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LOS PROCEDIMIENTOS
CONTRACTUALES
JAIRO CANAL HERRERA
PROCESOSCONTRACTUALES
El procedimiento de contratación se
desarrollará en cuatro (4) etapas a saber:
Preparatoria, precontractual, de celebración y
perfeccionamiento del contrato, y post
contractual
PREPARATORIA: En esta etapa, se realiza la planeación
del contrato a celebrar por la Entidad y por tanto se
concentra en la planificación y el análisis de
conveniencia y oportunidad de la contratación, los
estudios de factibilidad, los documentos y estudios
previos, las autorizaciones que el contrato demanden,
la apropiación presupuestal, capacidad e idoneidad
del contratista y demás presupuestos que deben
materializarse con la debida antelación a la apertura
de los procesos de selección, lo que a su turno
constituye la base sustancial de cualquier
procedimiento de escogencia de contratista
En el Municipio de macondo, la comunidad le pide al señor Alcalde que construya el
puente el cual se cayo hace 5 años, a raíz de una avalancha que dejo
incomunicadas varias veredas, la administración inicia los tramites, el asesor
recomienda la contratación directa a través de la Urgencia Manifiesta, por cuanto
ese desastre se puede enfrentar a través de esta modalidad, además establece la
Ley 80 de 1993, que el decreto que sustente la modalidad, remplaza los estudios
previos. El puente cuesta 3.500 millones de pesos.
1. Es viable utilizar esta modalidad?
2. Para esta construcción hay requisitos previos que se deben considerar?
3. Usted como asesor que recomienda?
4. Que le puede pasar al Alcalde al Tomar esta decisión?
PRE-CONTRACTUAL: Define los trámites que debe realizar la
Administración dependiendo de la clase de contrato a
realizar; de conformidad con el artículo 2 de la Ley 1150 de
2007 y el Decreto 1082 de 2015, la entidad debe seleccionar
a los contratistas, a través de las siguientes modalidades con
cada una de sus causales:
1. Licitación pública
2. Selección abreviada
3. Concurso de méritos
4. Contratación directa
5. Invitación pública de mínima cuantía
Cada procedimiento de selección debe ajustarse a lo
señalado en la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, y el Decreto
1082 de 2015, dependiendo del contrato y atendiendo las
reglas puntuales para cada uno de ellos.
El Gobernador de simiti, decide abrir una licitación para hacer obras de desagüe
de las vías de varios municipios, así como andenes en la parte urbana, la obra
cuesta 15.000 millones de pesos. El asesor recomienda que se adjudique el
proceso a quien tenga una experiencia en ese tipo de obras del 150% del
presupuesto oficial, así mismo que tenga índices de liquidez del 30 puntos, que
por tratarse de obras que implican el flujo de recursos se entregue un anticipo
directo de el 45% del valor, así mismo que por tener expertos ingenieros en la
nomina, se designe un interventor de la planta de personal.
1. El proceso fue observado, por que?
2. Se elevo a la procuraduría la queja para que se investigue al señor
Gobernador, por que ?
3. Si usted fuera el asesor que recomienda?
CONTRACTUAL: Es el período comprendido entre la
iniciación y la liquidación del contrato, esto es, el
perfeccionamiento del contrato, legalización,
ejecución y supervisión de los contratos.
El Alcalde de Gerona, firma un contrato para la remodelación de la Alcaldía, por la
suma de $ 200 millones de pesos. El supervisor firma con el contratista el acta de
inicio, al los dos días, dos trabajadores sufren un accidente, el contratista solicita se
suspenda el contrato mientras se afilian a salud a los mismos, el alcalde accede a
esta petición. En la ejecución del contrato el supervisor autoriza obras adicionales
que mejoran la obra, tales como instalación de energía solar y le comunica al
contratista que por ser obras nuevas, en el acta de liquidación del contrato se
pueden hacer cruce de cuentas y reconocer esas obras demás. Al contratista se le
pidieron las siguientes pólizas: buen manejo de anticipo, estabilidad, cumplimiento.
La Alcaldía fue denunciada por los dos trabajadores.
1. Por que fue denunciada la Alcaldía?
2. Tuvo omisiones la administración en la ejecución de ese contrato?
3. Usted como asesor que recomienda?
POST CONTRACTUAL: Precisa el procedimiento para
la elaboración y suscripción de actas de liquidación
de los contratos, con el fin de culminar el proceso
de contratación, y la posterior evaluación de
proveedores tal.
El Alcalde de Posta, firmo un contrato de prestación de servicios profesionales
para una asesoría y apoyo a la gestión en materia presupuestal, a la
finalización del contrato, la administración no le quiere pagar la ultima cuota al
contratista, por cuanto según la Ley 80 de 1993, el mismo no se ha presentado
a suscribir el acta de liquidación del respectivo contrato.
1. Puede la administración requerir al contratista para que se presente a firmar
el acta de liquidación de ese contrato?
REFLEXIONEMOS
El señor esta inhabilitado
Que dice el Articulo 49 de la Ley 617 de 2000
Si le preguntan que responde
Cuando inicia el proceso de planeación del contrato
Que se debe observar al momento de planificar un contrato en un municipio
Que requisitos debe tener el estudio de sector
Que entiende por reciprocidad
Que debe contener el plan anual de adquisiciones
Se puede modificar
Que debe contener la matriz de riesgo
Donde y cuando se publica el PAA
Principio de responsabilidad
Mismos lineamientos
Sin tratos discriminatorios
Sin moñitos que impidan la participación de todos
Para todos los procesos es necesario el CDP
Que dice la ley 1882 de 2018
Que debe contener el estudio previo
Las Contralorías, las personerías, los concejos.
Como responden los funcionario públicos?
Que pasa si un contratista lo declaran responsable de un fallo fiscal?
Contratos decreto 092 de 2017.
RESPONSABILIDAD DELCONTRATISTA
ü Los contratistas responderán civil y penalmente por sus acciones y
omisiones en la actuación contractual en los términos de la ley.
