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Antonio

Nieto.

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titular

de

Economía Aplicada (UCM).

Julio 2013 (8)
Junio 2013 (3)

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El 22 de enero de 2013 once países de la
Unión Europea (UE) alcanzaron un acuerdo
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Mayo 2013 (9)
Abril 2013 (9)

para poner en funcionamiento, en 2014, el
Impuesto sobre Transacciones Financieras

(0 votos)

Marzo 2013 (4)

(ITF). Esos países fueron Alemania, Austria,

Febrero 2013 (8)

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Eslovaquia, Grecia, Italia, Portugal y España.

Enero 2013 (3)

A ellos podría sumarse los Países Bajos, pero

Diciembre 2012

el resto de Estados miembros se oponen a la

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propuesta

directiva

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especialmente el Reino Unido y Luxemburgo,
lo que no es ajeno al peso y al estatus tan
especial de sus sectores financieros. (La

ETIQUETAS+C
OMUNES

propuesta final de la UE, de fecha 14 febrero

Actualidad

de 2013, con las modificaciones introducidas

austeridad

por la Comisión Europea para los once países

econoNuestra
adheridos al acuerdo, puede consultarse en:

euro

http://eur-

mercado de

lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?

trabajo

uri=COM:2013:0071:FIN:ES:PDF).

reforma
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Para salvar esa división, los países que aprobaron el

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ITF han canalizado el acuerdo mediante un

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procedimiento de cooperación reforzada, mecanismo
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MÁS POPULAR
COMENTADO

cooperación reforzada permite llevar a la práctica
ciertas iniciativas en la UE cuando hay un número
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garantizando que esas iniciativas no serán bloqueadas

versus Economía

por los Estados miembros que están en desacuerdo,

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además de asegurarse de que no provocan
distorsiones en el funcionamiento de la UE. Con ello,

defensa de los

una vez culminada la tramitación en las instituciones

"indignados" (+22

comunitarias, la propuesta del ITF ha de ser

)

trasladada a las legislaciones nacionales de los países
que la respaldan y que, obviamente, comparten la

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declaración de intenciones de la Comisión sobre “la

económica (+18)

conveniencia de que el sector financiero

La falsa

aporte una contribución más equitativa,

progresividad de

habida cuenta de los costes que genera la

las medidas del

lucha contra la crisis, y de la escasa
tributación a la que está sujeto actualmente
este sector”. Hasta aquí el deseo. Pero la

gobierno (+16)
La economía
española en el

situación real es distinta.

círculo infernal:

En septiembre de 2013 se cumplieron cinco
años de la quiebra de Lehman Brothers,
circunstancia

emblemática

que

marcó

el

inicio oficial de la gran recesión que nos
azota.

En

aquel

momento

los

líderes

¿cómo hemos
llegado aquí y
qué nos
espera? (+14)

europeos se conjuraron para responder a la

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crisis, pero también para evitarlas en el

euro (+14)

futuro. Hablaron, entre otros temas, de
introducir reformas sustanciales en el sector
financiero. Sin embargo, como señala ATTAC
(www.attacmadrid.org/?p=9958),

se

trata

de “promesas rotas”. Y eso es así porque, a
pesar

de

contable

haber
de

avanzado

mejorado

algunos

en

la

bancos,

una

mayor

situación
no

se

ha

regulación

financiera que ayude a evitar las crisis y
haga posible algo lógico y deseable: que la
banca

colabore

activamente

en

la

financiación de las políticas para salir de esta
gran recesión. En realidad –simplificando
mucho–, el mayor avance logrado en la UE
ha empeorado la situación general, ya que el
Banco Central Europeo ha abierto un atajo
para el sector financiero, facilitándole el
acceso a financiación privilegiada, mientras
que el camino se ha hecho mucho más duro,
largo e injusto para el resto de los agentes
económicos y para los ciudadanos, obligados
como estamos a soportar los efectos de los
programas

