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¿Qué se hace en la empresa para mejorar
la salud laboral?
2
CONSTITUCION, 1978,
artículo 40
Convenio 155 OIT,
sobre Seguridad y Salud de
los trabajadores, 1983
LEY DE PREVENCION DE
RIESGOS LABORALES
31/1995
Directiva Marco Europea
89/391, relativa a la
aplicación de medidas para
promover la mejora de la
seguridad y de la salud de los
trabajadores en el trabajo
Normativa de desarrollo Otras normativas
Reglamento de los servicios de prevención
Reglamento sobre lugares de trabajo
Reglamento sobre señalización
Reglamento sobre manipulación manual de cargas
Reglamento sobre pantallas de visualización
Reglamento sobre agentes quimicos, biológicos
Reglamentos sobre agentes cancerígenos
Reglamento sobre radiaciones ionizantes
Reglamento sobre riesgos eléctricos
Reglamento sobre el ruido en el lugar de trabajo
Reglamento sobre vibraciones
Estatuto de los
trabajadores
Ley General de la
Seguridad Social
Convenios Colectivos
MARCO JURIDICO DE LA PREVENCION
3
LEY DE PREVENCION RIESGOS LABORALES
La Ley de Prevención de Riesgos Laborales se
aplica a los trabajadores por cuenta ajena, es decir,
los que tienen una relación laboral con la empresa
(incluyendo relaciones laborales especiales) y a los
que trabajan para la administración pública. Por lo
tanto, excluye a los trabajadores autónomos,
aunque éstos tienen reconocidos algunos derechos
relativos a esta materia en la Ley de Trabajador
Autónomo
Establece las obligaciones y derechos en materia de
prevención de riesgos laborales para los implicados
en ella
Lo que para el empresario constituye una
obligación, para el trabajador constituye un
derecho, y lo que para el trabajador es una
obligación para el empresario es un derecho. No
obstante, hay que señalar que el peso principal de la
actividad preventiva recae en el empresario..
4
OBLIGACIONES GENERALES DEL EMPRESARIO (LPRL)
∙ Garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores a su
servicio en todos los aspectos relacionados con el trabajo
∙ Adoptar cuantas medidas sean necesarias para las protección
de la seguridad y la salud de los trabajadores
∙ Cumplir las disposiciones establecidas en las normativa de
prevención de riesgos laborales
∙ Asumir el coste de las medidas de seguridad y salud
5
OBLIGACIONES ESPECIFICAS DEL EMPRESARIO (I)
Plan de
prevención
La empresa que vaya a contratar trabajadores debe
elaborar un plan de prevención. Los instrumentos para
la aplicación del plan de prevención son la evaluación
de riesgos y la planificación de la acción preventiva
(organización, recursos, funciones, acciones
preventivas y de protección…)
Equipos de
trabajo
Facilitará a los trabajadores equipos de trabajo
adecuados y adaptados al trabajo a realizar
Equipos de
protección
individual
Proporcionará a los trabajadores estos equipos
individuales cuando los riesgos no se puedan evitar con
medios de protección colectiva o con medios o métodos
de organizar el trabajo
Información,
consulta y
participación
Adoptará las medidas adecuadas para que los
trabajadores reciban toda la información necesaria en
relación con los riesgos para su salud, las medidas de
prevención y protección, y las medidas de emergencia
Formación Garantizará que cada trabajador reciba una formación
teórica y práctica, suficiente y adecuada, sobre los
riesgos y medidas que le afecten
6
OBLIGACIONES ESPECIFICAS DEL EMPRESARIO (II)
Medidas de
emergencia
Analizará las posibles situaciones de emergencia y
adoptará medidas en materia de primeros auxilios,
lucha contra incendios y evacuación de los trabajadores
Vigilancia de la
salud
Garantizará una vigilancia periódica del estado de salud
de los trabajadores, con consentimiento (salvo
excepciones) y respetando su intimidad y dignidad
Documentación Deberá elaborar y conservar la documentación relativa
a la actividad preventiva de la empresa (Plan de
Prevención, Evaluación de riesgos laborales,
reconocimientos médicos, relación de accidentes de
trabajo, etc)
Coordinación Cuando en un mismo centro de trabajo trabajen dos o
más empresas, o en caso de contratas y subcontratas
Protección de
colectivos
especialmente
sensibles
Garantizará la protección de trabajadores
especialmente sensibles (discapacidades físicas,
sensoriales, alergias, enfermedades crónicas…) ,
trabajadoras embarazadas o en lactancia, menores de
edad y trabajadores temporales
7
LA VIGILANCIA DE LA SALUD POR LAS EMPRESAS
Es un obligación del empresario garantizar la vigilancia periódica del estado
de salud de sus trabajadores de acuerdo on los riesgos inherentes al trabajo
a través de reconocimientos médicos. La vigilancia de la salud es voluntaria
para el trabajador, excepto:
• Cuando sea imprescindible para evaluar los efectos de las condiciones de
trabajo sobre la salud de los trabajadores
• Para verificar si el estado de salud de un trabajador puede constituir un
peligro para él mismo, para los demás trabajadores o para otras personas.
• Cuando así lo establezca una disposición legal en relación con la
protección de riesgos específicos y actividades de especial peligrosidad
Los gastos de los reconocimientos médicos correrán siempre a cargo del
empresario. El tiempo invertido en reconocimientos médicos se considera
como si de trabajo efectivo se tratara en el caso de que éstos se realizaran
durante la jornada laboral, y si se llevan a cabo fuera de la misa se
descontará de la jornada de trabajo el tiempo invertido en ellos.
8
EL DEBER DE INFORMACION Y FORMACION
El empresario debe proporcionar directamente al trabajador, de forma verbal o
escrita, información sobre los riesgos de su trabajo, sobre las medidas de
prevención y de protección y sobre medidas de emergencia, y de forma indirecta
a través de sus representantes en materia de prevención.
Además, los trabajadores deberán recibir formación teórica y práctica suficente y
adecuada en materia de prevención de riesgos laborales, centrada en su puesto
de trabajo y adaptada a la evaluación de riesgos. Se impartirá en los siguientes
momentos:
• Cuando el trabajador se incorpore a su puesto de trabajo
• Cuando se produzcan cambios en las funciones a desempeñar
• Cuando se introduzcan nuevas tecnologías o cambios en los equipos de trabajo
Esta formación se impartirá, siempre que sea posible, dentro de la jornada de
trabajo o, en su defecto, en otros horarios pero descontando el tiempo dedicado
del de la jornada laboral. La formación será gratuita para el trabajador.
