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Banco central de Venezuela
1.-Historia.
La proposición de crear el Banco Central de Venezuela se presenta dentro de un ambiente de grandes cambios
políticos, sociales y económicos coincidentes con una situación mundial convulsionada. No sólo eran los inicios
de la Segunda Guerra Mundial, sino también y por sobre todo, los comienzos del gran debate en el país sobre
el rumbo político y económico que debía seguirse después de los 27 años del gobierno del General Juan Vicente
Gómez. El nuevo gobierno elaboró un plan
nacional llamado Programa de Febrero que contempló una serie de medidas de
política económica, entre las cuales una de las más importantes fue la de fundar el Banco Central.
El Banco Central de Venezuela se creó mediante una ley promulgada el 8 de septiembre de 1939, publicada en
la Gaceta Oficial No. 19.974 del 8 de septiembre de 1939, durante la presidencia de Eleazar López Contreras.
Este hecho tuvo una enconada oposición por parte de sectores nacionales conservadores, que no entendían los
cambios experimentados tanto a nivel inter-
nacional como a nivel nacional. Consideraban que era una amenaza para la estabilidad monetaria de la nación,
dada su asociacióncon el peligro de un fácil e incontrolable financiamiento del gasto público por parte del Banco
Central. De tal confrontación surgieron demandas fallidas de inconstitucionalidad del proyecto después de
promulgada la Ley por el Congreso Nacional, en medio de una polémica recogida en los medios de
comunicación, así como también la resistencia de un sólo banco comercial para cumplir con la nueva legislación,
que establecía la centralización y exclusividad de emisión de billetes por el BCV y la obligación de los bancos
privados de entregar el oro que respaldaba sus billetes en circulación.
La emisión y circulación de billetes en todo el territorio nacional era derecho exclusivo del Banco Central. El BCV
sólo podría poner en circulación billetes y monedas: mediante la compra de oro, de divisas y de la realización de
las operaciones de crédito, especificadas en la ley, con los bancos y con el público. Los billetes del Banco Central
eran convertibles en moneda legal venezolana, en barras de oro o en letras o giros a la vista sobre fondos
depositados en el exterior. El Banco estaba obligado a respaldar el 50 por ciento de los billetes emitidos en oro
amonedado, nacional o extranjero y en barras depositadas en sus propias bóvedas o en custodia en bancos en
el exterior, así como en depósitos a la vista en bancos foráneos.
La Ley del BCV ha experimentado reformas a lo largo de la historia en 1943, la fallida de 1948, las de 1960,
1974, 1983, 1984,1987, 1992 y por último la de 2001 que es la vigente. Todas las reformas respondieron a
exigencias internas derivadas del acelerado cambio experimentado por la nación y a las nuevas orientaciones
que la banca central adoptaba en las economías más desarrolladas, las cuales resultaban de la estructuración
de un nuevo orden financiero internacional.
El primer cambio significativo de la Ley del BCV se produjo en medio de la severa crisis económica de los años
sesenta, cuando también por iguales razones, se adecuó la Ley General de Bancos a la necesaria transformación
que imponían las circunstancias internacionales y nacionales por las que atravesaba el país y el mundo
occidental. Se trataba no de modificar una ley aisladamente, sino de modernizar la legislación financiera del país
como parte del proceso de cambio y transformación político institucional que daba inicio a la era de la democracia
actual.
La otra reforma sustantiva que se produjo en su ley fue el 4 de diciembre de 1992, la cual incorporó el principio
de la autonomía en la administración del BCV y le dio al Banco Central el carácter de persona jurídica pública
de naturaleza única. Asimismo se eliminó el carácter corporativo que hasta la fecha mantenía la composicióndel
Directorio, en su lugar, se estableció un cuerpo colegiado de siete miembros, un Presidente y seis directores,
designados por el Presidente de la República por un período de seis años, que evita la coincidencia con los
períodos constitucionales. La designación del Presidente se somete a la aprobación de las dos terceras partes
del Senado, mientras que la representacióndel Ejecutivo en el Directorio se redujo a un Director, el cual en ningún
caso puede ser el Ministro de Hacienda. Otro aspecto novedoso que introdujo la reforma fue la prohibición
expresa de otorgar crédito directo al Gobierno Nacional, y el establecimiento de una disposición que obliga a la
República a reponer el patrimonio del Banco cuando éste incurra en pérdidas debido a la aplicación de sus
políticas.
El marco normativo actual se ha adecuado a las nuevas concepciones y corrientes existentes en la Banca Central
de un mundo globalizado, donde las instituciones de este carácter valoran la autonomía como una manera de
enfrentar los grandes cambios que han ocurrido y que siguen ocurriendo en la esfera financiera, bancaria y
monetaria de un modo integrado. Es decir, sobre el BCV recae una tarea muy bien delimitada con relación a tres
variables o medios: el dinero, el crédito y la tasa de cambio, con miras a contribuir al logro de tres supremos
objetivos: la estabilidad de la moneda, el equilibrio económico y el desarrollo ordenado de la economía.