de

ajuste

y

la

creciente

desigualdad que provoca la austeridad mal
entendida.
En los últimos años la UE ha discutido y
aprobado la introducción de un ITF, que –
además– puede tener la virtud de aportar
financiación

complementaria

para

el

presupuesto comunitario, ya que una parte
de la recaudación podría convertirse en
recursos propios de la UE (si bien la cuantía
y modo de las aportaciones de los países
afectados, que no son todos los Estados
miembros, está aún pendiente de discusión y
de encaje en el mecanismo presupuestario
europeo). Conviene recordar que Francia, en
agosto de 2012, e Italia, en marzo de 2013,
ya establecieron un ITF. Y otros países no
pertenecientes a la UE tienen figuras fiscales
similares. Pero en la mayoría de las naciones
europeas la propuesta está pendiente de
aprobación. Además, en algún caso, como
España, el ITF ha decidido echarse una
“dulce siesta”, puesto que pasó por el
Congreso de los Diputados, donde la mayoría
parlamentaria
presentadas

rechazó
por

la

las

enmiendas

oposición,

y

está

pendiente de ser debatido en el Senado, de
donde saldrá –en el mejor de los casos– de
manera tardía y tal vez con somnolencia. Es
decir, el ITF probablemente salga del Senado
sin posibilidades de ser incluido en los
Presupuestos

Generales

del

Estado

para

2014, lo que puede suponer posponer su
aplicación,
generaría

retrasando
ese

los

impuesto,

ingresos
así

como

que
sus

efectos reguladores sobre las transacciones
financieras, y su capacidad (relativa) para
limitar (algunos) movimientos especulativos.
¿Estamos ante un ejemplo más del dilema
entre el quiero y no puedo? ¿O el puedo pero
no quiero? ¿Es ese el estigma de no pocos
políticos cuando tocan el sector financiero?
¿O el orden es al revés, es el sector
financiero el que toca la música y marca el
ritmo y el estilo de baile? Quizá el orden no
altera el resultado: mientras una mano hace
política, la otra vigila la cartera. Puede que,
incluso, parafraseando el consejo bíblico, una
mano “no sabe” lo que hace la otra. En fin,
la realidad es que la directiva comunitaria
sobre el ITF ha de ser trasladada a las
legislaciones nacionales, y esa flexibilidad
deja abiertas aún más dudas de las que ya
había inicialmente.
La

propuesta

inicial

de

directiva

de

la

Comisión, de septiembre de 2011, para
introducir un ITF en la UE no coincide
exactamente con lo que conocemos como la
“Tasa Tobin”, ya que su objetivo no es gravar
los movimientos internacionales en divisas ni
dedicar ese dinero a ayuda al desarrollo. Lo
que pretende es gravar ciertos movimientos
financieros en algunos países de la UE, para
regular mejor los sistemas financieros y
aumentar la recaudación. Esto último es
importante, dado que en algunos casos,
como España, la presión fiscal sobre las
rentas de capital está por debajo del 15%,
una cifra claramente inferior a la que soporta
una familia media española. Además, gran
parte

de

las

benefician

operaciones

de

un

financieras

tratamiento

se

muy

preferencial en la imposición indirecta, por lo
que la introducción de un nuevo tributo
añadiría equidad al conjunto del sistema
fiscal. Y no hay ningún motivo –sino más
bien lo contrario– para olvidar u ocultar que
los

equilibrios

pueden

presupuestarios

alcanzarse

también

mejorando

la

recaudación, es decir, aumentando la presión
fiscal sobre quienes tienen que pagar más en
función de sus niveles de renta, además de
combatir el fraude fiscal, algo que no es
ajeno a los privilegios singulares del sector
financiero. Por supuesto, regular mejor los
sistemas financieros también es un aspecto
esencial

del

ITF,

ya

que

uno

de

sus

propósitos es desincentivar parcialmente los
movimientos de capitales a muy corto plazo.
Pero aún hay muchas dudas sobre cómo se
aplicará realmente en los países que se han
comprometido a implantarlo. La sensación es
que el ITF puede retrasarse, además de
relajarse su impacto fiscal final. Y ello a
pesar

de

que

hay

un

amplio

acuerdo

aparente sobre las ventajas generales que
reporta. Tal vez por ello, dada la extrema
movilidad de la mayoría de las transacciones
de capital susceptibles de gravamen, la
Comisión

