El derecho colectivo del trabajo es una parte del derecho laboral que comprende las relaciones que se establecen entre una asociación de trabajadores y un empleador o asociación de empleadores.Rasgos Históricos del Derecho Colectivo del Trabajo
Los trabajadores para defender sus intereses necesitan coligarse y formar sindicatos o grupos de trabajadores. Estas coligaciones provocan las negociaciones colectivas entre trabajadores y patronos, que con la tozudez humana originan como última solución la huelga.
Aceptamos los conceptos de sindicatos y de grupos de trabajadores, porque existen y porque tienen diferente naturaleza, aunque al final ambas instituciones sean para la defensa de los intereses colectivos de los trabajadores. Los sindicatos son coaliciones permanentes cuyo fin es la defensa de intereses actuales y futuros de los trabajadores, en cambio los grupos de trabajadores son alianzas temporales para defender intereses actuales.
Hemos anotado lo fundamental de los sindicatos en el Derecho Colectivo del Trabajo, porque esa rama del derecho del trabajo ha evolucionado al ritmo de los sindicatos. De este modo anotamos que los encontramos en los siglos XII y XIII en el régimen corporativo, cuando se formaron las fraternidades de profesionales.
2. ¿Qué es? ……………..…Pág. 2
Rasgos históricos ... Pág. 2
Las luchas obreras……Pág. 4
Cronología del
Desarrollo……………..Pág. 5
Luchas obreras en los
campos petroleros
venezolanos………… Pág. 6
Orígenes e influencias
políticas de las
federaciones y
confederaciones ……. Pág. 7
Concepto de OIT ….. Pág. 8
Origen OIT …………..Pág. 9
Estructura de la
OIT …….Pág. 9
Fines de la
OIT ... Pág. 10
Participación de la
OIT……….. Pág. 11
El derecho colectivo
del trabajo en los
distintos sistemas de
gobierno…….Pág. 12
Contenido
Referencias
Bibliográficas..... Pág. 13
3. ¿Qué es el Derecho
Colectivo del Trabajo?
El derecho colectivo del
trabajo es una parte
del derecho laboral que
comprende las relaciones
que se establecen entre
una asociación de
trabajadores y un
empleador o asociación
de empleadores.
Rasgos Históricos
Los trabajadores para defender sus intereses necesitan
coligarse y formar sindicatos o grupos de trabajadores.
Estas coligaciones provocan las negociaciones colectivas
entre trabajadores y patronos, que con la tozudez humana
originan como última solución la huelga.
Trabajadores-Derecho Laboral
Pág. 2
4. Hemos anotado lo fundamental de
los sindicatos en el Derecho
Colectivo del Trabajo, porque esa
rama del derecho del trabajo ha
evolucionado al ritmo de los
sindicatos. De este modo
anotamos que los encontramos en
los siglos XII y XIII en el régimen
corporativo, cuando se formaron
las fraternidades de profesionales.
Fraternidades que en el siglo XVI
cambiaron su denominación por
“asociaciones de compañeros”.
Para 1971época de la Ley Le
Chapelier, surgen en Inglaterra
los llamados “trade unions”,
equivalente a asociaciones de
oficios y profesiones. En 1861
surge en Francia la fórmula de
asociación profesional y en la ley
francesa de 1884 se emplea por
primera vez la palabra sindicato,
con el calificativo de profesional.
Desde la segunda mitad del siglo
XVIII se fortalecen los
movimientos obreros, con ellos las
asociaciones y las huelgas como
soluciones compulsivas a los
pedimentos de los trabajadores.
Así que, las manifestaciones de
base para el Derecho Colectivo del
Trabajo, entre los siglos XVIII y
XIX en Francia, país pilar en el
desarrollo de la materia in
comento, fueron: la Ley Le
Chapelier que prohibía los
agrupamientos de trabajadores y la
ley Waldeck Rousseau de 1884,
que reconoció las asociaciones
profesionales.
Actualmente, el Derecho
Colectivo del Trabajo va de la
mano con las posibilidades del
ejercicio de la Libertad Sindical,
que por lo demás es sinónimo del
ejercicio de la democracia.
Podemos concluir que el
sindicalismo, elemento
fundamental en el Derecho
Colectivo del Trabajo, nace a
finales del siglo XIX en Francia y
en Italia, se va desarrollando por
los países industrializados como
movimientos de cooperativismo,
para después girar hacia las
organización económica y social
con fines de mejorar la clase
trabajadora.
Rasgos
Históricos
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5. Las Luchas Obreras
El movimiento laboral frecuentemente practica la política de
conciliación de clases. Por lo tanto, se puede afirmar que existe
una vinculación entre dicho movimiento y los partidos políticos
a la cual quedan subordinados los intereses de la clase obrera,
ahora llamada clase trabajadora, expresión ésta que implica una
distorsión conceptual, puesto que se generaliza, la condición del
trabajo hacia todas aquéllas personas que pueden ser fuente de
producción, pero no asalariado.