ü Los consultores y asesores externos responderán civil, fiscal, penal y
disciplinariamente tanto por el cumplimiento de las obligaciones
derivadas del contrato de consultoría o asesoría, como por los hechos
u omisiones que les fueren imputables y que causen daño o perjuicio a
las entidades, derivados de la celebración y ejecución de los contratos
respecto de los cuales hayan ejercido o ejerzan las actividades de
consultoría o asesoría.
ü Mediante el proceso de responsabilidad fiscal se procura recuperar los dineros
públicos malversados o extraviados como consecuencia de una inadecuada
gestión. (Fuente Contraloría General de la República)
ü Para efectos penales, el contratista, el interventor, el consultor y el
asesor se consideran particulares que cumplen funciones públicas en
todo lo concerniente a la celebración, ejecución y liquidación de los
contratos que celebren con las entidades estatales y, por lo tanto,
estarán sujetos a la responsabilidad que en esa materia señala la ley
para los servidores públicos.
RESPONSABILIDAD PENAL
ü El Estatuto anticorrupción (ley 1474 de 2011), excluyó los beneficios en los delitos contra la
administración pública relacionados con corrupción, estafa y abuso de confianza que recaigan
sobre los bienes del Estado, utlización indebida de información privilegiada, lavado de activos y
soborno transnacional.
ü Delitos contra la administración pública:
ü Peculado: Es el delito que comete el funcionario encargado de administrar bienes, ya de
propiedad del Estado o de partculares, pero puestos bajo administración estatal, apropiándose de
ellos o usándolos indebidamente.
ü Concusión: El servidor público que abusando de su cargo o de sus funciones constriña o induzca
a alguien a dar o prometer al mismo servidor o a un tercero, dinero o cualquier otra utlidad
indebidos, o los solicite, incurrirá en prisión de 6 a 10 años, multa de 50 a 100 salarios mínimos
legales mensuales vigentes, e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas de
5 a 8 años.
ü Otros: Celebración de contratos sin cumplimiento de los requisitos legales. Cohecho,
Enriquecimiento ilícito, Prevaricato, Utilización de asunto sometido a secreto o reserva, Utilización
indebida de información oficial privilegiada.
ARTÍCULO 90. INHABILIDAD POR INCUMPLIMIENTO REITERADO. Quedará
inhabilitado el contratista que incurra en alguna de las siguientes conductas:
a. Haber sido objeto de imposición de cinco (5) o más multas durante la ejecución
de uno o varios contratos, con una o varias entidades estatales, durante los últimos
tres (3) años.
b. Haber sido objeto de declaratorias de incumplimiento contractual en por lo
menos dos (2) contratos, con una o varias entidades estatales, durante los últimos
tres (3) años.
c. Haber sido objeto de imposición de dos (2) multas y un (1) incumplimiento
durante una misma vigencia fiscal, con una o varias entidades estatales.
La inhabilidad se extenderá por un término de tres (3) años, contados a partir de la
publicación del acto administrativo que impone la inscripción de la última multa o
incumplimiento en el Registro Único de Proponentes, de acuerdo con la información
remitida por las entidades públicas. La inhabilidad pertinente se hará explícita en el
Registro Único de Proponentes cuando a ello haya lugar.
d. Haber sido objeto de incumplimiento contractual o de imposición de dos (2) o
más multas, con una o varias entidades, cuando se trate de contratos cuyo objeto
esté relacionado con el Programa de Alimentación Escolar. Esta inhabilidad se
extenderá por un término de diez (10) años, contados a partir de la publicación del
acto administrativo que impone la inscripción de la última multa o incumplimiento
en el Registro Único de Proponentes, de acuerdo con la información remitida por
las entidades públicas
ERRORES EN CONTRATACIÓN
Ingenieros que se creen abogados, abogados que
se creen ingenieros .
Excesiva confianza en lo que se sabe, o en lo que se
ha hecho en el pasado
No tener claro lo que se quiere hacer
Creer que los demás saben y conocen, lo que uno
sabe y conoce
Falta de claridad al momento de comunicar
FACTORES PROFESIONALES
ERRORESEN CONTRATACIÓN
Ausencia de planeación
Falta de procesos, procedimientos, manuales documentados y asimilados
Bajo nivel de formación de algunos funcionarios
Trabajo aislado, fraccionado por dependencias
No continuidad del personal a cargo de los proyectos
Cambios de gobierno
Insuficiencia de recursos
FACTORESINSTITUCIONALES
ERRORESEN CONTRATACIÓN
FACTORESEXTERNOS
Excesiva legislación
Presiones
comunidad
Compromisos
políticos
Titulares medios de
comunicación
Temor a los
organismos de
control
Cuales son los errores
En la etapa previa:
´ Falta de certeza sobre que y para que se quiere la obra, bien o servicio;
justificación – estudio de necesidad, conveniencia y oportunidad.
´ Falta o inexactitud de estudios previos, diseño, planos.
´ Ausencia de un cronograma-ruta critica del proceso contractual
´ Omitir las publicaciones en la pagina SECOP
´ Transcribir textualmente, sin revisión y ajustes, pliegos de condiciones
utilizaciones en contrataciones anteriores.
´ Rechazar propuestas indebidamente
´ Revaluación indebida de propuestas.
Cuales son los errores
En la ejecución del contrato:
´ Iniciar ejecución perfeccionar, legalizar el contrato y sin los requisitos de
inicio de ejecución.
´ No entregar oportunamente el anticipo, los terrenos requeridos
´ No precisar adecuadamente la fecha de inicio para efectos de plazo
contractual.
´ No designar oportunamente la interventoría
´ No ejercer una rigurosa y exigente interventoría
Cuales son los errores
En la etapa post – contractual:
´ Recibir la obra a satisfacción sin el rigor y exigencia suficiente.
´ Dejar vencer los cuatro (4) meses sin adelantar el tramite para la
liquidación bilateral del contrato.
´ Pagar el ultimo saldo a favor del contratista, teniendo todavía
reclamaciones pendientes, por obras inconclusas o de baja calidad
RECOMENDACIONES
MINIMIZARRIESGOS
´ Manuales internos de contratación: incluyendo el de interventoría
´ Manual de procesos y procedimientos.