Europea

argumenta,

en

su

propuesta de directiva, que hay que “evitar
la fragmentación de los mercados” y “las
distorsiones que causan las normas fiscales
concebidas por los Estados miembros de
forma unilateral”.
Por ejemplo, la introducción de los tipos
impositivos previstos, que podrían oscilar
entre

el

0,01

(compraventa,

%

para

cesión,

los

derivados

celebración

o

modificación de los contratos de derivados) y
el 0,1 % para las acciones, bonos y resto de
instrumentos (dejando margen a los países
para

fijar

niveles

unos

ingresos

superiores),

adicionales

de

reportaría
al

menos

37.000 millones de euros, de los cuales
5.000 millones se recaudarían en España.
Como

sostiene

Oxfam

(www.oxfam.org/fr/node/29397),

eso

permitiría disponer de fondos adicionales
para mejorar de manera notoria aspectos
tan

esenciales

educación,

sin

como

la

tener

sanidad
que

y

la

escuchar

repetidamente el cuento de que la crisis
obliga a hacer recortes en esos y en otros
ámbitos. No obstante, la introducción del ITF
en

algunos

pendiente

países,

de

como

aclarar

España,

varias

está

cuestiones

relativas a la “flexibilidad” en su aplicación
como directiva comunitaria, lo que evitaría
situaciones de bloqueo en las instituciones y
en los países de la UE, puesto que aún no se
han cerrado aspectos clave de esta nueva
figura fiscal. La lógica del impuesto requiere
–como recuerdan especialistas en la materia
(véase,

por

ejemplo:

www.bde.es/f/webbde/GAP/Secciones/Publi
caciones/InformesBoletinesRevistas/RevistaE
stabilidadFinanciera/12/Nov/Fic/ref20122313
.pdf)–, que el grueso de las operaciones en
los mercados primarios queden fuera del
ámbito

de

aplicación

dificultar

la

del

ITF,

financiación

para
de

no
las

Administraciones Públicas y las empresas.
También estarían exentas la mayoría de las
actividades financieras cotidianas en las que
participan

las

personas

físicas

y

las

empresas de carácter no financiero, como es
el

caso

de

los

contratos

de

seguros,

préstamos hipotecarios, créditos al consumo
y servicios de pago, aunque sí quedaría
gravada

su

negociación

posterior

como

productos estructurados. Falta por aclarar,
pero ese es otro tema distinto, cómo se
deben mejorarse los controles sobre los
paraísos

fiscales

y

cómo

evitar

los

procedimientos destinados a eludir o sortear
el ITF. Es decir, falta por aclarar, entre otras
cosas, cómo se inserta en el conjunto de la
UE y en la economía mundial un ITF aplicado
sólo por algunos países. Aunque cerrar esos
temas no depende sólo de la UE, los países
europeos puedan dar un paso al frente para
mejorar la regulación financiera internacional
y

contribuir

a

reducir

el

fraude

y

la

especulación, así como sus consecuencias
más nefastas actuales y futuras.
Según lo previsto, el ITF se basará en el
“principio de residencia”, completado con el
“principio de emisión”, con el fin de reducir el
riesgo

de

evasión

fiscal

y

de

“deslocalizaciones”. Así, se aplicará a las
transacciones
intervenga

financieras

una

en

institución

las

financiera

que
–

incluyendo fondos de inversión, de pensiones
y de seguros– domiciliada en un Estado
miembro de la UE, tanto si actúa por cuenta
propia como por cuenta de alguna de las
partes involucradas en la transacción. Con
ello,

podría

extenderse

el

ámbito

de
aplicación

del

ITF

establecimientos

a

actividades

que

queden

fuera

y
del

ámbito territorial del impuesto, por ejemplo
cuando

ninguna

de

las

partes

de

una

transacción esté establecida en la UE pero
dichas partes negocien con instrumentos
financieros emitidos en un Estado miembro
sujeto al ITF. Además, el impuesto podrá
aplicarse

