el jugador y se impondrá una multa de 50 dólares al Presidente del Club.
Art. 71.- Si un club no cancela del arbitraje en su totalidad hasta antes de
iniciar el segundo tiempo, el delegado de control tendrá la obligación de
solicitar a los clubes participantes realicen dicho pago.
En caso de que los clubes se negaren en realizar el pago, solicitará al
árbitro se dé por terminado el partido, el club infractor perderá los
puntos y se adjudicarán al rival con un marcador de 3x0 y si el resultado
es mayor se mantendrá el mismo. El club infractor pagará el valor de
arbitraje caso contrario no será programado el siguiente partido.
Art. 72.- Por la mala actuación de un árbitro en un partido de fútbol, se
solicitará al Comité Amateur de Árbitros San Pedro de Pelileo u otros
Gremios, que se le sancione, con la suspensión respectiva según la
gravedad de la falta. La sanción será notificada a la Comisión de Fútbol
adjuntando el acta certificada en que conste la ejecución de la sanción,
notificación que se lo hará en un plazo máximo de 72 horas, en caso de
incumplimiento, el gremio arbitral pagará una multa de $50,00 a Liga
Deportiva Cantonal de Pelileo, que será cancelada en el plazo de 48H00.
La mala actuación de un árbitro será calificada por una Comisión
integrada por un miembro de la Comisión de Fútbol y un Delegado del
Comité Amateur de Árbitros San Pedro de Pelileo en partidos de
trascendencia.
Art. 73.- El o los jugadores de un club plenamente identificados, que
estando dentro o fuera de la cancha demuestren incultura, insultos,
injurias, hacia sus compañeros de cancha, jugadores rivales, delegado
de control, árbitro, jueces de línea, miembros de la Comisión de Fútbol o
directivos de Liga Deportiva Cantonal de Pelileo, será amonestado de la
siguiente manera:
a) Por primera vez con una amonestación escrita mediante oficio.
b) La segunda vez con una multa de $50,00 (cincuenta dólares).
c) De infringir nuevamente los jugadores de un club plenamente
identificados en primera A, primera B, segunda categoría y senior
damas, serán sancionados con una multa de cien dólares ($100,00).
Art. 74.- Dirigente plenamente identificado de un club que agrediere
verbal o físicamente dentro o fuera de la cancha a un jugador rival,
delegado de control, árbitro, jueces de línea, miembros de la Comisión
de Fútbol o directivos de Liga Deportiva Cantonal de Pelileo, serán
16
sancionados con una multa de $100,00 (cien dólares) el club al que
pertenezca el dirigente, en caso de reincidir serán suspendidos 2 años
calendario.
Art. 75.- Las hinchadas o los hinchas plenamente identificados de un
club participante del presente campeonato, que demuestren incultura,
insultos, injurias, en contra de jugadores, delegado de control, árbitro,
jueces de línea, miembros de la Comisión de Fútbol o directivos de Liga
Deportiva Cantonal de Pelileo o que invadieren el campo de juego sin
causar agresiones, serán amonestados de la siguiente manera:
a) Por primera vez con una amonestación escrita mediante oficio.
b) La segunda vez con una multa de $50,00 (cincuenta dólares).
c) Por tercera vez con multa de $100,00 (cien dólares)
Estas sanciones no serán aplicables a los partidos jugados en el Estadio
ciudad de Pelileo.
Art. 76.- Jugadores, dirigentes o hinchas plenamente identificados que
profieran insultos racistas en contra de jugadores, delegado de control,
árbitro, jueces de línea, miembros de la Comisión de Fútbol o directivos
de Liga Deportiva Cantonal de Pelileo, serán sancionados con multa de
cincuenta dólares americanos ($50,00), en caso de reincidencia,
pagarán cien dólares de multa ($100,00) y serán suspendidos un año
calendario.-
Art. 77.- Jugador que fuere expulsado del campo de juego, será
sancionado de la siguiente manera:
a) El jugador que tuviere tarjeta amarilla cancelará una multa de $0,50
(cincuenta centavos).
b) El jugador que tuviere tarjeta roja directa será suspendido
automáticamente con dos partidos y una multa de $2,00 (dos
dólares).
c) Por doble tarjeta amarilla, un partido de suspensión y una multa de $
2,00 (dos dólares).
d) En caso de reincidir en tarjeta roja directa será sancionado con
cuatro partidos de suspensión y una multa de $ 4,00 (cuatro dólares).
e) Si un jugador participa sin haber cumplido la suspensión establecida
en los literales b), c) y d) será sancionado con la pérdida de los
puntos de su club y el jugador será suspendido el resto del
campeonato y los puntos se acreditarán al rival con un marcador de 3
x 0 y si es mayor se mantiene el mismo.
f) Por intento de agresión física al señor árbitro, delegado de control,
autoridades de la Comisión de Fútbol o de Liga Deportiva Cantonal de
Pelileo, será suspendido 6 partidos.
g) Por agresión física a las personas constantes en el literal f), un año
calendario.
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Comisión de Fútbol
PELILEO – ECUADOR
17
h) Por cometer o realizar actos obscenos, será sancionado con
suspensión de un año calendario. En caso de reincidencia, la
suspensión será de dos años calendario.
Art. 78.- Jugadores o dirigentes que estando dentro o fuera del campo
de juego realicen el acto de escupir a jugadores, delegado de control,
árbitro, jueces de línea, miembros de la Comisión de Futbol o directivos
de Liga Deportiva Cantonal Pelileo serán sancionados con la suspensión
de un año calendario.
Art. 79.- El o los dirigentes que intenten agredir físicamente al señor
árbitro, delegado de control, autoridades de la Comisión de Fútbol o de
Liga Deportiva Cantonal de Pelileo, pagarán una multa de $50,00
(cincuenta dólares).
Art. 80.- Dirigente que cometa o realice actos obscenos, será
sancionado con suspensión de un año calendario. En caso de
reincidencia, la suspensión será de dos años calendario, en los cuales
no podrá participar ni como dirigente ni como jugador.
Art. 81.- Un jugador que durante el campeonato se hubiere hecho
acreedor a cinco tarjetas amarillas, será sancionado con la suspensión
automática (sin notificación alguna) de un partido, luego de haber
acumulado la quinta tarjeta amarilla, por cada tarjeta amarilla pagará
una multa de $ 0,50 (cincuenta centavos), en caso de actuar el jugador,
el equipo infractor perderá los puntos, acreditándose a su rival con un
marcador de 3x0 y el jugador cumplirá el partido de suspensión en el
partido posterior, además el momento que un Miembro la Comisión de
Fútbol, llegue a detectar la actuación ilícita del jugador que cumplió la
quinta tarjeta amarilla, no será necesario que exista impugnación alguna
del adversario de ese partido y los puntos se adjudicarán a los clubes
rivales contra los que participó el jugador infractor.
Art. 82.- Para levantar las sanciones por tarjetas rojas o amarillas se
tomará en cuenta únicamente los partidos jugados.
Art. 83.- No podrá actuar en un partido de fútbol, jugador que se
encuentre en estado etílico o con aliento a licor, en caso de ser
detectado, será expulsado del partido con roja directa, y una multa de
$20,00 (veinte dólares).
Art. 84.- Jugador que estando en estado etílico o con aliento a licor y
sorprendiendo al delegado de control, actúe en el partido y si es
responsable de escándalos y riñas, será sancionado con la suspensión
de un año calendario, el club al que pertenece perderá los puntos en
18
disputa, los mismos que se adjudicará a su rival con un marcador de 3x0,
además pagará una multa de $ 50,00 (cincuenta dólares).
Art. 85.- Si un jugador plenamente identificado agrediere verbalmente a
la hinchada de un equipo participante en el presente campeonato, será
amonestado con la suspensión de seis partidos.
Art. 86.- Si se produjeren en el interior o exterior del campo de juego,
durante o después del encuentro deportivo agresiones físicas entre
jugadores plenamente identificados, se los sancionará con la suspensión
de seis partidos.
Art. 87.- Jugadores, dirigentes o hinchas de un club determinado, que
actuando en el Estadio ciudad de Pelileo, arrojen objetos al campo de
juego, serán sancionados con multa de doscientos dólares americanos
($200,00). En caso de suscitarse impacto a una de las personas que se
encuentren dentro del campo de juego, correrán con el pago de los
gastos médicos ocasionados hasta la total recuperación de la persona
lesionada.
De producirse daños o deterioros en las instalaciones del Estadio ciudad
de Pelileo, deberán cubrir con todos los gastos de reparación.
