Ponencia V Jornada Nacional de DDHH

Este texto nació desde el Movimiento Ecuménico por los Derechos Humanos filial Mendoza como aporte a la etapa de alegato en el marco de la “Megacausa - Juicio a los Jueces” que se realizó en la provincia de Mendoza y fue presentado en las V Jornadas Nacionales de DDHH “Los DDHH en el actual contexto socio-político” realizadas en La Pampa los días 4,5 y6 de agosto de 2016.

Violencia de género, crímenes sexuales
y Dictadura*
Lo que fue y lo que será
Por Lic. Viviana Demaría 1
En lo que hace al tema de la violencia sexual perpetrada durante la Dictadura
cívico-militar en el contexto del terrorismo de estado, los relatos del horror
han dado sobradas muestras de su existencia, su masividad y su crueldad.
Cierto es que mujeres y varones sufrieron tortura y muerte en nombre del
“Proyecto de Reorganización Nacional” y la “Lucha contra la subversión”. Lo
que no hay dudas es que realmente acontecieron y que los cuerpos de las
mujeres han sido - en su gran mayoría - el papel donde se ha escrito el
espanto.
La teoría utilizada para ejercer (en su momento) y justificar (luego) tales
crímenes no ha pasado sin dejar huellas. Tan profundas han sido, que aun hoy
existe tensión en ciertos sectores de la sociedad que dan crédito (a veces en
forma superficial, otras más oculta) a la idea que señala a las víctimas de
violencia sexual como incitadoras – cuanto menos – y merecedora de su
castigo. Es por esto que analizar en este momento y en este lugar – en el
marco de las V Jornadas Nacionales de Salud Mental y DDHH y en el ámbito de
los Juicios de Lesa Humanidad – lo acontecido en relación a los crímenes
sexuales ocurridos durante la dictadura, es de suma importancia: porque lo
que de surja de ambas esferas, influirá en los demás espacios de la vida social.
Sobre todo lo que podremos replicar hasta llegar a los espacios más altos de la
Justicia que al escuchar nuestro posicionamiento, tendrá la posibilidad de
incluir en su paisaje jurídico, la comisión de estas atrocidades específicas
considerándolas como delito. Sabemos que la palabra emanada de la Justicia
tiene una función performativa, arroja luz sobre los sucesos actuales y es una
de las fuentes nutrientes de la superación de la sociedad o de su clausura.
Cuando los oídos de la justicia se encuentran cerrados ante el clamor sufriente
de una víctima no sólo se produce una reedición del flagelo en la persona
vulnerada sino que se envía un mensaje a la sociedad que diluye los avances
que la humanidad ha conquistado en forma de derechos. Entonces, visibilizar
la violencia sexual acaecida en tiempos pasados, implica esclarecer la mirada
sobre la violencia sexual del presente. La posibilidad de que por medio de
resoluciones judiciales con alto grado de exposición pública se pueda enunciar,
resignificar y profundizar la temática de la violencia sexual acontecida en el
pasado, se convierte en una valiosa forma de circulación del tema y una
oportunidad invaluable de promoción del debate sobre la violencia sexual,
permitiendo una ampliación de la mirada actual sobre un tema que ha sido y
1
Licenciada en Psicología – Psicoanalista – Escritora – Integrante del Movimiento Ecuménico por los
Derechos Humanos Filial Mendoza en el Área de la Red por la Identidad – Representante por el Colegio de
Psicólogos de Mendoza ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos de la Federación de Psicólogos de
la República Argentina.
sigue siendo desplazado tanto de la escena política, como institucional y
doméstica.
Dicho esto, considero importante poner los acontecimientos en contexto
histórico y visibilizar el paradigma que sostuvo la construcción del “enemigo” y
el accionar que permitió estos crímenes aberrantes.
