2. El grooming (en español «acicalar») es una serie de conductas y acciones
deliberadamente emprendidas por un adulto con el objetivo de ganarse la
amistad de un menor de edad , creando una conexión emocional con el
mismo, con el fin de disminuir las inhibiciones del niño y poder abusar
sexualmente de él. En algunos casos, se puede buscar la introducción del
menor al mundo de la prostitución infantil o la producción de material
pornográfico
3. EL PROCESO DE GROOMING
El grooming es un proceso que comúnmente puede durar semanas o incluso
meses, variando el tiempo según la víctima y que suele pasar por las
siguientes fases, de manera más o menos rápida según diversas
circunstancias:
1. El adulto procede a elaborar lazos emocionales (de amistad) con el
menor. En algunos casos, a través de internet pueden simular ser otro
niño o niñas
2. El adulto va obteniendo datos personales y de contacto del menor,
utilizando tácticas como la seducción, la provocación, el envío de
imágenes de contenido pornográfico, consigue finalmente que el menor
se desnude o realice actos de naturaleza sexual.
3. Entonces se inicia el acoso, chantajeando a la víctima para obtener cada
vez más material pornográfico o tener un encuentro físico con el menor
para abusar sexualmente de él.
4. EL GROOMING COMO DELITO GENERAL
En su informe Protection of Children Against Abuse Through New
Technologies, el comité del Consejo de Europa para la Convención sobre
Cibercriminalidad10 se ocupó de los temas emergentes de violencia
contra los niños por medio de las nuevas tecnologías, con particular
énfasis en el grooming tanto a través de Internet como de telefonía móvil.
El tema de la pornografía infantil en Internet está cubierto por el Artículo
9 de dicha Convención.
5. Algunos países ya han incluido el grooming como delito en sus legislaciones,
mientras que en otros aún no se ha incluido ninguna referencia.
Australia
En Australia la Criminal Code Act de 1995, secciones 474.26 y 474.27,
prohíbe el uso de un servicio de telecomunicaciones para buscar personas
menores de 16 años, o exponerlas a material indecente, con propósito de
realizar grooming.Los diversos estados y territorios australianos tienen leyes
similares, algunos de los cuales difieren en la edad de la víctima (por ejemplo
18 años en Queensland).
Canadá
En Canadá, el Criminal Code, sección 172.1, pena la comunicación con un
menor por medio de un sistema informático con el propósito de cometer
abuso sexual.
Estados Unidos
En los Estados Unidos, se prohíbe trasmitir información acerca de un menor
de 18 años con el propósito de cometer un abuso sexual. Algunos estados,
como Florida, tienen disposiciones adicionales sobre la seducción de niños
online.
6. Chile
En este país, la ley 20.526 modifica el Código Penal modificando el art. 366
quáter, referido a la pornografía infantil, en los siguientes términos:
1. Modifica el inciso tercero, clarificando los delitos cuando la víctima tenga
entre 14 y 18 años y se actúe mediante engaño o intimidación.
2. Agrega dos incisos referidos expresamente al grooming:
3. Las penas señaladas en el presente artículo se aplicarán también cuando los
delitos descritos en él sean cometidos a distancia, mediante cualquier medio
electrónico.
4. Si en la comisión de cualquiera de los delitos descritos en este artículo, el
autor falseare su identidad o edad, se aumentará la pena aplicable en un
grado
Alemania
En Alemania está prohibido ejercer influencia sobre un/a menor por medio de la
exhibición de pornografía o por conversaciones en el mismo sentido.
Reino Unido
En Inglaterra y Gales, las secciones 14 y 15 del Sexual Offences Act de 2003 pena
la organización de encuentros con niños, para uno mismo o terceras personas,
con la intención de abusar sexualmente del menor. El encuentro mismo también
está penado.
7. CARACTERÍSTICAS DEL GROOMING
En el grooming se presentan muchas características entre esas
podemos mencionar:
1. Siempre hay una diferencia de edad el agresor siempre va hacer un
adulto y la victima siempre va hacer un menor de edad.
2. El agresor siempre busca obtener un beneficio de índole sexual del
menor.
3. El agresor después de haber ganado la confianza del menor le dice
que le muestre fotos desnudo o desnuda por web cam.
4. Después que el agresor obtiene fotos de su victima desnudo o
desnuda del menor empieza amenazar al niño con mostrar las
fotos por redes sociales o padres si no continua con la relación
8. CONSECUENCIAS DEL GROOMING
Las consecuencias, además de serias, son graves para el menor y su
familia:
• Daños psicológicos en la víctima: depresión infantil, descenso de la
autoestima, desconfianza, cambios de humor repentinos y bruscos,
bajo rendimiento académico, aislamiento, alteraciones del sueño y de
la alimentación, ideas e intentos de suicidio…
• Daños físicos en la víctima: heridas, traumatismos o lesiones
derivadas de los actos sexuales denigratorios que el ciberacosador
lleva a cabo sobre la víctima violaciones, vejaciones, etc.
• Daños a nivel familiar: falta o empeoramiento de las relaciones y de
la comunicación a nivel familiar, chantajes a la propia familia por
parte del acosador, etc.
9. LOS GROOMERS
Los groomers (personas que buscan hacer daño al menor) pueden ser hombres
y mujeres de cualquier edad y de cualquier nivel económico o social. El
grooming puede suceder online o en persona y, en muchas ocasiones, el
groomer invierte tiempo considerable durante este periodo de preparación para
ganarse la confianza de los niños y sus familias:
• Pretendiendo ser alguien que no es.
• Ofreciendo comprensión y consejos.
• Obsequiando regalos.
• Brindando atención al niño.
• Utilizando su posición o reputación profesional.
• Llevándolos a viajes, paseos y fiestas.