1. CASOS DE REVISORIA FISCAL
1. Gómez Gómez Ltda. Removió de su cargo al contador público de la empresa por
malos manejos, tiempo después un nuevo gerente decide contratar para ocupar
ese cargo a su anterior revisor fiscal, el cual ya no labora en esta empresa hace 4
meses.
¿Puede el revisor fiscal ejercer este cargo si ya no labora en la empresa?
no. porque según el artículo 48 de la ley 43 de 1990 el contador público no podrá prestar
servicios profesionales como asesor, empleado o contratista a personas naturales o
jurídicas a quienes haya auditado o controlado en su carácter de funcionario público o
revisor fiscal. Esta prohibición se extiende por el término de un año contado a partir de la
fecha de su retiro del cargo.
2. una empresa extranjera con sucursal en Colombia decide nombrar como revisor
fiscal a un contador público titulado, que tiene nacionalidad peruana y colombiana,
pero con residencia en peor. ¿Puede la sociedad elegir este revisor fiscal?
el revisor fiscal de la empresa debe ser una persona natural con residencia permanente
en Colombia, porque la ley en el art 472 del código de comercio es claro y especifico, por
tanto denota incompatibilidad para que las personas jurídicas ejerzan la función de revisor
fiscal en sucursales de sociedades extranjeras. pág. 38 libro de orientación.
3. un revisor fiscal nota que el cajero de la empresa está robando dinero y no
informa al máximo órgano de la irregularidad. ¿Tendría como revisor fiscal alguna
consecuencia? Si o no ¿por qué?
Es deber del revisor fiscal, informar a la asamblea, a la junta de socios o máximo órgano
sobre las irregularidades, deficiencias o anomalías en cuanto a la gestión administrativa y
financiera. entre las funciones del revisor fiscal, está también verificar que la empresa
cumpla con las obligaciones de esta con las diferentes entidades del estado que las
vigilan, lo que implica estar al tanto del cumplimiento de obligaciones formales y
sustanciales en lo relativo a impuestos, el deber de reportar información que las entidades
vigilantes soliciten, etc.
Si en una empresa se comenten irregularidades, es natural que el revisor fiscal tiene la
obligación de tomar las medidas y diseñar los mecanismos que le permitan identificar
dichas irregularidades, por lo que en primer lugar el revisor es responsable de advertir
tales anomalías, y en consecuencia será responsable si no implementa los mecanismos
adecuados de control y vigilancia encaminados a detectar hechos y situaciones
irregulares. Hemos visto ya que el revisor fiscal deberá responder por los perjuicios que
cause a terceros, como el estado y particulares, a la sociedad y a los mismos socios, por
2. el incumplimiento de sus funciones, ya sea por negligencia [culpa] o por dolo
[consentimiento], lo que a su vez puede implicar una responsabilidad disciplinaria, civil o
penal.
la responsabilidad del revisor fiscal llega hasta el momento en que descubra y reporte las
irregularidades a los organismos competentes, de modo que si la sociedad, a pesar de
que el revisor fiscal le ha reportado la existencia de las irregularidades siguen incurriendo
en las mismas, el revisor fiscal no debe tener responsabilidad ninguna porque sus
funciones no van más allá de identificar fallas y sugerir correctivos, mas no el de tomar
decisiones, así que una vez identificada y reportada la irregularidad, la responsabilidad de
seguir incurriendo en la misma irregularidad corresponderá exclusivamente a la sociedad
y a quienes hayan tomado tales decisiones.
Como el revisor fiscal no tiene facultad para tomar decisiones y así cambiar las
situaciones irregulares, lo que debe hacer es reportar, informar esas irregularidades
acompañadas de posibles correctivos. Si las irregularidades no son informadas a quien
corresponda, el revisor fiscal seguirá siendo responsable por las irregularidades
presentadas y las consecuencias en que estas puedan derivar. (Pagina no. 43 op)
4. el revisor fiscal observa que la entidad lleva doble contabilidad y con esto
disminuye los saldos a pagar en la declaración de renta y del mismo modo presenta
informes y estados financieros a la superintendencia, caso que es denunciado por
el auxiliar contable luego de tres años, el caso nunca fue manifestado por el revisor
fiscal. ¿Está bien que el auxiliar contable sea quien denuncie el caso y no el revisor
fiscal? ¿Qué sanción tendría el revisor fiscal?