En palabras del Almirante Massera el 25 de noviembre de 1977, el escenario
planteado por la Dictadura era el siguiente: “Hacia fines del siglo XIX, Marx
publicó tres tomos de El Capital y puso en duda con ellos la intangibilidad de la
propiedad privada; a principios del siglo XX, es atacada la sagrada esfera
íntima del ser humano por Freud en su libro Interpretación de los sueños, y
como si esto fuera poco para problematizar el sistema de los valores positivos
de la sociedad, Einstein, en 1905, hace conocer la Teoría de la Relatividad,
donde pone en crisis la estructura estática y muerta de la materia”. Ya en 1931
Giovani Papini – admirador del Duce y defensor del fascismo – había expuesto
el mismo pensamiento en su obra “Gog”. Años después, Massera envuelto en
esas palabras prestadas, indicó claramente dónde la Junta había depositado la
condición de “peligroso” y por ende, “erradicable” de la sociedad.
Al mismo tiempo, la construcción del enemigo sostenida por la Doctrina de la
Seguridad Nacional, se vinculó con lo más arcaico de la historia de América
Latina, esto es, la mirada acerca del otro proveniente de los conquistadores
españoles respecto de los indígenas. La consideración de que los habitantes
de los pueblos originarios carecían de alma (recordemos que el discurso
dominante en la época de la conquista y colonización de América, indicaba
que la pertenencia a la condición humana era reservada al rebaño de la Iglesia
Católica) habilitaba su exterminio en cuanto eran considerados “no humanos”.
Bajo esta lógica, el “enemigo” había sido teóricamente deshumanizado y en
consecuencia podía hacerse con él lo que se quiera.
Sumado a esto el reinado del patriarcado más oscurantista que imponía una
moral selectiva escrita especialmente para las mujeres y esgrimía una
intolerancia virulenta hacia las minorías sexuales, conformaban el paisaje
histórico social en el que se cometieron estas vejaciones.
Hay que tener en cuenta que este paradigma ideológico ascendió al rango de
plan sistemático. Es decir, más allá de cómo singularmente cada sujeto se
hubiese visto recorrido por estas premisas, su aplicación sobrepasó las
convicciones particulares. Aquellos que participaron de la maquinaria represiva
las ejecutaron acrítica e impiadosamente. Y en este sentido amerita señalar
cómo en la mujer se conjugaron los paradigmas previos. En el relato de las
víctimas se puede apreciar con claridad el doble estándar impuesto, por parte
de los miembros de las fuerzas armadas y de seguridad, en el tratamiento
dado a las mujeres víctimas del terrorismo de estado: en ellas convergían la
condición de militante y la condición de mujer.
Para el castigo a la adherencia a una posición política, la tortura y el asesinato.
Para la condición de mujer militante, un plus: la desvalorización de su
condición femenina, la exclusión de lo materno (que culminaría en la expresión
más atroz que fue la apropiación de los bebés nacidos en cautiverio) y la
calificación de puta, la furiosa subestimación de la inteligencia, la mutilación y
la utilización del cuerpo femenino como objeto para el goce perverso.
Así, la narrativa justificatoria que indica la validez de cualquier método para
lograr información del “enemigo”, se vuelve falaz e inconsistente. Probado está
por medio de los innumerables testimonios brindados a través de los juicios
que la violencia sexual no fue utilizada, en términos generales, para obtener
información, sino para humillar a la víctima, satisfacer impulsos erótico-
agresivos y afirmar el propio poder.
Los humanos somos seres sexuados. Y esta condición impulsa a la sexualidad
a formar parte del valioso espacio de la identidad. Así, el género – categoría
que hemos podido resignificar a través del tiempo – nos habla del lugar desde
donde vemos y habitamos el mundo. Advertimos violencia sexual en aquellos
comportamientos y acciones de contenido o naturaleza sexual a los que se vea
sometida una persona por medio del uso de la fuerza, la amenaza, la coacción,
la intimidación, la opresión psicológica o el abuso de poder. Se encuentran
entre ellos: la violación, cualquier forma de abuso sexual en el que no exista
invasión física, el embarazo forzado, la prostitución forzada, el aborto forzado,
el acoso sexual, la amenaza de violación, la mutilación, la esterilización
forzada, el forzamiento al exhibicionismo, la desnudez forzada, el forzamiento
a la pornografía, la humillación y burla con connotación sexual, la servidumbre
sexual, entre otros etcéteras. De este modo los ataques a la integridad sexual
deben ser leídos como arrasamientos subjetivos, como intentos borradores de
la identidad humana. Es por esto que la gravedad de esos crímenes no pueden
ser considerados solamente inherentes al espacio personalísimo de lo
individual, más aun teniendo en cuenta el dispositivo de ejercicio de poder
brutal que fue creado para la ejecución de estas prácticas y la sistematicidad
de las mismas. Sobre todo también, considerando que las relaciones de poder
– siempre asimétricas – contaban con el aval (en algunos casos), la
consonancia (en otros) y el silencio cómplice (en la mayoría de los casos) de
las pocas instituciones que quedaban en pie.