a

operaciones

realizadas

en

mercados organizados y no organizados,
quedando

sujetas

a

gravamen

las

transacciones relacionadas con todo tipo de
activos financieros, así como aquellas que se
lleven a cabo fuera de la UE, siempre que al
menos una de las entidades esté establecida
en los países dispuestos a aplicar el ITF. Es
más, la obligación de tributar afectaría no
sólo a las cesiones de propiedad, sino
también a las obligaciones contraídas en la
transacción, ya que habría que reflejar si la
parte interesada asume o no el riesgo que
conlleva

un

instrumento

financiero

determinado.
En esas condiciones, como norma general,
serán las entidades financieras que sean
parte en una transacción de activos sujetos a
gravamen (por cuenta propia o de terceros)
las responsables del pago del impuesto a las
autoridades tributarias del Estado miembro
participante

en

que

se

establecidas.

No

obstante,

instituciones

comunitarias

encuentren
las

propias

han

dejado

abierta la posibilidad de introducir cambios
que afectarían a aspectos esenciales del
nuevo

impuesto

común

(pero

no

armonizado), con el objetivo de reducir los
incentivos para la deslocalización de los
agentes

que

realizan

las

transacciones,

además de respetar los derechos de los
Estados miembros que no se han adherido a
la propuesta del ITF. De hecho, algunos
países ya han mostrado dudas sobre el
impacto “extraterritorial” que podría tener
para sus empresas y agentes financieros, lo
que hace pensar que –además del retraso en
el

calendario

podrían

previsto–

acabar

en

ciertos

procesos

aspectos
judiciales

europeos o extraeuropeos. En realidad, una
iniciativa de esta naturaleza tendría más
encaje y recorrido si se desarrollara en el
ámbito inicialmente previsto, es decir, el G20 como “representante” aproximado de lo
que convencionalmente se considera la parte
más

visible

de

la

economía

mundial.

(Además de la información sobre el origen y
desarrollo de la propuesta sobre el ITF que
ofrece la UE en su web: www.europa.eu,
pueden consultar más detalles y cuestiones
pendientes, por ejemplo, en:
http://www.kpmg.com/ES/es/servicios/Abog
ados/Fiscal/Documents/Tax-Alert-FTT-Marzo2013.pdf
¿Suena bien, pese a la complicación que
entraña? ¿Parece más bonito de lo que cabía
espera? Tal vez por eso el ITF puede dormir
algo más que una siesta y despertarse
anestesiado, con un ámbito de aplicación
menor, con tipos impositivos aún más bajos,
y

sin

capacidad

de

afrontar

los

retos

previstos, en particular, combatir el fraude y
los paraísos fiscales, exigir “solidaridad” al
sector financiero en la situación actual, y
contribuir

a

que

las

desestabilicen

aún

más

finanzas
el

no

precario

“equilibrio” que impone esta globalización.
No es la panacea, pero hay que empezar por
algo: el ITF puede contribuir a mejorar la
regulación financiera, la recaudación fiscal y
la equidad en la UE y sus países. Conviene
sumar fuerzas e insistir en esta batalla. Las
entidades financieras conocen el tema y
deberían

estarse

preparando

para

la

aplicación del ITF. ¿Conocemos el resto de
ciudadanos sus repercusiones y el impacto
estimado en los Presupuestos Generales del
Estado? Recordemos que nuestro gobierno
se comprometió hace tiempo a instaurar un
ITF en España. ¿Lo antes posible? ¿Con qué
característica

y

excepciones?

Podían

explicarlo. Al fin y al cabo, no es el sector
financiero sino que somos los ciudadanos y
las

empresas

aportamos

el

no

financieras

grueso

de

la

los

que

financiación

pública. También somos los que sufrimos las
consecuencias de las políticas neoliberales
aplicadas en nuestros países, con el apoyo,
entre otros, de la UE.

