Industria musical de EUA vs Industria musical Corea del Sur (2024).pdf
Negociación con El ELN (3).pdf
1. Ejército de Liberación Nacional
¿Organización Política Revolucionaria u Organización Criminal?
En escrito acerca de la opción de Paz Total definida por el actual gobierno (marzo de 2023) refería lo
siguiente:
Ahora bien, la expedición de la Ley 2272, es consecuente con el postulado programático de “Paz total”. Digamos
que es bien precisa en exposición de motivos y desarrollo en articulado. Algo así como entender que involucra
unas opciones conceptuales, ideológicas y políticas que constituyen una verdadera transformación. De todas
maneras, creo pertinente precisar algunos aspectos desde una visión de la lucha por la libertad (en un entendido,
por ejemplo, de la noción clásica de la “rebelión”); por cuanto la Ley 2272 de 2022, extiende opciones pragmáticas
en términos de la relación del Estado con sus súbditos y, a su vez, inhibe expresiones clásicas en cuanto a
deslegitimar cualquier interpretación y desarrollo del cuestionamiento del poder entendido como yunta. Algo así
como entender que la categorización “Grupos organizados armados al margen de la ley” supone entender que la
“ley” pasa de ser un concepto asociado a unidad lingüística que denota mandato general que debe ser acatado, a
una unidad lingüística que denota yunta vinculada con la noción de Estado Capitalista.
Mi postulación, entonces, refiere una opción de interpretación que trasciende la posición exhibida por Norberto
Bobbio (Estado, Gobierno y Sociedad: Por una Teoría General de la Política). Esto traduce que, ni
tendencialmente, ni en lo inmediato la figura del Estado se pueda tipificar como si estuviese en crisis. Lo que pasa
es que ha tenido (El Estado) modificaciones respecto a su estructura inicial. Así como también, en lo que refiere
a los pulsos políticos que lo atraviesan transversalmente. Precisamente a partir de acciones de, La sociedad civil.
Que, para mí, no tiene el mismo sentido que le atribuye Bobbio. Entonces, en plena fidelización de mi posición,
no existe tal dicotomía. Por el contrario, es algo así como dos conceptos y dos figuras que se requieren una a la
otra; por la vía de expresiones relacionales que exhiben contradicciones. Pero que, en fin, de cuentas, se necesitan
una a la otra. Sin una Sociedad Civil activa en términos políticos; no se conciben las transformaciones del Estado,
para enfrentar crisis y la absorción de nuevos requerimientos. Entonces, en esta perspectiva, para mí es claro que
la Ley 2272 de 2022 está soportada en un concepto de Estado necesariamente clasista. Para andar sin rodeos:
un Estado capitalista y que, en consecuencia, una opción armada anticapitalista queda por fuera de la ley.
En nuestra línea de interpretación, se trata de proponer una opción, en la cual se hace visible la presencia de la
dominación en diferentes niveles. Ya no tanto en lo que hace referencia a las instancias y/o los aparatos
ideológicos del Estado, como expresiones a partir de las cuales se pueda explicar y generalizar la cobertura y
afectación de la dominación. Lo nuestro es más la pretensión de alcanzar una caracterización de la dinámica que
adquiere la aplicación del poder y la dominación; en cuanto que ejerce una cobertura que permea sectores
específicos, vinculándolos al proceso inherente al control político y económico; como beneficiarios transitorios. O,
simplemente, como soportes pasivos a partir de lograr su apoyo en términos de captar su identificación con los
propósitos últimos del poder. Cuando, en este marco conceptual propuesto, se producen fricciones o rupturas; se
configuran expresiones de la confrontación que vinculan a esos sectores con acciones que expresan contenidos
concretos de un determinado conflicto; sin que esto implique la disolución de nexo con las instancias del poder.