9
RESPONSABILIDAD EMPRESARIO MATERIA PREVENCION
Pagina 152
Tipo responsabilidad Sanción
Administrativa
Por incumplimiento de la
normativa de PRL
Sanción económica, suspensión temporal de la actividad,
paralización de trabajos, cierre del centro de trabajo o
limitación de la facultad de contratar con entidades
públicas durante un plazo determinado
Recargo prestaciones de la
seguridad social
Cuando se produce un
accidente o enfermedad
profesonal como
consecuencia directa de falta
de medidas preventivas
(negligencia del empresario
Recargo en las prestaciones (del 30 % al 50%) a pagar
por el empresario, en caso de incapacidades(temporales o
permanentes) derivadas de contingencia profesional
Civil
Reparadora del daño causado
debido a una conducta
culposa o negligente del
empresario
Indemnización al trabajador por los daños y perjuicios
causados. Será fijada por el juez
Penal
Como consecuencia de poner
en peligro grave la vida, salud
o integridad física del
trabajador
Privación de libertad, multa económica o inhabilitación
10
OBLIGACIONES DEL TRABAJADOR
Obligaciones ∙ Cumplir las medidas de prevención
∙ Usar adecuadamente los medios para desarrollar su
actividad
∙ No poner fuera de funcionamiento los dispositivos de
seguridad
∙ Informar de cualquier situación de riesgo
∙ Cooperar con el empresario para garantizar unas
condiciones de trabajo seguras
Responsabilidad
disciplinaria
Por
incumplimiento de
sus obligaciones
Sanciones que puede recibir:
• Amonestación oral y escrita
• Suspensión de empleo y sueldo
• Despido por causa disciplinaria
11
GESTION DE LA PREVENCION EN LA EMPRESA
•El empresario deberá garantizar la seguridad y la salud de los
trabajadores a su servicio. El empresario realizará la gestión de
la prevención de riesgos laborales mediante la integración de
la actividad preventiva en la gestión general de la empresa a
través de la implantación de un plan de prevención de riesgos
laborales.
EL PLAN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
Es un documento aprobado por la dirección de la empresa en el que se
incluirá los siguientes elementos:
- Identificación de la empresa: actividad productiva, las características
de los centros de trabajo y
el nº de trabajadores
- Estructura organizativa de la empresa: las funciones y
responsabilidades que
asume cada uno de sus niveles jerárquicos en
materia de prevención
- Organización de la producción: los procesos técnicos, los
procedimientos en relación
con la prevención de riesgos laborales.
- Organización de la prevención en la empresa: indicando la modalidad
preventiva elegida y los órganos de representación
existentes.
- Política, objetivos y metas en materia preventiva, así como los
recursos
humanos, técnicos, materiales y económicos.
Los instrumentos esenciales para llevar a cabo la gestión y aplicación del
plan de prevención son la evaluación de riesgos y la planficación de la
acción preventiva.
13
1. POLITICA PREVENTIVA ∙ Principios en los que se basa a acción preventiva
∙ Funciones y responsabilidades en todos los niveles jerárquicos
2. ORGANIZACIÓN DE LA
PREVENCION
∙ Modalidad de organización preventiva elegida entre 4
alternativas
∙ Representantes de los trabajadores: delegado de prevención,
comité de seguridad y salud
3. EVALUACION DE
RIESGOS
∙ Actividad fundamental para poder detectar, estimar y valorar los
riesgos que puedan existir en todos y cada uno de los puestos de
trabajo de la empresa
4. PLANIFICACION DE LA
ACCION PREVENTIVA
Si de la evaluación anterior se deduce que hay riesgos no
tolerables, debe controlarse el riesgo, estableciendo las medidas
de prevención, medidas de protección y control periódico de
condiciones de trabajo, métodos, organización y estado de salud
de los trabajadores
5. EJECUCION ∙ Supone llevar a la práctica todo lo planeado en la fase anterior,
disponiendo de procedimientos documentados y la coordinación
del conjunto de actividades preventivas
6. SEGUIMIENTO Y
CONTROL PERIODICO
∙ Para asegurarse que las medidas establecidas se implantan de
forma adecuada y son eficaces. Se puede utilizar varios métodos.
Los más importantes son las inspecciones de seguridad y la
observación del trabajo
7. ACCIONES
CORRECTORAS Y DE
MEJORA
∙ El sistema debe garantizar herramientas para detectar carencias,
deficiencias, áreas de mejora… para poder aplicar acciones
correctoras y de mejora. Estas herramientas son, además de la
propia evaluación de riesgos y del seguimiento y control
periódico: investigación de accidentes e incidentes, controles
médicos, reclamaciones, sugerencias y quejas recibidas, detección
y comunicación de nuevos riesgos, las auditorías (internas y
PRINCIPIOS DE LA ACCIÓN PREVENTIVA
1- Evitar los riesgos, por ejemplo, evitar trabajar con ruido
2- Evaluar los riesgos que no se pueden evitar, por ejemplo,
evaluar el ruido, si no se puede evitar, para tomar las
medidas oportunas.
3-Combatir los riesgos en su origen, por ejemplo, alejar la
máquina que produce el ruido.
4-Adaptar el trabajo a la persona, por ejemplo, proporcionar
apoyo cuando el puesto de trabajo se está mucho tiempo
parado y de pie.
5- Tener en cuenta la evolución de la técnica, por ejemplo, un
cambio de maquinaria más moderna conlleva que
desaparezca situaciones de riesgo, pero se generan otros.
6- Sustituir lo peligroso por lo que entrañe poco o ningún riesgos, por
ejemplo reemplazar un producto químico infamable por otro menos
combustible.
7- Planificar la prevención, por ejemplo realizar campañas de
vacunación.
8- Adoptar medidas que antepongan la protección colectiva a a
individual, por ejemplo, proteger las manos y vías respiratorias,
eligiendo antes el uso colectivo de productos que no entrañen
riesgo que el uso de guantes y protecciones respiratorias
individuales.
9-Instruir adecuadamente al personal, por ejemplo, formar a los
trabajadores que manipulan cargas para evitar riesgos físicos.