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La dulce siesta del impuesto sobre transacciones financieras (itf)

  • 1. REGÍSTRATE ACTUALIDAD INICIO QUIÉNES SOMOS ACCIONES Y MULTIMEDIA ANÁLISIS ACCIONES Y MULTIMEDIA COLABORA CONTACTA REGISTRO PARA ASOCIARSE A ECONONUESTRA Buscar... Inicio / Opinión / Actualidad / La dulce siesta del Impuesto sobre Transacciones Financieras (ITF) ARCHIVO ACTUALIDAD Noviembre 2013 La dulce siesta del Impuesto sobre Transacciones Financieras (ITF) (10) Octubre 2013 (13) Destacado Jueves, 28 Noviembre 2013 14:31 Septiembre 2013 (13) Escrito por econoNuestra Agosto 2013 (4) Publicado en Actualidad Visto 336 veces Imprimir José Antonio Nieto. Profesor titular de Economía Aplicada (UCM). Julio 2013 (8) Junio 2013 (3) Email El 22 de enero de 2013 once países de la Unión Europea (UE) alcanzaron un acuerdo Valora este artículo Mayo 2013 (9) Abril 2013 (9) para poner en funcionamiento, en 2014, el Impuesto sobre Transacciones Financieras (0 votos) Marzo 2013 (4) (ITF). Esos países fueron Alemania, Austria, Febrero 2013 (8) Bélgica, Francia, Estonia, Eslovenia, Eslovaquia, Grecia, Italia, Portugal y España. Enero 2013 (3) A ellos podría sumarse los Países Bajos, pero Diciembre 2012 el resto de Estados miembros se oponen a la (3) propuesta directiva sobre el ITF, especialmente el Reino Unido y Luxemburgo, lo que no es ajeno al peso y al estatus tan especial de sus sectores financieros. (La ETIQUETAS+C OMUNES propuesta final de la UE, de fecha 14 febrero Actualidad de 2013, con las modificaciones introducidas austeridad por la Comisión Europea para los once países econoNuestra
  • 2. adheridos al acuerdo, puede consultarse en: euro http://eur- mercado de lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do? trabajo uri=COM:2013:0071:FIN:ES:PDF). reforma laboral Para salvar esa división, los países que aprobaron el Unión ITF han canalizado el acuerdo mediante un Europea procedimiento de cooperación reforzada, mecanismo al que curiosamente se ha recurrido por primera vez en el ámbito de la fiscalidad comunitaria. La MÁS POPULAR COMENTADO cooperación reforzada permite llevar a la práctica ciertas iniciativas en la UE cuando hay un número suficiente de Estados miembros que las apoyan, Capitalismo garantizando que esas iniciativas no serán bloqueadas versus Economía por los Estados miembros que están en desacuerdo, de mercado: en además de asegurarse de que no provocan distorsiones en el funcionamiento de la UE. Con ello, defensa de los una vez culminada la tramitación en las instituciones "indignados" (+22 comunitarias, la propuesta del ITF ha de ser ) trasladada a las legislaciones nacionales de los países que la respaldan y que, obviamente, comparten la Automóvil y crisis declaración de intenciones de la Comisión sobre “la económica (+18) conveniencia de que el sector financiero La falsa aporte una contribución más equitativa, progresividad de habida cuenta de los costes que genera la las medidas del lucha contra la crisis, y de la escasa tributación a la que está sujeto actualmente este sector”. Hasta aquí el deseo. Pero la gobierno (+16) La economía española en el situación real es distinta. círculo infernal: En septiembre de 2013 se cumplieron cinco años de la quiebra de Lehman Brothers, circunstancia emblemática que marcó el inicio oficial de la gran recesión que nos azota. En aquel momento los líderes ¿cómo hemos llegado aquí y qué nos espera? (+14) europeos se conjuraron para responder a la Keynes y el crisis, pero también para evitarlas en el euro (+14) futuro. Hablaron, entre otros temas, de introducir reformas sustanciales en el sector financiero. Sin embargo, como señala ATTAC (www.attacmadrid.org/?p=9958), se trata de “promesas rotas”. Y eso es así porque, a