En esta perspectiva, inclusive, cabe validar el concepto que propone un entendido del Estado, como una sumatoria
de micropoderes; a la manera de d bloque de sectores o de clases en el poder. Esta opción supone la presencia
de una figura asociada al equilibrio, en el cual confluyen intereses, en veces divergentes, unidos alrededor de una
(...o unas) determinadas formas de poder que les permite imponer decisiones en nexo con sus intereses
estratégicos. Es más, por esta vía, podría entenderse la “delegación del poder formal”, a individuos y sectores que
ejercen como expresiones “neutrales”. Vale la pena, como ejemplo, transcribir el aparte del texto “Los Límites de
la Modernización”, escrito por la profesora Consuelo Corredor Martínez. Lo consideramos importante, en razón a
que se insinúa una interpretación del poder y la dominación; a partir del análisis de un período concreto de la
historia del desarrollo político y económico en nuestro País.
“...Los alcances de esta modernización han sido bastante limitados y sus implicaciones extremadamente
conflictivas, debido a que ella se ha adelantado en un contexto marcadamente liberal en el cual han prevalecido
los intereses de las élites dominantes. El modelo liberal de desarrollo ha significado la subordinación del Estado,
minimizando su función de interpretar, gestionar y regular los intereses colectivos, y obstaculizando la
configuración de un espacio público en el que se puedan expresar, confrontar y resolver los conflictos sociales. El
Estado colombiano es un Estado privatizado, atrapado entre el liberalismo económico y el conservadurismo
político. En esta perspectiva liberalismo y conservadurismo no se oponen, sino que, por el contrario, se articulan
y se prestan mutuos servicios. El logro de intereses particulares sin importar los costos sociales encuentra un
terreno propicio en el orden jerárquico y tradicional por el cual se vela el conservadurismo. El costo de esa
coexistencia ha sido el rezago de la organización política de las transformaciones socioeconómicas que han
trastocado el orden en que estaba cimentada. Las restricciones derivadas de los sistemas económico y político
colombianos han entretejido una gama de relaciones tanto modernas como posmodernas, lo que hace la sociedad
más compleja y fragmentada que en el pasado. Ha sido una acumulación histórica de tensiones que han
significado en forma continua períodos de crisis y de relativa estabilidad. Y en esta dinámica, los momentos de
crisis son cada vez más severos por la fragmentación de los escenarios y de los actores, la mayor polarización y
2. desigualdad sentidas y una amplia percepción del carácter excluyente de los sistemas social y político…”
(Corredor, Consuelo. Los Límites de la Modernización, segunda edición. Editada por Cinep, página 23).
A partir de esta opción de interpretación, en consecuencia, se hace necesario presentar un análisis que permita
introducir la diferenciación acerca de los contenidos, alcances y significación, en cuanto a niveles de expresión
del conflicto, de la confrontación y las acciones por medio de las cuales este se concreta.
Entonces, esos retos, coadyuvan a la postulación de doctrina. En ese escenario del universo económico, en el
cual es posible entender la interacción. Siendo lo impositivo, desde el punto de vista del soporte para la actividad
estatal; no es otra cosa que referente que unifican criterios y conceptos. Pero entendiendo, al mismo o tiempo,
que cada hecho concreto precisa del análisis respectivo. Es ahí en donde reside la importancia de la legislación.
Siendo esta una figura parecida a la teoría de Estado. Teoría que no puede soslayar la pertinencia de las
confrontaciones. Porque, solo así, es posible entender la dinámica que está en la base del desarrollo Estado-
Nación y su nexo con la sociedad. Cosa diferente es el entendido de “Estructuras armadas organizadas de crimen
de alto impacto”; por lo mismo que esta denominación si encaja en el contexto teórico, político y penal que sitúa a
este tipo de organizaciones como agentes directos vinculados con acciones de lesa humanidad en contra de la
sociedad civil, con propósitos deleznables, antijurídicos.
El proceso de negociación con el Ejército de Liberación Nacional (ELN) ha sido ambiguo. No tanto por
el comportamiento de los delegados y delegadas que actúan a nombre del presidente Gustavo Petro
Urrego. Más bien por la directriz trazada por él. Es algo así como entender que ha prevalecido un
discernimiento que no ha podido entender la dinámica de la negociación. Porque cuando un
determinado gobierno decide actuar en la perspectiva de alcanzar un acuerdo con un grupo insurgente;
se supone que existe claridad acerca de la tipificación de ese grupo. En el caso particular del ELN,
este gobierno debiera conocer su historia. De la significación que ha tenido en el contexto de la lucha
armada como forma de lucha en contra del Estado en Colombia. De su dinámica y estructura
organizativa y las características en términos de mando, coherencia y objetivos fundamentales
estratégicos.