Evaluación de riesgos laborales
• ¿ Qué se evalúa?
Se evalúan las características de los locales, instalaciones,
equipos de trabajo, agentes físicos, químicos y biológicos,
y organización y ordenación del trabajo
• ¿Cuándo se evalúa?
La evaluación de riesgos se realizará:
• Inicialmente en cada uno de los puestos de trabajo
• Cuando cambien las condiciones de trabajo (equipos,
sustancias, tecnologías)
• Cuando se produzcan daños a la salud
• Cuando haya indicios de la ineficacia de las medidas de
prevención
17
Método de evaluación general del INSHT (RMPP)
1. Clasificación de las actividades de trabajo
– Preparar un listado de las actividades obteniendo información detallada de
como se desarrolla el trabajo en cada puesto de trabajo: tareas, lugares,
trabajadores, formación recibida, procedimientos, maquinaria, sustancias,
requisitos legales, medidas de control, accidentes, incidentes…
1. Análisis de riesgos
a) Identificación de los riesgos en cada uno de los puestos de trabajo,
pueden clasificarse en físicos, químicos, biológicos, mecánicos,
eléctricos, radiaciones, incendios, explosiones, etc… Cada
empresa deberá desarrollar una lista propia teniendo en
cuenta sus actividades y lugares donde se desarrollan
b) Estimación del riesgo: para cada peligro detectado debe estimarse el
riesgo y fijar tanto la severidad potencial del daño (consecuencias) como
la probabilidad de que ocurra
3. Valoración del riesgo:
– En función de la estimación anterior se decidirá si requiere adoptar medidas
preventivas, mejorar los controles existentes o implantar unos nuevos así
como la temporalización de las acciones
18
Severidad Ejemplos de ligeramente dañino:
• Danos superficiales. Cortes y magulladuras pequeñas, irritación
de los ojos por polvo.
• Molestias e irritación Por ejemplo’ dolor de cabeza y malestar.
Ejemplos de dañino:
• Laceraciones, quemaduras, conmociones, torceduras
importantes, fracturas menores.
• Sordera, dermatitis, asma, trastornos músculo-esqueléticos,
enfermedad que conduce a una incapacidad menor
Ejemplos de extremadamente dañino:
• Amputaciones, fracturas mayores, intoxicaciones, lesiones
múltiples, lesiones fatales.
• Cáncer y otras enfermedades crónicas que acorten
severamente la vida.
Probabilidad Probabilidad alta: el daño ocurrirá siempre o casi siempre
Probabilidad media: el daño ocurrirá en algunas ocasiones.
Probabilidad baja: el daño ocurrirá raras veces.
Estimación de los riesgos
19
Gravedad
Ligeramente
dañino
LD
Dañino
D
Extremadamente
dañino
ED
Proba
bilida
d
Baja
A
Riesgo trivial
T
Riesgo
tolerable
TO
Riesgo moderado
MO
Media
M
Riesgo
tolerable
TO
Riesgo
moderado
MO
Riesgo
importante
I
Alta
A
Riesgo
moderado
MO
Riesgo
importante
I
Riesgo
intolerable
IN
• Valoración de los riesgos
20
• Valoración de los riesgos
Riesgo Acción y temporalización
Trivial No se requiere accion especifica.
Tolerable No se necesita mejorar la acción preventiva. Sin embargo, se
deben considerar soluciones más rentables o mejoras que
no supongan una carga economica importante.
Se requieren comprobaciones periódfras para asegurar que
se mantiene la eficacia de Las medidas de control
Moderado Se deben hacer esfuerzos para reducir el riesgo,
determinando las inversiones precisas. Las medidas para
reducir el riesgo deben implantarse en un periodo
determinado, planificándolas
Importante Debe reducirse el riesgo lo antes posible. Puede que se
precisen recursos considerables para ello. No debe
comenzarse el trabajo hasta que se haya reducido el riesgo.
Si ya se está realizando, debe remediarse en un plazo
inferior al de los riesgos moderados. Si fuera necesario, se
paralizará el trabajo hasta controlar el riesgo
Muy importante No se debe comenzar ni continuar el trabajo hasta que se
reduzca el riesgo. Se utilizarán recursos ilimitados para su
reducción. Si no es posible reducirlo, debe prohibirse el
21
•Organización de la prevención en la
empresa
SERVICIO DE
PREVENCION
22
MODALIDADES DE ORGANIZACIÓN DE LOS SERVICIOS DE
PREVENCION EN LA EMPRESA
El Servicio de Prevención es el conjunto de medios humanos y materiales necesarios
para realizar las actividades preventivas que garanticen la adecuada protección de la
seguridad y la salud de los trabajadores.
Estos servicios de prevención deben asesorar y asistir al empresario, a los trabajadores y
a sus representantes y a los órganos de representación especializados para poder cumplir
con las obligaciones que establece la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y
desarrollar la cultura preventiva
Los servicios de prevención son los encargados de:
• Diseño, implantación y aplicación de un Plan de Prevención de riesgos laborales en las
empresas.
• Evaluación de los factores de riesgo que puedan afectar a la salud y a la seguridad de
los trabajadores.
• Determinación de las prioridades en la adopción de medidas preventivas, planificación
de la actividad preventiva, ejecución de la misma y la vigilancia de su eficacia
• La actividad preventiva se divide en 5 especialidades: Seguridad en el trabajo,
Higiene Industrial, Ergonomía, Psicosociología y Medicina del trabajo.
• Dentro de la medicina del trabajo se incluye la vigilancia y control de la salud de los
trabajadores en relación con los riesgos derivados de su trabajo. Para el desarrollo de
la misma el servicio de prevención deberá contar personal capacitado
• Formación e información de los trabajadores en relación a la prevención de riesgos
laborales.
• Prestación de primeros auxilios y planes de emergencia.
23
Modalidades de organización de la acción preventiva
•Asunción por el propio empresario
• Que la empresa tenga hasta 10
trabajadores
• Que no se trate de una actividad
peligrosa (Anexo I DEL RD 39/1997
sobre servicios de prevención)
• Que se encuentre en el centro de
trabajo de forma habitual
• Que tenga la capacidad
correspondiente, excepto para la
vigilancia de la salud
• Las funciones no asumidas deben
cubrirse con una entidad externa
24
Modalidades de organización de la acción preventiva
•Trabajadores designados
•El empresario podrá designar a uno o a varios
trabajadores para ocuparse de la actividad preventiva.