Las transformaciones en la misión y filosofía del Banco Central vinieron acompañadas con cambios en los
espacios y edificaciones, dada la complejidad de las funciones, así como la expansión de su influencia y
cobertura, que implicaron la proyección de ellas sobre la sociedad. Además al convertirse en un sujeto de la
sociedad financiera internacional, debió alternar con instituciones o centros de poder económico albergados en
espacios cónsonos con la función que desempeñan. Es decir la imagen tanto hacia el interior del país y hacia el
exterior, habría de tener rasgos trascendentes asociados a su misión pública.
LAS SEDES DEL BANCO CENTRAL
La primera sede que ocupó el Banco Central estuvo ubicada entre las esquinas de Veroes y Jesuitas. En este
local abrió sus puertas al público el 15 de Octubre de 1940 y allí se inició el proceso de canje de billetes emitidos
con anterioridad por los bancos comerciales autorizados, por los nuevos billetes del Banco Central. De esta
manera se concretó la centralización de las reservas monetarias internacionales del país. Posteriormente, el 1°
de enero de 1941 fue inaugurado el Banco Central oficialmente en acto solemne que contó con la presencia del
Presidente de la República, Gral. de División Eleazar López Contreras.
El 19 de octubre de 1943, se colocó la primera piedra para la construcción de un edificio propio. El diseño de la
obra le fue confiado al arquitecto Gustavo Wallis L., quien concibió y construyó un edificio sobrio, elegante,
funcional y de gran solidez. En menos de cuatro lustros esta sede fue insuficiente dada la expansión de las
actividades provenientes del rápido crecimiento económico del país, que demandaron una mayor capacidad de
sus bóvedas, así como a las facilidades para la recepción y entrega de numerario en condiciones óptimas de
seguridad.
Hacia la mitad de la década de los cincuenta surgió la necesidad de un nuevo local. Se hizo un proyecto bajo la
responsabilidad del Arquitecto Tomás Sanabria, para construir un edificio en dos etapas. En la primera se haría
la sede para los más altos niveles de decisión del Banco y también parte de las bóvedas de seguridad y otros
servicios específicos de la Institución. Se construyó en el terreno ubicado en el ángulo noroeste de la esquina
de Carmelitas, sobre la avenida Urdaneta. Su diseño mereció el Premio Nacional de Arquitectura y el edificio fue
inaugurado en 1965, con asistencia del Presidente de la República Dr. Raúl Leoni. Tiene aproximadamente
27.000 metros cuadrados de construcción que comprenden cinco sótanos en la zona de estacionamiento, tres
en la zona seguridad y de oficinas, la planta baja, la mezzanina, tres pisos generales para oficinas y un cuarto
piso para comedores y sala de asambleas.
La segunda fase, abarcaría una torre de vastas proporciones, originalmente destinada a ser compartida con
otros organismos financieros afines al BCV, tales como la Bolsa de Valores de Caracas, la Comisión Nacional
de Valores y el Fondo de Inversiones de Venezuela.
La Torre Financiera, como fue denominada, se construyó y fue inaugurada por el Presidente Rafael Caldera el
14 de Septiembre de 1973 con un total de 26 pisos sobre el nivel de la calle, destinados a dependencias del BCV
y a los organismos financieros que inicialmente fueron ubicados en el edificio sede. La edificación está
interconectada con el edificio sede con el cual forma una sola unidad arquitectónica y funcional que embellece
la ciudad capital.
2.-Papel que cumple el BCV.
Al Estado le corresponde velar por la estabilidad monetaria y de precios, por lo que, el BCV debe:
Contribuir con el Ejecutivo Nacional en la armonización de la política monetaria con la fiscal, facilitando el logro
de los objetivos macroeconómicos con la creación y mantenimiento de las condiciones monetarias que se
requieren para la transición y cambio estructural de la economía venezolana, y con los mecanismos necesarios
que permitan minimizar sus niveles de vulnerabilidad ante las fluctuaciones externas y la volatilidad de las
variables claves del sistema.
3.- Modelo de organización y funcionamiento del BCV
El modelo de organización y funcionamiento reúne los elementos esenciales de la organización
constitucional del Banco Central de Venezuela en términos del ejercicio exclusivo y obligatorio de su objetivo
fundamental y la ejecución de relevantes funciones relacionadas con las obligaciones, propósitos y
responsabilidades del Estado en su concepción democrática y de procurador del bienestar de los ciudadanos.
Con el fin de obtener un funcionamiento coordinado, el Banco Central define y alinea las funciones y
responsabilidades de cada nivel organizativo y realiza reformas estructurales al sistema de gestión.