Art. 88.- El señor Árbitro designado para un encuentro deportivo, de
acuerdo a las circunstancias que se presenten en el mismo, y de
acuerdo a su sana crítica podrá suspender un encuentro deportivo, en
forma definitiva o temporalmente, de darse una suspensión temporal,
dicho encuentro continuará hasta que se cumpla el tiempo
reglamentario, en el día y hora que establezca la comisión para
reanudación del encuentro dentro del lapso de 96 horas.
Art. 89.- Todo club que sea multado por cualquier infracción cometida,
está en la obligación de cancelar dicha multa hasta la siguiente sesión
de la Comisión de Fútbol, caso contrario no será programado, salvo el
club que interponga recurso de apelación dentro del plazo
reglamentario.
Art. 90.- Jugador, dirigente o club que sea sancionado por la Comisión
de Fútbol o Liga Deportiva Cantonal de Pelileo, deberán cumplir el ciento
por ciento de la sanción, para que sea levantada la misma.
Art. 91.- En caso de inasistencia del delegado de control, delegado por la
Comisión de Fútbol, para el partido, será sancionado con $10,00 (diez
dólares).
Art. 92.- El delegado de control que no retenga los carnets de los
jugadores sancionados, serán multados con $10,00 (diez dólares).
Art. 93.- El o los jugadores deberán presentarse en la cancha de juego
con sus respectivos carnés de cancha, caso de no hacerlo se
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considerará medio ilícito y si participa en dicho encuentro, el club
perderá los puntos en disputa los mismos que serán acreditados al
equipo rival de turno con un marcador de 3x0.
Art. 94.- Los miembros de la Comisión de Fútbol de Liga Deportiva
Cantonal de Pelileo, que detecten un medio ilícito o alguna anomalía
podrán de oficio aplicar la sanción correspondiente de acuerdo al
Reglamento.
Art. 95.- Para juzgar las actas de juego, se tomará en cuenta el informe
tanto arbitral como del delegado de control.
En caso de que existiere contradicción entre los informes del árbitro y
delegado de control prevalecerá el del árbitro en cuanto a los hechos
acaecidos dentro del terreno de juego y, cuando los acontecimientos se
realizaren fuera del terreno de juego prevalecerá el del delegado de
control.
La Comisión de Fútbol o Liga Deportiva Cantonal de Pelileo, de acuerdo
a la instancia de apelación o impugnación respectiva, en caso de
considerar necesario, solicitarán la presencia tanto del Sr. Arbitro y
Delegado de Control, cuya presencia será obligatoria, y la o las
personas involucradas, a una sesión extraordinaria, a fin de poder
determinar los verdaderos hechos dados en ese partido de fútbol, y que
servirá para aplicar la sanción que corresponde. En caso de no
comparecer se sancionará con una multa de cincuenta dólares (U.S.D
50,00).-
Art. 96.- Las sanciones y resoluciones adoptadas por la Comisión de
Fútbol y Liga Deportiva Cantonal de Pelileo, se dará a conocer al club,
clubes, jugadores, dirigentes e hinchas involucrados, al momento de las
sesiones de manera verbal, sean estas ordinarias o extraordinarias, las
sanciones también se darán a conocer de la manera resumida a través
de la cartelera ubicada en el Edificio de Liga Deportiva Cantonal de
Pelileo, la misma que se publicará al siguiente día de tomada la
Resolución.
Para el conocimiento de Resoluciones de la Comisión de Futbol y Liga
Cantonal Pelileo, se dará a conocer con o sin la presencia de los
delegados de los clubes.
Art. 97.- Todas las sanciones de la Comisión de Fútbol, son apelables de
acuerdo a la siguiente norma:
El recurso de apelación será presentado dentro del plazo de 7 (siete)
días de haber sido sancionado, en PRIMERA instancia a la COMISIÓN DE
20
FUTBOL y en segunda y definitiva instancia a LIGA DEPORTIVA
CANTONAL DE PELILEO, dicha apelación se resolverá en un plazo de 7
(siete) días.
Los documentos presentados para la apelación a la Comisión de Fútbol,
pasarán a Liga Deportiva Cantonal de Pelileo.
Las intervenciones de los clubs apelantes se darán mediante un
delegado, quien tendrá derecho a dos intervenciones de cinco minutos
cada una.-
Art. 98.- Las impugnaciones y apelaciones se deberán presentar por
escrito y acompañados con el respaldo de documentos probatorios en
caso de haberlos obtenido, más la cantidad de $5,00 (cinco dólares) y
los oficios serán recibidos con $3,00 (tres dólares) que quedarán en
beneficio de la Comisión de Fútbol.
Art. 99.- Los clubes podrán realizar cualquier reclamo sobre los
derechos deportivos de sus jugadores, jugadores sancionados, o
cualquier reclamo referente a la participación de jugadores en los
diferentes clubs, hasta treinta días después de haber participado el
jugador, el mismo que será sancionado de conformidad como lo estipula
el presente Reglamento.
Se exceptúan de ésta norma los jugadores que actúen de forma ilícita o
por medios ilícitos según el presente reglamento, lo cual ante el reclamo
correspondiente será verificado por la Comisión de Fútbol y en caso de
constatarse la veracidad del ilícito, se suspenderá al jugador por el resto
de campeonato y al equipo al cual pertenece se la sancionará con una
multa de 100 dólares americanos y la pérdida de los puntos en los
partidos en que haya participado el jugador sancionado. -
Art. 100.- Ninguna persona, sea jugador, dirigente, hincha o
simpatizante de un club que participe en el presente campeonato podrá
ser sancionado por un acto que no se encontrare expresamente
declarado como infracción en el presente reglamento. Se prohíbe la
interpretación extensiva de sus normas, debiendo sujetarse a su tenor
literal.
Art. 101.- En caso de conflicto entre dos normas de la misma materia
dentro del presente reglamento, que contemplen sanciones diferentes
para un mismo hecho, se aplicará la menos rigurosa.
DE LOS DERECHOS DEPORTIVOS DE LOS CLUBES
Art. 102.- Jugador de Primera A, Primera B, Segunda categoría y Senior
Femenino que participe dos años consecutivos en un club, el equipo en
el cual participó, será el que tiene los derechos deportivos o pase.
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DE PELILEO
Comisión de Fútbol
PELILEO – ECUADOR
21
Art. 103.- Juvenil que juegue dos o más años consecutivos en un club,
éste club es el que tiene los derechos deportivos totales de su pase,
salvo el caso de que su padre o representante legal sea el que tiene
derecho de su pase previo documento, anexo a la inscripción que
reposará en secretaria de Liga Deportiva Cantonal de Pelileo.
Art. 104.- Jugador que desee separarse del club para obtener su carta
pase de libertad, deberá estar inactivo un año calendario en las
categorías formativas, los mayores de edad deberán estar inactivos
durante dos años, de este hecho en ambos casos se dará a conocer
mediante oficio a L.D.C.P., Comisión de Fútbol y al club al cual
pertenece.
Jugadores que hayan estado inactivos durante dos años consecutivos,
aun sin haber presentado el oficio correspondiente dando a conocer de
tal hecho, podrá solicitar la verificación de su participación a la
Comisión de Fútbol mediante oficio, lo cual será verificado, y de haber
permanecido inactivo durante los dos años consecutivos, obtendrá su
carta pase de libertad.
Art. 105.- Equipo que no participe en el presente campeonato, sus
jugadores quedan en libertad de actuar, pudiendo hacerlo en el club de
su propiedad el próximo campeonato.
Art. 106.- Si un equipo no participa en dos campeonatos consecutivos,
automáticamente pierde la propiedad de sus jugadores.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Art. 107.- Si un club adeuda a Liga Deportiva Cantonal de Pelileo y el
próximo campeonato participa por lo menos con el 50% de sus
jugadores, solamente cambiándose de nombre, será sancionado con la
no participación, si no cancela lo adeudado en su totalidad.
Art. 108.- Con la finalidad de fomentar la participación deportiva, podrán
participar del presente campeonato 2016, los clubs y jugadores de
segunda categoría, que hayan sido declarados desertores en el
campeonato del año 2015.
Art. 109.- En las actas de juego que han sido juzgadas deberá constar,
marcador tanto en números y letras, firmas del señor árbitro y delegado
de control, deberá constar necesariamente nombres y apellidos del
delegado de control y árbitro.
Art. 110.- Se considerará medios ilícitos:
22
1. Adulteración o falsificación de documentos que sirvan para la
inscripción o habilitación y participación de los jugadores.