Es importante indicar que mujeres y varones padecieron las violencias sobre
sus cuerpos indefensos. La intención subyacente – como señalamos con
anterioridad – no estaba dirigida a obtener información sino que apuntó a
quebrar su identidad y disminuir su autovaloración por medio del ejercicio
despiadado del poder.
En este punto es ineludible reflexionar acerca de las consecuencias de las
violencias sexuales padecidas por las víctimas. Es innegable que cuando el
escenario del daño, la agresión y la humillación es cuerpo y la sexualidad, la
herida traspasa la carne e involucra toda la esfera emocional, subjetiva y
existencial de la víctima. Visto está que en el dispositivo de los Centros
Clandestinos de Detención, las mujeres fueron particularmente humilladas,
transformadas en un trofeo y deshumanizadas por parte de los represores. Así
pasaron los años y en el caso de los varones, muchos de ellos no pudieron
hablar y se vieron inmersos en el dolor y la rabia. Algunos llegaron a pensar en
el suicidio debido a la degradación padecida. Por otro lado, quedaron muchas
mujeres, sufriendo en soledad e imposibilitadas de hablar porque sus hijos
eran demasiado pequeños y no sabían cómo iba a impactar en ellos el hacer
públicos estos crímenes. Ser escuchadas y consideradas en este momento y en
éste ámbito como identidades dignas, reconociendo la vulneración padecida –
aunque hayan pasado tantos años – es la única acción reparatoria posible ante
lo irremediable.
Bárbara Soledad Bilbao en su texto VIOLENCIA DE GÉNERO EN LOS JUICIOS
DEL PASADO Y DEL PRESENTE, señala “Para el CELS (Centro de Estudios
Legales y Sociales) y el CIJT (Centro Internacional para la Justicia
Transicional), con o sin autores directos, se debe juzgar y condenar estas
prácticas partiendo de la base de que “formaron parte del cumplimiento
deliberado del plan represivo, particularmente de la orden de aniquilar a
quienes eran sindicados como enemigos por el régimen dictatorial, y que los
mismos tuvieron carácter sistemático”. Incluso en los centros clandestinos de
detención donde la violación fuera una práctica aislada debe considerársela
dentro del conjunto de acciones destinadas a quebrar a las víctimas y no como
un hecho solitario. Eso posibilita su inclusión entre los crímenes de lesa
humanidad, su imprescriptibilidad y lo convierte en un delito de acción
pública.”
Es por todo lo expuesto que lo que pueda dictaminarse en el ámbito de la
Justicia dentro del espacio de los Juicios que se vienen llevando adelante tanto
a jueces como a represores, será un mensaje hacia dos destinatarios: para las
subjetividades heridas de las mujeres víctimas del terrorismo de estado y a la
sociedad. Este mensaje dice que como sociedad estamos dispuestos y
dispuestas a desnaturalizar la violencia sexual y de género; que es necesario
desagraviar la dignidad ofendida de las víctimas; que es necesario expresar
fehacientemente y por todos los medios que es posible recibir amparo legal
genuino y efectivo frente a los crímenes sexuales y por último que no vamos a
claudicar en hacer realidad las premisas de Memoria, Verdad y Justicia en
nuestra sociedad.