La actividad interna del Instituto, las responsabilidades de sus autoridades y el control de la gestión
administrativa, se fundamenta en un conjunto de normas, políticas y reglamentos que privilegian los criterios de
integración y formalización, que se desarrollan a través de un proceso consultivo con las unidades del Instituto.
Para optimizar la gestión se dispone de un Sistema de control interno de la gestión en atención a los principios
de eficiencia, eficacia, transparencia, calidad, economía y responsabilidad pública, facilitando la actuación
responsable, la rendición de cuenta y el control social.
3.1 FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES
El diseño de organización del Banco Central, contempla que cada nivel organizativo participa en la creación
de las condiciones internas para obtener un funcionamiento coordinado, óptimo y eficiente.
• Directorio: Ejerce la suprema dirección del Banco, velando por el cumplimiento de los objetivos del Banco
Central de Venezuela, con el apoyo en la información cabal, veraz y oportuna que le suministre la
Administración por propia iniciativa, o a solicitud de los miembros del Directorio.
El Directorio del Instituto tiene atribuciones que le confieren la Ley del Banco Central de Venezuela, que son
las siguientes: a) formular y ejecutar la política monetaria; b) participar en el diseño y ejecutar la política
cambiaria; c) autorizar la actuación del Instituto en materia de emisión y circulación de especies monetarias,
así como de producción de especies valoradas; d) definir la dirección estratégica del Banco; y asegurar la
efectividad interna de la gestión administrativa del Instituto.
• Presidencia: Es la primera autoridad representativa y ejecutiva del Banco, miembro del Directorio y su
Presidente, y se dedica en forma exclusiva a las actividades de dirección y administración del Instituto.
El Presidente del Banco Central de Venezuela tiene las siguientes funciones: a) dirigir el Banco, administrar
sus negocios y ser su vocero autorizado. La vocería del Banco y del Directorio puede ser ejercida por un
Director, previa autorización del Presidente; b) representar al Directorio y convocar y presidir sus reuniones; c)
ejercer la representación legal del Banco, salvo la representación judicial, la cual recae en el Consultor Jurídico
o sobre los apoderados designados por el Directorio; d) representar al Banco Central de Venezuela en las
instituciones y organismos nacionales e internacionales en los que se prevea su participación; e) velar por el
cumplimiento de la Ley del Banco Central de Venezuela, la legislación relacionada con el Banco y las
decisiones del Directorio.
• Primera Vicepresidencia Gerencia: Le corresponde asistir a la Presidencia, ejercer las funciones que ésta o
el Directorio expresamente le deleguen y acude a las reuniones del Directorio, con derecho a voz y sin voto,
donde cumple la función de Secretario del Directorio. Su cargo es de dedicación exclusiva.
El Primer Vicepresidente Gerente tiene las siguientes funciones: a) informa a la Presidencia y al Directorio
sobre la situación general de la gestión interna del Banco, dentro del ámbito de su competencia, así como, de
cualquier otro asunto que le haya sido delegado, relativo a la administración del Instituto; b) suministra las
orientaciones y establece los mecanismos de coordinación necesarios para lograr la ejecución de las funciones
del Instituto, de acuerdo con las políticas y normas vigentes, y evalúa la gestión y decisión adoptada; c) recibe
la cuenta y asesoría de los Vicepresidentes y Gerentes bajo su adscripción; d) asiste a la Presidencia en la
administración del personal del Banco; colabora con la Presidencia en los trabajos relacionados con la
formulación del Plan Estratégico Institucional y el Presupuesto Anual del Banco.
• Vicepresidencias y Gerencias: Las Vicepresidencias y gerencias tienen a su cargo las diferentes áreas
técnicas del Instituto y asesoran en sus respectivas competencias, al Directorio, a la Presidencia y Primera
Vicepresidencia Gerencia, según corresponda. Asimismo, ejecutan efectiva y oportunamente sus funciones y
rinden cuenta de acuerdo con las decisiones adoptadas por aquéllos.
4.- Misión
El Banco Central de Venezuela tiene entre sus objetivos más significativos, lograr la estabilidad de precios y
preservar el valor interno y externo de la moneda como parte de las políticas públicas que contribuyen con el
desarrollo humano integral y el progreso armónico de la economía nacional, para alcanzar los objetivos
superiores del Estado y la nación.
De allí que estará comprometido con la tarea del desarrollo y coadyuvará a los procesos implícitos en éste,
armonizándolos con los de las esferas monetaria y cambiaria.
Asimismo, en el marco de la integración latinoamerica y caribeña, el Banco Central de Venezuela establece
los mecanismos para facilitar la coordinación de políticas macroeconómicas con los bancos centrales regionales.
Para lograr estos propósitos, el Instituto tiene entre sus funciones las de formular y ejecutar la política
monetaria; participar en el diseño y ejecutar la política cambiaria; regular la moneda, el crédito y las tasas de
interés; administrar las reservas internacionales y estimar su nivel adecuado; velar por el funcionamiento del
sistema de pago; emitir especies monetarias y asesorar a los poderes públicos nacionales en las materias de su
competencia.