2. Falsificación de firma en la hoja de inscripción.
3. Suplantación de identidad.
4. Jugador que participe en más de un equipo.
5. Jugador que no presente el carné de cancha en mesa al delegado de
control y juegue.
6. Jugador que participe en un partido de fútbol con otro carné, que no
sea el suyo propio.
Art. 111.- Todo el articulado del presente Reglamento Interno de Fútbol,
queda aprobado en el Congresillo realizado el 06 de Abril del dos mil
dieciséis y entra en vigencia a partir de la fecha antes mencionada, el
Congresillo de fútbol tiene la facultad y finalidad de aprobar el
Reglamento Interno de Fútbol del Campeonato 2016.
Sr. Carlos Meza Sr. Rodrigo Carrasco
PRESIDENTE DE LA C.F. PRESIDENTE DE L.D.C.P.
Ab. Luis Sánchez Sr. Ulvio Sánchez
SECRETARIO DE LA C.F. SECRETARIO DE L.D.C.P.

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  • 1. LIGA DEPORTIVA CANTONAL DE PELILEO Comisión de Fútbol PELILEO – ECUADOR 1 REGLAMENTO PARA EL CAMPEONATO INTERNO DE FUTBOL 2016 DE LOS OBJETIVOS: Art. 1.- Liga Deportiva Cantonal de Pelileo, y la Comisión de Fútbol, organizan el presente Campeonato de Fútbol, en base de los siguientes objetivos: a) Integrar, mejorar e incentivar el desarrollo físico y mental del ser humano, en especial de las categorías formativas. b) Procurar un sano esparcimiento y real competencia entre los clubes participantes. c) Incentivar en el deportista la práctica del deporte, como expresión de acercamiento espiritual y fraterno. d) Propender al descubrimiento de nuevos valores o talentos en el campo netamente amateur, garantizando la recreación de nuestros deportistas. e) Se propenderá a mantener lo que dispone el artículo 381 de la Constitución de la República del Ecuador, específicamente a que el Estado protegerá, promoverá, coordinará la cultura física que comprende el deporte, la educación física, la recreación y otros. f) El presente Reglamento tiene el objetivo principal el de fomentar, proteger el sistema deportivo, en la recreación para mejorar la condición física de toda la población contribuyendo, así a la consecución del buen vivir, enfocada a la práctica del deporte que debe ser libre y voluntaria, principios básicos que deben manejarse sin discriminación alguna, a través de la gestión de los ciudadanos que promueva y priorice al ser humano a través de las autonomías y la práctica del deporte, mismos que están enfocados en los artículos 1, 2,3,4,5,6 y 11 de la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación. DE LA ORGANIZACIÓN: Art. 2.- El presente Campeonato, es organizado y controlado por la Comisión de Fútbol y abalizado por Liga Deportiva Cantonal de Pelileo. Art. 3.- La Comisión de Fútbol, está integrada por: Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero, tres vocales principales, tres vocales suplentes, y un Delegado de Liga Deportiva Cantonal de Pelileo, quienes durarán en sus funciones por el período de dos años, y estarán sujetos a lo siguiente:
  • 2. 2 a) Cualquier miembro de la Comisión de Fútbol que no asista a dos sesiones consecutivas y 3 sesiones distintas injustificadas, quedará automáticamente fuera de sus funciones, el secretario certificará éste particular y se notificará mediante oficio del cese de sus funciones. b) En ausencia del señor Presidente, asumirá el señor Vicepresidente, en ausencia del vicepresidente asumirá el primer vocal, y así sucesivamente, y en ausencia de cualquier vocal principal, asumirán los vocales suplentes en orden de designación.- c) Los justificativos para evitar la sanción del literal a), se presentarán mediante oficio a la Comisión de Fútbol y de ser posible con los medios probatorios correspondientes.- d) Si el delegado designado por Liga Deportiva Cantonal de Pelileo a la Comisión de fútbol no asistiere a 3 sesiones de forma consecutiva o indistintamente, la Comisión de Fútbol comunicará de dicho inconveniente al Presidente de Liga Cantonal mediante oficio para que tome las medidas correctivas urgentes. Art. 4.- Para las actuaciones, decisiones y sanciones que se tomen dentro de la Comisión de Fútbol tendrán voz y voto el Vicepresidente y los tres Vocales Principales, el señor Presidente tendrá voto dirimente, tanto el secretario como el Delegado de Liga Deportiva Cantonal podrán intervenir en las deliberaciones con derecho a voz pero no a voto.- El quorum Reglamentario para la instalación de la sesión será de la mitad más uno de los miembros de la Comisión de Fútbol con derecho a voto.- Art. 5.- Son deberes y atribuciones de la Comisión de fútbol: a. Cumplir y hacer cumplir el presente Reglamento. b. Velar por el normal desarrollo del presente campeonato a fin de dar fiel cumplimiento a los objetivos de éste Reglamento. c. Coordinar el Campeonato de Fútbol Interno 2016 de Liga Deportiva Cantonal de Pelileo. d. Elaborar el calendario total, el mismo que será entregado a los clubes participantes. e. Dirigir el Congresillo Técnico para el perfeccionamiento y aprobación del presente Reglamento, conjuntamente con el Directorio de Liga Deportiva Cantonal de Pelileo. f. Establecer oficialmente las tablas de posiciones en todas las categorías. g. Suspender temporalmente el campeonato por causas debidamente justificadas.
  • 3. LIGA DEPORTIVA CANTONAL DE PELILEO Comisión de Fútbol PELILEO – ECUADOR 3 h. Juzgar y sancionar todos los actos que menoscabaren el espíritu deportivo, el espectáculo, la integridad física y moral de las personas, el respeto de quienes intervienen en una competencia o partido de fútbol y la incorrecta aplicación de las reglas de juego. i. En el ámbito de su competencia y con las excepciones previstas en éste Reglamento, la Comisión de Fútbol juzgará y sancionará de oficio, cualquier infracción prevista y sancionada en éste Reglamento. j. Los demás deberes y atribuciones administrativas que señalen los estatutos y reglamentos vigentes. DE LAS SESIONES: Art 6.- Las sesiones de la Comisión de Futbol de Liga Deportiva Cantonal de Pelileo, serán ordinarias y extraordinarias. Las sesiones ordinarias se realizarán, los días lunes a las 19h00, en el Edificio de Liga Deportiva Cantonal de Pelileo, para estudiar, analizar, resolver, aprobar y juzgar obligatoriamente las actas de juego. Las sesiones extraordinarias se realizarán cuantas veces sean necesarias para resolver asuntos de sanciones que conlleven verificaciones y otros asuntos para la buena marcha del presente campeonato. Art. 7.- El Tesorero de la Comisión de Fútbol de manera obligatoria presentará un informe económico en forma trimestral ante la Comisión de Fútbol, informe que tendrá el sustento legal correspondiente, y que es en relación a los dineros que reciben y que consta en el Art. 98 de éste Reglamento, en caso de incumplimiento recibirá la sanción económica de $20,00 (veinte dólares). Art. 8.- El señor o la señora Tesorero(a) de Liga Deportiva Cantonal de Pelileo, presentará en la sesión ordinaria correspondiente de la Comisión de Fútbol, un informe mensual sobre los ingresos y egresos económicos del presente campeonato, relacionados con el cobro de carnets, tarjetas amarillas, doble amarilla, rojas y multas por sanciones impuestas por la comisión.- DE LAS INSCRIPCIONES Y REQUISITOS Art. 9.- Las inscripciones de los equipos, se receptarán de forma ordinaria en la Oficina de Liga Deportiva Cantonal de Pelileo, de martes a viernes de 09h00 a 13h00 y de 15h00 a 19h00 y los sábados de 08H00 a 14H00, desde el día Martes 22 de Marzo del 2016 hasta el día Sábado 23 de Abril del 2016, en todas las categorías de manera impostergable, a excepción de las categorías formativas y Senior Femenino.