1 de Mayo
Luchas Obreras
Movimiento Obrero
en Venezuela
De manera que en el seno del movimiento sindical persiste la concepción
relacionada con que el movimiento sindical debe servir a los intereses de la clase
obrera". Sin embargo, a lo largo de la historia del movimiento sindical podemos
apreciar que la defensa de los intereses de la clase obrera son puramente
económicos y muy restringidos, practicando de tal manera, una política de
conciliación de clases, puesto que creen que la conciliación de clases es el
fundamento mejor de la democracia y evita los riesgos inherentes al sistema
democrático.
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6. Cronología del Desarrollo del
Derecho Colectivo del Trabajo
Aparecen
los
llamados
regímenes
corporativo
s y
fraternidad
es
profesional
es.
Siglos XII y
XIII 1827 a 1840
Surge en Filadelfia la primera
huelga de carpinteros, a la cual se
le agregan otros gremios de
trabajadores 1830 a 1840
Aparecen las luchas contra la
Revolución Industrial, porque en
principio los obreros atribuían sus
males laborales a la máquina.
1848, 1853 Y 1864
Se desarrollan en Inglaterra los
movimientos que conducen al
derecho al sufragio masculino y
con ello la representación de los
obreros. Se funda en México la
Sociedad de Mutualistas Surgen
los movimientos obreros
marxistas y anarquistas en
Europa
1868
En Cuba,
aun bajo
el
imperio
español,
aparece
La
Sociedad
de
Tabaquer
os de la
Habana.
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1884
Se aprueba la
ley de Waldeck
Rousseau,
donde por
primera vez se
utiliza el
término
sindicato
profesional.
1889
Las delegaciones
latinoamericanas
se hacen presente
en el Congreso de
la Segunda
Internacional
Socialista
celebrada en Paris.
1919
Con la
declaración de
Versalles se
funda la
Organización
Internacional
del Trabajo
(OIT).
1922
Aparece la
Asociación
Internacional de
los Trabajadores,
se cambia el
sentido de luchas
obreras por
luchas sindicales.
1936
Se funda en
Venezuela la
Confederación
de Trabajadores
1950 a 1960 ya no se habla de luchas
obreras sino de luchas sindicales,
equivalente a lucha de los trabajadores,
prestando mayor atención a las condiciones
socioeconómicas Con presencia Socialista
y Social-Cristiana.
7. Luchas obreras en los campos petroleros
venezolanos.
¿Llegaron a existir este tipo de
Luchas Petroleras? ¿Debido a
que?
Todo comienza en 1918 fue la
huelga del tres de Julio en Aroa,
distrito Bolívar del estado Yaracuy, por los trabajadores del ferrocarril
inglés “The Bolívar Railway Company Limited”, el motivo fue los
bajos salarios y las pésimas condiciones de trabajo. Cuando
intervienen las fuerzas policiales de Juan Vicente Gómez, los
trabajadores descarrilan los trenes de carga. Obligando a la empresa y
al gobierno a arbitrar un acuerdo que resultó en un aumento de O, 50
bolívares para los obreros especializados y 0,40 bolívares para los no
especializados. Los sindicalistas que no aceptaron las condiciones
fueron recluidos en el Castillo Libertador de Puerto Cabello.
Industria Petrolera
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En 1936, Febrero se funda el Sindicato de Obreros y
Empleados Petroleros de Cabimas. En Julio se
funda el Sindicato de Trabajadores Petroleros de
Mene de Mauroa, estado Falcón y la Unión de
Trabajadores En 1948 Es derrocado el presidente
Rómulo Gallegos y los dirigentes petroleros con los
políticos son expulsados del país.
En 1950 Estalla una huelga general contra el
dictador Marcos Pérez Giménez, pero se clausuran
la mayoría de las organizaciones sindicales.
En 1958 Es derrocado el dictador y empieza la
época dorada del sindicalismo venezolano.
8. Orígenes e Influencias Políticas de las Federaciones y
Confederaciones de Trabajadores en Venezuela.
Venezuela ha sido un país
victima de gobernantes
dictadores o de
seudodictadores,
entorpecedores de las
asociaciones gremiales de
trabajadores, precisamente
por el espíritu democrático
que éstas germinan.
Durante los veintisiete (27)
años del régimen del
dictador Juan Vicente
Gómez, todo el país y
especialmente los
trabajadores fueron
perseguidos y torturados.
Gómez muere en
diciembre de 1935, por eso
es a partir de 1936 cuando
florece el sindicalismo,
después del regreso de los
líderes de las cárceles o del
exilio. Siendo esta la razón
por la cual la primera
Confederación Venezolana
de Trabajadores se
constituye es el 26 de
diciembre de 1936.
Los primeros movimientos de
trabajadores venezolanos se forman bajo
las filosofías marxista y
socialdemócrata- De modo que la CTV
desde sus inicios fue conducida por
militantes de los partidos políticos
Acción Democrática y Comunista.
Para 1937 son expulsados nuevamente
del país, dirigentes políticos y sindicales.
En 1944 se reúne en Caracas la
Convención Nacional de Trabajadores y
es disuelta, por decreto presidencial,
junto con noventa y una (91)
organizaciones sindicales y dos
federaciones.