Los trabajadores deberán:
• Tener capacidad necesaria. Este requisito implica que
tener la formación adecuada, la cual dependerá de la
complejidad de la funciones que deban desarrollar en
la empresa
• Disponer del tiempo necesario
• Disponer de los medios precisos
• Ser suficientes en número
• Las funciones no asumidas deben
cubrirse con una entidad externa
25
Modalidades de organización de la acción preventiva
•Servicio de prevención propio
•Se constituirá con personal de la empresa que se
dedicará de manera exclusiva a esta actividad y dispondrá
de los medios materiales y humanos necesarios para
realizar las actividades preventivas. El empresario está
obligado a constituir en alguno de los siguientes
supuestos:
• Que la empresa tenga mas de 500
trabajadores
• Que aunque cuente entre 250 y 500
trabajadores, la empresa realice
alguna actividad peligrosa (Anexo I
DEL RD 39/1997 sobre servicios de
prevención)
• Que la autoridad así lo decida por la
peligrosidad de la actividad, salvo que
se acuda al servicio de prevención
ajenoLos servicios de prevención propios deben cubrir al menos 2 de
las especialidades preventivas: Seguridad, Higiene Industrial,
Ergonomía, Psicosociología y Medicina del trabajo
26
Modalidades de organización de la acción preventiva
•Servicio de prevención ajeno
•Está constituido por entidades especializadas dedicadas
al apoyo o asesoramiento a las empresas en materia de
prevención de riesgos laborales. Deberán estar
acreditadas por la autoridad laboral
El empresario deberá acudir a
un servicio de prevención ajeno
cuando no lo asuma
personalmente (total o
parcialmente) y cuando la
designación de uno o varios
trabajadores resulte
insuficiente, así como cuando el
servicio de prevención propio
no cubra todas las
especialidades preventivas
27
ORGANOS DE REPRESENTACION DE LOS TRABAJADORES EN MATERIA DE PRL
La participación de los trabajadores en materia de seguridad y salud en el trabajo se
realiza en las empresas a través de los delegados de prevención y los comités de
seguridad y salud.
DELEGADOS
PREVENCION
Los delegados de prevención en la empresa son los representantes
de los trabajadores con funciones específicas en materia de
prevención de riesgos en el trabajo. Serán designados por y entre
los representantes del personal (Delegados personal o comité de
empresa), en número proporcional a la plantilla, según la siguiente
escala.
Número trabajadores
Representación
unitaria trabajadores
Delegados
prevención
Delegados
personal
Comité de e
mpresa
11 a 30 1 - 1
31 a 49 3 - 1
50 a 100 - 5 2
101 a 250 - 9 3
251 a 500 - 13 3
501 a 750 - 17 4
751 a 1000 - 21 4
1001 a 2000 - 23 5
2001 a 3000 - 25 6
3001 a 4000 - 27 7
4001 en adelante - 2 por cada mil
o fracción (Hasta 75)
8
28
DELEGADOS DE PREVENCION
29
COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD
COMITÉ DE
SEGURIDAD Y
SALUD
Es el órgano paritario y colegiado de participación destinado a la
consulta regular y periódica de las actuaciones de la empresa en
materia de prevención de riesgos. Se constituye en todas las
empresas o centros de trabajo con 50 o más trabajadores y está
formado por los delegados de prevención y por el empresario y/o
sus representantes, en número igual a los anteriores
COMPETENCIAS
➢ Participar en la elaboración, puesta en práctica y evaluación
de los planes y programas de prevención de riesgos en la
empresa.
➢ Promover iniciativas sobre métodos y procedimientos para la
efectiva prevención de los riesgos, proponiendo a la empresa la
mejora de las condiciones o la corrección de las deficiencias
existentes.
➢ En las empresas sin comité de seguridad y salud por no
alcanzar el número mínimo de trabajadores, ejercerán estas
competencias los delegados de prevención.
30
PLAN DE AUTOPROTECCIÓN
Es el documento que recoge:
●La identificación y evaluación de riesgos
●Las acciones y medidas para la prevención.
●El control de riesgos
●Protocolo de actuación en caso de emergencias.
El empresario es el responsable de la elaboración,
implantación, mantenimiento y reisión del plan de
autoprotección, que será redactado y firmado por un
técnico competente.
La planificación preventiva debe completarse con una
correcta actuación ante las posibles situaciones de
emergencia en el trabajo que puedan suponer daños
PLAN DE ACTUACIÓN ANTE EMERGENCIAS
Es un apartado básico del plan de autoprotección
El plan de actuación ante emergencias es el conjunto
ordenado de acciones realizadas por el personal del
centro de trabajo, ante una emergencia, con el objeto de
minimizar en lo posible los daños al personal, a las
instalaciones y, si es el caso, a los clientes.
CONTENIDO MÍNIMO
● Planes periódicos de formación y adiestramiento de los
trabajadores
● Realización de simulacros (protocolo de actuación)
● Programas de mantenimiento y comprobación de las
instalaciones de protección.
● Vías de evacuación y sistemas de emergencia
● Actualizaciones del plan de emergencias.
ACTUACIONES PARA LA PUESTA EN PRÁCTICA DEL PLAN
DE ACTUACIÓN ANTE EMERGENCIAS
● Estructura organizativa: personas encargadas de actuar,
funciones y procedimientos de actuación
● Mapas de las instalaciones y edificaciones.
● Inventario de los medios de protección existentes,
sistemas de alarma o aviso y vías de evacuación.
● Recursos externos teléfonos de emergencia.
● Procedimientos de comunicación
● Protocolo de actuación para todo el personal.
PLAN DE EVACUACIÓN
Es el documento que recoge las instrucciones, vías de salida
y el punto de reunión de los trabajadores en caso de
evacuación del centro de trabajo.
CONTENIDO
El plan de evacuación se pondrá en marcha cuando el jefe
de emergencias ordene la evacuación y debe contener los
siguiente:
● Equipo de evacuación: su misión es conducir a las
personas hacia las vías de evacuación, impedir
aglomeraciones, controlar la velocidad y el flujo de
accesos a escaleras, impedir utilizar ascensores en caso
de incendio, controlar las ausencias en los puntos de
reunión.