  • 3. pesar de contable haber de avanzado mejorado algunos en la bancos, una mayor situación no se ha regulación financiera que ayude a evitar las crisis y haga posible algo lógico y deseable: que la banca colabore activamente en la financiación de las políticas para salir de esta gran recesión. En realidad –simplificando mucho–, el mayor avance logrado en la UE ha empeorado la situación general, ya que el Banco Central Europeo ha abierto un atajo para el sector financiero, facilitándole el acceso a financiación privilegiada, mientras que el camino se ha hecho mucho más duro, largo e injusto para el resto de los agentes económicos y para los ciudadanos, obligados como estamos a soportar los efectos de los programas de ajuste y la creciente desigualdad que provoca la austeridad mal entendida. En los últimos años la UE ha discutido y aprobado la introducción de un ITF, que – además– puede tener la virtud de aportar financiación complementaria para el presupuesto comunitario, ya que una parte de la recaudación podría convertirse en recursos propios de la UE (si bien la cuantía y modo de las aportaciones de los países afectados, que no son todos los Estados miembros, está aún pendiente de discusión y de encaje en el mecanismo presupuestario europeo). Conviene recordar que Francia, en agosto de 2012, e Italia, en marzo de 2013, ya establecieron un ITF. Y otros países no pertenecientes a la UE tienen figuras fiscales similares. Pero en la mayoría de las naciones europeas la propuesta está pendiente de aprobación. Además, en algún caso, como España, el ITF ha decidido echarse una
  • 4. “dulce siesta”, puesto que pasó por el Congreso de los Diputados, donde la mayoría parlamentaria presentadas rechazó por la las enmiendas oposición, y está pendiente de ser debatido en el Senado, de donde saldrá –en el mejor de los casos– de manera tardía y tal vez con somnolencia. Es decir, el ITF probablemente salga del Senado sin posibilidades de ser incluido en los Presupuestos Generales del Estado para 2014, lo que puede suponer posponer su aplicación, generaría retrasando ese los impuesto, ingresos así como que sus efectos reguladores sobre las transacciones financieras, y su capacidad (relativa) para limitar (algunos) movimientos especulativos. ¿Estamos ante un ejemplo más del dilema entre el quiero y no puedo? ¿O el puedo pero no quiero? ¿Es ese el estigma de no pocos políticos cuando tocan el sector financiero? ¿O el orden es al revés, es el sector financiero el que toca la música y marca el ritmo y el estilo de baile? Quizá el orden no altera el resultado: mientras una mano hace política, la otra vigila la cartera. Puede que, incluso, parafraseando el consejo bíblico, una mano “no sabe” lo que hace la otra. En fin, la realidad es que la directiva comunitaria sobre el ITF ha de ser trasladada a las legislaciones nacionales, y esa flexibilidad deja abiertas aún más dudas de las que ya había inicialmente. La propuesta inicial de directiva de la Comisión, de septiembre de 2011, para introducir un ITF en la UE no coincide exactamente con lo que conocemos como la “Tasa Tobin”, ya que su objetivo no es gravar los movimientos internacionales en divisas ni dedicar ese dinero a ayuda al desarrollo. Lo
  • 5. que pretende es gravar ciertos movimientos financieros en algunos países de la UE, para regular mejor los sistemas financieros y aumentar la recaudación. Esto último es importante, dado que en algunos casos, como España, la presión fiscal sobre las rentas de capital está por debajo del 15%, una cifra claramente inferior a la que soporta una familia media española. Además, gran parte de las benefician operaciones de un financieras tratamiento se muy preferencial en la imposición indirecta, por lo que la introducción de un nuevo tributo añadiría equidad al conjunto del sistema fiscal. Y no hay ningún motivo –sino más bien lo contrario– para olvidar u ocultar que los equilibrios pueden presupuestarios alcanzarse también mejorando la recaudación, es decir, aumentando la presión fiscal sobre quienes tienen que pagar más en función de sus niveles de renta, además de combatir el fraude fiscal, algo que no es ajeno a los privilegios singulares del sector financiero. Por supuesto, regular mejor los sistemas financieros