´ Mapa de riesgos de la contratación.
´ Puntos de control a la contratación.
´ Comités asesores.
´ Personal calificado y experto en contratación.
´ Principios éticos.
´ Planeación y seguimiento de la contratación.
COMO DETECTARRESPONSABILIDADES
´ Fortalecer el sistema de control interno.
´ Pagar auditorías externas especiales.
´ Selección transparente de personal.
´ Solicitar visitas especiales a organismos de control.
´ Vincular a la comunidad al control de la gestión pública.
RECOMENDACIONES
COMO MEJORARÍNDICEDECONTRATACIÓN
´ Establecer estándares internacionales.
´ Exigir normas de aseguramiento de la calidad.
´ Establecer costos ambientales.
´ Planeación de la contratación.
´ Honestidad, ética, transparencia.
RECOMENDACIONES
´ Conformar equipo interdisciplinario: Técnico, financiero, jurídico
´ Conocer muy bien la naturaleza de la entidad, su régimen jurídico y su
régimen contractual
´ Determinar si es o no entidad estatal
´ Determinar sí está regida o no por ley 80 de 1993
´ Estudiar sus estatutos internos y su estatuto contractual
´ Revisar procesos anteriores o en curso de dicha entidad
´ Leer muy bien pre pliegos y pliegos de condiciones; o términos de
referencia
´ Formular previamente todas las inquietudes, dudas que se tengan. Pedir
claridad en temas ambiguos o confusos
´ Verificar Registro de Proponentes de la Cámara de Comercio o de la
respectiva entidad
RECOMENDACIONES
´ Verificar que contratista esté al día en: impuestos, aportes parafiscales:
Sena, ICBF, Cajas de Compensación, afiliación en salud y pensiones
´ Revisar muy bien la minuta del contrato que se firmará y sus anexos
´ Llevar una bitácora con todo lo que suceda en la ejecución del contrato
´ Siempre dejar todo por escrito
´ Estar muy pendientes del plazo contractual por sí se requiere ampliaciones
solicitarlas con tiempo
´ Presentar informes cumplidamente
RECOMENDACIONES
´ Todas las órdenes, cambios de la entidad contratante o interventor que se
den por escrito y previamente
´ No ejecutar prestaciones, obligaciones, sin antes haber formalizado los
documentos que lo respalden
´ Tener muy claro que se están administrando recursos públicos
´ Tener claro régimen de controles y responsabilidades
´ Tener claro que la entidad contratante puede contar con poderes,
potestades excepcionales pero razonablemente
´ Mantener las pólizas, garantías vigentes, actualizadas según los cambios que
se vayan presentando
´ Lograr obtener cubrimiento por pólizas o garantías empresariales o
individuales de honorarios para defensas fiscales, disciplinarias y penales
RECOMENDACIONES
ASPECTOS GENERALES Y PREVIOS AL
PROCESO DE CONTRATACION :
Preguntas a responder
• La Administración ha publicado el Programa anual de
adquisiciones durante el mes de Enero de cada año?
• Proviene de un órgano o funcionario competente la decisión
de iniciar un proceso de contratación?
• Se dispone de un expediente numerado y en orden
cronológico para cada contratación donde se incorporan
todos los documentos relacionados con las actuaciones?
• La administración dejo constancia de todos los recursos de que
dispone para verificar la correcta ejecución del contrato?
• Para cada contratación, se designa supervisor o interventor,
según el caso, que ejerza el control sobre las actividades del
contratista?
• Verifica la administración el cumplimiento del régimen de
inhabilidades e incompatibilidades, como lo señala la ley?
ASPECTOS GENERALES Y PREVIOS AL
PROCESO DE CONTRATACION :
Preguntas a responder
• Se solicitan las garantías de participación y cumplimiento de
acuerdo con la norma?
• Se custodian adecuadamente las garantías aportadas por el
oferente?
• Se publican los actos contractuales en la página de Colombia
compra eficiente?
• Verifican la invitación a organismos internacionales, de acuerdo
a los tratados de libre comercio
ETAPA PRECONTRACTUAL
• Verifique la capacidad y competencia de quien expidió el acto
administrativo que ordena la apertura del proceso para
establecerla delegación que lo facultó para contratar
• Constate la existencia de CDP
• Compruebe y analice los estudios previos al proceso
• Analice si se utiliza la modalidad que es.
• Verifique la elaboración de los pliegos de condiciones.
• Compruebe que el acto que ordena la apertura de la licitación
este debidamente motivado.
• Verifique los términos establecidos para la publicación de avisos
ETAPA PRECONTRACTUAL
• Compruebe que los actos que modifiquen términos o prorrogas
estén debidamente fundamentados.
• Verifique que los proponentes no hayan incurrido en las
causales de inhabilidad e incompatibilidad previstas en la ley.
• Verifique la celebración de las audiencias que ordene la ley.
• Compruebe que los proponentes hayan aportado el RUP, de
acuerdo a la norma.
• Verifique que la entidad haya observado los principios de
transparencia, economía, responsabilidad y selección objetiva
en sus diferentes procesos contractuales, de acuerdo a lo
establecido por la Ley.
ETAPA PRECONTRACTUAL
• Compruebe que las diferentes propuestas se encuentren
respaldadas por la correspondientes garantías y el mínimo de
participantes requeridos.
• Verifique que la evaluación se hizo de acuerdo a los
requerimientos de los pliegos.
• Compruebe que se haya cumplido con la hora y fecha de
apertura y cierre del proceso.
• En caso de contratación de urgencia manifiesta, verificar los
presupuestos legales para su declaratoria.
• Cerciórese que la iniciación del contrato se efectúo una vez
perfeccionado el mismo y en la fecha prevista.
ETAPA CONTRACTUAL
• Analice y evalúe el cuadro comparativo de propuestas mediante el cual
se adjudico el respectivo contrato.
• Verifique que las estipulaciones contenidas en los contratos correspondan
a su esencia y naturaleza.