  • 4. 4 Art. 10.- Cada Club podrá inscribir a sus jugadores tomando en cuenta los siguientes aspectos y requisitos: a) Las nóminas de inscripción se deberán presentar en formularios entregados por la Comisión de Fútbol, escritos a máquina o con letra legible y con firmas de responsabilidad del Presidente y Secretario del Club, con fecha de inscripción, caso contrario no se inscribirá al club. b) Las nóminas de jugadores en todas las categorías, tendrán nombres y apellidos completos, número de cédula de identidad, firma correcta, y también se hará constar la fecha de inscripción. En caso de no encontrarse la firma del jugador, no se habilitará el carné de cancha, es obligatorio que al pie de la hoja de inscripción consten las firmas del Presidente y Secretario del Club. c) Nómina del directorio del club con sus respectiva dirección domiciliaria, número telefónico o número celular, correo electrónico, en caso de no cumplir con estos requisitos no será emitida la inscripción. d) Todos los clubes están obligados a presentar y adjuntar la nómina de los jugadores de su pertenencia, a la hoja de inscripción de la Comisión de Fútbol, con las debidas firmas de responsabilidad del Presidente y Secretario del Club; además presentarán la hoja de los jugadores que no son de su pertenencia con su carta pase. e) Los clubes que inscriban a jugadores de otros equipos deberán presentar los pases definitivos o cartas préstamo legalizados por la Comisión de Fútbol, al momento de la inscripción. f) Cada equipo participará con jugadores pelileños y dos refuerzos foráneos o extranjeros opcionales, los cuales podrán ser cambiados hasta el término de la primera etapa del campeonato 2016, en las categorías Primera A, Primera B, Segunda y Senior Femenino. g) Los equipos podrán inscribir un mínimo de 11 jugadores en todas sus categorías. h) En las categorías formativas, se deberá adjuntar la autorización firmada por el padre o madre de familia y adjuntando su copia de cédula de identidad, en caso que el jugador participe por primera vez. i) Se adjuntarán a la nómina de inscripción de jugadores, copias de la cédula de identidad a color, partidas de nacimiento originales en el caso de los menores de edad, partidas de matrimonio de los jugadores casados con pelileñas y documentos actualizados probatorios de la unión de hecho otorgados por la autoridad competente. j) El valor de la inscripción por jugador es de $ 1,00 (un dólar) en las categorías Primera A, Primera B, Segunda y Senior Femenino.
  • 5. LIGA DEPORTIVA CANTONAL DE PELILEO Comisión de Fútbol PELILEO – ECUADOR 5 k) Presentar el certificado de no adeudar a Liga Deportiva Cantonal de Pelileo. l) Una fotografía tamaño carnet actualizada a color. m) Club nuevo depositará $20,00 (veinte dólares) en efectivo, por derecho de afiliación y $ 80,00 (ochenta dólares) como garantía, la misma que se hará efectiva en el caso de que resultaren desertores. Art. 11.- La inscripción y habilitación de jugadores luego de la fecha estipulada en el presente reglamento, esto es después del 23 de Abril del 2016, se realizará mediante la presentación de todos los requisitos ante el Presidente de la Comisión de Futbol, a fin de que se autorice la inscripción de dichos jugadores en la sesión ordinaria correspondiente. El oficio que solicite la inscripción de jugadores no tendrá costo. Art. 12.- Para cumplir con lo dispuesto por el literal f) del artículo diez de éste Reglamento, se considerará pelileño y podrá actuar como tal: a) Por Nacimiento b) Por tener padres pelileños o ascendientes hasta el segundo grado de consanguinidad. c) Por estar casado(a) con Pelileña(o), o hijo(a) de padres pelileños de nacimiento o unión de hecho debidamente legalizada ante un juez competente o un notario público. d) Las personas que residan definitivamente en nuestro cantón o que vivan 5 años consecutivos, previa comprobación por la Comisión de Fútbol, quienes presentarán un informe por escrito. e) En el caso de las categorías formativas, quienes se encuentran estudiando en los planteles educativos del cantón, previa presentación de la certificación de matrícula y asistencia del plantel respectivo. Art. 13.- Los jugadores inscritos, serán calificados y habilitados por la Comisión de Fútbol, cada jugador deberá tener un carnet de cancha extendido por Liga Deportiva Cantonal de Pelileo y la Comisión de Fútbol, en el mismo que deberá constar las firmas del Presidente de la Comisión de Fútbol, y Secretario de Liga Deportiva Cantonal de Pelileo, respectivo sello, ser plastificado y deberá ser habilitado hasta los días viernes de cada semana, y llevará la fecha de su elaboración. Art. 14.- Los clubes podrán inscribir a sus jugadores hasta el término de la primera etapa del campeonato 2016 en todas las categorías, a
  • 6. 6 excepción de las categorías formativas, que podrán inscribirse hasta antes de las 4 últimas fechas de la liguilla. Art. 15.- Los jugadores considerados como foráneos o extranjeros podrán ser reemplazados hasta una fecha antes del término de la primera etapa en las categorías Primera A, Primera B, Segunda y Senior Femenino. Art. 16.- Los jugadores una vez inscritos, en cada una de las categorías, pertenecerán y jugarán en la categoría que se hayan inscrito, pero podrán ascender en las diferentes categorías de un mismo club, sin poder retornar a la categoría en la que fueron inscritos originalmente, a excepción de las categorías formativas. Art. 17.- Un equipo nuevo podrá ser inscrito para el presente campeonato con la excepción de jugadores que tengan sanciones impuestas por la Comisión de Fútbol o Liga Deportiva Cantonal de Pelileo previa verificación respectiva. Art.- 18.- En las categorías formativas la inscripción es gratuita. Art. 19.- El presente Campeonato Interno de Fútbol, se agrupará en las siguientes categorías: a. Primera Categoría A b. Primera Categoría B c. Segunda Categoría d. Senior Damas e. Categoría Sub 16 (nacidos desde 2000) f. Categoría Sub 14 (nacidos desde el año 2002) g. Categoría Sub 12 (nacidos desde el año 2004) h. Categoría Sub 10 (nacidos desde el año 2006) Art. 20.- El presente campeonato se dará inicio el 01 de Mayo del 2016, directamente con el inicio de los encuentros deportivos que programe la Comisión de Fútbol. DE LOS DELEGADOS DE CONTROL Art. 21.- En cada encuentro de fútbol, habrá un delegado de control designado por la Comisión de Fútbol o Liga Deportiva Cantonal de Pelileo, el mismo que no tendrá relación de dependencia laboral con aquellos, quien deberá ser mayor de edad, tener un carnet otorgado por Liga Deportiva Cantonal de Pelileo, el mismo que se encargará de tizar la cancha, poner y sacar las redes de los arcos, además informará por escrito de las novedades que observe en los partidos de fútbol designados, sus informes serán llenados con letra legible, sus expresiones serán claras y apegadas a la verdad, y sus actuaciones serán de manera imparcial apegadas al presente reglamento de fútbol.
  • 7. LIGA DEPORTIVA CANTONAL DE PELILEO Comisión de Fútbol PELILEO – ECUADOR 7 Art. 22.- A falta del delegado de control en un encuentro deportivo, los capitanes de los clubes se pondrán de acuerdo y nombrarán a una persona mayor de edad que cumpla con esa función, el registro y novedades del partido de fútbol se lo harán en una hoja de papel simple y se sancionará al delegado de control: - La primera vez con una multa de $ 10,00 (diez dólares) - Si reincide pagará una multa de $20,00 (veinte dólares). - La tercera vez será suspendido. Art. 23.- Una vez terminado el encuentro de fútbol, el delegado de control, devolverá los carnés de cancha a los dos clubes, luego de firmar el Acta de Juego correspondiente del partido, retendrá los carnés de cancha de los jugadores con tarjetas amarillas, rojas y los que sean necesarios por orden del Señor Arbitro. Art. 24.- El delegado de control hará constar en su informe la presentación o no del balón de fútbol N° 5 en buen estado, el club que no lo presente será multado con $5,00 (cinco dólares). Art. 25.- Los cambios de los jugadores serán autorizados por el delegado de control, un jugador para realizar un cambio deberá hacerse presente con su respectivo carnet de cancha ante el señor Delegado de Control y luego de la respectiva autorización, el Delegado de Control notificará al señor Árbitro, quien autorizará la entrada del jugador al campo de juego. Art. 26.- El delegado de control está en la obligación de informar al señor árbitro, sobre cualquier anomalía que se detecte en el encuentro deportivo, dentro o fuera de la cancha de juego y hará constar por escrito en el acta de juego. Art. 27.- El delegado de control deberá hacer constar su informe detallado del encuentro de fútbol en el acta de juego, con sus nombres y apellidos completos y su firma de responsabilidad, así como los nombres y apellidos completos del árbitro del compromiso. El mismo que será tomado en cuenta, para la sanción respectiva. En caso de incumplir con ésta disposición será suspendido por 4 fechas de juego. Art. 28.- El delegado de control es la persona responsable de anotar en el acta de juego, los nombres y apellidos de los jugadores de acuerdo al carnet de cancha, con letras legibles, en caso de no dar cumplimiento, el delegado de control por primera vez, será multado con $30,00, por segunda vez, será multado con $50,00 y por tercera vez será suspendido el resto del campeonato.