5.- Visión
El Banco Central de Venezuela se proyecta como un organismo:
a. Que armoniza la formulación y ejecución de las políticas de su competencia con las necesidades del país
y los fines del Estado en la regulación de la economía y el desarrollo integral.
b. Que consolida su integración con el proceso nacional para cooperar con el desarrollo del país.
c. Que afianza, con el desempeño de cada una de sus funciones y responsabilidades, un modelo de
comportamiento de alta credibilidad, reputación, prestigio y solidaridad.
d. Que desarrolla un ambiente de ejercicio de sus plenas capacidades, de actuación responsable,
transparente, coordinada y comprensible para la sociedad.
Para estos fines, dispondrá de:
a. Un diseño de organización y funcionamiento ágil, integral, orientado a resultados y flexible que asegure
una alta capacidad de respuesta, el control de la gestión y la evolución favorable de los factores clave asociados
con el cumplimiento de sus políticas y evaluación de su desempeño.
b. Un esquema de dirección institucional que facilite la consecución y calidad de los resultados, estimule las
condiciones para la interacción y el diálogo con la sociedad y sus instituciones, y contribuya a mantener un clima
organizacional apropiado para el buen funcionamiento interno.
c. Un equipo humano con vocación de servicio, de reconocida calificación profesional y técnica, altamente
estimulado, bien administrado, orientado al logro y con sensibilidad social.
6.- Funciones
Para el adecuado cumplimiento de su objetivo, el Banco Central de Venezuela tendrá a su cargo las siguientes
funciones:
 Formular y ejecutar la política monetaria.
 Participar en el diseño y ejecutar la política cambiaria.
 Regular el crédito y las tasas de interés del sistema financiero.
 Regular la moneda y promover la adecuada liquidez del sistema financiero.
 Centralizar y administrar las reservas monetarias internacionales de la República.
 Estimar el Nivel Adecuado de las Reservas Internacionales de la República.
 Participar en el mercado de divisas y ejercer la vigilancia y regulación del mismo, en los términos en que
convenga con el Ejecutivo Nacional.
 Velar por el correcto funcionamiento del sistema de pagos del país y establecer sus normas de operación.
 Ejercer, con carácter exclusivo, la facultad de emitir especies monetarias.
 Asesorar a los poderes públicos nacionales en materia de su competencia.
 Ejercer los derechos y asumir las obligaciones de la República en el Fondo Monetario Internacional, según
lo previsto en los acuerdos correspondientes y en la ley.
 Participar, regular y efectuar operaciones en el mercado del oro.
 Acopiar, producir y publicar las principales estadísticas económicas, monetarias, financieras, cambiarias,
de precios y balanza de pagos.
 Promover acciones que fomenten la solidaridad, la participación ciudadana y la corresponsabilidad social,
a los fines de contribuir al desarrollo de la población y a su formación socioeconómica.
 Efectuar las demás operaciones y servicios propios de la banca central, de acuerdo con la ley.
7.- Compromiso social
El papel que juega el Banco Central de Venezuela en el crecimiento económico, en la
creación de bienestar público y en la satisfacción de las necesidades de la sociedad no
sólo proviene de la esencia de su misión y de la política macroeconómica que debe
aplicar. Hay una labor subyacente, en relación directa con la comunidad, que también
contribuye a los mismos fines. Se trata de la labor social, que pone el énfasis en la
dinámica de las relaciones al interior de la comunidad.
La responsabilidad social es el mecanismo mediante el cual el BCV es capaz de
establecer y mantener una agenda que reconozca las prioridades sociales y sea capaz
de diseñar estrategias para atenderlas. Es el compromiso de contribuir al desarrollo
económico sostenible, trabajando con los funcionarios, la comunidad local y la sociedad
en general, para mejorar su calidad de vida en un marco de actuación complementario
a los objetivos prioritarios que le asigna la Ley.
No es un desempeño aislado, sino que por el contrario se articula con la acumulación de
activos sociales, sicológicos, culturales, cognoscitivos e institucionales que aumentan la
cantidad del comportamiento cooperativo mutuamente beneficioso para las personas que
lo poseen y para el tejido social en su conjunto. En otras palabras, con su labor social el
Banco Central se hace parte y contribuye a la acumulación de capital social.
Estos compromisos comprenden una serie de programas y actividades que el BCV, a
través de su Sede en Caracas, la Subsede Maracaibo y la Casa de la Moneda de
Venezuela, invierte en la sociedad con la misión de ampliar y fortalecer las oportunidades
compartidas de desarrollo.
Características del Banco Central de Venezuela.
1- Concede créditos al Gobierno para solucionar deficiencias transitorias de tesorería, desarrollando funciones
de Agente Financiero del Gobierno.
2- Presta auxilio a Bancos en situación de precaria liquidez.