● Vías de evacuación: es muy importante que el personal
salga de forma ordenada por las vías previstas, las salidas
de emergencia deben de estar debidamente señalizadas e
iluminadas.
CONTENIDO
● Punto de reunión: El equipo de evacuación comprueba en
este lugar que está todo el personal para detectar
ausencias, víctimas o personal atrapado, para rescatarlo.
● Centro de comunicaciones: Recinto protegido frente a
cualquier emergencia, en el que están los medios de
comunicación externos e internos y lo cuadros receptores
de los pulsadores de alarma, que estarán
permanentemente conectados a sedes de emergencia;
toda la documentación que se ha confeccionado sobre el
plan de emergencia y evacuación estarán en dicho lugar.

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  • 1. ¿Qué se hace en la empresa para mejorar la salud laboral?
  • 2. 2 CONSTITUCION, 1978, artículo 40 Convenio 155 OIT, sobre Seguridad y Salud de los trabajadores, 1983 LEY DE PREVENCION DE RIESGOS LABORALES 31/1995 Directiva Marco Europea 89/391, relativa a la aplicación de medidas para promover la mejora de la seguridad y de la salud de los trabajadores en el trabajo Normativa de desarrollo Otras normativas Reglamento de los servicios de prevención Reglamento sobre lugares de trabajo Reglamento sobre señalización Reglamento sobre manipulación manual de cargas Reglamento sobre pantallas de visualización Reglamento sobre agentes quimicos, biológicos Reglamentos sobre agentes cancerígenos Reglamento sobre radiaciones ionizantes Reglamento sobre riesgos eléctricos Reglamento sobre el ruido en el lugar de trabajo Reglamento sobre vibraciones Estatuto de los trabajadores Ley General de la Seguridad Social Convenios Colectivos MARCO JURIDICO DE LA PREVENCION
  • 3. 3 LEY DE PREVENCION RIESGOS LABORALES La Ley de Prevención de Riesgos Laborales se aplica a los trabajadores por cuenta ajena, es decir, los que tienen una relación laboral con la empresa (incluyendo relaciones laborales especiales) y a los que trabajan para la administración pública. Por lo tanto, excluye a los trabajadores autónomos, aunque éstos tienen reconocidos algunos derechos relativos a esta materia en la Ley de Trabajador Autónomo Establece las obligaciones y derechos en materia de prevención de riesgos laborales para los implicados en ella Lo que para el empresario constituye una obligación, para el trabajador constituye un derecho, y lo que para el trabajador es una obligación para el empresario es un derecho. No obstante, hay que señalar que el peso principal de la actividad preventiva recae en el empresario..
  • 4. 4 OBLIGACIONES GENERALES DEL EMPRESARIO (LPRL) ∙ Garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores a su servicio en todos los aspectos relacionados con el trabajo ∙ Adoptar cuantas medidas sean necesarias para las protección de la seguridad y la salud de los trabajadores ∙ Cumplir las disposiciones establecidas en las normativa de prevención de riesgos laborales ∙ Asumir el coste de las medidas de seguridad y salud
  • 5. 5 OBLIGACIONES ESPECIFICAS DEL EMPRESARIO (I) Plan de prevención La empresa que vaya a contratar trabajadores debe elaborar un plan de prevención. Los instrumentos para la aplicación del plan de prevención son la evaluación de riesgos y la planificación de la acción preventiva (organización, recursos, funciones, acciones preventivas y de protección…) Equipos de trabajo Facilitará a los trabajadores equipos de trabajo adecuados y adaptados al trabajo a realizar Equipos de protección individual Proporcionará a los trabajadores estos equipos individuales cuando los riesgos no se puedan evitar con medios de protección colectiva o con medios o métodos de organizar el trabajo Información, consulta y participación Adoptará las medidas adecuadas para que los trabajadores reciban toda la información necesaria en relación con los riesgos para su salud, las medidas de prevención y protección, y las medidas de emergencia Formación Garantizará que cada trabajador reciba una formación teórica y práctica, suficiente y adecuada, sobre los riesgos y medidas que le afecten
  • 6. 6 OBLIGACIONES ESPECIFICAS DEL EMPRESARIO (II) Medidas de emergencia Analizará las posibles situaciones de emergencia y adoptará medidas en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de los trabajadores Vigilancia de la salud Garantizará una vigilancia periódica del estado de salud de los trabajadores, con consentimiento (salvo excepciones) y respetando su intimidad y dignidad Documentación Deberá elaborar y conservar la documentación relativa a la actividad preventiva de la empresa (Plan de Prevención, Evaluación de riesgos laborales, reconocimientos médicos, relación de accidentes de trabajo, etc) Coordinación Cuando en un mismo centro de trabajo trabajen dos o más empresas, o en caso de contratas y subcontratas Protección de colectivos especialmente sensibles Garantizará la protección de trabajadores especialmente sensibles (discapacidades físicas, sensoriales, alergias, enfermedades crónicas…) , trabajadoras embarazadas o en lactancia, menores de edad y trabajadores temporales
  • 7. 7 LA VIGILANCIA DE LA SALUD POR LAS EMPRESAS Es un obligación del empresario garantizar la vigilancia periódica del estado de salud de sus trabajadores de acuerdo on los riesgos inherentes al trabajo a través de reconocimientos médicos. La vigilancia de la salud es voluntaria para el trabajador, excepto: • Cuando sea imprescindible para evaluar los efectos de las condiciones de trabajo sobre la salud de los trabajadores • Para verificar si el estado de salud de un trabajador puede constituir un peligro para él mismo, para los demás trabajadores o para otras personas. • Cuando así lo establezca una disposición legal en relación con la protección de riesgos específicos y actividades de especial peligrosidad Los gastos de los reconocimientos médicos correrán siempre a cargo del empresario. El tiempo invertido en reconocimientos médicos se considera como si de trabajo efectivo se tratara en el caso de que éstos se realizaran durante la jornada laboral, y si se llevan a cabo fuera de la misa se descontará de la jornada de trabajo el tiempo invertido en ellos.