  • 8. 8 Art. 29.- El delegado de control recibirá $5,00 (cinco dólares) por partido en Primera A, Primera B, Segunda y Senior Femenino; y en las categorías inferiores $4,00 (cuatro dólares) por compromiso deportivo. Art. 30.- El delegado de control entregará las actas de juego hasta las 12H00 del día lunes siguiente a la programación, en el lugar que señale la Comisión de Futbol, en sobre sellado, caso contrario será sancionado con $20,00 (veinte dólares) de multa. DE LOS ÁRBITROS Art. 31.- Los partidos del presente campeonato, serán dirigidos por los árbitros del Comité Amateur San Pedro de Pelileo u otros gremios, en Primera categoría A, B, Segunda, y Femenino, previo el acuerdo respectivo con Liga Deportiva Cantonal de Pelileo. En caso de inconformidad del club o clubes de Primera A, B, Segunda y Femenino con los Árbitros del Comité Amateur San Pedro de Pelileo, se hará el trámite respectivo ante Liga Deportiva Cantonal de Pelileo, para que los Árbitros Profesionales del Cantón Ambato u otros gremios, dirijan dichas categorías. Art. 32.- Un Club podrá realizar 4 cambios en las categorías: primera A, Primera B, Segunda; 5 cambios en las categorías Sub 16 y Sub 14, y; 6 cambios en las categorías Sub 12, y Sub 10; y en la Categoría Senior Femenina 5 cambios. Art. 33.-Un árbitro de cualquier gremio que sea contratado por Liga Deportiva Cantonal de Pelileo, no podrá ser jugador ni dirigente de ningún Club, durante todo el Campeonato 2016, en ninguna de las categorías. Art. 34.- Un árbitro o la terna arbitral no podrá dirigir más de dos encuentros deportivos en un mismo día: en las categorías Primera “A”, Primera “B”, Segunda, Senior Femenino; y, tres en las categorías formativas, en caso de incumplimiento será sancionado con $30,00 (treinta dólares) de multa. Art. 35.- El Comité Amateur de Árbitros San Pedro de Pelileo u otros gremios, deberán presentar la designación de los árbitros en Secretaría de Liga Deportiva Cantonal de Pelileo, hasta las 16h00 de los días Viernes anterior a la programación, en caso de incumplimiento cancelarán una multa de $20,00 (veinte dólares). Art. 36.- Si un señor Árbitro no asiste a dirigir el o los partidos para el cual fue designado, será suspendido cuatro fechas y cancelará el cien por ciento de la programación, dinero que será depositado por el señor Presidente del Gremio Arbitral en las oficinas de Liga Deportiva Cantonal de Pelileo, hasta las 16H00 del día viernes posterior a la
  • 9. LIGA DEPORTIVA CANTONAL DE PELILEO Comisión de Fútbol PELILEO – ECUADOR 9 inasistencia, caso contrario será sancionado con la suspensión de 4 fechas. Art. 37.- Podrán ingresar al camerino de Árbitros del Estadio Ciudad de Pelileo, solo los árbitros designados al encuentro deportivo, caso contrario serán multados con $20,00 (veinte dólares), de éste hecho el señor Delegado de Control hará constar en su informe los nombres y apellidos de los Árbitros que incumplieren ésta disposición. Art. 38.- En caso de no presentarse el señor árbitro a un encuentro de fútbol los capitanes de los dos clubes están en la obligación de buscar una persona mayor de edad e idónea que dirija dicho encuentro, con excepción del delegado de control. Art. 39.- El árbitro designado para un encuentro deportivo realizará un informe arbitral en el acta de juego correspondiente, en la que hará constar detalladamente las faltas cometidas por los jugadores, dirigentes o hinchas de los clubs participantes en dicho encuentro deportivo. SISTEMA DE CALENDARIO Art. 40.- Los calendarios de juegos serán elaborados por la Comisión de Fútbol, y la programación se realizará los días lunes en sesión ordinaria. Art. 41.- El presente campeonato de Futbol 2016, se conformará de la siguiente forma: a) La Primera Categoría “A” estará conformada por 20 equipos. b) La Primera Categoría “B” estará conformada por 24 equipos. c) La segunda categoría, Senior Femenino y categorías formativas, estará integrada por todos los clubes que se encuentren legalmente inscritos. Art. 42.- No existe compra ni venta de categoría. Art. 43.- El ascenso de los equipos participantes se realizará de acuerdo a las siguientes normas: a) Los equipos de la categoría primera B que alcancen los cuatro primeros lugares, ascenderán a la primera categoría A, en el caso de haber sancionados y desertores ascenderán el club o los clubes inmediatos seguidores. b) Los equipos de segunda categoría que obtengan los seis primeros lugares ascenderán a primera B, en el caso de haber sancionados y desertores ascenderán el club o clubes inmediatos seguidores.
  • 10. 10 Art. 44.- El descenso de los equipos participantes, se realizará de acuerdo a las siguientes normas: a) Descenderán de primera A, los equipos que ocupen los cuatro últimos lugares, incluidos los equipos sancionados y desertores, también se considerará desertor el club que no se inscriba en el presente campeonato. b) Descenderán de primera B, los equipos que ocupen los seis últimos lugares, incluidos los equipos sancionados y desertores, también se considerará desertor al club que no se inscriba en el presente campeonato. Art. 45.- Únicamente se suspenderá un encuentro de fútbol, por las siguientes causas: a) Muerte de un jugador, directivo y/o familiar hasta tercer grado de consanguinidad, lo cual será comunicado de forma inmediata a la Comisión de Fútbol. En este caso el equipo inmerso en este literal, deberá presentar la solicitud dando a conocer de este inconveniente, adjuntando la documentación respectiva, hasta el día lunes que se realice la programación a fin que se lo reprograme, caso contrario perderá los puntos y se considerará como partido no presentado, y los mismos se adjudicarán a su rival con un marcador de 3 por cero.- b) Por mal estado de la cancha o campo de juego, previo reconocimiento del señor árbitro y delegado de control conjuntamente con los capitanes de los dos clubs participantes. Art. 46.- Los partidos de fútbol que fueren suspendidos y no realizados por fuerza mayor y por los motivos del artículo 48, se realizarán en la fecha que la Comisión de Fútbol lo señale, dentro de las 96 horas siguientes, para lo cual se tomará en consideración la programación del día domingo. Art. 47.- Los Clubes están sujetos a realizar los encuentros de fútbol de acuerdo al calendario de juego, no se aceptarán cambios de hora ni postergaciones, ni por aniversario, ya que serán considerados como no presentados y serán sancionados de acuerdo al presente Reglamento. Art. 48.- La Comisión de Fútbol realizará el calendario total, el mismo que será entregado a los clubes participantes. Art. 49.- Una vez iniciado el campeonato, los equipos participantes no podrán contraer compromisos en otros campeonatos, salvo que representen a Liga Deportiva Cantonal de Pelileo, en torneos oficiales, en el caso de participar serán multados con $100,00 (cien dólares). Art. 50.- Para dar inicio a un partido de fútbol, cada club debe tener en cancha un mínimo de 7 (siete) jugadores, pudiendo completar el número reglamentario hasta el minuto ochenta y nueve del partido. Queda