* Este texto nació desde el Movimiento Ecuménico por los Derechos Humanos
filial Mendoza como aporte a la etapa de alegato en el marco de la “Megacausa
- Juicio a los Jueces” que se realizó en la provincia de Mendoza y fue
presentado en las V Jornadas Nacionales de DDHH “Los DDHH en el actual
contexto socio-político” realizadas en La Pampa los días 4,5 y6 de agosto de
2016.

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  • 1. Violencia de género, crímenes sexuales y Dictadura* Lo que fue y lo que será Por Lic. Viviana Demaría 1 En lo que hace al tema de la violencia sexual perpetrada durante la Dictadura cívico-militar en el contexto del terrorismo de estado, los relatos del horror han dado sobradas muestras de su existencia, su masividad y su crueldad. Cierto es que mujeres y varones sufrieron tortura y muerte en nombre del “Proyecto de Reorganización Nacional” y la “Lucha contra la subversión”. Lo que no hay dudas es que realmente acontecieron y que los cuerpos de las mujeres han sido - en su gran mayoría - el papel donde se ha escrito el espanto. La teoría utilizada para ejercer (en su momento) y justificar (luego) tales crímenes no ha pasado sin dejar huellas. Tan profundas han sido, que aun hoy existe tensión en ciertos sectores de la sociedad que dan crédito (a veces en forma superficial, otras más oculta) a la idea que señala a las víctimas de violencia sexual como incitadoras – cuanto menos – y merecedora de su castigo. Es por esto que analizar en este momento y en este lugar – en el marco de las V Jornadas Nacionales de Salud Mental y DDHH y en el ámbito de los Juicios de Lesa Humanidad – lo acontecido en relación a los crímenes sexuales ocurridos durante la dictadura, es de suma importancia: porque lo que de surja de ambas esferas, influirá en los demás espacios de la vida social. Sobre todo lo que podremos replicar hasta llegar a los espacios más altos de la Justicia que al escuchar nuestro posicionamiento, tendrá la posibilidad de incluir en su paisaje jurídico, la comisión de estas atrocidades específicas considerándolas como delito. Sabemos que la palabra emanada de la Justicia tiene una función performativa, arroja luz sobre los sucesos actuales y es una de las fuentes nutrientes de la superación de la sociedad o de su clausura. Cuando los oídos de la justicia se encuentran cerrados ante el clamor sufriente de una víctima no sólo se produce una reedición del flagelo en la persona vulnerada sino que se envía un mensaje a la sociedad que diluye los avances que la humanidad ha conquistado en forma de derechos. Entonces, visibilizar la violencia sexual acaecida en tiempos pasados, implica esclarecer la mirada sobre la violencia sexual del presente. La posibilidad de que por medio de resoluciones judiciales con alto grado de exposición pública se pueda enunciar, resignificar y profundizar la temática de la violencia sexual acontecida en el pasado, se convierte en una valiosa forma de circulación del tema y una oportunidad invaluable de promoción del debate sobre la violencia sexual, permitiendo una ampliación de la mirada actual sobre un tema que ha sido y 1 Licenciada en Psicología – Psicoanalista – Escritora – Integrante del Movimiento Ecuménico por los Derechos Humanos Filial Mendoza en el Área de la Red por la Identidad – Representante por el Colegio de Psicólogos de Mendoza ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos de la Federación de Psicólogos de la República Argentina.
