2. Deontología
Regulación, basada en conceptos éticos y morales
que una profesión se da a sí misma.
Habitualmente plasmada en un Código.
Se centra en los medios.
Éticade mínimos: aprobada por colectivo.
Exige actuaciones y comportamientos.
Surge de dentro de la profesión.
6. Principio de Autonomía
Principio de respeto a las personas.
Autonomía significa “gobierno de sí
mismo”.
Es un principio en alza: “Ley básica
reguladorade la autonomía del paciente”
.
Principio imperativo.
¿Por qué esa protección?.
7. Principio de Autonomía
Se considera autónoma la persona con
capacidad para obrar, facultad para
enjuiciar razonablemente el alcance y el
significado de sus acciones y responder de
sus consecuencias.
Relación del concepto de autonomía con el
término legal de capacidad.
8. Principio de No Maleficencia
“Primun non nocere”.
Principio imperativo de toda la sociedad.
Primero no hacer daño.
No hacer daño es distinto a beneficiar.
9. Principio de Beneficencia
Muy unido al de No Maleficencia.
Obligaa actuaren beneficio del cliente
Problema: distintos conceptos sobre lo
beneficioso que se pueden tener.
Motor de la asistencia
10. Principio de Justicia
Es la obligación moral de actuar de tal
forma que disminuyan las desigualdades
existentes.
Aristóteles:”los iguales deben ser
tratados igualmente y los desiguales,
desigualmente”
.
Este principio plantea problemas
fundamentalmente en laasignación de
recursos.
11. MÉTODO
DEONTOLÓGICO
Exponer el problema de una forma
ecuánime y examinarlo a través
diferentes perspectivas:
de
Autonomía
Beneficencia/No Maleficencia
Justicia
En caso de conflicto entre los principios,
jerarquizarlos según el contexto
sociocultural, las circunstancias y nuestra
opinión.
12. Deontología profesional:
Se centra más en los medios (normas y
pautas de conducta) que en los fines (ética).
Procede de la propia profesión, ella es la
que se autorregula.
Tiene forma normativa: establece
conceptos que hay que respetar, y sanciona
si no es así.
13. Relación entre Ética y Deontología
Profesional y Derecho:
El derecho marca los grandes limites, la
deontología regula a un nivel más sutil.
Concepto de ética de máximos y ética de
mínimos.
14. Normas deontológicas:
Normas reglamentarias internas de los
colegios sin ninguna jurisdicción fuera de
él.
Problemas con las “empresas”.
Normas deontológicas estás recogidas en
dos documentos:
Códigos de Ética y Deontología.
Estatutos de los Colegios.
16. DERECHOS
La deontología son el conjunto de las reglas éticas y morales
que regulan el comportamiento de los individuos, desde su
evolución vital, identificando lo bueno y lo malo”
(CERCOS, 2013:239).
Este concepto menciona que los profesionales debemos
regirnos por códigos de ética propios según la profesión.
La deontología del arquitecto es el conjunto de los principios
y reglas éticas que deben inspirar y guiar la conducta
profesional del arquitecto.
17. CÓDIGO DE DEONTOLOGÍA
DEL ARQUITECTO
021 Artículo 1. La deontología del arquitecto es el conjunto de
los principios y reglas éticas que deben inspirar y guiar la
conducta profesional del arquitecto.
022 Artículo 2. Los deberes que impone este código obligan a
todos los arquitectos en el ejercicio de su profesión, cualquiera
que sea la modalidad en que la practican.
023 Artículo 3. La profesión del arquitecto está al servicio de
la ciudad y de la sociedad. En consecuencia respetar la
ciudad, los espacios construidos y los usuarios, son los
deberes primordiales del arquitecto.
18. CÓDIGO DE DEONTOLOGÍA
DEL ARQUITECTO
024 Artículo 4. El arquitecto debe cuidar con la misma conciencia y
solicitud a todas las situaciones urbanas, sin distinción por localización,
religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia colectiva o
social.
025 Artículo 5. La principal lealtad del arquitecto es la que debe a la
ciudad y el bienestar de esta ha de anteponerse a cualquier otra
conveniencia.
026 Artículo 6. El arquitecto nunca perjudicará intencionalmente a la
ciudad ni la atenderá de manera negligente; y evitará cualquier demora
injustificada en su asistencia.
027 Artículo 7. Todo arquitecto, cualquiera que sea su especialidad o la
modalidad de su ejercicio, debe prestar ayuda de urgencia a la ciudad.