  • 11. LIGA DEPORTIVA CANTONAL DE PELILEO Comisión de Fútbol PELILEO – ECUADOR 11 prohibida la participación de jugadores menores de 15 años en primera “A”, “B” y Segunda, el club que incumpla este artículo, pagará una multa de $50,00, en caso de reincidir se duplicará la sanción. En la categoría damas se podrán inscribir jugadoras de 12 años en adelante. Art. 51.- El Árbitro y delegado de control tendrán la obligación de igualar sus cronómetros, con un representante de cada equipo, para dar inicio al partido de fútbol, a fin de prevenir inconvenientes sobre la hora de iniciación de un partido de fútbol y esperará los 15 minutos reglamentarios de la hora programada. Art. 52.- La modalidad del campeonato de fútbol será la siguiente: a. PRIMERA CATEGORÍA A Y PRIMERA B: a.1. PRIMERA FASE: En Primera Categoría A y B se jugará todos contra todos, clasificando los ocho primeros.- No habrá bonificación. En primera categoría A, los 8 equipos que ocupen los últimos lugares jugarán la liguilla del No descenso, luego de lo cual, los clubes que ocupen los cuatro últimos lugares bajarán de categoría. En Primera B los ocho equipos que ocupen los últimos lugares jugarán la liguilla del No descenso, luego de lo cual, los 6 equipos que ocupen los últimos lugares bajarán de categoría. a.2. LIGUILLA FINAL Se jugará con los 8 clubes clasificados, todos contra todos, de los que clasificarán cuatro, de los cuales jugarán el primero con el cuarto y el segundo con el tercero, luego jugarán los dos ganadores para disputar el primero y segundo lugar y los dos perdedores para el tercero y cuarto puesto. En caso de empate en puntos en estos partidos, se jugarán dos tiempos adicionales de quince minutos cada uno, y de persistir el empate en puntos y goles, se definirá en tiros penales. b. SEGUNDA CATEGORÍA Y SENIOR FEMENINO b.1. En la primera fase se harán series, jugarán todos contra todos clasificando 16 equipos. b.2. En la liguilla se jugará con 16 clubes, en 2 series de los cuales clasificarán el primero y segundo de cada serie, y jugarán el primero
  • 12. 12 de la serie A con el segundo de la serie B en forma cruzada y los ganadores irán a disputar el primero y segundo lugar y los perdedores por el tercero y cuarto puesto. En caso de empate en puntos en estos partidos, se jugarán dos tiempos adicionales de quince minutos cada uno, y de persistir el empate en puntos y goles, se definirá en tiros penales. c. CATEGORÍAS FORMATIVAS La modalidad de las categorías formativas, se efectuará luego de las inscripciones, para su inscripción será obligatoria la presentación de la respectiva partida de nacimiento original actualizada, o copia de cédula a color. Art. 53.- Para los encuentros que se realicen en el Estadio Ciudad de Pelileo, se permitirá la entrada a las siguientes personas: a) 17 jugadores b) Entrenador c) Kinesiólogo o masajista d) 1 dirigente En total 20 (veinte) personas. En caso de no cumplir con esta disposición pagará una multa de $50,00 (cincuenta dólares) el club responsable. DE LA PREMIACIÓN Art. 54.- Los clubes que ocupen los tres primeros lugares en las categorías Primera A, Primera B, Segunda y Senior Damas, serán premiados de conformidad con el informe final emitido por la Tesorería de Liga cantonal de Pelileo, sobre los ingresos y egresos que genere el presente campeonato, para lo cual y de conformidad a dicho informe la Comisión de Fútbol conjuntamente con los equipos finalistas de las categorías mencionadas, elaborarán el cuadro de premios correspondiente.- DE LAS SANCIONES Art. 55.- Si los clubes se valieren de medios ilícitos para la inscripción o participación de uno o varios de sus jugadores, en todas las categorías, serán sancionados de acuerdo a la siguiente normativa: a) El equipo de la primera categoría A o B con la pérdida de la categoría. b) En Segunda Categoría, Senior Damas o inferiores se suspenderá al club y a sus jugadores por el resto del campeonato.
  • 13. LIGA DEPORTIVA CANTONAL DE PELILEO Comisión de Fútbol PELILEO – ECUADOR 13 c) Directivos del club, jugador o jugadores que cometieron el ilícito con la suspensión de un año calendario en las categorías, indicadas en el literal a). d) Se acreditará los puntos al equipo rival con el marcador de 3x0 en los cuales haya participado el jugador. e) Todo tipo de sanciones que reciban en el campeonato de fútbol femenino se aplicará todos los artículos que son aplicados a los clubes de la segunda categoría. Art. 56.- A falta de los requisitos habilitantes tipificados en el artículo 09, perderán los puntos automáticamente, los mismos que serán otorgados a los adversarios, con un marcador de 3x0, en todos los partidos en los cuales haya intervenido el o los jugadores infractores. Art. 57.- Si un club de primera categoría A y B, no se inscribe para su participación en el presente campeonato, perderá automáticamente la categoría y se considerará como DESERTOR. Art. 58.- Un jugador que firme en dos o más clubes para su inscripción, quedará descalificado, sin opción a jugar en el presente campeonato. No existirán acuerdos entre clubes para borrar las firmas, de jugar será sancionado con un año calendario y el club perderá los puntos en los partidos que haya participado el o los jugadores, para el reclamo pertinente se sancionará de conformidad a lo dispuesto en el artículo 99 del presente Reglamento. Art. 59.- Si no se presentare ninguno de los clubes al encuentro programado, los puntos en disputa no se entregarán a ningún club, y los gastos ocasionados de arbitraje y delegado de control serán cancelados en su totalidad por los dos clubes. Art. 60.- Los clubes deberán estar presentes obligatoriamente quince minutos antes de la hora señalada, caso contrario se esperará quince minutos, de no presentarse perderá los puntos en disputa que se adjudicarán al club que estuviere presente y en cancha, además deben registrarse los jugadores en el acta respectiva suscrita por el delegado de control, con un marcador de 3x0, al mismo que le corresponderá pagar el total del valor de arbitraje, y el club infractor pagará el total del arbitraje incluido del delegado de control de los cuales se devolverá el 50% cancelado por el club presente. Art. 61.- El club que, actuando con siete jugadores en el campo de juego, sin justificación y por insinuación un jugador se hace expulsar o abandona la cancha de juego, el club perderá los puntos en disputa con
  • 14. 14 un marcador de 3x0 si es inferior, y si el resultado de goles es mayor se mantendrá el mismo. Art. 62.- Si un club de primera A o primera B abandona la cancha de juego en actitud rebelde, perderá los puntos en disputa cualquiera que fuere el resultado y será acreditado a su rival de turno con un marcador de 3x0, si el resultado de goles es mayor se mantendrá el mismo.- Art. 63.- El club o clubes que intervengan en riñas, agresiones físicas entre jugadores, directivos o hinchas produciéndose una batalla campal, durante el desarrollo de un partido, serán sancionados de la siguiente manera: En primera “A” y primera “B”, por primera vez pagarán una multa de cincuenta dólares ($ 50,00), en caso de reincidencia perderán la categoría y serán separados del campeonato; en segunda categoría y Senior Damas, por primera vez pagarán una multa de cincuenta dólares ($50,00), y en caso de reincidencia serán separados del campeonato. Art. 64.- Un club de Primera A, Primera B, que no se presente a dos encuentros programados, serán declarados desertores, haciéndose acreedores los jugadores a la suspensión de un año calendario, más una multa de $80,00 (ochenta dólares), pérdida de categoría y los puntos en disputa serán otorgados a su rival de turno con el marcador de 3x0. Art. 65.- Un club de Segunda Categoría y Senior Femenino que no se presente a dos encuentros programados, serán declarados desertores, pagarán una multa de $80,00 (ochenta dólares) y serán suspendidos el resto del campeonato, los puntos serán otorgados a su rival de turno con el marcador de 3x0. Art. 66.- En las categorías formativas, los clubes que no se presenten a tres encuentros programados, serán declarados desertores y no podrán jugar el resto del campeonato. Art. 67.- La sanción impuesta en el artículo 64, no se aplicará a los jugadores que se encuentren inscritos en el acta de juego del segundo partido y los menores de edad. Art. 68.- Equipo que se encuentre actuando en la liguilla final de ascenso y no descenso y no se presente a un encuentro será considerado desertor en la categoría respectiva, y será sancionado con la suspensión por el resto del campeonato. Art. 69.- Los clubes que inscriban a jugadores de otros equipos deberán presentar los pases definitivos o cartas préstamo legalizados por la Comisión de Fútbol, al momento de la inscripción, caso contrario perderán los puntos, en los partidos que hayan intervenido el jugador y se le adjudicará al rival con un marcador de 3x0, para el reclamo pertinente se sancionará de conformidad a lo dispuesto en el artículo 99 del presente Reglamento.