  • 2. sigue siendo desplazado tanto de la escena política, como institucional y doméstica. Dicho esto, considero importante poner los acontecimientos en contexto histórico y visibilizar el paradigma que sostuvo la construcción del “enemigo” y el accionar que permitió estos crímenes aberrantes. En palabras del Almirante Massera el 25 de noviembre de 1977, el escenario planteado por la Dictadura era el siguiente: “Hacia fines del siglo XIX, Marx publicó tres tomos de El Capital y puso en duda con ellos la intangibilidad de la propiedad privada; a principios del siglo XX, es atacada la sagrada esfera íntima del ser humano por Freud en su libro Interpretación de los sueños, y como si esto fuera poco para problematizar el sistema de los valores positivos de la sociedad, Einstein, en 1905, hace conocer la Teoría de la Relatividad, donde pone en crisis la estructura estática y muerta de la materia”. Ya en 1931 Giovani Papini – admirador del Duce y defensor del fascismo – había expuesto el mismo pensamiento en su obra “Gog”. Años después, Massera envuelto en esas palabras prestadas, indicó claramente dónde la Junta había depositado la condición de “peligroso” y por ende, “erradicable” de la sociedad. Al mismo tiempo, la construcción del enemigo sostenida por la Doctrina de la Seguridad Nacional, se vinculó con lo más arcaico de la historia de América Latina, esto es, la mirada acerca del otro proveniente de los conquistadores españoles respecto de los indígenas. La consideración de que los habitantes de los pueblos originarios carecían de alma (recordemos que el discurso dominante en la época de la conquista y colonización de América, indicaba que la pertenencia a la condición humana era reservada al rebaño de la Iglesia Católica) habilitaba su exterminio en cuanto eran considerados “no humanos”. Bajo esta lógica, el “enemigo” había sido teóricamente deshumanizado y en consecuencia podía hacerse con él lo que se quiera. Sumado a esto el reinado del patriarcado más oscurantista que imponía una moral selectiva escrita especialmente para las mujeres y esgrimía una intolerancia virulenta hacia las minorías sexuales, conformaban el paisaje histórico social en el que se cometieron estas vejaciones. Hay que tener en cuenta que este paradigma ideológico ascendió al rango de plan sistemático. Es decir, más allá de cómo singularmente cada sujeto se hubiese visto recorrido por estas premisas, su aplicación sobrepasó las convicciones particulares. Aquellos que participaron de la maquinaria represiva las ejecutaron acrítica e impiadosamente. Y en este sentido amerita señalar cómo en la mujer se conjugaron los paradigmas previos. En el relato de las víctimas se puede apreciar con claridad el doble estándar impuesto, por parte de los miembros de las fuerzas armadas y de seguridad, en el tratamiento dado a las mujeres víctimas del terrorismo de estado: en ellas convergían la condición de militante y la condición de mujer.
  • 3. Para el castigo a la adherencia a una posición política, la tortura y el asesinato. Para la condición de mujer militante, un plus: la desvalorización de su condición femenina, la exclusión de lo materno (que culminaría en la expresión más atroz que fue la apropiación de los bebés nacidos en cautiverio) y la calificación de puta, la furiosa subestimación de la inteligencia, la mutilación y la utilización del cuerpo femenino como objeto para el goce perverso. Así, la narrativa justificatoria que indica la validez de cualquier método para lograr información del “enemigo”, se vuelve falaz e inconsistente. Probado está por medio de los innumerables testimonios brindados a través de los juicios que la violencia sexual no fue utilizada, en términos generales, para obtener información, sino para humillar a la víctima, satisfacer impulsos erótico- agresivos y afirmar el propio poder. Los humanos somos seres sexuados. Y esta condición impulsa a la sexualidad a formar parte del valioso espacio de la identidad. Así, el género – categoría que hemos podido resignificar a través del tiempo – nos habla del lugar desde donde vemos y habitamos el mundo. Advertimos violencia sexual en aquellos comportamientos y acciones de contenido o naturaleza sexual a los que se vea sometida una persona por medio del uso de la fuerza, la amenaza, la coacción, la intimidación, la opresión psicológica o el abuso de poder. Se encuentran entre ellos: la violación, cualquier forma de abuso sexual en el que no exista invasión física, el embarazo forzado, la prostitución