también es un aspecto esencial del ITF, ya que uno de sus propósitos es desincentivar parcialmente los movimientos de capitales a muy corto plazo. Pero aún hay muchas dudas sobre cómo se aplicará realmente en los países que se han comprometido a implantarlo. La sensación es que el ITF puede retrasarse, además de relajarse su impacto fiscal final. Y ello a pesar de que hay un amplio acuerdo aparente sobre las ventajas generales que reporta. Tal vez por ello, dada la extrema movilidad de la mayoría de las transacciones de capital susceptibles de gravamen, la Comisión Europea argumenta, en su propuesta de directiva, que hay que “evitar
  • 6. la fragmentación de los mercados” y “las distorsiones que causan las normas fiscales concebidas por los Estados miembros de forma unilateral”. Por ejemplo, la introducción de los tipos impositivos previstos, que podrían oscilar entre el 0,01 (compraventa, % para cesión, los derivados celebración o modificación de los contratos de derivados) y el 0,1 % para las acciones, bonos y resto de instrumentos (dejando margen a los países para fijar niveles unos ingresos superiores), adicionales de reportaría al menos 37.000 millones de euros, de los cuales 5.000 millones se recaudarían en España. Como sostiene Oxfam (www.oxfam.org/fr/node/29397), eso permitiría disponer de fondos adicionales para mejorar de manera notoria aspectos tan esenciales educación, sin como la tener sanidad que y la escuchar repetidamente el cuento de que la crisis obliga a hacer recortes en esos y en otros ámbitos. No obstante, la introducción del ITF en algunos pendiente países, de como aclarar España, varias está cuestiones relativas a la “flexibilidad” en su aplicación como directiva comunitaria, lo que evitaría situaciones de bloqueo en las instituciones y en los países de la UE, puesto que aún no se han cerrado aspectos clave de esta nueva figura fiscal. La lógica del impuesto requiere –como recuerdan especialistas en la materia (véase, por ejemplo: www.bde.es/f/webbde/GAP/Secciones/Publi caciones/InformesBoletinesRevistas/RevistaE stabilidadFinanciera/12/Nov/Fic/ref20122313 .pdf)–, que el grueso de las operaciones en los mercados primarios queden fuera del
  • 7. ámbito de aplicación dificultar la del ITF, financiación para de no las Administraciones Públicas y las empresas. También estarían exentas la mayoría de las actividades financieras cotidianas en las que participan las personas físicas y las empresas de carácter no financiero, como es el caso de los contratos de seguros, préstamos hipotecarios, créditos al consumo y servicios de pago, aunque sí quedaría gravada su negociación posterior como productos estructurados. Falta por aclarar, pero ese es otro tema distinto, cómo se deben mejorarse los controles sobre los paraísos fiscales y cómo evitar los procedimientos destinados a eludir o sortear el ITF. Es decir, falta por aclarar, entre otras cosas, cómo se inserta en el conjunto de la UE y en la economía mundial un ITF aplicado sólo por algunos países. Aunque cerrar esos temas no depende sólo de la UE, los países europeos puedan dar un paso al frente para mejorar la regulación financiera internacional y contribuir a reducir el fraude y la especulación, así como sus consecuencias más nefastas actuales y futuras. Según lo previsto, el ITF se basará en el “principio de residencia”, completado con el “principio de emisión”, con el fin de reducir el riesgo de evasión fiscal y de “deslocalizaciones”. Así, se aplicará a las transacciones intervenga financieras una en institución las financiera que – incluyendo fondos de inversión, de pensiones y de seguros– domiciliada en un Estado miembro de la UE, tanto si actúa por cuenta propia como por cuenta de alguna de las partes involucradas en la transacción. Con ello, podría extenderse el ámbito de