  • 15. LIGA DEPORTIVA CANTONAL DE PELILEO Comisión de Fútbol PELILEO – ECUADOR 15 Art. 70.- Los clubes participantes no podrán inscribir y hacer actuar a jugadores sancionados por la Comisión de Fútbol o Liga Deportiva Cantonal de Pelileo, caso contrario serán sancionados un año calendario el jugador y se impondrá una multa de 50 dólares al Presidente del Club. Art. 71.- Si un club no cancela del arbitraje en su totalidad hasta antes de iniciar el segundo tiempo, el delegado de control tendrá la obligación de solicitar a los clubes participantes realicen dicho pago. En caso de que los clubes se negaren en realizar el pago, solicitará al árbitro se dé por terminado el partido, el club infractor perderá los puntos y se adjudicarán al rival con un marcador de 3x0 y si el resultado es mayor se mantendrá el mismo. El club infractor pagará el valor de arbitraje caso contrario no será programado el siguiente partido. Art. 72.- Por la mala actuación de un árbitro en un partido de fútbol, se solicitará al Comité Amateur de Árbitros San Pedro de Pelileo u otros Gremios, que se le sancione, con la suspensión respectiva según la gravedad de la falta. La sanción será notificada a la Comisión de Fútbol adjuntando el acta certificada en que conste la ejecución de la sanción, notificación que se lo hará en un plazo máximo de 72 horas, en caso de incumplimiento, el gremio arbitral pagará una multa de $50,00 a Liga Deportiva Cantonal de Pelileo, que será cancelada en el plazo de 48H00. La mala actuación de un árbitro será calificada por una Comisión integrada por un miembro de la Comisión de Fútbol y un Delegado del Comité Amateur de Árbitros San Pedro de Pelileo en partidos de trascendencia. Art. 73.- El o los jugadores de un club plenamente identificados, que estando dentro o fuera de la cancha demuestren incultura, insultos, injurias, hacia sus compañeros de cancha, jugadores rivales, delegado de control, árbitro, jueces de línea, miembros de la Comisión de Fútbol o directivos de Liga Deportiva Cantonal de Pelileo, será amonestado de la siguiente manera: a) Por primera vez con una amonestación escrita mediante oficio. b) La segunda vez con una multa de $50,00 (cincuenta dólares). c) De infringir nuevamente los jugadores de un club plenamente identificados en primera A, primera B, segunda categoría y senior damas, serán sancionados con una multa de cien dólares ($100,00). Art. 74.- Dirigente plenamente identificado de un club que agrediere verbal o físicamente dentro o fuera de la cancha a un jugador rival, delegado de control, árbitro, jueces de línea, miembros de la Comisión de Fútbol o directivos de Liga Deportiva Cantonal de Pelileo, serán
  • 16. 16 sancionados con una multa de $100,00 (cien dólares) el club al que pertenezca el dirigente, en caso de reincidir serán suspendidos 2 años calendario. Art. 75.- Las hinchadas o los hinchas plenamente identificados de un club participante del presente campeonato, que demuestren incultura, insultos, injurias, en contra de jugadores, delegado de control, árbitro, jueces de línea, miembros de la Comisión de Fútbol o directivos de Liga Deportiva Cantonal de Pelileo o que invadieren el campo de juego sin causar agresiones, serán amonestados de la siguiente manera: a) Por primera vez con una amonestación escrita mediante oficio. b) La segunda vez con una multa de $50,00 (cincuenta dólares). c) Por tercera vez con multa de $100,00 (cien dólares) Estas sanciones no serán aplicables a los partidos jugados en el Estadio ciudad de Pelileo. Art. 76.- Jugadores, dirigentes o hinchas plenamente identificados que profieran insultos racistas en contra de jugadores, delegado de control, árbitro, jueces de línea, miembros de la Comisión de Fútbol o directivos de Liga Deportiva Cantonal de Pelileo, serán sancionados con multa de cincuenta dólares americanos ($50,00), en caso de reincidencia, pagarán cien dólares de multa ($100,00) y serán suspendidos un año calendario.- Art. 77.- Jugador que fuere expulsado del campo de juego, será sancionado de la siguiente manera: a) El jugador que tuviere tarjeta amarilla cancelará una multa de $0,50 (cincuenta centavos). b) El jugador que tuviere tarjeta roja directa será suspendido automáticamente con dos partidos y una multa de $2,00 (dos dólares). c) Por doble tarjeta amarilla, un partido de suspensión y una multa de $ 2,00 (dos dólares). d) En caso de reincidir en tarjeta roja directa será sancionado con cuatro partidos de suspensión y una multa de $ 4,00 (cuatro dólares). e) Si un jugador participa sin haber cumplido la suspensión establecida en los literales b), c) y d) será sancionado con la pérdida de los puntos de su club y el jugador será suspendido el resto del campeonato y los puntos se acreditarán al rival con un marcador de 3 x 0 y si es mayor se mantiene el mismo. f) Por intento de agresión física al señor árbitro, delegado de control, autoridades de la Comisión de Fútbol o de Liga Deportiva Cantonal de Pelileo, será suspendido 6 partidos. g) Por agresión física a las personas constantes en el literal f), un año calendario.
  • 17. LIGA DEPORTIVA CANTONAL DE PELILEO Comisión de Fútbol PELILEO – ECUADOR 17 h) Por cometer o realizar actos obscenos, será sancionado con suspensión de un año calendario. En caso de reincidencia, la suspensión será de dos años calendario. Art. 78.- Jugadores o dirigentes que estando dentro o fuera del campo de juego realicen el acto de escupir a jugadores, delegado de control, árbitro, jueces de línea, miembros de la Comisión de Futbol o directivos de Liga Deportiva Cantonal Pelileo serán sancionados con la suspensión de un año calendario. Art. 79.- El o los dirigentes que intenten agredir físicamente al señor árbitro, delegado de control, autoridades de la Comisión de Fútbol o de Liga Deportiva Cantonal de Pelileo, pagarán una multa de $50,00 (cincuenta dólares). Art. 80.- Dirigente que cometa o realice actos obscenos, será sancionado con suspensión de un año calendario. En caso de reincidencia, la suspensión será de dos años calendario, en los cuales no podrá participar ni como dirigente ni como jugador. Art. 81.- Un jugador que durante el campeonato se hubiere hecho acreedor a cinco tarjetas amarillas, será sancionado con la suspensión automática (sin notificación alguna) de un partido, luego de haber acumulado la quinta tarjeta amarilla, por cada tarjeta amarilla pagará una multa de $ 0,50 (cincuenta centavos), en caso de actuar el jugador, el equipo infractor perderá los puntos, acreditándose a su rival con un marcador de 3x0 y el jugador cumplirá el partido de suspensión en el partido posterior, además el momento que un Miembro la Comisión de Fútbol, llegue a detectar la actuación ilícita del jugador que cumplió la quinta tarjeta amarilla, no será necesario que exista impugnación alguna del adversario de ese partido y los puntos se adjudicarán a los clubes rivales contra los que participó el jugador infractor. Art. 82.- Para levantar las sanciones por tarjetas rojas o amarillas se tomará en cuenta únicamente los partidos jugados. Art. 83.- No podrá actuar en un partido de fútbol, jugador que se encuentre en estado etílico o con aliento a licor, en caso de ser detectado, será expulsado del partido con roja directa, y una multa de $20,00 (veinte dólares). Art. 84.- Jugador que estando en estado etílico o con aliento a licor y sorprendiendo al delegado de control, actúe en el partido y si es responsable de escándalos y riñas, será sancionado con la suspensión de un año calendario, el club al que pertenece perderá los puntos en
  • 18. 18 disputa, los mismos que se adjudicará a su rival con un marcador de 3x0, además pagará una multa de $ 50,00 (cincuenta dólares). Art. 85.- Si un jugador plenamente identificado agrediere verbalmente a la hinchada de un equipo participante en el presente campeonato, será amonestado con la suspensión de seis partidos. Art. 86.- Si se produjeren en el interior o exterior del campo de juego, durante o después del encuentro deportivo agresiones físicas entre jugadores plenamente identificados, se los sancionará con la suspensión de seis partidos. Art. 87.- Jugadores, dirigentes o hinchas de un club determinado, que actuando en el Estadio ciudad de Pelileo, arrojen objetos al campo de juego, serán sancionados con multa de doscientos dólares americanos ($200,00). En caso de suscitarse impacto a una de las personas que se encuentren dentro del campo de juego, correrán con el pago de los gastos médicos ocasionados hasta la total recuperación de la persona lesionada. De producirse daños o deterioros en las instalaciones del Estadio ciudad de Pelileo, deberán cubrir con todos los gastos de reparación. Art. 88.- El señor Árbitro designado para un encuentro deportivo, de acuerdo a las circunstancias que se presenten en el mismo, y de acuerdo a su sana crítica podrá suspender un encuentro deportivo, en forma definitiva o temporalmente, de darse una suspensión temporal, dicho encuentro continuará hasta que se cumpla el tiempo reglamentario, en el día y hora que establezca la comisión para reanudación del encuentro dentro del lapso de 96 horas. Art. 89.- Todo club que sea multado por cualquier infracción cometida, está en la obligación de cancelar dicha multa hasta la siguiente sesión de la Comisión de Fútbol, caso contrario no será programado, salvo el club que interponga recurso de apelación dentro del plazo reglamentario. Art. 90.- Jugador, dirigente o club que sea sancionado por la Comisión de Fútbol o Liga Deportiva Cantonal de Pelileo, deberán cumplir el ciento por ciento de la sanción, para que sea levantada la misma. Art. 91.- En caso de inasistencia del delegado de control, delegado por la Comisión de Fútbol, para el partido, será sancionado con $10,00 (diez dólares). Art. 92.- El delegado de control que no retenga los carnets de los jugadores sancionados, serán multados con $10,00 (diez dólares). Art. 93.- El o los jugadores deberán presentarse en la cancha de juego con sus respectivos carnés de cancha, caso de no hacerlo se