• Verifique que no se pacten y concedan anticipos superiores al 50% del
valor inicial.
• Compruebe la constitución de las garantías correspondientes y la
existencia del registro presupuestal correspondiente.
• Verifique la designación de interventor o supervisor.
ETAPA CONTRACTUAL
´ Compruebe que se hayan pagado los impuestos y estampillas
correspondientes.
´ Verifique que los pagos se hagan de acuerdo a lo estipulado en el
contrato.
´ Verifique los informes de supervisión e interventoría.
• Verifique que el acto administrativo que ordena la terminación
y/o liquidación del contrato, se efectué de conformidad con la
ley.
• Verifique que el acta de liquidación contenga toda la
información relacionada con los resultados del contrato y el
cumplimiento del objeto contractual.
• Verifique la función del interventor.
• Verifique que los bienes y servicios recibidos corresponda en
especie, calidad y cantidad a los contratados
ETAPA POST CONTRACTUAL
CONVENIOSDEASOCIACIÓN DEY CONTRATOSEN
DESARROLLO DELARTÍCULO 355 DELA
CONSTITUCIÓN
Decreto 092 de 2017
“Guía para Contratación con
Entidades Privadas sin Ánimo de
Lucro y de reconocida idoneidad”
DECRETO 092
Establece estas condiciones para el que el Gobierno pueda contratar con
entidades privadas sin ánimo de lucro y de reconocida idoneidad en los
términos del artículo 355 de la Constitución Política. Estas son:
ü Que el objeto del contrato corresponda directamente con programas y
actividades de interés público previstos en el Plan de Desarrollo, que
promuevan: (i) los derechos de personas en situación de debilidad
manifiesta o indefensión. (ii) los derechos de las minorías. (iii) el derecho
a la educación. (iv) el derecho a paz. (v) manifestaciones artísticas,
culturales, deportivas y de promoción de la diversidad étnica
colombiana.
ü Que el contrato no comporte una relación conmutativa, ni
contraprestación directa a favor de la Entidad Estatal ni instrucciones
precisas dadas por esta al contratista para cumplirlo.
DECRETO 092
ü Que no exista oferta en el mercado de los bienes,
obras y servicios requeridos para la estrategia y
política del plan de desarrollo objeto de la
contratación, distinta de la oferta que hacen las
entidades privadas sin ánimo lucro; o que, si existe,
la contratación con entidades privadas sin ánimo de
lucro represente optimización de los recursos
públicos en términos de eficiencia, eficacia,
economía y manejo del Riesgo. En los demás
eventos, la Entidad Estatal deberá aplicar la Ley 80
1993, sus modificaciones y reglamentos.
DECRETO 092
ü La ESAL posee reconocida idoneidad cuando es adecuada y
apropiada para desarrollar las actividades que son objeto del
Proceso de Contratación y cuenta con experiencia en el objeto a
contratar.
ü Correspondencia del objeto estatutario de la ESAL con el objeto del
Proceso de Contratación.
ü En los Documentos del Proceso se establecen las características que
debe acreditar la entidad sin ánimo de lucro, tomando en
consideración las pautas y criterios establecidos en la Guía, la cual
deberá tener en cuenta las normas de trasparencia y acceso a la
información aplicable a las ESAL que contratan con cargo a recursos de
origen público y las mejores prácticas en materia de prohibiciones,
inhabilidades, incompatibilidades y conflictos de interés”.
DECRETO 092
ü Establece un Proceso Competitivo de selección cuando
identifique que el programa o actividad de interés público que
requiere desarrollar es ofrecido por más de una ESAL.
ü Etapas: (i) definición y publicación de los indicadores de
idoneidad, experiencia, eficacia, eficiencia, economía y de
manejo del Riesgo y los criterios de ponderación para comparar
las ofertas; (ii) definición de un plazo razonable para que las
entidades privadas sin ánimo de lucro de reconocida idoneidad
presenten a la Entidad Estatal sus ofertas y los documentos que
acreditan su idoneidad; y (iii) evaluación de las ofertas por
parte de la Entidad Estatal teniendo en cuenta los criterios
definidos para el efecto.
DECRETO 092
ü Exceptúa del proceso competitivo si el objeto del Proceso de
Contratación corresponde a actividades artísticas, culturales,
deportivas y de promoción de la diversidad étnica colombiana,
que solo pueden desarrollar determinadas personas naturales o
jurídicas, condición que debe justificarse en los estudios y
documentos previos.
DECRETO 092
ü Respecto de los Convenios de Asociación previstos en el
artículo 96 de la Ley 489 de 1998 (Asociación con entidades
privadas sin ánimo de lucro para cumplir actividades propias de
Entidades Estatales), este decreto consagra que NO estarán
sujetos a competencia, cuando la entidad sin ánimo de lucro
comprometa recursos en dinero para la ejecución de esas
actividades en una proporción no inferior al 30% del valor total
del convenio. Los recursos que compromete la entidad sin
ánimo de lucro pueden ser propios o de cooperación
internacional.
ü Si hay más de una entidad privada sin ánimo de lucro que
ofrezca su compromiso de recursos en dinero para el desarrollo
conjunto de actividades relacionadas con los cometidos y
funciones asignadas por Ley a una Entidad Estatal, en una
proporción no inferior al 30% del valor total del convenio, la
Entidad Estatal debe seleccionar de forma objetiva a tal
entidad y justificar los criterios para tal selección.
DECRETO 092
ü La contratación está sujeta a los principios de la contratación estatal y a las
normas presupuestales aplicables: (I) Publicación en SECOP. (ii) Entrega de
información relativa a los subcontratos que suscriba la ESAL, incluyendo los
datos referentes a la existencia y representación legal de la entidad con
quien contrató y la información de los pagos.
ü La contratación a que la hace referencia el decreto 092 está sujeta a normas
generales aplicables a la contratación pública excepto en lo reglamentado en
él.
ü Las ESAL que contraten con Entidades Estatales en desarrollo del artículo
355 de la Constitución Política y el decreto deberán estar registradas en
SECOP, el cual será el medio para acreditar los indicadores de idoneidad,
experiencia, eficacia, eficiencia, economía y de manejo del Riesgo definidos
por las Entidades Estatales.