  • 8. aplicación del ITF establecimientos a actividades que queden fuera y del ámbito territorial del impuesto, por ejemplo cuando ninguna de las partes de una transacción esté establecida en la UE pero dichas partes negocien con instrumentos financieros emitidos en un Estado miembro sujeto al ITF. Además, el impuesto podrá aplicarse a operaciones realizadas en mercados organizados y no organizados, quedando sujetas a gravamen las transacciones relacionadas con todo tipo de activos financieros, así como aquellas que se lleven a cabo fuera de la UE, siempre que al menos una de las entidades esté establecida en los países dispuestos a aplicar el ITF. Es más, la obligación de tributar afectaría no sólo a las cesiones de propiedad, sino también a las obligaciones contraídas en la transacción, ya que habría que reflejar si la parte interesada asume o no el riesgo que conlleva un instrumento financiero determinado. En esas condiciones, como norma general, serán las entidades financieras que sean parte en una transacción de activos sujetos a gravamen (por cuenta propia o de terceros) las responsables del pago del impuesto a las autoridades tributarias del Estado miembro participante en que se establecidas. No obstante, instituciones comunitarias encuentren las propias han dejado abierta la posibilidad de introducir cambios que afectarían a aspectos esenciales del nuevo impuesto común (pero no armonizado), con el objetivo de reducir los incentivos para la deslocalización de los agentes que realizan las transacciones, además de respetar los derechos de los
  • 9. Estados miembros que no se han adherido a la propuesta del ITF. De hecho, algunos países ya han mostrado dudas sobre el impacto “extraterritorial” que podría tener para sus empresas y agentes financieros, lo que hace pensar que –además del retraso en el calendario podrían previsto– acabar en ciertos procesos aspectos judiciales europeos o extraeuropeos. En realidad, una iniciativa de esta naturaleza tendría más encaje y recorrido si se desarrollara en el ámbito inicialmente previsto, es decir, el G20 como “representante” aproximado de lo que convencionalmente se considera la parte más visible de la economía mundial. (Además de la información sobre el origen y desarrollo de la propuesta sobre el ITF que ofrece la UE en su web: www.europa.eu, pueden consultar más detalles y cuestiones pendientes, por ejemplo, en: http://www.kpmg.com/ES/es/servicios/Abog ados/Fiscal/Documents/Tax-Alert-FTT-Marzo2013.pdf ¿Suena bien, pese a la complicación que entraña? ¿Parece más bonito de lo que cabía espera? Tal vez por eso el ITF puede dormir algo más que una siesta y despertarse anestesiado, con un ámbito de aplicación menor, con tipos impositivos aún más bajos, y sin capacidad de afrontar los retos previstos, en particular, combatir el fraude y los paraísos fiscales, exigir “solidaridad” al sector financiero en la situación actual, y contribuir a que las desestabilicen aún más finanzas el no precario “equilibrio” que impone esta globalización. No es la panacea, pero hay que empezar por algo: el ITF puede contribuir a mejorar la regulación financiera, la recaudación fiscal y
  • 10. la equidad en la UE y sus países. Conviene sumar fuerzas e insistir en esta batalla. Las entidades financieras conocen el tema y deberían estarse preparando para la aplicación del ITF. ¿Conocemos el resto de ciudadanos sus repercusiones y el impacto estimado en los Presupuestos Generales del Estado? Recordemos que nuestro gobierno se comprometió hace tiempo a instaurar un ITF en España. ¿Lo antes posible? ¿Con qué característica y excepciones? Podían explicarlo. Al fin y al cabo, no es el sector financiero sino que somos los ciudadanos y las empresas aportamos el no financieras grueso de la los que financiación pública. También somos los que sufrimos las consecuencias de las políticas neoliberales aplicadas en nuestros países, con el apoyo, entre otros, de la UE. Twittear 6 A 131 personas les gusta esto. Sé el primero de tus amigos. Me gusta Más en esta categoría: « Recordémoslo: es la economía, ¡estúpidos! Escribir un comentario Nombre (requerido) E-mail (requerido) Sitio web
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