3- Fija las tasas máximas de interese de activos y pasivos.
4- Ejerce derechos y cumple obligaciones correspondientes a Venezuela en el Fondo Monetario Internacional.

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Historia del Banco Central de Venezuela

  • 1. Banco central de Venezuela 1.-Historia. La proposición de crear el Banco Central de Venezuela se presenta dentro de un ambiente de grandes cambios políticos, sociales y económicos coincidentes con una situación mundial convulsionada. No sólo eran los inicios de la Segunda Guerra Mundial, sino también y por sobre todo, los comienzos del gran debate en el país sobre el rumbo político y económico que debía seguirse después de los 27 años del gobierno del General Juan Vicente Gómez. El nuevo gobierno elaboró un plan nacional llamado Programa de Febrero que contempló una serie de medidas de política económica, entre las cuales una de las más importantes fue la de fundar el Banco Central. El Banco Central de Venezuela se creó mediante una ley promulgada el 8 de septiembre de 1939, publicada en la Gaceta Oficial No. 19.974 del 8 de septiembre de 1939, durante la presidencia de Eleazar López Contreras. Este hecho tuvo una enconada oposición por parte de sectores nacionales conservadores, que no entendían los cambios experimentados tanto a nivel inter- nacional como a nivel nacional. Consideraban que era una amenaza para la estabilidad monetaria de la nación, dada su asociacióncon el peligro de un fácil e incontrolable financiamiento del gasto público por parte del Banco Central. De tal confrontación surgieron demandas fallidas de inconstitucionalidad del proyecto después de promulgada la Ley por el Congreso Nacional, en medio de una polémica recogida en los medios de comunicación, así como también la resistencia de un sólo banco comercial para cumplir con la nueva legislación, que establecía la centralización y exclusividad de emisión de billetes por el BCV y la obligación de los bancos privados de entregar el oro que respaldaba sus billetes en circulación. La emisión y circulación de billetes en todo el territorio nacional era derecho exclusivo del Banco Central. El BCV sólo podría poner en circulación billetes y monedas: mediante la compra de oro, de divisas y de la realización de las operaciones de crédito, especificadas en la ley, con los bancos y con el público. Los billetes del Banco Central eran convertibles en moneda legal venezolana, en barras de oro o en letras o giros a la vista sobre fondos depositados en el exterior. El Banco estaba obligado a respaldar el 50 por ciento de los billetes emitidos en oro
  • 2. amonedado, nacional o extranjero y en barras depositadas en sus propias bóvedas o en custodia en bancos en el exterior, así como en depósitos a la vista en bancos foráneos. La Ley del BCV ha experimentado reformas a lo largo de la historia en 1943, la fallida de 1948, las de 1960, 1974, 1983, 1984,1987, 1992 y por último la de 2001 que es la vigente. Todas las reformas respondieron a exigencias internas derivadas del acelerado cambio experimentado por la nación y a las nuevas orientaciones que la banca central adoptaba en las economías más desarrolladas, las cuales resultaban de la estructuración de un nuevo orden financiero internacional. El primer cambio significativo de la Ley del BCV se produjo en medio de la severa crisis económica de los años sesenta, cuando también por iguales razones, se adecuó la Ley General de Bancos a la necesaria transformación que imponían las circunstancias internacionales y nacionales por las que atravesaba el país y el mundo occidental. Se trataba no de modificar una ley aisladamente, sino de modernizar la legislación financiera del país como parte del proceso de cambio y transformación político institucional que daba inicio a la era de la democracia actual. La otra reforma sustantiva que se produjo en su ley fue el 4 de diciembre de 1992, la cual incorporó el principio de la autonomía en la administración del BCV y le dio al Banco Central el carácter de persona jurídica pública de naturaleza única. Asimismo se eliminó el carácter corporativo que hasta la fecha mantenía la composicióndel Directorio, en su lugar, se estableció un cuerpo colegiado de siete miembros, un Presidente y seis directores, designados por el Presidente de la República por un período de seis años, que evita la coincidencia con los períodos constitucionales. La designación del Presidente se somete a la aprobación de las dos terceras partes del Senado, mientras que la representacióndel Ejecutivo en el Directorio se redujo a un Director, el cual en ningún caso puede ser el Ministro de Hacienda. Otro aspecto novedoso que introdujo la reforma fue la prohibición expresa de otorgar crédito directo al Gobierno Nacional, y el establecimiento de una disposición que obliga a la República a reponer el patrimonio del Banco cuando éste incurra en pérdidas debido a la aplicación de sus políticas.