ü Exclusión del Registro Único de Proponentes (RUP).
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  • 2.
  • 3.
  • 4. PROCESOSCONTRACTUALES El procedimiento de contratación se desarrollará en cuatro (4) etapas a saber: Preparatoria, precontractual, de celebración y perfeccionamiento del contrato, y post contractual
  • 5. PREPARATORIA: En esta etapa, se realiza la planeación del contrato a celebrar por la Entidad y por tanto se concentra en la planificación y el análisis de conveniencia y oportunidad de la contratación, los estudios de factibilidad, los documentos y estudios previos, las autorizaciones que el contrato demanden, la apropiación presupuestal, capacidad e idoneidad del contratista y demás presupuestos que deben materializarse con la debida antelación a la apertura de los procesos de selección, lo que a su turno constituye la base sustancial de cualquier procedimiento de escogencia de contratista
  • 6. En el Municipio de macondo, la comunidad le pide al señor Alcalde que construya el puente el cual se cayo hace 5 años, a raíz de una avalancha que dejo incomunicadas varias veredas, la administración inicia los tramites, el asesor recomienda la contratación directa a través de la Urgencia Manifiesta, por cuanto ese desastre se puede enfrentar a través de esta modalidad, además establece la Ley 80 de 1993, que el decreto que sustente la modalidad, remplaza los estudios previos. El puente cuesta 3.500 millones de pesos. 1. Es viable utilizar esta modalidad? 2. Para esta construcción hay requisitos previos que se deben considerar? 3. Usted como asesor que recomienda? 4. Que le puede pasar al Alcalde al Tomar esta decisión?
  • 7. PRE-CONTRACTUAL: Define los trámites que debe realizar la Administración dependiendo de la clase de contrato a realizar; de conformidad con el artículo 2 de la Ley 1150 de 2007 y el Decreto 1082 de 2015, la entidad debe seleccionar a los contratistas, a través de las siguientes modalidades con cada una de sus causales: 1. Licitación pública 2. Selección abreviada 3. Concurso de méritos 4. Contratación directa 5. Invitación pública de mínima cuantía Cada procedimiento de selección debe ajustarse a lo señalado en la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, y el Decreto 1082 de 2015, dependiendo del contrato y atendiendo las reglas puntuales para cada uno de ellos.
  • 8. El Gobernador de simiti, decide abrir una licitación para hacer obras de desagüe de las vías de varios municipios, así como andenes en la parte urbana, la obra cuesta 15.000 millones de pesos. El asesor recomienda que se adjudique el proceso a quien tenga una experiencia en ese tipo de obras del 150% del presupuesto oficial, así mismo que tenga índices de liquidez del 30 puntos, que por tratarse de obras que implican el flujo de recursos se entregue un anticipo directo de el 45% del valor, así mismo que por tener expertos ingenieros en la nomina, se designe un interventor de la planta de personal. 1. El proceso fue observado, por que? 2. Se elevo a la procuraduría la queja para que se investigue al señor Gobernador, por que ? 3. Si usted fuera el asesor que recomienda?
  • 9. CONTRACTUAL: Es el período comprendido entre la iniciación y la liquidación del contrato, esto es, el perfeccionamiento del contrato, legalización, ejecución y supervisión de los contratos.
  • 10. El Alcalde de Gerona, firma un contrato para la remodelación de la Alcaldía, por la suma de $ 200 millones de pesos. El supervisor firma con el contratista el acta de inicio, al los dos días, dos trabajadores sufren un accidente, el contratista solicita se suspenda el contrato mientras se afilian a salud a los mismos, el alcalde accede a esta petición. En la ejecución del contrato el supervisor autoriza obras adicionales que mejoran la obra, tales como instalación de energía solar y le comunica al contratista que por ser obras nuevas, en el acta de liquidación del contrato se pueden hacer cruce de cuentas y reconocer esas obras demás. Al contratista se le pidieron las siguientes pólizas: buen manejo de anticipo, estabilidad, cumplimiento. La Alcaldía fue denunciada por los dos trabajadores. 1. Por que fue denunciada la Alcaldía? 2. Tuvo omisiones la administración en la ejecución de ese contrato? 3. Usted como asesor que recomienda?
  • 11. POST CONTRACTUAL: Precisa el procedimiento para la elaboración y suscripción de actas de liquidación de los contratos, con el fin de culminar el proceso de contratación, y la posterior evaluación de proveedores tal.
  • 12. El Alcalde de Posta, firmo un contrato de prestación de servicios profesionales para una asesoría y apoyo a la gestión en materia presupuestal, a la finalización del contrato, la administración no le quiere pagar la ultima cuota al contratista, por cuanto según la Ley 80 de 1993, el mismo no se ha presentado a suscribir el acta de liquidación del respectivo contrato. 1. Puede la administración requerir al contratista para que se presente a firmar el acta de liquidación de ese contrato?
  • 14. El señor esta inhabilitado Que dice el Articulo 49 de la Ley 617 de 2000 Si le preguntan que responde
  • 15. Cuando inicia el proceso de planeación del contrato Que se debe observar al momento de planificar un contrato en un municipio
  • 16. Que requisitos debe tener el estudio de sector Que entiende por reciprocidad
  • 17. Que debe contener el plan anual de adquisiciones Se puede modificar
  • 18. Que debe contener la matriz de riesgo
  • 19. Donde y cuando se publica el PAA
  • 21. Mismos lineamientos Sin tratos discriminatorios Sin moñitos que impidan la participación de todos
  • 22. Para todos los procesos es necesario el CDP Que dice la ley 1882 de 2018
  • 23. Que debe contener el estudio previo
  • 24. Las Contralorías, las personerías, los concejos.
  • 25.
  • 26. Como responden los funcionario públicos?
  • 27. Que pasa si un contratista lo declaran responsable de un fallo fiscal?
  • 28.
  • 29.
  • 31.