  • 19. LIGA DEPORTIVA CANTONAL DE PELILEO Comisión de Fútbol PELILEO – ECUADOR 19 considerará medio ilícito y si participa en dicho encuentro, el club perderá los puntos en disputa los mismos que serán acreditados al equipo rival de turno con un marcador de 3x0. Art. 94.- Los miembros de la Comisión de Fútbol de Liga Deportiva Cantonal de Pelileo, que detecten un medio ilícito o alguna anomalía podrán de oficio aplicar la sanción correspondiente de acuerdo al Reglamento. Art. 95.- Para juzgar las actas de juego, se tomará en cuenta el informe tanto arbitral como del delegado de control. En caso de que existiere contradicción entre los informes del árbitro y delegado de control prevalecerá el del árbitro en cuanto a los hechos acaecidos dentro del terreno de juego y, cuando los acontecimientos se realizaren fuera del terreno de juego prevalecerá el del delegado de control. La Comisión de Fútbol o Liga Deportiva Cantonal de Pelileo, de acuerdo a la instancia de apelación o impugnación respectiva, en caso de considerar necesario, solicitarán la presencia tanto del Sr. Arbitro y Delegado de Control, cuya presencia será obligatoria, y la o las personas involucradas, a una sesión extraordinaria, a fin de poder determinar los verdaderos hechos dados en ese partido de fútbol, y que servirá para aplicar la sanción que corresponde. En caso de no comparecer se sancionará con una multa de cincuenta dólares (U.S.D 50,00).- Art. 96.- Las sanciones y resoluciones adoptadas por la Comisión de Fútbol y Liga Deportiva Cantonal de Pelileo, se dará a conocer al club, clubes, jugadores, dirigentes e hinchas involucrados, al momento de las sesiones de manera verbal, sean estas ordinarias o extraordinarias, las sanciones también se darán a conocer de la manera resumida a través de la cartelera ubicada en el Edificio de Liga Deportiva Cantonal de Pelileo, la misma que se publicará al siguiente día de tomada la Resolución. Para el conocimiento de Resoluciones de la Comisión de Futbol y Liga Cantonal Pelileo, se dará a conocer con o sin la presencia de los delegados de los clubes. Art. 97.- Todas las sanciones de la Comisión de Fútbol, son apelables de acuerdo a la siguiente norma: El recurso de apelación será presentado dentro del plazo de 7 (siete) días de haber sido sancionado, en PRIMERA instancia a la COMISIÓN DE
  • 20. 20 FUTBOL y en segunda y definitiva instancia a LIGA DEPORTIVA CANTONAL DE PELILEO, dicha apelación se resolverá en un plazo de 7 (siete) días. Los documentos presentados para la apelación a la Comisión de Fútbol, pasarán a Liga Deportiva Cantonal de Pelileo. Las intervenciones de los clubs apelantes se darán mediante un delegado, quien tendrá derecho a dos intervenciones de cinco minutos cada una.- Art. 98.- Las impugnaciones y apelaciones se deberán presentar por escrito y acompañados con el respaldo de documentos probatorios en caso de haberlos obtenido, más la cantidad de $5,00 (cinco dólares) y los oficios serán recibidos con $3,00 (tres dólares) que quedarán en beneficio de la Comisión de Fútbol. Art. 99.- Los clubes podrán realizar cualquier reclamo sobre los derechos deportivos de sus jugadores, jugadores sancionados, o cualquier reclamo referente a la participación de jugadores en los diferentes clubs, hasta treinta días después de haber participado el jugador, el mismo que será sancionado de conformidad como lo estipula el presente Reglamento. Se exceptúan de ésta norma los jugadores que actúen de forma ilícita o por medios ilícitos según el presente reglamento, lo cual ante el reclamo correspondiente será verificado por la Comisión de Fútbol y en caso de constatarse la veracidad del ilícito, se suspenderá al jugador por el resto de campeonato y al equipo al cual pertenece se la sancionará con una multa de 100 dólares americanos y la pérdida de los puntos en los partidos en que haya participado el jugador sancionado. - Art. 100.- Ninguna persona, sea jugador, dirigente, hincha o simpatizante de un club que participe en el presente campeonato podrá ser sancionado por un acto que no se encontrare expresamente declarado como infracción en el presente reglamento. Se prohíbe la interpretación extensiva de sus normas, debiendo sujetarse a su tenor literal. Art. 101.- En caso de conflicto entre dos normas de la misma materia dentro del presente reglamento, que contemplen sanciones diferentes para un mismo hecho, se aplicará la menos rigurosa. DE LOS DERECHOS DEPORTIVOS DE LOS CLUBES Art. 102.- Jugador de Primera A, Primera B, Segunda categoría y Senior Femenino que participe dos años consecutivos en un club, el equipo en el cual participó, será el que tiene los derechos deportivos o pase.
  • 21. LIGA DEPORTIVA CANTONAL DE PELILEO Comisión de Fútbol PELILEO – ECUADOR 21 Art. 103.- Juvenil que juegue dos o más años consecutivos en un club, éste club es el que tiene los derechos deportivos totales de su pase, salvo el caso de que su padre o representante legal sea el que tiene derecho de su pase previo documento, anexo a la inscripción que reposará en secretaria de Liga Deportiva Cantonal de Pelileo. Art. 104.- Jugador que desee separarse del club para obtener su carta pase de libertad, deberá estar inactivo un año calendario en las categorías formativas, los mayores de edad deberán estar inactivos durante dos años, de este hecho en ambos casos se dará a conocer mediante oficio a L.D.C.P., Comisión de Fútbol y al club al cual pertenece. Jugadores que hayan estado inactivos durante dos años consecutivos, aun sin haber presentado el oficio correspondiente dando a conocer de tal hecho, podrá solicitar la verificación de su participación a la Comisión de Fútbol mediante oficio, lo cual será verificado, y de haber permanecido inactivo durante los dos años consecutivos, obtendrá su carta pase de libertad. Art. 105.- Equipo que no participe en el presente campeonato, sus jugadores quedan en libertad de actuar, pudiendo hacerlo en el club de su propiedad el próximo campeonato. Art. 106.- Si un equipo no participa en dos campeonatos consecutivos, automáticamente pierde la propiedad de sus jugadores. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Art. 107.- Si un club adeuda a Liga Deportiva Cantonal de Pelileo y el próximo campeonato participa por lo menos con el 50% de sus jugadores, solamente cambiándose de nombre, será sancionado con la no participación, si no cancela lo adeudado en su totalidad. Art. 108.- Con la finalidad de fomentar la participación deportiva, podrán participar del presente campeonato 2016, los clubs y jugadores de segunda categoría, que hayan sido declarados desertores en el campeonato del año 2015. Art. 109.- En las actas de juego que han sido juzgadas deberá constar, marcador tanto en números y letras, firmas del señor árbitro y delegado de control, deberá constar necesariamente nombres y apellidos del delegado de control y árbitro. Art. 110.- Se considerará medios ilícitos:
  • 22. 22 1. Adulteración o falsificación de documentos que sirvan para la inscripción o habilitación y participación de los jugadores. 2. Falsificación de firma en la hoja de inscripción. 3. Suplantación de identidad. 4. Jugador que participe en más de un equipo. 5. Jugador que no presente el carné de cancha en mesa al delegado de control y juegue. 6. Jugador que participe en un partido de fútbol con otro carné, que no sea el suyo propio. Art. 111.- Todo el articulado del presente Reglamento Interno de Fútbol, queda aprobado en el Congresillo realizado el 06 de Abril del dos mil dieciséis y entra en vigencia a partir de la fecha antes mencionada, el Congresillo de fútbol tiene la facultad y finalidad de aprobar el Reglamento Interno de Fútbol del Campeonato 2016. Sr. Carlos Meza Sr. Rodrigo Carrasco PRESIDENTE DE LA C.F. PRESIDENTE DE L.D.C.P. Ab. Luis Sánchez Sr. Ulvio Sánchez SECRETARIO DE LA C.F. SECRETARIO DE L.D.C.P.