  • 3. El marco normativo actual se ha adecuado a las nuevas concepciones y corrientes existentes en la Banca Central de un mundo globalizado, donde las instituciones de este carácter valoran la autonomía como una manera de enfrentar los grandes cambios que han ocurrido y que siguen ocurriendo en la esfera financiera, bancaria y monetaria de un modo integrado. Es decir, sobre el BCV recae una tarea muy bien delimitada con relación a tres variables o medios: el dinero, el crédito y la tasa de cambio, con miras a contribuir al logro de tres supremos objetivos: la estabilidad de la moneda, el equilibrio económico y el desarrollo ordenado de la economía. Las transformaciones en la misión y filosofía del Banco Central vinieron acompañadas con cambios en los espacios y edificaciones, dada la complejidad de las funciones, así como la expansión de su influencia y cobertura, que implicaron la proyección de ellas sobre la sociedad. Además al convertirse en un sujeto de la sociedad financiera internacional, debió alternar con instituciones o centros de poder económico albergados en espacios cónsonos con la función que desempeñan. Es decir la imagen tanto hacia el interior del país y hacia el exterior, habría de tener rasgos trascendentes asociados a su misión pública. LAS SEDES DEL BANCO CENTRAL La primera sede que ocupó el Banco Central estuvo ubicada entre las esquinas de Veroes y Jesuitas. En este local abrió sus puertas al público el 15 de Octubre de 1940 y allí se inició el proceso de canje de billetes emitidos con anterioridad por los bancos comerciales autorizados, por los nuevos billetes del Banco Central. De esta manera se concretó la centralización de las reservas monetarias internacionales del país. Posteriormente, el 1° de enero de 1941 fue inaugurado el Banco Central oficialmente en acto solemne que contó con la presencia del Presidente de la República, Gral. de División Eleazar López Contreras. El 19 de octubre de 1943, se colocó la primera piedra para la construcción de un edificio propio. El diseño de la obra le fue confiado al arquitecto Gustavo Wallis L., quien concibió y construyó un edificio sobrio, elegante, funcional y de gran solidez. En menos de cuatro lustros esta sede fue insuficiente dada la expansión de las actividades provenientes del rápido crecimiento económico del país, que demandaron una mayor capacidad de sus bóvedas, así como a las facilidades para la recepción y entrega de numerario en condiciones óptimas de seguridad.
  • 4. Hacia la mitad de la década de los cincuenta surgió la necesidad de un nuevo local. Se hizo un proyecto bajo la responsabilidad del Arquitecto Tomás Sanabria, para construir un edificio en dos etapas. En la primera se haría la sede para los más altos niveles de decisión del Banco y también parte de las bóvedas de seguridad y otros servicios específicos de la Institución. Se construyó en el terreno ubicado en el ángulo noroeste de la esquina de Carmelitas, sobre la avenida Urdaneta. Su diseño mereció el Premio Nacional de Arquitectura y el edificio fue inaugurado en 1965, con asistencia del Presidente de la República Dr. Raúl Leoni. Tiene aproximadamente 27.000 metros cuadrados de construcción que comprenden cinco sótanos en la zona de estacionamiento, tres en la zona seguridad y de oficinas, la planta baja, la mezzanina, tres pisos generales para oficinas y un cuarto piso para comedores y sala de asambleas. La segunda fase, abarcaría una torre de vastas proporciones, originalmente destinada a ser compartida con otros organismos financieros afines al BCV, tales como la Bolsa de Valores de Caracas, la Comisión Nacional de Valores y el Fondo de Inversiones de Venezuela. La Torre Financiera, como fue denominada, se construyó y fue inaugurada por el Presidente Rafael Caldera el 14 de Septiembre de 1973 con un total de 26 pisos sobre el nivel de la calle, destinados a dependencias del BCV y a los organismos financieros que inicialmente fueron ubicados en el edificio sede. La edificación está interconectada con el edificio sede con el cual forma una sola unidad arquitectónica y funcional que embellece la ciudad capital. 2.-Papel que cumple el BCV. Al Estado le corresponde velar por la estabilidad monetaria y de precios, por lo que, el BCV debe: Contribuir con el Ejecutivo Nacional en la armonización de la política monetaria con la fiscal, facilitando el logro de los objetivos macroeconómicos con la creación y mantenimiento de las condiciones monetarias que se requieren para la transición y cambio estructural de la economía venezolana, y con los mecanismos necesarios que permitan minimizar sus niveles de vulnerabilidad ante las fluctuaciones externas y la volatilidad de las variables claves del sistema.