  • 32. RESPONSABILIDAD DELCONTRATISTA ü Los contratistas responderán civil y penalmente por sus acciones y omisiones en la actuación contractual en los términos de la ley. ü Los consultores y asesores externos responderán civil, fiscal, penal y disciplinariamente tanto por el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato de consultoría o asesoría, como por los hechos u omisiones que les fueren imputables y que causen daño o perjuicio a las entidades, derivados de la celebración y ejecución de los contratos respecto de los cuales hayan ejercido o ejerzan las actividades de consultoría o asesoría. ü Mediante el proceso de responsabilidad fiscal se procura recuperar los dineros públicos malversados o extraviados como consecuencia de una inadecuada gestión. (Fuente Contraloría General de la República) ü Para efectos penales, el contratista, el interventor, el consultor y el asesor se consideran particulares que cumplen funciones públicas en todo lo concerniente a la celebración, ejecución y liquidación de los contratos que celebren con las entidades estatales y, por lo tanto, estarán sujetos a la responsabilidad que en esa materia señala la ley para los servidores públicos.
  • 33. RESPONSABILIDAD PENAL ü El Estatuto anticorrupción (ley 1474 de 2011), excluyó los beneficios en los delitos contra la administración pública relacionados con corrupción, estafa y abuso de confianza que recaigan sobre los bienes del Estado, utlización indebida de información privilegiada, lavado de activos y soborno transnacional. ü Delitos contra la administración pública: ü Peculado: Es el delito que comete el funcionario encargado de administrar bienes, ya de propiedad del Estado o de partculares, pero puestos bajo administración estatal, apropiándose de ellos o usándolos indebidamente. ü Concusión: El servidor público que abusando de su cargo o de sus funciones constriña o induzca a alguien a dar o prometer al mismo servidor o a un tercero, dinero o cualquier otra utlidad indebidos, o los solicite, incurrirá en prisión de 6 a 10 años, multa de 50 a 100 salarios mínimos legales mensuales vigentes, e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas de 5 a 8 años. ü Otros: Celebración de contratos sin cumplimiento de los requisitos legales. Cohecho, Enriquecimiento ilícito, Prevaricato, Utilización de asunto sometido a secreto o reserva, Utilización indebida de información oficial privilegiada.
  • 34.
  • 35.
  • 36.
  • 37.
  • 38.
  • 39.
  • 40.
  • 41.
  • 42. ARTÍCULO 90. INHABILIDAD POR INCUMPLIMIENTO REITERADO. Quedará inhabilitado el contratista que incurra en alguna de las siguientes conductas: a. Haber sido objeto de imposición de cinco (5) o más multas durante la ejecución de uno o varios contratos, con una o varias entidades estatales, durante los últimos tres (3) años. b. Haber sido objeto de declaratorias de incumplimiento contractual en por lo menos dos (2) contratos, con una o varias entidades estatales, durante los últimos tres (3) años. c. Haber sido objeto de imposición de dos (2) multas y un (1) incumplimiento durante una misma vigencia fiscal, con una o varias entidades estatales. La inhabilidad se extenderá por un término de tres (3) años, contados a partir de la publicación del acto administrativo que impone la inscripción de la última multa o incumplimiento en el Registro Único de Proponentes, de acuerdo con la información remitida por las entidades públicas. La inhabilidad pertinente se hará explícita en el Registro Único de Proponentes cuando a ello haya lugar. d. Haber sido objeto de incumplimiento contractual o de imposición de dos (2) o más multas, con una o varias entidades, cuando se trate de contratos cuyo objeto esté relacionado con el Programa de Alimentación Escolar. Esta inhabilidad se extenderá por un término de diez (10) años, contados a partir de la publicación del acto administrativo que impone la inscripción de la última multa o incumplimiento en el Registro Único de Proponentes, de acuerdo con la información remitida por las entidades públicas
  • 43.
  • 44. ERRORES EN CONTRATACIÓN Ingenieros que se creen abogados, abogados que se creen ingenieros . Excesiva confianza en lo que se sabe, o en lo que se ha hecho en el pasado No tener claro lo que se quiere hacer Creer que los demás saben y conocen, lo que uno sabe y conoce Falta de claridad al momento de comunicar FACTORES PROFESIONALES
  • 45. ERRORESEN CONTRATACIÓN Ausencia de planeación Falta de procesos, procedimientos, manuales documentados y asimilados Bajo nivel de formación de algunos funcionarios Trabajo aislado, fraccionado por dependencias No continuidad del personal a cargo de los proyectos Cambios de gobierno Insuficiencia de recursos FACTORESINSTITUCIONALES
  • 47. Cuales son los errores En la etapa previa: ´ Falta de certeza sobre que y para que se quiere la obra, bien o servicio; justificación – estudio de necesidad, conveniencia y oportunidad. ´ Falta o inexactitud de estudios previos, diseño, planos. ´ Ausencia de un cronograma-ruta critica del proceso contractual ´ Omitir las publicaciones en la pagina SECOP ´ Transcribir textualmente, sin revisión y ajustes, pliegos de condiciones utilizaciones en contrataciones anteriores. ´ Rechazar propuestas indebidamente ´ Revaluación indebida de propuestas.
  • 48. Cuales son los errores En la ejecución del contrato: ´ Iniciar ejecución perfeccionar, legalizar el contrato y sin los requisitos de inicio de ejecución. ´ No entregar oportunamente el anticipo, los terrenos requeridos ´ No precisar adecuadamente la fecha de inicio para efectos de plazo contractual. ´ No designar oportunamente la interventoría ´ No ejercer una rigurosa y exigente interventoría
  • 49. Cuales son los errores En la etapa post – contractual: ´ Recibir la obra a satisfacción sin el rigor y exigencia suficiente. ´ Dejar vencer los cuatro (4) meses sin adelantar el tramite para la liquidación bilateral del contrato. ´ Pagar el ultimo saldo a favor del contratista, teniendo todavía reclamaciones pendientes, por obras inconclusas o de baja calidad
  • 50. RECOMENDACIONES MINIMIZARRIESGOS ´ Manuales internos de contratación: incluyendo el de interventoría ´ Manual de procesos y procedimientos. ´ Mapa de riesgos de la contratación. ´ Puntos de control a la contratación. ´ Comités asesores. ´ Personal calificado y experto en contratación. ´ Principios éticos. ´ Planeación y seguimiento de la contratación.