  • 8. 8 EL DEBER DE INFORMACION Y FORMACION El empresario debe proporcionar directamente al trabajador, de forma verbal o escrita, información sobre los riesgos de su trabajo, sobre las medidas de prevención y de protección y sobre medidas de emergencia, y de forma indirecta a través de sus representantes en materia de prevención. Además, los trabajadores deberán recibir formación teórica y práctica suficente y adecuada en materia de prevención de riesgos laborales, centrada en su puesto de trabajo y adaptada a la evaluación de riesgos. Se impartirá en los siguientes momentos: • Cuando el trabajador se incorpore a su puesto de trabajo • Cuando se produzcan cambios en las funciones a desempeñar • Cuando se introduzcan nuevas tecnologías o cambios en los equipos de trabajo Esta formación se impartirá, siempre que sea posible, dentro de la jornada de trabajo o, en su defecto, en otros horarios pero descontando el tiempo dedicado del de la jornada laboral. La formación será gratuita para el trabajador.
  • 9. 9 RESPONSABILIDAD EMPRESARIO MATERIA PREVENCION Pagina 152 Tipo responsabilidad Sanción Administrativa Por incumplimiento de la normativa de PRL Sanción económica, suspensión temporal de la actividad, paralización de trabajos, cierre del centro de trabajo o limitación de la facultad de contratar con entidades públicas durante un plazo determinado Recargo prestaciones de la seguridad social Cuando se produce un accidente o enfermedad profesonal como consecuencia directa de falta de medidas preventivas (negligencia del empresario Recargo en las prestaciones (del 30 % al 50%) a pagar por el empresario, en caso de incapacidades(temporales o permanentes) derivadas de contingencia profesional Civil Reparadora del daño causado debido a una conducta culposa o negligente del empresario Indemnización al trabajador por los daños y perjuicios causados. Será fijada por el juez Penal Como consecuencia de poner en peligro grave la vida, salud o integridad física del trabajador Privación de libertad, multa económica o inhabilitación
  • 10. 10 OBLIGACIONES DEL TRABAJADOR Obligaciones ∙ Cumplir las medidas de prevención ∙ Usar adecuadamente los medios para desarrollar su actividad ∙ No poner fuera de funcionamiento los dispositivos de seguridad ∙ Informar de cualquier situación de riesgo ∙ Cooperar con el empresario para garantizar unas condiciones de trabajo seguras Responsabilidad disciplinaria Por incumplimiento de sus obligaciones Sanciones que puede recibir: • Amonestación oral y escrita • Suspensión de empleo y sueldo • Despido por causa disciplinaria
  • 11. 11 GESTION DE LA PREVENCION EN LA EMPRESA •El empresario deberá garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores a su servicio. El empresario realizará la gestión de la prevención de riesgos laborales mediante la integración de la actividad preventiva en la gestión general de la empresa a través de la implantación de un plan de prevención de riesgos laborales.
  • 12. EL PLAN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Es un documento aprobado por la dirección de la empresa en el que se incluirá los siguientes elementos: - Identificación de la empresa: actividad productiva, las características de los centros de trabajo y el nº de trabajadores - Estructura organizativa de la empresa: las funciones y responsabilidades que asume cada uno de sus niveles jerárquicos en materia de prevención - Organización de la producción: los procesos técnicos, los procedimientos en relación con la prevención de riesgos laborales. - Organización de la prevención en la empresa: indicando la modalidad preventiva elegida y los órganos de representación existentes. - Política, objetivos y metas en materia preventiva, así como los recursos humanos, técnicos, materiales y económicos. Los instrumentos esenciales para llevar a cabo la gestión y aplicación del plan de prevención son la evaluación de riesgos y la planficación de la acción preventiva.
  • 13. 13 1. POLITICA PREVENTIVA ∙ Principios en los que se basa a acción preventiva ∙ Funciones y responsabilidades en todos los niveles jerárquicos 2. ORGANIZACIÓN DE LA PREVENCION ∙ Modalidad de organización preventiva elegida entre 4 alternativas ∙ Representantes de los trabajadores: delegado de prevención, comité de seguridad y salud 3. EVALUACION DE RIESGOS ∙ Actividad fundamental para poder detectar, estimar y valorar los riesgos que puedan existir en todos y cada uno de los puestos de trabajo de la empresa 4. PLANIFICACION DE LA ACCION PREVENTIVA Si de la evaluación anterior se deduce que hay riesgos no tolerables, debe controlarse el riesgo, estableciendo las medidas de prevención, medidas de protección y control periódico de condiciones de trabajo, métodos, organización y estado de salud de los trabajadores 5. EJECUCION ∙ Supone llevar a la práctica todo lo planeado en la fase anterior, disponiendo de procedimientos documentados y la coordinación del conjunto de actividades preventivas 6. SEGUIMIENTO Y CONTROL PERIODICO ∙ Para asegurarse que las medidas establecidas se implantan de forma adecuada y son eficaces. Se puede utilizar varios métodos. Los más importantes son las inspecciones de seguridad y la observación del trabajo 7. ACCIONES CORRECTORAS Y DE MEJORA ∙ El sistema debe garantizar herramientas para detectar carencias, deficiencias, áreas de mejora… para poder aplicar acciones correctoras y de mejora. Estas herramientas son, además de la propia evaluación de riesgos y del seguimiento y control periódico: investigación de accidentes e incidentes, controles médicos, reclamaciones, sugerencias y quejas recibidas, detección y comunicación de nuevos riesgos, las auditorías (internas y
  • 14. PRINCIPIOS DE LA ACCIÓN PREVENTIVA 1- Evitar los riesgos, por ejemplo, evitar trabajar con ruido 2- Evaluar los riesgos que no se pueden evitar, por ejemplo, evaluar el ruido, si no se puede evitar, para tomar las medidas oportunas. 3-Combatir los riesgos en su origen, por ejemplo, alejar la máquina que produce el ruido. 4-Adaptar el trabajo a la persona, por ejemplo, proporcionar apoyo cuando el puesto de trabajo se está mucho tiempo parado y de pie. 5- Tener en cuenta la evolución de la técnica, por ejemplo, un cambio de maquinaria más moderna conlleva que desaparezca situaciones de riesgo, pero se generan otros.
  • 15. 6- Sustituir lo peligroso por lo que entrañe poco o ningún riesgos, por ejemplo reemplazar un producto químico infamable por otro menos combustible. 7- Planificar la prevención, por ejemplo realizar campañas de vacunación. 8- Adoptar medidas que antepongan la protección colectiva a a individual, por ejemplo, proteger las manos y vías respiratorias, eligiendo antes el uso colectivo de productos que no entrañen riesgo que el uso de guantes y protecciones respiratorias individuales. 9-Instruir adecuadamente al personal, por ejemplo, formar a los trabajadores que manipulan cargas para evitar riesgos físicos.