Para el 16 de marzo de 1945 se declaró
una importante huelga en el principal
puerto venezolano de la Guaira, para el 8
de diciembre del mismo año se firma el
primer contrato colectivo de trabajo con
los representantes de las empresas
petroleras. El 18 de octubre de 1945,
mediante un golpe cívico militar
presidido por Rómulo Betancourt,
derrocan el gobierno de Isaías Medina
Angarita, de tal manera para 1946 se
legalizan centenares de sindicatos y
federaciones nacionales.
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9. OIT es la sigla
correspondiente
a Organización
Internacional del Trabajo,
una entidad que funciona
bajo la órbita de
la Organización de las
Naciones Unidas (ONU).
Esta institución se encarga
de analizar todo aquello
vinculado al universo
laboral, protegiendo
los derechos de los
trabajadores.
La OIT se encarga de
desarrollar y supervisar
el uso de las normas
internacionales de
trabajo que se
convierten en
convenciones y
recomendaciones. Estas
normas cubren todos
los aspectos del mundo
del trabajo, y establecen
principios básicos y
derechos con el fin de
garantizar un trabajo
digno para todos los
ciudadanos.
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10. Origen:
La Organización
Internacional del Trabajo
es un organismo
especializado
perteneciente a las
Naciones Unidas, y nace
en 1919 como uno de los
resultados más
importantes del Tratado
de Versalles al término de
la Primera Guerra
Mundial, siendo producto
de la necesidad de abolir
varias prácticas que
violentaban no sólo
derechos laborales del
hombre, sino derechos
humanos fundamentales.
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Estructura:
La OIT está compuesta por La
Conferencia Internacional del Trabajo,
que se reúne ordinariamente una vez al
año, El Consejo Administrativo, que es
el órgano ejecutivo, con tres reuniones
al año, y La Oficina Internacional del
Trabajo, que constituye el secretariado
permanente. La Conferencia es la
suprema autoridad y el órgano
legislativo, es de carácter periódico,
integrada por un presidente y tres vice-
presidentes, de los cuales uno es
delegado gubernamental, otro es
delegado de los empleadores y el otro
es delegado de los trabajadores. La
Oficina está dirigida por El Consejo
Administrativo
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Fines de la OIT
La función fundamental es la protección de los
trabajadores, que debe fomentar entre todas las
naciones del mundo. En esta tarea busca la plenitud
de empleo y la elevación de los niveles de vida de los
trabajadores, la protección adecuada de la vida y la
salud de los trabajadores, el suministro de alimentos,
vivienda y facilidades de recreación y culturización,
condiciones de trabajo, salario mínimos, la regulación
de jornadas de trabajo, la prevención del empleo,
garantías de iguales oportunidades educativas y
profesionales, reconocimiento del derecho al contrato
colectivo, protección de la infancia y la maternidad, la
mujer trabajadora, seguridad social en general y
asistencia médica completa, el reconocimiento a los
principios de libertad de asociación. Para la OIT, el
trabajo no debe considerarse como un simple artículo
de comercio, debe existir un pago adecuado al
esfuerzo del trabajo.
12. Participación de la OIT en el
Desarrollo del Derecho Colectivo
del Trabajo
Lo que podemos llamar Derecho
Internacional del Trabajo, lo
constituyen las normas
internacionales que en materia laboral
adoptan los diferentes países, para
regir de una manera uniforme o
coincidente, las relaciones del trabajo
en cada uno de ellos. Entonces
podemos decir que, el motor de esa
internacionalización lo constituye la
OIT. instituida por las naciones según
lo acordaron en el tratado de Versalles
de l9l9, al finalizar la primera guerra
mundial.
La recopilación
ordenada y sistemática
de los convenios y
recomendaciones
adoptadas por la OIT
constituyen el Código
Internacional del
Trabajo, cuyo contenido
comprende: Condiciones
de trabajo, salarios,
reposo, higiene y
seguridad, política y
seguridad social. No es
un código, según la
acepción técnica porque
el Estado que lo ha
ratificado, sólo se obliga
a desarrollar una
legislación conforme a
sentido de regla
internacional, necesitan
la creación de sus
respectivas leyes, para
que sean de obligatorio
cumplimiento
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13. Los movimientos anarquistas, marxistas,
socialdemócratas y socialcristianos, tratando de imponer
sus ideas políticas, han sido determinantes en el Derecho
Colectivo del Trabajo, porque han penetrado la dirigencia
sindical, marcando sus políticas y con ello esa parte del
Derecho del Trabajo que en cada país sigue los vaivenes
de las distintas ideologías que predominan en cada
gobierno.
La OIT recomienda que los sindicatos no deben estar al
servicio de gobiernos ni de partidos políticos, porque de
esa manera pierden sus fines y propósitos. Sindicato que
se compromete con el gobierno o con la oposición, deja
de lado la defensa del gremio para defender sus
respectivas posiciones políticas. Los sindicalistas pueden
pertenecer a parcialidades políticas, pero el sindicato
como institución no.
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14. • Contenido extraído del materia adjuntado en el
aula virtual
• https://www.unaids.org/es/aboutunaids/unaidsc
osponsors/ilo
•