  • 5. 3.- Modelo de organización y funcionamiento del BCV El modelo de organización y funcionamiento reúne los elementos esenciales de la organización constitucional del Banco Central de Venezuela en términos del ejercicio exclusivo y obligatorio de su objetivo fundamental y la ejecución de relevantes funciones relacionadas con las obligaciones, propósitos y responsabilidades del Estado en su concepción democrática y de procurador del bienestar de los ciudadanos. Con el fin de obtener un funcionamiento coordinado, el Banco Central define y alinea las funciones y responsabilidades de cada nivel organizativo y realiza reformas estructurales al sistema de gestión. La actividad interna del Instituto, las responsabilidades de sus autoridades y el control de la gestión administrativa, se fundamenta en un conjunto de normas, políticas y reglamentos que privilegian los criterios de integración y formalización, que se desarrollan a través de un proceso consultivo con las unidades del Instituto. Para optimizar la gestión se dispone de un Sistema de control interno de la gestión en atención a los principios de eficiencia, eficacia, transparencia, calidad, economía y responsabilidad pública, facilitando la actuación responsable, la rendición de cuenta y el control social. 3.1 FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES
  • 6. El diseño de organización del Banco Central, contempla que cada nivel organizativo participa en la creación de las condiciones internas para obtener un funcionamiento coordinado, óptimo y eficiente. • Directorio: Ejerce la suprema dirección del Banco, velando por el cumplimiento de los objetivos del Banco Central de Venezuela, con el apoyo en la información cabal, veraz y oportuna que le suministre la Administración por propia iniciativa, o a solicitud de los miembros del Directorio. El Directorio del Instituto tiene atribuciones que le confieren la Ley del Banco Central de Venezuela, que son las siguientes: a) formular y ejecutar la política monetaria; b) participar en el diseño y ejecutar la política cambiaria; c) autorizar la actuación del Instituto en materia de emisión y circulación de especies monetarias, así como de producción de especies valoradas; d) definir la dirección estratégica del Banco; y asegurar la efectividad interna de la gestión administrativa del Instituto. • Presidencia: Es la primera autoridad representativa y ejecutiva del Banco, miembro del Directorio y su Presidente, y se dedica en forma exclusiva a las actividades de dirección y administración del Instituto. El Presidente del Banco Central de Venezuela tiene las siguientes funciones: a) dirigir el Banco, administrar sus negocios y ser su vocero autorizado. La vocería del Banco y del Directorio puede ser ejercida por un Director, previa autorización del Presidente; b) representar al Directorio y convocar y presidir sus reuniones; c) ejercer la representación legal del Banco, salvo la representación judicial, la cual recae en el Consultor Jurídico o sobre los apoderados designados por el Directorio; d) representar al Banco Central de Venezuela en las instituciones y organismos nacionales e internacionales en los que se prevea su participación; e) velar por el cumplimiento de la Ley del Banco Central de Venezuela, la legislación relacionada con el Banco y las decisiones del Directorio. • Primera Vicepresidencia Gerencia: Le corresponde asistir a la Presidencia, ejercer las funciones que ésta o el Directorio expresamente le deleguen y acude a las reuniones del Directorio, con derecho a voz y sin voto, donde cumple la función de Secretario del Directorio. Su cargo es de dedicación exclusiva.
  • 7. El Primer Vicepresidente Gerente tiene las siguientes funciones: a) informa a la Presidencia y al Directorio sobre la situación general de la gestión interna del Banco, dentro del ámbito de su competencia, así como, de cualquier otro asunto que le haya sido delegado, relativo a la administración del Instituto; b) suministra las orientaciones y establece los mecanismos de coordinación necesarios para lograr la ejecución de las funciones del Instituto, de acuerdo con las políticas y normas vigentes, y evalúa la gestión y decisión adoptada; c) recibe la cuenta y asesoría de los Vicepresidentes y Gerentes bajo su adscripción; d) asiste a la Presidencia en la administración del personal del Banco; colabora con la Presidencia en los trabajos relacionados con la formulación del Plan Estratégico Institucional y el Presupuesto Anual del Banco. • Vicepresidencias y Gerencias: Las Vicepresidencias y gerencias tienen a su cargo las diferentes áreas técnicas del Instituto y asesoran en sus respectivas competencias, al Directorio, a la Presidencia y Primera Vicepresidencia Gerencia, según corresponda. Asimismo, ejecutan efectiva y oportunamente sus funciones y rinden cuenta de acuerdo con las decisiones adoptadas por aquéllos.
  • 8. 4.- Misión El Banco Central de Venezuela tiene entre sus objetivos más significativos, lograr la estabilidad de precios y preservar el valor interno y externo de la moneda como parte de las políticas públicas que contribuyen con el desarrollo humano integral y el progreso armónico de la economía nacional, para alcanzar los objetivos superiores del Estado y la nación. De allí que estará comprometido con la tarea del desarrollo y coadyuvará a los procesos implícitos en éste, armonizándolos con los de las esferas monetaria y cambiaria. Asimismo, en el marco de la integración latinoamerica y caribeña, el Banco Central de Venezuela establece los mecanismos para facilitar la coordinación de políticas macroeconómicas con los bancos centrales regionales. Para lograr estos propósitos, el Instituto tiene entre sus funciones las de formular y ejecutar la política monetaria; participar en el diseño y ejecutar la política cambiaria; regular la moneda, el crédito y las tasas de interés; administrar las reservas internacionales y estimar su nivel adecuado; velar por el funcionamiento del sistema de pago; emitir especies monetarias y asesorar a los poderes públicos nacionales en las materias de su competencia. 5.- Visión El Banco Central de Venezuela se proyecta como un organismo: a. Que armoniza la formulación y ejecución de las políticas de su competencia con las necesidades del país y los fines del Estado en la regulación de la economía y el desarrollo integral. b. Que consolida su integración con el proceso nacional para cooperar con el desarrollo del país. c. Que afianza, con el desempeño de cada una de sus funciones y responsabilidades, un modelo de comportamiento de alta credibilidad, reputación, prestigio y solidaridad. d. Que desarrolla un ambiente de ejercicio de sus plenas capacidades, de actuación responsable, transparente, coordinada y comprensible para la sociedad.