forzada, el aborto forzado, el acoso sexual, la amenaza de violación, la mutilación, la esterilización forzada, el forzamiento al exhibicionismo, la desnudez forzada, el forzamiento a la pornografía, la humillación y burla con connotación sexual, la servidumbre sexual, entre otros etcéteras. De este modo los ataques a la integridad sexual deben ser leídos como arrasamientos subjetivos, como intentos borradores de la identidad humana. Es por esto que la gravedad de esos crímenes no pueden ser considerados solamente inherentes al espacio personalísimo de lo individual, más aun teniendo en cuenta el dispositivo de ejercicio de poder brutal que fue creado para la ejecución de estas prácticas y la sistematicidad de las mismas. Sobre todo también, considerando que las relaciones de poder – siempre asimétricas – contaban con el aval (en algunos casos), la consonancia (en otros) y el silencio cómplice (en la mayoría de los casos) de las pocas instituciones que quedaban en pie. Es importante indicar que mujeres y varones padecieron las violencias sobre sus cuerpos indefensos. La intención subyacente – como señalamos con anterioridad – no estaba dirigida a obtener información sino que apuntó a quebrar su identidad y disminuir su autovaloración por medio del ejercicio despiadado del poder. En este punto es ineludible reflexionar acerca de las consecuencias de las violencias sexuales padecidas por las víctimas. Es innegable que cuando el escenario del daño, la agresión y la humillación es cuerpo y la sexualidad, la herida traspasa la carne e involucra toda la esfera emocional, subjetiva y existencial de la víctima. Visto está que en el dispositivo de los Centros
  • 4. Clandestinos de Detención, las mujeres fueron particularmente humilladas, transformadas en un trofeo y deshumanizadas por parte de los represores. Así pasaron los años y en el caso de los varones, muchos de ellos no pudieron hablar y se vieron inmersos en el dolor y la rabia. Algunos llegaron a pensar en el suicidio debido a la degradación padecida. Por otro lado, quedaron muchas mujeres, sufriendo en soledad e imposibilitadas de hablar porque sus hijos eran demasiado pequeños y no sabían cómo iba a impactar en ellos el hacer públicos estos crímenes. Ser escuchadas y consideradas en este momento y en éste ámbito como identidades dignas, reconociendo la vulneración padecida – aunque hayan pasado tantos años – es la única acción reparatoria posible ante lo irremediable. Bárbara Soledad Bilbao en su texto VIOLENCIA DE GÉNERO EN LOS JUICIOS DEL PASADO Y DEL PRESENTE, señala “Para el CELS (Centro de Estudios Legales y Sociales) y el CIJT (Centro Internacional para la Justicia Transicional), con o sin autores directos, se debe juzgar y condenar estas prácticas partiendo de la base de que “formaron parte del cumplimiento deliberado del plan represivo, particularmente de la orden de aniquilar a quienes eran sindicados como enemigos por el régimen dictatorial, y que los mismos tuvieron carácter sistemático”. Incluso en los centros clandestinos de detención donde la violación fuera una práctica aislada debe considerársela dentro del conjunto de acciones destinadas a quebrar a las víctimas y no como un hecho solitario. Eso posibilita su inclusión entre los crímenes de lesa humanidad, su imprescriptibilidad y lo convierte en un delito de acción pública.” Es por todo lo expuesto que lo que pueda dictaminarse en el ámbito de la Justicia dentro del espacio de los Juicios que se vienen llevando adelante tanto a jueces como a represores, será un mensaje hacia dos destinatarios: para las subjetividades heridas de las mujeres víctimas del terrorismo de estado y a la sociedad. Este mensaje dice que como sociedad estamos dispuestos y dispuestas a desnaturalizar la violencia sexual y de género; que es necesario desagraviar la dignidad ofendida de las víctimas; que es necesario expresar fehacientemente y por todos los medios que es posible recibir amparo legal genuino y efectivo frente a los crímenes sexuales y por último que no vamos a claudicar en hacer realidad las premisas de Memoria, Verdad y Justicia en nuestra sociedad. * Este texto nació desde el Movimiento Ecuménico por los Derechos Humanos filial Mendoza como aporte a la etapa de alegato en el marco de la “Megacausa - Juicio a los Jueces” que se realizó en la provincia de Mendoza y fue presentado en las V Jornadas Nacionales de DDHH “Los DDHH en el actual contexto socio-político” realizadas en La Pampa los días 4,5 y6 de agosto de 2016.