En febrero de 2019 escribí acerca de la visión política del ELN y del significado de la lucha
revolucionaria:
Lo cierto es la necesidad de entender la lucha revolucionaria; como proceso que conlleva a definir
opciones. En el caso puntual del Ejército de Liberación Nacional; desde hace mucho tiempo yo he
referido una interpretación; en términos de su “corpus político y programático”. Algo así como entender
que la revolución, implica referentes, necesariamente, con un hilo conductor. Es decir, al momento de
enfatizar acerca de un programa revolucionario. Supone, entonces, establecer objetivos inmediatos,
tendenciales y finales. Una perspectiva revolucionaria, no puede construirse sin precisiones. Una de
ellas, la final, se entiende como la destrucción del estado burgués. Por la vía de sucesivas acciones de
confrontación. En el entramado social económico y político. Es algo así como entender que el
desvertebramiento del sumario ideológico que lo sostiene. Esto no puede ser entendido como si mi
opción fuera en contra de la cultura y todos sus agregados que se han constituido en patrimonio de la
humanidad.
Lo cierto es que la dinámica de la negociación ha tenido diferentes momentos. Desde su inicio hubo
expresiones unilaterales por parte del presidente. En su momento expresó: “hemos llegado a un
acuerdo de cese bilateral del fuego” (declaraciones en medios de comunicación). Cuando en realidad
tal concertación no se había producido. También sucesivas declaraciones que denotaban fragilidad
conceptual; por no hablar de sujeción a los vaivenes del comportamiento de la derecha organizada en
Colombia. Y es que cuando se pierden referentes y el pulso se producen bandazos impertinentes que
denotan debilidad y búsqueda de equilibrios ideológicos incompatibles con el programa presentado
para acceder a la presidencia. Y es que, en este tiempo inmediato, ha habido de todo. Desde
declaraciones como las de María Fernanda Cabal y Federico Gutiérrez ante el triunfo de la ultraderecha
chilena en las elecciones de delegatarios para el estudio de la reforma constitucional; hasta las
declaraciones del ex-militar John Marulanda sugiriendo un golpe militar. Además de las expresiones
de Gustavo Petro respecto al Fiscal General Francisco Barbosa y la réplica de la Corte Constitucional,
la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado en términos del respeto por la separación de
poderes.
Se configura un cuadro político complejo. Un escenario que denota un comportamiento gubernamental
confuso; comoquiera que se producen reacomodamientos sucesivos. Como cuando lo circunstancial
se convierte en el soporte de decisiones inmediatas y tendenciales. Por esta vía se desemboca en
actuaciones incoherentes. Correcciones a lo que se ha dicho. Posicionamientos en contravía de los
3. principios básicos. Se re-tipifica, a manera de ejemplo, la razón de ser del ELN. Ya no es, en palabras
del presidente, una organización política armada insurgente que lucha contra el Estado; sino “una
organización criminal cuyo propósito básico es el narcotráfico”.(declaraciones de Gustavo Petro Urrego
en la ceremonia con los mandos militares y de policía).
Es, entonces, un cambio de postura si se tiene en cuenta lo expresado al momento de iniciar el proceso
de negociación en Caracas y posteriormente en Méjico. Es decir, otro bandazo inexplicable; por lo
mismo que va en contravía de que, en Colombia, la rebelión es un delito político que no se puede
desconocer.
Y, en sí, esto conlleva a una conmoción en la negociación. Porque ya no es lo mismo. Con razón el
jefe negociador del ELN (Pablo Beltrán)), ha expresado algo así como que el presidente Gustavo Petro
Urrego, con sus declaraciones, ha situado a esta organización política armada en las mismas
condiciones del Clan del Golfo y las Autodefensas Gaitanistas. Es decir, la ha degradado.
Mantengo mi posición de respaldo al actual gobierno. Cuando voté por el programa presentado por el
Pacto Histórico, lo hice en plenitud de conocimiento. Lo que pasa es que reivindico mi derecho a la
critica en términos teóricos y políticos puntuales y de amplio espectro.