  • 51. COMO DETECTARRESPONSABILIDADES ´ Fortalecer el sistema de control interno. ´ Pagar auditorías externas especiales. ´ Selección transparente de personal. ´ Solicitar visitas especiales a organismos de control. ´ Vincular a la comunidad al control de la gestión pública. RECOMENDACIONES
  • 52. COMO MEJORARÍNDICEDECONTRATACIÓN ´ Establecer estándares internacionales. ´ Exigir normas de aseguramiento de la calidad. ´ Establecer costos ambientales. ´ Planeación de la contratación. ´ Honestidad, ética, transparencia. RECOMENDACIONES
  • 53. ´ Conformar equipo interdisciplinario: Técnico, financiero, jurídico ´ Conocer muy bien la naturaleza de la entidad, su régimen jurídico y su régimen contractual ´ Determinar si es o no entidad estatal ´ Determinar sí está regida o no por ley 80 de 1993 ´ Estudiar sus estatutos internos y su estatuto contractual ´ Revisar procesos anteriores o en curso de dicha entidad ´ Leer muy bien pre pliegos y pliegos de condiciones; o términos de referencia ´ Formular previamente todas las inquietudes, dudas que se tengan. Pedir claridad en temas ambiguos o confusos ´ Verificar Registro de Proponentes de la Cámara de Comercio o de la respectiva entidad RECOMENDACIONES
  • 54. ´ Verificar que contratista esté al día en: impuestos, aportes parafiscales: Sena, ICBF, Cajas de Compensación, afiliación en salud y pensiones ´ Revisar muy bien la minuta del contrato que se firmará y sus anexos ´ Llevar una bitácora con todo lo que suceda en la ejecución del contrato ´ Siempre dejar todo por escrito ´ Estar muy pendientes del plazo contractual por sí se requiere ampliaciones solicitarlas con tiempo ´ Presentar informes cumplidamente RECOMENDACIONES
  • 55. ´ Todas las órdenes, cambios de la entidad contratante o interventor que se den por escrito y previamente ´ No ejecutar prestaciones, obligaciones, sin antes haber formalizado los documentos que lo respalden ´ Tener muy claro que se están administrando recursos públicos ´ Tener claro régimen de controles y responsabilidades ´ Tener claro que la entidad contratante puede contar con poderes, potestades excepcionales pero razonablemente ´ Mantener las pólizas, garantías vigentes, actualizadas según los cambios que se vayan presentando ´ Lograr obtener cubrimiento por pólizas o garantías empresariales o individuales de honorarios para defensas fiscales, disciplinarias y penales RECOMENDACIONES
  • 56. ASPECTOS GENERALES Y PREVIOS AL PROCESO DE CONTRATACION : Preguntas a responder • La Administración ha publicado el Programa anual de adquisiciones durante el mes de Enero de cada año? • Proviene de un órgano o funcionario competente la decisión de iniciar un proceso de contratación? • Se dispone de un expediente numerado y en orden cronológico para cada contratación donde se incorporan todos los documentos relacionados con las actuaciones? • La administración dejo constancia de todos los recursos de que dispone para verificar la correcta ejecución del contrato? • Para cada contratación, se designa supervisor o interventor, según el caso, que ejerza el control sobre las actividades del contratista? • Verifica la administración el cumplimiento del régimen de inhabilidades e incompatibilidades, como lo señala la ley?
  • 57. ASPECTOS GENERALES Y PREVIOS AL PROCESO DE CONTRATACION : Preguntas a responder • Se solicitan las garantías de participación y cumplimiento de acuerdo con la norma? • Se custodian adecuadamente las garantías aportadas por el oferente? • Se publican los actos contractuales en la página de Colombia compra eficiente? • Verifican la invitación a organismos internacionales, de acuerdo a los tratados de libre comercio
  • 58. ETAPA PRECONTRACTUAL • Verifique la capacidad y competencia de quien expidió el acto administrativo que ordena la apertura del proceso para establecerla delegación que lo facultó para contratar • Constate la existencia de CDP • Compruebe y analice los estudios previos al proceso • Analice si se utiliza la modalidad que es. • Verifique la elaboración de los pliegos de condiciones. • Compruebe que el acto que ordena la apertura de la licitación este debidamente motivado. • Verifique los términos establecidos para la publicación de avisos
  • 59. ETAPA PRECONTRACTUAL • Compruebe que los actos que modifiquen términos o prorrogas estén debidamente fundamentados. • Verifique que los proponentes no hayan incurrido en las causales de inhabilidad e incompatibilidad previstas en la ley. • Verifique la celebración de las audiencias que ordene la ley. • Compruebe que los proponentes hayan aportado el RUP, de acuerdo a la norma. • Verifique que la entidad haya observado los principios de transparencia, economía, responsabilidad y selección objetiva en sus diferentes procesos contractuales, de acuerdo a lo establecido por la Ley.
  • 60. ETAPA PRECONTRACTUAL • Compruebe que las diferentes propuestas se encuentren respaldadas por la correspondientes garantías y el mínimo de participantes requeridos. • Verifique que la evaluación se hizo de acuerdo a los requerimientos de los pliegos. • Compruebe que se haya cumplido con la hora y fecha de apertura y cierre del proceso. • En caso de contratación de urgencia manifiesta, verificar los presupuestos legales para su declaratoria. • Cerciórese que la iniciación del contrato se efectúo una vez perfeccionado el mismo y en la fecha prevista.
  • 61. ETAPA CONTRACTUAL • Analice y evalúe el cuadro comparativo de propuestas mediante el cual se adjudico el respectivo contrato. • Verifique que las estipulaciones contenidas en los contratos correspondan a su esencia y naturaleza. • Verifique que no se pacten y concedan anticipos superiores al 50% del valor inicial. • Compruebe la constitución de las garantías correspondientes y la existencia del registro presupuestal correspondiente. • Verifique la designación de interventor o supervisor.