  • 16. Evaluación de riesgos laborales • ¿ Qué se evalúa? Se evalúan las características de los locales, instalaciones, equipos de trabajo, agentes físicos, químicos y biológicos, y organización y ordenación del trabajo • ¿Cuándo se evalúa? La evaluación de riesgos se realizará: • Inicialmente en cada uno de los puestos de trabajo • Cuando cambien las condiciones de trabajo (equipos, sustancias, tecnologías) • Cuando se produzcan daños a la salud • Cuando haya indicios de la ineficacia de las medidas de prevención
  • 17. 17 Método de evaluación general del INSHT (RMPP) 1. Clasificación de las actividades de trabajo – Preparar un listado de las actividades obteniendo información detallada de como se desarrolla el trabajo en cada puesto de trabajo: tareas, lugares, trabajadores, formación recibida, procedimientos, maquinaria, sustancias, requisitos legales, medidas de control, accidentes, incidentes… 1. Análisis de riesgos a) Identificación de los riesgos en cada uno de los puestos de trabajo, pueden clasificarse en físicos, químicos, biológicos, mecánicos, eléctricos, radiaciones, incendios, explosiones, etc… Cada empresa deberá desarrollar una lista propia teniendo en cuenta sus actividades y lugares donde se desarrollan b) Estimación del riesgo: para cada peligro detectado debe estimarse el riesgo y fijar tanto la severidad potencial del daño (consecuencias) como la probabilidad de que ocurra 3. Valoración del riesgo: – En función de la estimación anterior se decidirá si requiere adoptar medidas preventivas, mejorar los controles existentes o implantar unos nuevos así como la temporalización de las acciones
  • 18. 18 Severidad Ejemplos de ligeramente dañino: • Danos superficiales. Cortes y magulladuras pequeñas, irritación de los ojos por polvo. • Molestias e irritación Por ejemplo’ dolor de cabeza y malestar. Ejemplos de dañino: • Laceraciones, quemaduras, conmociones, torceduras importantes, fracturas menores. • Sordera, dermatitis, asma, trastornos músculo-esqueléticos, enfermedad que conduce a una incapacidad menor Ejemplos de extremadamente dañino: • Amputaciones, fracturas mayores, intoxicaciones, lesiones múltiples, lesiones fatales. • Cáncer y otras enfermedades crónicas que acorten severamente la vida. Probabilidad Probabilidad alta: el daño ocurrirá siempre o casi siempre Probabilidad media: el daño ocurrirá en algunas ocasiones. Probabilidad baja: el daño ocurrirá raras veces. Estimación de los riesgos
  • 20. 20 • Valoración de los riesgos Riesgo Acción y temporalización Trivial No se requiere accion especifica. Tolerable No se necesita mejorar la acción preventiva. Sin embargo, se deben considerar soluciones más rentables o mejoras que no supongan una carga economica importante. Se requieren comprobaciones periódfras para asegurar que se mantiene la eficacia de Las medidas de control Moderado Se deben hacer esfuerzos para reducir el riesgo, determinando las inversiones precisas. Las medidas para reducir el riesgo deben implantarse en un periodo determinado, planificándolas Importante Debe reducirse el riesgo lo antes posible. Puede que se precisen recursos considerables para ello. No debe comenzarse el trabajo hasta que se haya reducido el riesgo. Si ya se está realizando, debe remediarse en un plazo inferior al de los riesgos moderados. Si fuera necesario, se paralizará el trabajo hasta controlar el riesgo Muy importante No se debe comenzar ni continuar el trabajo hasta que se reduzca el riesgo. Se utilizarán recursos ilimitados para su reducción. Si no es posible reducirlo, debe prohibirse el
  • 21. 21 •Organización de la prevención en la empresa SERVICIO DE PREVENCION
  • 22. 22 MODALIDADES DE ORGANIZACIÓN DE LOS SERVICIOS DE PREVENCION EN LA EMPRESA El Servicio de Prevención es el conjunto de medios humanos y materiales necesarios para realizar las actividades preventivas que garanticen la adecuada protección de la seguridad y la salud de los trabajadores. Estos servicios de prevención deben asesorar y asistir al empresario, a los trabajadores y a sus representantes y a los órganos de representación especializados para poder cumplir con las obligaciones que establece la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y desarrollar la cultura preventiva Los servicios de prevención son los encargados de: • Diseño, implantación y aplicación de un Plan de Prevención de riesgos laborales en las empresas. • Evaluación de los factores de riesgo que puedan afectar a la salud y a la seguridad de los trabajadores. • Determinación de las prioridades en la adopción de medidas preventivas, planificación de la actividad preventiva, ejecución de la misma y la vigilancia de su eficacia • La actividad preventiva se divide en 5 especialidades: Seguridad en el trabajo, Higiene Industrial, Ergonomía, Psicosociología y Medicina del trabajo. • Dentro de la medicina del trabajo se incluye la vigilancia y control de la salud de los trabajadores en relación con los riesgos derivados de su trabajo. Para el desarrollo de la misma el servicio de prevención deberá contar personal capacitado • Formación e información de los trabajadores en relación a la prevención de riesgos laborales. • Prestación de primeros auxilios y planes de emergencia.