  • 9. Para estos fines, dispondrá de: a. Un diseño de organización y funcionamiento ágil, integral, orientado a resultados y flexible que asegure una alta capacidad de respuesta, el control de la gestión y la evolución favorable de los factores clave asociados con el cumplimiento de sus políticas y evaluación de su desempeño. b. Un esquema de dirección institucional que facilite la consecución y calidad de los resultados, estimule las condiciones para la interacción y el diálogo con la sociedad y sus instituciones, y contribuya a mantener un clima organizacional apropiado para el buen funcionamiento interno. c. Un equipo humano con vocación de servicio, de reconocida calificación profesional y técnica, altamente estimulado, bien administrado, orientado al logro y con sensibilidad social. 6.- Funciones Para el adecuado cumplimiento de su objetivo, el Banco Central de Venezuela tendrá a su cargo las siguientes funciones:  Formular y ejecutar la política monetaria.  Participar en el diseño y ejecutar la política cambiaria.  Regular el crédito y las tasas de interés del sistema financiero.  Regular la moneda y promover la adecuada liquidez del sistema financiero.  Centralizar y administrar las reservas monetarias internacionales de la República.  Estimar el Nivel Adecuado de las Reservas Internacionales de la República.  Participar en el mercado de divisas y ejercer la vigilancia y regulación del mismo, en los términos en que convenga con el Ejecutivo Nacional.  Velar por el correcto funcionamiento del sistema de pagos del país y establecer sus normas de operación.  Ejercer, con carácter exclusivo, la facultad de emitir especies monetarias.  Asesorar a los poderes públicos nacionales en materia de su competencia.
  • 10.  Ejercer los derechos y asumir las obligaciones de la República en el Fondo Monetario Internacional, según lo previsto en los acuerdos correspondientes y en la ley.  Participar, regular y efectuar operaciones en el mercado del oro.  Acopiar, producir y publicar las principales estadísticas económicas, monetarias, financieras, cambiarias, de precios y balanza de pagos.  Promover acciones que fomenten la solidaridad, la participación ciudadana y la corresponsabilidad social, a los fines de contribuir al desarrollo de la población y a su formación socioeconómica.  Efectuar las demás operaciones y servicios propios de la banca central, de acuerdo con la ley. 7.- Compromiso social El papel que juega el Banco Central de Venezuela en el crecimiento económico, en la creación de bienestar público y en la satisfacción de las necesidades de la sociedad no sólo proviene de la esencia de su misión y de la política macroeconómica que debe aplicar. Hay una labor subyacente, en relación directa con la comunidad, que también contribuye a los mismos fines. Se trata de la labor social, que pone el énfasis en la dinámica de las relaciones al interior de la comunidad. La responsabilidad social es el mecanismo mediante el cual el BCV es capaz de establecer y mantener una agenda que reconozca las prioridades sociales y sea capaz de diseñar estrategias para atenderlas. Es el compromiso de contribuir al desarrollo económico sostenible, trabajando con los funcionarios, la comunidad local y la sociedad en general, para mejorar su calidad de vida en un marco de actuación complementario a los objetivos prioritarios que le asigna la Ley. No es un desempeño aislado, sino que por el contrario se articula con la acumulación de activos sociales, sicológicos, culturales, cognoscitivos e institucionales que aumentan la cantidad del comportamiento cooperativo mutuamente beneficioso para las personas que
  • 11. lo poseen y para el tejido social en su conjunto. En otras palabras, con su labor social el Banco Central se hace parte y contribuye a la acumulación de capital social. Estos compromisos comprenden una serie de programas y actividades que el BCV, a través de su Sede en Caracas, la Subsede Maracaibo y la Casa de la Moneda de Venezuela, invierte en la sociedad con la misión de ampliar y fortalecer las oportunidades compartidas de desarrollo. Características del Banco Central de Venezuela. 1- Concede créditos al Gobierno para solucionar deficiencias transitorias de tesorería, desarrollando funciones de Agente Financiero del Gobierno. 2- Presta auxilio a Bancos en situación de precaria liquidez. 3- Fija las tasas máximas de interese de activos y pasivos. 4- Ejerce derechos y cumple obligaciones correspondientes a Venezuela en el Fondo Monetario Internacional.