  • 62. ETAPA CONTRACTUAL ´ Compruebe que se hayan pagado los impuestos y estampillas correspondientes. ´ Verifique que los pagos se hagan de acuerdo a lo estipulado en el contrato. ´ Verifique los informes de supervisión e interventoría.
  • 63. • Verifique que el acto administrativo que ordena la terminación y/o liquidación del contrato, se efectué de conformidad con la ley. • Verifique que el acta de liquidación contenga toda la información relacionada con los resultados del contrato y el cumplimiento del objeto contractual. • Verifique la función del interventor. • Verifique que los bienes y servicios recibidos corresponda en especie, calidad y cantidad a los contratados ETAPA POST CONTRACTUAL
  • 64. CONVENIOSDEASOCIACIÓN DEY CONTRATOSEN DESARROLLO DELARTÍCULO 355 DELA CONSTITUCIÓN Decreto 092 de 2017 “Guía para Contratación con Entidades Privadas sin Ánimo de Lucro y de reconocida idoneidad”
  • 65. DECRETO 092 Establece estas condiciones para el que el Gobierno pueda contratar con entidades privadas sin ánimo de lucro y de reconocida idoneidad en los términos del artículo 355 de la Constitución Política. Estas son: ü Que el objeto del contrato corresponda directamente con programas y actividades de interés público previstos en el Plan de Desarrollo, que promuevan: (i) los derechos de personas en situación de debilidad manifiesta o indefensión. (ii) los derechos de las minorías. (iii) el derecho a la educación. (iv) el derecho a paz. (v) manifestaciones artísticas, culturales, deportivas y de promoción de la diversidad étnica colombiana. ü Que el contrato no comporte una relación conmutativa, ni contraprestación directa a favor de la Entidad Estatal ni instrucciones precisas dadas por esta al contratista para cumplirlo.
  • 66. DECRETO 092 ü Que no exista oferta en el mercado de los bienes, obras y servicios requeridos para la estrategia y política del plan de desarrollo objeto de la contratación, distinta de la oferta que hacen las entidades privadas sin ánimo lucro; o que, si existe, la contratación con entidades privadas sin ánimo de lucro represente optimización de los recursos públicos en términos de eficiencia, eficacia, economía y manejo del Riesgo. En los demás eventos, la Entidad Estatal deberá aplicar la Ley 80 1993, sus modificaciones y reglamentos.
  • 67. DECRETO 092 ü La ESAL posee reconocida idoneidad cuando es adecuada y apropiada para desarrollar las actividades que son objeto del Proceso de Contratación y cuenta con experiencia en el objeto a contratar. ü Correspondencia del objeto estatutario de la ESAL con el objeto del Proceso de Contratación. ü En los Documentos del Proceso se establecen las características que debe acreditar la entidad sin ánimo de lucro, tomando en consideración las pautas y criterios establecidos en la Guía, la cual deberá tener en cuenta las normas de trasparencia y acceso a la información aplicable a las ESAL que contratan con cargo a recursos de origen público y las mejores prácticas en materia de prohibiciones, inhabilidades, incompatibilidades y conflictos de interés”.
  • 68. DECRETO 092 ü Establece un Proceso Competitivo de selección cuando identifique que el programa o actividad de interés público que requiere desarrollar es ofrecido por más de una ESAL. ü Etapas: (i) definición y publicación de los indicadores de idoneidad, experiencia, eficacia, eficiencia, economía y de manejo del Riesgo y los criterios de ponderación para comparar las ofertas; (ii) definición de un plazo razonable para que las entidades privadas sin ánimo de lucro de reconocida idoneidad presenten a la Entidad Estatal sus ofertas y los documentos que acreditan su idoneidad; y (iii) evaluación de las ofertas por parte de la Entidad Estatal teniendo en cuenta los criterios definidos para el efecto.
  • 69. DECRETO 092 ü Exceptúa del proceso competitivo si el objeto del Proceso de Contratación corresponde a actividades artísticas, culturales, deportivas y de promoción de la diversidad étnica colombiana, que solo pueden desarrollar determinadas personas naturales o jurídicas, condición que debe justificarse en los estudios y documentos previos.
  • 70. DECRETO 092 ü Respecto de los Convenios de Asociación previstos en el artículo 96 de la Ley 489 de 1998 (Asociación con entidades privadas sin ánimo de lucro para cumplir actividades propias de Entidades Estatales), este decreto consagra que NO estarán sujetos a competencia, cuando la entidad sin ánimo de lucro comprometa recursos en dinero para la ejecución de esas actividades en una proporción no inferior al 30% del valor total del convenio. Los recursos que compromete la entidad sin ánimo de lucro pueden ser propios o de cooperación internacional. ü Si hay más de una entidad privada sin ánimo de lucro que ofrezca su compromiso de recursos en dinero para el desarrollo conjunto de actividades relacionadas con los cometidos y funciones asignadas por Ley a una Entidad Estatal, en una proporción no inferior al 30% del valor total del convenio, la Entidad Estatal debe seleccionar de forma objetiva a tal entidad y justificar los criterios para tal selección.
  • 71. DECRETO 092 ü La contratación está sujeta a los principios de la contratación estatal y a las normas presupuestales aplicables: (I) Publicación en SECOP. (ii) Entrega de información relativa a los subcontratos que suscriba la ESAL, incluyendo los datos referentes a la existencia y representación legal de la entidad con quien contrató y la información de los pagos. ü La contratación a que la hace referencia el decreto 092 está sujeta a normas generales aplicables a la contratación pública excepto en lo reglamentado en él. ü Las ESAL que contraten con Entidades Estatales en desarrollo del artículo 355 de la Constitución Política y el decreto deberán estar registradas en SECOP, el cual será el medio para acreditar los indicadores de idoneidad, experiencia, eficacia, eficiencia, economía y de manejo del Riesgo definidos por las Entidades Estatales. ü Exclusión del Registro Único de Proponentes (RUP).