  • 23. 23 Modalidades de organización de la acción preventiva •Asunción por el propio empresario • Que la empresa tenga hasta 10 trabajadores • Que no se trate de una actividad peligrosa (Anexo I DEL RD 39/1997 sobre servicios de prevención) • Que se encuentre en el centro de trabajo de forma habitual • Que tenga la capacidad correspondiente, excepto para la vigilancia de la salud • Las funciones no asumidas deben cubrirse con una entidad externa
  • 24. 24 Modalidades de organización de la acción preventiva •Trabajadores designados •El empresario podrá designar a uno o a varios trabajadores para ocuparse de la actividad preventiva. Los trabajadores deberán: • Tener capacidad necesaria. Este requisito implica que tener la formación adecuada, la cual dependerá de la complejidad de la funciones que deban desarrollar en la empresa • Disponer del tiempo necesario • Disponer de los medios precisos • Ser suficientes en número • Las funciones no asumidas deben cubrirse con una entidad externa
  • 25. 25 Modalidades de organización de la acción preventiva •Servicio de prevención propio •Se constituirá con personal de la empresa que se dedicará de manera exclusiva a esta actividad y dispondrá de los medios materiales y humanos necesarios para realizar las actividades preventivas. El empresario está obligado a constituir en alguno de los siguientes supuestos: • Que la empresa tenga mas de 500 trabajadores • Que aunque cuente entre 250 y 500 trabajadores, la empresa realice alguna actividad peligrosa (Anexo I DEL RD 39/1997 sobre servicios de prevención) • Que la autoridad así lo decida por la peligrosidad de la actividad, salvo que se acuda al servicio de prevención ajenoLos servicios de prevención propios deben cubrir al menos 2 de las especialidades preventivas: Seguridad, Higiene Industrial, Ergonomía, Psicosociología y Medicina del trabajo
  • 26. 26 Modalidades de organización de la acción preventiva •Servicio de prevención ajeno •Está constituido por entidades especializadas dedicadas al apoyo o asesoramiento a las empresas en materia de prevención de riesgos laborales. Deberán estar acreditadas por la autoridad laboral El empresario deberá acudir a un servicio de prevención ajeno cuando no lo asuma personalmente (total o parcialmente) y cuando la designación de uno o varios trabajadores resulte insuficiente, así como cuando el servicio de prevención propio no cubra todas las especialidades preventivas
  • 27. 27 ORGANOS DE REPRESENTACION DE LOS TRABAJADORES EN MATERIA DE PRL La participación de los trabajadores en materia de seguridad y salud en el trabajo se realiza en las empresas a través de los delegados de prevención y los comités de seguridad y salud. DELEGADOS PREVENCION Los delegados de prevención en la empresa son los representantes de los trabajadores con funciones específicas en materia de prevención de riesgos en el trabajo. Serán designados por y entre los representantes del personal (Delegados personal o comité de empresa), en número proporcional a la plantilla, según la siguiente escala. Número trabajadores Representación unitaria trabajadores Delegados prevención Delegados personal Comité de e mpresa 11 a 30 1 - 1 31 a 49 3 - 1 50 a 100 - 5 2 101 a 250 - 9 3 251 a 500 - 13 3 501 a 750 - 17 4 751 a 1000 - 21 4 1001 a 2000 - 23 5 2001 a 3000 - 25 6 3001 a 4000 - 27 7 4001 en adelante - 2 por cada mil o fracción (Hasta 75) 8
  • 29. 29 COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD Es el órgano paritario y colegiado de participación destinado a la consulta regular y periódica de las actuaciones de la empresa en materia de prevención de riesgos. Se constituye en todas las empresas o centros de trabajo con 50 o más trabajadores y está formado por los delegados de prevención y por el empresario y/o sus representantes, en número igual a los anteriores COMPETENCIAS ➢ Participar en la elaboración, puesta en práctica y evaluación de los planes y programas de prevención de riesgos en la empresa. ➢ Promover iniciativas sobre métodos y procedimientos para la efectiva prevención de los riesgos, proponiendo a la empresa la mejora de las condiciones o la corrección de las deficiencias existentes. ➢ En las empresas sin comité de seguridad y salud por no alcanzar el número mínimo de trabajadores, ejercerán estas competencias los delegados de prevención.
  • 30. 30 PLAN DE AUTOPROTECCIÓN Es el documento que recoge: ●La identificación y evaluación de riesgos ●Las acciones y medidas para la prevención. ●El control de riesgos ●Protocolo de actuación en caso de emergencias. El empresario es el responsable de la elaboración, implantación, mantenimiento y reisión del plan de autoprotección, que será redactado y firmado por un técnico competente. La planificación preventiva debe completarse con una correcta actuación ante las posibles situaciones de emergencia en el trabajo que puedan suponer daños
  • 31. PLAN DE ACTUACIÓN ANTE EMERGENCIAS Es un apartado básico del plan de autoprotección El plan de actuación ante emergencias es el conjunto ordenado de acciones realizadas por el personal del centro de trabajo, ante una emergencia, con el objeto de minimizar en lo posible los daños al personal, a las instalaciones y, si es el caso, a los clientes. CONTENIDO MÍNIMO ● Planes periódicos de formación y adiestramiento de los trabajadores ● Realización de simulacros (protocolo de actuación) ● Programas de mantenimiento y comprobación de las instalaciones de protección. ● Vías de evacuación y sistemas de emergencia ● Actualizaciones del plan de emergencias.
  • 32. ACTUACIONES PARA LA PUESTA EN PRÁCTICA DEL PLAN DE ACTUACIÓN ANTE EMERGENCIAS ● Estructura organizativa: personas encargadas de actuar, funciones y procedimientos de actuación ● Mapas de las instalaciones y edificaciones. ● Inventario de los medios de protección existentes, sistemas de alarma o aviso y vías de evacuación. ● Recursos externos teléfonos de emergencia. ● Procedimientos de comunicación ● Protocolo de actuación para todo el personal.
  • 33. PLAN DE EVACUACIÓN Es el documento que recoge las instrucciones, vías de salida y el punto de reunión de los trabajadores en caso de evacuación del centro de trabajo. CONTENIDO El plan de evacuación se pondrá en marcha cuando el jefe de emergencias ordene la evacuación y debe contener los siguiente: ● Equipo de evacuación: su misión es conducir a las personas hacia las vías de evacuación, impedir aglomeraciones, controlar la velocidad y el flujo de accesos a escaleras, impedir utilizar ascensores en caso de incendio, controlar las ausencias en los puntos de reunión. ● Vías de evacuación: es muy importante que el personal salga de forma ordenada por las vías previstas, las salidas de emergencia deben de estar debidamente señalizadas e iluminadas.
  • 34. CONTENIDO ● Punto de reunión: El equipo de evacuación comprueba en este lugar que está todo el personal para detectar ausencias, víctimas o personal atrapado, para rescatarlo. ● Centro de comunicaciones: Recinto protegido frente a cualquier emergencia, en el que están los medios de comunicación externos e internos y lo cuadros receptores de los pulsadores de alarma, que estarán permanentemente conectados a sedes de emergencia; toda la documentación que se ha confeccionado sobre el plan de emergencia y evacuación estarán en dicho lugar.