Si. Es legal que el auxiliar contable formule la denuncia ya que se está presentando
evasión de impuesto.
Artículo 7o. responsabilidad de los revisores fiscales. <Ver modificaciones a este artículo
directamente en el código penal> adiciónese un numeral 5) al artículo 26 de la ley 43 de
1990, el cual quedará así: cuando se actúe en calidad de revisor fiscal, no denunciar o
poner en conocimiento de la autoridad disciplinaria o fiscal correspondiente, los actos de
corrupción que haya encontrado en el ejercicio de su cargo, dentro de los seis (6) meses
siguientes a que haya conocido el hecho o tuviera la obligación legal de conocerlo, actos
de corrupción si en relación con actos de corrupción no procederá el secreto profesional.
Además el artículo 207 señala sus funciones, de acuerdo al artículo 207 del código de
comercio son funciones taxativas del revisor fiscal: q cerciorarse de que las operaciones
se celebren o cumplan por cuenta de la sociedad se ajustan a las prescripciones de los
estatutos, a las decisiones de la asamblea general y de la junta directiva.
3. 5. julio es nombrado como revisor fiscal con un salario integral de $4.000.000. Julio
ha faltado varios días en la empresa y cuando va sale temprano, el gerente le envía
una comunicación por escrito en donde le dice que debe cumplir con su jornada de
trabajo, puesto que se ha tomado la libertad de tener un horario demasiado flexible,
siendo que se le paga, todas sus prestaciones. ¿Entonces será que el revisor fiscal
puede tomarse esa atribución en el manejo de su horario?
Sí, siempre y cuando cumpla a cabalidad con su trabajo u objetivos, es necesario que
cumpla con un horario, según el art. 207 del c. de comercio. Puesto que es un cargo único
y específico regulado por el código de comercio, y no por un contrato laboral, puesto que
no tiene subordinación.
6. el revisor fiscal de xy compañía tiene en su equipo de trabajo a un asistente y se
entera que la madre de este señor es la tesorera de la compañía ¿que se debería
hacer en este caso?
Se efectuaría el cambio de asistente hacia otra empresa, para evitar un posible conflicto
de interese, soportando cuya decisión en base al artículo 210 del código de comercio, el
cual indica que el revisor fiscal podrá tener auxiliares o colaboradores nombrados y
removidos libremente por él. (Independencia mental, principios pérdida de objetividad por
vínculo familiar).
7. el señor harlón moreno fue nombrado revisor fiscal de la compañía abc el 31 de
marzo de 2016. El 1 de abril la empresa necesitaba enviar unos estados financieros
dictaminados a una entidad financiera, debido a la urgencia el revisor fiscal
dictamino dichos estados. Dando a entender a la entidad financiera que todo se
encontraba en orden. ¿Si se llega a encontrar alguna irregularidad en dichos
estados financieros puede el revisor fiscal defenderse argumentando que no tuvo el
suficiente tiempo para revisar detalladamente las cifras plasmadas en esos estados
financieros?
No, porque según el artículo 208 el revisor fiscal debía dictaminar los estados financieros
en su momento haciendo la salvedad respectiva del recién posicionamiento del cargo,
para evitar responsabilidades futuras.
8. el señor harlon moreno fue nombrado revisor fiscal de la compañía abc el 31 de
marzo de 2017. El 1 de abril lo contactan para que dictamine unos estados
financieros de carácter urgente, este se niega a dictaminar dichos estados estados
sin hacer la revisión respectiva. ¿Pueda interpretarse la actitud del revisor fiscal
como incumplimiento a sus funciones?
No, porque es un derecho del revisor fiscal que los informes que requieran de su firma
sean facilitados de manera oportuna para hacer la revisión respectiva.
4. CASOS REVISORIA FICAL
INTEGRANTES:
CINDY MORANTES ZABALETA
JULIETH LUBO JUSAYU
JENIFFER CONTRERAS ENCISO
ERIDES RAMOS ARGUELLES
ARNEY MARTINEZ ROMERO
UNIVERSIDAD POPULAR DEL CESAR
AS: REVISORIA FISCAL
VALLEDUPAR
2017 - I